Excedencias forzosas Cláusulas de Ejemplo

Excedencias forzosas. La excedencia forzosa dará derecho a la conservación del puesto de trabajo y al cómputo de la antigüedad. Se concederá por:
Excedencias forzosas. Uno. La excedencia forzosa, que dará derecho a la conservación del puesto de tra- bajo, se concederá en el supuesto de designación o elección para un cargo público u otras circunstancias que imposibiliten la asistencia al trabajo. Se asimila a lo anterior la enfermedad muy grave de hijos, padres o cónyuge que precisen una atención especial, contando siempre con el informe del servicio médico de la Cooperativa. El reingreso, en estos casos, deberá realizarse en el plazo máximo de 30 días naturales a partir de la cesación en el servicio, cargo, función o supuesto.
Excedencias forzosas. Todos los trabajadores incluidos en el ámbito del presente convenio colectivo, tendrán derecho a situarse en excedencia forzosa en los términos y condiciones que estipula y contempla la legislación laboral vigente.
Excedencias forzosas. En estos casos se estará a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y la Ley Orgánica de Libertad Sindical. En situación de excedencia de un trabajador, ya sea voluntaria, especial o forzosa, la empresa vendrá obligada, en caso de sustitución, a efectuarla mediante contrato de interinaje por el tiempo de duración de la excedencia.
Excedencias forzosas. —La excedencia forzosa que dará derecho a la conservación del puesto de trabajo y al cómputo de la antigüedad, se concederá en los siguientes casos: Por la desig- nación o elección para un cargo público de carácter político o sindical. La duración de ésta será la duración del mandato y el reingreso deberá ser solicitado dentro del mes siguiente al cese en el cargo público.
Excedencias forzosas. La excedencia forzosa, con derecho a reserva de puesto de trabajo y antigüedad, se concederá, previa comunicación escrita a la empresa, por las siguientes causas:
Excedencias forzosas. 1.Darán lugar a excedencia forzosa a) El ejercicio de cargo público o sindical representativos, cuando dicho ejercicio imposibilite la asistencia al trabajo o se perciban retribuciones por el mismo. A estos efectos, se entenderá por cargo sindical el de ámbito provincial o superior. De otra parte, se entenderán por retribuciones las que tengan el carácter de salariales. La privación de libertad del trabajador, mientras no exista sentencia condenatoria firme, incluida tanto la detención preventiva como la prisión provisional, o cuando la condena sea por un hecho cometido con anterioridad a su ingreso en Aena, en cuyo caso no se le computará la antigüedad. c) La comisión de destino: A estos efectos, se considerarán en comisión de destino a los trabajadores fijos que, por interés de Xxxx, pasen a ocupar puestos no permanentes en Organismos o Entidades oficiales, nacionales o internacionales, previa autorización por parte de la Entidad Pública Empresarial. En el caso de que no se percibiesen retribuciones en su nuevo destino, se continuará en situación de activo, a todos los efectos, en la Unidad de origen. 2.-Cómputo de antigüedad y reingreso. Los trabajadores en situación de excedencia forzosa tendrán derecho al cómputo, a efectos de antigüedad, del tiempo que permanezcan en dicha situación y a la reserva del puesto de trabajo. Una vez desaparecidas las causas que motivaron la situación de excedencia, el trabajador deberá solicitar el reingreso en el plazo máximo de un mes, debiendo hacerse efectivo el mismo en el plazo de un mes a partir de la fecha de presentación de la solicitud. En caso de no solicitar el reingreso en el plazo establecido en el párrafo anterior, se entenderá extinguido su contrato de trabajo.
Excedencias forzosas. Su concesión es obligatoria por la empresa y comporta la conservación del puesto xx xxxxx- jo y su periodo se tiene como trabajado a efecto de cómputo de antigüedad. El reingreso de- be de ser solicitado dentro del mes siguiente al cese de la causa que lo produjo.
Excedencias forzosas. Las excedencias obligatorias conceden derecho a conservar puesto y antigüedad y, tras comu- nicarlo por escrito a la empresa, se concederán por estos motivos: