Common use of Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación Clause in Contracts

Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación. Para garantizar el pago de cualquier daño y perjuicio causado a la SCT por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del Desarrollador durante la Etapa de Conservación conforme al presente Contrato, el Desarrollador se obliga a entregar a la SCT en la Fecha de Cumplimiento del Tramo Carretero la Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación, expedida por una afianzadora de reconocido prestigio que opere legalmente en México y que sea aceptable para la SCT. El monto de la Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación será por una cantidad igual al 10% (diez por ciento) del valor del pago anual por los Trabajos durante la vigencia del Contrato. La Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación deberá estar vigente desde la Fecha de Cumplimiento del Tramo Carretero hasta la Fecha de Terminación del Contrato. Si el Desarrollador no entrega dicha garantía de conformidad con lo establecido en esta Cláusula, será causa de rescisión de este Contrato. Adicionalmente, en tanto la presente fianza no sea entregada a la SCT, la Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Rehabilitación Inicial no será cancelada ni liberada. El incumplimiento de Desarrollador en mantener vigente la Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación en los términos de esta Cláusula Décima Primera será causa de rescisión de este Contrato. La SCT podrá exigir el pago de daños y perjuicios derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de Desarrollador durante la prestación de los Trabajos mediante el cobro de la Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación. El proceso aplicable para el cobro de dicha fianza será el establecido conforme al artículo 282 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y Fianzas o conforme a las disposiciones legales que en su caso sustituyan a dicho artículo 282. Asimismo, la ejecución de la garantía se sujetará conforme a la lo establecido en los artículos 44 y 45, según sea aplicable, de la Ley de la Tesorería de la Federación o conforme a las disposiciones legales que sustituyan dicha ley. La fianza será liberada en favor del Desarrollador, previa deducción por la SCT de los montos necesarios para satisfacer las penas convencionales u otros importes no pagados y vencidos, si los hubiere, conforme al presente Contrato.

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Samples: Modelo De Contrato Plurianual De Prestación De Servicios, Modelo De Contrato Plurianual De Prestación De Servicios

Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación. Para garantizar el pago de cualquier daño y perjuicio causado a la SCT por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del Desarrollador durante la Etapa de Conservación conforme al presente Contrato, el Desarrollador se obliga a entregar a la SCT en la Fecha de Cumplimiento del Tramo Carretero la Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación, expedida por una afianzadora de reconocido prestigio que opere legalmente en México y que sea aceptable para la SCT. El monto de la Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación será por una cantidad igual al 10% (diez por ciento) del valor del pago anual por los Trabajos durante la vigencia del Contrato. La Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación deberá estar vigente desde la Fecha de Cumplimiento del Tramo Carretero hasta la Fecha de Terminación del Contrato. Si el Desarrollador no entrega dicha garantía de conformidad con lo establecido en esta Cláusula, será causa de rescisión de este Contrato. Adicionalmente, en tanto la presente fianza no sea entregada a la SCT, la Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Rehabilitación Inicial no será cancelada ni liberada. El incumplimiento de Desarrollador en mantener vigente la Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación en los términos de esta Cláusula Décima Primera será causa de rescisión de este Contrato. La SCT podrá exigir el pago de daños y perjuicios derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de Desarrollador durante la prestación de los Trabajos mediante el cobro de la Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación. El proceso aplicable para el cobro de dicha fianza será el establecido conforme al artículo 282 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx Seguros y Fianzas o conforme a las disposiciones legales que en su caso sustituyan a dicho artículo 282. Asimismo, la ejecución de la garantía se sujetará conforme a la lo establecido en los artículos 44 y 45, según sea aplicable, de la Ley de la Tesorería de la Federación o conforme a las disposiciones legales que sustituyan dicha ley. La fianza será liberada en favor del Desarrollador, previa deducción por la SCT de los montos necesarios para satisfacer las penas convencionales u otros importes no pagados y vencidos, si los hubiere, conforme al presente Contrato.

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Samples: Contrato Plurianual De Prestación De Servicios

Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación. Para garantizar el pago de cualquier daño y perjuicio causado a la SCT por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del Desarrollador durante la Etapa de Conservación conforme al presente Contrato, el Desarrollador se obliga a entregar a la SCT en la Fecha de Cumplimiento del Tramo Carretero la Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación, expedida por una afianzadora de reconocido prestigio que opere legalmente en México y que sea aceptable para la SCT. El monto de la Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación será por una cantidad igual al 10% (diez por ciento) del valor del pago anual por los Trabajos durante la vigencia del Contrato. La Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación deberá estar vigente desde la Fecha de Cumplimiento del Tramo Carretero hasta la Fecha de Terminación del Contrato. Si el Desarrollador no entrega dicha garantía de conformidad con lo establecido en esta Cláusula, será causa de rescisión de este Contrato. Adicionalmente, en tanto la presente fianza no sea entregada a la SCT, la Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Rehabilitación Inicial no será cancelada ni liberada. El incumplimiento de Desarrollador en mantener vigente la Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación en los términos de esta Cláusula Décima Primera será causa de rescisión de este Contrato. La SCT podrá exigir el pago de daños y perjuicios derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de Desarrollador durante la prestación de los Trabajos mediante el cobro de la Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación. El proceso aplicable para el cobro de dicha fianza será el establecido conforme al artículo 282 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y Fianzas o conforme a las disposiciones legales que en su caso sustituyan a dicho artículo 282. Asimismo, la ejecución de la garantía se sujetará conforme a la lo establecido en los artículos 44 y 45, según sea aplicable, de la Ley de la Tesorería de la Federación o conforme a las disposiciones legales que sustituyan dicha ley. La fianza será liberada en favor del Desarrollador, previa deducción por la SCT de los montos necesarios para satisfacer las penas convencionales u otros importes no pagados y vencidos, si los hubiere, conforme al presente Contrato.

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Samples: Contrato Plurianual De Prestación De Servicios

Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación. Para garantizar el pago de cualquier daño y perjuicio causado a la SCT por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del Desarrollador durante la Etapa de Conservación conforme al presente Contrato, el Desarrollador se obliga a entregar a la SCT en la Fecha de Cumplimiento del Tramo Carretero la Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación, expedida por una afianzadora de reconocido prestigio que opere legalmente en México y que sea aceptable para la SCT. El monto de la Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación será por una cantidad igual al 10% (diez por ciento) del valor del pago anual por los Trabajos durante la vigencia del Contrato. La Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación deberá estar vigente desde la Fecha de Cumplimiento del Tramo Carretero hasta la Fecha de Terminación del Contrato. Si el Desarrollador no entrega dicha garantía de conformidad con lo establecido en esta Cláusula, será causa de rescisión de este Contrato. Adicionalmente, en tanto la presente fianza no sea entregada a la SCT, la Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Rehabilitación Inicial no será cancelada ni liberada. El incumplimiento de Desarrollador en mantener vigente la Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación en los términos de esta Cláusula Décima Primera será causa de rescisión de este Contrato. La SCT podrá exigir el pago de daños y perjuicios derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de del Desarrollador durante la prestación de los Trabajos mediante el cobro de la Garantía de Cumplimiento en la Etapa de Conservación. El proceso aplicable para el cobro de dicha fianza será el establecido conforme al artículo 282 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx Seguros y Fianzas o conforme a las disposiciones legales que en su caso sustituyan a dicho artículo 282. Asimismo, la ejecución de la garantía se sujetará conforme a la lo establecido en los artículos 44 y 45, según sea aplicable, de la Ley de la Tesorería de la Federación o conforme a las disposiciones legales que sustituyan dicha ley. La fianza será liberada en favor del Desarrollador, previa deducción por la SCT de los montos necesarios para satisfacer las penas convencionales u otros importes no pagados y vencidos, si los hubiere, conforme al presente Contrato.

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Samples: Modelo De Contrato Plurianual De Prestación De Servicios