POSIBILIDAD DE PRÓRROGA Cláusulas de Ejemplo

POSIBILIDAD DE PRÓRROGA. El acuerdo marco puede prorrogarse, por un período de UN AÑO, sin que la duración total del acuerdo marco incluida la prórroga pueda superar el plazo de CUATRO años. La prórroga deberá formalizarse en documento contractual, y para ello, el órgano de contratación tres meses antes de la fecha de finalización de la vigencia del acuerdo marco, comunicará a la empresa adjudicataria la voluntad de llevar a cabo la misma.
POSIBILIDAD DE PRÓRROGA si, por dos años más
POSIBILIDAD DE PRÓRROGA. No procede
POSIBILIDAD DE PRÓRROGA. El Contrato Xxxxx podrá prorrogarse, por mutuo acuerdo de las partes, una o más veces por un periodo no superior a un año cada vez, sin que la duración total del Contrato Xxxxx incluida su prórroga pueda superar el plazo de 4 años. La prórroga no podrá producirse por el consentimiento tácito de las partes, de acuerdo con el art. 23.2 del TRLCSP, debiendo, en su caso, ser prorrogado de forma expresa. Para que el Contrato Xxxxx quede válidamente prorrogado, la Administración comunicará su intención de prórroga a la empresa adjudicataria, con una anterioridad mínima de 4 meses a su finalización, quienes darán su conformidad en caso de estar interesadas en la prórroga, en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la recepción de la comunicación. Esta gestión podrá ser realizada mediante medios electrónicos.
POSIBILIDAD DE PRÓRROGA. Al término del plazo de ejecución inicial, EOI podrá proponer al adjudicatario la prórroga del contrato, sin que la cuantía final supere en ningún caso el valor estimado. Esta posible prórroga del contrato tendrá una duración máxima igual a la duración del contrato inicial, permaneciendo sus características inalterables. La prórroga tendrá lugar por mutuo acuerdo de las partes que deberá ser formalizado por escrito.
POSIBILIDAD DE PRÓRROGA. SI. POR UN MÁXIMO DE DOS AÑOS MÁS
POSIBILIDAD DE PRÓRROGA. Si (3 años de prórroga)
POSIBILIDAD DE PRÓRROGA. Sí, por 3 años.
POSIBILIDAD DE PRÓRROGA. LA ENTIDAD de contar con la disponibilidad presupuestal, podrá prorrogar el plazo referido, de acuerdo a la necesidad del servicio, siempre y cuando éste haya sido de su plena satisfacción y en sujeción a lo dispuesto en el artículo 182º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 184-2008-EF.