RESOLUCION. Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula anterior, el presente contrato podrá ser resuelto, por acuerdo entre las partes o por decisión unilateral de alguna de ellas. Para tal efecto la parte que decida resolver el presente contrato, deberá remitir a la otra con una anticipación de 10 (diez) días- una comunicación escrita, vía carta notarial, informando su decisión de resolver el contrato suscrito.
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Sources: Contrato De Locación De Servicios, Contrato De Locación De Servicios