Participación de discapacitados Cláusulas de Ejemplo

Participación de discapacitados. Para la acreditación de este sub-rubro, el licitante podrá presentar el de la totalidad de su plantilla de empleados, la participación del personal discapacitado es de al menos el 5% (Cinco por ciento) y hasta un máximo a partir de la fecha de publicación de la presente Convocatoria; misma que deberá ser comprobada con el aviso de alta al régimen obligatorio del IMSS Para la asignación del puntaje de este sub-rubro se considerará lo siguiente:
Participación de discapacitados o z oo:: Wo::m W.... o:E-� we<.... o._oº <CI 37 8 38 9 ::::,z Z> Pág. 8 numeral 6 firma de contrato. Opinión de cumplimiento. Entendemos que, para acreditar este requisito, en todo momento se observaran las REGLAS PARA LA OBTENCIÓN DE LA OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2015, la cual permite presentar la opinión de cumplimiento del administrador de personal acreditando la relación jurídica en caso de subcontratar estos servicios. ¿Es correcta nuestra apreciación?
Participación de discapacitados. Los licitantes como parte integral de la proposición, deberán presentar en caso de que se cuente con ello, un listado del personal con discapacidad que labore en sus empresas, el cual deberán acreditar con los documentos correspondientes a la contratación del personal, así como las aportaciones realizadas al Seguro Social.
Participación de discapacitados. Para la acreditación de este sub-rubro, el licitante podrá presentar el Documento No. 20 “Personal Discapacitado”, el cual deberá comprobar que de la totalidad de su plantilla de empleados la participación del personal discapacitado es de al menos el 5% (Cinco por ciento) y hasta un máximo del 10% (diez por ciento), cuya antigüedad no sea inferior a 6 meses; misma que deberá ser comprobada con el aviso de alta al régimen obligatorio del IMSS (Sub- rubro que se motiva y fundamenta en el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley de Adquisiciones, 6.0 2.0 3.0 0.5 proporcional
Participación de discapacitados. (Documento 7) Para la acreditación de este sub-rubro, el licitante podrá presentar el documento No. 5 “Personal Discapacitado”, el cual deberá comprobar que de la totalidad de su plantilla de empleados la participación del personal discapacitado es de al menos el 5% (Cinco por ciento) y hasta un máximo del 10% (diez por 3.0 1.0 4.0 1.0 2.0 5.0 1.0 Proporcional Capacidad del Licitante ciento), cuya antigüedad no sea inferior a 6 meses; misma que deberá ser comprobada con el aviso de alta al régimen obligatorio del IMSS (Sub-rubro que se motiva y fundamenta en el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público). Para la asignación del puntaje de este sub-rubro se considerará lo siguiente: a) Licitante con mayor cantidad de plantilla acreditada con discapacidad b) Siguiente(s) licitante(s) con mayor cantidad de plantilla acreditada con personal con discapacidad, de acuerdo con la siguiente fórmula: Pi= (PDi/PDmax) Pmax, donde: Pi= puntos del licitante i PDi=proporción de su plantilla con discapacidad acreditada del licitante i PDmax= mayor proporción de su plantilla con discapacidad acreditada de entre los licitantes (misma que podrá tener un valor hasta del 10%). Pmax= el puntaje máximo para este rubro: 1 (UNO). 4.-
Participación de discapacitados. Para la acreditación de este sub-rubro, el licitante podrá presentar el documento No. 7 “Personal Discapacitado”, el

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.