GARANTÍA DE SATISFACCIÓN Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍA DE SATISFACCIÓN. Si por alguna razón el Asociado Independiente o el Consumidor no está completamente satisfecho con cualquier producto ISAGENIX que haya comprado, podrá recibir un reembolso completo o parcial o bien un remplazo de producto(s), siempre y cuando devuelva el/los producto(s) y su comprobante de compra dentro de los 30 (treinta) días siguientes contados a partir de la fecha de la emisión de la factura original por parte de ISAGENIX, o del Asociado Independiente correspondiente, si un Consumidor o Cliente compró el/los producto(s) directamente de un Asociado Independiente. Las bonificaciones ya pagadas al Asociado Independiente por la reventa de los productos objeto de reclamación serán deducidos de futuros pagos de bonos. Los gastos de envío no son reembolsables. ISAGENIX revisará cada caso por lo que, se reserva el derecho de negar cualquier reembolso o cambio. Para hacer válida la Garantía de Satisfacción podrá contactar al departamento de Atención al Asociado Independiente en los teléfonos que encontrará en la página xxxx://xx.xxxxxx.xxx/ en donde le brindarán la información e instrucciones de cómo hacer válida la garantía.
GARANTÍA DE SATISFACCIÓN. El CLIENTE dispondrá de un plazo de treinta (30) días naturales a partir de la fecha de activación del servidor para resolver el presente contrato sin incurrir en ninguna penalización, excepto las cuotas de alta, gastos de consultorías del servicio técnico, registro de dominios ni cualquier otro servicio que, por su naturaleza, no puede ser reintegrado, por haber sido ya disfrutado o por haber incumplido el CLIENTE los términos de este contrato. No se aplicará este plazo de garantía a las renovaciones del contrato. La solicitud de cancelación deberá ser realizada vía correo electrónico a xxxxxxxxx@xxxxx.xxx. Cualquier solicitud fuera del plazo de garantía al que se refiere este apartado, estará vinculada al punto E de la disposición cuarta de este contrato.
GARANTÍA DE SATISFACCIÓN. 11.1. Cuando con la aplicación integral del Sistema ..., en el lapso de un año desde ..., el FRANQUICIATARIO no lograre un crecimiento en las ventas del ... (...) por cien, podrá exigir del FRANQUICIADOR el reintegro de lo pagado como canon mensual, según lo dispuesto más adelante. 11.1.1 Para requerir reintegros deberá autorizar al FRANQUICIADOR para auditar en cualquier momento sus compras y ventas, a efectos de verificar los resultados obtenidos. 11.1.2 El pedido de reintegro del monto pagado como canon implica renunciar al Sistema ... 12. PROMOCIONES Y OFERTAS ESPECIALES. 12.1. Las promociones especiales de venta y/o abastecimiento regular de productos, respetarán siempre los mejores márgenes de rentabilidad. 12.2. Los productos promocionados y ofertas especiales gozarán siempre de un margen mínimo de rentabilidad del ... (...) por cien, sobre el precio a público. 12.3. El FRANQUICIATARIO podrá abstenerse de participar en promociones con márgenes de rentabilidad inferiores al ... 13. RESERVA Y CONFIDENCIALIDAD. 13.1. Los procesos, métodos y otras informaciones técnicas transmitidas al FRANQUICIATARIO serán siempre propiedad del FRANQUICIADOR, no pudiendo usarse para otro fin y se devolverán a la disolución del contrato junto a los documentos que contengan información, como manuales, folletos, memos, etc. 13.2. El FRANQUICIATARIO asegurará la reserva de los procedimientos e informaciones técnicas obtenidas del Sistema ..., ya que ellas tienen carácter confidencial y secreto. 14. CANON DE ADHESIÓN Y PUBLICITARIO. 14.1. Por los beneficios del Sistema ... el FRANQUICIATARIO pagará un canon de Adhesión mensual al FRANQUICIADOR, de ...<pesos ... ($ ...)/dólares de los Estados Unidos de América ... (EUA$ ...)>, a integrar en los ... (...) días siguientes a la finalización de cada mes calendario, durante la vigencia originaria de este contrato y sus eventuales prórrogas. 14.2. Por contribución a las campañas publicitarias y de comunicación del Sistema ..., el FRANQUICIATARIO abonará un canon Publicitario por un monto de ...<pesos ... ($ ...)/dólares de los Estados Unidos de América ... (EUA$ ...)>, que se integrará como el canon de Adhesión, según la clasificación ... y lo pagará por un lapso mínimo de ... (...) meses. 15.
GARANTÍA DE SATISFACCIÓN. Mannatech respalda la calidad de sus productos y su satisfacción. Si por algún motivo, al probar nuestro producto no queda completamente satisfecho, debe devolverlo a la Compañía durante los 90 días posteriores a la compra para el canje o reembolso de su costo y su correspondiente impuesto aplicable. (La información impresa corporativa y el material promocional de Mannatech no son considerados productos a los fines de la Garantía de satisfacción. Sin embargo, Mannatech permite el canje del material impreso corporativo y de los materiales promocionales actualizados de Mannatech. Por favor, refiérase a la sección de política de Canje de Mannatech 5.13.3.3.) NOTA: Participar en el Plan de compensación y Carrera es opcional. 1. Diversos incentivos/ programas/premios/viajes/promociones especiales/ campañas, etc. (en lo sucesivo denominados “incentivos”) pueden tener criterios específicos de devolución/reembolso/canje. Asegúrese xx xxxx las directrices/reglas para tales incentivos. 2. Está prohibido acumular para obtener incentivos; incluyendo, aquellos productos que compre a través de cuentas de línea descendente. Los Asociados que ganen participaciones/ bonificaciones/incentivos, etc., pueden estar sujetos a la acumulación (refiérase a la sección 5.10.) o la Regla del 70 % (refiérase a la sección 5.11.) cuando los pedidos de productos que se utilizaron para calificar a incentivos sean devueltos. La Compañía tendrá la decisión final en cuanto a si cualquier producto comprado para calificar a participaciones/bonificaciones/incentivos es elegible para devoluciones/reembolsos. Cualquier devolución/reembolso de productos, de pedidos realizados por su línea descendente durante el período de incentivos (sin importar el beneficiario) también están sujetos a la aprobación de la Compañía. Basado en la decisión de la Compañía, esto puede conducir a la disminución de los montos de devolución/reembolso/canje y/o pérdida de participaciones/bonificaciones/incentivos/ calificaciones, etc.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.