LEGISLACIÓN APLICABLE ANEXOS Cláusulas de Ejemplo

LEGISLACIÓN APLICABLE ANEXOS. Anexo No. 1.- Cantidades y Conceptos a adquirir Anexo No. 2.- Modelo de Contrato. Formato No. 1.- Antecedentes de Pedidos y Contratos. Formato No. 2.- Declaración de no Encontrarse en los Supuestos del Articulo 33 de la Ley. Formato No. 3.- Propuesta Económica. Formato No. 4.- Carta Compromiso. Formato No. 5.- Estratificación MYPIMES En cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles de la Administración Pública Estatal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia, EL FONDO DE OPERACIÓN DE OBRAS SONORA SI ubicada en: Blvd. Xxxxxxxxx S/N Casi Esquina con Xx. Xx xx Xxxxxxx Xxx. Xxxxx xx Xxxxx xx la ciudad xx Xxxxxxxxxx Sonora con teléfono 000 00 00 convoca a las personas xxxxxxx xxx xxxx, de nacionalidad mexicana que cuenten con experiencia y capacidad técnica suficientes, a participar en la licitación pública de carácter nacional No. LPA-926008998-003-2018 cuyo objeto es SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS EDIFICIOS DEL FONDO DE OPERACIÓN DE OBRAS SONORA SÍ, EN HERMOSILLO, ESTADO DE SONORA instruyendo a los interesados para la formulación y presentación de sus propuestas, bajo las siguientes:
LEGISLACIÓN APLICABLE ANEXOS. Anexo No. 1.- Cantidades y Conceptos Anexo No. 2.- Especificaciones y condiciones particulares de prestación del servicio Anexo No. 3.- Modelo de Contrato. Formato No. 1.- Antecedentes de Pedidos y Contratos. Formato No. 2.- Declaración de no Encontrarse en los Supuestos del Articulo 33 de la Ley. Formato No. 3.- Propuesta Económica. Formato No. 4.- Carta Compromiso. Formato No. 5.- Estratificación MYPIMES Formato No. 6.- Relación De Equipos De Transporte, Comunicación, Cómputo, Inmuebles Y Herramientas Formato No. 7.- PACTO DE INTEGRIDAD
LEGISLACIÓN APLICABLE ANEXOS. Anexo No. 1.- Cantidades y Conceptos Anexo No. 2.- Especificaciones y condiciones particulares de prestación del servicio Anexo No. 3.- Modelo de Contrato. FORMATOS Formato No. 1.- Antecedentes de Pedidos y Contratos. Formato No. 2.- Declaración de no Encontrarse en los Supuestos del Artículo 33 de la Ley Formato No. 3.- Propuesta Económica.
LEGISLACIÓN APLICABLE ANEXOS. Anexo No. 1.- Modelo de Contrato Anexo No. 2.- Modelo de Carta Compromiso Anexo No. 3.- FORMATOS DE DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA
LEGISLACIÓN APLICABLE ANEXOS. Anexo 1.- Especificaciones técnicas que los licitantes deberán considerar para formular sus ofertas económicas. Anexo 2.- Modelo del Contrato. Anexo 3.- Instructivo de llenado para Formato No. 6 Anexo 4.- Reporte de Eventos. Anexo 5.- Listado y Características de los Edificios. Formato No. 1.- Antecedentes de Pedidos y Contratos. Formato No. 2.- Declaración de no Encontrarse en los Supuestos del Articulo 33 de la Ley. Formato No. 3.- Propuesta Económica. Formato No. 4.- Modelo de Carta Compromiso. Formato No.5.-Modelo de Carta para Declaración de no encontrarse en los supuestos de las disposiciones aplicables al capítulo III del título cuarto de la Ley Estatal de Responsabilidades. Formato No. 6.- Modelo de Carta para Empresas Micro, Pequeñas y Medianas. Formato No. 7.-Modelo de Carta para Declaración bajo protesta de decir verdad que se conducirán con ética, apego a la verdad y honestidad en todo acto y actitud vinculado a las contrataciones públicas. Formato No. 8.- Modelo de Carta de no desempeñar empleo cargo o comisión en el servicio público.

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  • GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA 25.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de la licitación del contrato, tanto en boletines oficiales como, en su caso, en otros medios de difusión, cuantas veces determine el órgano de contratación y hasta la cuantía máxima especificada en la letra N del Cuadro de características del contrato.

  • FORMA Y TÉRMINOS PARA GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato, la cual se presentará a más tardar dentro de los 10 (días) calendarios siguientes a la firma del contrato. La garantía de fiel cumplimiento debe ser equivalente al 10% del monto total del contrato.-

  • SEGURIDAD E HIGIENE 1.- La Empresa asumirá los derechos y las responsabilidades recíprocas que, en materia de Seguridad y Salud Laboral, vengan determinados por las disposiciones específicas de este convenio, y supletoria o complementariamente, por la legislación general vigente en cada momento. Siempre dentro del cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades establecidas en la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, de aplicación preceptiva, la Dirección de la empresa y los representantes de los trabajadores se comprometen, dentro de las posibilidades de las mismas, y en plazos previamente convenidos, a establecer planes de acción preventiva cuyos objetivos comunes y concretos se cifren en la eliminación o reducción progresiva de los accidentes y de los riesgos comprobados de peligrosidad, toxicidad o penosidad, así como en la mejora de las condiciones ambientales y de los puestos de trabajo. Para ello se aplicarán las medidas técnicas de corrección que sean posibles y necesarias y, entre tanto, se facilitarán y utilizarán las prendas y medios de protección personal que asimismo se consideren necesarios o más adecuados. Por su parte, los trabajadores, individualmente considerados, están obligados previa información y formación suficiente y adecuada, teórica y práctica, a cumplir las instrucciones recibidas en materia de seguridad y salud laboral. Especialmente serán asesorados por servicios de prevención, en las que se refieran al uso de dichos medios y prendas de protección personal. En tanto se adoptan las medidas técnicas para eliminar los riesgos de peligrosidad, toxicidad y penosidad a los que se refiere el párrafo anterior; así como aquellos casos en los que, a pesar de adoptarse las medidas correctoras adecuadas, no resulte posible eliminar dichos riesgos, serán considerados trabajos penosos o peligrosos todos los que así sean declarados por la Comisión Paritaria para Prevención de Riesgos Laborales, a quién se faculta expresamente para que, en el plazo de tres meses desde la publicación oficial del presente Convenio, determine los puestos o actividades que tengan tal consideración.

  • Obligaciones laborales, sociales y económicas del contratista El personal adscrito al suministro dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. El contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes. En cualquier caso, el contratista indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa. Corresponderá y será de cargo del contratista:

  • OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, con respecto al personal que emplee en las obras objeto de este contrato, quedando la Administración exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.

  • NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Este contrato, tiene naturaleza privada, de acuerdo con el artículo 20.1 del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), y se regirá por lo dispuesto en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (en adelante también, el PCAP o el Pliego) y todos sus anexos, en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en los demás documentos contractuales, en los términos establecidos en la cláusula 8. En cuanto a la preparación, adjudicación, efectos y extinción, el contrato se regirá, como se ha señalado, por el presente Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas, por el Pliego de Prescripciones Técnicas, por las Instrucciones Internas de Contratación de GHK, y, en lo no previsto en los mismos, por las normas de derecho privado. Adicionalmente, el TRLCSP y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, RGLCAP) serán de aplicación en todo en cuanto este Pliego se remita expresamente a dichos textos normativos. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos y de los otros documentos contractuales de toda índole que puedan tener aplicación en la ejecución de la cosa pactada, no eximirá al adjudicatario de la obligación de cumplirlos.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133 del Reglamento.

  • Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista la Administración. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales, o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo. El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato, tanto en los Diarios oficiales como en otros medios de difusión, se encuentra especificado en el apartado 19 del Anexo I al presente pliego. Asimismo, vendrá obligado a la suscripción, a su cargo, de las pólizas de seguros que estime convenientes el órgano de contratación, según lo establecido en el apartado 16 del Anexo I al presente pliego. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos. No obstante, en todo caso, en la oferta económica, se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

  • NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO El contrato que en base a este pliego se realice tendrá carácter administrativo, rigiéndose por el presente pliego y el resto de la documentación técnica que lo acompaña. En todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; en el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx; en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en lo que xx xx xxxxxx xx XXXxx 0/0000; y en las demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas. En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.