Incentivo variable Cláusulas de Ejemplo

Incentivo variable. Se establece un nuevo concepto de carácter no consolidable, denominado “Variable Re- sultados”, el cual se devengará en función del EBITDA de la rama de actividad de venta directa, contemplándose exclusivamente la unidad de negocio de esta empresa, y cuyo abono se realizará (en caso de devengarse), con la mensualidad de julio del año en que se aprueben las cuentas anuales de la empresa, que se abonará a partir del ejercicio 2.022 y que ascenderá a: • 200 € brutos por persona, si la empresa alcanza un EBITDA superior a 500.000 euros y hasta 1.500.000 euros en el año inmediatamente anterior. • 300€ brutos por persona, si la empresa alcanza un EBITDA superior a 1.500.000 de € y hasta 2.500.000 euros • 400 € brutos por persona siempre que sea superior a 2.500.00 euros y hasta 3.500.000 euros en el año inmediatamente anterior. • 500 € por persona siempre que sea superior a 3.500.000 euros.
Incentivo variable. Con el objeto de incentivar la disminución del tiempo de detención de la Planta de Área Seca, la Empresa pagará a cada Trabajador una suma de dinero variable, que se determinará en razón de los resultados del “Up Time Real”, de acuerdo a las reglas que se establecen a continuación: a) Se deberá obtener el Up Time Real Mensual, el cual se determinará como el valor de tonelaje real mensual dividido por la cantidad de días del mes menos los mantenimientos de 24 horas continuas dentro del mes respectivo. El número anterior debe ser dividido por el rendimiento real informado por la Compañía. A modo de ejemplo, si en un mes de 31 días se logran 1.900.000 toneladas de apilamiento, y en el mes hubo un mantenimiento continuo de 24 horas continuas, el valor del Up Time Real a considerar para el pago será: a. 1.900.000 / (31-1) = 63.333 tpd.
Incentivo variable. Bono Anual del Negocio.
Incentivo variable. Se establece un incentivo variable de devengo anual, no consolidable y reparto lineal y cuyo importe se calcula de la siguiente forma: En el mes ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2023 se abonará, en concepto de incentivo variable 2022, un total de mil cuatrocientos euros (1.400 euros) a cada trabajador/a en el caso de que los ingresos brutos de la empresa hayan superado los 45 millones de euros en 2022. CVE: 20221107-03943-2022 - verificable en ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇/▇▇▇.▇▇▇ En el mes ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2024 se abonará, en concepto de incentivo 2023, un total de mil cuatrocientos euros (1.400 euros) a cada trabajador/a en el caso de que los ingresos brutos de la empresa hayan superado los 45 millones de euros en 2023. En el mes ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2025 se abonarán, en concepto de incentivo 2024, trescientos cin- cuenta euros (350 euros) a cada trabajador/a en el caso de que los ingresos brutos de la empresa hayan superado los 40 millones de euros en 2024 y otros mil cuatrocientos euros (1.400 euros) si los ingresos brutos de la empresa superan los 45 millones de euros en el mismo año. En el mes ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2026 se abonarán, en concepto de incentivo 2025, setecientos euros (700 euros) a cada trabajador/a en el caso de que los ingresos brutos de la empresa hayan supera- do los 40 millones de euros en 2025 y otros mil cuatrocientos euros (1.400 euros) si los ingresos brutos de la empresa superan los 45 millones de euros en el mismo año. Las cantidades acordadas en este artículo tributarán y cotizarán a la Seguridad Social según ley y no serán consolidables. Aquellos/as trabajadores/as que, teniendo derecho a la percepción del incentivo de cual- quiera de los años, no se encuentren de alta en el momento del pago, mantendrán su derecho hasta su reincorporación, en cuyo momento se les abonará. En caso de que se produzca el cese definitivo de un/a trabajador/a, con derecho a la per- cepción del incentivo, antes del mes ▇▇ ▇▇▇▇▇ de cada año, el/la mismo/a mantendrá su derecho a percibir la parte proporcional correspondiente por el periodo trabajado del año que se trate. A efectos de seguimiento de la evolución de los ingresos, la empresa facilitará al comité de empresa, en los meses de julio y octubre de 2022 y enero, ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ y octubre de los años 2023, 2024 y 2025 y enero y abril de 2026, el acumulado de ingresos del trimestre anterior con especificación de su procedencia. En los meses de febrero de los años 2023, 2024, 2025 y 2026 también facilitará al comité el total de ingresos acumulados del año ...
Incentivo variable. Se establece un nuevo concepto de carácter no consolidable, denominado “Variable Resultados”, el cual se devengará en función del EBITDA, contem- plándose exclusivamente la unidad de negocio de venta directa por catálogo o cualquier otro canal de venta de ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇, y cuyo abono se realizará (en caso de devengarse), con la paga del mes de Julio del año en que se aprueben las cuentas anuales de la empresa (en la actividad de venta directa por catá- logo), y ascenderá a: — 100 € brutos por persona, si la empresa alcanza un EBITDA entre 2,5 millones de euros y hasta 3 millones de euros en el año inmediatamente anterior. — 300 € brutos por persona, si la empresa alcanza un EBITDA superior a 3 millo- nes de euros y hasta 5 millones de euros en el año inmediatamente anterior. — 500 € brutos por persona, si la empresa alcanza un EBITDA superior a 5 millo- nes de euros y hasta 7 millones de euros en el año inmediatamente anterior. — 700 € brutos por persona, si la empresa alcanza un EBITDA superior a 7 millo- nes de euros en el año inmediatamente anterior.