Common use of REPRESENTANTE DEL CONTRATISTA Clause in Contracts

REPRESENTANTE DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA designa como su representante legal en obra, al SUPERINTENDENTE, profesional calificado en la propuesta, titulado, con suficiente experiencia en la dirección de Obras similares, que lo califiquen para llevar a cabo de forma satisfactoria la ejecución de la OBRA, el mismo que será presentado oficialmente antes del inicio de los trabajos, mediante comunicación escrita dirigida a la FISCALIZACIÓN, para que ésta comunique y presente al SUPERINTENDENTE a la SUPERVISIÓN. EL SUPERINTENDENTE de obra tendrá residencia en el lugar en que se ejecuta la obra, prestará servicios a tiempo completo y está facultado para: Dirigir la realización de la OBRA. Representar al CONTRATISTA en la ejecución de la OBRA durante toda su vigencia. Mantener permanentemente informada a la SUPERVISIÓN sobre todos los aspectos relacionados con la OBRA. Mantener coordinación permanente y efectiva con la Oficina Central del CONTRATISTA. Presentar el Organigrama completo del personal del CONTRATISTA, asignado a la OBRA. Es el responsable del control de asistencia, así como de la conducta y ética profesional de todo el personal bajo su dependencia, con autoridad para asumir medidas correctivas en caso necesario. En caso de ausencia temporal de la OBRA, por causas emergentes del presente Contrato, u otras de fuerza mayor o caso fortuito, con conocimiento y autorización de la ENTIDAD a través de la SUPERVISIÓN; asumirá esas funciones el profesional inmediato inferior, con total autoridad para actuar en representación del CONTRATISTA. Esta suplencia será temporal y no debe exceder los treinta (30) días hábiles, salvo casos de gravedad debidamente justificada, caso contrario el CONTRATISTA deberá proceder a sustituir al SUPERINTENDENTE, presentando a consideración de la ENTIDAD una terna de profesionales de similar o mejor calificación que el que será reemplazado. Una vez que la ENTIDAD acepte por escrito al nuevo SUPERINTENDENTE, éste recién entrará en ejercicio de la función.

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Samples: www.bcb.gob.bo, www.bcb.gob.bo

REPRESENTANTE DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA designa como su representante legal en obra, al SUPERINTENDENTE, profesional calificado en la propuesta, titulado, con suficiente experiencia en la dirección de Obras similares, que lo califiquen para llevar a cabo de forma satisfactoria la ejecución de la OBRAobra, el mismo que será presentado oficialmente antes del inicio de los trabajos, mediante comunicación escrita dirigida a la FISCALIZACIÓN, para que ésta comunique y presente al SUPERINTENDENTE a la SUPERVISIÓN. EL SUPERINTENDENTE de obra tendrá residencia en el lugar en que se ejecuta la obra, prestará servicios a tiempo completo y está facultado para: Dirigir la realización de la OBRAobra. Representar al CONTRATISTA en la ejecución de la OBRA obra durante toda su vigencia. Mantener permanentemente informada a la SUPERVISIÓN SUPERVISION sobre todos los aspectos relacionados con la OBRAobra. Mantener coordinación permanente y efectiva con la Oficina Central del CONTRATISTA. Presentar el Organigrama completo del personal del CONTRATISTA, asignado a la OBRAobra. Es el responsable del control de asistencia, así como de la conducta y ética profesional de todo el personal bajo su dependencia, con autoridad para asumir medidas correctivas en caso necesario. En caso de ausencia temporal de la OBRAobra, por causas emergentes del presente Contratocontrato, u otras de fuerza mayor o caso fortuito, con conocimiento y autorización de la ENTIDAD a través de la SUPERVISIÓN; asumirá esas funciones el profesional inmediato inferior, con total autoridad para actuar en legal representación del CONTRATISTA. Esta suplencia Suplencia será temporal y no debe exceder los treinta (30) días hábiles, salvo casos de gravedad debidamente justificadagravedad, caso contrario el CONTRATISTA deberá proceder a sustituir al SUPERINTENDENTE, presentando a consideración de la ENTIDAD una terna de profesionales de similar o mejor calificación que el que será reemplazado. Una vez que la ENTIDAD acepte por escrito al nuevo SUPERINTENDENTE, éste recién entrará en ejercicio de la función, cualquier acto anterior es nulo.

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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta Y Declaración Jurada

REPRESENTANTE DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA designa como su representante legal El Contratista deberá contar en forma permanente mientras dure la relación contractual, con un Representante Técnico, con título habilitante de Ingeniero en la especialidad de la obra, al SUPERINTENDENTE, profesional calificado expedido por Universidad. El Contratista se encuentra asimismo obligado a mantener un plantel de ingenieros y técnicos en la propuesta, titulado, con suficiente experiencia en la dirección de Obras similares, todos los lugares donde se desarrollen trabajos que lo califiquen para llevar a cabo de forma satisfactoria la ejecución requieran de la OBRApresencia y actuación de los mismos y a lo largo de la relación contractual, en cantidad y con las especialidades que resulten necesarias en relación con las funciones que los mismos deben cumplir, y las órdenes que eventualmente imparta la Inspección en el sentido de aumentar su cantidad. El Representante Técnico y los profesionales precedentemente referidos, no podrán ausentarse del lugar donde se desarrollen los trabajos o las obras sin autorización de la Inspección. En tal caso, el mismo Contratista deberá designar las personas que será presentado oficialmente antes del quedarán al frente o a cargo de tales trabajos u obras, en reemplazo de aquellos, quienes deberán reunir iguales requisitos de identidad técnica y contar con atribuciones necesarias para continuar con el normal desarrollo de los trabajos u obras. En el supuesto que el Representante Técnico o los profesionales mencionados no se presentaren al momento de inicio de los trabajos, mediante comunicación escrita dirigida del comienzo de su afectación o se ausentaren sin la autorización de la Inspección, se aplicará al Contratista una multa por cada profesional y por cada día hábil de ausencia, reservándose además la inspección el derecho de ordenar la paralización de los proyectos o de las obras por culpa del Contratista, mientras se prolongue la inasistencia. Dicha paralización no dará lugar a la FISCALIZACIÓNampliación del plazo convenido para la terminación de los proyectos o de las obras correspondientes. El Representante Técnico deberá preparar los Planes de Trabajo, para actuar en los casos en que ésta comunique medien cuestiones de orden técnico entre el Contratista y presente al SUPERINTENDENTE a la SUPERVISIÓN. EL SUPERINTENDENTE Inspección, tomar conocimiento de obra tendrá residencia las Ordenes de Servicio, firmar las Notas de Pedido, las Actas que se labraren y cumplir los demás deberes establecidos en el lugar presente Pliego, en el Decreto - Ley Nº 4.416 y normas complementarias, actuando como mandatario del Contratista con facultades necesarias para representarlo en todos los asuntos técnicos y administrativos referidos a los proyectos, a los trabajos y las obras y su posterior puesta en marcha, operación y mantenimiento, y hasta la terminación de las obligaciones contractuales. Las órdenes, instrucciones u observaciones que se ejecuta formule la obraInspección al Representante Técnico o sus reemplazantes, prestará servicios serán consideradas como dadas al Contratista, en lo referente a tiempo completo los asuntos mencionados a título enunciativo en el párrafo anterior y está facultado para: Dirigir la realización en general en cuanto concierne a las cuestiones técnicas o administrativas inherentes a los trabajos. En caso que el Representante Técnico o los profesionales o sustitutos mencionados en el presente artículo, no reuniesen, a juicio del Departamento General de la OBRA. Representar al CONTRATISTA en Irrigación, los requisitos y aptitudes exigidos para dirigir y vigilar eficazmente la ejecución de los trabajos o no dieran buen cumplimiento a su cometido, el Contratista, a requerimiento del Departamento General de Irrigación, procederá a reemplazarlos. Este requerimiento no autorizará al Contratista a disponer la OBRA durante toda su vigencia. Mantener permanentemente informada a la SUPERVISIÓN sobre todos los aspectos relacionados con la OBRA. Mantener coordinación permanente y efectiva con la Oficina Central del CONTRATISTA. Presentar el Organigrama completo del personal del CONTRATISTA, asignado a la OBRA. Es el responsable del control de asistencia, así como suspensión de la conducta y ética profesional ejecución de todo el personal bajo los trabajos ni la disminución de su dependencia, con autoridad para asumir medidas correctivas en caso necesarioritmo. En caso de ausencia temporal reemplazarse, por iniciativa del Contratista, al Representante Técnico o los profesionales o sustitutos antes mencionados, aquel lo hará saber con suficiente anticipación a la Inspección mediante comunicación fehaciente, asentada en el Registro de Notas de Pedido. No obstante lo indicado, en caso que el Representante Técnico se ausentara de la OBRAobra o fuera reemplazado, por causas emergentes la Contratista deberá presentar los antecedentes del presente Contrato, u otras de fuerza mayor o caso fortuito, reemplazante con conocimiento y autorización de la ENTIDAD a través de la SUPERVISIÓN; asumirá esas funciones el profesional inmediato inferior, con total autoridad para actuar en representación del CONTRATISTA. Esta suplencia será temporal y no debe exceder los treinta 5 (30cinco) días hábilesde antelación al cambio, salvo casos de gravedad debidamente justificada, caso contrario el CONTRATISTA deberá proceder a sustituir al SUPERINTENDENTE, presentando a consideración de la ENTIDAD una terna de profesionales de similar o mejor calificación que el que será reemplazado. Una vez los efectos que la ENTIDAD acepte por escrito Inspección de Obra analice los mismos. La documentación de obra no será recibida hasta tanto no se haya aceptado al nuevo SUPERINTENDENTE, éste recién entrará en ejercicio de la funciónRepresentante Técnico.

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Samples: www.irrigacion.gov.ar

REPRESENTANTE DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA designa como su representante legal en obra, al SUPERINTENDENTE, profesional calificado en la propuesta, titulado, con suficiente experiencia en la dirección de Obras similares, que lo califiquen para llevar a cabo de forma satisfactoria la ejecución de la OBRAobra, el mismo que será presentado oficialmente antes del inicio de los trabajos, mediante comunicación escrita dirigida a la FISCALIZACIÓN, para que ésta comunique y presente al SUPERINTENDENTE a la SUPERVISIÓN. EL SUPERINTENDENTE de obra tendrá residencia en el lugar en que se ejecuta la obra, prestará servicios a tiempo completo y está facultado para: Dirigir la realización de la OBRAobra. Representar al CONTRATISTA en la ejecución de la OBRA obra durante toda su vigencia. Mantener permanentemente informada a la SUPERVISIÓN sobre todos los aspectos relacionados con la OBRAobra. Mantener coordinación permanente y efectiva con la Oficina Central del CONTRATISTA. Presentar el Organigrama completo del personal del CONTRATISTA, asignado a la OBRAobra. Es el responsable del control de asistencia, así como de la conducta y ética profesional de todo el personal bajo su dependencia, con autoridad para asumir medidas correctivas en caso necesario. En caso de ausencia temporal de la OBRAobra, por causas emergentes del presente Contratocontrato, u otras de fuerza mayor o caso fortuito, con conocimiento y autorización de la ENTIDAD a través de la SUPERVISIÓN; asumirá esas funciones el profesional inmediato inferior, con total autoridad para actuar en representación del CONTRATISTA. Esta suplencia será temporal y no debe exceder los treinta (30) días hábiles, salvo casos de gravedad debidamente justificada, caso contrario el CONTRATISTA deberá proceder a sustituir al SUPERINTENDENTE, presentando a consideración de la ENTIDAD una terna de profesionales de similar o mejor calificación que el que será reemplazado. Una vez que la ENTIDAD acepte por escrito al nuevo SUPERINTENDENTE, éste recién entrará en ejercicio de la función.

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Samples: www.ende.bo

REPRESENTANTE DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA designa A todos los efectos relacionados con el presente contrato queda designado como representante del Contratista para el ejercicio de los derechos y cumplimiento de las obligaciones que se deriven del mismo, con facultades amplias al fin citado en la Cláusula Primera, en calidad de Delegado de Obra, y como Responsable de Seguridad y Salud, D. ……, el cual ha acreditado su capacidad profesional y su inscripción como colegiado en el Colegio Profesional correspondiente. El Contratista, está obligado a otorgar a favor del Sr. …… con anterioridad al inicio efectivo de las obras objeto de este contrato poder notarial con al menos, el contenido y facultades previstas en el Anexo nº 12 del presente documento. Estas facultades, en tanto en cuanto tienen carácter obligatorio y provienen del presente contrato, no podrán ser revocadas ni limitadas por el Contratista, salvo en el supuesto de que simultáneamente y por causa justificada, designasen a otro representante legal en obrapara sustituir, con idénticas facultades y poderes, al SUPERINTENDENTEque fuese cesado. Asimismo, profesional calificado se obliga a proceder en un plazo que no exceda de ocho (8) días naturales, al nombramiento por escrito de otro que le sustituya en caso xx xxxxx o faltar por cualquier causa el representante designado. El Contratista deberá comunicar el nombre y datos profesionales del nuevo representante a ACUASUR, no surtiendo efectos el nombramiento hasta que ésta apruebe el mismo explícitamente y por escrito. A los efectos de sustitución del representante inicialmente nombrado por el Contratista, se especifica que no se considerará “causa justificada” la propuestanecesidad que, tituladoen su caso, con suficiente experiencia en la dirección de Obras similares, que lo califiquen para llevar a cabo de forma satisfactoria la ejecución alegue el Contratista de la OBRApersona inicialmente designada, el mismo o de aquellas que será presentado oficialmente antes del inicio de los trabajos, mediante comunicación escrita dirigida sustituyan a la FISCALIZACIÓNésta, para que ésta comunique atender otras obras y presente al SUPERINTENDENTE a la SUPERVISIÓN. EL SUPERINTENDENTE de obra tendrá residencia en el lugar en que se ejecuta la obracargos, prestará servicios a tiempo completo y está facultado para: Dirigir la realización dentro de la OBRA. Representar al CONTRATISTA en la ejecución estructura de la OBRA durante toda su vigencia. Mantener permanentemente informada a la SUPERVISIÓN sobre todos los aspectos relacionados propia adjudicataria o de empresas vinculadas directa o indirectamente con la OBRA. Mantener coordinación permanente y efectiva con la Oficina Central del CONTRATISTA. Presentar el Organigrama completo del personal del CONTRATISTA, asignado a la OBRA. Es el responsable del control de asistencia, así como de la conducta y ética profesional de todo el personal bajo su dependencia, con autoridad para asumir medidas correctivas en caso necesario. En caso de ausencia temporal de la OBRA, por causas emergentes del presente Contrato, u otras de fuerza mayor o caso fortuito, con conocimiento y autorización de la ENTIDAD a través de la SUPERVISIÓN; asumirá esas funciones el profesional inmediato inferior, con total autoridad para actuar en representación del CONTRATISTA. Esta suplencia será temporal y no debe exceder los treinta (30) días hábiles, salvo casos de gravedad debidamente justificada, caso contrario el CONTRATISTA deberá proceder a sustituir al SUPERINTENDENTE, presentando a consideración de la ENTIDAD una terna de profesionales de similar o mejor calificación que el que será reemplazado. Una vez que la ENTIDAD acepte por escrito al nuevo SUPERINTENDENTE, éste recién entrará en ejercicio de la funciónmisma.

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Samples: Pliego De Cláusulas Particulares

REPRESENTANTE DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA designa A todos los efectos relacionados con el presente contrato queda designado como representante del Contratista para el ejercicio de los derechos y cumplimiento de las obligaciones que se deriven del mismo, con facultades amplias al fin citado en la Cláusula Primera, en calidad de Delegado del Contratista, D…………..……., como Jefe de Obra el Ingeniero Superior D………………….., y como Responsable de Seguridad y Salud D , los cuales han acreditado su capacidad profesional y su inscripción como colegiados en el Colegio Profesional correspondiente. El Contratista, está obligado a otorgar a favor del Sr…..… con anterioridad al inicio efectivo de las obras objeto de este contrato poder notarial con al menos, el contenido y facultades previstas en el Anexo nº 13 del presente documento. Estas facultades, en tanto en cuanto tienen carácter obligatorio y provienen del presente contrato, no podrán ser revocadas ni limitadas por el Contratista, salvo en el supuesto de que simultáneamente y por causa justificada, designasen a otro representante legal en obrapara sustituir, con idénticas facultades y poderes, al SUPERINTENDENTEque fuese cesado. Asimismo, profesional calificado se obliga a proceder en un plazo que no exceda de ocho (8) días naturales, al nombramiento por escrito de otro que le sustituya en caso xx xxxxx o faltar por cualquier causa el representante designado. El Contratista deberá comunicar el nombre y datos profesionales del nuevo representante a CANASA, no surtiendo efectos el nombramiento hasta que ésta apruebe el mismo explícitamente y por escrito. A los efectos de sustitución del representante inicialmente nombrado por el Contratista, se especifica que no se considerará “causa justificada” la propuestanecesidad que, tituladoen su caso, con suficiente experiencia en la dirección de Obras similares, que lo califiquen para llevar a cabo de forma satisfactoria la ejecución alegue el Contratista de la OBRApersona inicialmente designada, el mismo o de aquellas que será presentado oficialmente antes del inicio de los trabajos, mediante comunicación escrita dirigida sustituyan a la FISCALIZACIÓNésta, para que ésta comunique atender otras obras y presente al SUPERINTENDENTE a la SUPERVISIÓN. EL SUPERINTENDENTE de obra tendrá residencia en el lugar en que se ejecuta la obracargos, prestará servicios a tiempo completo y está facultado para: Dirigir la realización dentro de la OBRA. Representar al CONTRATISTA en la ejecución estructura de la OBRA durante toda su vigencia. Mantener permanentemente informada a la SUPERVISIÓN sobre todos los aspectos relacionados propia adjudicataria o de empresas vinculadas directa o indirectamente con la OBRA. Mantener coordinación permanente y efectiva con la Oficina Central del CONTRATISTA. Presentar el Organigrama completo del personal del CONTRATISTA, asignado a la OBRA. Es el responsable del control de asistencia, así como de la conducta y ética profesional de todo el personal bajo su dependencia, con autoridad para asumir medidas correctivas en caso necesario. En caso de ausencia temporal de la OBRA, por causas emergentes del presente Contrato, u otras de fuerza mayor o caso fortuito, con conocimiento y autorización de la ENTIDAD a través de la SUPERVISIÓN; asumirá esas funciones el profesional inmediato inferior, con total autoridad para actuar en representación del CONTRATISTA. Esta suplencia será temporal y no debe exceder los treinta (30) días hábiles, salvo casos de gravedad debidamente justificada, caso contrario el CONTRATISTA deberá proceder a sustituir al SUPERINTENDENTE, presentando a consideración de la ENTIDAD una terna de profesionales de similar o mejor calificación que el que será reemplazado. Una vez que la ENTIDAD acepte por escrito al nuevo SUPERINTENDENTE, éste recién entrará en ejercicio de la funciónmisma.

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Samples: Pliego De Cláusulas Particulares