Common use of FÓRMULA DE EJECUCIÓN DEL ACUERDO Clause in Contracts

FÓRMULA DE EJECUCIÓN DEL ACUERDO. Al tratarse de una acción meramente declarativa, no procede un pronunciamiento sobre sus fórmulas de ejecución El presente Acuerdo causa estado en la vía administrativa y tiene carácter ejecutivo. Contra el mismo, las partes y, en su caso, los interesados pueden interponer, en única instancia, recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Dicho recurso deberá interponerse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, a 3 de febrero de 2015. En la Villa de Madrid, a veintisietes de Enero de dos mil dieciséis. La Sala ha visto el presente recurso contencioso administrativo núm. 221/2015, interpuesto por la Comunidad Foral de Navarra, representada por el Procurador D. (…), bajo la dirección letrada de D. (…), contra la resolución de la Junta Arbitral del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra de 3 de febrero de 2015, dictada en el conflicto núm. 64/2013, promovido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en relación con el cambio de domicilio de los cónyuges Don AAA y Doña BBB. Ha sido parte recurrida la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

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FÓRMULA DE EJECUCIÓN DEL ACUERDO. Al tratarse de una acción meramente declarativa, no procede un pronunciamiento sobre sus fórmulas de ejecución El presente Acuerdo causa estado en la vía administrativa y tiene carácter ejecutivo. Contra el mismo, las partes y, en su caso, los interesados pueden interponer, en única instancia, recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Dicho recurso deberá interponerse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación. Pamplona, a 3 de febrero de 2015. En Esta Sentencia anula la Villa Resolución de Madrid, a veintisietes 3 de Enero febrero de dos mil dieciséis. 2015 de la Junta Arbitral del Convenio Económico sobre el conflicto 64/2013 La Sala ha visto el presente recurso contencioso administrativo núm. 221/2015, interpuesto por la Comunidad Foral de Navarra, representada por el Procurador D. (…), bajo la dirección letrada de D. (…), contra la resolución de la Junta Arbitral del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra de 3 de febrero de 2015, dictada en el conflicto núm. 64/2013, promovido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en relación con el cambio de domicilio de los cónyuges Don AAA y Doña BBB. Ha sido parte recurrida la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

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