Método de Medida Cláusulas de Ejemplo

Método de Medida. El indicador se obtiene a partir de los valores puntuales del parámetro evaluado sobre el terreno en la muestra seleccionada. La población de muestreo se obtendrá a partir de los registros en conservación con presencia de macizos arbustivos, setos, borduras y tapizantes. La superficie máxima a evaluar en cada parcela de muestreo es de 100 m². La población de muestreo estará formada por parcelas que se definirán tomando completos aquellos registros cuya superficie sea inferior a 100 m² y dividiendo en parcelas según una malla cuadrada con superficie máxima de luz de 100 m² los que sean mayores que esta superficie. Entre todas las parcelas así definidas se elegirán las parcelas de muestreo de forma aleatoria, asegurando la máxima variabilidad de tipologías. La muestra se aplicará sobre todas las superficies con macizos arbustivos, setos, borduras y tapizantes en conservación municipal, siempre que no haya una comunicación previa de la empresa al Ayuntamiento en la que se manifieste una situación excepcional y esta circunstancia sea aceptada por el Ayuntamiento. El Ayuntamiento seleccionará y comunicará periódicamente a la empresa, las parcelas de muestreo para el estudio del indicador. Esta será la encargada de realizar con sus propios medios la toma de datos. La toma de datos podrá distribuirse a lo largo de todas las semanas del mes y a lo largo de todos los días laborables de la semana según la planificación establecida por el Ayuntamiento. La empresa facilitará los resultados del control de calidad, en el formato que estimen los Servicios Municipales y con una periodicidad diaria.
Método de Medida. La unidad más pequeña sobre la que se aplique la medida es el kilómetro (o la unidad de elemento, en el caso de estructuras y señales verticales), definiéndose para éste los valores mínimos o máximos puntuales, en tanto para cada Sector se aplican los valores mínimos o máximos promedio. Las mediciones serán realizadas por la Interventoría con equipos propios, o en casos extraordinarios solicitando la colaboración del Concesionario con equipos de éste. Las mediciones de IRI, fricción y demás, serán realizadas utilizando equipos de alto rendimiento calibrados adecuadamente para las mediciones. Para garantizar el estado de calibración de los equipos, se deben establecer dentro del Sector pistas de calibración que deben ser empleadas como parte del proceso de validación de equipos. Estas pistas se deben examinar de manera periódica, para determinar su estado pudiendo estar ubicadas inicialmente en las calzadas principales y posteriormente en las vías de servicio, en aquellas secciones de proyecto en que las hubiere, una vez éstas se construyan. Lo importante en todo caso es que se trate de sitios bien definidos. La inspección del drenaje, se hará considerando el estado aparente determinado por inspección visual de las cunetas, alcantarillas, encoles y descoles. En algunos sitios el análisis hidráulico respectivo podrá determinar procedimientos de evaluación específicos sin perjuicio de lo anterior.
Método de Medida. El control de calidad se realizará mediante visitas conjuntas de los Servicios Municipales y de la empresa contratista. Se seleccionará de forma aleatoria un punto (con sistema xx xxxxx) a inspeccionar. Se evaluará la limpieza de la acometida, todas las arquetas y todas las bocas xx xxxxx que se encuentren en dicho tramo de red. Asimismo serán objeto de evaluación mediante muestreo aleatorio las arquetas, bocas xx xxxxx y acometidas que no den servicio a zonas verdes y se encuentren en la vía pública. Para ello, se seleccionará de forma aleatoria un elemento de la red xx xxxxx a partir del cual se inspeccionarán todos los elementos localizados en los 100 metros de red anteriores y posteriores al elemento seleccionado, tanto del ramal en el que se sitúa dicho elemento como de los ramales que se deriven o acometan a él. En caso de no encontrarse elementos en ese tramo, se realizará inspección de los primeros elementos encontrados fuera del tramo. El Servicio Municipal realizará la verificación de los aspectos recogidos en el punto anterior de forma visual de los elementos. El tamaño mínimo de muestra será de 1 tramo seleccionado por distrito y mes durante el periodo de noviembre x xxxxx, ambos inclusive y de 2 tramos por distrito y quincena durante el periodo xx xxxx a octubre ambos inclusive.
Método de Medida. Se contrastará mediante un proceso de cálculo informático la fecha límite prevista para la ejecución de las órdenes y la fecha real de ejecución facilitada por la empresa y/o por los Servicios Municipales.
Método de Medida. El indicador se obtiene a partir del parámetro evaluado sobre el terreno en la muestra seleccionada. Los Servicios Municipales evaluarán al menos el 10% de los programas ejecutados y comunicados al Ayuntamiento. En el mes en curso. Podrán elegir el número de labores y las labores concretas sobre las que se obtiene la muestra. Se considerarán parcialmente ejecutados aquellos programas cuyo ámbito de ejecución en la realidad no coincida estrictamente con el comunicado al Ayuntamiento, o cuya ejecución no haya sido concluida. Dado que la información sobre las ejecuciones realizadas se facilitará por la empresa a semana vencida, las comprobaciones municipales se verificarán al menos en la semana siguiente a su realización.
Método de Medida. Se contrastará mediante un proceso de cálculo la fecha límite de resolución de las averías registradas en el sistema de control de avisos y peticiones y la fecha real de ejecución facilitada por la empresa y/o por los Servicios Municipales.
Método de Medida. El control de calidad se realizará mediante visitas conjuntas del personal municipal y de la empresa contratista. Se seleccionará de forma aleatoria un punto de una zona verde (con sistema xx xxxxx), definiéndose la parcela de muestreo como un buffer respecto al punto elegido de radio 25 m. Se evaluará el estado de los emisores incluidos en dicha parcela y todas las arquetas, todos los programadores, todas las bocas xx xxxxx y acometidas que se encuentren en dicho tramo de red. Asimismo serán objeto de evaluación mediante muestreo aleatorio las arquetas, bocas xx xxxxx y acometidas que no den servicio a zonas verdes y se encuentren en la vía pública. Para ello, se seleccionará de forma aleatoria un elemento de la red xx xxxxx a partir del cual se inspeccionarán todos los elementos localizados en los 250 metros de red anteriores y posteriores al elemento seleccionado, tanto del ramal en el que se sitúa dicho elemento como de los ramales que se deriven o acometan a él. En caso de no encontrarse elementos en ese tramo, se realizará inspección los primeros elementos encontrados fuera del tramo. Los Servicios Municipales realizarán la verificación de los aspectos recogidos en el punto anterior de forma visual. El tamaño mínimo de muestra será de 1 tramo seleccionado por distrito y mes durante el periodo de noviembre x xxxxx, ambos inclusive, y de 2 tramos por distrito y quincena durante el periodo xx xxxx a octubre ambos inclusive.
Método de Medida. Se visitarán al menos el 5% de las áreas infantiles con pavimento de arena incluidas en el ámbito territorial del contrato (contemplando todos los distritos de la zona), comprobándose el estado en el que se encuentra la arena de las mismas. En cada muestra se tendrá en consideración toda la superficie del área infantil. Se comprobará la presencia/ausencia del conjunto de incumplimientos que componen el Indicador anteriormente indicado. Para la cumplimentación de los datos se marcará uno, varios o ninguno de los incumplimientos siguientes: Presencia de malas hierbas: se considerará este incumplimiento en caso de que en la superficie del área infantil se observe la presencia de malas hierbas. Arena sin extender fuera de las áreas de seguridad: se considerará este incumplimiento en caso de que en el área infantil se observe que en la superficie de la misma, fuera de las áreas de seguridad de los elementos que la componen, la arena no se encuentre suficientemente extendida. Arena sin extender en las áreas de seguridad y/o falta de arena en los areneros de juego: se considerará este incumplimiento en caso de que en el área infantil se observe que en las áreas de seguridad de los elementos la arena no se encuentre suficientemente extendida ni uniforme, especialmente en la salida de los toboganes, bajo los columpios y bajo los elementos de juego giratorios. También se considerará este incumplimiento en caso de que falte arena en los areneros de juego de las áreas que tengan instalado este tipo de elemento. Falta de arena, presencia de huecos o partes de suelo compactadas: se considerará este incumplimiento en caso de que en la superficie del área infantil (en cualquier parte de la misma) se observe que falta arena, existen huecos o irregularidades en la misma, o la arena se encuentre compactada. Afloramiento de piedras, cascotes, etc. en cualquier parte del área: se considerará este incumplimiento en caso de que en la superficie del área infantil (en cualquier parte de la misma) se observe que afloran piedras, cascotes o cualquier otro tipo de elemento sobre la superficie. Movimiento de la arena de las áreas infantiles según planning: se considerará este incumplimiento en caso de que se observe que no se ha producido el movimiento de la arena en el periodo previsto. Observaciones: se detallarán las causas que llevan al Servicio Municipal a marcar el incumplimiento.
Método de Medida. Se comparará el número de quejas recibidas en referencia a las prestaciones incluidas en este contrato, en un trimestre con el mismo trimestre del año anterior. Durante el primer año del contrato se recogerán las quejas del máximo número de meses disponibles. La fórmula de cálculo será: I1= (Qtaa – Qtac)/ Qtaa Qtaa: Nº quejas del trimestre del año anterior. Qtac; Nº quejas del trimestre del año en curso. Si el numero de quejas del trimestre del año en curso en inferior al numero de quejas del trimestre del año anterior I1=0

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.