Plan de Actividades Cláusulas de Ejemplo

Plan de Actividades. Durante esta etapa de Prospección, serán realizadas las actividades mínimas comprometidas por el Concesionario, cuyo detalle se describe a continuación. El incumplimiento de alguno de ellos será motivo de rescisión del Contrato por parte del Estado, conforme a lo dispuesto en el Art. 62 de la Ley Nº 779/95. - Adquisición de copias digitales de todos los datos técnicos relevantes, y adicionales a los entregados por el MOPC. - Reprocesamiento e interpretación de toda la información sísmica 2D existentes y de los perfiles eléctricos de perforaciones exploratorios existentes. - Preparación y aprobación del estudio de evaluación de impacto ambiental exigidos por la Ley 294/93, y su Decreto Reglamentario 14.281/96. - Trabajos de campo para la determinación de características geofísicas, geológicas, geodésicas, topográficas, y en especial gravi métricas y magneto métricas, como también de microbiología o geoquímica, si así lo amerite, y que ayuden a identificar el potencial de hidrocarburos en la zona en forma regional y detallada. - Toda exigencia establecida en la Ley 779/95 y su Reglamentación aprobada por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 6.597/05, para la Etapa de prospección.
Plan de Actividades. De ingresar a la etapa de Exploración serán realizadas las actividades mínimas según el detalle y cronograma de actividades que se describe a continuación. El incumplimiento de alguno de ellos será motivo de rescisión del Contrato por parte del Estado, conforme a lo dispuesto en el Artículo 27º y 62º de la Ley Nº 779/95. - Elaboración, procesamiento e interpretación en 2D y/o 3D de no menos de 100 kilómetros de nuevas líneas sísmicas requeridas; antes de las perforaciones exploratorias, - Perforación de no menos de 15.000 metros lineales en pozos exploratorios terminados, muestras testigos, evaluación, prueba de producción de los pozos de exploración, y todo lo necesario según Normas Técnicas Internacionales. En caso de optar por la prórroga de dos años adicionales, el CONCESIONARIO deberá perforar un (1) pozo adicional de 5.000 metros por cada año, de conformidad con el Artículo 14º de la Ley 779/95, y su Decreto Reglamentario Nº 6.597/05. - Todo tipo de trabajo de campo que el Concesionario considere necesario realizar, a fin de mejorar la información e investigación relacionada a los trabajos de exploración a ser ejecutados.
Plan de Actividades. Ambas partes convienen y estipulan el plan de actividades de difusión científica que se llevará a cabo por parte de los docentes e investigadores de la UAM y que se relaciona como Anexo al presente convenio (Anexo A).
Plan de Actividades. Las prácticas de formación académica/profesional se llevarán a cabo conforme un plan de actividades que será establecido a través de un intercambio de notas entre los enlaces de seguimiento de las instituciones de origen y CONTRAPARTE.

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  • PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES El Plan Anual de Adquisiciones es independiente del rubro presupuestal que se afecte, ya sea de funcionamiento o de inversión, debe contener la lista de bienes, obras y servicio que La Alcaldía Municipal de Los Patios pretende adquirir durante el año de acuerdo a lo establecido en el TÍTULO I, CAPÍTULO IV, ARTÍCULO 4. DEL DECRETO 1510 DE 2013: “La Entidad Estatal debe publicar su Plan anual de Adquisiciones y las actualizaciones del mismo en su página web y en el SECOP, en la forma que para el efecto disponga Colombia Compra Eficiente. En el Plan Anual de Adquisiciones, La Alcaldía Municipal de Los Patios debe señalar la necesidad y cuando conoce bien, obra o servicio que satisface esa necesidad debe identificarlo utilizando el Clasificador de Bienes y Servicios, e indicar el valor estimado del contrato, el tipo de recursos con cargo a los cuales La Alcaldía Municipal de Los Patios pagará el bien, obra o servicio, la modalidad de selección del contratista, y la fecha aproximada en la cual la Entidad Estatal iniciará al Proceso de Contratación. Colombia Compra Eficiente establecerá los lineamientos y el formato que debe ser utilizado para elaborar el Plan Anual de Adquisiciones”. La planeación de las adquisiciones se fundamenta en el Plan de Desarrollo, pero se va perfilando o detallando con instrumentos como el Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI) y el Presupuesto Anual de Gastos, pasando de ser proyecciones, hasta finalmente llegar al detalle completo de las necesidades que se registran en los estudios de costos de los Estudios Previos de cada proceso contractual. El Plan Anual de Adquisiciones para La Alcaldía Municipal de Los Patios, debe ser una herramienta de gestión administrativa efectiva para el uso racional y estratégico de los recursos públicos, y así desarrollar habilidades y competencias para su programación, elaboración, ejecución, control y evaluación dentro de un marco de gerencia efectiva. El Plan Anual de Adquisiciones es un elemento que está integrado al presupuesto y al plan de acción institucional, por lo tanto debe guardar coherencia con estos dos instrumentos de planeación y control. La oficina xx Xxxxxxx es el encargado de coordinar y consolidar tanto la formulación como el seguimiento a dicho plan.

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  • JUNTA DE ACLARACIONES Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 63 de la Ley de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios, La Junta de Aclaraciones se llevará a cabo en el horario, y fecha descritas en la parte inicial (cronograma) de las presentes bases en la Dirección de Recursos Materiales, primer piso del Centro Administrativo (CAT), xxxxx xx Xxxxxxx xxxxxx #00, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx xx Xxxxxx, Jalisco, México. Al Licitante que requiera mayor información de algún punto de las presentes bases deberá enviar mediante correo electrónico a la cuenta xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx el documento señalado como Anexo A debidamente llenado en formato PDF y WORD, señalando en el asunto del correo número de licitación, documento en el cual deberán de integrar sus preguntas y enviarlo al Secretario Ejecutivo en el horario, y fecha descritas en la parte inicial de las presentes bases (cronograma) a efecto de que puedan ser resueltas en la Junta de Aclaraciones. Los acuerdos, aclaraciones, modificaciones y disposiciones que se pacten o se aclaren en esta Junta de Aclaraciones, formarán parte integral de las Bases de esta Licitación y deberán de ser cumplidas sin excepción por parte de los LICITANTES, asista o no a esta Junta, sin que al efecto sea necesario que se le notifique de las modificaciones o aclaraciones que ahí se pudieran llegar a darse, ya que es su obligación si no llegará a asistir a la Junta, el acudir a la Unidad Centralizada de Compras Recursos Materiales citada y obtener la información necesaria. De la Junta de Aclaraciones se levantará la correspondiente Acta, en la se asentaran las cuestiones efectuadas por los licitantes en el tiempo y formas indicadas, así como las respuestas otorgadas por la convocante, además se indicaran situaciones de tiempo y lugar, en esta Junta de Aclaraciones los asistentes podrán formular cuestionamientos que no hayan sido hechos en el formato Anexo A, sin embargo la convocante no tendrá obligación de plasmar las respuestas a éstos en el acta correspondiente, a no ser que a juicio de la Unidad de Xxxxxxx, las respuestas otorgadas sean de trascendencia para la convocatoria y sus anexos. (art. 63 fracción III de la Ley) A esta Junta de Aclaraciones asistirá un representante de la Unidad Centralizada de Compras de Recursos Materiales y del Área Requirente.