Common use of Régimen de sanciones Clause in Contracts

Régimen de sanciones. Corresponde a la empresa la facultad de imponer sanciones en los términos de lo estipulado en el presente Convenio. La sanción de las faltas leves y graves requerirá comunicación escrita motivada al trabajador haciendo constar la fecha y los hechos que las motivan. La xx xxxxxx muy graves exigirá tramitación de expediente o procedimiento sumario en que sea oído el trabajador afectado. El plazo para impugnar las sanciones será de veinte días.

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Samples: Convenio Colectivo De Ámbito Estatal, Convenio Colectivo De Ámbito Estatal Para Las Industrias Extractivas, confevicex.com

Régimen de sanciones. Corresponde a la empresa la facultad de imponer sanciones en los términos de lo estipulado en el presente Convenio. La sanción de las faltas leves y graves requerirá comunicación escrita motivada al trabajador haciendo ha- ciendo constar la fecha y los hechos que las motivan. La xx xxxxxx muy graves exigirá tramitación de expediente o procedimiento sumario en que sea oído el trabajador afectado. El plazo para impugnar las sanciones será de veinte días.

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Samples: industria.ccoo.es, industria.ccoo.es

Régimen de sanciones. Corresponde a la empresa la facultad de imponer sanciones en los términos de lo estipulado en el presente Convenio. La sanción de las faltas leves y graves requerirá la comunicación escrita motivada al trabajador trabajador, debiendo ser comunicada la misma, previamente al Comité de Empresa o Delegado de Personal, haciendo constar la fecha y los hechos que las motivan. La xx xxxxxx muy graves exigirá tramitación de expediente o procedimiento sumario en que sea oído el trabajador afectado. El plazo Los plazos para impugnar las sanciones será de veinte díasimpuestas serán los siguientes: Veinte días laborables.

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Samples: Convenio Colectivo De Comercio Y Manufactura Del Vidrio Plano, Convenio Colectivo Para Comercio Y Manufactura Del Vidrio Plano

Régimen de sanciones. Corresponde a la empresa Empresa la facultad de imponer sanciones en los términos de lo estipulado estipulados en el presente Convenio. La sanción de las faltas leves xx xxxxxx graves y muy graves requerirá comunicación escrita motivada por escrito al trabajador trabajador, haciendo constar la fecha y de los hechos que las motivanla motivaron. La xx xxxxxx Dirección dará cuenta simultáneamente al interesado y al Comité de Empresa, de toda sanción por falta muy graves exigirá tramitación grave que imponga. Impuesta la sanción, el cumplimiento de expediente o procedimiento sumario en que sea oído el trabajador afectado. El plazo para impugnar las sanciones será la misma se podrá dilatar hasta tres meses después de veinte díasla fecha de imposición.

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Samples: doe.juntaex.es

Régimen de sanciones. Corresponde a la empresa la facultad de imponer sanciones en los términos de lo estipulado en el presente Convenio. La sanción de las faltas leves y graves requerirá comunicación escrita motivada por escrito al trabajador trabajador, haciendo constar la fecha y los hechos que las la motivan. La xx xxxxxx Empresa dará cuenta a los representantes legales de los trabajadores de toda sanción por falta grave y muy graves exigirá tramitación grave que se imponga. Impuesta la sanción, la efectividad en su cumplimiento tendrá lugar en un período máximo de expediente o procedimiento sumario en 6 meses a partir de la fecha de notificación. Las sanciones que sea oído el trabajador afectado. El plazo para impugnar las sanciones será empresas podrán imponer, según la gravedad y circunstancias de veinte días.las faltas cometidas, serán las siguientes:

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Samples: Convenio Colectivo Costa Ballena Club De Golf, s.a.u

Régimen de sanciones. Corresponde a la empresa la facultad de imponer sanciones en los términos de lo estipulado en el presente Convenio. La sanción de las faltas leves y graves requerirá comunicación escrita motivada por escrito al trabajador trabajador, haciendo constar la fecha y los hechos que las la motivan. La xx xxxxxx Empresa dará cuenta a los representantes legales de los trabajadores de toda sanción por falta grave y muy graves exigirá tramitación grave que se imponga. Impuesta la sanción, la efectividad en su cumplimiento tendrá lugar en un período máximo de expediente o procedimiento sumario en 30 días a partir de la fecha de notificación. Las sanciones que sea oído el trabajador afectado. El plazo para impugnar las sanciones será empresas podrán imponer, según la gravedad y circunstancias de veinte días.las faltas cometidas, serán las siguientes:

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Samples: sindicalistasdecanarias.com

Régimen de sanciones. Corresponde a la empresa la facultad de imponer sanciones en los términos de lo estipulado en el presente Convenio. La sanción de las faltas leves y graves requerirá comunicación escrita motivada al trabajador haciendo constar la fecha y los hechos que las motivan. La xx xxxxxx muy graves exigirá tramitación de expediente o procedimiento sumario en que sea oído el trabajador trabajador, trabajadora afectado. El plazo Los plazos para impugnar las sanciones será de veinte días.impuestas serán los siguientes:

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Samples: Convenio Colectivo De Ámbito Estatal

Régimen de sanciones. Corresponde Corresponderá a la empresa Empresa la facultad de imponer sanciones en los términos de lo estipulado en el presente Convenio. La sanción de las faltas leves y xx xxxxxx graves o muy graves requerirá comunicación escrita motivada por escrito al trabajador trabajador, haciendo constar la fecha y los hechos que las motivanla motivaron. La xx xxxxxx Empresa dará cuenta a los representantes legales de los trabajadores de toda sanción por falta muy graves exigirá tramitación grave que se imponga. Impuesta la sanción, el cumplimiento de expediente o procedimiento sumario en que sea oído el trabajador afectado. El plazo para impugnar las sanciones será la misma, se podrá dilatar hasta tres meses después de veinte díasla fecha de imposición.

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Samples: Convenio Colectivo

Régimen de sanciones. Corresponde a la empresa la facultad de imponer sanciones en los términos de lo estipulado en el presente Convenio. La sanción de las faltas leves y graves requerirá comunicación escrita motivada moti- vada al trabajador haciendo constar la fecha y los hechos que las motivan. La xx xxxxxx muy graves exigirá tramitación de expediente o procedimiento sumario en que sea oído el trabajador afectado. El plazo para impugnar las sanciones será de veinte días.

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Samples: www.ugt-fica.org

Régimen de sanciones. Corresponde a la empresa la facultad de imponer sanciones en los términos de lo estipulado en el presente Convenio. La sanción de las faltas leves y graves requerirá comunicación escrita motivada por escrito al trabajador trabajador, haciendo constar la fecha y los hechos que las la motivan. La xx xxxxxx empresa dará cuenta a los representantes legales de los trabajadores/as de toda sanción por falta grave y muy graves exigirá tramitación grave que se imponga. Impuesta la sanción, la efectividad en su cumplimiento tendrá lugar en un período máximo de expediente o procedimiento sumario en 30 días a partir de la fecha de notificación. Las sanciones que sea oído el trabajador afectado. El plazo para impugnar las sanciones será empresas podrán imponer, según la gravedad y circunstancias de veinte días.las faltas cometidas, serán las siguientes:

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Samples: www.araba.eus

Régimen de sanciones. Corresponde a la empresa la facultad de imponer sanciones en los términos de lo estipulado en el presente Convenio. La sanción de las faltas leves y graves requerirá comunicación escrita motivada por escrito al trabajador o trabajadora, haciendo constar la fecha y los hechos que las la motivan. La xx xxxxxx empresa dará cuenta a los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras de toda sanción por falta grave y muy graves exigirá tramitación grave que se imponga. Impuesta la sanción, la efectividad en su cumplimiento tendrá lugar en un período máxi- mo de expediente o procedimiento sumario en 30 días a partir de la fecha de notificación. Las sanciones que sea oído el trabajador afectado. El plazo para impugnar las sanciones será empresas podrán imponer, según la gravedad y circunstancias de veinte días.las faltas cometidas, serán las siguientes:

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Samples: www.convenioscolectivos.net