Material Promocional Cláusulas de Ejemplo

Material Promocional. Asimismo, la Entidad publicitará la marca AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX, en cualquier acción publicitaria llevada a cabopor el patrocinado, tantoanuncios en medios de comunicación (prensa y televisión) como en cualquier elemento impreso de difusión, promoción o divulgaciónenconsonanciacon la aportación económica del resto depatrocinadores. Atalesefectos, el Patrocinadorpondrá a disposición del patrocinadoloslogotiposcorrespondientes.
Material Promocional. El Proveedor no hará referencia a las relaciones comerciales que mantiene con el Comprador en ningún material informativo ni promocional sin el consentimiento expreso por escrito del Comprador.
Material Promocional. EL PROVEEDOR se compromete a entregar material promocional (folletos y brochures) al DISTRIBUIDOR para que adelante labores de mercadeo en los territorios que le hayan sido autorizados.
Material Promocional. El material promocional no debe promover aplicaciones militares o hacer referencia alguna a la República de Taiwán.
Material Promocional. Todos los materiales promocionales deberán respetar la linea gráfica y técnica de la edición del 2018.
Material Promocional. Las Partes acuerdan que el Otorgante será responsable del desarrollo del material promocional, utilizando para éste esfuerzos razonables para proveer al Distribuidor con detalles de marketing apropiados de cada uno de los Productos, para permitir que el propio Distribuidor ejecute sus propias actividades de venta y marketing. El Otorgante utilizará esfuerzos razonables para hacer materiales de publicidad, promoción, demostración, conferencia y marketing, mismos que servirán al Distribuidor para cumplir con el objeto del presente Contrato.
Material Promocional. Todos los materiales promocionales deberán respetar la linea gráfica y técnica de la edición del 2017. Elaboración de dossier de presentación del Festival dirigido a medios en xxxxxxx, castellano e inglés. Tirada: 100 unidades tamaño A-3 Tirada: 8.000 trípticos o cuadrípticos A-3 plegado. La información recogida en los diferentes soportes promocionales será trilingüe. Los textos, en castellano, xxxxxxx e inglés, así como las posibles imágenes y tipografías a emplear serán responsabilidad de la adjudicataria. Deberá incluir un plano esquemático del Festival, tanto de la parte superior como inferior xxx xxxxxxx (entradas/xxxxxxx xxx xxxxxxx, ascensores, ubicación de los distintos puntos de venta, escenario, zona kids, zona parking para carritos, aseos….). Además se incluirá la web, los diferentes perfiles sociales y los logotipos que determine el Consorcio. Los carteles deberán estar editados en un plazo mínimo de 1 mes antes de comenzar el Festival y folletos deberán estar editados en un plazo mínimo de 15 días antes de comenzar el Festival. Todo el material y contenidos deberá ser aprobado por el Consorcio, debiendo realizar sin excusa las modificaciones, correcciones o ajustes hasta la total aprobación por parte de éste. Los posibles errores de impresión, traducciones o de cualquier otro tipo relacionados con el diseño y producción de los materiales promocionales deberán ser asumidos por la adjudicataria, reimprimiendo el trabajo sin perjuicio económico para el Consorcio.
Material Promocional. 1. Cartel promocional do Festival
Material Promocional. La feria proporcionará distintos materiales de promoción de la misma a los expositores, con el fin de que estos inviten a coleccionistas y VIPs a visitar JUSTLX. Las invitaciones profesionales, generales y especialmente las tarjetas VIP están destinadas exclusivamente al uso de invitados por las galerías. Los expositores solo podrán acceder a la feria con el pase de expositor. Xxxxx xx Xxxxxx X, 0. 00000 X: + 34 91 196 1179 xxxx@xxxxxxxx.xx xxxxxx.xx Las cantidades asignadas dependen directamente de la superficie contratada. Publicaciones/ Editoriales Espacios de 3.500€ Espacios de 4.500€ Espacios de 6.000€ Invitaciones generales 10 25 30 40 Invitaciones profesionales 10 25 30 40 La dirección de la feria y el Comité de Selección velarán durante el montaje por la adecuación de las obras exhibidas y el proyecto expositivo presentado en este formulario. También se inspeccionará el montaje del stand, atendiendo a los criterios curatoriales del comité y de la dirección artística, así como su correcta colocación y montaje en el stand en función del concepto espacial de la misma y de los criterios objetivos de la feria. El expositor deberá seguir los criterios de la Dirección, y en el caso de de insistir en el incumplimiento de ellos, la Dirección se reserva el derecho de clausurar el stand, no reembolsando nada al expositor por ello y sin que el expositor tenga derecho a recibir ninguna cantidad en concepto de indemnización ni por otro cualquier concepto. Cualquier modificación, aumento o disminución de las paredes del stand estará sujeto a la aprobación de la Dirección artística de la feria.

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  • CONSULTAS Y ACLARACIONES Los interesados que se hubiesen registrado conforme se indica en la cláusula prece- dente, podrán formular consultas relativas al pliego de licitación hasta siete (7) días antes del vencimiento de plazo fijado para la presentación de las Ofertas sino se indi- cara otra fecha en el PCP. Las consultas deberán efectuarse por correo electrónico a la dirección que se le co- municará oportunamente, adjuntando el archivo de la nota en formato compatible con el programa Word de Microsoft, requisito sin el cual se la dará por no presentada; ello sin perjuicio de que quienes lo consideraran conveniente lo hicieran paralelamente por nota en la Mesa de Entradas de SBASE. Será responsabilidad de los Licitantes ase- gurarse la recepción por parte de SBASE de los correos electrónicos que envíen. Las consultas efectuadas por los Licitantes serán contestadas por SBASE como “Cir- culares con Consulta”, en lo posible, dentro de los cinco (5) días de recibidas. No obs- tante lo señalado, SBASE podrá a su solo criterio, extender el plazo indicado para responderlas, cuando por su naturaleza u otras razones lo hicieren aconsejable. Las Circulares se publicarán en el sitio oficial de SBASE: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxxxxxxx y su emisión le será comunicada a los Licitantes por correo electrónico a la dirección denunciada al solicitar la documen- tación licitatoria. SBASE si lo juzga necesario, formulará aclaraciones o modificaciones de oficio en la documentación de la licitación, emitiendo “Circulares sin Consulta” hasta dos (2) días antes de la fecha de presentación de las Ofertas cuyo objeto será corregir y subsanar errores materiales, aclarar conceptos, enmiendas o suplir cualquier omisión, siempre que las mismas no impliquen una alteración sustancial ni desnaturalicen el objeto principal de la Licitación. Las Circulares que se emitan llevarán numeración corrida y pasarán a formar parte xxx Xxxxxx de la Licitación. Los Licitantes y los Oferentes no podrán alegar reclamos basados en el desconoci- miento del contenido de dichas Circulares, las cuales podrán verificar y compulsar en las oficinas de SBASE antes de la fecha fijada para la presentación de las Ofertas. Tanto el pliego como las circulares y demás documentación que se publique en el sitio oficial de SBASE, en relación a la licitación, deberá ser agregada a la oferta en un ejemplar firmado. Los planos podrán imprimirse en tamaño A3.

  • Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.

  • INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES/COMUNICACIONES Solicito que las notificaciones me sean remitidas vía: Fax: Correo Electrónico:

  • INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES Solicito que las notificaciones me sean remitidas vía: Fax Correo Electrónico

  • NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO El contrato que en base a este pliego se realice tendrá carácter administrativo, rigiéndose por el presente pliego y el resto de la documentación técnica que lo acompaña. En todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx; en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que xx xx xxxxxx xx XXXxx 0/0000; y en las demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas. En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.

  • Obligaciones laborales, sociales y de transparencia El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se dicten en el ámbito municipal.

  • RETENCIONES POR PAGOS PARCIALES El PROVEEDOR acepta expresamente, que la ENTIDAD retendrá el siete por ciento (7%) de cada pago parcial, en sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato. Estas retenciones serán reintegradas al PROVEEDOR una vez realizada la recepción definitiva de los BIENES.

  • VIGENCIA DEL SERVICIO Para viajes al exterior de Argentina. La cobertura del Servicio se extiende por períodos no superiores a 180 (ciento ochenta) días corridos por cada Viaje que efectúe el Beneficiario en el exterior de la República Argentina, no existiendo límites en cuanto a la cantidad de viajes que puedan realizarse durante el año de vigencia. Para viajes dentro de Argentina. La cobertura del Servicio se extiende por períodos no superiores a 180 (ciento ochenta) días corridos por cada Viaje que efectúe el Beneficiario dentro de la República Argentina, no existiendo límites en cuanto a la cantidad de viajes que puedan realizarse durante el año de vigencia.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato A los efectos exigidos en el articulo 22 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, la naturaleza y extensión de las necesidades que se pretenden satisfacer con el contrato que regula el presente pliego son, por una parte, que el Ayuntamiento no dispone de medios humanos para realizarlo, y por otra, se precisa que este servicio lo realicen empresas especializadas en el sector de la distribución editorial, pues simplifica la gestión de cobros y mejora la puesta a disposición de los clientes del producto editorial. El contrato a realizar se califica como contrato de servicios, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 19 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en adelante LCSP. Categoría del contrato (Anexo II de la LCSP): 15 Servicios editoriales y de imprenta, por tarifa o por contrato. La presente contratación tiene carácter administrativo, y se regirá en todo lo no previsto especialmente en este pliego de condiciones por lo dispuesto en las siguientes normas: - Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, modificada por la Ley 15/2010, de 5 de julio, por la Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx y por la Ley 2/2011, de 4 xx xxxxx. - Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, en adelante RPLCSP. - Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre en todo lo que no haya derogado y en tanto en cuanto no se oponga a la LCSP y al RPLCSP. - Cualquier otra disposición que regule la contratación del Estado en general o de la Generalitat Valenciana en particular, y, en concreto, el Decreto 79/2000, de 30 xx Xxxx y la Orden de 23 xx Xxxx de 2001, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, que regula el funcionamiento e inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana, y por la que se dictan normas para la clasificación de empresas por la Generalitat Valenciana, así como por la legislación supletoria que le fuere de aplicación, igualmente en cuanto no se opongan a la LCSP y al RPLCSP. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - El documento en que se formalice el contrato. Las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo de la Ciudad de Valencia, para resolver los litigios que puedan originarse con motivo del cumplimiento del presente contrato.