Plan A Cláusulas de Ejemplo

Plan A. El monto asegurado será pagado por el Asegurador a los beneficiarios después del fallecimiento del Xxxxxxxxx, si este ocurre durante la vigencia de la póliza. En caso del Plan A, el monto asegurado se determina como el mayor valor entre:
Plan A. Bajo esta opción el Monto Asegurado a pagar en caso del fallecimiento del Asegurado será la cantidad que sea mayor entre el Capital Asegurado por fallecimiento que aparece en las Condiciones Particulares de la Póliza y el Valor de Ahorro Efectivo con Cargo a la Póliza a la fecha del aviso del siniestro incrementado en un 10% del Capital Asegurado por fallecimiento. En este caso y exclusivamente para determinar cuál es la cantidad mayor, el Valor de Ahorro Efectivo con Cargo a la Póliza no considera el saldo de la Cuenta de Depósitos Convenidos del Asegurado, si lo hay, ni tampoco el saldo de la Cuenta de Bonificación Fiscal. En consecuencia, bajo el Plan A podrán darse dos situaciones:
Plan A. El capital base asegurado señalado en las Condiciones Particulares de la póliza, será pagado por el Asegurador a los beneficiarios después del fallecimiento del Xxxxxxxxx, si este ocurre durante la vigencia de la póliza, o al Contratante, a la fecha de vencimiento de la póliza, si el Asegurado sobrevive a esta última fecha. El Contratante podrá establecer que el capital base asegurado para el caso de sobrevivencia del Asegurado sea pagado a este último, de lo cual deberá dejarse constancia en las Condiciones Particulares. El capital base asegurado señalado en las Condiciones Particulares será pagado por el Asegurador a los beneficiarios después del fallecimiento del asegurado, cualquiera sea la época en que éste ocurra. El Asegurado, en el caso de ambos tipos de planes, no podrá tener una edad superior a la edad máxima de incorporación al momento de contratar este seguro, de incorporarse al mismo, o de su respectiva rehabilitación, según corresponda.

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  • Plan de Seguridad y Salud En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción el contratista deberá presentar el Plan de Seguridad y Salud con el contenido indicado en el citado Real Decreto y basado en el estudio de seguridad o salud o en el estudio básico de seguridad y salud que acompaña al proyecto. Este plan deberá ser aprobado antes del inicio de la obra.

  • PARTICIPANTES Tendrán derecho a participar y adjudicarse la licitación todas las Compañías de Seguros del Segundo Grupo, en adelante “las Compañías Aseguradoras” o “las Compañías Participantes”, cuya menor clasificación de riesgo sea igual o superior a A- conforme a lo indicado en la NCG N° 62 de la C.M.F. o aquella que la reemplace, y que al momento de presentar sus ofertas y al resolverse la adjudicación cumplan las demás exigencias descritas en las Bases. Las Compañías Aseguradoras tendrán la opción de participar en forma individual o en coaseguro, debiendo en este último caso indicar los porcentajes de responsabilidad que asumen y designar a un coasegurador líder. Conforme a lo dispuesto en el numeral 22 del Título III.2 de la Norma Conjunta, las compañías reaseguradoras que por cesión de la Compañía adjudicada deban asumir una parte o la totalidad de los riesgos del contrato licitado deberán cumplir el requisito de clasificación mínima de riesgo que se indica a continuación: Entidad Clasificadora de Riesgos Clasificación de Riesgo Mínima Requerida Standard and Poor´s A- Xxxxx Ratings A- Xxxxx´s A 3 AM Best A- Las Bases de Licitación podrán ser retiradas por las Compañías Aseguradoras, sin costo alguno, en las oficinas de Inmobiliaria Casanuestra S.A. ubicadas en Xxxxxxx Xxxxxx Norte 100 piso 6, comuna de Las Condes, a partir de la fecha indicada en el numeral 2.1 siguiente, de 10.00 a 13.00 hrs. y de 15.00 a 18:00 hrs. Para los efectos de esta licitación y del marco regulatorio vigente, Inmobiliaria Casanuestra S.A. RUT 00.000.000-0 (en adelante también “la Entidad Crediticia”). La administración de esta licitación, vale decir, el proceso de consultas y respuestas, la recepción y evaluación de las ofertas, así como también la decisión de adjudicación y su comunicación a las Compañías participantes, estará a cargo de la Entidad Crediticia y cualquier observación o consulta respecto de estas Bases deberá formularse o enviarse precisamente a la Entidad Crediticia, en los términos que se indican más adelante.

  • Plan de Igualdad Los licitadores certificarán mediante la declaración responsable complementaria al DEUC, que se incluye en el ANEXO I de este pliego, si, en su caso, cuentan con un plan de igualdad.

  • PLAN DE TRABAJO ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA

  • INCENTIVOS Las ayudas que podrán recibir los beneficiarios del subsidio y las empresas que los contraten son las siguientes:

  • Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo Formalizado el contrato el adjudicatario elaborará un Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Obra, ajustado al Estudio de Seguridad y Salud del Proyecto, en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en estos. En dicho Plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el Contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, que no podrán implicar disminución del nivel de protección previsto en el Estudio. El Plan será aprobado por el Ayuntamiento, antes del inicio de la obra, previo informe del Coordinador en materia de seguridad y salud o de la Dirección facultativa de la Obra, si no fuera preceptivo designar Coordinador, y se comunicará a la Autoridad Laboral. Efectuado este trámite se procederá al acta de replanteo e inicio de la obra.

  • PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES El Plan Anual de Adquisiciones es independiente del rubro presupuestal que se afecte, ya sea de funcionamiento o de inversión, debe contener la lista de bienes, obras y servicio que La Alcaldía Municipal de Los Patios pretende adquirir durante el año de acuerdo a lo establecido en el TÍTULO I, CAPÍTULO IV, ARTÍCULO 4. DEL DECRETO 1510 DE 2013: “La Entidad Estatal debe publicar su Plan anual de Adquisiciones y las actualizaciones del mismo en su página web y en el SECOP, en la forma que para el efecto disponga Colombia Compra Eficiente. En el Plan Anual de Adquisiciones, La Alcaldía Municipal de Los Patios debe señalar la necesidad y cuando conoce bien, obra o servicio que satisface esa necesidad debe identificarlo utilizando el Clasificador de Bienes y Servicios, e indicar el valor estimado del contrato, el tipo de recursos con cargo a los cuales La Alcaldía Municipal de Los Patios pagará el bien, obra o servicio, la modalidad de selección del contratista, y la fecha aproximada en la cual la Entidad Estatal iniciará al Proceso de Contratación. Colombia Compra Eficiente establecerá los lineamientos y el formato que debe ser utilizado para elaborar el Plan Anual de Adquisiciones”. La planeación de las adquisiciones se fundamenta en el Plan de Desarrollo, pero se va perfilando o detallando con instrumentos como el Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI) y el Presupuesto Anual de Gastos, pasando de ser proyecciones, hasta finalmente llegar al detalle completo de las necesidades que se registran en los estudios de costos de los Estudios Previos de cada proceso contractual. El Plan Anual de Adquisiciones para La Alcaldía Municipal de Los Patios, debe ser una herramienta de gestión administrativa efectiva para el uso racional y estratégico de los recursos públicos, y así desarrollar habilidades y competencias para su programación, elaboración, ejecución, control y evaluación dentro de un marco de gerencia efectiva. El Plan Anual de Adquisiciones es un elemento que está integrado al presupuesto y al plan de acción institucional, por lo tanto debe guardar coherencia con estos dos instrumentos de planeación y control. La oficina xx Xxxxxxx es el encargado de coordinar y consolidar tanto la formulación como el seguimiento a dicho plan.

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