Contratación telemática Cláusulas de Ejemplo

Contratación telemática. Los Titulares aceptan expresamente que ESFERA CAPITAL pueda archivar el Contrato en los servidores seguros de la Entidad, a modo de entrega telemática, quedando disponible para su consulta desde la página web xxx.xxxxxxxxxxxxx.xx, desde donde el Titular podrá imprimir o archivar una copia del mismo. Asimismo, el Titular acepta expresamente que todas las notificaciones, comunicaciones e información que ESFERA CAPITAL deba remitirle o facilitarle como consecuencia de los servicios suscritos y operaciones realizadas se hagan, siempre que la ley lo permita, por medios electrónicos. Del mismo modo, los Titulares manifiestan y declaran que conocen la utilización por parte de ESFERA CAPITAL de sistemas de firma digitalizada, y prestan su consentimiento expreso para la utilización por parte de ESFERA CAPITAL de los mencionados sistemas de firma digitalizada como medio de prestación del consentimiento para la contratación y celebración de operaciones entre los Titulares (y, en su caso, sus autorizados) y ESFERA CAPITAL, y aceptan la plena validez de las operaciones firmadas utilizando ese sistema, equiparando su validez a todos los efectos a las operaciones celebradas mediante firma manuscrita o firma electrónica reconocida, reconociendo y admitiendo expresamente los Titulares que la firma digitalizada tiene la consideración de firma electrónica reconocida a todos los efectos jurídicos oportunos, entre otros, con carácter enunciativo pero no limitativo, los previstos en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica. En este sentido, los Titulares quedan expresamente informados de que, en las situaciones en que se utilice el sistema de firma digitalizada, dicha firma, junto con los datos biométricos asociados a la misma, serán tratados por ESFERA CAPITAL para las finalidades y en las condiciones previstas en la cláusula Decimonovena del presente Contrato.
Contratación telemática. El Usuario presta su consentimiento expreso para la utilización de sistemas de firma digitalizada como medio de prestación del consentimiento para la contratación y celebración de operaciones entre el mismo y Banco Caminos y acepta la plena validez a todos los efectos a las operaciones celebradas mediante firma manuscrita o firma electrónica reconocida. En este sentido, el Usuario queda expresamente informado de que, en las situaciones en que se utilice el sistema de firma digitalizada, dicha firma, junto con los datos biométricos asociados a la misma, serán tratados por Banco Caminos, S.A. para las finalidades y en las condiciones previstas en la cláusula de Protección de Datos del Contrato Marco. La contratación de nuevos productos o servicios se podrá realizar por este canal, sin perjuicio de que la Entidad pueda exigir la firma manuscrita de cualquier contrato o documento relativo a los productos o servicios contratados.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.