Common use of Designación del Comité Evaluador Clause in Contracts

Designación del Comité Evaluador. La Unidad de Información y Análisis Financiero designará a los ntegrantes del Comité Evaluador, mediante comunicación escrita de la Subdirectora Administrativa y Financiera. El Comité Evaluador de la Unidad de Información y Análisis Financiero procederá a la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes para la part cipación en el presente proceso dentro del término establecido en el cronograma del proceso, contado a partir del día hábil siguiente a la fecha del cierre del presente proceso de selección. La Unidad de Información y Análisis Financiero efectuará la verificación de los requisitos habilitantes de los aspectos jurídicos, financieros y técnicos de las ofertas, de conformidad con las definiciones establecidas en el capítulo I del presente pliego de condiciones. La verificación de los requisitos habilitantes se realizará individualmente por parte de los miembros que conformen el Comité Evaluador, según la responsabilidad del área a la cual pertenece el integrante del comité. La Unidad de Información y Análisis Financiero, efectuará la verificación de la capacidad jurídica, condiciones de experiencia y capacidad financiera establecidas en el presente pliego de condiciones. En caso de existir discrepancias entre los datos contenidos en la propuesta o entre los datos contenidos en los documentos y certificados anexos, tratándos de obligaciones del proponente, se adoptará la declaración que sea más favorable a la Unidad de Información y Análisis Financiero. Esta evaluación tiene por objeto, el estudio de la documentación para verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley, sus reglamentos y el pliego de condiciones en los aspectos jurídicos. Esta evaluación habilita o no la propuesta para la evaluación de los factores relacionados más adelante. Se efectuará sobre los documentos de contenido jurídico objeto de verificación señalados en el numeral 2.2.1 del presente pliego de condiciones, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de ellos. La verificación de requisitos habilitantes jurídicos estará a cargo Asesora Jurídica de la Unidad de Información y Análisis Financiero. del Jefe de la Oficina La Verificación Financiera de las propuestas, se efectúa con el fin de revisar el manejo financiero y la realidad económica de la empresa, garantizar la solvencia económica y patrimonial del proponente como requisito habilitante dentro del proceso, para tal efecto, la composición de la Capacidad Financiera reflejada en el Registro Único de Proponentes ó la que resulte de las cifras contenidas en el Balance General, en o relacionado con los indicadores de: Capital de trabajo, Índice de Liquidez y Nivel de Endeudamiento. La Verificación Financiera estará a cargo del Profesional Especializado 16 de la Subdirección Administrativa y Financier de la Unidad de Información y Análisis Financiero, con base en la información y documentos suministrados por el proponente o la obtenida de acuerdo a los requerimientos señalados en el numeral 2.2.3 xxx Xxxxxx de Condiciones. ✓ Capital de trabajo: El Patrimonio se obtiene del reflejado en el RUP o el Balance General a diciembre 31 de 2011. capital de trabajo = activo corriente - pasivo corriente Fórmula: habilitado cuando su Capital de Trabajo en SMMLV sea igual o mayor a 950 SMMLV ✓ Índice de liquidez: El Índice de Liquidez se determina, dividiendo el Activo Corriente por el Pasivo Corriente, reflejado en el RUP o el Balance General a diciembre 31 de 2011. Índice de liquidez = activo corriente/pasivo corriente Fórmula: el proponente quedará ✓ Nivel de endeudamiento: Se obtiene el porcentaje de endeudamiento resultante de dividir el Pasivo Total por el Activo Total, reflejado en el RUP o el Balance General a diciembre 31 de 2011. Nivel de endeudamiento = pasivo total/ activo total Fórmula: habilitado cuando acredite como máximo 60% de endeudamiento inclusive. En caso de Uniones Temporales o Consorcios, los indicadores antes mencionados deben ser cumplidos en su totalidad por cada uno de sus integrantes y se asignara el puntaje al del mayor participante.

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Designación del Comité Evaluador. La Unidad de Información y Análisis Financiero designará a los ntegrantes integrantes del Comité Evaluador, mediante comunicación escrita de la Subdirectora Administrativa y Financiera. El Comité Evaluador de la Unidad de Información y Análisis Financiero procederá a la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes para la part cipación participación en el presente proceso dentro del término establecido en el cronograma del proceso, contado a partir del día hábil siguiente a la fecha del cierre del presente proceso de selección. La Unidad de Información y Análisis Financiero efectuará la verificación de los requisitos habilitantes de los aspectos jurídicos, financieros y técnicos de las ofertas, de conformidad con las definiciones establecidas en el capítulo I del presente pliego de condiciones. La verificación de los requisitos habilitantes se realizará individualmente por parte de los miembros que conformen el Comité Evaluador, según la responsabilidad del área a la cual pertenece el integrante del comité. La Unidad de Información y Análisis Financiero, efectuará la verificación de la capacidad jurídica, condiciones de experiencia y capacidad financiera establecidas en el presente pliego de condiciones. En caso de existir discrepancias entre los datos contenidos en la propuesta o entre los datos contenidos en los documentos y certificados anexos, tratándos tratándose de obligaciones del proponente, se adoptará la declaración que sea más favorable a la Unidad de Información y Análisis Financiero. Esta evaluación tiene por objeto, el estudio de la documentación para verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley, sus reglamentos y el pliego de condiciones en los aspectos jurídicos. Esta evaluación habilita o no la propuesta para la evaluación de los factores relacionados más adelante. Se efectuará sobre los documentos de contenido jurídico objeto de verificación señalados en el numeral 2.2.1 del presente pliego de condiciones, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de ellos. La verificación de requisitos habilitantes jurídicos estará a cargo del Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la Unidad de Información y Análisis Financiero. del Jefe de la Oficina La Verificación Financiera de las propuestas, se efectúa con el fin de revisar el manejo financiero y la realidad económica de la empresa, garantizar la solvencia económica y patrimonial del proponente como requisito habilitante dentro del proceso, para tal efecto, la composición de la Capacidad Financiera reflejada en el Registro Único de Proponentes ó la que resulte de las cifras contenidas en el Balance General, en o lo relacionado con los indicadores de: Capital de trabajo, Índice de Liquidez y Nivel de Endeudamiento. La Verificación Financiera estará a cargo del Profesional Especializado 16 de la Subdirección Administrativa y Financier Financiera de la Unidad de Información y Análisis Financiero, con base en la información y documentos suministrados por el proponente o la obtenida de acuerdo a los requerimientos señalados en el numeral 2.2.3 xxx Xxxxxx de Condiciones. ✓ Capital de trabajo: :El Patrimonio se obtiene del reflejado en el RUP o el Balance General a diciembre 31 de 2011. capital de trabajo = activo corriente - pasivo corriente Fórmula: habilitado cuando su Capital de Trabajo en SMMLV sea igual o mayor a 950 SMMLV ✓ Índice de liquidez: :El Índice de Liquidez se determina, dividiendo el Activo Corriente por el Pasivo Corriente, reflejado en el RUP o el Balance General a diciembre 31 de 2011. Índice de liquidez = activo corriente/pasivo corriente Fórmula: el proponente quedará ✓ Nivel de endeudamiento: :Se obtiene el porcentaje de endeudamiento resultante de dividir el Pasivo Total por el Activo Total, reflejado en el RUP o el Balance General a diciembre 31 de 2011. Nivel de endeudamiento = pasivo total/ activo total Fórmula: habilitado cuando acredite como máximo 60% de endeudamiento inclusive. En caso de Uniones Temporales o Consorcios, los indicadores antes mencionados deben ser cumplidos en su totalidad por cada uno la sumatoria de sus integrantes y se asignara el puntaje al losintegrantes del mayor participantemismo.

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Designación del Comité Evaluador. La Unidad de Información y Análisis Financiero designará a los ntegrantes integrantes del Comité Evaluador, mediante comunicación escrita de la Subdirectora Administrativa y Financiera. El Comité Evaluador de la Unidad de Información y Análisis Financiero procederá a la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes para la part cipación participación en el presente proceso dentro del término establecido en el cronograma del proceso, contado a partir del día hábil siguiente a la fecha del cierre del presente proceso de selección. La Unidad de Información y Análisis Financiero efectuará la verificación de los requisitos habilitantes de los aspectos jurídicos, financieros y técnicos de las ofertas, de conformidad con las definiciones establecidas en el capítulo I del presente pliego de condiciones. La verificación de los requisitos habilitantes se realizará individualmente por parte de los miembros que conformen el Comité Evaluador, según la responsabilidad del área a la cual pertenece el integrante del comité. La Unidad de Información y Análisis Financiero, efectuará la verificación de la capacidad jurídica, condiciones de experiencia y capacidad financiera establecidas en el presente pliego de condiciones. En caso de existir discrepancias entre los datos contenidos en la propuesta o entre los datos contenidos en los documentos y certificados anexos, tratándos de obligaciones del proponente, se adoptará la declaración que sea más favorable a la Unidad de Información y Análisis Financiero. Esta evaluación tiene por objeto, el estudio de la documentación para verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley, sus reglamentos y el pliego de condiciones en los aspectos jurídicos. Esta evaluación habilita o no la propuesta para la evaluación de los factores relacionados más adelante. Se efectuará sobre los documentos de contenido jurídico objeto de verificación señalados en el numeral 2.2.1 del presente pliego de condiciones, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de ellos. La verificación de requisitos habilitantes jurídicos estará a cargo Asesora Jurídica de la Unidad de Información y Análisis Financiero. del Jefe de la Oficina La Verificación Financiera de las propuestas, se efectúa con el fin de revisar el manejo financiero y la realidad económica de la empresa, garantizar la solvencia económica y patrimonial del proponente como requisito habilitante dentro del proceso, para tal efecto, la composición de la Capacidad Financiera reflejada en el Registro Único de Proponentes ó la que resulte de las cifras contenidas en el Balance General, en o lo relacionado con los indicadores de: Capital de trabajo, Índice de Liquidez y Nivel de Endeudamiento. La Verificación Financiera estará a cargo del Profesional Especializado 16 de la Subdirección Administrativa Adsministrativa y Financier Financiera de la Unidad de Información y Análisis Financiero, con base en la información y documentos suministrados por el proponente o la obtenida de acuerdo a los requerimientos señalados en el numeral 2.2.3 xxx Xxxxxx de Condiciones. Cuando la propuesta sea presentada por Consorcios o Uniones Temporales, la Verificación Financiera se realizará sobre los resultados individuales de los integrantes, calculándose los índices respectivos mediante la suma de los promedios ponderados de acuerdo a la participación de cada integrante en el Consorcio o Unión temporal y el resultado será la suma de la ponderación de cada uno de ellos, información contenida en Proponentes o los Estados Financieros suministrados. el Registro Único de Indicadores a verificar: ✓ Capital de trabajo: El Patrimonio se obtiene del reflejado en el RUP o el Balance General a diciembre 31 de 2011. capital de trabajo = activo corriente - pasivo corriente Fórmula: habilitado cuando su Capital Criterio: El capital de Trabajo en SMMLV sea trabajo del proponente deberá ser igual o mayor superior a 950 SMMLV $41.791.500. ✓ Índice de liquidez: El Índice de Liquidez se determina, dividiendo el Activo Corriente por el Pasivo Corriente, reflejado en el RUP o el Balance General a diciembre 31 de 2011. Índice de liquidez = activo corriente/pasivo corriente Fórmula: Criterio: Se requiere que el proponente quedará presente un respaldo igual o superior a uno punto cinco (1,5). ✓ Nivel de endeudamiento: Se obtiene el porcentaje de endeudamiento resultante de dividir el Pasivo Total por el Activo Total, reflejado en el RUP o el Balance General a diciembre 31 de 2011. el RUP o el Balance Nivel de endeudamiento = pasivo total/ activo total Fórmula: habilitado cuando acredite como máximo 60% Se efectuará sobre los documentos de endeudamiento inclusivecontenido técnico objeto de verificación señalados en el numeral 2.2.2 del presente pliego de condiciones, de acuerdo con los criterios allí establecidos. En caso La verificación técnica estará a cargo del Asesor Grado 9 de Uniones Temporales la Subdirección La Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF realizará la verificación de los requisitos habilitantes de los proponentes, para determinar si cumplen o Consorcios, los indicadores antes mencionados deben ser cumplidos en su totalidad por no cumplen con todos y cada uno de sus integrantes los requisitos habilitantes establecidos en las normas legales pertinentes y se asignara en este pliego de condiciones, para lo cual tendrá en cuenta la documentación aportada por los proponentes.. Dentro del mismo período la UIAF podrá solicitar por correo a la dirección electrónica indicada en la carta de presentación de la oferta, las aclaraciones sobre los documentos contenidos en la propuesta, las cuales deberán ser atendidas por el puntaje al del mayor participanteoferente dentro plazo establecido por la Unidad de Información convocatoria.

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Designación del Comité Evaluador. La Unidad de Información y Análisis Financiero designará a los ntegrantes integrantes del Comité Evaluador, mediante comunicación escrita de la Subdirectora Administrativa y Financiera. El Comité Evaluador de la Unidad de Información y Análisis Financiero procederá a la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes para la part cipación participación en el presente proceso dentro del término establecido en el cronograma del proceso, contado a partir del día hábil siguiente a la fecha del cierre del presente proceso de selección. La Unidad de Información y Análisis Financiero efectuará la verificación de los requisitos habilitantes de los aspectos jurídicos, financieros y técnicos de las ofertas, de conformidad con las definiciones establecidas en el capítulo I del presente pliego de condiciones. La verificación de los requisitos habilitantes se realizará individualmente por parte de los miembros que conformen el Comité Evaluador, según la responsabilidad del área a la cual pertenece el integrante del comité. La Unidad de Información y Análisis Financiero, efectuará la verificación de la capacidad jurídica, condiciones de experiencia y capacidad financiera establecidas en el presente pliego de condiciones. En caso de existir discrepancias entre los datos contenidos en la propuesta o entre los datos contenidos en los documentos y certificados anexos, tratándos de obligaciones del proponente, se adoptará la declaración que sea más favorable a la Unidad de Información y Análisis Financiero. Esta evaluación tiene por objeto, el estudio de la documentación para verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley, sus reglamentos y el pliego de condiciones en los aspectos jurídicos. Esta evaluación habilita o no la propuesta para la evaluación de los factores relacionados más adelante. Se efectuará sobre los documentos de contenido jurídico objeto de verificación señalados en el numeral 2.2.1 del presente pliego de condiciones, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de ellos. La verificación de requisitos habilitantes jurídicos estará a cargo Asesora Jurídica de la Unidad de Información y Análisis Financiero. del Jefe de la Oficina La Verificación Financiera de las propuestas, se efectúa con el fin de revisar el manejo financiero y la realidad económica de la empresa, garantizar la solvencia económica y patrimonial del proponente como requisito habilitante dentro del proceso, para tal efecto, la composición de la Capacidad Financiera reflejada en el Registro Único de Proponentes ó la que resulte de las cifras contenidas en el Balance General, en o lo relacionado con los indicadores de: Capital de trabajo, Índice de Liquidez y Nivel de Endeudamiento. La Verificación Financiera estará a cargo del Profesional Especializado 16 de la Subdirección Administrativa y Financier de la Unidad de Información y Análisis Financiero, con base en la información y documentos suministrados por el proponente o la obtenida de acuerdo a los requerimientos señalados en el numeral 2.2.3 xxx Xxxxxx de Condiciones. Cuando la propuesta sea presentada por Consorcios o Uniones Temporales, la Verificación Financiera se realizará sobre los resultados individuales de los integrantes, calculándose los índices respectivos mediante la suma de los promedios ponderados de acuerdo a la participación de cada integrante en el Consorcio o Unión temporal y el resultado será la suma de la ponderación de cada uno de ellos, información contenida en Proponentes o los Estados Financieros suministrados. el Registro Único de Indicadores a verificar: ✓ Capital de trabajo: El Patrimonio se obtiene del reflejado en el RUP o el Balance General a diciembre 31 de 2011. capital de trabajo = activo corriente - pasivo corriente Fórmula: habilitado cuando su Capital Criterio: El capital de Trabajo en SMMLV sea trabajo del proponente deberá ser igual o mayor superior a 950 SMMLV $41.791.500. ✓ Índice de liquidez: El Índice de Liquidez se determina, dividiendo el Activo Corriente por el Pasivo Corriente, reflejado en el RUP o el Balance General a diciembre 31 de 2011. Índice de liquidez = activo corriente/pasivo corriente Fórmula: Criterio: Se requiere que el proponente quedará presente un respaldo igual o superior a uno punto cinco (1,5). ✓ Nivel de endeudamiento: Se obtiene el porcentaje de endeudamiento resultante de dividir el Pasivo Total por el Activo Total, reflejado en el RUP o el Balance General a diciembre 31 de 2011. el RUP o el Balance Nivel de endeudamiento = pasivo total/ activo total Fórmula: habilitado cuando acredite como máximo 60% Se efectuará sobre los documentos de endeudamiento inclusivecontenido técnico objeto de verificación señalados en el numeral 2.2.2 del presente pliego de condiciones, de acuerdo con los criterios allí establecidos. En caso La verificación técnica estará a cargo del Asesor Grado 9 de Uniones Temporales la Subdirección Administrativa y Financiera de la Unidad de Información y Análisis Financiero, con el apoyo y previa aprobación del contratista Xxxxxxxx Xxxxxxxx, de conformidad con lo establecido en el Contrato No. 37 de 2012.. La Unidad de Información y Análisis Financiero UIAF realizará la verificación de los requisitos habilitantes de los proponentes, para determinar si cumplen o Consorcios, los indicadores antes mencionados deben ser cumplidos en su totalidad por no cumplen con todos y cada uno de sus integrantes los requisitos habilitantes establecidos en las normas legales pertinentes y se asignara en este pliego de condiciones, para lo cual tendrá en cuenta la documentación aportada por los proponentes.. Dentro del mismo período la UIAF podrá solicitar por correo a la dirección electrónica indicada en la carta de presentación de la oferta, las aclaraciones sobre los documentos contenidos en la propuesta, las cuales deberán ser atendidas por el puntaje al del mayor participanteoferente dentro plazo establecido por la Unidad de Información convocatoria.

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