Derechos de examen Cláusulas de Ejemplo

Derechos de examen. —7.1. Conforme se establece en la ordenanza regu- ladora de la tasa por expedición documentos o de que entienda la Administración o las au- toridades municipales, los derechos de examen para este proceso selectivo ascienden a 6,61 euros, que serán abonados mediante ingreso bancario, previa liquidación facilitada por la Tesorería municipal. De conformidad con el artículo 9 de la citada tasa, estarán exentas de pago: — Aquellas personas que se encuentren en situación de desempleo y no perciban prestación, debiendo justificar esta situación junto con la instancia, mediante cer- tificado expedido por el INEM con fecha actualizada y en el que se haga constar expresamente que “no percibe prestación por desempleo”. — Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, debiendo estos presentar certificado actualizado acreditativo de la discapacidad, expedido por el organismo competente.
Derechos de examen. Conforme a lo dispuesto en el art. 5 de la Ordenanza Fiscal núm. 29, reguladora de la tasa por derechos de examen el importe que el aspirante deberá hacer efectivo es de veintiséis euros (26 €). El pago íntegro de los derechos de examen se efectuará dentro del plazo de presentación de solicitudes, según modelo 029 que se puede obtener en la página web del Ayuntamiento en las condiciones que figuran en las instrucciones de la misma. En el abono de los derechos de examen deberá constar el nombre y apellidos del opositor, el importe y la indicación de la plaza.” Diplomado Universitario en Enfermería. Contrato de relevo”.
Derechos de examen. Los derechos de examen se fijan en treinta y cinco euros (35 euros). Los citados derechos de examen, sólo serán devueltos a quienes no sean admitidos al procedimiento selectivo, por falta de alguno de los requisitos exigidos para tomar parte en el mismo.
Derechos de examen. A la instancia deberá adjuntarse el justificante de haber abonado la cantidad de 40 euros en concepto de derechos de examen por cada espe- cialidad e idioma para la que solicite su admisión. La falta de justificación de dicho abono determinará la exclusión del aspirante. El pago de los derechos de examen se efectuará obligatoriamente mediante carta de pago a ingresar en cualquier entidad bancaria. El modelo de carta de pago se encontrará en la página web del Departamento de Educación: xxx.xxxxxxxxx.xxxxxxx.xx. Los aspirantes deberán acceder a la mencionada página de Internet y rellenar la carta de pago con sus datos, indicando como “detalle del concepto” la especialidad e idioma por la que participan, y, a continuación, bien imprimirla y proceder al pago en cualquier entidad bancaria, o bien efectuar el pago por vía telemática e imprimir el justificante del mismo. En cualquiera de los dos casos, para resultar admitido al procedimiento selectivo el aspirante deberá adjuntar a la instancia de participación el o los justificantes de pago de derechos de examen, uno por cada especialidad e idioma a la que se concurre. La falta de consignación de alguno de los datos que permitan la iden- tificación del aspirante determinará la exclusión del mismo. De conformidad con el artículo 31 de la Ley Xxxxx 7/2001, de 27 xx xxxxx, de Tasas y Precios públicos de la Administración de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx y de sus Organismos Autónomos, están exentas del pago de las tasas:
Derechos de examen. A la instancia deberá adjuntarse el justificante de haber abonado la cantidad de 40 euros en concepto de derechos de examen por cada especialidad para la que solicite su admisión, de acuerdo con el proce- dimiento establecido en la Base cuarta, apartado 2, del procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Maestro aprobado en el Título I de esta Resolución. La falta de justificación de dicho abono determinará la exclusión del aspirante.
Derechos de examen. 7 euros, que deberán ingresarse en la c/c XX00-0000-0000-00- 0000000000, de EspañaDuero-Grupo Unicaja.
Derechos de examen. 5.1. Los derechos de examen serán de 30 euros, los cuales deberán ser abonados a través del mismo trámite telemático de presentación de la solicitud.
Derechos de examen. Las tasas correspondientes a los derechos de examen son de 40 euros, incrementadas anualmente desde la fecha de entrada en vigor de este reglamento con arreglo al IPC anual publicado por el organismo estatal competente.
Derechos de examen. Los concursantes deberán abonar a la Universidad xx Xxxxxxxxxx los correspondientes derechos de examen.
Derechos de examen. Los derechos de examen serán de 22,00 euros, cuyo pago se efectuará en la Tesorería Municipal, por giro postal o telegráfico o en Caja España en la cuenta a nombre del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxxx, con número 2096 0148 76 2049732404, haciendo constar el nombre del aspirante y “Derechos examen convocatoria peón de servicios generales-enterrador”. A la instancia se acompañará carta de pago o documento acreditativo del abono de los citados derechos de examen, los cuales procederá su devolución cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables a los aspirantes, no procediendo la devolución de los derechos de examen por no cumplir los requisitos o no aportar los documentos exigidos en la presente convocatoria, conforme a lo dispuesto en el apartado 7 de la Resolución de 9 de enero de 2002, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública. Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen: