OBLIGACIONES DEL LICENCIATARIO Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DEL LICENCIATARIO. 1. LICENCIATARIO deberá hacer constar en la Página web donde se ofrezca el Servicio, el logotipo de SGAE y la siguiente mención, ya sea mediante Pop-ups, insertos o hiperenlaces: “Quedan reservados, en los términos previstos en la legislación sobre propiedad intelectual, todos los derechos de los propietarios de las obras, interpretaciones o ejecuciones artísticas, fonogramas, grabaciones audiovisuales y emisiones de radiodifusión objeto de esta transmisión. Salvo autorización, quedan prohibidas, bajo las sanciones previstas en la legislación civil y penal de aplicación, la reproducción, distribución (por venta, alquiler, préstamo, etc.), ejecución pública, radiodifusión y comunicación al público, en todas sus formas, de esta transmisión y de su contenido.”
OBLIGACIONES DEL LICENCIATARIO. El Programa deberá ser utilizado únicamente para revisar, combinar y manejar la información relacionada con AMEXCO y que corresponda al uso de Las Tarjetas. Al firmar este Contrato, o por el hecho de que los Usuarios utilicen el “Programa”, el LICENCIATARIO se compromete y queda obligado a cumplir cabalmente los Términos y Condiciones contenidos en el presente Contrato. Todos los derechos que no sean específicamente otorgados al LICENCIATARIO conforme al presente instrumento, quedan expresamente reservados a favor de AMEXCO. El LICENCIATARIO únicamente podrá utilizar el “Programa” con los contenidos y la información sobre la cual el LICENCIATARIO cuente con todos los derechos necesarios, por lo que no podrá reproducir, distribuir, adaptar y/orealizar cualquier modificación al mismo. Asimismo, el LICENCIATARIO reconoce y acepta que “AMEXCO” no será responsable respecto de los daños y perjuicios causados directa o indirectamente por fallas, interrupciones en el Programa.
OBLIGACIONES DEL LICENCIATARIO. 1) Cancelar el valor total del precio en la fecha y en las condiciones acordadas.
OBLIGACIONES DEL LICENCIATARIO. Serán obligaciones del Licenciatario las siguientes: (a) Fabricar los productos objeto de licencia con un nivel de calidad equivalente a los fabricados por el Licenciante, autorizando a éste a realizar controles periódicos de los mismos; (b) Comunicar al Licenciante cualquier modificación, perfeccionamiento o nuevas aplicaciones que hubiera aportado a la tecnología concedida; (c) No fabricar ni vender productos que puedan resultar competitivos con los que son objeto de licencia, ni de otras empresas que sean competidoras del Licenciante; y (d) Salvaguardar la tecnología transferida de acciones de terceros en el territorio, debiendo cursar de forma inmediata aviso al Licenciante de cualquier acto de violación del que tenga conocimiento. ............................................................................................................................................ Esta es una muestra del Contrato de Licencia de Patente. Para obtener más información sobre este contrato clic en: CONTRATO DE LICENCIA DE PATENTE xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxxx-xx-xxx-x-xxxxxxxxxxx-xx-xxxxxxx xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxxx-xx-xxx-x-xxxxxxxxxxx-xx-xxxxxxx Los contratos redactados por el equipo de expertos legales de Global Negotiator cubren todos los aspectos relevantes que se negocian y acuerdan en los diferentes tipos de negocios entre empresas. No obstante, cuando se utilizan estos contratos conviene tener en cuenta una serie de recomendaciones comunes a todos ellos que se describen a continuación en esta Guía del Usuario. FECHA La fecha de entrada en vigor del contrato es la que figura en su encabezamiento, tal y como se menciona en los últimos párrafos del contrato, antes de las firmas (El presente contrato entra en vigor en la fecha efectiva que figura en su encabezamiento.) En algunos contratos -por ejemplo, en el Contrato de Suministro- la fecha de entrada en vigor también se menciona en una de las cláusulas. En estos casos, para que no surjan divergencias, hay que comprobar que las dos fechas que se han insertado, tanto en el encabezamiento como en la cláusula correspondiente, son iguales. PARTES En la primera página del contrato hay que insertar los datos completos de las Partes: • Si la Parte es una empresa hay que insertar los siguientes datos: nombre legal, tipo de sociedad (limitada, anónima, etc.), dirección completa, datos de registro y número de identificación fiscal. • Si la Parte es una persona física que tr...
OBLIGACIONES DEL LICENCIATARIO. El Licenciatario, en virtud del presente instrumento, deberá cumplir con las obligaciones que a continuación se indican:
OBLIGACIONES DEL LICENCIATARIO. Ellas también se agru- pan en obligaciones directas o indirectas. La principal obligación emergente del contrato, que gra- va al licenciatario a favor del licenciante, consiste en pagar la regalía, a menos que se trate de una licencia gratuita. Dentro de las obligaciones indirectas se encuentra el de- ber del licenciatario de usar o explotar el privilegio concedi- do, en los términos y bajo las modalidades previstas, toda vez que su incumplimiento acarrea perjuicios al licenciante. Un ejemplo de esto último sería la elaboración de productos de mala calidad por el licenciatario, lo que redundaría en el descrédito de la patente o de la marca licenciada.
OBLIGACIONES DEL LICENCIATARIO. Sin perjuicio de las demás obligación previstas en este contrato, EL LICENCIATARIO se obliga a:
OBLIGACIONES DEL LICENCIATARIO. CLÁ USULA DÉCIMO TERCERA.- EL LICENCIATARIO no podrá fabricar o utilizar sus productos elaborados con la tecnología licenciada en territorio asignado a otro licenciatario.
OBLIGACIONES DEL LICENCIATARIO. CLAUSULA DECIMO NOVENA: