Common use of OTRAS CARACTERÍSTICAS Clause in Contracts

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer un incremento del nivel de empleo fijo de la empresa, tomando como referencia el promedio dia- rio de trabajadores con contratos indefinidos en el periodo de los 90 días anteriores a la contratación, calculado como el cocien- te que resulte de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante el periodo de duración de la bonificación, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación. No se considera incumplida dicha obligación en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de prueba. En el resto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en el mes siguiente a la extinción, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento de la obligación del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifi- quen, la utilización en los contratos fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx). ◆ Ley 43/2006, de 29 de diciembre (BOE de 30 de diciembre). ◆ Ley 35/2010, de 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx).

Appears in 4 contracts

Samples: Contrato De Trabajo De Interinidad, Contrato De Trabajo De Interinidad, Contrato De Trabajo De Interinidad

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer un incremento Los beneficios establecidos no podrán, en concurrencia con otras ayudas públicas para la misma finalidad, superar el 60% del nivel coste salarial anual correspondiente al contrato que se bonifica. En los supuestos de empleo fijo obtención de ayudas sin reunir los requisitos exigidos para su concesión, procederá la empresa, tomando como referencia el promedio dia- rio devolución de trabajadores con contratos indefinidos en el periodo las cantidades dejadas de los 90 días anteriores ingresar por bonificación de cuotas a la contrataciónSeguridad Social, calculado como con el cocien- te que resulte recargo y los intereses xx xxxx correspondientes según lo establecido en las normas recaudatorias en materia de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante el periodo de duración de la bonificación, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contrataciónSeguridad Social. No se considera incumplida dicha obligación en concederán los supuestos incentivos descritos cuando se trate de extinciónrelaciones laborales de carácter especial, salvo que el empleador sea un Centro Especial de Empleo. normativa y Real Decreto 1451/1983, de 11 xx xxxx, por despidos declarados proce- dentesel que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, dimisiónde 7 xx xxxxx, muertese regula el empleo selectivo o las medidas de fomento del empleo de los trabajadores minusválidos. [BOE legislación consolidada] y Real Decreto 170/2004, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de prueba. En el resto 30 de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en el mes siguiente a la extinciónenero, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones el que se modifica el Real Decreto 1451/1983, de contratos temporales 11 xx xxxx, por el que en indefinidos. ◆ El incumplimiento cumplimiento de lo previsto en la obligación Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifi- quen, la utilización en los contratos fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx)trabajadores minusválidos. [BOE] y Ley 43/2006, de 29 de diciembre (diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo. [BOE legislación consolidadada] cláusulas específicas De conversión De contrato en prácticas, De relevo, De sustitución por anticipación De la eDaD De jubilación y eventual primer empleo en inDefiniDo‌ requisitos De los trabajaDores y El trabajador deberá tener suscrito y en vigor un contrato en prácticas, de relevo o sustitución por anticipación de la edad de jubilación. y Los contratos en prácticas a la finalización de su duración inicial o prorrogada, se pueden transformar en indefinidos con bonificación; los de relevo y de sustitución, cualquiera que sea la fecha de celebración, se pueden transformar en indefinidos con bonificación en cualquier mo- mento durante su vigencia. y El trabajador no tendrá relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive con el empresario o con quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las sociedades, así como con las contrataciones que se pro- duzcan con estos últimos. No será de aplicación esta exclusión cuando el empleador sea un trabajador autónomo sin asalariados y transforme el contrato cuando se trate de un solo familiar menor de cuarenta y cinco años que no conviva en su hogar ni esté a su cargo, o en el supuesto de los hijos del trabajador autónomo menores de 30 de diciembre). ◆ Ley 35/2010años que trabajen con él, de 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx)tanto si conviven como si no conviven.

Appears in 3 contracts

Samples: Contrato Temporal, Contrato Temporal, Contrato Temporal

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer un incremento del nivel de empleo fijo de la empresa, tomando como referencia El trabajo que realice el promedio dia- rio de trabajadores trabajador con contratos indefinidos en el periodo de los 90 días anteriores a la contratación, calculado como el cocien- te que resulte de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos discapacidad en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedenteCentros Especiales de Empleo deberá ser productivo y remunerado, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente adecuado a las ca- racterísticas individuales del trabajador, o durante en orden a favorecer su adaptación personal y social, y facilitar, en su caso, su posterior integración laboral en el período mercado ordinario de pruebatrabajo. ◆ Las empresas están obligadas Con el fin de garantizar que el trabajo se adecue en todo momento a mantener durante las características personales y profesionales del trabajador con discapacidad y valorar el periodo grado de duración adaptación profesional alcanzado, los Equipos Multiprofesionales les someterán a revisión, al menos con una periodicidad de dos años. Si como consecuencia de la bonificaciónrevisión de los citados Equipos Multiprofesionales observaran que el trabajo que realiza el trabajador supone un grave riesgo para su salud, deberán declarar la inadecuación del mismo, debiendo pasar en ese caso el nivel trabajador a ocupar otro puesto adecuado a sus características dentro del propio Centro y de empleo fijo alcanzado con no ser ello posible cesarán en la contratación. No se considera incumplida dicha obligación prestación de servicios, en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante las condiciones previstas en el período de pruebaartículo 16. En el resto supuesto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en que el mes siguiente riesgo quedase constatado con anterioridad a la extinciónrevisión periódica del Equipo Multiprofesional, se procederá de la misma forma, dando cuenta de ello inmediatamente al Equipo Multiprofesional. normativa y Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones el que se regula la relación laboral de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento carácter especial de la obligación del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifi- quen, la utilización los minusválidos que trabajen en los contratos fijos discontinuos Centros Especiales de Empleo. [BOE legislación consolidada] y Real Decreto 427/1999, de 12 xx xxxxx, por el que se modifica el Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, por el que se regula la modalidad relación laboral de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto carácter especial de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 minusválidos que trabajen en los centros especiales de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx)empleo. ◆ Ley 43/2006[BOE] y Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de diciembre (BOE noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de 30 la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. [BOE] y Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre). ◆ , por el que se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Empleo definidos en el artículo 42 de la Ley 35/201013/1982, de 00 7 xx xxxxxxxxxx xxxxx, de Integración Social del Minusválido. [BOE] y Orden de 16 de octubre de 1998 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas des- tinadas al fomento de la integración laboral de los minusválidos en centros especiales de empleo y trabajo autónomo. [BOE] cláusulas específicas Del contrato inDefiniDo para personas con DiscapaciDaD proceDentes De enclaves laborales‌ requisitos De los trabajaDores y Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo Competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. y Proceder de un enclave laboral y estar en situación de excedencia voluntaria en el Centro Especial de Empleo. y Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx).según se establece en el artículo 6 del Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero):

Appears in 3 contracts

Samples: Contrato Temporal, Contrato Temporal, Contrato Temporal

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer un incremento del nivel de empleo fijo de la empresa, tomando como referencia el promedio dia- rio de trabajadores con contratos indefinidos en el periodo de los 90 días anteriores a la contratación, calculado como el cocien- te que resulte de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante el periodo de duración de la bonificación, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación. No se considera incumplida dicha obligación en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de prueba. En el resto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en el mes siguiente los dos meses siguientes a la extinción, por otro trabajador con contrato indefinido inde- finido o mediante transformaciones de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento de la obligación del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos beneficios establecidos no podrán, en concurrencia con otras ayudas públicas para la misma finalidad, superar el 60% del coste salarial anual correspondiente al contrato que se bonifica. ◆ En los supuestos de ámbito sectorial podrán acordarobtención de ayudas sin reunir los requisitos exigidos para su concesión, procederá la devolución de las cantidades dejadas de ingresar por bonificación de cuotas a la Seguridad Social con el recargo y los intereses de demora corres- pondientes según lo establecido en las normas recaudatorias en materia de Seguridad Social. ◆ No se concederán los incentivos descritos cuando las peculiaridades se trate de relaciones laborales de carácter especial. ◆ Esta modalidad de contrato puede acogerse a la reducción de la actividad del sector así lo justifi- quenindemnización por despido de treinta y tres xxxx xx xxxxxxx por año de servicio y hasta un máximo de veinticuatro mensualidades, establecida en la utilización en los contratos fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 Disposición Adicional 1.ª de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX X.X.X. xx 00 xx xxxxx), modificada por el Art. ◆ Ley 43/2006, 3 de 29 de diciembre (BOE de 30 de diciembre). ◆ la Ley 35/2010, de 00 xx xxxxxxxxxx 17 de septiembre (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxxB.O.E. del 18 de sep- tiembre), siempre que el empleador reúna los requisitos y no se encuentre en alguna de las causas de exclusión de la citada disposición.

Appears in 3 contracts

Samples: Contrato De Trabajo De Interinidad, Contrato De Trabajo De Interinidad, Contrato De Trabajo De Interinidad

OTRAS CARACTERÍSTICAS. La contratación debe suponer un incremento del nivel de empleo fijo Se transforma en indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la empresaprestación: — Por falta de forma escrita. En el supuesto de contrato a tiempo parcial, tomando como referencia la falta de forma escrita determinará asimismo que el promedio dia- rio de trabajadores con contratos indefinidos contrato se presuma celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el periodo carácter a tiempo parcial de los 90 días anteriores a la contratación, calculado como el cocien- te que resulte servicios. — Por falta de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el Seguridad Social si hubiera transcurrido un período superior al período de prueba. — Si llegado el término no se hubiera producido denuncia de alguna de las partes y se continuara realizando la prestación la- boral. — También se presumirán por tiempo indefinido los celebrados en fraude xx xxx: Las Los trabajadores que en un período de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro me- ses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas están obligadas a mantener durante el periodo de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabaja- dores fijos. También esto será de aplicación cuando se produzcan supuestos de sucesión o subrogación empresarial conforme a lo dispuesto legal o convencionalmente. ◆ Esta modalidad de contrato puede acogerse a la reducción de la bonificaciónindemnización por despido de treinta y tres xxxx xx xxxxxxx por año de servicio y hasta un máximo de veinticuatro mensualidades, el nivel de empleo fijo alcanzado con establecida en la contratación. No se considera incumplida dicha obligación en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de prueba. En el resto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en el mes siguiente a la extinción, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento de la obligación del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifi- quen, la utilización en los contratos fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 Disposición Adicional 1.ª de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX X.X.X. xx 00 xx xxxxx), modificada por la Ley 35/2010, de 17 de septiembre (B.O.E. del 18 de septiembre), siem- pre que el contrato que se transforma se haya celebrado con anterioridad al 18 xx xxxxx de 2010 y se transforme dicho contrato con anterioridad al 31 de diciembre de 2010. Si el contrato se celebrase a partir del 18 xx xxxxx de 2010 y la duración del mis- mo no hubiese excedido de 6 meses, excepto en el caso de los contratos formativos, se puede transformar hasta el 31 de di- ciembre de 2011. ◆ Artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, modificado por la Ley 43/200635/2010, de 29 17 de diciembre septiembre (BOE B.O.E. del 18 de 30 de diciembreseptiem- bre). ◆ Ley 35/2010, de 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx). ◆ X. X. 0000/00, xx 00 xx xxxxxxxxx (B.O.E. de 8 de enero de 1999). ◆ CONTRATOS DE DURACIÓN DETERMINADA ◆ Se concierta para atender exigencias circunstanciales xxx xxxxxxx, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa. ◆ Podrá concertarse a tiempo completo o a tiempo parcial.

Appears in 3 contracts

Samples: Contrato De Trabajo De Interinidad, Contrato De Trabajo De Interinidad, Contrato De Trabajo De Interinidad

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer un incremento del nivel de empleo fijo de la empresa, tomando como referencia el promedio dia- rio de trabajadores con contratos indefinidos en el periodo de los 90 días anteriores a la contratación, calculado como el cocien- te que resulte de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante el periodo de duración de la bonificación, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación. No se considera incumplida dicha obligación en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de prueba. En el resto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en el mes siguiente a la extinción, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento de la obligación del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos beneficios establecidos no podrán, en concurrencia con otras ayudas públicas para la misma finalidad, superar el 60% del coste salarial anual correspondiente al contrato que se bonifica. En los supuestos de ámbito sectorial podrán acordarobtención de ayudas sin reunir los requisi- tos exigidos para su concesión, procederá la devolución de las cantidades dejadas de ingresar por bonificación de cuotas a la Seguridad Social, con el recargo y los intereses xx xxxx correspondientes según lo establecido en las normas recaudatorias en materia de Seguridad Social. ◆ No se concederán los incentivos descritos cuando las peculiaridades se trate de relaciones laborales de carácter especial ◆ Esta modalidad de contrato puede acogerse a la reducción de la actividad del sector así lo justifi- quenindemnización por despido de treinta y tres xxxx xx xxxxxxx por año de servicio y hasta un máximo de veinticuatro mensualidades, establecida en la utilización en los contratos fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 Disposición Adicional 1.ª de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX X.X.X. xx 00 xx xxxxx), modificada por la Ley 35/2010, de 17 de septiembre (B.O.E. del 18 de septiembre), siem- pre que el contrato que se transforma se haya celebrado con anterioridad al 18 xx xxxxx de 2010 y se transforme dicho contrato con anterioridad al 31 de diciembre de 2010. Si el contrato se celebrase a partir del 18 xx xxxxx de 2010 y la duración del mis- mo no hubiese excedido de 6 meses, excepto en el caso de los contratos formativos, se puede transformar hasta el 31 de di- ciembre de 2011. ◆ Ley 35/2010, de 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx). ◆ Ley 43/2006, de 29 de diciembre (BOE de 30 de diciembre). ◆ Ley 35/2010, de 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx).

Appears in 3 contracts

Samples: Contrato De Trabajo De Interinidad, Contrato De Trabajo De Interinidad, Contrato De Trabajo De Interinidad

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer un incremento Los beneficios establecidos no podrán, en concurrencia con otras ayudas públicas para la misma finalidad, superar el 60% del nivel coste salarial anual correspondiente al contrato que se bonifica. En los supuestos de empleo fijo obtención de ayudas sin reunir los requisitos exigidos para su concesión, procederá la empresa, tomando como referencia el promedio dia- rio devolución de trabajadores con contratos indefinidos en el periodo las cantidades dejadas de los 90 días anteriores ingresar por bonificación de cuotas a la contrataciónSeguridad Social, calculado como con el cocien- te que resulte recargo y los intereses xx xxxx correspondientes según lo establecido en las normas recaudatorias en materia de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante el periodo de duración de la bonificación, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contrataciónSeguridad Social. No se considera incumplida dicha obligación en concederán los supuestos incentivos descritos cuando se trate de extinciónrelaciones laborales de carácter especial, salvo que el empleador sea un Centro Especial de Empleo. y Real Decreto 1451/1983, de 11 xx xxxx, por despidos declarados proce- dentesel que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, dimisiónde 7 xx xxxxx, muertese regula el empleo selectivo o las medidas de fomento del empleo de los trabajadores minusválidos. [BOE legislación consolidada] y Real Decreto 170/2004, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de prueba. En el resto 30 de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en el mes siguiente a la extinciónenero, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones el que se modifica el Real Decreto 1451/1983, de contratos temporales 11 xx xxxx, por el que en indefinidos. ◆ El incumplimiento cumplimiento de lo previsto en la obligación Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifi- quen, la utilización en los contratos fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx)trabajadores minusválidos. [BOE] y Ley 43/2006, de 29 de diciembre (diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo. [BOE legislación consolidadada] cláusulas específicas De conversión De contrato en prácticas, De relevo, De sustitución por anticipación De la eDaD De jubilación en inDefiniDo‌ requisitos De los trabajaDores y El trabajador deberá tener suscrito y en vigor un contrato en prácticas, de relevo o sustitución por anticipación de la edad de jubilación. y Los contratos en prácticas a la finalización de su duración inicial o prorrogada, se pueden transformar en indefinidos con bonificación; los de relevo y de sustitución, cualquiera que sea la fecha de celebración, se pueden transformar en indefinidos con bonificación en cualquier mo- mento durante su vigencia. y El trabajador no tendrá relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive con el empresario o con quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las sociedades, así como con las contrataciones que se pro- duzcan con estos últimos. No será de aplicación esta exclusión cuando el empleador sea un trabajador autónomo sin asalariados y transforme el contrato cuando se trate de un solo familiar menor de cuarenta y cinco años que no conviva en su hogar ni esté a su cargo, o en el supuesto de los hijos del trabajador autónomo menores de 30 de diciembre). ◆ Ley 35/2010años que trabajen con él, de 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx)tanto si conviven como si no conviven.

Appears in 3 contracts

Samples: Contrato Temporal, Contrato Temporal, Contrato Temporal

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer un incremento Los beneficios establecidos no podrán, en concurrencia con otras ayudas públicas para la misma finalidad, superar el 60% del nivel coste salarial anual corres- pondiente al contrato que se bonifica. En los supuestos de empleo fijo obtención de ayudas sin reunir los requisitos exigidos para su concesión, procederá la empresa, tomando como referencia el promedio dia- rio devolución de trabajadores con contratos indefinidos en el periodo las cantidades dejadas de los 90 días anteriores ingresar por bonificación de cuotas a la contrataciónSeguridad Social, calculado como con el cocien- te que resulte recargo y los intereses xx xxxx correspondientes según lo establecido en las normas recaudatorias en materia de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante el periodo de duración de la bonificación, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contrataciónSeguridad Social. No se considera incumplida dicha obligación concederán los Incentivos descritos cuando se trate de relaciones laborales de carácter especial, salvo que el empleador sea un Centro Especial de Empleo. • Será de aplicación lo establecido en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente la sección primera del trabajador o durante el período de prueba. En el resto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en el mes siguiente a la extinción, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento capítulo primero de la obligación del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifi- quen, la utilización en los contratos fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx). ◆ Ley 43/2006, de 29 de diciembre (BOE diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo. • En el caso de 30 eventual primer empleo joven, además: • La empresa deberá mantener el nivel de empleo alcanzado con la transformación, al menos durante 12 meses. En caso de incumplimiento se procederá al reintegro de los Incentivos. • No se considera incumplida la obligación de mantenimiento del empleo cuando el contrato se extinga por causas objetivas o por despido disciplinario cuando uno u otro sea declarado o reconocido procedente, la dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total o absoluta o gran invalidez del trabajador o por expiración del tiempo convenido o realización de la obra y servicio objeto del contrato o, por resolución durante el periodo de prueba. normativa • Ley 43/2006, de 29 de diciembre). Ley 35/20103/2012, de 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx)6 de julio. • Ley 11/2013, de 26 de julio. cOntratO tEMPOraL‌ Definición El contrato temporal, es aquel que tiene por objeto el establecimiento de una relación laboral entre empresario y trabajador por un tiempo determinado. El contrato de trabajo temporal podrá celebrarse a jornada completa o parcial. El contrato de trabajo temporal se formalizará por escrito, podrá ser verbal cuando en la situación de eventual por circunstancias de la producción la duración del mismo sea inferior a cuatro semanas y la jornada completa.

Appears in 2 contracts

Samples: Contrato Indefinido 10, Contrato Indefinido 10

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer un incremento del nivel de empleo fijo de la empresaxxxx xx xxxxxxxxx, tomando para su cálculo se tomará como referencia el promedio dia- rio de trabajadores con contratos indefinidos plantilla en el periodo de los 90 noventa días anteriores a la contratación, calculado como el cocien- te cociente que resulte de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as noventa días inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 noventa días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilaciónjubilación o incapacidad permanente, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez del trabajador, o durante el período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante el periodo de duración de la bonificaciónreducción, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación. No se considera incumplida dicha obligación en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentesprocedentes, dimisión, muerte, jubilaciónjubilación o incapacidad permanente, incapacidad permanente total, obsoluta o gran invalidez del trabajador o durante el período de prueba. En el resto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en el mes siguiente a la extinción, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento de la obligación del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro reintegro de las bonificaciones reducciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos beneficios establecidos no podrán, en concurrencia con otras ayudas públicas para la misma finalidad, superar el 60% del coste salarial anual correspondiente al contrato que se bonifica. ◆ En los supuestos de ámbito sectorial podrán acordarobtención de ayudas sin reunir los requisitos exigidos para su concesión, procederá la devolución de las cantidades dejadas de ingresar por reducción de cuotas a la Seguridad Social, con el recargo y los intereses de demora corres- pondientes según lo establecido en las normas recaudatorias en materia de Seguridad Social. ◆ No se concederán los incentivos descritos cuando las peculiaridades se trate de relaciones laborales de carácter especial. ◆ Esta modalidad de contrato puede acogerse a la reducción de la actividad del sector así lo justifi- quenindemnización por despido de treinta y tres xxxx xx xxxxxxx por año de servicio y hasta un máximo de veinticuatro mensualidades, establecida en la utilización en los contratos fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 Disposición Adicional 1.ª de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx), modificada por el Art. ◆ Ley 43/2006, 3 de 29 de diciembre (BOE de 30 de diciembre). ◆ la Ley 35/2010, de 00 xx xxxxxxxxxx 17 de septiembre (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxxB.O.E. del 18 de septiem- bre), siempre que el empleador reúna los requisitos y no se encuentre en alguna de las causas de exclusión de la citada disposi- ción.

Appears in 2 contracts

Samples: Contrato De Trabajo De Interinidad, Contrato De Trabajo De Interinidad

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer un incremento del nivel de empleo fijo de la empresa, tomando como referencia el promedio dia- rio de trabajadores con contratos indefinidos en el periodo de los 90 días anteriores a la contratación, calculado como el cocien- te que resulte de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante el periodo de duración de la bonificación, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación. No se considera incumplida dicha obligación en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de prueba. En el resto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en el mes siguiente los dos meses siguientes a la extinción, por otro trabajador con contrato indefinido inde- finido o mediante transformaciones de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento de la obligación del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos beneficios establecidos no podrán, en concurrencia con otras ayudas públicas para la misma finalidad, superar el 60% del coste salarial anual correspondiente al contrato que se bonifica. ◆ En los supuestos de ámbito sectorial podrán acordarobtención de ayudas sin reunir los requisitos exigidos para su concesión, procederá la devolución de las cantidades dejadas de ingresar por bonificación de cuotas a la Seguridad Social, con el recargo y los intereses de demora co- rrespondientes según lo establecido en las normas recaudatorias en materia de Seguridad Social. ◆ No se concederán los incentivos descritos cuando las peculiaridades se trate de relaciones laborales de carácter especial. ◆ Esta modalidad de contrato puede acogerse a la reducción de la actividad del sector así lo justifi- quenindemnización por despido de treinta y tres xxxx xx xxxxxxx por año de servicio y hasta un máximo de veinticuatro mensualidades, establecida en la utilización en los contratos fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 Disposición Adicional 1.ª de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx), modificada por el Art. ◆ Ley 43/2006, 3 de 29 de diciembre (BOE de 30 de diciembre). ◆ la Ley 35/2010, de 00 xx xxxxxxxxxx 17 de septiembre (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxxB.O.E. del 18 de septiem- bre), siempre que el empleador reúna los requisitos y no se encuentre en alguna de las causas de exclusión de la citada disposi- ción.

Appears in 2 contracts

Samples: Contrato De Trabajo De Interinidad, Contrato De Trabajo De Interinidad

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer un incremento Los beneficios establecidos no podrán, en concurrencia con otras ayudas públicas para la misma finalidad, superar el 60% del nivel coste salarial anual corres- pondiente al contrato que se bonifica. En los supuestos de empleo fijo obtención de ayudas sin reunir los requisitos exigidos para su concesión, procederá la empresa, tomando como referencia el promedio dia- rio devolución de trabajadores con contratos indefinidos en el periodo las cantidades dejadas de los 90 días anteriores ingresar por bonificación de cuotas a la contrataciónSeguridad Social, calculado como con el cocien- te que resulte recargo y los intereses xx xxxx correspondientes según lo establecido en las normas recaudatorias en materia de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante el periodo de duración de la bonificación, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contrataciónSeguridad Social. No se considera incumplida dicha obligación concederán los Incentivos descritos cuando se trate de relaciones laborales de carácter especial, salvo que el empleador sea un Centro Especial de Empleo. • Será de aplicación lo establecido en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente la sección primera del trabajador o durante el período de prueba. En el resto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en el mes siguiente a la extinción, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento capítulo primero de la obligación del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifi- quen, la utilización en los contratos fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx). ◆ Ley 43/2006, de 29 de diciembre (BOE diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo. • En el caso de 30 eventual primer empleo joven, además: • La empresa deberá mantener el nivel de empleo alcanzado con la transformación, al menos durante 12 meses. En caso de incumplimiento se procederá al reintegro de los Incentivos. • No se considera incumplida la obligación de mantenimiento del empleo cuando el contrato se extinga por causas objetivas o por despido disciplinario cuando uno u otro sea declarado o reconocido procedente, la dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente total o absoluta o gran invalidez del trabajador o por expiración del tiempo convenido o realización de la obra y servicio objeto del contrato o, por resolución durante el periodo de prueba. normativa • Ley 43/2006, de 29 de diciembre). Ley 35/20103/2012, de 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx)6 de julio. • Ley 11/2013, de 26 de julio. contrAto tEMPorAL‌ Definición El contrato temporal, es aquel que tiene por objeto el establecimiento de una relación laboral entre empresario y trabajador por un tiempo determinado. El contrato de trabajo temporal podrá celebrarse a jornada completa o parcial. El contrato de trabajo temporal se formalizará por escrito, podrá ser verbal cuando en la situación de eventual por circunstancias de la producción la duración del mismo sea inferior a cuatro semanas y la jornada completa.

Appears in 2 contracts

Samples: Contrato Indefinido 10, Contrato Indefinido 10

OTRAS CARACTERÍSTICAS. La contratación debe suponer un incremento del nivel de empleo fijo Se transforma en indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la empresaprestación: — Por falta de forma escrita. En el supuesto de contrato a tiempo parcial, tomando como referencia la falta de forma escrita determinará asimismo que el promedio dia- rio de trabajadores con contratos indefinidos contrato se presuma celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el periodo carácter a tiempo parcial de los 90 días anteriores a la contratación, calculado como el cocien- te que resulte servicios. — Por falta de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el Seguridad Social si hubiera transcurrido un período superior al período de prueba. — Si llegado el término no se hubiera producido denuncia de alguna de las partes y se continuara realizando la prestación la- boral. — También se presumirán por tiempo indefinido los celebrados en fraude xx xxx: Las Los trabajadores que en un período de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro me- ses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas están obligadas a mantener durante el periodo de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabaja- dores fijos. También esto será de aplicación cuando se produzcan supuestos de sucesión o subrogación empresarial conforme a lo dispuesto legal o convencionalmente. ◆ Esta modalidad de contrato puede acogerse a la reducción de la bonificaciónindemnización por despido de treinta y tres xxxx xx xxxxxxx por año de servicio y hasta un máximo de veinticuatro mensualidades, el nivel de empleo fijo alcanzado con establecida en la contratación. No se considera incumplida dicha obligación en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de prueba. En el resto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en el mes siguiente a la extinción, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento de la obligación del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifi- quen, la utilización en los contratos fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 Disposición Adicional 1.ª de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX X.X.X. xx 00 xx xxxxx), modificada por la Ley 35/2010, de 17 de septiembre (B.O.E. del 18 de septiembre), siem- pre que el contrato que se transforma se haya celebrado con anterioridad al 18 xx xxxxx de 2010 y se transforme dicho contrato con anterioridad al 31 de diciembre de 2010. Si el contrato se celebrase a partir del 18 xx xxxxx de 2010 y la duración del mis- mo no hubiese excedido de 6 meses, excepto en el caso de los contratos formativos, se puede transformar hasta el 31 de di- ciembre de 2011. ◆ Artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, modificado por la Ley 43/200635/2010, de 29 17 de diciembre septiembre (BOE B.O.E. del 18 de 30 de diciembreseptiem- bre). ◆ Ley 35/2010, de 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx). ◆ X. X. 0000/00, xx 00 xx xxxxxxxxx (B.O.E. de 8 de enero de 1999).

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Obra O Servicio Determinado

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer un incremento del nivel de empleo fijo de la empresa, tomando como referencia el promedio dia- rio de trabajadores con contratos indefinidos en el periodo de los 90 días anteriores a la contratación, calculado como el cocien- te que resulte de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante el periodo de duración de la bonificación, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación. No se considera incumplida dicha obligación en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de prueba. En el resto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en el mes siguiente a la extinción, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento de la obligación del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos beneficios establecidos no podrán, en concurrencia con otras ayudas públicas para la misma finalidad, superar el 60% del coste salarial anual correspondiente al contrato que se bonifica. ◆ En los supuestos de ámbito sectorial podrán acordarobtención de ayudas sin reunir los requisitos exigidos para su concesión, procederá la devolución de las cantidades dejadas de ingresar por bonificación de cuotas a la Seguridad Social, con el recargo y los intereses de demora co- rrespondientes según lo establecido en las normas recaudatorias en materia de Seguridad Social. ◆ No se concederán los incentivos descritos cuando las peculiaridades se trate de relaciones laborales de carácter especial. ◆ Esta modalidad de contrato puede acogerse a la reducción de la actividad del sector así lo justifi- quenindemnización por despido de treinta y tres xxxx xx xxxxxxx por año de servicio y hasta un máximo de veinticuatro mensualidades, establecida en la utilización en los contratos fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 Disposición Adicional 1.ª de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx), modificada por el Art. ◆ Ley 43/2006, 3 de 29 de diciembre (BOE de 30 de diciembre). ◆ la Ley 35/2010, de 00 xx xxxxxxxxxx 17 de septiembre (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxxB.O.E. del 18 de septiem- bre), siempre que el empleador reúna los requisitos y no se encuentre en alguna de las causas de exclusión de la citada disposi- ción.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Trabajo De Interinidad

OTRAS CARACTERÍSTICAS. La contratación debe suponer un incremento del nivel de empleo fijo Se transforma en indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la empresaprestación: ◆ Por falta de forma escrita. En el supuesto de contrato a tiempo parcial, tomando como referencia la falta de forma escrita determinará asimismo que el promedio dia- rio de trabajadores con contratos indefinidos contrato se presuma celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el periodo carácter a tiempo parcial de los 90 días anteriores a la contratación, calculado como el cocien- te que resulte servicios. — Por falta de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedenteSeguridad Social, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el si hubiera transcurrido un período superior al período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante — Si llegado el periodo término no se hubiera producido denuncia de duración de la bonificación, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación. No se considera incumplida dicha obligación en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de prueba. En el resto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en el mes siguiente a la extinción, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento de la obligación del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro alguna de las bonificaciones aplicadaspartes y se continuara realizando la prestación la- boral. — También se presumirán por tiempo indefinido los celebrados en fraude xx xxx. ◆ Los convenios colectivos trabajadores que en un período de ámbito sectorial podrán acordartreinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro me- ses, cuando con o sin solución de continuidad, para el mismo puesto de trabajo con la misma empresa, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas de trabajo temporal, con las peculiaridades mismas o dife- rentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabajadores fijos. ◆ Esta modalidad de contrato puede acogerse a la reducción de la actividad indemnización por despido de treinta y tres xxxx xx xxxxxxx por año de servicio y hasta un máximo de veinticuatro mensualidades, establecida en la Disposición Adicional 1.ª de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (X.X.X. xx 00 xx xxxxx), modificada por el Real Decreto-Ley 10/2010, de 00 xx xxxxx (B.O.E. de 17 xx xxxxx), siem- pre que el contrato que se transforma se haya celebrado con anterioridad al 18 xx xxxxx de 2010 y se transforme dicho contrato con anterioridad al 31 de diciembre de 2010. Si el contrato se celebrase a partir del sector así lo justifi- quen18 xx xxxxx de 2010 y la duración del mis- mo no hubiese excedido de 6 meses, la utilización exepto en el caso de los contratos fijos discontinuos formativos, se puede transformar hasta el 31 de la modalidad di- ciembre de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos2011. ◆ Artículo 15.8 15 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el los apartados 8 y 10 del artículo 1.10 1.º de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX X.X.X. xx 00 xxxxx). ◆ X. X. 0000/00, xx 00 xx xxxxxxxxx (B.O.E .de 8 de enero de 1999). ◆ Artículo 3.º de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (X.X.X .xx 00 xx xxxxx). ◆ Ley 43/2006, de 29 de diciembre (BOE B.O.E. de 30 de diciembre). ◆ Ley 35/2010, de 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx).

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Eventual Por Circunstancias De La Producción

OTRAS CARACTERÍSTICAS. La contratación debe suponer un incremento del nivel de empleo fijo Se transforma en indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la empresaprestación: — Por falta de forma escrita. En el supuesto de contrato a tiempo parcial, tomando como referencia la falta de forma escrita determinará asimismo que el promedio dia- rio de trabajadores con contratos indefinidos contrato se presuma celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el periodo carácter a tiempo parcial de los 90 días anteriores a la contratación, calculado como el cocien- te que resulte servicios. — Por falta de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el Seguridad Social si hubiera transcurrido un período superior al período de prueba. — Si llegado el término no se hubiera producido denuncia de alguna de las partes y se continuara realizando la prestación la- boral. — También se presumirán por tiempo indefinido los celebrados en fraude xx xxx: Las Los trabajadores que en un período de treinta meses hubieran estado contratados durante un plazo superior a veinticuatro me- ses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas están obligadas a mantener durante el periodo de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabaja- dores fijos. También esto será de aplicación cuando se produzcan supuestos de sucesión o subrogación empresarial conforme a lo dispuesto legal o convencionalmente. ◆ Esta modalidad de contrato puede acogerse a la reducción de la bonificaciónindemnización por despido de treinta y tres xxxx xx xxxxxxx por año de servicio y hasta un máximo de veinticuatro mensualidades, establecida en la Disposición Adicional 1.ª de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (X.X.X. xx 00 xx xxxxx), modificada por el nivel Real Decreto-Ley 10/2010, de empleo fijo alcanzado 00 xx xxxxx (B.O.E. de 17 xx xxxxx), siem- pre que el contrato que se transforma se haya celebrado con anterioridad al 18 xx xxxxx de 2010 y se transforme dicho contrato con anterioridad al 31 de diciembre de 2010. Si el contrato se celebrase a partir del 18 xx xxxxx de 2010 y la contratación. No se considera incumplida dicha obligación en los supuestos duración del mis- mo no hubiese excedido de extinción6 meses, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de prueba. En el resto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, exepto en el mes siguiente a la extinción, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones caso de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento de la obligación del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifi- quen, la utilización en los contratos fijos discontinuos formativos, se puede transformar hasta el 31 de la modalidad di- ciembre de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos2011. ◆ Artículo 15.8 15 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por la Ley 63/97, de 26 de diciembre (B.O.E. de 30 de di- ciembre), ampliado por el apartado 10 del artículo 1.10 1.º de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx), modificado por el Real Decreo-Ley 10/2010, de 00 xx xxxxx (B.O.E. de 17 xx xxxxx). ◆ X. X. 0000/00, xx 00 xx xxxxxxxxx (B.O.E. de 8 de enero de 1999). ◆ Artículo 3.º de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (X.X.X .xx 00 xx xxxxx). ◆ Ley 43/2006, de 29 de diciembre (BOE de B.O.E .de 30 de diciembre). ◆ Ley 35/2010, de 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx).

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Obra O Servicio Determinado

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer Los trabajadores contratados a tiempo parcial que no estén percibiendo prestaciones económicas por desempleo podrán suscribir voluntariamente con la Entidad Gestora competente un incremento del nivel de empleo fijo «Convenio Especial» de la empresaSeguridad Social. Es también un contrato a tiempo parcial el celebrado con el trabajador jubilado parcial que reduce su jornada entre un 25 y un 85 por 100 cuando el contrato de relevo se celebre a jornada completa y duración indefinida, tomando como referencia o entre un 25 y un 75 por 100 en otro caso y es compatible con la pensión de jubilación parcial de la Seguridad Social reconocida al trabajador. (Ver jornada contrato de relevo 11.15). Los trabajadores a tiempo parcial tendrán los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo. Los convenios colectivos establecerán medidas para facilitar el promedio dia- rio de trabajadores con contratos indefinidos en el periodo acceso efectivo de los 90 días anteriores trabajadores a tiempo parcial a la contrataciónformación profesional continua, calculado como el cocien- te que resulte a fin de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante el periodo de duración de la bonificación, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación. No se considera incumplida dicha obligación en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de pruebafavorecer su progresión y movilidad profesionales. En el resto caso de cau- sasque el contrato a tiempo parcial se celebrase por tiempo determinado o temporal, a la empresa deberá sustituir al trabajadorfinalización del mismo, si se hubiera formalizado a partir del 4 xx xxxxx de 2001, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar ocho xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación, salvo si es un contrato de interinidad o en prácticas. El trabajador y el empresario podrán pactar la realización de horas complementarias que se adicionarán a las horas ordinarias estipuladas en el contrato a tiempo parcial y, en su caso, en los convenios colectivos sectoriales o, en su defecto, de ámbito inferior. Sólo cuando exista ese pacto el empresario podrá exigir la realización de horas complementarias. El pacto se formalizará necesariamente por escrito, en el mes siguiente modelo oficial establecido, y recogerá el número de horas complementarias cuya realización podrá ser requerida por el empresario. El pacto sobre horas complementarias podrá acordarse en el momento de la celebración del contrato a la extincióntiempo parcial o con posterioridad al mismo, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones pero constituirá, en todo caso, un pacto específico respecto al contrato. Sólo se podrá formalizar un pacto de horas complementarias en el caso de contratos temporales en indefinidosa tiempo parcial de duración indefinida. El incumplimiento número de la obligación horas complementarias no podrá exceder del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro 15 por 100 de las bonificaciones aplicadashoras ordinarias de trabajo objeto del contrato. Los convenios colectivos de ámbito sectorial o, en su defecto, de ámbito inferior podrán acordarestablecer otro porcentaje máximo, cuando que en ningún caso podrá exceder del 60 por 100 de las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifi- quenhoras ordinarias contratadas. En todo caso, la utilización en los contratos fijos discontinuos suma de la modalidad las horas ordinarias y de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 las horas complementarias no podrá exceder del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx). ◆ Ley 43/2006, de 29 de diciembre (BOE de 30 de diciembre). ◆ Ley 35/2010, de 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx)límite legal que define este contrato.

Appears in 1 contract

Samples: www.programapuente.org

OTRAS CARACTERÍSTICAS. La contratación debe suponer un incremento del nivel de empleo fijo Se transforma en indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la empresaprestación: — Por falta de forma escrita. En el supuesto de contrato a tiempo parcial, tomando como referencia la falta de forma escrita determinará asimismo que el promedio dia- rio de trabajadores con contratos indefinidos contrato se presuma celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el periodo carácter a tiempo parcial de los 90 días anteriores a la contratación, calculado como el cocien- te que resulte servicios. — Por falta de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el Seguridad Social si hubiera transcurrido un período superior al período de prueba. — Si llegado el término no se hubiera producido denuncia de alguna de las partes y se continuara realizando la prestación la- boral. — También se presumirán por tiempo indefinido los celebrados en fraude xx xxx. Las Supuesto que queda suspendido hasta el 30 xx xxxxxx de 2013: Los trabajadores que en un período de treinta meses hubieran estado contra- tados durante un plazo superior a veinticuatro meses, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas, mediante dos o más contratos temporales, sea directamente o a través de su puesta a disposición por empresas están obligadas a mantener durante el periodo de trabajo temporal, con las mismas o diferentes modalidades contractuales de duración determinada, adquirirán la condición de trabajadores fijos. También esto será de aplicación cuando se produzcan supuestos de sucesión o subrogación empresarial conforme a lo dispuesto legal o convencionalmente. ◆ Esta modalidad de contrato puede acogerse a la reducción de la bonificaciónindemnización por despido de treinta y tres xxxx xx xxxxxxx por año de servicio y hasta un máximo de veinticuatro mensualidades, el nivel de empleo fijo alcanzado con establecida en la contratación. No se considera incumplida dicha obligación en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de prueba. En el resto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en el mes siguiente a la extinción, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento de la obligación del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifi- quen, la utilización en los contratos fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 Disposición Adicional 1.ª de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX X.X.X. xx 00 xx xxxxx), modificada por la Ley 35/2010, de 17 de septiembre (B.O.E. del 18 de septiembre), siem- pre que el contrato que se transforma se haya celebrado con anterioridad al 18 xx xxxxxx de 2011 y se transforme dicho con- trato con anterioridad al 31 de diciembre de 2011. Si el contrato se celebrase a partir del 18 xx xxxxxx de 2011 y la duración del mismo no hubiese excedido de 6 meses, excepto en el caso de los contratos formativos, se puede transformar hasta el 31 de diciembre de 2012. ◆ Artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, modificado por la Ley 43/200635/2010, de 29 17 de diciembre septiembre (BOE B.O.E. del 18 de 30 de diciembreseptiem- bre). ◆ Ley 35/2010, de 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx). ◆ X. X. 0000/00, xx 00 xx xxxxxxxxx (B.O.E. de 8 de enero de 1999). ◆ R. D. Ley 10/2011, de 26 xx xxxxxx (B.O.E. de 30 xx xxxxxx de 2011). ◆ CONTRATOS DE DURACIÓN DETERMINADA ◆ Se concierta para atender exigencias circunstanciales xxx xxxxxxx, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa. ◆ Podrá concertarse a tiempo completo o a tiempo parcial.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Trabajo De Interinidad

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer  Los trabajadores contratados a tiempo parcial que no estén percibiendo prestaciones económicas por desempleo podrán suscribir voluntariamente con la Entidad Gestora competente un incremento del nivel de empleo fijo «Convenio Especial» de la empresa, tomando como referencia Seguridad Social.  Es también un contrato a tiempo parcial el promedio dia- rio celebrado con el trabajador jubilado parcial que reduce su jornada entre un 25 y un 85 por 100 cuando el contrato se celebre a jornada completa y duración indefinida o entre un 25 y un 75 por 100 en otro caso y es compatible con la pensión de jubilación parcial de la Seguridad Social reconocida al trabajador.  Los trabajadores con contratos indefinidos en a tiempo parcial tendrán los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo.  Los convenios colectivos establecerán medidas para facilitar el periodo acceso efectivo de los 90 días anteriores trabajadores a tiempo parcial a la contrataciónformación profesional continua, calculado como el cocien- te que resulte a fin de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante el periodo de duración de la bonificación, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación. No se considera incumplida dicha obligación en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de pruebafavorecer su progresión y movilidad profesionales. En el resto caso de cau- sasque el contrato a tiempo parcial se celebrase por tiempo determinado o temporal, a la empresa deberá sustituir al trabajadorfinalización del mismo, si se hubiera formalizado a partir del 4 xx xxxxx de 2001, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar ocho xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio aumentando gradualmente se llegará hasta 12 xxxx xx xxxxxxx por año de servicio en 2015, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación, salvo si es un contrato de interinidad o en prácticas. El trabajador y el empresario podrán pactar la realización de horas complementarias que se adicionarán a las horas ordinarias estipuladas en el contrato a tiempo parcial y, en su caso, en los convenios colectivos sectoriales o, en su defecto, de ámbito inferior. Sólo cuando exista ese pacto el empresario podrá exigir la realización de horas complementarias. Formalización del pacto de horas complementarias  El pacto se formalizará necesariamente por escrito, en el mes siguiente a la extinciónmodelo oficial establecido, y recogerá el número de horas complementarias cuya realización podrá ser requerida por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones de contratos temporales el empresario.  El pacto sobre horas complementarias podrá acordarse en indefinidos. ◆ El incumplimiento el momento de la obligación celebración del mantenimiento contrato a tiempo parcial o con posterioridad al mismo, pero constituirá, en todo caso, un pacto específico respecto al contrato. Número máximo de horas complementarias  El número de horas complementarias no podrá exceder del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro 30 por 100 de las bonificaciones aplicadashoras ordinarias de trabajo objeto del contrato. Los convenios colectivos de ámbito sectorial o, en su defecto, de ámbito inferior podrán acordarestablecer otro porcentaje máximo, cuando que en ningún caso podrá exceder del 60 por 100 de las peculiaridades horas ordinarias contratadas.  En todo caso, la suma de las horas ordinarias y de las horas complementarias no podrá exceder de la actividad del sector jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.  Se permite añadir un número de horas complementarias de aceptación voluntaria que no podrá superar el 15% (ampliables al 30% si así lo justifi- quen, la utilización en los contratos fijos discontinuos permite el convenio colectivo) de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx). ◆ Ley 43/2006, de 29 de diciembre (BOE de 30 de diciembre). ◆ Ley 35/2010, de 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx).las horas ordinarias

Appears in 1 contract

Samples: Contrato a Tiempo Parcial

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer un incremento Los beneficios establecidos no podrán, en concurrencia con otras ayudas públicas para la misma finalidad, superar el 60% del nivel coste salarial anual correspondiente al contrato que se bonifica. En los supuestos de empleo fijo obtención de ayudas sin reunir los requisitos exigidos para su concesión, procederá la empresa, tomando como referencia el promedio dia- rio devolución de trabajadores con contratos indefinidos en el periodo las cantidades dejadas de los 90 días anteriores ingresar por bonificación de cuotas a la contrataciónSeguridad Social, calculado como con el cocien- te que resulte recargo y los intereses xx xxxx correspondientes según lo establecido en las normas recaudatorias en materia de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante el periodo de duración de la bonificación, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contrataciónSeguridad Social. No se considera incumplida dicha obligación en concederán los supuestos incentivos descritos cuando se trate de extinciónrelaciones laborales de carácter especial, salvo que el empleador sea un Centro Especial de Empleo. • Real Decreto 1451/1983, de 11 xx xxxx, por despidos declarados proce- dentesel que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, dimisiónde 7 xx xxxxx, muertese regula el empleo selectivo o las medidas de fomento del empleo de los trabajadores minusválidos. [BOE legislación consolidada] • Real Decreto 170/2004, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de prueba. En el resto 30 de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en el mes siguiente a la extinciónenero, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones el que se modifica el Real Decreto 1451/1983, de contratos temporales 11 xx xxxx, por el que en indefinidos. ◆ El incumplimiento cumplimiento de lo previsto en la obligación Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifi- quen, la utilización en los contratos fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx)trabajadores minusválidos. [BOE] • Ley 43/2006, de 29 de diciembre (diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo. [BOE legislación consolidadada] CLÁUSULAS ESPECÍFICAS DE CONVERSIÓN DE CONTRATO EN PRÁCTICAS, DE RELEVO, DE SUSTITUCIÓN POR ANTICIPACIÓN DE LA EDAD DE JUBILACIÓN EN INDEFINIDO‌ • El trabajador deberá tener suscrito y en vigor un contrato en prácticas, de relevo o sustitución por anticipación de la edad de jubilación. • Los contratos en prácticas a la finalización de su duración inicial o prorrogada, se pueden transformar en indefinidos con bonificación; los de relevo y de sustitución, cualquiera que sea la fecha de celebración, se pueden transformar en indefinidos con bonificación en cualquier mo- mento durante su vigencia. • El trabajador no tendrá relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive con el empresario o con quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las sociedades, así como con las contrataciones que se pro- duzcan con estos últimos. No será de aplicación esta exclusión cuando el empleador sea un trabajador autónomo sin asalariados y transforme el contrato cuando se trate de un solo familiar menor de cuarenta y cinco años que no conviva en su hogar ni esté a su cargo, o en el supuesto de los hijos del trabajador autónomo menores de 30 de diciembre). ◆ Ley 35/2010años que trabajen con él, de 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx)tanto si conviven como si no conviven.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Temporal

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer un incremento del nivel de empleo fijo de la empresa, tomando como referencia el promedio dia- rio de trabajadores con contratos indefinidos en el periodo de los 90 días anteriores a la contratación, calculado como el cocien- te que resulte de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante el periodo de duración de la bonificación, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación. No se considera incumplida dicha obligación en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de prueba. En el resto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en el mes siguiente a la extinción, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento de la obligación del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos beneficios establecidos no podrán, en concurrencia con otras ayudas públicas para la misma finalidad, superar el 60% del coste salarial anual correspondiente al contrato que se bonifica. ◆ En los supuestos de ámbito sectorial podrán acordarobtención de ayudas sin reunir los requisitos exigidos para su concesión, procederá la devolución de las cantidades dejadas de ingresar por bonificación de cuotas a la Seguridad Social con el recargo y los intereses de demora corres- pondientes según lo establecido en las normas recaudatorias en materia de Seguridad Social. ◆ No se concederán los incentivos descritos cuando las peculiaridades se trate de relaciones laborales de carácter especial. ◆ Esta modalidad de contrato puede acogerse a la reducción de la actividad del sector así lo justifi- quenindemnización por despido de treinta y tres xxxx xx xxxxxxx por año de servicio y hasta un máximo de veinticuatro mensualidades, establecida en la utilización en los contratos fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 Disposición Adicional 1.ª de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX X.X.X. xx 00 xx xxxxx), modificada por el Art. ◆ Ley 43/2006, 3 de 29 de diciembre (BOE de 30 de diciembre). ◆ la Ley 35/2010, de 00 xx xxxxxxxxxx 17 de septiembre (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxxB.O.E. del 18 de sep- tiembre), siempre que el empleador reúna los requisitos y no se encuentre en alguna de las causas de exclusión de la citada disposición.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Trabajo De Interinidad

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer un incremento del nivel de empleo fijo de la empresa, tomando como referencia El trabajo que realice el promedio dia- rio de trabajadores trabajador con contratos indefinidos en el periodo de los 90 días anteriores a la contratación, calculado como el cocien- te que resulte de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos discapacidad en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedenteCentros Especiales de Empleo deberá ser productivo y remunerado, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente adecuado a las características individuales del trabajador, o durante en orden a favorecer su adaptación personal y social, y facilitar, en su caso, su posterior integración laboral en el período mercado ordinario de pruebatrabajo. ◆ Las empresas están obligadas Con el fin de garantizar que el trabajo se adecue en todo momento a mantener durante las características personales y profesionales del trabajador con discapacidad y valorar el periodo grado de duración adaptación profesional alcanzado, los Equipos Multiprofesionales les someterán a revisión, al menos con una periodicidad de dos años. Si como consecuencia de la bonificaciónrevisión de los citados Equipos Multiprofesionales observaran que el trabajo que realiza el trabajador supone un grave riesgo para su salud, deberán declarar la inadecuación del mismo, debiendo pasar en ese caso el nivel trabajador a ocupar otro puesto adecuado a sus características dentro del propio Centro y de empleo fijo alcanzado con no ser ello posible cesarán en la contratación. No se considera incumplida dicha obligación prestación de servicios, en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante las condiciones previstas en el período de pruebaartículo 16. En el resto supuesto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en que el mes siguiente riesgo quedase constatado con anterioridad a la extinciónrevisión periódica del Equipo Multiprofesional, se procederá de la misma forma, dando cuenta de ello inmediatamente al Equipo Multiprofesional. • Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones el que se regula la relación laboral de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento carácter especial de la obligación del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifi- quen, la utilización los minusválidos que trabajen en los contratos fijos discontinuos Centros Espe- ciales de Empleo. [BOE legislación consolidada] • Real Decreto 427/1999, de 12 xx xxxxx, por el que se modifica el Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, por el que se regula la modalidad relación laboral de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto carácter especial de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 minusválidos que trabajen en los centros especiales de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx)empleo. ◆ Ley 43/2006[BOE] • Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de diciembre (BOE noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de 30 la Ley General de derechos de las personas con disca- pacidad y de su inclusión social. [BOE] • Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre). ◆ , por el que se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Empleo definidos en el artículo 42 de la Ley 35/201013/1982, de 00 7 xx xxxxxxxxxx xxxxx, de Integración Social del Minusválido. [BOE] • Orden de 16 de octubre de 1998 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de los minusválidos en centros especiales de empleo y trabajo autónomo. [BOE] cláusulas específicas Del contrato inDefiniDo para personas con DiscapaciDaD proceDentes De enclaves laborales‌ requisitos De los trabajaDores • Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo Competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. • Proceder de un enclave laboral y estar en situación de excedencia voluntaria en el Centro Especial de Empleo. • Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx).según se establece en el artículo 6 del Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero):

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Temporal

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer un incremento Los beneficios establecidos no podrán, en concurrencia con otras ayudas públicas para la misma finalidad, superar el 60% del nivel coste salarial anual correspondiente al contrato que se bonifica. En los supuestos de empleo fijo obtención de ayudas sin reunir los requisitos exigidos para su concesión, procederá la empresa, tomando como referencia el promedio dia- rio devolución de trabajadores con contratos indefinidos en el periodo las cantidades dejadas de los 90 días anteriores ingresar por bonificación de cuotas a la contrataciónSeguridad Social, calculado como con el cocien- te que resulte recargo y los intereses xx xxxx correspondientes según lo establecido en las normas recaudatorias en materia de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante el periodo de duración de la bonificación, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contrataciónSeguridad Social. No se considera incumplida dicha obligación en concederán los supuestos incentivos descritos cuando se trate de extinciónrelaciones laborales de carácter especial, salvo que el empleador sea un Centro Especial de Empleo. normativa • Real Decreto 1451/1983, de 11 xx xxxx, por despidos declarados proce- dentesel que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, dimisiónde 7 xx xxxxx, muertese regula el empleo selectivo o las medidas de fomento del empleo de los trabajadores minusválidos. [BOE legislación consolidada] • Real Decreto 170/2004, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de prueba. En el resto 30 de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en el mes siguiente a la extinciónenero, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones el que se modifica el Real Decreto 1451/1983, de contratos temporales 11 xx xxxx, por el que en indefinidos. ◆ El incumplimiento cumplimiento de lo previsto en la obligación Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifi- quen, la utilización en los contratos fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx)trabajadores minusválidos. [BOE] • Ley 43/2006, de 29 de diciembre (diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo. [BOE legislación consolidadada] cláusulas específicas De conversión De contrato en prácticas, De relevo, De sustitución por anticipación De la eDaD De jubilación y eventual primer empleo en inDefiniDo‌ requisitos De los trabajaDores • El trabajador deberá tener suscrito y en vigor un contrato en prácticas, de relevo o sustitución por anticipación de la edad de jubilación. También se pueden convertir en indefinido con derecho a bonificación los contratos eventuales de primer empleo joven. • Los contratos en prácticas a la finalización de su duración inicial o prorrogada, se pueden transformar en indefinidos con bonificación; los de relevo y de sustitución, cualquiera que sea la fecha de celebración, se pueden transformar en indefinidos con bonificación en cualquier momento durante su vigencia. • En el caso de eventual primer empleo joven, se pueden transformar a la finalización de su duración inicial de tres meses mínimo de duración. • El trabajador no tendrá relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive con el empresario o con quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las sociedades, así como con las contrataciones que se produzcan con estos últi- mos. No será de aplicación esta exclusión cuando el empleador sea un trabajador autónomo sin asalariados y transforme el contrato cuando se trate de un solo familiar menor de cuarenta y cinco años que no conviva en su hogar ni esté a su cargo, o en el supuesto de los hijos del trabajador autónomo menores de 30 de diciembre). ◆ Ley 35/2010años que trabajen con él, de 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx)tanto si conviven como si no conviven.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Indefinido 10

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer un incremento del nivel de empleo fijo de la empresa, tomando como referencia El trabajo que realice el promedio dia- rio de trabajadores trabajador con contratos indefinidos en el periodo de los 90 días anteriores a la contratación, calculado como el cocien- te que resulte de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos discapacidad en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedenteCentros Especiales de Empleo deberá ser productivo y remunerado, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente adecuado a las características individuales del trabajador, o durante en orden a favorecer su adaptación personal y social, y facilitar, en su caso, su posterior integración laboral en el período mercado ordinario de pruebatrabajo. ◆ Las empresas están obligadas Con el fin de garantizar que el trabajo se adecue en todo momento a mantener durante las características personales y profesionales del trabajador con discapacidad y valorar el periodo grado de duración adaptación profesional alcanzado, los Equipos Multiprofesionales les someterán a revisión, al menos con una periodicidad de dos años. Si como consecuencia de la bonificaciónrevisión de los citados Equipos Multiprofesionales observaran que el trabajo que realiza el trabajador supone un grave riesgo para su salud, deberán declarar la inadecuación del mismo, debiendo pasar en ese caso el nivel trabajador a ocupar otro puesto adecuado a sus características dentro del propio Centro y de empleo fijo alcanzado con no ser ello posible cesarán en la contratación. No se considera incumplida dicha obligación prestación de servicios, en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante las condiciones previstas en el período de pruebaartículo 16. En el resto supuesto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en que el mes siguiente riesgo quedase constatado con anterioridad a la extinciónrevisión periódica del Equipo Multiprofesional, se procederá de la misma forma, dando cuenta de ello inmediatamente al Equipo Multiprofesional. normativa • Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones el que se regula la relación laboral de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento carácter especial de la obligación del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifi- quen, la utilización los minusválidos que trabajen en los contratos fijos discontinuos Centros Espe- ciales de Empleo. [BOE legislación consolidada] • Real Decreto 427/1999, de 12 xx xxxxx, por el que se modifica el Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, por el que se regula la modalidad relación laboral de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto carácter especial de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 minusválidos que trabajen en los centros especiales de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx)empleo. ◆ Ley 43/2006[BOE] • Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de diciembre (BOE noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de 30 la Ley General de derechos de las personas con disca- pacidad y de su inclusión social. [BOE] • Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre). ◆ , por el que se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Empleo definidos en el artículo 42 de la Ley 35/201013/1982, de 00 7 xx xxxxxxxxxx xxxxx, de Integración Social del Minusválido. [BOE] • Orden de 16 de octubre de 1998 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de los minusválidos en centros especiales de empleo y trabajo autónomo. [BOE] cláusulas específicas Del contrato inDefiniDo para personas con DiscapaciDaD proceDentes De enclaves laborales‌ requisitos De los trabajaDores • Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo Competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. • Proceder de un enclave laboral y estar en situación de excedencia voluntaria en el Centro Especial de Empleo. • Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx).según se establece en el artículo 6 del Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero):

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Indefinido 10

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer un incremento del nivel de empleo fijo de la empresa, tomando como referencia el promedio dia- rio de trabajadores con contratos indefinidos en el periodo de los 90 días anteriores a la contratación, calculado como el cocien- te que resulte de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante el periodo de duración de la bonificación, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación. No se considera incumplida dicha obligación en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de prueba. En el resto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en el mes siguiente los dos meses siguientes a la extinción, por otro trabajador con contrato indefinido inde- finido o mediante transformaciones de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento de la obligación del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos beneficios establecidos no podrán, en concurrencia con otras ayudas públicas para la misma finalidad, superar el 60% del coste salarial anual correspondiente al contrato que se bonifica. ◆ En los supuestos de ámbito sectorial podrán acordarobtención de ayudas sin reunir los requisitos exigidos para su concesión, procederá la devolución de las cantidades dejadas de ingresar por bonificación de cuotas a la Seguridad Social, con el recargo y los intereses de demora co- rrespondientes según lo establecido en las normas recaudatorias en materia de Seguridad Social. ◆ No se concederán los incentivos descritos cuando las peculiaridades se trate de relaciones laborales de carácter especial. ◆ Esta modalidad de contrato puede acogerse a la reducción de la actividad del sector así lo justifi- quenindemnización por despido de treinta y tres xxxx xx xxxxxxx por año de servicio y hasta un máximo de veinticuatro mensualidades, establecida en la utilización en los contratos fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 Disposición Adicional 1.ª de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx), modificada por el Art. ◆ Ley 43/2006, 3 de 29 de diciembre (BOE de 30 de diciembre). ◆ la Ley 35/2010, de 00 xx xxxxxxxxxx 17 de septiembre (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxxB.O.E. del 18 de septiembre), siempre que el empleador reúna los requisitos y no se encuentre en alguna de las causas de exclusión de la citada disposición.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Trabajo De Interinidad

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer  Los trabajadores contratados a tiempo parcial que no estén percibiendo prestaciones económicas por desempleo podrán suscribir voluntariamente con la Entidad Gestora competente un incremento del nivel de empleo fijo «Convenio Especial» de la empresaSeguridad Social.  Es también un contrato a tiempo parcial el celebrado con el trabajador jubilado parcial que reduce su jornada entre un 25 y un 75 por 100 cuando el contrato de relevo se celebre a jornada completa y duración indefinida, tomando como referencia o entre un 25 y un 50 por 100 en otro caso y es compatible con la pensión de jubilación parcial de la Seguridad Social reconocida al trabajador.(Ver jornada contrato de relevo 12.2.1.1.)  Los trabajadores a tiempo parcial tendrán los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo. Cuando corresponda en atención a su naturaleza, tales derechos serán reconocidos en las disposiciones legales y reglamentarias y en los convenios colectivos de manera proporcional, en función del tiempo trabajado.  Los convenios colectivos establecerán medidas para facilitar el promedio dia- rio acceso efectivo de los trabajadores con contratos indefinidos a tiempo parcial a la formación profesional continua, a fin de favorecer su progresión y movilidad profesionales.  En el caso de que el contrato a tiempo parcial se celebrase por tiempo determinado o temporal, a la finalización del mismo, si se hubiera formalizado a partir del 4 xx xxxxx de 2001, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar doce xxxx xx xxxxxxx por cada año de servicio, (si bien, según la fecha del contrato, la cuantía se ajustará al calendario señalado en el periodo de los 90 días anteriores a apartado 12.11), o la contrataciónestablecida, calculado como el cocien- te que resulte de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta su caso, en la empresa normativa específica que sea de aplicación, salvo si es un contrato de interinidad o en cada uno prácticas. El trabajador y el empresario podrán pactar la realización de los 90 dí- as inmediatamente anteriores horas complementarias que se adicionarán a las horas ordinarias estipuladas en el contrato a tiempo parcial. Solo cuando exista ese pacto el empresario podrá exigir la contrataciónrealización de horas complementarias. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores  El pacto se formalizará necesariamente por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante el periodo de duración de la bonificación, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación. No se considera incumplida dicha obligación en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de prueba. En el resto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajadorescrito, en el mes siguiente modelo oficial establecido, y recogerá el número de horas complementarias cuya realización podrá ser requerida por el empresario.  El pacto sobre horas complementarias podrá acordarse en el momento de la celebración del contrato a la extincióntiempo parcial o con posterioridad al mismo, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones pero constituirá, en todo caso, un pacto específico respecto al contrato.  Sólo se podrá formalizar un pacto de horas complementarias en el caso de contratos temporales a tiempo parcial con una jornada de trabajo no inferior a 10 horas semanales en indefinidoscómputo anual. El incumplimiento número de la obligación horas complementarias pactadas no podrá exceder del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro 30 por 100 de las bonificaciones aplicadashoras ordinarias de trabajo objeto del contrato. Los convenios colectivos podrán establecer otro porcentaje máximo, que en ningún caso podrá exceder del 60 por 100 de ámbito sectorial podrán acordarlas horas ordinarias contratadas, cuando las peculiaridades ni será inferior al 30 por 100 citado.  Sin perjuicio del pacto de la actividad del sector así lo justifi- quenhoras complementarias, la utilización en los contratos fijos discontinuos a tiempo parcial de duración indefinida con en una jornada de trabajo no inferior a 10 horas semanales en cómputo anual, el empresario podrá, con cualquier momento, ofrecer al trabajador la modalidad realización de tiempo parcialhoras complementarias de aceptación voluntaria, así como cuyo número no podrá superar el 15 por 100, ampliables al 30 por 100 por convenio colectivo, de las horas ordinarias objeto del contrato. La negativa del trabajador a la realización de estas horas no constituirá conducta laboral sancionable. Estas horas complementarias no se computarán a efectos de los requisitos porcentajes de horas complementarias pactadas a que se refiere el párrafo anterior.  La realización de horas complementarias habrá de respetar, en todo caso, los límites en materia de jornada y especialidades para la conversión de contratos temporales descansos establecidos en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del el Estatuto de los Trabajadores.  En todo caso, según la redacción dada por el artículo 1.10 suma de la Ley 12/2001las horas ordinarias y complementarias, de 0 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx). ◆ Ley 43/2006incluidas las previamente pactadas y las voluntarias, de 29 de diciembre (BOE de 30 de diciembre). ◆ Ley 35/2010, de 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx)no podrá exceder del límite legal que define este contrato.

Appears in 1 contract

Samples: s13e47ff29983e27c.jimcontent.com

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer retribución del trabajador será la fijada en convenio colectivo para los trabajadores en prácticas, sin que, en su defecto, pueda ser in- ferior al 60% o al 75% durante el primero o el segundo años de vigencia del contrato, respectivamente, xxx xxxxxxx fijado en convenio pa- ra un incremento del nivel trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de empleo fijo trabajo. ◆ En ningún caso el salario será inferior al salario mínimo interprofesional. En el caso de trabajadores contratados a tiempo parcial, el sala- rio se reducirá en función de la empresajornada pactada. ◆ A la terminación del contrato, tomando como referencia el promedio dia- rio de trabajadores con contratos indefinidos empresario deberá expedir al trabajador un certificado en el periodo que conste la duración de los 90 días anteriores a la contrataciónlas prácticas, calculado como el cocien- te que resulte puesto o puestos de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa trabajo ocupados y las principales tareas realizadas en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores ellos. ◆ Xxxxxx trabajador podrá estar contratado en prácticas en la misma o distinta empresa por tiempo superior a dos años en virtud de la misma titulación. ◆ Si al término del contrato el trabajador continuase en la empresa, no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba, computándose la duración de las prácticas a efectos de antigüedad en la empresa. ◆ Si el contrato en prácticas se realiza con personal investigador en formación contemplado en el R. D. 63/2006, de 27 de enero (B.O.E. de 3 de febrero), se bonificará el 30% de la cuota empresarial a la contrataciónSeguridad Social por contingencias comunes, durante un año, si se cum- plen los requisitos establecidos en el citado Real Decreto. Se excluyen ◆ Cuando el contrato se concierte con un menor de 30 años, se tendrá derecho a una reducción del 50% de la cuota empresarial a la Se- guridad Social por contingencias comunes correspondiente al trabajador contratado durante la vigencia del contrato. ◆ En el supuesto en que, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las extinciones de contratos indefinidos prácti- cas no laborales, en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedenteempresas, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del y el trabajador, o durante el período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante el periodo de duración de la bonificación, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación. No se considera incumplida dicha obligación en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de prueba. En el resto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajadorestuviese realizando dichas prácticas no laborales, en el mes siguiente a la extinción, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento momento de la obligación concertación del mantenimiento del nivel contrato de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifi- quentrabajo en prácticas, la utilización en los contratos fijos discontinuos reducción de la modalidad cuotas será de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos75%. ◆ Artículo 15.8 11 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 de la Ley 12/200163/97, de 0 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx). ◆ Ley 43/2006, de 29 26 de diciembre (BOE B.O.E. de 30 de diciembre). ◆ , modificado por la Ley 35/2010, de 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx).. ◆ X. X. 000/00, xx 00 xx xxxxx, por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos (B.O.E. de 9 xx xxxxx). ◆ X. X. 00/0000, xx 00 xx xxxxx (X.X.X. xx 0 xx xxxxxxx). ◆ Ley 35/2010, del 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xx 00 xx xxxxxxxxxx). ◆ Ley 3/2012, de 0 xx xxxxx ( X.X.X. xx 0 xx xxxxx) ◆ Real Decreto-Ley 4/2013, de 00 xx xxxxxxx (X.X.X. 00 xx xxxxxxx)

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Trabajo De Interinidad

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer un incremento del nivel de empleo fijo de la empresa, tomando como referencia el promedio dia- rio de trabajadores con contratos indefinidos en el periodo de los 90 días anteriores a la contratación, calculado como el cocien- te que resulte de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante el periodo de duración de la bonificación, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación. No se considera incumplida dicha obligación en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de prueba. En el resto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en el mes siguiente a la extinción, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento de la obligación del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifi- quen, la utilización en los contratos fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Real Decreto Ley 10/2010, de 16 xx xxxxx (B.O.E. de 17 xx xxxxx). ◆ Artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 de la Ley 12/2001, de 0 xx xxxxx (XXX xx 00 xx xxxxx). ◆ Ley 43/2006, de 29 de diciembre (BOE de 30 de diciembre). ◆ Ley 35/2010, de 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx).

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Trabajo Fijo Discontinuo

OTRAS CARACTERÍSTICAS. ◆ La contratación debe suponer un incremento del nivel de empleo fijo de la empresa, tomando como referencia el promedio dia- rio de trabajadores con contratos indefinidos en el periodo de los 90 días anteriores a la contratación, calculado como el cocien- te que resulte de dividir entre noventa el sumatorio de los contratos indefinidos en alta en la empresa en cada uno de los 90 dí- as inmediatamente anteriores a la contratación. Se excluyen las extinciones de contratos indefinidos en los 90 días anteriores por despido disciplinario procedente, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador, o durante el período de prueba. ◆ Las empresas están obligadas a mantener durante el periodo de duración de la bonificación, el nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación. No se considera incumplida dicha obligación en los supuestos de extinción, por despidos declarados proce- dentes, dimisión, muerte, jubilación, incapacidad permanente del trabajador o durante el período de prueba. En el resto de cau- sas, la empresa deberá sustituir al trabajador, en el mes siguiente a la extinción, por otro trabajador con contrato indefinido o mediante transformaciones de contratos temporales en indefinidos. ◆ El incumplimiento de la obligación del mantenimiento del nivel de empleo fijo alcanzado con la contratación dará lugar al reinte- gro de las bonificaciones aplicadas. ◆ Los convenios colectivos beneficios establecidos no podrán, en concurrencia con otras ayudas públicas para la misma finalidad, superar el 60% del coste salarial anual correspondiente al contrato que se bonifica. En los supuestos de ámbito sectorial podrán acordarobtención de ayudas sin reunir los requisi- tos exigidos para su concesión, procederá la devolución de las cantidades dejadas de ingresar por bonificación de cuotas a la Seguridad Social, con el recargo y los intereses xx xxxx correspondientes según lo establecido en las normas recaudatorias en materia de Seguridad Social. ◆ No se concederán los incentivos descritos cuando las peculiaridades se trate de relaciones laborales de carácter especial ◆ Esta modalidad de contrato puede acogerse a la reducción de la actividad del sector así lo justifi- quenindemnización por despido de treinta y tres xxxx xx xxxxxxx por año de servicio y hasta un máximo de veinticuatro mensualidades, establecida en la utilización en los contratos fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos. ◆ Artículo 15.8 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción dada por el artículo 1.10 Disposición Adicional 1.ª de la Ley 12/2001, de 0 9 xx xxxxx (XXX X.X.X. xx 00 xx xxxxx), modificada por la Ley 35/2010, de 17 de septiembre (B.O.E. del 18 de septiembre), siem- pre que el contrato que se transforma se haya celebrado con anterioridad al 18 xx xxxxx de 2010 y se transforme dicho contrato con anterioridad al 31 de diciembre de 2010. Si el contrato se celebrase a partir del 18 xx xxxxx de 2010 y la duración del mis- mo no hubiese excedido de 6 meses, excepto en el caso de los contratos formativos, se puede transformar hasta el 31 de di- ciembre de 2011. ◆ Ley 35/2010, de 17 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx). ◆ Ley 43/2006, de 29 de diciembre (BOE de 30 de diciembre). ◆ Ley 35/2010, de 00 xx xxxxxxxxxx (X.X.X. xxx 00 xx xxxxxxxxxx).

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Trabajo De Interinidad