Common use of Derechos del consumidor Clause in Contracts

Derechos del consumidor. El deudor, tendrá derecho: A) La protección contra los riesgos que puedan afectar su salud, su seguridad y el medio ambiente. B) Recibir información veraz y oportuna sobre los diferentes servicios del acreedor. C) Libertad de escogencia y trato igualitario en los productos financieros y servicios complementarios D) Recibir el apoyo de la institución en temas de capacitación, asistencia técnica, consultoría jurídica. E) La protección de sus legítimos intereses económicos y sociales, así como la protección de los datos suministrados al acreedor. F) Recibir información clara, confiable y sencilla sin cláusulas abusivas que propicie la libre elección. G) Atención de sugerencias y o quejas de forma oportuna. QUINTA: ASOPRO San Xxxxx en el caso de quiebra o de ser revocado como OPERADOR FINANCIERO, se compromete a subrogar los derechos litigiosos y de cobro a favor del ente financiero que corresponda. SEXTA: La inscripción de ASOPRO San Xxxxx, cédula jurídica 0-000-000000, ante la Superintendencia General de Entidades Financieras no es una autorización para operar; la supervisión que ejerce esa Superintendencia es sólo en materia de prevención de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación xx xxxxx de destrucción masiva, según lo dispuesto en la Ley N° 7786, “Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo”. Por lo tanto, la SUGEF no supervisa los negocios que ofrece y realiza ASOPRO San Xxxxx, ni su seguridad, estabilidad o solvencia. Las personas que contraten sus productos y servicios lo hacen bajo su cuenta y riesgo. En fe de lo anterior, firmamos en San Xxxxx el día _.

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Samples: Contrato Privado De Préstamo, Contrato Privado De Préstamo

Derechos del consumidor. El deudor, tendrá derecho: A) La protección contra los riesgos que puedan afectar su salud, su seguridad y el medio ambiente. B) Recibir información veraz y oportuna sobre los diferentes servicios del acreedor. C) Libertad de escogencia y trato igualitario en los productos financieros y servicios complementarios D) Recibir el apoyo de la institución en temas de capacitación, asistencia técnica, consultoría jurídica. E) La protección de sus legítimos intereses económicos y sociales, así como la protección de los datos suministrados al acreedor. F) Recibir información clara, confiable y sencilla sin cláusulas abusivas que propicie la libre elección. G) Atención de sugerencias y o quejas de forma oportuna. QUINTA: ASOPRO San Xxxxx en el caso de quiebra o de ser revocado como OPERADOR FINANCIERO, se compromete a subrogar los derechos litigiosos y de cobro a favor del ente financiero que corresponda. SEXTA: La inscripción de ASOPRO San Xxxxx, cédula jurídica 0-000-000000, ante la Superintendencia General de Entidades Financieras no es una autorización para operar; la supervisión que ejerce esa Superintendencia es sólo en materia de prevención de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación xx xxxxx de destrucción masiva, según lo dispuesto en la Ley N° 7786, “Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo”. Por lo tanto, la SUGEF no supervisa los negocios que ofrece y realiza ASOPRO San Xxxxx, ni su seguridad, estabilidad o solvencia. Las personas que contraten sus productos y servicios lo hacen bajo su cuenta y riesgo. En fe de lo anterior, firmamos en San Xxxxx el día _.

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Samples: Contrato Privado De Préstamo

Derechos del consumidor. El deudorEn todos los casos de venta domiciliaria, tendrá derecho: A) La protección contra los riesgos que puedan afectar su salud, su seguridad y el medio ambiente. B) Recibir información veraz y oportuna sobre los diferentes servicios del acreedor. C) Libertad comprador dispondrá de escogencia y trato igualitario en los productos financieros y servicios complementarios D) Recibir un periodo de al menosiete días naturales para rescindir el apoyo compromiso de la institución compra, teniendo derecho a la devolución de las cantidades que pudiera haber abonado en temas concepto de capacitaciónseñal o a cuenta. El periodo de siete días se computará a partir de la firma del contrato tanto si se produce en ese acto la entrega de la cosa comprada como si no. Cuando la entrega del bien adquirido se produzca con posterioridad a la firma del contrato, asistencia técnicaa partir de ese momento el comprador dispondrá de un nuevo período de siete días para rescindir el compromiso. El vendedor está obligado a informar por escrito al consumidor sobre el derecho a rescindir el contrato. En la citada información se incluirá expresamente el nombre y dirección de una persona ante la que el comprador pueda ejercer este derecho. El comprador podrá notificar a la empresa vendedora su decisión de ejercer el derecho de rescisión, consultoría jurídicadentro del plazo mediante cualquier medio que permita tener constancia fehaciente de la notificación. E) La protección Cuando el ejercicio del derecho comporte la devolución de sus legítimos intereses económicos la cosa vendida, la empresa suministradora viene obligada a hacerse cargo de los gastos de transporte originados por la devolución. Todo usuario que desee efectuar una reparación a un vehículo tiene derecho a presupuesto escrito, en el que deberá figurar: 1.El número de taller en el Registro Especial correspondiente. 2.Nombre y socialesdomicilio del usuario. 3.Identificación del vehículo con expresión de marca, matrícula y número de kilómetros recorridos 4.Reparaciones a efectuar, elementos a reparar o sustituir y/o cualquier otra actividad, con indicación del precio total a pagar desglosado. 0.Xx fecha y firma del prestador del servicio. 0.Xx fecha prevista de entrega del vehículo ya reparado. 7.Indicación del tiempo de validez del presupuesto. 8.Espacio reservado para la fecha y la firma de aceptación por el usuario. En el caso de que el presupuesto no sea aceptado, el vehículo deberá devolvérsele en análogas condiciones a las que fue entregado antes de la realización del presupuesto, pudiendo en este caso cobrar el taller por la confección de dicho presupuesto. Únicamente podrá procederse a la reparación una vez el usuario, o persona autorizada, haya concedido su conformidad mediante la firma del presupuesto o haya dejado constancia de su renuncia a la elaboración del mismo. Todo taller está obligado a entregar al cliente factura escrita debidamente firmada y sellada donde conste: operaciones realizadas, piezas o elementos utilizados y horas de trabajo empleadas, especificando conceptos e importes correspondientes, así como cualquier tipo de cargos devengados. En todos los casos en que el vehículo quede depositado en el taller tanto para elaborar presupuesto como para reparar, la protección empresa entregará al usuario un resguardo acreditativo del depósito del vehículo. El usuario podrá desistir del encargo realizado en cualquier momento, abonando al taller el importe por los trabajos efectuados hasta la retirada del vehículo. Sólo se podrá cobrar gastos de estancia cuando, confeccionado el presupuesto o reparado el vehículo, y puesto el hecho en conocimiento del usuario, éste no de contestación al presupuesto o no proceda a la retirada del vehículo en el plazo de tres días hábiles. Todas las piezas o conjuntos que utilicen los talleres en sus reparaciones deben ser nuevas y adecuadas al modelo de vehículos. En determinados casos (modelos antiguos, etc), puede instalarse piezas reacondicionadas o usadas, pero siempre que exista conformidad escrita del cliente. El taller está obligado a entregar al cliente las piezas, elementos o conjuntos que hayan sido sustituidos, salvo que el usuario renuncie expresamente. Igualmente, el taller está obligado a tener a disposición del público documentación que acredite el origen y precio de los datos suministrados al acreedorrepuestos utilizados en las reparaciones no pudiendo incrementar el precio de los mismos aunque si beneficiarse de los descuentos que les hagan sus proveedores. F) Recibir información claraLos talleres oficiales de marca tendrán a disposición del público en todo momento catálogos y tarifas de piezas actualizados y tablas de tiempos de trabajos y su sistema de valoración en euros. La garantía de las reparaciones será de tres meses o 2.000 kilómetros. Estos periodos se entienden desde la fecha de entrega del vehículo y su validez queda condicionada a que el vehículo no sea manipulado por terceros. La garantía afecta a materiales aportados y mano de obra, confiable y sencilla sin cláusulas abusivas así como a los gastos que propicie se puedan ocasionar, como transporte, desplazamiento de operarios o imposición fiscal que grave la libre elección. G) Atención de sugerencias y o quejas de forma oportuna. QUINTA: ASOPRO San Xxxxx en el caso de quiebra o de ser revocado como OPERADOR FINANCIERO, se compromete a subrogar los derechos litigiosos y de cobro a favor del ente financiero que corresponda. SEXTA: La inscripción de ASOPRO San Xxxxx, cédula jurídica 0-000-000000, ante la Superintendencia General de Entidades Financieras no es una autorización para operar; la supervisión que ejerce esa Superintendencia es sólo en materia de prevención de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación xx xxxxx de destrucción masiva, según lo dispuesto en la Ley N° 7786, “Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo”. Por lo tanto, la SUGEF no supervisa los negocios que ofrece y realiza ASOPRO San Xxxxx, ni su seguridad, estabilidad o solvencia. Las personas que contraten sus productos y servicios lo hacen bajo su cuenta y riesgo. En fe de lo anterior, firmamos en San Xxxxx el día _nueva operación.

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