DEVOLUCIÓN DEL EQUIPO TERMINAL Cláusulas de Ejemplo

DEVOLUCIÓN DEL EQUIPO TERMINAL. En caso de terminación o rescisión del presente Contrato, el SUSCRIPTOR se obliga a devolver el EQUIPO TERMINAL en las Tiendas Comerciales TELMEX. Al momento de su devolución, se proporcionará al SUSCRIPTOR una nota de recepción del EQUIPO TERMINAL la cual deberá contener el nombre del SUSCRIPTOR, número de serie del EQUIPO TERMINAL, nombre de la persona que lo entrega y lo recibe. El SUSCRIPTOR deberá devolver, cuando menos, el módem y el adaptador de corriente, en el estado en que los recibió, salvo por el deterioro causado por el uso normal de los mismos. En caso de que el SUSCRIPTOR no devuelva el EQUIPO TERMINAL en términos de lo señalado en la presente cláusula, el SUSCRIPTOR queda obligado a pagar a TELMEX, en una sola exhibición, el cargo que se establece en el numeral séptimo del presente Anexo, mismo que será facturado al SUSCRIPTOR en el siguiente recibo TELMEX y/o cuenta maestra. El SUSCRIPTOR reconoce y acepta que en caso de que no devuelva a TELMEX el EQUIPO TERMINAL de conformidad con lo establecido en el numeral sexto del presente Anexo, quedará obligado a pagar sin excepción y en una sola exhibición el cargo por concepto de penalización por no devolución del EQUIPO TERMINAL de conformidad a la tarifa vigente, mismo que le será facturado al SUSCRIPTOR por TELMEX en el siguiente recibo TELMEX y/o cuenta maestra respectiva. El SUSCRIPTOR reconoce y acepta que en la contratación del SERVICIO en cualquiera de sus modalidades, se le otorgan de manera gratuita cuentas de correo electrónico cuya cantidad, plataforma, configuración, vigencia y uso quedará sujeto a las siguientes políticas comerciales: Las cuentas de acceso al CORREO ELECTRONICO identifican al SUSCRIPTOR en forma personal, a través de los siguientes elementos: NOMBRE DEL USUARIO (Username): Nombre seleccionado unilateralmente por el SUSCRIPTOR como identificación propia, para acceder a la cuenta de CORREO ELECTRONICO. DOMINIO: Nombre que identifica a una organización en Internet y se conforma de las siguientes partes: o Nombre de la Organización (Prodigy, infinitum, telmexmail) o Tipo de organización (.com, .net, .edu, .org, .mil, etc.) o Opcional el identificador del país (.mx, .co, .ch, etc.) Ejemplo: Xxxxxxx.xxx.xx = xxxxxxx.xxx.xx Xxxxxxx.xxx = xxxxxxxxxx.xxx SUBDOMINIO: Nombre por medio del cual se identifica a una organización, servidor o servicio dentro de un dominio, es decir es un prefijo que antecede a un dominio. Ejemplo: xxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx = xxxxxxxx.xxxxx.xxx.xx
DEVOLUCIÓN DEL EQUIPO TERMINAL. En caso de terminación o rescisión del presente Contrato, el CLIENTE se obliga a devolver el EQUIPO TERMINAL en las Tiendas Comerciales TELMEX. Al momento de su devolución, se proporcionará al CLIENTE una nota de recepción del EQUIPO TERMINAL la cual deberá contener el número de teléfono y nombre del CLIENTE, número de serie del EQUIPO TERMINAL, nombre de la persona que lo entrega y lo recibe. El CLIENTE deberá devolver, cuando menos, el módem y el adaptador de corriente, en el estado en que los recibió, salvo por el deterioro causado por el uso normal de los mismos. En caso de que el CLIENTE no devuelva el EQUIPO TERMINAL en términos de lo señalado en la presente cláusula, el CLIENTE queda obligado a pagar a TELMEX, en una sola exhibición, el cargo que se establece en el numeral séptimo del presente Anexo, mismo que será facturado al CLIENTE en el siguiente recibo TELMEX y/o cuenta maestra.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.