EXCLUSIONES DE LA COBERTURA Cláusulas de Ejemplo

EXCLUSIONES DE LA COBERTURA. Además de las exclusiones dispuestas por la Cláusula 3 de las Condiciones Generales Específicas para los seguros de robo, el Asegurador no indemnizará la pérdida prevista en la cobertura cuando:
EXCLUSIONES DE LA COBERTURA. El Asegurador no indemnizará los daños producidos por:
EXCLUSIONES DE LA COBERTURA. Adicionalmente a las exclusiones establecidas dentro de las coberturas que se extienden, en su apartado correspondiente, no quedan amparados en esta cobertura los siguientes riesgos:
EXCLUSIONES DE LA COBERTURA. El Asegurador no será responsable de:
EXCLUSIONES DE LA COBERTURA. Además de las exclusiones dispuestas por la Cláusula 2 de las Condiciones Generales Comunes, el Asegurador no indemnizará la pérdida o daños, cuando:
EXCLUSIONES DE LA COBERTURA. Cláusula 3: El Asegurador no indemnizará la pérdida o daños cuando el siniestro se produzca como consecuencia de:
EXCLUSIONES DE LA COBERTURA. El Asegurador no indemnizará la pérdida o daños cuando el siniestro se produzca como consecuen- cia de Secuestro, requisa, incautación o confiscación realizados por la autoridad o fuerza pública o en su nombre. Los siniestros acaecidos en el lugar u ocasión de producirse los acontecimientos enumerados, se presume que son consecuencia de los mismos, salvo prueba en contrario del asegurado.
EXCLUSIONES DE LA COBERTURA a. Los siniestros en los que el Asegurado haya ingerido bebidas alco- hólicas con tasas superiores a las que reglamentariamente se esta- blezcan en la legislación vigente, y, en todo caso, aquellos en los que haya consumido estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes o cual- quier otra sustancia de efectos análogos.
EXCLUSIONES DE LA COBERTURA. ARTICULO 2
EXCLUSIONES DE LA COBERTURA. Además de las exclusiones genéricas del artículo 5 no son objeto de esta cobertura las consecuencias de los hechos siguientes: