DE LAS CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DEL SUMINISTRO, TIPOS DE OFERTA Y CANTIDAD A LICITAR‌ Cláusulas de Ejemplo

DE LAS CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DEL SUMINISTRO, TIPOS DE OFERTA Y CANTIDAD A LICITAR‌. Las necesidades totales proyectadas de Las Licitantes, para el período 2023-2032, son las que se señalan a continuación, y se han determinado de acuerdo a lo establecido en el artículo 131° y siguientes de la LGSE. Los Bloques de Suministro Licitados en el presente proceso se presentan también a continuación, contando con un período de vigencia entre los años 2023 y 2042, ambos inclusive, donde se mantienen constantes los montos presentados en los cuadros siguientes a partir del año 2032 en adelante. Concepto Subítem 0000 0000 0000 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 Energía [GWh] Proyección 47.333 48.851 50.382 51.958 53.592 55.267 56.988 58.757 60.581 62.459 Contratación comp. base 43.512 37.903 30.505 27.574 24.626 23.278 23.280 23.282 22.980 22.420 Requerimientos comp. base 3.821 10.948 19.877 24.384 28.966 31.989 33.708 35.475 37.601 40.039 Bloque de Suministro N°1-A 1.100 1.100 1.100 1.100 1.100 1.100 1.100 1.100 1.100 1.100 Bloque de Suministro N°1-B 1.620 1.620 1.620 1.620 1.620 1.620 1.620 1.620 1.620 1.620 Bloque de Suministro N°1-C 820 820 820 820 820 820 820 820 820 820 Bloque de Suministro N°2-A 330 330 330 330 330 330 330 330 330 330 Bloque de Suministro N°2-B 330 330 330 330 330 330 330 330 330 330 [ Completar tablas siguientes por las licitantes:] Concepto Subítem 0000 0000 0000 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 Reactivo [GVArh] Proyección Contratado Requerimientos Bloque de Suministro N°1-A Bloque de Suministro N°1-B Bloque de Suministro N°1-C Bloque de Suministro N°2-A Bloque de Suministro N°2-B Concepto Subítem 0000 0000 0000 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 Dda HP [MW] Proyección Contratado Requerimientos Bloque de Suministro N°1-A Bloque de Suministro N°1-B Bloque de Suministro N°1-C Bloque de Suministro N°2-A Bloque de Suministro N°2-B Concepto Subítem 0000 0000 0000 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 Dem Maxima [MW] Proyección Contratado Requerimientos Bloque de Suministro N°1-A Bloque de Suministro N°1-B Bloque de Suministro N°1-C Bloque de Suministro N°2-A Bloque de Suministro N°2-B En el Anexo 1 se incluye la distribución mensual de energía activa, reactiva y demanda máxima, todas ellas a modo referencial, para los requerimientos de Las Licitantes asociados a este proceso licitatorio. Las proyecciones de consumo consideran la composición de clientes de Las Licitantes y sus respectivas características históricas de consumo. De acuerdo a lo señalado en el Informe Final de Licitaciones de 2016, aprobado mediante Resolución Exenta C...
DE LAS CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DEL SUMINISTRO, TIPOS DE OFERTA Y CANTIDAD A LICITAR‌. Las necesidades totales proyectadas de Las Licitantes, para el período 2027-2035, son las que se señalan a continuación, y se han determinado de acuerdo con lo establecido en el artículo 131° y siguientes de la LGSE. El Informe Final de Licitaciones de 2021, aprobado mediante Resolución Exenta CNE N°385, de 30 de septiembre de 2021, presenta las proyecciones de demanda de energía a nivel de transmisión nacional de los clientes regulados, los niveles de contratación de energía de las empresas distribuidoras, y una proyección de los requerimientos resultantes de energía para el horizonte de análisis. A continuación, se presenta un resumen de dichos resultados, así como los montos referenciales de demanda de energía reactiva, demanda de potencia en horas de punta y demanda máxima informados por las empresas distribuidoras: Concepto Item 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 2034 2035 Energía [GWh] Proyección 33.829 34.951 36.141 37.341 38.735 40.207 41.776 43.415 45.118 Contratación 28.815 27.465 27.466 27.466 27.162 26.599 21.145 16.600 16.601 Requerimientos 5.014 7.485 8.675 9.875 11.573 13.608 20.631 26.814 28.517 Reactivos [GVArh] Proyección 2,3029 2,3793 2,4603 2,5420 2,6369 2,7371 2,8439 2,9555 3,0714 Contratado 1,9419 1,8509 1,8509 1,8509 1,8305 1,7925 1,4250 1,1187 1,1187 Requerimientos 0,3611 0,5284 0,6094 0,6911 0,8064 0,9446 1,4190 1,8368 1,9527 Dda HP [MW] Proyección 5,2078 5,3806 5,5637 5,7485 5,9631 6,1897 6,4312 6,6835 6,9457 Contratado 4,3923 4,1865 4,1867 4,1867 4,1403 4,0545 3,2232 2,5304 2,5305 Requerimientos 0,8155 1,1940 1,3771 1,5618 1,8227 2,1352 3,2081 4,1532 4,4152 Demanda Máxima [MW] Proyección 5,9849 6,1834 6,3939 6,6062 6,8529 7,1133 7,3909 7,6808 7,9821 Contratado 5,0480 4,8115 4,8117 4,8117 4,7584 4,6598 3,7043 2,9081 2,9083 Requerimientos 0,9369 1,3719 1,5822 1,7945 2,0944 2,4535 3,6865 4,7727 5,0738 En el Anexo 1 se incluye la distribución mensual y horaria de energía activa, reactiva y demanda máxima, todas ellas a modo referencial, para los requerimientos de Las Licitantes asociados a este proceso licitatorio. Las proyecciones de consumo consideran la composición de clientes de Las Licitantes y sus respectivas características históricas de consumo. En consistencia con lo señalado en el Informe Final de Licitaciones de 2021, en la tabla siguiente se entregan los consumos históricos para clientes regulados de los años 2011 a 2020, y las proyecciones hasta el año 2036 de cada Licitante. CHILQUINTA 2.214 2.344 2.478 2.588 2.636 2.63...
DE LAS CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DEL SUMINISTRO, TIPOS DE OFERTA Y CANTIDAD A LICITAR‌. Las necesidades totales de Las Licitantes, para el período 2015-2033, son las que se señalan a continuación. El requerimiento total ha sido estimado tomando como base las compras reales en los puntos actuales de compra. Los Bloques de Suministro Licitados en el presente proceso por las Licitantes se presentan también a continuación, contando con un período de vigencia entre los años 2016 y 2030 para los Bloques de Suministro Nº1-A, N°1-B y N°1-C, entre los años 2017 y 2031 para los Bloques de Suministro Nº2-A, N°2-B y N°2-C, entre los años 2018 y 2032 para el Bloque de Suministro Nº3 y entre los años 2019 y 2033 para el Bloque de Suministro Nº4. Concepto Subítem 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 Energía GWh Proyección 33.822 35.855 37.962 40.184 42.304 44.526 46.856 49.308 51.880 54.586 57.435 60.418 63.557 66.862 70.337 73.994 77.837 81.882 86.140 Contratado 34.138 33.816 33.879 33.879 33.879 29.418 27.168 22.033 19.783 13.517 5.475 2.225 1.485 0 0 0 0 0 0 Suministro N°1-A 0 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 0 0 0 Suministro N°1-B 0 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 0 0 0 Suministro N°1-C 0 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 0 0 0 Suministro N°2-A 0 0 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 0 0 Suministro N°2-B 0 0 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 500 0 0 Suministro N°2-C 0 0 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 0 0 Suministro N°3 0 0 0 2.400 6.000 6.000 6.000 6.000 6.000 6.000 6.000 6.000 6.000 6.000 6.000 6.000 6.000 6.000 0 Suministro N°4 0 0 0 0 2.500 5.000 5.000 5.000 5.000 5.000 5.000 5.000 5.000 5.000 5.000 5.000 5.000 5.000 5.000 Concepto Subítem 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 2031 2032 2033 Reactivo GVArh Proyección 4.640 4.894 5.154 5.427 5.700 5.988 6.289 6.606 6.937 7.286 7.652 8.035 8.438 8.861 9.305 9.772 10.262 10.776 11.324 Contratado 5.611 5.558 5.559 5.556 5.532 4.906 4.303 3.389 2.785 1.936 1.117 338 338 0 0 0 0 0 0 Requerimientos 0 0 0 0 0 0 0 0 0 488 122 244 122 0 0 0 0 0 804 101 201 101 101 201 101 0 0 1.082 61 123 61 61 123 61 590 0 1.390 33 66 33 33 66 33 795 331 2.079 40 80 40 40 80 40 960 800 2.289 44 88 44 44 88 44 1.057 880 3.467 67 133 67 67 133 67 1.600 1.333 4.411 85 170 85 85 170 85 2.036 1.697 5.694 110 219 110 110 219 110 2.628 2.190 6.755 130 260 130 130 260 130 3.118 2.59...
DE LAS CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DEL SUMINISTRO, TIPOS DE OFERTA Y CANTIDAD A LICITAR‌. Las necesidades totales de CGED, para el período 2010-2024, son las que se señalan a continuación (sin incluir pérdidas): 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024

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  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • Operación EL CLIENTE podrá dar instrucciones x XXXXX para la compra o para la venta de valores, las cuales tendrán el carácter de irrevocables y deberán contener todas las características necesarias para la plena identificación de los valores materia de las mismas, telefónica o escrita, o a través de los medios electrónicos, de cómputo o telecomunicación con que cuente BANSI. La celebración de la compraventa de valores se hará a precios xx xxxxxxx y BANSI deberá confirmar a EL CLIENTE la celebración de éstas, en el estado de cuenta que se le envíe. BANSI se reserva el derecho de exigir la confirmación por escrito de todas aquellas instrucciones que EL CLIENTE le haya otorgado por otros medios diversos al escrito. BANSI se reserva el derecho de corroborar la existencia de la orden o instrucción y el solicitar su confirmación por los medios que juzgue convenientes, pudiendo el BANSI dejar en suspenso la ejecución de la instrucción hasta en tanto el CLIENTE no confirme de manera fehaciente la misma. En este supuesto, al no recibir la confirmación del CLIENTE, el BANSI quedará liberado de la obligación de darle cumplimiento y por lo mismo no tendrá responsabilidad alguna derivada de su inejecución por cambios en los precios xxx xxxxxxx, conclusión de los horarios de operación u otros de naturaleza semejante, sino hasta en tanto reciba la confirmación correspondiente. BANSI invariablemente cargará o abonará a la “Cuenta Eje” de EL CLIENTE, los recursos resultantes de dichas operaciones. BANSI se sujetará a las instrucciones de EL CLIENTE. En lo no previsto expresamente: a) BANSI consultará a EL CLIENTE siempre que lo permita la naturaleza del negocio; b) BANSI se encuentra facultado para actuar discrecionalmente, hará lo que la prudencia le dicte, cuidando del negocio como propio. Si BANSI juzga perjudicial para EL CLIENTE la ejecución de las instrucciones, podrá suspender dicha ejecución, comunicándolo a EL CLIENTE lo más rápidamente posible, en espera de nuevas instrucciones o ratificación de las mismas.

  • DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES Los documentos y datos que deben presentar los licitantes para participar en la presente Invitación se encuentran enlistados en el ANEXO 2 de la presente Convocatoria.

  • DATOS DE CONTACTO Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de Chubb Seguros México, S.A. (UNE): Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

  • XXXXX 000. Xxxxxxxx

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), siendo un importe total de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.