Pago de haberes Cláusulas de Ejemplo

Pago de haberes. El pago de haberes se efectuará el último día hábil de cada mes. La liquidación y el pago de salarios se realizará mediante transferencia bancaria, cuando así lo solicite el trabajador al empresario, o por decisión de este último cuando mayoritariamente los trabajadores de la empresa hayan elegido ese sistema. La orden de transferencia bancaria deberá efectuarse por el empresario el antepenúltimo día hábil de cada mes.
Pago de haberes. El pago de haberes o salario será mensual, haciéndose efectivo dentro de los 5 primeros días hábiles del mes siguiente al de su devengo con anticipos quincenales a cuenta, salvo pacto que establezca que el anticipo sea semanal. En cuanto a tiempo, días y forma de cobro, se respetarán las condiciones más beneficiosas que estén establecidas en empresas o centros de trabajo, ya sea expresa o tácitamente. Código de verificación: 2018.00002889 Puede realizar la verificación del documento en xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx/xxxXxxx/xxx.xxx El abono de haberes se hará preferiblemente mediante transferencia bancaria a la cuenta que el trabajador haya comunicado a la empresa, respetando las fechas que se establecen en el primer párrafo.
Pago de haberes. El pago de haberes se efectuará el último día hábil de cada mes.
Pago de haberes. 1. Todas las percepciones, excepto las de vencimiento superior al mes, se abonarán mensualmente por períodos vencidos y dentro de los cinco primeros días hábiles del mes siguiente al de su devengo, aunque el trabajador tendrá derecho a percibir quincenalmente anticipos cuya cuantía no será superior al 90 por ciento de las cantidades devengadas.
Pago de haberes. El pago de haberes se realizará por mensualidades y mediante transferencia bancaria, estando todos los trabajadores obligados a proporcionar a la Empresa los datos precisos de la cuenta por la que desean la percepción de los haberes. El pago se efectuará dentro de los cuatro días del mes siguiente, con el fin de capitalizar todos los devengos del mes que al trabajador puedan corresponderle.
Pago de haberes el pago de los salarios y de los complementos a los que se tengan derecho, como también de los pagos por gastos, se han de efectuar mensualmente y por meses vencidos, sin prejudicio de los adelantos que se pacten en cada caso.
Pago de haberes. El pago de haberes se efectuará en el lugar de trabajo en la forma y plazos establecidos por la Ley de Contrato de Trabajo Nro. 20.744.
Pago de haberes. Artículo 29.
Pago de haberes. I. La liquidación y pago de salarios se hará por meses naturales vencidos.
Pago de haberes. Los empleadores deberán ajustar el pago de la remuneración a sus trabajadores, y de las otras compensa- ciones o sumas convencionales que correspondan a las disposiciones legales vigentes sobre la materia , las que actualmente determinan 3 días hábiles para el pago de las semanales y 4 días hábiles para el pago de las quincenales y mensuales, y, en su caso, a las normas que en el futuro las sustituyan .- En los casos que corresponda el pago en efectivo el mismo se hará en el lugar y horario de trabajo.- ---Art. 12 - HORARIO El horario de los establecimientos de esta industria se ajustará a lo previsto en la ley 11544 y sus modificatorias, o la que la reemplace o sustituya en el futuro, procurando adaptar tales horarios a las necesidades propias de la organización de la producción sin afectar los intereses de los trabajadores, entendiéndose por tales los de mantener los actuales horarios y régimen semanal de turnos y descansos. Las empresas que por fundamentadas razones de organización de la producción requirieran modificar los actuales horarios, deberán efectuar la notificación con una antelación no menor de treinta (30) días y obtener la conformidad del personal involucrado .-