Common use of Norma final Clause in Contracts

Norma final. Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del/de la recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1 segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. En Madrid, a fecha de firma electrónica EL SUBSECRETARIO P.D. Orden EFP/43/2021, de 21 de enero (B.O.E. del 26) LA SUBDIRECTORA GENERAL Código seguro de Verificación : GEN-ed49-a17c-6563-7e08-16db-f064-2c5c-a5b2 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇... MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL SUBSECRETARÍA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL 1. CATEGORÍA PROFESIONAL: ORDENANZA 2. CATEGORÍA PROFESIONAL: AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A.

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Sources: Convocatoria De Proceso Selectivo

Norma final. Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativapodrá interponerse, podrá interponerse con carácter potestativo, recurso de reposición ante Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Algeciras, en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo administrativo, en el plazo de dos meses, contados meses desde el día siguiente al su publicación de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del/de la recurrente, conformidad con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y 14.1 segunda y 46 de en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoContenciosa-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúblicasAdministrativa, significándose que, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. En MadridAsimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a fecha la revisión de firma electrónica EL SUBSECRETARIO P.D. Orden EFP/43/2021las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 21 1 de enero (B.O.E. del 26) LA SUBDIRECTORA GENERAL octubre. D/Dña. ,con DNI/NIE , natural de Provincia domicilio Avda./Calle Código seguro de Verificación : GEN-ed49-a17c-6563-7e08-16db-f064-2c5c-a5b2 | Puede verificar la integridad de este documento postal_ ,Localidad Provincia_ Teléfono email _ - Que reúne todos los requisitos establecidos en la siguiente dirección : ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇... MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL SUBSECRETARÍA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL 1convocatoria pública efectuada por el Ayuntamiento de Algeciras, para participar en el proceso de selección para las plazas de Técnico de Gestión. CATEGORÍA PROFESIONAL: ORDENANZA 2- Que reúne todos los requisitos establecidos en la convocatoria pública efectuada por el Ayuntamiento de Algeciras, para participar en el proceso de selección para las plazas de Técnico de Formación y Empleo. CATEGORÍA PROFESIONAL: AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A.Que reúne todos los requisitos establecidos en la convocatoria pública efectuada por el Ayuntamiento de Algeciras, para participar en el proceso de selección para la plaza de DOCENTE en la acción formativa de

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Sources: Bases Y Convocatoria Pública Para La Selección Y Contratación De Personal

Norma final. Contra la presente convocatoria, que pone fin a agota la vía administrativa, podrá interponerse los/as interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso contencioso-administrativo de reposición ante la Consejera de Hacienda y Administración Pública en el plazo de dos meses, contados un mes a contar desde el día siguiente al de su publicaciónpubli- cación en el Diario Oficial de Extremadura, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del/de la recurrente, con arreglo conforme a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1 segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición establecido en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Adminis- traciones Públicas, significándose queo bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso impugnar en vía contencioso-administrativo administrativa la presente Orden hasta que aquel sea se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismode aquél. En MadridTodo ello sin perjuicio de ejercitar, a fecha en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente. Mérida, 4 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de firma electrónica EL SUBSECRETARIO P.D. Orden EFP/43/20212022. La Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública, de 21 de enero (B.O.E. del 26) LA SUBDIRECTORA GENERAL Código seguro de Verificación : GEN-ed49-a17c-6563-7e08-16db-f064-2c5c-a5b2 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇-LIMONES TITULARES Presidente: ▇▇▇▇▇://▇▇ ▇▇▇▇.▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇. Vocales: ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Ten. ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇. ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇. SUPLENTES Presidente: ▇▇▇▇▇.▇▇ ▇▇▇.▇▇/▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Vocales: ▇▇▇▇/▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇. ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇. Secretaria: ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇. Tema 1. La Constitución de 1978: Sistemática y estructura, características generales. Los valores superiores y principios constitucionales. El Estado social y democrático de Derecho. Tema 2. La soberanía nacional. La división de poderes. La representación política. La partici- pación política. El Estado en la Constitución: El Estado español como Estado compuesto. La reforma constitucional. Tema 3. La monarquía parlamentaria como forma política del Estado. La Corona: Prerrogati- vas y funciones. El refrendo. El orden de sucesión. La regencia. La tutela ▇▇▇ ▇▇▇. Tema 4. El Gobierno: Su composición. Causas y procedimiento del nombramiento y cese. Las funciones del Gobierno. El Gobierno y la Administración. La función normativa. La función política. La función administrativa. La organización de la Administración General del Estado. Órganos centrales y órganos territoriales. La Administración Territorial del Estado. Tema 5. Las Cortes Generales. Composición y estructura del Congreso de los Diputados y del Senado. Relaciones entre las Cámaras. Las Diputaciones Permanentes. Tema 6. El funcionamiento de las Cámaras. Plenos y Comisiones. Los grupos parlamentarios. Disolución La función legislativa. Su ejercicio, iniciativa y tramitación. La sanción. La función de control. Las funciones financieras. Otras funciones. Tema 7. Elecciones y normas electorales. El cuerpo electoral. Inelegibilidades. Administración electoral. Convocatoria de elecciones y sus plazos. Presentación y proclamación de candida- tos. Procedimiento electoral. Tema 8. El Poder Judicial. La Administración de Justicia Organización jurisdiccional. El Consejo General del Poder Judicial. El ministerio fiscal. Tema 9. La distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas: El artículo 149 de la Constitución. Tipología competencial. El artículo 150 de la Constitución. Los Decretos de traspaso. El bloque de la constitucionalidad. Tema 10. Los órganos de las Comunidades Autónomas. Sus competencias. Relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Control del Estado sobre las Comunidades Autónomas. Tema 11. De los derechos fundamentales y de las libertades pública previstos en la Constitu- ción (I). Su eficacia, garantía y límites. Especial referencia al derecho a la igualdad. Tema 12. De los derechos fundamentales y de las libertades pública previstos en la Cons- titución (II) Su eficacia, garantía y límites. Especial referencia a derecho a la tutela judicial efectiva y al derecho. Tema 13. Derechos de los ciudadanos. Los deberes constitucionales. Tema 14. Los principios rectores de la política social y económica. La suspensión de derechos. Tema 15. Naturaleza, composición, organización y funcionamiento de órganos constituciona- les: El Defensor del Pueblo; el Consejo de Estado, el Tribunal de Cuentas y el Tribunal Cons- titucional. Tema 16. La Unión Europea. Evolución y objetivos. Los tratados constitutivos. Especial refe- rencia a los tratados de reforma. El sistema institucional de la Unión Europea: El Parlamento Europeo. El Consejo Europeo. El Consejo. La Comisión. Otros órganos e Instituciones euro- peas: El Banco Central Europeo. El Tribunal de Cuentas. El Comité Económico y Social, el Comité de las Regiones. El Banco Europeo de Inversiones. Las agencias. Tema 17. El sistema normativo de la Unión Europea. Principales tipos de normas jurídicas. Caracteres del sistema: Primacía, efecto directo y responsabilidad de los Estados miembros por incumplimiento del Derecho Comunitario. El juez nacional en la aplicación del Derecho Comunitario. Principio de atribución o de base jurídica. Principio de subsidiariedad. Principio de proporcionalidad. El procedimiento legislativo ordinario. Tema 18. La ciudadanía de la Unión. La Carta de Derechos Fundamentales. Las libertades de circulación de personas, mercancías y capitales. La libertad de prestación de servicios y de establecimiento. El espacio de libertad, seguridad y justicia. Cooperación judicial en materia civil y penal. DERECHO ADMINISTRATIVO. Tema 1. La Administración Pública. Actividad administrativa y actividad política. El Derecho Administrativo. El régimen administrativo: sistemas; rasgos fundamentales del español. La consideración no jurídica de la Administración: la ciencia de la Administración. Tema 2. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley: clases ▇▇ ▇▇▇▇▇ estatales en la Constitu- ción. Las Leyes de las Comunidades Autónomas. Disposiciones del Gobierno con valor ▇▇ ▇▇▇: Decretos Legislativos; Decretos Leyes. Tema 3. El Reglamento: concepto y naturaleza. Fundamento de la potestad reglamentaria. Clasificación de los Reglamentos. Órganos con potestad reglamentaria. La impugnación de los Reglamentos. Los actos administrativos generales y las circulares e instrucciones. Otras fuentes del Derecho Administrativo. Tema 4. Los principios de reserva ▇▇ ▇▇▇, de jerarquía normativa y de competencia. Nulidad de pleno derecho de las disposiciones administrativas por infracción de tales principios. La inderogabilidad singular de las disposiciones generales. Tema 5. Organización administrativa. El órgano administrativo: concepto y naturaleza. Re- presentación equilibrada. Clases de órganos: en especial los colegiados. La competencia: Na- turaleza, clases y criterios de delimitación. Las relaciones interorgánicas: Coordinación y je- rarquía. Desconcentración y delegación de competencias. Delegación de firma. La avocación. Tema 6. Las potestades administrativas. El principio de legalidad y sus manifestaciones. La actividad administrativa discrecional y sus límites. Control de la discrecionalidad: En especial de la desviación de poder. Los conceptos jurídicos indeterminados. Tema 7. La Administración y los Tribunales de Justicia. Conflictos de jurisdicción entre los Tribunales y la Administración. Otros conflictos de jurisdicción. Los interdictos y la Adminis- tración. Concurrencia de embargos administrativos y judiciales. Tema 8. El ciudadano. Derechos públicos subjetivos e intereses legítimos: conceptos y dife- rencias. Clasificación de los derechos públicos subjetivos. Situaciones jurídicas pasivas. Las prestaciones del administrado. Colaboración del administrado con la Administración Pública. Tema 9. Los actos jurídicos de la Administración: públicos y privados. El acto administrativo: Concepto y elementos. La forma de los actos administrativos: la motivación, la notificación y la publicación. El silencio administrativo: su régimen jurídico. Tema 10. Clasificación de los actos administrativos. Especial referencia a los actos jurisdic- cionales, de trámite y que ponen fin a la vía administrativa. Los actos políticos: Naturaleza y régimen de impugnación en nuestro derecho positivo. La eficacia de los actos administrativos en el orden temporal: Comienzo, suspensión y retroactividad. Tema 11. La ejecutividad de los actos administrativos: fundamento y naturaleza. La ejecución forzosa por la Administración de los actos administrativos: medios en nuestro Derecho. Exa- men de la vía de hecho: sus consecuencias procesales. Tema 12. La invalidez de los actos administrativos: nulidad de pleno derecho y anulabilidad. Los actos administrativos irregulares. La convalidación, conservación y conversión de los ac- tos administrativos. Los errores materiales o de hecho: concepto y tratamiento. Tema 13. Declaración de nulidad de pleno derecho y anulación de los actos administrativos por la propia Administración mediante la revisión de oficio: casos en que procede; tramites. Concepto de la revocación: su tratamiento en el Derecho español. La revisión de los actos en vía jurisdiccional a instancia de la Administración: declaración previa de lesividad; requisitos y procedimiento. Tema 14. Los contratos del Sector Público: ámbito subjetivo de la Ley de Contratos del Sector Público. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados. Los actos separables. Tema 15. Disposiciones generales sobre la contratación del Sector Público. Las partes en el contrato Órganos de contratación; órganos de asistencia: Especial referencia a la composi- ción y funcionamiento de las mesas de contratación; y órganos consultivos. Las partes en el contrato. Capacidad, solvencia del empresario y prohibiciones de contratar: medios de acre- ditación. La clasificación de las empresas y su prueba. Tema 16. Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Garantías exigibles en la contratación del sector público. Normas generales sobre la preparación de los contratos por las Administraciones Públicas: las consultas preliminares ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇... MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL SUBSECRETARÍA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL 1. CATEGORÍA PROFESIONALExpediente de contratación. Los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas. Tema 17. Adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas: ORDENANZA 2Proposiciones de los interesados y documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos. CATEGORÍA PROFESIONALLa selección del adjudicatario. Criterios de adjudicación. La subasta electrónica. Perfección y formalización del contrato. Los procedimientos de adjudicación: AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A.clases, supuestos de aplica- ción y tramitación. Referencia al Diálogo competitivo y al procedimiento de asociación para la innovación. Normas especiales a concursos de proyectos. Tema 18. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos: Prerrogativas de la Administración Pública en los contratos administrativos. Ejecución, modificación, sus- pensión y extinción. Cesión de contratos y subcontratación. Racionalización técnica de la con- tratación: acuerdos marco, sistemas dinámicos de contratación y centrales de contratación. Régimen de invalidez de los contratos. El recurso especial en materia de contratación. Tema 19. Los tipos de contratos de las Administraciones Públicas. Contratos de obras. Contra- to de concesión de obra pública. Contratos de suministro. Contrato de servicios. Contrato de concesión de servicios. De los contratos de otros entes del sector público. Tema 20. El procedimiento administrativo: su naturaleza y fines. El procedimiento administra- tivo común: regulación legal y principios generales. Abstención y recusación. Registros admi- nistrativos y archivo de documentos. Documentos públicos administrativos y copias. Aporta- ción de documentos al procedimiento. Tema 21. Los interesados en el procedimiento administrativo: capacidad de obrar, represen- tación e identificación. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas y derechos del interesado en el procedimiento administrativo. Tema 22. Términos y plazos. Iniciación del procedimiento: formas y especialidades. Medidas provisionales. Ordenación del procedimiento. Instrucción del procedimiento: Alegaciones y participación de los interesados, prueba e informes. Tramitación simplificada del procedimien- to administrativo común. Tema 23. Terminación del procedimiento: formas. Terminación convencional. La resolución: Contenido y especialidades. Otros modos de terminación: Desistimiento, renuncia y caducidad. Tema 24. Procedimiento para la elaboración de disposiciones de carácter general. Tema 25. Potestad sancionadora: especialidades del procedimiento administrativo común y principios generales. Tema 26. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Legislación española: Antecedentes y regulación actual; especialidades del procedimiento administrativo común. La responsabilidad de las autoridades y personal. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas. La responsabilidad del Estado legislador. Tema 27. Los recursos administrativos: concepto, clases y principios generales de su regula- ción. Supuesto de pluralidad de recursos administrativos. La «reformatio in peius»: Recurso de alzada. Recurso de reposición. Recurso de revisión. Tema 28. La expropiación forzosa. Su justificación y naturaleza. La expropiación forzosa en España: Legislación vigente. Sujetos y objeto de la expropiación. Procedimiento general. Pe- culiaridades del procedimiento de urgencia. Tema 29. Reversión de bienes expropiados: concepto; naturaleza jurídica; análisis de los di- versos supuestos; justiprecio. Garantías jurisdiccionales: estudio especial de la impugnación por la Administración de los acuerdos de las Comisiones de valoración. La autorización judicial de entrada para la ocupación. Tema 30. Limitaciones administrativas a la propiedad privada y servidumbres administrativas: diferencias y régimen jurídico. Referencia a los procedimientos especiales de expropiación. Estudio de la ocupación temporal y la requisa. Referencia a las transferencias coactivas y a las expropiaciones virtuales. Tema 31. Patrimonio de las Administraciones Públicas: Concepto y clasificación. Bienes de dominio público y bienes patrimoniales: concepto legal y principios relativos a los mismos. Adquisición de bienes y derechos patrimoniales. Tema 32. Régimen de facultades y prerrogativas administrativas para la protección y defensa del patrimonio autonómico: Especial referencia a la investigación, deslinde, y desahucio ad- ministrativo. Régimen registral. Inventario de bienes. Aprovechamiento y explotación de los bienes y derechos patrimoniales. Tema 33. El dominio público. Concepto y naturaleza. Clasificaciones; en especial el demanio natural. Los elementos del dominio público: sujetos, objeto y destino. Afectación, desafec- tación, mutaciones demaniales. Régimen Jurídico del dominio público: Inalienabilidad, inem- bargabilidad, e imprescriptibilidad. Utilización de bienes del dominio público: autorizaciones y concesiones demaniales. Tema 34. Dominios públicos especiales. el dominio público hidráulico. Organismos ▇▇ ▇▇▇▇- ca. Utilización del dominio hidráulico. Examen especial de las concesiones de agua. Minas, la propiedad Sistema de aprovechamiento de los recursos de las distintas secciones. Permisos de exploración y de investigación. Concesión de explotación: naturaleza jurídica y condiciones generales. Tema 35. Ordenación del Transporte terrestre. Transporte por carretera. Transporte ferrovia- rio. Régimen jurídico. La obligación de servicio público. Tema 36. La Función Pública. Naturaleza de la relación jurídica entre el funcionario y la Ad- ministración. Régimen legal básico vigente: el Estatuto Básico de la función pública. El em- pleado público: sus clases. Personal con legislación específica propia. Funcionarios ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇: Ingreso. Derechos y deberes. Situaciones administrativas; provisión de puestos de trabajo. Tema 37. Incompatibilidades de los funcionarios públicos. Régimen disciplinario. Derechos económicos: Sistema de retribución. Funcionarios interinos. Personal laboral. Personal even- tual. Personal Directivo. Tema 38. La Ley General P

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Sources: Resolution of Convalidation of a Decree Law

Norma final. Contra 9.1.- Durante el desarrollo de los concursos, las Comisiones resolverán las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos en ellas. En todo momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 9.2.- La presente convocatoria, que resolución pone fin a la vía administrativa. Frente a ella, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo previsto en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo capítulo II del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del/de la recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1 segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, significándose queen el artículo 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y en el artículo 20 de los Estatutos de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, aprobados por Decreto 85/2004, de 27 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, los interesados pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, en caso el plazo de interponer un mes, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de reposiciónlo Contencioso- Administrativo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, no en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el día siguiente al de la notificación o publicación y sin perjuicio de que puedan intentar cualquier otro recurso que a su derecho convenga. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismorecurso de reposición en su caso interpuesto. En MadridMurcia, a fecha 2 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de firma electrónica EL SUBSECRETARIO P.D. Orden EFP/43/20212018.—El Rector, de 21 de enero (B.O.E. del 26) LA SUBDIRECTORA GENERAL Código seguro de Verificación : GEN-ed49-a17c-6563-7e08-16db-f064-2c5c-a5b2 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇.—El Director-Gerente del Servicio Murciano de Salud, ▇▇▇▇▇.▇▇ ▇▇▇.▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇... MINISTERIO . CATEDRÁTICOS DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL SUBSECRETARÍA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL 1UNIVERSIDAD Plaza número: 1/2018-V Cuerpo al que pertenece la plaza: Catedráticos de Universidad. CATEGORÍA PROFESIONALÁrea de Conocimiento:. Anatomía Patológica Departamento a que está adscrita:.Oftalmología, Optometría, Otorrinolaringología y Anatomía Patológica Actividades a realizar por quien obtenga la plaza: ORDENANZA 2Docencia en Anatomía Patológica General. CATEGORÍA PROFESIONALAnatomía Patológica Especial. Investigación en Histopatología Cutánea (3207.99). Histología del Folículo Piloso (2410.99). Carcinogénesis por Papilomavirus (2420.99). Categoría asistencial: AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A.Facultativo Especialista de Área.

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Sources: Resolución De Concurso De Acceso a Plazas Vinculadas De Cuerpos Docentes Universitarios

Norma final. Contra la presente convocatoria, que pone fin a agota la vía administrativa, podrá interponerse los/as interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Vi- cepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedi- miento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer directamen- te recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados meses a contar desde el día siguiente al de su publicaciónpublicación en el Diario Oficial de Extremadura, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del/de la recurrente, con arreglo conforme a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1 segunda y 46 el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, significándose que, en Administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso impugnar en vía contencioso-administrativo administrativa la presente Orden hasta que aquel sea se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente. Mérida, 4 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2022. D. /▇▇ , con domicilio en y nacio- nalidad , declaro bajo juramento o prometo, a efectos de formar parte en la Lista de Espera, en el Cuerpo/ Grupo Categoría , Especialidad de . — Que soy cónyuge de un español/a o nacional de país miembro de la Unión Europea, y que no estoy separado/a de derecho. — O que soy descendiente de un español/a o nacional de países miembros de la Unión Europea, o descendiente del mismocónyuge, menor de veintiún años, o mayor de dicha edad que vivo a sus expensas. En Madrid, a fecha de firma electrónica EL SUBSECRETARIO P.D. Orden EFP/43/2021, de 21 de enero (B.O.E. del 26) LA SUBDIRECTORA GENERAL Código seguro de Verificación : GEN-ed49-a17c-6563-7e08-16db-f064-2c5c-a5b2 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : . Fdo. Categoría Cocinero/a TITULARES Presidente/a ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇.▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. Vocales ▇▇ del ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇. ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇. Secretario/a ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇. SUPLENTES Presidente/a ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇. Vocales ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇. ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇. ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇. Secretario/a ▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇. Tema 2. Planificación de menús. Particularidades en relación con cada tipo de centro. El código de dietas. Variedad. Rotación. Criterios de selección de platos. Gramajes. Tema 3. Seguridad e higiene en el trabajo: Aseo personal, higiene en el trabajo y vestuario. Prevención de accidentes. Medidas de protección individuales y colectivas. Tema 4. Concepto y diferencias de alimentación y nutrición. Clases de alimentos y nutrientes. Tipos de dietas. Tema 5. Clasificación funcional de los alimentos. Alimentos plásticos, energéticos y regulado- res. Nutrientes y sus funciones. Digestión, absorción y metabolismo. Tema 6. Hidratos de carbono: Clasificación. Su función en el organismo. Alimentos fuente de los hidratos de carbono en la dieta. Su necesidad en el hombre. Tema 7. Grasas: Clasificación. Componentes principales. Su función en el organismo. Las gra- sas en la dieta. Necesidades principales. Tema 8. Proteínas: Clasificación. Funciones de las proteínas en el organismo. Alimentos fuen- te de proteínas en la dieta. Necesidades principales. Tema 9. Alimentación y salud. Problemas derivados de una alimentación incorrecta. Alergias e intolerancias alimentarias. Trastornos de la conducta alimentaria. Tema 10. Plan general de limpieza. Desinfección, desratización, desinsectación. Puntos críti- cos, evaluación y riesgos. Medidas preventivas y correctivas. Tema 11. La alimentación en función de la edad. Particularidades. Alimentación infantil. Ali- mentación del anciano. Rendimiento de los productos alimenticios. Tema 12. Toxiinfecciones alimentarias. Alteración de los alimentos. Tema 13. La dieta Mediterránea. Tipos de alimentos utilizados. Propiedades. Beneficios de la dieta Mediterránea para la salud. Tema 14. Desayunos: Clases. Meriendas: Clases. Postres: Naturales y elaborados. Frutas de temporada. Productos lácteos. Tema 15. Pastas. Legumbres. Potajes. Sopas. Consomés. Cremas. Arroz. Propiedades y for- mas principales de cocinarlas. Tema 16. Huevos. Composición. Valor comercial. Conservación. Aplicaciones. Clases. Identifica- ción de su grado de frescura. Métodos básicos de cocinado. Propiedades alimentarias y digestivas. Tema 17. Pescados: Concepto y clasificación. Envasado, transporte, requisitos de comerciali- zación. Rotulación y etiquetado. Prohibiciones de captura. Definición de los cortes básicos en los pescados. Conservación. Identificación de su grado de frescura. Tema 18. Mariscos. Calidad. Clases zoológicas. Presentación en el mercado. Especies. Moluscos. Tema 19. Carnes. Generalidades. Valor comercial. División según propiedades nutritivas. Mé- todos básicos de cocinados. Estudio particular de la especie. Vacuno mayor y menor. Despiece de la res. Piezas con denominación propia. Tema 20. Aves. Caza. Presentación en el mercado. División según sus clases. Tratamiento y conservación. Especies más importantes en la alimentación Occidental. Tema 21. Ensaladas. Ensaladas simples. Compuestas españolas. Compuestas internacionales. Hortalizas: métodos básicos de cocinado. Hortalizas ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, verano, otoño e invierno. Tema 22. Condimentos: sal, azúcar, vinagre. Condimentos de vegetales secos. Condimentos frescos. Fondos: fundamentales, blanco, oscuro, clarificado, blanco, fumet, gelatinas, glasés. Fondos complementarios: ligazones, caldos, aparejos, farsas. Tema 23. Salsas básicas y derivadas. Enumeración, definición, composición, variaciones, ela- boración, aplicaciones, puntos clave y conservaciones. Tema 24. Conservación de géneros. Fundamento general. Métodos. Frío. Refrigeración. Congelación. Calor. Ahumado. Deshidratación. Salazón. Por inmersión en líquidos conservadores. Escabeche. Tema 25. La alimentación como acto social. Organización del comedor. Preparación de comi- das y fiestas especiales en función de los usuarios. Presentación de los alimentos. Importancia de la decoración y presentación. Tema 26. Dietas. Clasificación de las dietas. Dieta equilibrada. Planificación. Tipos y alimentos aconsejables. Tema 27. Instrumentos de seguridad alimentaria. Análisis de peligro y puntos críticos de con- trol. Comida testigo. Tema 28. Los vinos. Su contribución en la alimentación. Crianza y envejecimiento. Clasifica- ción según su graduación alcohólica. El color, el contenido de azúcar y el bouquet. Presenta- ción y servicio. El descorche. Decantación. Temperatura. Maridaje. D./▇▇▇▇▇ ,con domicilio en con Documento Nacional de Identidad n.º y nacionalidad , declaro bajo juramento o prometo a efectos de contrato laboral temporal en el Grupo Categoría . — Que no he sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no me hallo inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas en España. — O en su caso, que no estoy sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que im- pida, en mi Estado el acceso a la función pública. En , a , de de .▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇... MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL SUBSECRETARÍA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL 1. CATEGORÍA PROFESIONAL: ORDENANZA 2. CATEGORÍA PROFESIONAL: AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A.

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Sources: Resolution of Convalidation of a Decree Law

Norma final. Contra la La presente convocatoriaconvocatoria y sus bases, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo así como cuantos actos administrativos se deriven de dos meses, contados desde el día siguiente al éstas y de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del/las actuaciones de la recurrenteComisión de Selección, con arreglo a lo dispuesto podrán ser impugnadas por los/as interesados/as en los artículos 10.1.i) casos y 14.1 segunda y 46 de en las formas establecidas por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, significándose que, Públicas y en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. En Madrid, a fecha de firma electrónica EL SUBSECRETARIO P.D. Orden EFP/43/2021Ley 29/1998, de 21 13 de enero (B.O.E. del 26) LA SUBDIRECTORA GENERAL Código seguro julio, reguladora de Verificación : GENla Jurisdicción Contenciosa-ed49-a17c-6563-7e08-16db-f064-2c5c-a5b2 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇.Administrativa. nº 30.656 AUTOS núm. 510/17 ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇. ▇▇▇/▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇, a dieciocho ▇▇ ▇▇▇▇/▇ del dos mil dieciocho. DÑA. ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, MAGISTRADO JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIALNUM. 2 de Jerez de la Frontera, tras haber visto los presentes autos sobre SEGURIDAD SOCIAL seguidos a instancia de MUTUACYCLOPS contra INSTITUTO NACIONAL DE LASEGURIDAD SOCIALYTESORERÍAGENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, ▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇ CERPA GONZÁLEZ y OFICINA DE CONTROL DE SEGURIDAD EN OBRA S.L., EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA FALLO Que estimando la demanda formulada por MUTUA CYCLOPS contra INSTITUTO NACIONAL DE LASEGURIDAD SOCIALYTESORERÍAGENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, D. ▇▇▇▇▇▇▇... MINISTERIO ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ y OFICINA DE EDUCACIÓN CONTROL DE SEGURIDAD EN OBRA S.L., debo condenar y condeno a la empresa demandada al abono de 11.524,25 € a la Mutua, declarando la responsabilidad subsidiaria del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en caso de insolvencia de la empresa. Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme, y frente a ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACION al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los CINCO días siguientes a la notificación de ésta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número en el Banco ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ nº 1256 0000 65 0510 17 (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento), pudiendo sustituir la consignación mediante aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo deberá en el momento de anunciar el recurso consignar la suma de 300 EUROS en concepto de depósito en la misma cuenta bancaria (haciendo constar también el número de procedimiento). Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Y FORMACIÓN PROFESIONAL SUBSECRETARÍA SUBDIRECCIÓN GENERAL para que sirva de notificación en forma a OFICINA DE PERSONAL 1CONTROL DE SEGURIDAD EN OBRA, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia ▇▇ ▇▇▇▇▇, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa. CATEGORÍA PROFESIONALEL/LALETRADO/ADE LAADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇. Firmado. “En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal)”. nº 29.206 N.I.G.: ORDENANZA 21100443P20123001350 CAUSA: ▇. CATEGORÍA PROFESIONAL▇▇▇▇▇▇▇▇▇ 96/2014.Ejecutoria: AUXILIAR ADMINISTRATIVO391/2014 Negociado: 5 Juzgado de procedencia: JUZGADO DE INSTRUCCION Nº1 DE ALGECIRAS Procedimiento origen: Dil.Previas 1003/2012 D/▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Penal número Tres de Algeciras, en el procedimiento arriba reseñado, expide el presente a fín de servir de NOTIFICACIÓN en forma de la resolución inserta en la presente cédula a D/▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ LAS ▇▇▇▇▇ MGAIZAR, quien se encuentra en ignorado paradero.CEDULA DE NOTIFICACION En los autos de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente: DECRETOEn Algeciras, a veinte ▇▇ ▇▇▇▇▇ de dos mil dieciocho. ANTECEDENTES DE HECHOÚNICO.- En fecha 4 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2014, se acordó proceder por la vía de apremio al embargo de bienes propiedad del penado, hasta cubrir la suma de 12000 euros importe de la indemnización a cuyo pago fue condenado SOUFIANE LAS ▇▇▇▇▇ MGAIZAR. Seguidamente se procedió a la averiguación patrimonial integral del condenado con resultado negativo, decretándose su insolvencia provisional en fecha 6/06/14.En la Ejecutoria 521/16 de este mismo Juzgado, se fijó 500 euros, que el condenado en la referida causa abonó, y que por no ser localizado el perjudicado, fueron transferidos a la Cuenta Especial de Fondos Provisionalmente EL/A.LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE JEREZ DE LA FRONTERA.

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Sources: Convenio Colectivo

Norma final. 9.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas, en todo lo no previsto en las bases. 9.2. Contra la presente convocatoriaresolución, que pone fin a agota la vía administrativa, podrá interponerse cabe interponer recurso contencioso-administrativo –administrativo, en el plazo de dos meses, contados meses contando desde el día siguiente al de a su publicación, ante la Sala el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del/▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ (artículos 8.2 de la recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1 segunda y 46 Ley 29/1998 de 13 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o–Administrativa, potestativamente en relación con el Art. 2.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y con carácter previodel Procedimiento Administrativo Común). Potestativamente, podrá interponerse recurso administrativo de reposición ante el Rectorado de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, en el plazo de un mes, mes desde el día siguiente al de a su publicación, ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición. En este caso, no se podrá interponer interponerse el recurso contencioso-administrativo contencioso- administrativo, antes mencionado, hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismode reposición. 9.3. Asimismo, cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 9.4. En Madridcoherencia con el valor de la igualdad de género asumido por la Universidad, a fecha todas las denominaciones que en esta resolución se efectúan en género masculino, cuando no hayan sido sustituidos por términos genéricos, se entenderán hechas indistintamente en género femenino. Valladolid, 22 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de firma electrónica EL SUBSECRETARIO P.D. Orden EFP/43/2021, de 21 de enero (B.O.E. del 26) LA SUBDIRECTORA GENERAL Código seguro de Verificación 2016. Fdo.: GEN-ed49-a17c-6563-7e08-16db-f064-2c5c-a5b2 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : Fco. ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇.▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇▇ SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN PRUEBAS SELECTIVAS PAS FUNCIONARIO Y LABORAL Indique el tipo de convocatoria: Oposición Concurso/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇Oposición Denominación de la plaza/▇▇▇▇▇▇▇▇▇Cuerpo/▇▇▇▇▇▇▇... MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL SUBSECRETARÍA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL 1Escala * Especialidad Fecha de resolución de la Convocatoria * Fecha publicación en el Boletín Oficial * Turno de acceso * Provincia de examen * Discapacidad En caso afirmativo, adaptación que se solicita y motivo de la misma. CATEGORÍA PROFESIONALTítulo académico exigido en la convocatoria * Datos a consignar según las bases de la convocatoria: ORDENANZA 2. CATEGORÍA PROFESIONALA B C En el caso de figurar en la convocatoria varios campus, indique en los que se compromete a aceptar una posible oferta de trabajo con carácter temporal, si es incluido en una bolsa de trabajo de la categoría profesional objeto de la convocatoria: AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A.Observaciones

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Sources: Convocatoria De Plaza

Norma final. Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del/de la del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1 segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. En Madrid, a fecha de firma electrónica EL SUBSECRETARIO P.D. Orden EFP/43/2021, de 21 de enero (B.O.E. del 26) LA SUBDIRECTORA GENERAL Código seguro de Verificación : GEN-ed49ccc1-a17c-65638f0c-17c1-7e0843fd-5fe2-16db090e-f064d7ee-2c5c-a5b2 cf4d | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇... MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL SUBSECRETARÍA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL 1. CATEGORÍA PROFESIONALPERSONAL TITULACIÓN REQUERIDA: ORDENANZA 2. CATEGORÍA PROFESIONAL: AUXILIAR ADMINISTRATIVOTítulo de maestro/A.a especialidad de Lengua Extranjera Inglés, título de profesor/a de EGB especialidad Filología Inglesa, título de graduado en Educación Primaria con mención en lengua extranjera inglés o equivalente, o cualquier título de maestro/a o de profesor/a de EGB, siempre que además se acredite el nivel C1 o C2 del Marco común europeo de referencia de idioma inglés, de acuerdo con lo dispuesto en la base 2.1.2 de la presente convocatoria.

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Sources: Convocatoria De Proceso Selectivo

Norma final. 12.1. Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Convenio colectivo del Consorcio de la Zona ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria. 12.2. Contra la presente convocatoriaconvocatoria podrá interponerse, que pone fin a la vía administrativacon carácter potestativo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, reposición ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madridautoridad convocante, a elección del/de la recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1 segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes, mes desde el día siguiente al su publicación de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo conformidad con los artículos 123 y 124 de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúblicasAAPP o bien, significándose quedemanda contra el Consorcio de la Zona ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el 1. EJERCICIO 1: TIPO TEST (máximo de 60 puntos): De carácter obligatorio y eliminatorio, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 60 preguntas tipo test. El ejercicio dispondrá de 8 preguntas de reserva. Las preguntas tendrán 4 respuestas alternativas propuestas por el tribunal, de las que solo una de ellas será la correcta. El tiempo máximo de duración de este primer ejercicio será de 120 minutos. Las preguntas no contestadas no penalizan ni reciben puntuación. La puntuación otorgada a cada respuesta correcta será de 1 punto. Las preguntas mal contestadas conllevarán una penalización, de forma que por cada 4 preguntas incorrectas se descontará 1 punto. Las preguntas adicionales de reserva serán valoradas solo en el caso de interponer recurso que se anule alguna de reposiciónlas preguntas del ejercicio. Superarán el ejercicio las personas aspirantes que tengan las 50 mejores puntuaciones, no se siempre que alcancen un mínimo de 30 puntos, una vez hechos los descuentos correspondientes a las respuestas erróneas. Al final de la prueba cada aspirante podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismoobtener copia de sus respuestas. En Madridel plazo máximo de tres días, a contar desde la finalización del ejercicio, se publicará una plantilla con las respuestas correctas en los lugares señalados en la base 7.5. A continuación, el Tribunal se reunirá y corregirá los ejercicios realizados publicándose la nota provisional obtenida por cada candidato, señalándose tanto los que han superado el ejercicio como los que no lo han superado. Dicha publicación se realizará en los lugares señalados en la base 7.5. y los candidatos dispondrán del plazo ▇▇ ▇▇▇▇ días hábiles para formular alegaciones a la puntuación obtenida. Finalizado ese plazo ▇▇ ▇▇▇▇ días hábiles, el Tribunal procederá conforme a lo indicado en la base 7.7. La fecha de firma electrónica EL SUBSECRETARIO P.D. Orden EFP/43/2021, realización de 21 este ejercicio tendrá que celebrarse en un plazo máximo de enero tres (B.O.E. 3) meses contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del 26) LA SUBDIRECTORA GENERAL Estado. Código seguro de Verificación : GEN-ed49e63c-2ce1-a17c-6563d56b-32b9-7e08b9c5-16db0cdf-f064fc85-2c5c-a5b2 ca7b | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇... MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL SUBSECRETARÍA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL... 1. CATEGORÍA PROFESIONAL: ORDENANZAReal Decreto-Ley de 11 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 1929 de bases de puertos, zonas y depósitos francos. El Decreto de creación de la Zona ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ de 20 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 1947. 2. CATEGORÍA PROFESIONALEstatuto Fundacional y Reglamento Orgánico del Consorcio de la Zona ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇. 3. La Constitución: AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A.concepto. Caracteres de la Constitución de 1978. Estructura. La definición del Estado español como social, democrático y de derecho. Los valores superiores del ordenamiento jurídico. 4. Título I de la Constitución (I): Derechos fundamentales y libertades públicas: contenido esencial y principales leyes de desarrollo. Su consideración en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Sistemas de protección jurisdiccional. 5. Título I de la Constitución (II). Derechos y deberes y de los ciudadanos. Principios rectores de la políticas social y económica. 6. La Constitución en el sistema ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ del derecho. Leyes orgánicas y ordinarias. Los tratados internacionales. El principio de reserva ▇▇ ▇▇▇. Principios informadores de las relaciones entre el ordenamiento estatal, autonómico y local. 7. Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado. Organización central. Organismos públicos, organismos autónomos. Entidades públicas empresariales. 8. Sometimiento de la Administración a la ley y al derecho. Fuentes de derecho público.

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Sources: Resolution of the Special Delegate of the State in the Consortium of the Free Zone of Vigo

Norma final. 9.1. La presente convocatoria y cuantos actos adminis- trativos se deriven de ella podrán ser impugnados en los casos y forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativaesta Resolución, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Sala el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior Administrativo, de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del/de la recurrente, conformidad con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1 segunda y 46 el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora regu- ladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa oAdministrativa (Boletín Oficial del Estado del 14), potestativamente y con carácter previo, sin perjuicio de que alternativamente se pueda presentar recurso administrativo de reposición contra esta Reso- lución, en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictódicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso con- tencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 116 y 124 siguientes de la Ley 39/201530/1992, de 1 26 de octubrenoviembre, del Procedimiento Administrativo Común de Régimen Jurídico de las Administraciones PúblicasPúblicas y del Procedimiento Admi- nistrativo Común, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido modificada por la desestimación presunta del mismo. En Madrid, a fecha de firma electrónica EL SUBSECRETARIO P.D. Orden EFP/43/2021Ley 4/1999, de 21 13 de enero (B.O.E. Boletín Oficial del 26) LA SUBDIRECTORA GENERAL Código seguro Estado del 14). Asimismo, la Uni- versidad podrá, en su caso, procedera la revisión de Verificación : GEN-ed49-a17c-6563-7e08-16db-f064-2c5c-a5b2 | Puede verificar la integridad las reso- luciones del Tribunal Calificador de este documento las pruebas, conforme a lo establecido en la siguiente dirección : ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇.citada Ley 30/1992. Sevilla, 31 de julio de 2003.- El Rector, ▇▇▇▇▇▇▇ Madrid ▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇... MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL SUBSECRETARÍA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL . Referencia convocatoria: 14/03. Número de plazas: 1. CATEGORÍA PROFESIONALDenominación: ORDENANZA 2Titulado Superior. CATEGORÍA PROFESIONAL(Asesoría jurídica). Grupo según Convenio Colectivo: AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A.Grupo I. Régimen: Personal laboral fijo.

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Sources: Regulation

Norma final. Contra la presente convocatoriaesta convocatoria se podrá interponer, que pone fin a la vía administrativacon carácter potestativo recurso de reposición, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, publicación ante la Sala el mismo órgano que lo dictó; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo ▇▇ ▇▇▇▇▇, en el plazo de dos meses a partir del Tribunal Superior día siguiente al de Justicia la publicación. No obstante se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime procedente. Igualmente, los actos del órgano de selección, podrán ser objeto de recurso de alzada en el plazo de un mes desde la fecha de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior publicación. Contra los demás actos de Justicia trámite podrán interponer las personas interesadas escrito de Madridalegaciones en un plazo ▇▇ ▇▇▇▇ días hábiles desde la fecha de su publicación. Nº 41.571 Para general conocimiento, a elección del/se hace público que por laAlcaldía-Presidencia, con fecha 4 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 2020, se ha dictado Decreto número 2020- 5128, con el siguiente contenido: “D. ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO ▇▇ ▇▇▇▇ en virtud de las facultades que me están conferidas por el Artº 21 de la recurrenteLey 7/1.985, de 2 ▇▇ ▇▇▇▇▇, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Artº 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, R.D. 2568/1.986. Estando previsto que esta Alcaldía se ausente durante los días del siete al veintitrés ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 2020. De conformidad con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) 21.3 y 14.1 segunda y 46 23.3 de la Ley 29/19987/1985, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. En Madrid, a fecha de firma electrónica EL SUBSECRETARIO P.D. Orden EFP/43/2021, de 21 de enero (B.O.E. del 26) LA SUBDIRECTORA GENERAL Código seguro de Verificación : GEN-ed49-a17c-6563-7e08-16db-f064-2c5c-a5b2 | Puede verificar la integridad de este documento en la siguiente dirección : 2 ▇▇ ▇▇▇▇▇, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 43 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y 51, 53 y 60 del Reglamento Orgánico Municipal. He resuelto dictar el siguiente DECRETO://▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇... MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL SUBSECRETARÍA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL 1. CATEGORÍA PROFESIONAL: ORDENANZA 2. CATEGORÍA PROFESIONAL: AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A.

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Sources: Convenio Urbanístico