Common use of Contrato de Suscripción y Membresía Clause in Contracts

Contrato de Suscripción y Membresía. 3.2.1. La Membresía deberá estar a nombre de una o hasta dos personas que sean propietarios del Período Vacacional. En caso que una sociedad, asociación, fideicomiso u otro tipo de organización sea titular del Período Vacacional, se deberá firmar un Contrato de Suscripción y Membresía con el nombre de un funcionario, socio o fiduciario en representación de dicha organización y el Administrador únicamente considerará a dicho individuo como Miembro para todos los efectos a que haya lugar. No se aceptarán Membresías que comprendan a más de 2 (dos) copropietarios por una Propiedad Vacacional. Si la Propiedad Vacacional tiene más de 2 (dos) copropietarios, cada propietario deberá suscribir un Contrato de Suscripción y Membresía. El Administrador cumplirá las instrucciones de cualquier persona que aparezca en una membresía como copropietario del Período Vacacional y en el caso que existieren instrucciones contradictorias, el Administrador tiene el derecho de rehusarse a dar cumplimiento a cualquier instrucción recibida con posterioridad.

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