Procedimiento de arbitraje Cláusulas de Ejemplo

Procedimiento de arbitraje. 1. Mediante el procedimiento de arbitraje, las partes en conflicto acuerdan voluntariamente encomendar a un tercero y aceptar de xxxxxxxx la solución que éste dicte sobre el conflicto suscitado.
Procedimiento de arbitraje. Si un Estado contratante, parte en una controversia en que se ha apelado de la decisión del Consejo, no ha aceptado el Estatuto de la Corte Permanente Internacional de Justicia y si los Estados contratantes partes en la controversia no pueden concordar en la elección del tribunal de arbitraje, cada uno de los Estados contratantes partes en la controversia designará un árbitro y estos nombrarán un tercero. Si cualquier Estado contratante parte en la controversia no nombra un árbitro dentro de tres meses desde la fecha de apelación, el Presidente del Consejo designará por tal Estado un árbitro, de una lista de personas calificadas y disponibles que lleve el Consejo. Si dentro de treinta días los árbitros no pueden convenir en el tercero, el Presidente del Consejo lo designará de la lista antedicha. Los árbitros y el tercero se constituirán entonces en tribunal de arbitraje. Todo tribunal de arbitraje establecido según el presente Artículo o el anterior adoptará su propio procedimiento y pronunciará sus decisiones por mayoría de votos, entendiéndose que el Consejo podrá decidir cuestiones de procedimiento en caso de dilaciones que, en su opinión fuesen excesivas.
Procedimiento de arbitraje. 1.- Las partes en conflicto podrán acordar que sea dirimido por medio del arbitraje de la Comisión Mixta o de árbitros designados al efecto por ésta.
Procedimiento de arbitraje. El procedimiento del Arbitraje se ceñirá a lo prescrito en el Título V: Ejecución Contractual., Capítulo IV: Solución de Controversias, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Décima Tercera del Proyecto de Contrato.
Procedimiento de arbitraje. Artículo 70
Procedimiento de arbitraje. Toda controvesia que suscite entre las partes sobre la existencia, validez, calificación, interpretación, o alcance de las pautas contractuales establecidas en el Contrato de Copncesión, con las modificaciones introducidas por su ADDENDA, podrá ser sometida, de común acuerdo, a resolución de un Tribunal Arbitral compuesto por TRES (3) miembros, UNO (1) designado por el Concedente, otro designado por el Concesionario, y el tercero designado de cmún acuerdo por las partes. La constitución del Tribunal Arbitral deberá efectuarse dentro de los SESENTA (60) días de planteada la controversia y firmado el compromiso arbitral por las partes, de común acuerdo. En caso de falta de acuerdo en la conformación del Tribunal Arbitral, de conformidad a lo prescripto “ ut supra”, las partes podrán someter el conflicto, de común acuerdo, ante la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES o el Tribunal Arbitral del BANCO LATINOAMERICANO DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO ( Ley Nº 24.353). En todos los casos, las reglas y procedimientos que regirán el arbitraje, serán definidas por los árbitros designados en cada caso. Asimismo, toda controversia que se suscite entre las partes sobre cuestiones de carácter técnico, podrán ser sometidas a consideración de TRES (3) expertos técnicos, UNO (1) designado por el Concedente, otro designado por el Concesionario y el tercero designado de común acuerdo por las partes. Las partes propondrán la designación de los expertos técnicos en la primera presentación que efectúen requieriendo este procedimiento. La aceptación del cargo y entrada en funciones por parte de los expertos técnicos deberá efectuarse dentro de los CINCO (5) días de planteada la controversia y aceptado el procedimiento. Los expertos técnicos deberán realizar y entragar su dictámen técnico a las partes, por escrito, dentro del plazo de QUINCE (15) días contados a partir de la aceptación del cargo pudiendoprorrogarse por un período igual en caso que la cuestión técnica lo requiera por su magnitud, extensión o complejidad.63 63T.O. por la ADDENDA en su Artículo 21º - Disposiciones Generales en Materia de Procedimientos-Texto agregado. Texto eliminado:” Dentro de los CIENTO VEINTE (120) días posteriores a la entrada en vigencia del presente Contrato, las Partes acordarán un procedimiento de arbitraje para el tratamiento d% las diferentes cuestiones a que dé lugar la ejecución del mismo y que requieran un significativo grado de análisis técnico, económico o financiero y su resolución en forma...
Procedimiento de arbitraje. 8.3.1 En caso de que las Partes no llegasen a un acuerdo amistoso con arreglo al apartado 8.1 [Solución amistosa de conflictos] o mediante un procedimiento de mediación con arreglo al apartado 8.2 [Mediación], el conflicto—salvo disposición en contrario en el Pliego de Condiciones Particulares— será resuelto de manera definitiva de conformidad con el Reglamento de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, sita en París, por uno o varios árbitros nombrados conforme a dicho Reglamento. El lugar de arbitraje y el idioma del procedimiento de arbitraje se especificarán en el Pliego de Condiciones Particulares. Resp. a 1: Disposiciones generales Resp. a 1.1: Definiciones «Plazo de finalización»: El plazo de finalización será [●]. [●]
Procedimiento de arbitraje. Sin perjuicio de lo establecido en el Apartado 41.7., del Artículo 41 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales de la Licitación, toda controversia que se suscite entre las PARTES sobre la interpretación o alcance de las cláusulas establecidas en el Contrato de Concesión, los Pliegos de cumplimiento, ejecución o terminación del referido contrato, podrá ser sometida a resolución de un Tribunal Arbitral compuesto por TRES (3) miembros, UNO (1) designado de común acuerdo por las PARTES. La constitución del Tribunal Arbitral deberá efectuarse dentro de los SESENTA (60) días de planteada la controversia y firmado el compromiso arbitral de común acuerdo por las PARTES. En caso de falta de acuerdo en la conformación del citado Tribunal, la solución del diferendo podrá ser sometido dentro de los TREINTA (30) días siguientes, al TRIBUNAL DE ARBITRAJE GENERAL DE LA BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES.
Procedimiento de arbitraje. Mediante el procedimiento de arbitraje las partes en conflicto acuerdan voluntariamente encomendar a un tercero sus divergencias y aceptar de antemano la solución que éste dicte. El procedimiento de arbitraje podrá promoverse sin agotamiento previo del de mediación, o durante su transcurso, o tras su finalización. La legitimación para promover el procedimiento de arbitraje y para acordar su aplicación corresponde a la comisión de seguimiento del acuerdo marco, por acuerdo unánime de las partes en ella representadas. La iniciación del procedimiento de arbitraje se comunicará a la autoridad laboral a efectos informativos. Una vez iniciado el procedimiento, las partes no podrán renunciar al mismo hasta la emisión final xxx xxxxx arbitral. La designación de árbitro recaerá, por acuerdo entre las partes, en uno o varios de los candidatos incluidos en la lista de árbitros previamente elaborada por la propia comisión. De no llegarse a un acuerdo, cada parte descartará alternativa y sucesivamente uno de los nombres hasta que quede uno solo. La duración del proceso arbitral será la que establezcan las partes, con un mínimo xx xxxx días.
Procedimiento de arbitraje. Para las controversias patrimoniales que resulten del presente contrato, las partes podrán acordar, para efectos de ahorro procesal, acudir al procedimiento de arbitraje establecido por la "Ley Sobre Resolución Alternativa de Conflictos y Promoción de la Paz social", No. 7727.