Common use of Materiales y/o equipos Clause in Contracts

Materiales y/o equipos. 24.1.1. El Proveedor se compromete a adoptar las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de las obligaciones que le correspondan por la aplicación de toda la legislación medioambiental vigente en Perú que le sea de aplicación, especialmente en lo referente al correcto envasado y etiquetado de los productos suministrados, (fecha de envasado, de fabricación, de caducidad del producto, etc.), así como en la retornabilidad de los envases de productos químicos, en aquellos casos en los que dichos productos estén considerados como sustancia o material peligroso según la legislación vigente, sin perjuicio de cualquier otro desarrollo legal que, en el futuro, se produzca sobre el particular, debiendo restaurar el daño que haya producido como consecuencia de cualquier incumplimiento de la normativa vigente que le sea aplicable. 24.1.2. EL Proveedor se compromete a suministrar, siempre que le sea posible, productos o materiales con etiqueta ecológica, con mayores eficiencias energéticas, con un periodo mayor de vida útil, con menor costo y con menor potencial de generación de residuos por caducidad del producto y costos de disposición final. 24.1.3. EL Proveedor se compromete a que los elementos utilizables en sus materiales y equipos no son cancerígenos ni inestables químicamente. . 24.1.4. El Proveedor respetará las limitaciones establecidas para la comercialización de las sustancias y materiales peligrosos definidos en la legislación aplicable, así como en cualquier otra modificación legal futura sobre el particular. En especial se acreditará la ausencia de PCB en el aceite de equipos, y la ausencia de CFC, HCFC, halones, etc., con restricciones comerciales. 24.1.5. El Proveedor será responsable de que el transporte cumpla lo establecido en la legislación aplicable. 24.1.6. La descarga de los productos o materiales se realizará de acuerdo a los procedimientos debidamente establecidos para cumplir con la normativa aplicable en cada jurisdicción para manipulación de sustancias peligrosas. 24.1.7. Siempre que le sea posible y aunque no esté obligado a ello por la legislación, el Proveedor reutilizará o reciclará los residuos generados por sus productos o materiales. 24.1.8. ENEL se reserva el derecho de realizar un seguimiento o control de la correcta gestión de los residuos por parte del Proveedor. 24.1.9. Si dentro del alcance del Contrato se incluye la adquisición de sustancias, como tales, en forma de mezclas o contenida en artículos, citando de forma indicativa y no limitativa los siguientes: 24.1.10. EL Proveedor asegurará el cumplimiento de la legislación vigente en materia de registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias y de preparados químicos, facilitando la hoja de seguridad (MSDS) en español, manipulación y almacenado de las sustancias o mezclas que suministre confeccionada conforme a la legislación vigente. La ficha de seguridad deberá recoger los usos que tendrán las sustancias o mezclas suministradas. 24.1.11. EL Proveedor se compromete a realizar la gestión de los envases vacíos en los que los haya suministrado, cumpliendo con lo estipulado en la legislación en la materia, comprometiéndose en cualquier caso a retirarlos cuando ENEL se lo solicite y los ponga a su disposición con tal fin, responsabilizándose totalmente del cumplimiento de la normativa aplicable para el transporte, tal como se recoge en los puntos anteriores. También será responsable de retirar los embalajes utilizados para el transporte en las condiciones y plazos que se establezcan en cada Contrato, o en el caso de no estar indicado, en las sucesivas entregas retirará embalajes de envíos anteriores cuando ENEL así lo requiera. 24.1.12. El Proveedor de equipos electrónicos cumplirá las condiciones impuestas por la legislación vigente para la disposición de residuos electrónicos. Se prestará especial atención a los contadores electrónicos, computadoras, y los equipos de control, los que el Proveedor está obligado a retirar al final de su vida útil estableciendo la logística adecuada de disposición final.

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Sources: Anexo v Perú, Anexo v Perú

Materiales y/o equipos. 24.1.1. El Proveedor PROVEEDOR se compromete a adoptar implementar todas las medidas oportunas necesarias para garantizar el estricto cumplimiento de las obligaciones que le correspondan por derivadas de la aplicación de toda la legislación medioambiental vigente en Perú todas las normas ambientales nacionales, tanto federales como estatales o municipales, requisitos y condiciones de licencias, concesiones, autorizaciones o norma técnicas que le sea sean de aplicaciónaplicación para el objetivo de sus servicios, especialmente en lo referente relación al correcto envasado y etiquetado embalaje e identificación de los productos suministrados, ofrecidos (fecha de envasadoembalaje, de fabricación, plazo de caducidad validez del producto, etc.), así como en la retornabilidad devolución o destino adecuado de los envases embalajes de productos químicos, en aquellos casos en los el caso de que dichos productos estén sean considerados como sustancia o material peligroso según peligrosos para la legislación vigente, sin perjuicio de cualquier otro desarrollo otra disposición legal que, que en el futuro, futuro se produzca emita sobre el particulartema, debiendo restaurar el reparar cualquier daño que haya producido causado como consecuencia de cualquier incumplimiento de la normativa vigente que le sea aplicablesus actividades. 24.1.2. EL Proveedor PROVEEDOR se compromete a suministrar, siempre que le sea posible, productos o materiales con etiqueta ecológica, con mayores eficiencias energéticas, con así como aquellos que tengan un periodo mayor de vida útil, o con menor costo consumo de energía, que suponen un menor coste y con tienen un menor potencial de generación de residuos por caducidad del producto y costos de disposición finale informar a ENEL tales adquisiciones. 24.1.3. EL Proveedor PROVEEDOR se compromete a que los elementos utilizables en sus materiales y equipos no son cancerígenos ni inestables químicamente. . 24.1.4. El Proveedor PROVEEDOR respetará las limitaciones establecidas para la comercialización de las sustancias y materiales preparados peligrosos definidos fijadas en la legislación aplicablelegislación, así como en cualquier otra modificación legal futura sobre el particular. En especial se acreditará la ausencia de PCB en el aceite de equipos, y la ausencia de CFC, HCFC, halones, etc., con restricciones comerciales. 24.1.5. El Proveedor será responsable de Es responsabilidad del PROVEEDOR velar para que todo el transporte cumpla lo establecido en de personas, materiales y residuos, respete las disposiciones establecidas por la legislación aplicablede aplicación. 24.1.6. La descarga de los productos o materiales se realizará de acuerdo a los procedimientos debidamente establecidos para cumplir con la normativa aplicable en cada jurisdicción para manipulación de sustancias peligrosas. 24.1.7. Siempre que le sea posible y aunque no esté obligado a ello por la legislación, el Proveedor PROVEEDOR reutilizará o reciclará los residuos generados por sus productos o materiales. 24.1.824.1.7. ENEL se reserva el derecho de realizar un seguimiento o control de la correcta gestión de los residuos por parte del ProveedorPROVEEDOR. 24.1.924.1.8. Si dentro del alcance del Contrato se incluye la adquisición de sustancias, como tales, en forma de mezclas o contenida en artículos, citando de forma indicativa y no limitativa los siguientes: 24.1.10. EL Proveedor asegurará :  aceites aislantes,  aceites lubricantes,  grasas,  tintas (incluidos el “Toner”) y barnices,  solventes,  productos químicos,  baterías eléctricas,  gases (en botellas o en equipos)  Combustibles (gasolina, diesel y otra)  Reactivos de laboratorio  Productos de limpieza El PROVEEDOR confirmará el cumplimiento de la legislación vigente en materia de registro, evaluación, autorización autorizaciones, licencias y restricción restricciones de sustancias y de preparados químicospreparaciones químicas, facilitando suministrando la hoja ficha de seguridad (MSDS) en españolseguridad, garantizando la manipulación y almacenado de las sustancias o mezclas que suministre confeccionada el almacenamiento conforme a las normas pertinentes. El PROVEEDOR deberá asegurarse de que la legislación vigenteFicha de Seguridad de cada producto químico esté disponible en el lugar de uso y almacenamiento del mismo.. 24.1.9. La ficha de seguridad deberá recoger los usos que tendrán las sustancias o mezclas suministradas. 24.1.11. EL Proveedor El PROVEEDOR se compromete a realizar la gestión de gestionar los envases embalajes vacíos en los que los haya suministradocuales se entregó el producto, cumpliendo con lo estipulado en establecido por la legislación en la materia, comprometiéndose en cualquier caso a retirarlos cuando ENEL se lo solicite y los ponga a su disposición con tal finsolicite, responsabilizándose totalmente del cumplimiento asumiendo la total responsabilidad por la observación de la normativa aplicable para el las normas obligatorias aplicables al transporte, tal como se recoge indicado en los puntos las cláusulas anteriores. También será responsable de estará obligado a retirar los embalajes utilizados para el transporte en las condiciones y plazos que se establezcan establecidos en cada Contrato, o en el caso de no estar indicadoausencia de plazos, en las sucesivas entregas retirará embalajes de envíos anteriores cuando ENEL así lo requiera. 24.1.12solicite ENEL. El Proveedor PROVEEDOR de equipos electrónicos cumplirá las condiciones impuestas por la legislación vigente para la disposición de residuos electrónicosvigente. Se prestará especial atención a los contadores electrónicos, computadorasordenadores, y los equipos de controlcontrol instalaciones, para los que el Proveedor está PROVEEDOR vendrá obligado a retirar su retirada al final de su vida útil estableciendo la logística adecuada de disposición finalinversa o destino como la legislación sin coste para ENEL.

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Sources: Purchase Agreement

Materiales y/o equipos. 24.1.1. 24.1.1 El Proveedor PROVEEDOR se compromete a adoptar las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de las obligaciones que le correspondan por la aplicación de toda la legislación medioambiental vigente en Perú nacional, provincial y municipal que le sea de aplicación, especialmente en lo referente al correcto envasado y etiquetado de los productos suministrados, suministrados (fecha de envasado, de fabricación, de caducidad del producto, etc.), así como en la retornabilidad de los envases de productos químicos, en aquellos casos en los que dichos productos estén considerados como sustancia o material preparado peligroso según la legislación vigente, sin perjuicio de cualquier otro desarrollo legal que, en el futuro, se produzca sobre el particular, debiendo restaurar el daño que haya producido como consecuencia de cualquier incumplimiento de la normativa vigente que le sea aplicable. 24.1.2. 24.1.2 EL Proveedor PROVEEDOR se compromete a suministrar, siempre que le sea posible, productos o materiales con etiqueta ecológica, con mayores eficiencias energéticas, con así como aquellos que tengan un periodo mayor de vida útil, con que suponen un menor costo y con tienen un menor potencial de generación de residuos por caducidad del producto y costos de disposición finalproducto. 24.1.3. 24.1.3 EL Proveedor PROVEEDOR se compromete a que los elementos utilizables en sus materiales y equipos no son cancerígenos ni inestables químicamente. . 24.1.4. 24.1.4 El Proveedor PROVEEDOR respetará las limitaciones establecidas para la comercialización de las sustancias y materiales preparados peligrosos definidos fijadas en la legislación aplicablelegislación, así como en cualquier otra modificación legal futura sobre el particular. En especial se acreditará la ausencia de PCB en el aceite de equipos, y la ausencia de CFC, HCFC, halones, etc., con restricciones comerciales. 24.1.5. 24.1.5 El Proveedor PROVEEDOR será responsable de que el transporte cumpla lo establecido en la legislación aplicable. 24.1.6. 24.1.6 La descarga de los productos o materiales se realizará de acuerdo a los procedimientos debidamente establecidos para cumplir con la normativa aplicable en cada jurisdicción para manipulación de sustancias peligrosas. 24.1.7. 24.1.7 Siempre que le sea posible y aunque no esté obligado a ello por la legislación, el Proveedor PROVEEDOR reutilizará o reciclará los residuos generados por sus productos o materiales. 24.1.8. 24.1.8 ENEL se reserva el derecho de realizar un seguimiento o control de la correcta gestión de los residuos por parte del ProveedorPROVEEDOR. 24.1.9. 24.1.9 Si dentro del alcance del Contrato se incluye la adquisición de sustancias, como tales, en forma de mezclas o contenida en artículos, citando de forma indicativa y no limitativa los siguientes::  aceites aislantes,  aceites lubricantes,  grasas,  pinturas, tintas (incluidos el “Tóner”) y barnices,  disolventes,  productos químicos,  baterías eléctricas,  gases (en botellas o en equipos).  Combustibles (gasoil, fuel-oíl).  Reactivos de laboratorio.  Productos de limpieza. 24.1.10. 24.1.10 EL Proveedor asegurará el cumplimiento de PROVEEDOR deberá cumplir la legislación vigente en materia de registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias y de preparados químicos, facilitando la hoja ficha de seguridad (MSDS) en españolseguridad, manipulación y almacenado de las sustancias o mezclas que suministre confeccionada conforme a la legislación vigente. La ficha de seguridad deberá recoger los usos que tendrán las sustancias o mezclas suministradas. 24.1.11. 24.1.11 EL Proveedor PROVEEDOR se compromete a realizar la gestión de los envases vacíos en los que los haya suministrado, cumpliendo con lo estipulado en la legislación en la materia, comprometiéndose en cualquier caso a retirarlos cuando ENEL se lo solicite y los ponga a su disposición con tal fin, responsabilizándose totalmente del cumplimiento de la normativa aplicable preceptiva para el transporte, tal como se recoge en los puntos anteriores. También será responsable vendrá obligado a la retirada de retirar los embalajes utilizados para el transporte en las condiciones y plazos que se establezcan en cada Contrato, o en el caso de no estar indicado, en las sucesivas entregas retirará embalajes de envíos anteriores cuando ENEL así lo requiera. 24.1.12. 24.1.12 El Proveedor PROVEEDOR de equipos electrónicos cumplirá las condiciones impuestas por la legislación vigente para la disposición de residuos electrónicosvigente. Se prestará especial atención a los contadores electrónicos, computadorasordenadores, y los equipos de controlcontrol instalaciones, para los que el Proveedor está PROVEEDOR vendrá obligado a retirar su retirada al final de su vida útil estableciendo la logística adecuada de disposición finalaprovechamiento del retorno de los suministros sin costo para ENEL.

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Sources: Anexo Xv Argentina

Materiales y/o equipos. 24.1.1. 24.1.1 El Proveedor se compromete a adoptar las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de las obligaciones que le correspondan por la aplicación de toda la legislación medioambiental vigente en Perú nacional, provincial y municipal que le sea de aplicación, especialmente en lo referente al correcto envasado y etiquetado de los productos suministrados, suministrados (fecha de envasado, de fabricación, de caducidad del producto, etc.), así como en la retornabilidad de los envases de productos químicos, en aquellos casos en los que dichos productos estén considerados como sustancia o material preparado peligroso según la legislación vigente, sin perjuicio de cualquier otro desarrollo legal que, en el futuro, se produzca sobre el particular, debiendo restaurar el daño que haya producido como consecuencia de cualquier incumplimiento de la normativa vigente que le sea aplicable. 24.1.2. 24.1.2 EL Proveedor se compromete a suministrar, siempre que le sea posible, productos o materiales con etiqueta ecológica, con mayores eficiencias energéticas, con así como aquellos que tengan un periodo mayor de vida útil, con que suponen un menor costo y con tienen un menor potencial de generación de residuos por caducidad del producto y costos de disposición finalproducto. 24.1.3. 24.1.3 EL Proveedor se compromete a que los elementos utilizables en sus materiales y equipos no son cancerígenos ni inestables químicamente. . 24.1.4. 24.1.4 El Proveedor respetará las limitaciones establecidas para la comercialización de las sustancias y materiales preparados peligrosos definidos fijadas en la legislación aplicablelegislación, así como en cualquier otra modificación legal futura sobre el particular. En especial se acreditará la ausencia de PCB en el aceite de equipos, y la ausencia de CFC, HCFC, halones, etc., con restricciones comerciales. 24.1.5. 24.1.5 El Proveedor será responsable de que el transporte cumpla lo establecido en la legislación aplicable. 24.1.6. 24.1.6 La descarga de los productos o materiales se realizará de acuerdo a los procedimientos debidamente establecidos para cumplir con la normativa aplicable en cada jurisdicción para manipulación de sustancias peligrosas. 24.1.7. 24.1.7 Siempre que le sea posible y aunque no esté obligado a ello por la legislación, el Proveedor reutilizará o reciclará los residuos generados por sus productos o materiales. 24.1.8. 24.1.8 ENEL se reserva el derecho de realizar un seguimiento o control de la correcta gestión de los residuos por parte del Proveedor. 24.1.9. 24.1.9 Si dentro del alcance del Contrato se incluye la adquisición de sustancias, como tales, en forma de mezclas o contenida en artículos, citando de forma indicativa y no limitativa los siguientes::  aceites aislantes,  aceites lubricantes,  grasas,  pinturas, tintas (incluidos el “Tóner”) y barnices,  disolventes,  productos químicos,  baterías eléctricas,  gases (en botellas o en equipos).  Combustibles (gasoil, fuel-oíl).  Reactivos de laboratorio.  Productos de limpieza. 24.1.10. 24.1.10 EL Proveedor asegurará el cumplimiento de deberá cumplir la legislación vigente en materia de registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias y de preparados químicos, facilitando la hoja ficha de seguridad (MSDS) en españolseguridad, manipulación y almacenado de las sustancias o mezclas que suministre confeccionada conforme a la legislación vigente. La ficha de seguridad deberá recoger los usos que tendrán las sustancias o mezclas suministradas. 24.1.11. 24.1.11 EL Proveedor se compromete a realizar la gestión de los envases vacíos en los que los haya suministrado, cumpliendo con lo estipulado en la legislación en la materia, comprometiéndose en cualquier caso a retirarlos cuando ENEL se lo solicite y los ponga a su disposición con tal fin, responsabilizándose totalmente del cumplimiento de la normativa aplicable preceptiva para el transporte, tal como se recoge en los puntos anteriores. También será responsable vendrá obligado a la retirada de retirar los embalajes utilizados para el transporte en las condiciones y plazos que se establezcan en cada Contrato, o en el caso de no estar indicado, en las sucesivas entregas retirará embalajes de envíos anteriores cuando ENEL así lo requiera. 24.1.12. 24.1.12 El Proveedor de equipos electrónicos cumplirá las condiciones impuestas por la legislación vigente para la disposición de residuos electrónicosvigente. Se prestará especial atención a los contadores electrónicos, computadorasordenadores, y los equipos de controlcontrol instalaciones, para los que el Proveedor está vendrá obligado a retirar su retirada al final de su vida útil estableciendo la logística adecuada de disposición finalaprovechamiento del retorno de los suministros sin costo para ENEL.

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Sources: Supply and Service Agreement

Materiales y/o equipos. 24.1.1. 24.1.1 El Proveedor PROVEEDOR se compromete a adoptar las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de las obligaciones que le correspondan por la aplicación de toda la legislación medioambiental vigente en Perú nacional, provincial y municipal que le sea de aplicación, especialmente en lo referente al correcto envasado y etiquetado de los productos suministrados, suministrados (fecha de envasado, de fabricación, de caducidad del producto, etc.), así como en la retornabilidad de los envases de productos químicos, en aquellos casos en los que dichos productos estén considerados como sustancia o material preparado peligroso según la legislación vigente, sin perjuicio de cualquier otro desarrollo legal que, en el futuro, se produzca sobre el particular, debiendo restaurar el daño que haya producido como consecuencia de cualquier incumplimiento de la normativa vigente que le sea aplicable. 24.1.2. 24.1.2 EL Proveedor PROVEEDOR se compromete a suministrar, siempre que le sea posible, productos o materiales con etiqueta ecológica, con mayores eficiencias energéticas, con así como aquellos que tengan un periodo mayor de vida útil, con que suponen un menor costo y con tienen un menor potencial de generación de residuos por caducidad del producto y costos de disposición finalproducto. 24.1.3. 24.1.3 EL Proveedor PROVEEDOR se compromete a que los elementos utilizables en sus materiales y equipos no son cancerígenos ni inestables químicamente. . 24.1.4. 24.1.4 El Proveedor PROVEEDOR respetará las limitaciones establecidas para la comercialización de las sustancias y materiales preparados peligrosos definidos fijadas en la legislación aplicablelegislación, así como en cualquier otra modificación legal futura sobre el particular. En especial se acreditará la ausencia de PCB en el aceite de equipos, y la ausencia de CFC, HCFC, halones, etc., con restricciones comerciales. 24.1.5. 24.1.5 El Proveedor PROVEEDOR será responsable de que el transporte cumpla lo establecido en la legislación aplicable. 24.1.6. 24.1.6 La descarga de los productos o materiales se realizará de acuerdo a los procedimientos debidamente establecidos para cumplir con la normativa aplicable en cada jurisdicción para manipulación de sustancias peligrosas. 24.1.7. 24.1.7 Siempre que le sea posible y aunque no esté obligado a ello por la legislación, el Proveedor PROVEEDOR reutilizará o reciclará los residuos generados por sus productos o materiales. 24.1.8. 24.1.8 ENEL se reserva el derecho de realizar un seguimiento o control de la correcta gestión de los residuos por parte del ProveedorPROVEEDOR. 24.1.9. 24.1.9 Si dentro del alcance del Contrato se incluye la adquisición de sustancias, como tales, en forma de mezclas o contenida en artículos, citando de forma indicativa y no limitativa los siguientes:: • aceites aislantes, • aceites lubricantes, • grasas, • pinturas, tintas (incluidos el “Tóner”) y barnices, • disolventes, • productos químicos, • baterías eléctricas, • gases (en botellas o en equipos). • Combustibles (gasoil, fuel-oíl). • Reactivos de laboratorio. • Productos de limpieza. 24.1.10. 24.1.10 EL Proveedor asegurará el cumplimiento de PROVEEDOR deberá cumplir la legislación vigente en materia de registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias y de preparados químicos, facilitando la hoja ficha de seguridad (MSDS) en españolseguridad, manipulación y almacenado de las sustancias o mezclas que suministre confeccionada conforme a la legislación vigente. La ficha de seguridad deberá recoger los usos que tendrán las sustancias o mezclas suministradas. 24.1.11. 24.1.11 EL Proveedor PROVEEDOR se compromete a realizar la gestión de los envases vacíos en los que los haya suministrado, cumpliendo con lo estipulado en la legislación en la materia, comprometiéndose en cualquier caso a retirarlos cuando ENEL se lo solicite y los ponga a su disposición con tal fin, responsabilizándose totalmente del cumplimiento de la normativa aplicable preceptiva para el transporte, tal como se recoge en los puntos anteriores. También será responsable vendrá obligado a la retirada de retirar los embalajes utilizados para el transporte en las condiciones y plazos que se establezcan en cada Contrato, o en el caso de no estar indicado, en las sucesivas entregas retirará embalajes de envíos anteriores cuando ENEL así lo requiera. 24.1.12. 24.1.12 El Proveedor PROVEEDOR de equipos electrónicos cumplirá las condiciones impuestas por la legislación vigente para la disposición de residuos electrónicosvigente. Se prestará especial atención a los contadores electrónicos, computadorasordenadores, y los equipos de controlcontrol instalaciones, para los que el Proveedor está PROVEEDOR vendrá obligado a retirar su retirada al final de su vida útil estableciendo la logística adecuada de disposición finalaprovechamiento del retorno de los suministros sin costo para ENEL.

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Sources: Supply and Service Agreement

Materiales y/o equipos. 24.1.110.1.1. El Proveedor se compromete a adoptar las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de las obligaciones que le correspondan por la aplicación de toda la legislación medioambiental vigente en Perú que le sea de aplicación, especialmente en lo referente al correcto envasado y etiquetado de los productos suministrados, (fecha de envasado, de fabricación, de caducidad del producto, etc.), así como en la retornabilidad de los envases de productos químicos, en aquellos casos en los que dichos productos estén considerados como sustancia o material peligroso según la legislación vigente, sin perjuicio de cualquier otro desarrollo legal que, en el futuro, se produzca sobre el particular, debiendo restaurar el daño que haya producido como consecuencia de cualquier incumplimiento de la normativa vigente que le sea aplicable. 24.1.210.1.2. EL El Proveedor se compromete a suministrar, siempre que le sea posible, productos o materiales con etiqueta ecológica, con mayores eficiencias energéticas, con un periodo mayor de vida útil, con menor costo y con menor potencial de generación de residuos por caducidad del producto y costos de disposición final. 24.1.310.1.3. EL El Proveedor se compromete a que los elementos utilizables en sus materiales y equipos no son cancerígenos ni inestables químicamente. . 24.1.410.1.4. El Proveedor respetará las limitaciones establecidas para la comercialización de las sustancias y materiales peligrosos definidos en la legislación aplicable, así como en cualquier otra modificación legal futura sobre el particular. En especial se acreditará la ausencia de PCB en el aceite de equipos, y la ausencia de CFC, HCFC, halones, etc., con restricciones comerciales. Asimsimo, el Proveedor se compromete a cumplir con la normativa aplicable al manejo de residuos sólidos, de ser el caso. 24.1.510.1.5. El Proveedor será responsable de que el transporte cumpla lo establecido en la legislación aplicable. 24.1.610.1.6. La descarga de los productos o materiales se realizará de acuerdo a los procedimientos debidamente establecidos para cumplir con la normativa aplicable en cada jurisdicción para manipulación de sustancias peligrosas. 24.1.710.1.7. Siempre que le sea posible y aunque no esté obligado a ello por la legislación, el Proveedor reutilizará o reciclará los residuos generados por sus productos o materiales. 24.1.810.1.8. ENEL se reserva el derecho de realizar un seguimiento o control de la correcta gestión de los residuos por parte del Proveedor. 24.1.910.1.9. Si dentro del alcance del Contrato se incluye la adquisición de sustancias, como tales, en forma de mezclas o contenida en artículos, citando de forma indicativa y no limitativa los siguientes:: 1 La presente cláusula “PROTECCIÓN AMBIENTAL”· se aplica solamente a las obras, servicios con actividades operativas en nombre de ENEL y / o en las instalaciones de ENEL, a los suministros solo si incluyen la instalación, o la supervisión de trabajos, o la carga / descarga, y a los suministros de sustancias peligrosas / reactivos químicos Además, la presente cláusula se aplica también a los servicios y / o suministros considerados por ENEL como de Riesgo Medioambiental Alto o Medio. 24.1.1010.1.10. EL El Proveedor asegurará el cumplimiento de la legislación vigente en materia de registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias y de preparados químicos, facilitando la hoja de seguridad (MSDS) en español, manipulación y almacenado de las sustancias o mezclas que suministre confeccionada conforme a la legislación vigente. La ficha de seguridad deberá recoger los usos que tendrán las sustancias o mezclas suministradas. 24.1.1110.1.11. EL El Proveedor se compromete a realizar la gestión de los envases vacíos en los que los haya suministrado, cumpliendo con lo estipulado en la legislación en la materia, comprometiéndose en cualquier caso a retirarlos cuando ENEL se lo solicite y los ponga a su disposición con tal fin, responsabilizándose totalmente del cumplimiento de la normativa aplicable para el transporte, tal como se recoge en los puntos anteriores. También será responsable de retirar los embalajes utilizados para el transporte en las condiciones y plazos que se establezcan en cada Contrato, o en el caso de no estar indicado, en las sucesivas entregas retirará embalajes de envíos anteriores cuando ENEL así lo requiera. 24.1.1210.1.12. El Proveedor de equipos electrónicos cumplirá las condiciones impuestas por la legislación vigente para la disposición de residuos electrónicos. Se prestará especial atención a los contadores electrónicos, computadoras, y los equipos de control, los que el Proveedor está obligado a retirar al final de su vida útil estableciendo la logística adecuada de disposición final.

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Sources: Anexo v Perú

Materiales y/o equipos. 24.1.1. El Proveedor se compromete a adoptar las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de las obligaciones que le correspondan por la aplicación de toda la legislación medioambiental vigente en Perú Estatal, Autonómica, Regional, Provincial y Local que le sea de aplicación, especialmente en lo referente al correcto envasado y etiquetado de los productos suministrados, (fecha de envasado, de fabricación, de caducidad del producto, etc.), así como en la retornabilidad de los envases de productos químicos, en aquellos casos en los que dichos productos estén considerados como sustancia o material preparado peligroso según la legislación vigente, sin perjuicio de cualquier otro desarrollo legal que, en el futuro, se produzca sobre el particular, debiendo restaurar el daño que haya producido como consecuencia de cualquier incumplimiento de la normativa vigente que le sea aplicable. 24.1.2. EL Proveedor se compromete a suministrar, siempre que le sea posible, productos o materiales con etiqueta ecológica, con mayores eficiencias energéticas, con así como aquellos que tengan un periodo mayor de vida útil, con que suponen un menor costo coste y con tienen un menor potencial de generación de residuos por caducidad del producto y costos de disposición finalproducto. 24.1.3. EL Proveedor se compromete a que los elementos utilizables en sus materiales y equipos no son cancerígenos ni inestables químicamente. . 24.1.4. El Proveedor respetará las limitaciones establecidas para la comercialización de las sustancias y materiales preparados peligrosos definidos fijadas en la legislación aplicablelegislación, así como en cualquier otra modificación legal futura sobre el particular. En especial se acreditará la ausencia de PCB en el aceite de equipos, y la ausencia de CFC, HCFC, halones, etc., con restricciones comerciales. 24.1.5. El Proveedor será responsable de que el transporte cumpla lo establecido en la legislación aplicable. 24.1.6. La descarga de los productos o materiales se realizará de acuerdo a los procedimientos debidamente establecidos para cumplir con la normativa aplicable en cada jurisdicción para manipulación de sustancias peligrosas. 24.1.7. Siempre que le sea posible y aunque no esté obligado a ello por la legislación, el Proveedor PROVEEDOR reutilizará o reciclará los residuos generados por sus productos o materiales. 24.1.8. ENEL se reserva el derecho de realizar un seguimiento o control de la correcta gestión de los residuos por parte del Proveedor. 24.1.9. Si dentro del alcance del Contrato se incluye la adquisición de sustancias, como tales, en forma de mezclas o contenida en artículos, citando de forma indicativa y no limitativa los siguientes:: • aceites aislantes • aceites lubricantes • grasas • pinturas, tintas (incluidos el “Tóner”) y barnices • disolventes • productos químicos • baterías eléctricas • gases (en botellas o en equipos) • Combustibles (gasoil, fuel-oil) • Reactivos de laboratorio • Productos de limpieza 24.1.10. EL Proveedor asegurará confirmará el cumplimiento de la legislación vigente en materia de registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias y de preparados químicos, facilitando la hoja ficha de seguridad (MSDS) en españolseguridad, manipulación y almacenado de las sustancias o mezclas que suministre confeccionada conforme a la legislación vigente. La ficha de seguridad deberá recoger los usos que tendrán las sustancias o mezclas suministradas. 24.1.11. EL Proveedor se compromete a realizar la gestión de los envases vacíos en los que los haya suministrado, cumpliendo con lo estipulado en la legislación en la materia, comprometiéndose en cualquier caso a retirarlos cuando ENEL se lo solicite y los ponga a su disposición con tal fin, responsabilizándose totalmente del cumplimiento de la normativa aplicable preceptiva para el transporte, tal como se recoge en los puntos anteriores. También será responsable vendrá obligado a la retirada de retirar los embalajes utilizados para el transporte en las condiciones y plazos que se establezcan en cada Contrato, o en el caso de no estar indicado, en las sucesivas entregas retirará embalajes de envíos anteriores cuando ENEL así lo requiera. 24.1.12. El Proveedor de equipos electrónicos cumplirá las condiciones impuestas por la legislación vigente para la disposición de residuos electrónicosvigente. Se prestará especial atención a los contadores electrónicos, computadorasordenadores, y los equipos de controlcontrol instalaciones, para los que el Proveedor está vendrá obligado a retirar su retirada al final de su vida útil estableciendo la logística adecuada de disposición finalaprovechamiento del retorno de los suministros sin coste para ENEL.

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Sources: Anexo Iii Colombia

Materiales y/o equipos. 24.1.1. 24.1.1 El Proveedor se compromete a adoptar las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de las obligaciones que le correspondan por la aplicación de toda la legislación medioambiental vigente en Perú nacional, provincial y municipal que le sea de aplicación, especialmente en lo referente al correcto envasado y etiquetado de los productos suministrados, suministrados (fecha de envasado, de fabricación, de caducidad del producto, etc.), así como en la retornabilidad de los envases de productos químicos, en aquellos casos en los que dichos productos estén considerados como sustancia o material preparado peligroso según la legislación vigente, sin perjuicio de cualquier otro desarrollo legal que, en el futuro, se produzca sobre el particular, debiendo restaurar el daño que haya producido como consecuencia de cualquier incumplimiento de la normativa vigente que le sea aplicable. 24.1.2. 24.1.2 EL Proveedor se compromete a suministrar, siempre que le sea posible, productos o materiales con etiqueta ecológica, con mayores eficiencias energéticas, con así como aquellos que tengan un periodo mayor de vida útil, con que suponen un menor costo y con tienen un menor potencial de generación de residuos por caducidad del producto y costos de disposición finalproducto. 24.1.3. 24.1.3 EL Proveedor se compromete a que los elementos utilizables en sus materiales y equipos no son cancerígenos ni inestables químicamente. . 24.1.4. 24.1.4 El Proveedor respetará las limitaciones establecidas para la comercialización de las sustancias y materiales preparados peligrosos definidos fijadas en la legislación aplicablelegislación, así como en cualquier otra modificación legal futura sobre el particular. En especial se acreditará la ausencia de PCB en el aceite de equipos, y la ausencia de CFC, HCFC, halones, etc., con restricciones comerciales. 24.1.5. 24.1.5 El Proveedor será responsable de que el transporte cumpla lo establecido en la legislación aplicable. 24.1.6. 24.1.6 La descarga de los productos o materiales se realizará de acuerdo a los procedimientos debidamente establecidos para cumplir con la normativa aplicable en cada jurisdicción para manipulación de sustancias peligrosas. 24.1.7. 24.1.7 Siempre que le sea posible y aunque no esté obligado a ello por la legislación, el Proveedor reutilizará o reciclará los residuos generados por sus productos o materiales. 24.1.8. 24.1.8 ENEL se reserva el derecho de realizar un seguimiento o control de la correcta gestión de los residuos por parte del Proveedor. 24.1.9. 24.1.9 Si dentro del alcance del Contrato se incluye la adquisición de sustancias, como tales, en forma de mezclas o contenida en artículos, citando de forma indicativa y no limitativa los siguientes:: • aceites aislantes, • aceites lubricantes, • grasas, • pinturas, tintas (incluidos el “Tóner”) y barnices, • disolventes, • productos químicos, • baterías eléctricas, • gases (en botellas o en equipos). • Combustibles (gasoil, fuel-oíl). • Reactivos de laboratorio. • Productos de limpieza. 24.1.10. 24.1.10 EL Proveedor asegurará el cumplimiento de deberá cumplir la legislación vigente en materia de registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias y de preparados químicos, facilitando la hoja ficha de seguridad (MSDS) en españolseguridad, manipulación y almacenado de las sustancias o mezclas que suministre confeccionada conforme a la legislación vigente. La ficha de seguridad deberá recoger los usos que tendrán las sustancias o mezclas suministradas. 24.1.11. 24.1.11 EL Proveedor se compromete a realizar la gestión de los envases vacíos en los que los haya suministrado, cumpliendo con lo estipulado en la legislación en la materia, comprometiéndose en cualquier caso a retirarlos cuando ENEL se lo solicite y los ponga a su disposición con tal fin, responsabilizándose totalmente del cumplimiento de la normativa aplicable preceptiva para el transporte, tal como se recoge en los puntos anteriores. También será responsable vendrá obligado a la retirada de retirar los embalajes utilizados para el transporte en las condiciones y plazos que se establezcan en cada Contrato, o en el caso de no estar indicado, en las sucesivas entregas retirará embalajes de envíos anteriores cuando ENEL así lo requiera. 24.1.12. 24.1.12 El Proveedor de equipos electrónicos cumplirá las condiciones impuestas por la legislación vigente para la disposición de residuos electrónicosvigente. Se prestará especial atención a los contadores electrónicos, computadorasordenadores, y los equipos de controlcontrol instalaciones, para los que el Proveedor está vendrá obligado a retirar su retirada al final de su vida útil estableciendo la logística adecuada de disposición finalaprovechamiento del retorno de los suministros sin costo para ENEL.

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Sources: Supply and Service Agreement