DE LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN Cláusulas de Ejemplo

DE LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. El VENDEDOR O TERCERO asume el interés del GESTOR en mantener el carácter confidencial y secreto de la información y datos durante la vigencia del presente acuerdo y finalizado éste, durante el año inmediatamente siguiente.
DE LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. 18.1 La información que intercambien y clasifiquen como confidencial, como consecuencia de la ejecución del Acuerdo de Producción Limpia en materia de residuos sólidos, podrá ser utilizada como fuente de información para la toma de decisiones y cumplimiento de los fines del mismo.
DE LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. La Fundación Canaria Universitaria de Las Palmas, así como el becario, se comprometen a guardar confidencialidad sobre la información a la que puedan tener acceso en el desarrollo del proyecto objeto de este convenio, siempre que esas informaciones no sean de dominio público. Como excepción a la confidencialidad descrita, la Fundación Canaria Universitaria de Las Palmas está habilitada a presentar al órgano concedente y de control de la subvención que financia el presente proyecto, todos aquellos resultados, derivados del desarrollo del mismo que le sean requeridos, para la correcta justificación de los fondos recibidos. La Fundación Canaria Universitaria de las Palmas entregará a LA EMPRESA COLABORADOA una copia de los resultados finalmente obtenidos en el desarrollo del proyecto.
DE LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. Las instituciones que firman el presente Convenio deberán precautelar la confidencialidad de la información calificada como tal con todo el personal que operará con los datos, ya sean estos funcionarios nombrados, contratados o proveedores del estado.----------------------------
DE LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. 13.1 La información que intercambien y clasifiquen como confidencial, como consecuencia de la ejecución del Convenio, podrá ser utilizada como fuente de información para la toma de decisiones y cumplimiento de los fines del mismo.
DE LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. Los datos e informes obtenidos durante la realización de este Proyecto y los futuros convenios específicos que al amparo del mismo se celebren tendrán carácter confidencial. Cada una de las partes, por lo tanto, se compromete a no difundir, bajo ningún concepto, las informaciones científicas o técnicas que resulten de los trabajos de investigación mientras no se acuerde que esas informaciones sean de dominio público. Todas las partes, se comprometen a que todo el personal participante en el Proyecto conozca y observe el compromiso de confidencialidad regulado por esta cláusula. En cualquier caso, la ULPGC podrá hacer uso de los conocimientos adquiridos durante la realización del Proyecto en actividades propias de su función investigadora. Las disposiciones de esta cláusula subsistirán durante cuatro años después de la terminación del presente contrato.
DE LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. Ambas partes

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.