SOLIDARIDAD. Los adquirientes o beneficiarios de un establecimiento de comercio donde se desarrollen actividades gravables serán solidariamente responsables con los contribuyentes anteriores de las obligaciones tributarias, sanciones e intereses insolutos causados con anterioridad a la adquisición del establecimiento de comercio.
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SOLIDARIDAD. Los adquirientes adquirentes o beneficiarios de un establecimiento de comercio donde se desarrollen actividades gravables serán solidariamente responsables con los contribuyentes anteriores de las obligaciones tributarias, sanciones e intereses insolutos causados con anterioridad a la adquisición del establecimiento de comercio.
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Sources: Municipal Tax Statute, Estatuto De Rentas Y Tributario
SOLIDARIDAD. Los adquirientes o beneficiarios de un establecimiento de comercio donde se desarrollen actividades gravables serán solidariamente responsables con los contribuyentes anteriores de las obligaciones tributarias, sanciones e o intereses insolutos causados con anterioridad a la adquisición del establecimiento de comercio.
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Sources: Statute Update Agreement
SOLIDARIDAD. Los adquirientes o beneficiarios propietarios de un establecimiento establecimientos de comercio donde se desarrollen actividades gravables serán solidariamente responsables con los contribuyentes anteriores de las obligaciones tributarias, sanciones e intereses insolutos causados con anterioridad a la adquisición del establecimiento de comercio.
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Sources: Tax Regulation Agreement
SOLIDARIDAD. Los adquirientes o beneficiarios de un establecimiento de comercio donde se desarrollen desarrollan actividades gravables serán solidariamente responsables con los contribuyentes anteriores de las obligaciones tributarias, sanciones e intereses insolutos causados con anterioridad a la adquisición del establecimiento de comercio.,
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