RECURSOS MATERIALES Y HUMANOS Cláusulas de Ejemplo

RECURSOS MATERIALES Y HUMANOS. El adjudicatario del contrato para la prestación de los servicios de recogida de animales abandonados o extraviados, así como para la retirada, transporte y tratamiento de animales muertos y el control de colonias felinas en el municipio de Totana, dispondrá de las instalaciones adecuadas para el alojamiento de los animales de acuerdo con las necesidades fisiológicas y etológicas de los mismos. Las instalaciones se mantendrán en todo momento en las condiciones higiénico-sanitarias adecuadas para el mantenimiento de los animales y la adecuada prestación del servicio. En la memoria técnica se indicará los medios de que dispone o dispondrá para la prestación del servicio, que al menos serán: - Para captura de animales difíciles: lazos, bozales, cerbatana y arma de aire comprimido para la administración de dardos sedantes, jaula-trampa para captura de gatos en número de 5. - 5 Trasportines adecuados para el traslado de los animales de cualquier tamaño. - Teléfono móvil - Equipamiento adecuado para el personal. - Bolsas adecuadas para la recogida de cadáveres - Utensilios-accesorios para los animales recogidos; correas, bozales, comederos bebederos, camas, etc.. - Botiquín de urgencias - 1 vehículo autorizado para la recogida de animales vivos y muertos. En cuanto a la disposición de los medios humanos, el adjudicatario acreditará disponer al menos de: - Encargado de recogida de animales vagabundos y/o muertos. - Encargado del mantenimiento de los animales en sus instalaciones. - Veterinario que se encargará de la revisión sanitaria de los animales, realización de los tratamientos obligatorios, desparasitaciones, identificaciones, emisión de informes sanitarios, vigilancia antirrábica. - Coordinador del servicio, con teléfono móvil 24 horas, 365 días al año.
RECURSOS MATERIALES Y HUMANOS. 10.1. El adjudicatario del contrato para la prestación de los servicios de recogida de animales abandonados o extraviados, así como para la retirada, transporte y tratamiento de animales muertos en el municipio xx Xxxx, dispondrá de las instalaciones adecuadas para el alojamiento de los animales de acuerdo con las necesidades fisiológicas y etológicas de los mismos. Contará con un número adecuado de jaulas para perros y gatos teniendo en cuenta el número de animales del municipio. Las instalaciones se mantendrán en todo momento en las condiciones higiénico-sanitarias adecuadas para el mantenimiento de los animales y la adecuada prestación del servicio. En la memoria técnica, que el adjudicatario deberá presentar, se indicará los medios de que dispone o que dispondrá para la prestación del servicio y que al menos serán los siguientes:  Para la captura de animales difíciles: Lazos, bozales, cerbatana, jaula-trampa para perro y jaula-trampa para gatos.  Lector de microchip.  Trasportines de todos los tamaños, para el transporte de los animales.  Teléfonos móviles.  Equipamiento adecuado para el diferente personal: botas, ropa especializada, mascarillas, impermeables, guantes, etc…  Bolsas especiales para la recogida de cadáveres.  Arcón-congelador para los cadáveres.  Utensilios y productos de limpieza y mantenimiento.  Utensilios para los animales, como collares, correas, bozales, comederos, bebederos, areneros, cepillos, camas y mantas, etc...  Soporte logístico administrativo e informático.  Equipamiento de enfermería y quirófano, y su correspondiente instrumental completo para cirugías y curas, así como botiquín de urgencias y xxxxxxx.
RECURSOS MATERIALES Y HUMANOS. Artículo 5:
RECURSOS MATERIALES Y HUMANOS. La entidad adjudicataria del contrato del servicio de recogida, transporte y manutención de animales de compañía vagabundos, abandonados o perdidos en el municipio de Algete, dispondrá de las instalaciones adecuadas para el alojamiento de los animales de acuerdo con las necesidades para poder llevar a cabo el contrato en condiciones dispuestas en este pliego. En la memoria técnica que deberá presentar se indicará los medios de que dispone o dispondrá para la prestación del servicio, que al menos serán: - Medios adecuados a la captura de animales difíciles. - Lector de microchip. - Transportines. - Teléfono de aviso durante 24 horas - Equipamiento personal adecuado a las tareas a realizar. - Bolsas especiales par la recogida de animales muertos. - Utensilios y productos de limpieza y mantenimiento. - Utensilios y productos para el uso de los animales como collares, correas bozales, comederos, areneros… - Soporte informático - Equipamiento de enfermería y xxxxxxxxx - Al menos un vehículo acondicionado para el transporte de animales. La entidad adjudicataria deberán disponer del personal necesario para poder llevar a cabo el servicio que nos ocupa, siendo necesario indicar en la memoria técnica qué personal va a disponer, tales como: - Encargado del albergue. - Veterinario - Lacero y servicios. - Auxiliar de limpieza. - Director coordinador.
RECURSOS MATERIALES Y HUMANOS. 1. La entidad adjudicataria del contrato del servicio de recogida y transporte de animales de compañía vagabundos, abandonados o perdidos en el municipio de El Ejido, dispondrá de las instalaciones adecuadas para el alojamiento de los animales de acuerdo con las necesidades para poder llevar a cabo el contrato en condiciones dispuestas en este pliego.

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  • MEDIOS MATERIALES 1.1 1.2 1.3

  • Daños Materiales Esta cobertura ampara los daños o pérdidas materiales que sufra el vehículo a consecuencia de los siguientes riesgos:

  • RECURSOS HUMANOS 6.1 Proporcionar el organigrama de la empresa 6.1 Comprobar documentalmente que proporcionan el organigrama de la empresa.

  • DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS El “PROVEEDOR” queda obligado ante la “CONVOCANTE” a responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes y servicios suministrados, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido en los términos señalados en el contrato respectivo y en el Código Civil para el Estado de Jalisco; en el entendido de que deberá someterse a los Tribunales del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, renunciando a los Tribunales que por razón de su domicilio presente o futuro le pudiera corresponder.

  • RECURSOS Los recursos se regirán por las siguientes reglas:

  • MATERIALES, HERRAMIENTAS Y EQUIPO La cal a emplearse en la preparación del mortero deberá ser apagada y almacenada en pozos húmedos por lo menos cuarenta (40) días antes de su empleo. El cemento será del tipo portland, fresco y de calidad probada. El agua deberá ser limpia, no permitiéndose el empleo de aguas estancadas provenientes de pequeñas lagunas o aquéllas que provengan de alcantarillas, pantanos o ciénagas. En general los agregados deberán estar limpios y exentos de materiales tales como arcillas, barro adherido, escorias, cartón, yeso, pedazos xx xxxxxx o materias orgánicas. El Contratista deberá lavar los agregados a su costo, a objeto de cumplir con las condiciones anteriores. Se utilizará mezcla de cemento, cal y arena fina en proporción 1: 2 : 6. Los morteros de cemento y arena fina a utilizarse serán en las proporciones 1: 3 y 1: 5 (cemento y arena), dependiendo el caso y de acuerdo a lo señalado en el formulario de presentación de propuestas y/o los planos. De acuerdo al tipo de material empleado en los muros y especificado en el formulario de presentación de propuestas se seguirán los procedimientos de ejecución que a continuación se detallan: Revoques de cal, cemento y arena sobre muros de ladrillo, bloques de cemento, bloques de suelo cemento, paramentos de hormigón, xxxxx xx xxxxxx y otros Previamente a la colocación de la primera capa de mortero se limpiarán los paramentos de todo material suelto y sobrantes de mortero. Luego se colocarán maestras horizontales y verticales a distancias no mayores a dos (2) metros, las cuales deberán estar perfectamente niveladas unas con las otras, con el objeto de asegurar la obtención de una superficie pareja y uniforme. Humedecidos los paramentos se castigarán los mismos con una primera mano de mezcla, tal que permita alcanzar el nivel determinado por las maestras y cubra todas las irregularidades de la superficie de los muros, nivelando y enrasando posteriormente con una regla entre maestra y maestra. Después se efectuará un rayado vertical con clavos a objeto de asegurar la adherencia de la segunda capa de acabado. Posteriormente se aplicará la segunda capa de acabado en un espesor de 1.5 a 2.0 mm., dependiendo del tipo de textura especificado en los planos de detalle, formulario de presentación de propuestas y/o instrucciones del Supervisor de Obra, empleando para el efecto herramientas adecuadas y mano de obra especializada. A continuación se describen diferentes tipos de textura para el acabado final: Este tipo de acabado se podrá conseguir mediante la utilización de una herramienta xx xxxxxx denominada frotacho, con el que se enrasará la segunda capa de mortero. Después de ejecutar los trabajos preliminares señalados, a continuación se humedecerán los paramentos para aplicar la capa de revoque grueso castigando todas las superficies a revestir con mortero de cemento y arena en proporción 1 : 5, nivelando y enrasando posteriormente con una regla entre maestra y maestra toda la superficie. Una vez ejecutada la primera capa de revoque grueso según lo señalado y después de que hubiera fraguado dicho revoque se aplicará una segunda y última capa de enlucido de mortero de cemento en proporción 1 : 3 en un espesor de 2 a 3 mm., mediante planchas metálicas, de tal manera de obtener superficies lisas, planas y libres de ondulaciones, empleando mano de obra especializada. Si se especificara el acabado tipo frotachado, el procedimiento será el mismo que el especificado anteriormente, con la diferencia de que la segunda y última capa de mortero de cemento se la aplicará mediante planchas xx xxxxxx para acabado rústico (frotachado).

  • RECURSO DE APELACIÓN A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato. El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado. Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

  • Recursos adicionales (a) El Prestatario deberá aportar oportunamente todos los recursos adicionales a los xxx Xxxxxxxx que se necesiten para la completa e ininterrumpida ejecución del Proyecto, cuyo monto estimado se señala en las Estipulaciones Especiales. Si durante el proceso de desembolso se produjere un alza del costo estimado del Proyecto, el Banco podrá requerir la modificación del calendario de inversiones referido en el inciso (d) del Artículo 4.01 de estas Normas Generales, para que el Prestatario haga frente a dicha alza.

  • MEDIOS HUMANOS La empresa adjudicataria deberá facilitar al MUSEO la relación nominal y titulación del equipo que intervendrá en el edificio. La empresa adjudicataria deberá designar una persona responsable, que debe poseer un título de ingeniero/a técnico/a o superior y con experiencia en mantenimiento y en gestión de instalaciones térmicas y eléctricas en edificios. Actuará como responsable del servicio frente al MUSEO y su nombramiento deberá ser comunicado y aceptado por este. Será la persona encargada de la relación con las/os responsables del MUSEO, emitiendo, además, informes trimestrales que recojan todas las incidencias habidas en las instalaciones, así como la situación de las mismas, los trabajos necesarios a realizar, etc. La empresa adjudicataria se asegurará de que todos/as los/as miembros de su equipo conozcan los términos del contrato. La empresa adjudicataria no podrá alegar la falta de personal como justificación de la suspensión o retraso de los servicios contratados debiendo en todo momento disponer del necesario para su ejecución, sin repercusión alguna sobre el costo del contrato. Durante los períodos vacacionales xx xxxxxxx, semana santa y verano, la empresa adjudicataria no paralizará su coordinación con el MUSEO, por lo que deberá tener el personal suficiente en activo. La empresa adjudicataria se compromete a que, en los supuestos de vacaciones, bajas del personal u otras circunstancias análogas, dichas plazas quedarán cubiertas con personal sustituto de igual titulación o capacidades. Todas las altas, bajas, situaciones análogas, y cambios en las actividades desarrolladas por el personal adscrito al contrato serán puestas en conocimiento del MUSEO. Todo el personal que preste los servicios objeto del presente contrato pertenecerá exclusivamente a la empresa adjudicataria del contrato, sin que exista ninguna relación jurídica de tipo administrativo o laboral entre dichos/as trabajadores/as y el MUSEO, ni durante la vigencia del contrato ni en ningún momento posterior. Todos/as los/as trabajadores/as deberán estar debidamente asegurados/as en la Seguridad Social por cuenta exclusiva de la empresa adjudicataria, relevando de toda responsabilidad al MUSEO, y debiendo la empresa adjudicataria poner a disposición del MUSEO, de forma trimestral, las documentaciones mensuales que lo certifiquen. El MUSEO deberá ser consultado sobre cualquier cambio de cualificación que afecte a trabajadoras/es adscritas/os al contrato. Todo el personal de la empresa adjudicataria que vaya a participar en actividades bajo el objeto del presente pliego, podrá recibir formación por parte del MUSEO sobre cuestiones que se consideren de vital importancia para el desarrollo de los trabajos con las más altas cotas de excelencia. La formación impartida por el MUSEO o por terceras personas facilitadas por el MUSEO se considera obligatoria, y no supondrá gasto para la empresa adjudicataria, exceptuando la liberación del tiempo necesario para la misma a su personal.

  • ACUERDOS COMERCIALES De acuerdo con lo establecido en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1., del Decreto 1082 de 2015, y en consonancia con lo indicado en el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” M-MACPC-13, se procedió a realizar el análisis de si el presente proceso de contratación se encuentra o no cobijado por un acuerdo comercial, de lo cual se estableció lo siguiente: ACUERDO COMERCIAL ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL EXCEPCIÓN APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATAC IÓN PROCESO DE CONTRATACI ÓN CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL Alianza Pacífico Chile SI SI NO SI Perú SI SI NO SI México SI SI NO SI Canadá SI SI NO SI Chile SI SI NO SI Xxxxx Rica SI SI NO SI Estados AELC SI SI NO SI Estados Unidos SI SI NO SI Unión Europea SI SI NO SI Corea SI SI NO SI México SI SI NO SI Triángulo Norte con Centro América El Xxxxxxxx SI SI NO SI Guatemala SI SI NO SI Honduras SI SI NO SI Comunidad Andina de Naciones SI SI NO SI Estados AELC (1. Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.) De lo anterior se establece que el MEN como entidad estatal del Nivel Nacional se encuentra cubierta por los acuerdos comerciales señalados con la palabra SI en el cuadro anterior. En consecuencia, el MEN concederá trato nacional a proponentes y servicios de dichos países. También está sujeto a la Decisión 439 de la Secretaría de la Comunidad Andina. Adicionalmente, los Proponentes de Estados con los cuales el Gobierno Nacional haya certificado la existencia de trato nacional por reciprocidad recibirán este trato. Teniendo en cuenta que el proceso que se pretende adelantar no se encontraba publicado en el plan anual de adquisiciones, se tendrá como plazo mínimo entre la publicación del aviso de convocatoria y el día en que vence el término para presentar ofertas, 30 días calendario.