Instalaciones Productivas Cláusulas de Ejemplo

Instalaciones Productivas. 7.1 Describa las instalaciones productivas de la empresa anexando el Layout (Plano de distribución de la fábrica, maquinaria y equipo), e indicar las superficies de: a) Total de la planta. b) Áreas de producción. c) Almacenes cubiertos y descubiertos. d) Oficinas. 7.1 Comprobar documentalmente que la empresa cuenta con una planta con áreas dedicadas a oficinas, producción, y almacenamiento (aplicable sólo a empresas fabricantes, manufactureras y servicios). Las empresas de ingeniería deben contar con áreas de oficina, y si aplica de ensamble y almacenes, con capacidad suficiente para el volumen de los bienes y/o servicios ofertados.
Instalaciones Productivas. Describa las instalaciones productivas de la empresa anexando el Layout (Plano de distribución de la fábrica, maquinaria y equipo), e indicar las superficies de: a) Total de la planta. b) Áreas de producción. c) Almacenes cubiertos y descubiertos. d) Oficinas. Confirmar por escrito si las instalaciones anteriores son propias o son rentadas, en este último caso, la empresa debe confirmar por escrito que no existe impedimento legal o comercial para su permanencia en las instalaciones durante el tiempo de suministro de los bienes o servicios. 7.1 Comprobar documentalmente que la empresa cuenta con una planta con áreas dedicadas a oficinas, producción, y almacenamiento (aplicable sólo a empresas fabricantes, manufactureras y servicios). Las empresas de ingeniería deben contar con áreas de oficina, y si aplica de ensamble y almacenes, con capacidad suficiente para el volumen de los bienes y/o servicios ofertados. 7.2 Comprobar documentalmente que la empresa manifiesta lo requerido.
Instalaciones Productivas. COMITÉ CENTRAL Sesión 556 del 12/mar/2008 COMITÉ CENTRAL Sesión 566 del 06/ago/2008 COMITÉ CENTRAL Sesión 587 del 24/jun/2009 COMITÉ CENTRAL Sesión RE-243 del 20/ago/2010 REVISIÓN “B” 08/sep/2010 COMITÉ CENTRAL Sesión RO-SA-4050/2011 del 8/jun/2011 REVISÓN “A” 04/ago/2011 No. CUESTIONARIO PARA LA EMPRESA CRITERIO DE EVALUACIÓN PARA EL PERSONAL DE CFE 7.1 7.2 Describa las instalaciones productivas de la empresa anexando el Layout (Plano de distribución de la fábrica, maquinaria y equipo), e indicar las superficies de: a) Total de la planta. b) Áreas de producción. c) Almacenes cubiertos y descubiertos. d) Oficinas. Confirmar por escrito si las instalaciones anteriores son propias o son rentadas, en este último caso, la empresa debe confirmar por escrito que no existe impedimento legal o comercial para su permanencia en las instalaciones durante el tiempo de suministro de los bienes o servicios. 7.1 Comprobar documentalmente que la empresa cuenta con una planta con áreas dedicadas a oficinas, producción, y almacenamiento (aplicable sólo a empresas fabricantes, manufactureras y servicios). Las empresas de ingeniería deben contar con áreas de oficina, y si aplica de ensamble y almacenes, con capacidad suficiente para el volumen de los bienes y/o servicios ofertados. 7.2 Comprobar documentalmente que la empresa manifiesta lo requerido. 8.0 8.1 8.2 8.3

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  • Instalaciones El Contratista estará obligado a realizar todas las actividades de construcción, instalación, reparación y reacondicionamiento de los Pozos, Instalaciones de Recolección y cualesquiera otras instalaciones necesarias para las actividades de producción de conformidad con el Sistema de Administración. El Contratista mantendrá todos los Materiales utilizados en las Actividades Petroleras en buen estado de funcionamiento de acuerdo con el Sistema de Administración, las Mejores Prácticas de la Industria y las recomendaciones de los fabricantes de los Materiales.

  • Vacaciones anuales Ver artº 11 del texto del Convenio Laboral o Acuerdos de funcionarios en vigor.

  • Jubilaciones El trabajador podrá jubilarse de manera ordinaria según los requisitos establecidos en la legislación vigente, aplicable al efecto. No obstante, aquellos trabajadores que no tengan cubierto el plazo legal mínimo de cotización que les garantice la pensión de jubilación de la Seguridad Social podrán continuar en la empresa hasta que se cumpla dicho plazo o tal requisito. La jubilación podrá tener efecto al final del curso académico de la universidad a la que esté adscrita el Colegio Mayor, si hubiera acuerdo entre el empresario y el trabajador. Los empresarios y sus trabajadores, de mutuo acuerdo, podrán tramitar los sistemas de jubilaciones anticipadas previstas en la legislación vigente.

  • OTRAS ESPECIFICACIONES 41.- OTRAS ESPECIFICACIONES ADICIONALES A LAS INDICADAS EN ESTA CARÁTULA Y EN EL PLIEGO.

  • Subsanaciones A los fines de la presente Licitación se considera que una Oferta se ajusta sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. La ausencia de requisitos relativos a las credenciales de los oferentes es siempre subsanable. La determinación de la Entidad Contratante de que una Oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la Licitación se basará en el contenido de la propia Oferta, sin que tenga que recurrir a pruebas externas. Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable entendiendo por éstos, generalmente, aquellas cuestiones que no afecten el principio de que las Ofertas deben ajustarse sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, la Entidad Contratante podrá solicitar que, en un plazo breve, El Oferente/Proponente suministre la información faltante. Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones se interpretará en todos los casos bajo el entendido de que la Entidad Contratante tenga la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas validas posibles y de evitar que, por cuestiones formales intrascendentes, se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes desde el punto de vista del precio y la calidad. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta para que se la mejore. La Entidad Contratante rechazará toda Oferta que no se ajuste sustancialmente al Pliego de Condiciones Específica. No se admitirán correcciones posteriores que permitan que cualquier Oferta, que inicialmente no se ajustaba a dicho Pliego, posteriormente se ajuste al mismo.

  • Promociones Ocasionalmente, HostPapa puede ofrecer sus servicios a nuevos o antiguos clientes a tarifas con descuento o promocionales. Usted reconoce que cualquier promoción solo aplica a uno de sus Servicios si la promoción o descuento está claramente establecida como aplicable en el formulario de pedido en línea utilizado que usted utilizó para ordenar el Servicio.

  • Reclamaciones Las incidencias y reclamaciones que se pudieran suscitar, derivadas de los procesos de selección, serán resueltas por el órgano de selección.

  • OTROS GASTOS Todos los gastos de escrituras públicas, formalización del expediente, reintegro del mismo, anuncios y en general cuantos se produzcan a lo largo de la vigencia del contrato hasta la devolución de la garantía definitiva, serán de cuenta exclusiva del adjudicatario.

  • ACUERDOS COMERCIALES De acuerdo con lo establecido en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1., del Decreto 1082 de 2015, y en consonancia con lo indicado en el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” M-MACPC-13, se procedió a realizar el análisis de si el presente proceso de contratación se encuentra o no cobijado por un acuerdo comercial, de lo cual se estableció lo siguiente: ACUERDO COMERCIAL ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL EXCEPCIÓN APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATAC IÓN PROCESO DE CONTRATACI ÓN CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL Alianza Pacífico Chile SI SI NO SI Perú SI SI NO SI México SI SI NO SI Canadá SI SI NO SI Chile SI SI NO SI Xxxxx Rica SI SI NO SI Estados AELC SI SI NO SI Estados Unidos SI SI NO SI Unión Europea SI SI NO SI Corea SI SI NO SI México SI SI NO SI Triángulo Norte con Centro América El Xxxxxxxx SI SI NO SI Guatemala SI SI NO SI Honduras SI SI NO SI Comunidad Andina de Naciones SI SI NO SI Estados AELC (1. Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.) De lo anterior se establece que el MEN como entidad estatal del Nivel Nacional se encuentra cubierta por los acuerdos comerciales señalados con la palabra SI en el cuadro anterior. En consecuencia, el MEN concederá trato nacional a proponentes y servicios de dichos países. También está sujeto a la Decisión 439 de la Secretaría de la Comunidad Andina. Adicionalmente, los Proponentes de Estados con los cuales el Gobierno Nacional haya certificado la existencia de trato nacional por reciprocidad recibirán este trato. Teniendo en cuenta que el proceso que se pretende adelantar no se encontraba publicado en el plan anual de adquisiciones, se tendrá como plazo mínimo entre la publicación del aviso de convocatoria y el día en que vence el término para presentar ofertas, 30 días calendario.

  • Vacaciones A partir del año 2000, los/as trabajadores/as acogidos/as al presente Convenio disfrutarán de un período de vacaciones de 31 días naturales. El calendario de disfrute será acordado entre empresa y los/as representantes legales de los/as trabajadores/as si los/as hubiere o en su defecto con los/as trabajadores/as, al principio de cada año. Deberá ser comunicado por escrito al/ a la trabajador/a con dos meses de antelación a la fecha de inicio de su período vacacional. Las vacaciones anuales se podrán disfrutar en dos períodos de 15 y 16 días o de 16 y 15 días cada uno, previo acuerdo entre empresa y trabajador/a. Las vacaciones no podrán iniciarse en domingo, festivo o día libre, iniciándose preferente- mente en lunes. El ingreso o cese durante el año dará derecho a la parte proporcional de vacaciones que corresponda al tiempo trabajado. Cuando el periodo de vacaciones fijado en el calendario laboral de la empresa coincida en el tiempo con una situación de suspensión por incapacidad temporal o de otra contingencia que precisara hospitalización, maternidad, paternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante el emba- xxxx o durante la lactancia natural, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a tales periodos de suspensión, aunque haya terminado el año natural al que corresponda, fijándose de mutuo acuerdo otro periodo de disfrute en los términos establecidos en el art. 38 del Estatuto de los Trabajadores. En caso de I.T. por maternidad, se podrán disfrutar las vacaciones a continuación de recibir el alta médica. Las retribuciones que percibirán los/as trabajadores/as durante este período vacacional serán el Salario Base de Grupo y los Complementos Personales que el/la trabajador/a viniera percibiendo.