Common use of REHABILITACION Clause in Contracts

REHABILITACION. El pago de cualquier siniestro en virtud de la cobertura indicada en la sección primera de estas Condiciones Generales, no reducirá la suma asegurada, que será restablecida después de cada siniestro mediante el pago por el asegurado de una prima extra a convenir, que se basará en el importe del siniestro y en el período que va desde la fecha del siniestro hasta la expiración de la póliza. Esta prima extra no será tenida en cuenta en el momento del cálculo de cualquier ajuste de prima. Si el asegurado no rehabilitara la prima, el monto asegurado será reducido en la cantidad pagada por el siniestro y en caso de un nuevo siniestro, la indemnización se calculará a prorrata entre la parte asegurada y la que no esté. El monto asegurado por la cobertura de Responsabilidad Civil, indicada en el artículo séptimo de estas Condiciones Generales, se reducirá en el monto de las indemnizaciones que se paguen, sin que sea posible la rehabilitación de dicho monto.

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Samples: ciperchile.cl, www.svs.cl

REHABILITACION. El pago de cualquier siniestro en virtud de la cobertura indicada en la sección primera Sección Primera de estas Condiciones Generales, no reducirá la suma asegurada, la que será restablecida después de cada siniestro mediante el pago por el asegurado de una prima extra a convenir, que se basará en el importe del siniestro y en el período que va desde la fecha del siniestro hasta la expiración de la póliza. Esta prima extra no será tenida en cuenta en el momento del cálculo de cualquier ajuste de prima. Si el asegurado no rehabilitara pagare la primaprima de rehabilitación, el monto asegurado será reducido en la cantidad pagada por el siniestro y en caso de un nuevo siniestro, la indemnización se calculará a prorrata entre la parte asegurada y la que no esté. El monto asegurado por la cobertura de Responsabilidad Civil, indicada en el artículo séptimo la Sección Segunda de estas Condiciones Generales, se reducirá en el monto de las indemnizaciones que se paguen, sin que sea posible la rehabilitación de dicho monto.

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Samples: www.svs.cl, www.cmfchile.cl

REHABILITACION. El pago de cualquier siniestro en virtud de la cobertura indicada en la sección primera de estas Condiciones Generales, no reducirá la suma asegurada, que será restablecida después de cada siniestro mediante el pago por el asegurado de una prima extra a convenir, que se basará en el importe del siniestro y en el período que va desde la fecha del siniestro hasta la expiración de la póliza. Esta prima extra no será tenida en cuenta en el momento del cálculo de cualquier ajuste de prima. Si el asegurado no rehabilitara la prima, el monto asegurado será reducido en la cantidad pagada por el siniestro y en caso de un nuevo siniestro, la indemnización se calculará a prorrata entre la parte asegurada y la que no esté. El monto asegurado por la cobertura de Responsabilidad Civil, indicada en el artículo séptimo noveno de estas Condiciones Generales, se reducirá en el monto de las indemnizaciones que se paguen, sin que sea posible la rehabilitación de dicho monto.

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Samples: www.syl.cl