MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES. Queda convenido entre las partes contratantes que si el AUDITOR no entrega el producto final en el plazo establecido en el contrato, se constituirá en xxxx sin necesidad de ningún previo requerimiento del CONTRATANTE, obligándose por el sólo vencimiento del plazo a pagar por cada día calendario de retrazo en el cumplimiento del contrato, una multa equivalente al medio por ciento (0.5 %) del monto de los servicios, por cada día calendario de atraso. En caso de no subsanar las observaciones efectuadas por la CONTRAPARTE en el plazo establecido en la CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA, NUMERAL 28.1 se aplicará la multa del medio por ciento (0.5 %) del monto total de los servicios, por cada día calendario de atraso. Estas multas serán descontadas antes del pago final.
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Samples: Contrato De Administracion De Saldos De Cartera, Contrato De Prestamo Cfa, Carta De Presentación De La Propuesta Técnica
MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES. Queda convenido entre las partes contratantes que si el AUDITOR no entrega el producto final en el plazo establecido en el contrato, se constituirá en xxxx sin necesidad de ningún previo requerimiento del CONTRATANTE, obligándose por el sólo vencimiento del plazo a pagar por cada día calendario de retrazo retraso en el cumplimiento del contrato, una multa equivalente al medio por ciento (0.5 %) del monto de los servicios, por cada día calendario de atraso. En caso de no subsanar las observaciones efectuadas por la CONTRAPARTE en el plazo establecido en la CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA, NUMERAL 28.1 se aplicará la multa del medio por ciento (0.5 %) del monto total de los servicios, por cada día calendario de atraso. Estas multas serán descontadas antes del pago final.
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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta Técnica, Carta De Presentación De La Propuesta Técnica
MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES. Queda convenido entre las partes contratantes PARTES que si el AUDITOR no entrega el producto final los productos finales en el plazo establecido los plazos establecidos en el contrato, se constituirá en xxxx sin necesidad de ningún previo requerimiento del CONTRATANTE, obligándose por el sólo vencimiento del plazo a pagar por cada día calendario de retrazo retraso en el cumplimiento del contrato, una multa equivalente al medio cero punto veinticinco por ciento (0.5 0.25 %) del monto total de los servicios, por cada día calendario de atraso. En caso de no subsanar las observaciones efectuadas por la CONTRAPARTE en el plazo establecido en la CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVACláusula Vigésima Séptima, NUMERAL 28.1 numeral 27.1 se aplicará la multa del medio xxx xxxx punto veinticinco por ciento (0.5 0.25 %) del monto total de los servicios, por cada día calendario de atraso. Estas multas serán descontadas antes del pago final.
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