Common use of IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES Clause in Contracts

IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES. No podrán concurrir como OFERENTES a la presente licitación aquellas empresas, sociedad y/o personas físicas o jurídicas que se encuentren comprendidas en alguna de las condiciones enumeradas en los puntos subsiguientes. Las empresas y sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos. Las empresas y/o sociedades integradas por personas físicas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o apoderados sean agentes y/o funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, Provincial o del GCABA. Las sociedades irregulares o de hecho. Las empresas, sociedad y/o personas físicas o jurídicas que hubieren sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, sea en el país o en el extranjero, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público de alguno de los Estados Nacional, Provincial o Municipal. Las empresas, sociedad y/o personas físicas o jurídicas que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del País. Las sociedades que posean acciones de otra u otras sociedades oferentes. Las UT en las que todas las empresas integrantes o al menos una forme parte de otra UT oferente. Las empresas, sociedad y/o personas físicas o jurídicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el Art. 2º de la Ley N° 2095, mientras dichas sanciones sigan vigentes. Las empresas, sociedad y/o personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. Las empresas, sociedad y/o personas físicas o jurídicas que resulten ser evasoras y deudoras morosas tributarias y/o previsionales de orden internacional, nacional, provincial o local, declaradas como tales por la autoridad competente. Las empresas y/o sociedad cuyos directores o miembros del organismo de administración y/o personas físicas o jurídicas que resulten Deudores Alimentarios Morosos.

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Samples: Pliego De Especificaciones Técnicas, Pliego De Especificaciones Técnicas, Pliego De Bases Y Condiciones Part Iculares

IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES. No podrán concurrir como OFERENTES oferentes a la presente licitación aquellas empresas, sociedad y/o personas físicas o jurídicas que se encuentren comprendidas en alguna de las condiciones enumeradas en los puntos subsiguientes. contratación: Las empresas y sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos. Las empresas y/o sociedades integradas por personas físicas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o apoderados sean agentes y/o funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, Provincial o del GCABA. Las sociedades irregulares o de hecho. Las empresas, sociedad Empresas y/o personas físicas o jurídicas sociedades que hubieren sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, sea en el país o en el extranjero, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u organismo público de alguno de los Estados Nacional, Provincial o Municipal. Las empresas, sociedad y/o personas físicas o jurídicas que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del País. Las sociedades que posean acciones de otra u otras sociedades oferentes. Las UT UTE en las que todas las empresas integrantes o al menos una forme parte de otra UT UTE oferente. Las empresas, sociedad y/o personas físicas o jurídicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el Art. 2º de la Ley N° 2095, mientras dichas sanciones sigan vigentes. Las empresas, sociedad y/o personas físicas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. Las empresas, sociedad y/o personas físicas o jurídicas que resulten ser evasoras y deudoras morosas tributarias y/o previsionales de orden internacional, nacional, provincial o local, declaradas como tales por la autoridad competente. Las empresas y/o sociedad personas jurídicas cuyos directores o miembros del organismo de administración y/o personas físicas o jurídicas que resulten Deudores Alimentarios Morosos.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares