Common use of MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES Clause in Contracts

MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES. Queda convenido entre las partes CONTRATANTES, que una vez suscrito el presente contrato, el Cronograma de Ejecución de Obra propuesto será ajustado en función de la fecha de emisión de la Orden de Proceder, dentro de los quince (15) días calendario subsiguientes a la emisión de la Orden de Proceder y será presentado para su aprobación al SUPERVISOR. En caso de que el CONTRATISTA no cumpla con la presentación en el plazo determinado se tomará como valido el Cronograma de ejecución de obra de su propuesta el cual será actualizado por el SUPERVISOR en un plazo de cinco (5) días calendario. Una vez, aprobado o validado, el Cronograma de ejecución de obra por el SUPERVISOR, según sea el caso y aceptado por el CONTRATANTE, constituye un documento fundamental del presente Contrato a los fines del control mensual del AVANCE DE LA OBRA para la aplicación de las retenciones parciales (o multa) correspondiente, así como de control del plazo total. A los efectos de aplicarse morosidad en la ejecución de la obra, el CONTRATISTA y el SUPERVISOR deberán tener muy en cuenta el plazo estipulado en el Cronograma de ejecución de obra, si se presentase morosidad y atraso respecto al Cronograma de ejecución de obra, se constituirá en xxxx sin necesidad de ningún previo requerimiento del CONTRATANTE obligándose por el sólo hecho del incumplimiento al Cronograma de Ejecución de Obra a pagar, una retención parcial por cada periodo de atraso acumulativo equivalente a:

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MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES. Queda convenido entre las partes CONTRATANTEScontratantes, que una vez suscrito salvo casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados por la CONTRAPARTE, se aplicarán por cada periodo de retraso las siguientes multas: Equivalente al 3 por 1.000 del monto total del Contrato, por cada día de atraso desde el presente contratodía 1 hasta el día 30 de atraso. Equivalente al 4 por 1.000 del monto total del Contrato, por cada día de atraso desde el Cronograma día 31 en adelante. Las causales para la aplicación de Ejecución de Obra propuesto será ajustado multas son las siguientes: Cuando el CONSULTOR, no entregara los productos establecidos en función de la fecha de emisión de la Orden de Proceder, cláusula Vigésima Séptima dentro de los quince (15) días calendario subsiguientes a la emisión de la Orden de Proceder y será presentado para su aprobación al SUPERVISOR. En caso de que el CONTRATISTA no cumpla con la presentación plazos previstos en el plazo determinado se tomará como valido cronograma, Cuando el Cronograma de ejecución de obra de su propuesta el cual será actualizado por el SUPERVISOR en un plazo CONSULTOR demorará más de cinco (5) días calendario. Una vezhábiles en responder las consultas formuladas por escrito por la ENTIDAD o por la CONTRAPARTE, aprobado o validado, en asuntos relacionados con el Cronograma de ejecución de obra por el SUPERVISOR, según sea el caso y aceptado por el CONTRATANTE, constituye un documento fundamental objeto del presente Contrato a los fines del control mensual del AVANCE DE LA OBRA para contrato. De establecer la CONTRAPARTE que por la aplicación de las retenciones parciales multas por moras se ha llegado al límite xxx xxxx por ciento (o multa10%) correspondientedel monto total del Contrato, así como podrá iniciar el proceso de control resolución del plazo total. A los efectos de aplicarse morosidad Contrato, conforme a lo estipulado en la ejecución Cláusula Vigésima. De establecer la CONTRAPARTE que por la aplicación de multas por moras se ha llegado al límite máximo del quince por ciento (15%) del monto total del Contrato, comunicará oficialmente esta situación a la ENTIDAD a efectos del procesamiento de la obraresolución del Contrato, el CONTRATISTA y el SUPERVISOR deberán tener muy en cuenta el plazo conforme a lo estipulado en la Cláusula Vigésima. Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por la CONTRAPARTE, con base en el Cronograma informe específico y documentado que formulará el mismo, bajo su directa responsabilidad, de ejecución los Certificados de obrapago mensuales o del Certificado de Liquidación Final, si se presentase morosidad sin perjuicio de que la ENTIDAD ejecute la Garantía de Cumplimiento de Contrato y atraso respecto proceda al Cronograma resarcimiento de ejecución daños y perjuicios por medio de obrala acción coactiva fiscal por la naturaleza del Contrato, se constituirá conforme lo establecido en xxxx sin necesidad el Artículo 47 de ningún previo requerimiento del CONTRATANTE obligándose por el sólo hecho del incumplimiento al Cronograma de Ejecución de Obra a pagar, una retención parcial por cada periodo de atraso acumulativo equivalente a:la Ley N° 1178.

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MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES. Queda convenido entre las partes CONTRATANTES, que una vez suscrito el presente contrato, el Cronograma de Ejecución ejecución de Obra obra propuesto será ajustado en función de la fecha de emisión de la Orden de Proceder, dentro de los quince (15) días calendario subsiguientes a la emisión de la Orden de Proceder y será presentado para su aprobación al SUPERVISOR. En caso de que el CONTRATISTA no cumpla con la presentación en el plazo determinado se tomará como valido el Cronograma de ejecución de obra de su propuesta el cual será actualizado por determinado, el SUPERVISOR en un plazo de cinco (5) días calendario. Una vez, aprobado o validado, hábiles actualizará el Cronograma de ejecución Ejecución de obra Obra en base al de la propuesta adjudicada. Una vez actualizado y aprobado el Cronograma de Ejecución de Obra por el SUPERVISOR, según sea el caso SUPERVISOR y aceptado aceptada por el CONTRATANTEla ENTIDAD, constituye un documento fundamental del presente Contrato a los fines del control mensual del AVANCE DE LA OBRA para la aplicación de las retenciones parciales (o multa) correspondienteOBRA, así como de control del plazo totaltotal y cuando corresponda la aplicación de multas. A los efectos de aplicarse morosidad en la ejecución de la obra, el CONTRATISTA y el SUPERVISOR deberán tener muy en cuenta el plazo estipulado en el Cronograma de Ejecución de la Obra para cada actividad, por cuanto si el plazo previsto para la ejecución de obraalgún hito verificable fenece sin que se haya concluido el mismo en su integridad y en forma satisfactoria, si se presentase morosidad y atraso respecto al Cronograma de ejecución de obra, el CONTRATISTA se constituirá en xxxx sin necesidad de ningún previo requerimiento del CONTRATANTE de la ENTIDAD obligándose a ésta última el pago de una multa por cada día calendario de retraso de acuerdo a la siguiente fórmula: Donde: El SUPERVISOR contabilizará la multa acumulada sumando las multas establecidas por cada Hito verificable incumplido, de acuerdo a la siguiente fórmula: De establecer el SUPERVISOR que la multa por el sólo hecho Hito verificable incumplido o la multa acumulada por xxxx es del incumplimiento 10% del monto total del Contrato, comunicará oficialmente esta situación a la ENTIDAD a efectos del procesamiento de la resolución del Contrato, si corresponde, conforme a lo estipulado en este mismo documento. Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por el SUPERVISOR, bajo su directa responsabilidad, de los Certificados o Planillas de pago mensuales o del Certificado de liquidación final, sin perjuicio de que la ENTIDAD ejecute la garantía de Cumplimiento de Contrato y proceda al Cronograma resarcimiento de Ejecución daños y perjuicios por medio de Obra a pagarla acción coactiva fiscal por la naturaleza del Contrato, una retención parcial por cada periodo conforme lo establecido en el Art. 47 de atraso acumulativo equivalente a:la Ley 1178.

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MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES. Queda convenido entre las partes CONTRATANTES, que una Una vez suscrito el presente contrato, el Cronograma de Ejecución de Obra obra propuesto será ajustado en función de la fecha de emisión de la Orden de Proceder, dentro de los quince tres (153) días calendario calendarios subsiguientes a la emisión de la Orden de Proceder y será presentado para su aprobación al SUPERVISORa la SUPERVISIÓN. En caso de que el CONTRATISTA la empresa contratada no cumpla con la presentación en el plazo determinado determinado, se tomará como valido válido el Cronograma de ejecución de obra de su propuesta propuesta, el cual será actualizado por el SUPERVISOR la SUPERVISIÓN en un plazo de cinco dos (52) días calendario. Una vez, aprobado o validado, el Cronograma de ejecución de obra por el SUPERVISOR, la SUPERVISIÓN – según sea el caso y aceptado por el CONTRATANTE, constituye un documento fundamental del presente Contrato documento a los fines del control mensual del AVANCE DE LA OBRA para la aplicación de las retenciones parciales (o multa) correspondientemultas correspondientes, así como de control del plazo total. A los efectos de aplicarse morosidad en la ejecución de la obra, el CONTRATISTA la empresa contratada y el SUPERVISOR la SUPERVISIÓN deberán tener muy en cuenta el plazo estipulado en el Cronograma de ejecución de obra, si el plazo total fenece sin que se presentase morosidad haya concluido la Obra en su integridad y en forma satisfactoria con un porcentaje de atraso respecto menor o igual al Cronograma 20%, la SUPERVISIÓN comunicará oficialmente esta situación al CONTRATANTE adicionalmente se aplicaran multas por incumplimiento al contrato hasta la Entrega Provisional, para lo cual se aplicará una multa equivalente al 1% del monto total del Contrato por cada día (calendario) de atraso hasta la entrega Provisional, cuya sumatoria no deberá exceder el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato. Las multas serán cobradas de acuerdo al informe de la supervisión. En caso de Resolución del Contrato cuando el porcentaje de atraso es mayor o igual al 20%, la SUPERVISIÓN comunicará oficialmente esta situación al CONTRATANTE. En caso que durante la ejecución de obrala obra se requiera la realización de trabajos no consignados en los ítems de contrato, se constituirá los precios para cualquier nuevo ítem de trabajo, serán convenidos de mutuo acuerdo, pero no podrán exceder del costo calculado por la SUPERVISION en más xxx xxxx sin necesidad por ciento (10%). Los precios convenidos para cualquier nuevo ítem de ningún previo requerimiento trabajo y las modificaciones al plazo del CONTRATANTE obligándose Contrato, si corresponden deberán incorporarse al contrato, a través del instrumento correspondiente preparado con los sustentos técnicos y económicos respectivos por la SUPERVISION, que deberá ser aprobado por el sólo hecho del incumplimiento al Cronograma Fiscal de Ejecución de Obra a pagar, una retención parcial por cada periodo de atraso acumulativo equivalente a:Obra.

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Samples: Contrato Administrativo De, Contrato Administrativo De

MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES. Queda convenido entre las partes CONTRATANTES, que una vez suscrito el presente contrato, el Cronograma de Ejecución ejecución de Obra obra propuesto será ajustado en función de a la fecha establecida de emisión de la Orden de Proceder, dentro de los quince (15) días calendario subsiguientes a la emisión de la Orden de Proceder y será presentado para su aprobación al SUPERVISOR. En caso de que el CONTRATISTA no cumpla con la presentación en el plazo determinado se tomará como valido el Cronograma de ejecución de obra de su propuesta el cual será actualizado por determinado, el SUPERVISOR en un plazo de cinco (5) días calendario. Una vez, aprobado o validado, calendario actualizará el Cronograma de ejecución Ejecución de obra Obra en base al de la propuesta adjudicada. Una vez actualizado y aprobado el Cronograma de Ejecución de Obra por el SUPERVISOR, según sea el caso SUPERVISOR y aceptado aceptada por el CONTRATANTEla ENTIDAD, constituye un documento fundamental del presente Contrato a los fines del control mensual del AVANCE DE LA OBRA para la aplicación de las retenciones parciales (o multa) correspondienteOBRA, así como de control del plazo totaltotal y cuando corresponda la aplicación de multas. A los efectos de aplicarse morosidad en la ejecución de la obra, el CONTRATISTA y el SUPERVISOR deberán tener muy en cuenta el plazo estipulado en el Cronograma de Ejecución de la Obra para cada actividad, por cuanto si el plazo previsto para la ejecución de obraalgún hito verificable fenece sin que se haya concluido el mismo en su integridad y en forma satisfactoria, si se presentase morosidad y atraso respecto al Cronograma de ejecución de obra, el CONTRATISTA se constituirá en xxxx sin necesidad de ningún previo requerimiento de la ENTIDAD obligándose a ésta última, aplicar una multa por cada día calendario de retraso de acuerdo a la siguiente fórmula: Donde: El SUPERVISOR para efectos de control contabilizará la multa acumulada sumando las multas establecidas por cada Hito verificable incumplido, de acuerdo a la siguiente fórmula: De establecer el SUPERVISOR que la multa acumulada por xxxx es xxx xxxx por ciento (10%) o del CONTRATANTE obligándose veinte por ciento (20%) del monto total del Contrato, comunicará oficialmente esta situación a la ENTIDAD a efectos del procesamiento de la resolución del Contrato, si corresponde, conforme a lo estipulado en los incisos i) y j) del sub numeral 21.2.1 de la CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA. En todos los casos de resolución de contrato por causas atribuibles al CONTRATISTA, la ENTIDAD no podrá cobrar multas que excedan el veinte por ciento (20%) del monto total del contrato. Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por el sólo hecho SUPERVISOR, bajo su directa responsabilidad, en la Liquidación Final del incumplimiento Contrato, sin perjuicio de que la ENTIDAD ejecute la garantía de Cumplimiento de Contrato y/o proceda al Cronograma resarcimiento de Ejecución daños y perjuicios por medio de Obra la acción coactiva fiscal por la naturaleza del Contrato, conforme lo establecido en el Art. 47 de la Ley 1178. El CONTRATISTA se hará pasible a pagar, una retención parcial penalidad de Bs5.000,00 (Cinco Mil 00/100 Bolivianos) por cada periodo día calendario de atraso acumulativo equivalente en el plazo establecido por la SUPERVISIÓN para la Recepción Definitiva de la OBRA. Las referidas multas por atraso en la Recepción Definitiva no deben ser consideradas como parte de los porcentajes establecidos para la resolución del presente Contrato reguladas en los incisos i) y j) del Numeral 21.2.1 de la Cláusula Vigésima Primera del presente Contrato. El cobro de la multa se efectivizará a la Terminación del Contrato como parte de la liquidación. De establecer el SUPERVISOR incumplimiento por parte del CONTRATISTA también se aplicaran las siguientes multas: Multa por cambio de personal clave: El CONTRATISTA se hará pasible a la multa xxx xxxx punto cero cinco por ciento (0.05%) del monto total del presente Contrato, toda vez que solicite al CONTRATANTE, a través de la SUPERVISIÓN, autorización para sustituir a cualquier personal técnico clave, que habiendo sido evaluado en la calificación técnica de su propuesta, no ingrese a prestar servicios o que prestando servicios, sea sustituido por cualquier causa, excepto incapacidad física del profesional, caso de muerte o rendimiento bajo por causas de salud. En cualquiera de los casos el CONTRATISTA deberá acreditar oportunamente con los certificados respectivos la causa aducida. El profesional sustituyente debe cumplir los requisitos de la convocatoria o superiores. Multa por llamada de atención El CONTRATISTA se hará pasible a la multa xxx xxxx punto cero cinco por ciento (0,05%) del monto total del presente Contrato, toda vez que el CONTRATANTE, haga conocer su tercera llamada de Atención mediante la SUPERVISIÓN o la unidad que administra el Contrato. El SUPERVISOR podrá emitir llamada de atención al CONTRATISTA por incumplimiento en: Incorporación del personal propuesto, en el plazo previsto. Incumplimiento en la cantidad y/o plazo de movilización del equipo comprometido en su propuesta. Incumplimiento a las instrucciones impartidas por la SUPERVISIÓN. Las multas por cambio de personal clave y por llamada de atención no deben ser consideradas como parte de los porcentajes establecidos para la resolución de contrato reguladas en los incisos i) y j) del Sub numeral 21.2.1 de la cláusula VIGÉSIMA PRIMERA del presente contrato. El cobro de la multa se efectivizará a la terminación del contrato (Por cumplimiento de contrato o por resolución del mismo) como parte de la liquidación. (Xxxxxxxx el siguiente texto cuando el proponente adjudicado NO haya sido beneficiado con el margen de preferencia por la generación de empleo). Sin perjuicio de las multas señaladas precedentemente, en caso de advertirse incumplimiento a lo establecido en el Formulario A-10, se aplicará una multa de acuerdo a lo siguiente: Cuando el contrato termine por cumplimiento del mismo: Al doble de la diferencia entre el monto total por generación adicional de empleo ( ) y el monto efectivamente ejecutado establecido en el informe del SUPERVISOR, previsto en el inciso h) del sub numeral 26.3 de la cláusula VIGÉSIMO SEXTA, de acuerdo a la siguiente formula: Donde: Cuando el contrato termine por resolución del mismo: Al doble de la diferencia entre el monto correspondiente a la generación adicional de empleo al momento de la resolución ( ) y el monto efectivamente ejecutado establecido en el informe del SUPERVISOR, previsto en el inciso h) del sub numeral 26.3 de la cláusula VIGÉSIMO SEXTA, de acuerdo a la siguiente formula: Donde: Las multas señaladas en los incisos a:) y b) descritos anteriormente no deben ser consideradas como parte de los porcentajes establecidos para la resolución de contrato reguladas en los incisos i) y j) del Sub numeral 21.2.1 del presente contrato. El cobro de la multa se efectivizará a la terminación del contrato (Por cumplimiento de contrato o por resolución del mismo) como parte de la liquidación.

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Samples: www.bcb.gob.bo, www.bcb.gob.bo

MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES. Queda convenido entre las partes CONTRATANTES, que una vez suscrito el presente contrato, el Cronograma de Ejecución ejecución de Obra obra propuesto será ajustado en función de la fecha de emisión de la Orden de Proceder, dentro de los quince (15) días calendario subsiguientes a la emisión de la Orden de Proceder y será presentado para su aprobación al SUPERVISOR. En caso de que el CONTRATISTA no cumpla con la presentación en el plazo determinado se tomará como valido el Cronograma de ejecución de obra de su propuesta el cual será actualizado Una vez aprobado por el SUPERVISOR en un plazo de cinco (5) días calendario. Una vez, aprobado o validado, el Cronograma de ejecución de obra y aceptada por el SUPERVISOR, según sea el caso y aceptado por el CONTRATANTEla ENTIDAD, constituye un documento fundamental del presente Contrato a los fines del control mensual del AVANCE DE LA OBRA para la aplicación de las retenciones parciales (o multa) correspondienteOBRA, así como de control del plazo total. A los efectos de aplicarse morosidad en la ejecución de la obra, el CONTRATISTA y el SUPERVISOR deberán tener muy en cuenta el plazo estipulado en el Cronograma de ejecución de obrapara cada actividad, por cuanto si el plazo total fenece sin que se presentase morosidad haya concluido la Obra en su integridad y atraso respecto al Cronograma de ejecución de obraen forma satisfactoria, el CONTRATISTA se constituirá en xxxx sin necesidad de ningún previo requerimiento de la ENTIDAD obligándose a ésta última el pago de una multa por cada día calendario de retraso de acuerdo a la siguiente fórmula: Donde: De establecer el SUPERVISOR que por la aplicación de multas por moras por no conclusión de obra dentro del CONTRATANTE obligándose plazo previsto y que se ha llegado al límite máximo del 10% del monto total del Contrato, comunicará oficialmente esta situación a la ENTIDAD a efectos del procesamiento de la resolución del Contrato, si corresponde, conforme a lo estipulado en este mismo documento. Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por el sólo hecho SUPERVISOR, bajo su directa responsabilidad, de los Certificados o Planillas de pago mensuales o del incumplimiento Certificado de liquidación final, sin perjuicio de que la ENTIDAD ejecute la garantía de Cumplimiento de Contrato y proceda al Cronograma resarcimiento de Ejecución daños y perjuicios por medio de Obra a pagarla acción coactiva fiscal por la naturaleza del Contrato, una retención parcial por cada periodo conforme lo establecido en el Art. 47 de atraso acumulativo equivalente a:la Ley 1178.

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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta Y Declaración Jurada

MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES. Queda convenido entre las partes CONTRATANTESPartes, que una vez suscrito el presente contrato, el Cronograma de Ejecución de Obra propuesto será ajustado en función de la fecha de emisión de la Orden de Proceder, dentro de los quince (15) días calendario subsiguientes a la emisión de la Orden de Proceder y será presentado para su aprobación al SUPERVISOR. En caso de que el CONTRATISTA no cumpla se obliga a cumplir con la presentación lo estipulado en el plazo determinado se tomará como valido el Cronograma de ejecución de obra de su propuesta el cual será actualizado por el SUPERVISOR presente Contrato, sus documentos y en un la cláusula (Vigencia y Plazo) del Contrato, caso contrario la ENTIDAD aplicará las siguientes multas, conforme las Especificaciones Técnicas: Al incumplimiento del plazo de cinco entrega establecido, se aplicará una multa del 1% (5uno por ciento) días calendariosobre el importa total de la adjudicación por cada día calendario de retraso de manera independiente para cada ítem, computable a partir del primer día vencido el plazo. Una vez, aprobado o validado, el Cronograma de ejecución de obra De establecer la ENTIDAD que por el SUPERVISOR, según sea el caso y aceptado por el CONTRATANTE, constituye un documento fundamental del presente Contrato a los fines del control mensual del AVANCE DE LA OBRA para la aplicación de las retenciones parciales multas por xxxx se ha llegado al límite del 10% (o multadiez por ciento) correspondientedel monto total del Contrato, así como la ENTIDAD podrá iniciar el proceso de control resolución del plazo total. A los efectos de aplicarse morosidad Contrato, conforme a lo estipulado en la ejecución cláusula (Terminación del Contrato). De establecer la ENTIDAD que por la aplicación de multas por xxxx se ha llegado al límite del 20% (veinte por ciento) del monto total del Contrato, la ENTIDAD deberá iniciar el proceso de resolución del Contrato, conforme a lo estipulado en la cláusula (Terminación del Contrato). Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por la ENTIDAD, con base en el informe específico y documentado de los pagos o liquidación final emitido por el Fiscal del Servicio, sin perjuicio de que la ENTIDAD ejecute la garantía de cumplimiento de Contrato y la misma gestione el resarcimiento de daños y perjuicios por medio de la obrajurisdicción coactiva fiscal por la naturaleza del Contrato, el CONTRATISTA y el SUPERVISOR deberán tener muy en cuenta el plazo estipulado conforme lo establecido en el Cronograma Artículo 47 de ejecución de obra, si se presentase morosidad y atraso respecto al Cronograma de ejecución de obra, se constituirá en xxxx sin necesidad de ningún previo requerimiento del CONTRATANTE obligándose por el sólo hecho del incumplimiento al Cronograma de Ejecución de Obra a pagar, una retención parcial por cada periodo de atraso acumulativo equivalente a:la Ley 1178.

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