Common use of Contenido de las proposiciones Clause in Contracts

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Contract for Public Service Management, Contract for Public Service Management, Contract for Public Service Management

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, 13.1.- Los licitadores deberán presentar sus proposiciones en la forma exigida indicada en la cláusula 12. La documentación general, la proposición económica y, en su caso, la proposición técnica, se presentarán en los términos que se establecen a continuación. 13.1.1.- Documentación general (Sobre n°1). a) La acreditación de la personalidad del empresario. Cuando se trate de un empresario individual deberá presentarse su Documento Nacional de Identidad, NIF, o, en su caso, pasaporte. Si se trata de una persona jurídica española, deberá presentar el NIF/CIF de la empresa y la escritura de constitución, y/o modificación, en su caso, debidamente adaptada a la ley e inscrita en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil cuando este requisito fuere exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante Si no lo fuere, deberá presentar la escritura o el documento de constitución, los de modificación, estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2correspondiente registro público. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por Europea, deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en la normativa de desarrollo de la LCSP. Además deberán acreditar que se encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el registro procedente de acuerdo objeto del contrato con arreglo a la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamenteencuentren establecidas, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4cuando dicho estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con mediante informe de expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Asimismo, al deberán aportar informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española relativo a que acompañaránel Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, ademásen forma sustancialmente análoga. Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, y deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como la designación de un representante o apoderado único. b) La acreditación de la representación, cuando se actúe mediante representante. Cuando el informe licitador actúe mediante representante, se deberá aportar el DNI del representante y el documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar y contratar, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil. En el caso de unión temporal de empresarios, debe designarse un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. c) La acreditación de la clasificación, en su caso, y/o la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de conformidad con lo establecido en la cláusula 5 de este Pliego y el punto 5 del Cuadro de características del contrato. Cuando se exija clasificación, ésta se acreditará mediante la presentación del certificado de clasificación expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa. Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportar el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo no obstante justificar posteriormente haber obtenido la clasificación exigida en el plazo de subsanación de defectos u omisiones en la documentación a que se refiere la cláusula 15 del presente ▇▇▇▇▇▇. El certificado de clasificación debe ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que los datos de clasificación no han experimentado variación. No obstante, para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, será suficiente que acrediten, en su caso, su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a los requisitos establecidos en la cláusula 5.3 del presente Pliego. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar que todas las empresas que integran la unión han obtenido clasificación como empresa contratista de servicios. En tal caso, se acumularán las clasificaciones individuales de los miembros de la unión temporal de empresas, a efectos de poder acreditar la clasificación global exigida en el presente ▇▇▇▇▇▇. Si concurren uniones de empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros deberán acreditar su clasificación y los últimos, en defecto de ésta, su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Cuando no se exija clasificación, los licitadores deben aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional que se indica en el punto 5 del Cuadro de características del contrato. En este caso, las empresas que liciten en unión temporal deben acreditar individualmente los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. d) Declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, Notario público u organismo profesional cualificado, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 49 de la LCSP. Esta declaración incluirá la manifestación expresa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. Esta declaración responsable, u otro documento, incluirá la manifestación expresa de que la empresa no se halla incursa en ninguno de los supuestos a los que se refiere la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de Incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la CAIB. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por una declaración responsable. e) La acreditación de las circunstancias a que hace referencia la cláusula 14.5 de este Pliego y, en su caso, el punto 11 del Cuadro de características del contrato, cuando la empresa pretenda acogerse al sistema de solución de empates previsto en la cláusula 14.5 de este Pliego. f) Las empresas extranjeras deben presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. g) Cualquier otro documento exigido en este Pliego. 13.1.2.- Proposición económica (Sobre n° 2). El licitador debe presentar su oferta económica según el modelo del Anexo I de este ▇▇▇▇▇▇. La oferta debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello, y no debe contener errores, omisiones u obstáculos para una interpretación correcta de la misma. El importe debe expresarse claramente en números y letras. Se indicará el importe IVA excluido y, a continuación, como partida independiente, el importe del IVA que deba ser repercutido. También debe indicarse el tipo impositivo de IVA aplicable a la prestación y el importe total de la oferta. Se entiende que la oferta económica incluye todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato. 13.1.3.- Proposición técnica (Sobre n°3 y/o Sobre n°4). El licitador debe presentar la documentación relativa a los criterios de adjudicación que se indica en la letra C del Cuadro de criterios de adjudicación del contrato. Esta documentación se incluirá, según cada caso, en el sobre n°3 y/o en el sobre n°4, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 12 y en la letra C del Cuadro de criterios de adjudicación del contrato. Si el licitador no aporta la documentación relativa a alguno de estos criterios de adjudicación, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate. 13.2.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma de las ▇▇▇▇▇ Balears le eximirá de aportar la documentación relativa a la personalidad y representación, siempre y cuando la representación sea la misma que conste en el certificado aportado, y el certificado de clasificación, siempre y cuando en el certificado del Registro conste la clasificación referida al objeto del contrato o, en su caso, documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica, salvo la documentación específica que deba ser aportada en todo caso. No obstante, este certificado no exime de aportar la documentación a que hace referencia la cláusula 13.1.1.d). Este certificado debe ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación. Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicatario, en el documento en que se formalice el contrato, sin perjuicio de que el órgano de contratación pueda, si lo estima conveniente, efectuar una consulta a dicho Registro. 13.3.- En el caso de unión temporal de empresarios, se deberá presentar un compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. Este documento debe ir firmado por los representantes de cada una de las empresas integrantes de la unión. Los miembros de la unión deben indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la componen, la participación de cada uno de ellos, y deben designar un representante o apoderado único. 13.4.- Cuando un licitador considere que algún documento incluido en su proposición técnica debe ser considerado como confidencial de conformidad con el artículo 44.1 del TRLCSP124.1 de la LCSP, deberá designar expresamente los documentos que reúnan dicho carácter. Esta circunstancia deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento.

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Sources: Arrendamiento, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de 8.1. Los licitadores presentarán tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En sobres indicando en el exterior texto de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y en el asunto el número de referencia del empresario expediente y el objeto del contrato indicado en el APARTADO “A” de la Carátula del presente ▇▇▇▇▇▇. 8.2. Los tres (3) sobres se enviarán a la siguiente dirección: ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇. ▇▇▇▇▇▇▇, 36-1ª Planta 48011 BILBAO, dentro del plazo indicado en el APARTADO “E” de la Carátula del presente Pliego, y/o empresa licitadora; en su caso, en el NIF anuncio de licitación. En la descripción del “Asunto” del sobre se indicará, en cada uno de ellos, lo siguiente: o CIFSobre (A): “Nº expediente licitación: Documentación Administrativa”. o Sobre (B): “Nº expediente licitación: Criterios evaluables mediante un juicio de valor”. o Sobre (C): “Nº expediente licitación: Criterios evaluables mediante fórmula matemática”. 8.3. El Sobre (A) contendrá los documentos que se detallan en el apartado 8.5, debiendo estar firmado el Sobre (B) la documentación indicada en el apartado 8.6 y el Sobre (C) la documentación enumerada en el apartado 8.7 del presente Pliego. 8.4. La entrega de las proposiciones impone a los concursantes la obligación de aceptar la licitación si se les adjudica. Una vez presentada una proposición, no podrá ser retirada, salvo por razones justificadas, así apreciadas por el licitador o persona EVE.‌‌‌ 8.5. Sobre (A): Documentación Administrativa. (i) En lo referente a la Documentación Administrativa, aquellos licitadores que lo represente. Asimismo y bajo se encuentren inscritos en el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número Registro de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOContratistas del Gobierno ▇▇▇▇▇ deberán presentar únicamente: A. Documento o documentos a. Copia del certificado acreditativo correspondiente, que acrediten la capacidad deberá ir acompañado de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosuna declaración responsable, en la forma exigida que se asegure la validez y vigencia de los datos aportados al Registro. b. Certificación de su inscripción en el artículo 72 Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones con la autorización necesaria en atención a la rama del TRLCSPseguro correspondiente al contrato objeto de licitación. A.1. c. El ANEXO VI debidamente cumplimentado. d. El ANEXO XI debidamente cumplimentado y firmado. a. D.N.I., o documento fehaciente que haga sus veces, de quien presente la proposición, y los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro acompañarán también poder bastante a tal efecto. b. Certificación de su inscripción en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones con la autorización necesaria en atención a la rama del seguro correspondiente al contrato objeto de licitación. c. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los el que consten constarán las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público que correspondaoficial. d. Poder con facultades suficientes para contratar, según de conformidad con lo estipulado en el tipo apartado anterior, en cuanto a la forma de acreditación de la capacidad de obrar. e. Declaración responsable, suscrita por persona jurídica con facultades, de no estar incurso el empresario en causa de prohibición, incapacidad o incompatibilidad de las previstas en el artículo 60 del TRLCSP. A tal fin, se aportarán debidamente cumplimentado y firmado el ▇▇▇▇▇ ▇▇ de este ▇▇▇▇▇▇. En dicha declaración se hará constar expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, sin perjuicio de que se tratela justificación acreditativa de tal requisito deba exigirse antes de la formalización del contrato con el empresario que haya sido seleccionado. A.2f. El ANEXO VI debidamente cumplimentado. g. El ANEXO XI debidamente cumplimentado y firmado. (ii) Si así se hubiera establecido en el APARTADO “G” de la Carátula, deberá aportarse aval constituido en concepto de garantía provisional y por el importe indicado en ese apartado. Para La garantía provisional se cancelará y devolverá a los empresarios españoles individuales será obligatoria licitadores no seleccionados una vez que el empresario seleccionado formalice el contrato. (iii) Por lo que se refiere a la presentación solvencia económica, financiera y técnica o profesional del Documento Nacional licitador, se deberá aportar la siguiente documentación: 1. Informe de Identidad o el quelas Instituciones Financieras. 2. Primas cobradas en seguro directo en los ejercicios 2012 y 2013. 3. Nº de pólizas en vigor de la aseguradora al término de cada uno de los ejercicios 2012 y 2013, en su caso, le sustituya reglamentariamenteel sector energético a nivel nacional. A.34. La capacidad Margen de obrar solvencia fijado a la aseguradora por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, por el que se aprobó el Reglamento de Ordenación del seguro privado y margen de solvencia existente realmente al ejercicio 2013. 5. Fondo de Garantía fijado a la aseguradora por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, por el que se aprobó el Reglamento de Ordenación y Supervisión de seguros Privados y Fondo de Garantía que realmente tenía la aseguradora al término del ejercicio económico del año 2013. 6. Resultado de los empresarios no españoles balances y cuentas de pérdidas y ganancias correspondientes a los ejercicios 2012 y 2013 adjuntando las copias y las declaraciones de Impuestos de Sociedades, y de las cuentas Anuales auditadas depositadas en el Registro Mercantil del ejercicio 2013. 7. Personal y medios técnicos que sean nacionales la licitadora ofrece al GRUPO EVE para cada riesgo licitado, describiendo su nombre, lugar de Estados miembros trabajo, experiencia en el ramo del seguro que se oferte: señalando el tiempo medio de respuesta a las demandas de sus clientes que estos medios ofrecen y cuantos datos de interés al respecto resulten para una mejor comprensión del servicio ofertado. 8. Número de personas y oficinas en la Administración de la Unión Europea se acreditará por su inscripción Comunidad Autónoma de Euskadi con especial referencia a las titulaciones académicas y profesionales del personal de dirección de empresa y en el registro procedente particular del personal responsable de acuerdo con la legislación ejecución del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificadocontrato. 9. Experiencia probada en pólizas similares, en los términos que se establezcan reglamentariamente, cuanto a contenido e importe a las del objeto de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicacióneste contrato. A.410. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad Mínimo de obrar con informe de cien (100) personas en la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio plantilla fija de la empresa. - Integración de la solvencia con medios externos Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar este contrato, el contratista podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispondrá efectivamente de esos medios. A fin de demostrar que efectivamente el contratista dispondrá de esos medios durante la ejecución del contrato y que las partes que deban ser ejecutadas por los subcontratistas no exceden en cómputo total del 50 por ciento del precio del contrato, deberá aportarse un compromiso de subcontratación que deberá ajustarse a las siguientes condiciones: a) Podrá presentarse inicialmente en documento privado. No obstante, si la empresa resultara adjudicataria provisional deberá documentarse en escritura pública. b) Deberá indicarse la parte del contrato que tenga previsto subcontratar y el porcentaje que supone respecto del precio del contrato. c) Deberá expresar que, para el caso de que la empresa resultara adjudicataria del contrato, se ponen a disposición de la subcontratista todos los medios necesarios para ejecutar la parte del contrato correspondiente. d) La futura subcontratista deberá quedar identificada por el nombre o, al que acompañaránmenos, ademása través de su perfil empresarial. Si la adjudicataria pretendiera después subcontratar con otras empresas distintas a las así identificadas, el informe a que se refiere aplicará lo establecido en el artículo 44.1 227.2, letras a) y c) del TRLCSP. 1. Capacidad: 2. Solvencia económica y financiera, técnica o profesional: 8.6. Sobre (B): Documentación relativa a criterios no cuantificables por formula. 8.7. Sobre (C): Criterios evaluables mediante fórmula matemática.

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Sources: Contract for Insurance Policy, Contract for Life and Accident Insurance

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de tres (3) sobres, numerados, Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento en dos sobres cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de con la licitación; documentación que se especificada en la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIFcláusula siguiente, debiendo estar firmado firmados por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacionallicitador, en los que consten se hará constar de forma legible: - La denominación del sobre (Sobre «A» Documentación Administrativa y Sobre «B» Oferta Económica, según ▇▇▇▇▇▇▇) - La leyenda «Proposición para licitar la concesión de Bar- Cafetería del Parque Barrio Lejos». - El nombre y apellidos de quien firme la proposición - Un domicilio, teléfono, fax y correo electrónico a efectos de notificaciones, Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos: Declaración Responsable del licitador conforme al modelo incluido en el Anexo I del presente pliego, indicativa del cumplimiento de las normas por condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. Si varias empresas concurren constituyendo una unión temporal, cada una de las que se regula la componen deberá acreditar su actividadpersonalidad, debidamente inscritoscapacidad y solvencia, presentando cada una de ellas la correspondiente declaración responsable. Anexos relativos a la autorización al Ayuntamiento para recabar información de estar al corriente con AEAT y Seguridad Social. En todo caso, el órgano de contratación, o el órgano auxiliar de éste, en su casoorden a garantizar el buen fin del procedimiento, en el Registro público podrá recabar, que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria licitadores aporten la presentación del Documento Nacional de Identidad totalidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar una parte de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidosdocumentos justificativos, o mediante aclaraciones sobre ellos, o requerirles para la presentación de una declaración jurada otros complementarios cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o un certificadofiabilidad de la declaración. En tal caso los licitadores requeridos deberán presentar la documentación solicitada en el plazo máximo de cinco días hábiles. En el caso de defectos u omisiones subsanables se concederá plazo no superior a tres días para su subsanación. SOBRE B, “PROPOSICIÓN ECONÓMICA”. Contendrá la proposición económica con el criterio valorable en los términos letra y número, con arreglo al modelo previsto que se establezcan reglamentariamenteadjunta al presente ▇▇▇▇▇▇ como ▇▇▇▇▇ ▇▇: La proposición económica estará debidamente firmada por quien tiene poder bastante para hacerlo y fechada. No se aceptaran aquellas que tengan omisiones, de acuerdo errores o tachaduras que impidan conocer claramente la oferta económica. Si alguna proposición no guardase concordancia con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe la documentación examinada y admitida, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la Misión Diplomática Permanente proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de España en el Estado correspondiente que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSPcontratación mediante resolución motivada.

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Sources: Concesión Administrativa, Concesión Administrativa

Contenido de las proposiciones. 11.2.1. Bases para su redacción y presentación 11.2.1.1 La documentación constará presentación de proposiciones supone por parte del licitador la aceptación incondicional de las cláusulas de esta Bases, así como que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar. 11.2.1.2 Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados cerrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado firmados por el licitador o por persona que lo la represente. 11.2.1.3 LA FUNDACIÓN podrá pedir justificación documental o aclaraciones de todos los datos aportados por el licitador antes de la adjudicación, condicionando ésta a que dicha justificación o aclaraciones sean suficientes a su juicio. 11.2.1.4 Si durante la tramitación del expediente y antes de la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una entidad licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la entidad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que acredite ante el órgano de contratación reunir las condiciones de ca- pacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y la solvencia exigida en este ▇▇▇▇▇▇ para poder participar en el procedimiento de adjudicación. 11.2.1.5 Todos los documentos que se presenten, de no ser originales, deberán tener carácter de auténticos conforme a la legislación vigente. 11.2.1.6 Todos los documentos en idioma extranjero que se presenten deberán ir acompañados de su correspondiente traducción oficial al castellano. Asimismo Deberá expresarse en todo caso:  La licitación a la que se concurre.  Licitador o representante, nombre de la persona, apellidos y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completafirma.  Razón social.  Teléfono, número de teléfono, número de fax y una dirección de correo electrónicoelectrónico en que efectuar las notificaciones. TÍTULO En el interior de cada sobre un índice o sumario del contenido, enunciado numérica- mente. Se entregarán tres sobres, denominados respectivamente: - SOBRE A: Documentación General. - SOBRE B: Documentación de los criterios que dependen de un juicio de valor. - SOBRE C: Documentación de los criterios económico y evaluables por aplicación de fórmulas. 11.2.1.6.1 Sobre A: Documentación GENERAL- SOBRE A DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar 1.- Los documentos a presentar para personas físicas y jurídicas españolas serán los que si- guen, todo ello en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOcarpeta foliada con el correspondiente índice: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en a) Si el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de empresario fuere persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del física: Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente, junto con el resto de datos identifi- cativos y de contacto (teléfono, fax y una dirección de correo electrónico en que efec- tuar las notificaciones), así como el Alta en el Impuesto sobre Actividades Económi- cas en el epígrafe que corresponda con el objeto del contrato. A.3b) Si la empresa fuera persona jurídica, los siguientes: 1. La capacidad Declaración de obrar la composición accionarial así como los datos relativos a la sede social, teléfono, fax, dirección electrónica, etc., que deberá acompañarse de la rela- ción de los empresarios no españoles que sean nacionales distintos socios en función de Estados miembros las distintas clases de la Unión Europea se acreditará por acciones, de existir. 2. Escritura pública de constitución y/o modificación, en su caso, con diligencia acre- ditativa de su inscripción en el registro procedente Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil aplicable; si no fuera exigible, escritura o docu- mento de acuerdo constitución, modificación, estatuto o acto fundacional en el que constarán las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspon- diente Registro Oficial. 3. En el supuesto de que se comparezca o firmen las proposiciones en nombre de otra persona jurídica: Poder bastante al efecto, así como D.N.I., o documento que re- glamentariamente le sustituya, del apoderado. Si el representante lo es de persona ju- rídica, el poder deberá estar debidamente inscrito en el Registro Mercantil, salvo en el supuesto previsto en el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil 4. Copia compulsada de la Tarjeta del Número o Código de Identificación Fiscal. c) Los que acrediten justificación de requisitos de solvencia económica. d) Los que acrediten solvencia técnica. e) Declaración responsable de relación de empresas vinculadas con el oferente, de conformidad con el Anexo III del presente ▇▇▇▇▇▇. f) Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado de no estar incurso en prohibición de contratar, conforme al artículo 60 del TRLCSP, y que incluirá la manifestación de hallarse al co- rriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social im- puestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse antes de la adjudicación por la empresa a cuyo favor se vaya a efectuar ésta, de conformidad con el Anexo IV del presente pliego. g) Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, en caso de resultar adjudicataria, del cumplimien- to con la legislación obligación de tener empleados durante la vigencia del Estado donde estén establecidoscontrato, al menos un dos por ciento (2%) de trabajadores/as con minusvalía si la plantilla de la empresa al- canza un número de 50 o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamentemás trabajadores/as, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe el artículo 38.1 de la Misión Diplomática Permanente Ley 13/1982, de España 7 ▇▇ ▇▇▇▇▇, de Integración Social de Minusválidos o, en su caso, la obligación de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el Real Decreto 27/2000, de 14 de enero, todo ello conforme al modelo de declaración que se adjunta como Anexo V. h) Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de conformidad con el Anexo VI, de elaborar y aplicar un plan de igualdad, tal y como se establece en el Estado correspondiente o artículo 45 ▇▇ ▇▇▇ Orgánica 3/2007, de 22 ▇▇ ▇▇▇▇▇, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de confor- midad con el Anexo V del presente pliego siempre que se halle en alguna de las cir- cunstancias siguientes: - Disponer de más de 250 trabajadores/as. - Cuando así lo establezca el convenio colectivo que le sea aplicable. - Cuando la autoridad laboral lo hubiere acordado como medida que sustituye la sanción en un procedimiento sancionador. La presentación del distintivo empresarial en materia de igualdad eximirá a la licitado- ra de la Oficina Consular aportación de dicha declaración. En el caso de estar exenta de las obligaciones —tanto en cuyo ámbito territorial radique el domicilio materia social como en igualdad entre hombres y mujeres— por no encontrarse en ninguna de la empresalas circuns- tancias señaladas en los apartados h) y g) anteriores deberá, al en su lugar, presentar declaración responsable que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSPacredite dicha exención.

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Sources: Adjudicación Del Contrato De Servicios, Contrato De Explotación De Servicios Audiovisuales E Iluminación

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de tres 8.1- CONTENIDO DEL SOBRE A (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO:) A. Documento o documentos que acrediten la a) Personalidad jurídica y capacidad de obrar de las empresas: b) Acreditación de la representación y personalidad jurídica de los licitadores, ya sean nacionales firmantes de las ofertas: c) Clasificación empresarial o extranjeros, solvencia económica y financiera y técnica o profesional: d) Declaración responsable de la empresa diciendo que no está incursa en ninguna de las prohibiciones de contratar con la forma exigida Administración determinadas en el artículo 72 60 del TRLCSPTRLCSP y, especialmente, de estar al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. A.1. La capacidad e) Garantía provisional: f) Sumisión a los juzgados y tribunales españoles: g) Sucursal en España h) Compromiso de obrar adscripción a la ejecución del contrato de medios materiales y/o personales. i) Designación de la información incorporada al sobre A que la empresa marque como confidencial j) Declaración responsable según anexo de no haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o en los documentos preparatorios del contrato. k) Declaración responsable sobre el cumplimiento de las obligaciones sobre prevención de riesgos laborales a) Copia del contrato del Servicio de Prevención ajeno o certificado del contrato con el Servicio de Prevención Ajeno acreditado firmado y sellado por éste o copia del acta de designación es un Servicio de Prevención propio o mancomunado. b) Declaración responsable conforme si es necesaria o no la presencia de recursos preventivos propios (según artículo 32 bis de la LPRL y artículo 22 bis del RD 39/1997) para los trabajos o servicios desarrollados por la adjudicataria en las instalaciones del CRAG y, en caso afirmativo, compromiso conforme ese trabajador estará durante los trabajos que hagan necesaria su presencia, nombre y apellidos de dicho trabajador y fotocopia del documento acreditativo de la formación como mínimo nivel básico en prevención de riesgos laborales. c) Evaluación de riesgos de la empresa adjudicataria y de los empresarios riesgos específicos ligados a la actividad que fueren personas jurídicas se acreditará mediante desarrollarán en nuestro centro de trabajo y que puedan afectar a los trabajadores del CRAG u otras empresas concurrentes. d) Planificación de las actividades preventivas derivadas de los riesgos laborales del punto c). e) Nombre y apellidos, DNI/NIE de todos los trabajadores que desarrollarán actividades en nuestro centro de trabajo. f) Certificados médicos de idoneidad o aptitud de todos los trabajadores que desarrollarán tareas en nuestro centro de trabajo. g) Certificados y temarios de la escritura o documento formación teórica y práctica de constitucióntodos los trabajadores que desarrollarán tareas en nuestro centro de trabajo, acorde con sus riesgos laborales. h) El certificado de entrega de EPIS (equipos de protección individual) de cada trabajador con los estatutos o el acto fundacional, en equipos de protección individual necesarios según los riesgos a los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, expone en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trateactividad laboral. A.2. Para i) Compromiso escrito de facilitar a los empresarios españoles individuales será obligatoria trabajadores la presentación del Documento Nacional información e instrucciones (verbales o escritas) facilitadas por el CRAG, y compromiso de Identidad o el que, cumplir y hacer cumplir la normativa en su caso, le sustituya reglamentariamenteprevención de riesgos laborales. A.3j) Documentación de pagos y afiliación a la Seguridad Social. La capacidad de obrar Las empresas o autónomos acreditarán estar al corriente con la seguridad social mediante entrega de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros documentos: TC1, TC2, TA o pago de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente cuota de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicaciónautónomos. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe k) Nombre, apellidos y teléfono de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o persona que ejerza como interlocutor y responsable de la Oficina Consular prevención en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Service Contract, Service Agreement

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 10.1.- Las proposiciones, conforme a lo establecido en el art. 79.2 del TRLCAP y 80 del RGLCAP, constarán de tres (3) sobresdos sobres cerrados, numerados, cerradossellados y firmados por el proponente, lacrados y precintados. En el exterior de que hará constar en cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto su contenido, así como teléfono y/o fax de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarcontacto para realizar, en hoja independientesu caso, un índice el oportuno trámite de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO:subsanación de defectos. A. Documento o documentos que acrediten 10.2.- El sobre número uno (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA) contendrá la documentación acreditativa de la capacidad de obrar y de los licitadoresrequisitos para concurrir a la licitación. Los documentos se aportarán presentando sus originales o bien mediante copias auténticas. Solamente deberán incluirse los documentos que a continuación se relacionan. De conformidad con el artículo 80 del RGLCAP se hará constar en hoja independiente el contenido del sobre, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida enunciado numéricamente. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 72 4 de la Ordenanza Reguladora del TRLCSP.Registro de Licitadores de la Diputación Provincia ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ (B.O.P. nº 80, de 6 de julio de 2.005), los licitadores inscritos en dicho Registro únicamente deberán acompañar a las proposiciones, respecto de aquella documentación que obre correctamente depositada en el mismo, certificación expedida por el Secretario General con el visto bueno del Sr. Presidente y rubricada por el Jefe del Servicio de Contratación, que surtirá plenos efectos, siempre y cuando se encuentre debidamente actualizada. En el caso de que no se presente dicho certificado deberán presentar los siguientes documentos: A.1a) DOCUMENTOS RELATIVOS A LA PERSONALIDAD DEL LICITADOR Y EN SU CASO A LA REPRESENTACIÓN QUE OSTENTE. La capacidad - Cuando se trate de obrar empresarios individuales, D.N.I. o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente del firmante de los empresarios que fueren la proposición. - Cuando se trate de personas jurídicas se acreditará jurídicas, escritura de constitución, o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil aplicable o, si no lo fuere, mediante la escritura o documento de constitución, los constitución estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el registro oficial correspondiente. Cuando se trate de empresas no españolas se estará a lo dispuesto en el art. 15.2 del TRLCAP y en los arts. 9 y 10 del RGLCAP. Asimismo, se acompañará documento acreditativo del código de identificación fiscal (CIF) de la empresa y el documento nacional de identidad (DNI) o documento que lo sustituya de las personas facultadas para licitar y firmar la proposición. - Escritura de apoderamiento, bastanteada por los Servicios Jurídicos de la Diputación (Oficialía Mayor), cuando se firmen proposiciones en nombre de otro. Si se trata de un poder general deberá figurar inscrito en el Registro público Mercantil, no siendo necesario si se trata de un poder especial para un acto concreto. La presentación de las escrituras para el bastanteo deberá realizarse, al menos, con 48 horas de antelación a la finalización del plazo de presentación de proposiciones. b) DECLARACIÓN RESPONSABLE (Modelo Anexo II) en la forma establecida en el art. 21.5 del TRLCAP de que correspondala empresa licitadora no está incursa en ninguna de las prohibiciones establecidas en el art. 20 del TRLCAP. Podrá consistir en testimonio judicial o certificación administrativa, según y de no poder ser expedidos en una declaración responsable otorgada ante una autoridad judicial o administrativa, notaría u organismo profesional cualificado. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el tipo cumplimiento de persona jurídica las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa deba ser exigida antes de la adjudicación a los que vayan a resultar adjudicatarios del contrato a cuyo efecto se les concederá un plazo de 5 días, en el caso de que no la hubieran presentado previamente o en el mismo sobre de documentación general. La documentación acreditativa de que las empresas se hallan al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones Tributarias y de Seguridad Social que se exigirá a los que vayan a resultar adjudicatarios será la siguiente: - Certificaciones administrativas, no caducadas, expedidas por los órganos competentes, tal y como se establece en los arts., 13, 14 y 15 del RGLCAP. -Fotocopia compulsada del documento de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, referida al ejercicio corriente, o del último recibo del mismo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto o declaración responsable de no estar obligada a presentar dichos documentos. c) DOCUMENTOS RELATIVOS A LA CLASIFICACIÓN O A LA SOLVENCIA ECONÓMICA O FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL. - Acreditación de la misma por los medios señalados en el cuadro de características específicas de entre los previstos en los artículos 16 y 19 del TRLCAP, o mediante el certificado de clasificación si así se exige en el referido cuadro de características. d) ACREDITACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA PROVISIONAL, en el caso de que tal exigencia figure en el cuadro de características específicas. En ese supuesto, la garantía provisional habrá de ser constituida en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 35 del TRLCAP y concordantes del RGLCAP. Alternativamente a lo establecido en el párrafo anterior el empresario no habrá de constituir garantía provisional en la forma indicada, si hubiera constituido garantía global y acompañara a su oferta certificación de la Tesorería Provincial acerca de la suficiencia de ésta y de que se trateha procedido a la inmovilización de la misma por el importe de la garantía a constituir. Dicha garantía será devuelta a los interesados inmediatamente después de que la adjudicación se produzca. La garantía será retenida al empresario que resulte adjudicatario. La constitución, ejecución y cancelación de la garantía provisional se sujetará a lo preceptuado en los arts. 61 y siguientes del RGLCAP. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el quee) DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad el caso de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción haya sido exigida en el registro procedente cuadro resumen de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicacióncaracterísticas específicas. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Consultancy and Assistance Agreement, Contract for Services

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de tres (3) sobres, numerados, Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado firmados por el licitador o persona licitador, en los que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completadenominación del sobre y la leyenda: “ Proposición para licitar a la contratación del SUMINISTRO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA EL PATRONATO Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, número conforme a la legislación en vigor. Dentro de teléfonocada sobre, número se incluirán los siguientes documentos: Cód. Validación: 4Q5KGDAR64SCRWKE7ZCS7XQHZ | Verificación: ▇▇▇▇://▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de fax 23 Si varias empresas concurren constituyendo una unión temporal, cada una de las que la componen deberá acreditar su personalidad, capacidad y dirección de correo electrónicosolvencia, presentando todas y cada una la correspondiente declaración responsable. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en Según establece el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad 69.3 de obrar la LCSP, a efectos de la licitación, los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la escritura o documento constituyan y la participación de constitucióncada uno, los estatutos o así como que asumen el acto fundacionalcompromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. , con domicilio a efectos de notificaciones en , C/ , n.º , con NIF , en los que consten las normas por las que se regula su actividadrepresentación de la Entidad , debidamente inscritoscon CIF , en su casoteléfono , enterado del expediente para la contratación del “SUMINISTRO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA EL PATRONATO RESIDENCIA DE ANCIANOS ▇▇ ▇▇▇▇▇”, anunciado en el Registro público Perfil de Contratante, hace constar que correspondaconoce los Pliegos que sirven de base al contrato y los acepta íntegramente, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.y DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:

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Sources: Suministro De Productos Alimenticios

Contenido de las proposiciones. La documentación constará (arts. 72, 145 y 146 TRLCSP y art. 80 RG) 13.1.- Las proposiciones serán secretas, no pudiendo divulgar el órgano de tres (3) sobrescontratación la información facilitada por las empresas que hayan designado como confidencial, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto su presentación supone la aceptación incondicional de la licitación; totalidad ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, sin salvedad alguna. 13.2.- Las proposiciones constarán de TRES SOBRES CERRADOS, identificados en su exterior con indicación de la denominación del concurso; licitación a la que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 13.3.- Sobre número uno: Deberá tener el siguiente título: 13.3.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario/a y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 13.3.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios/as individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscrita en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás empresarios extranjeros Las restantes empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Asimismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente de España en respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado correspondiente o de su procedencia admite a su vez la Oficina Consular participación de empresas españolas en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresacontratación con la Administración, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSPen forma substancialmente análoga.

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Sources: Acuerdo Marco Del Servicio De Vigilancia Y Seguridad

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de Las proposiciones para tomar parte en el procedimiento constarán en tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados sobres cerrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado firmados por el licitador o persona que lo le represente. Asimismo En cada uno de ellos se indicará la razón social y bajo denominación del licitador, el epígrafe NOTIFICACIONES título del procedimiento abierto al que se hará constar presenta y el título de cada sobre. Asimismo, en cada uno de los sobres se incluirá la documentación que a continuación se indica. Sobre A.- Documentación administrativa y acreditativa de la capacidad y solvencia económica, financiera y técnica. Contenido. En este sobre deberá incluirse la documentación general, precedida de un índice del contenido enunciado numéricamente según el orden que se establece a continuación. 1. Hoja resumen de datos del licitador incluyendo dirección completa, número de teléfono, número fax, correo electrónico y persona de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSPcontacto. A.12. La Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad de obrar de los empresarios que fueren del licitador. Las personas jurídicas se acreditará físicas acreditarán su personalidad mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o su fotocopia compulsada. Las sociedades, mediante escritura de constitución social o modificación debidamente inscrita en el que, Registro Mercantil. El que acuda a la licitación en representación de otros deberá acompañar poder notarial bastante al efecto (inscrito en el Registro Mercantil cuando se trate de sociedades) y acreditar su caso, le sustituya reglamentariamentepersonalidad mediante el Documento Nacional de Identidad. Los documentos citados serán originales o copia de los mismos que tengan el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente. A.33. La capacidad Declaración responsable de obrar no estar incurso en ninguna de los empresarios no españoles que sean nacionales las prohibiciones de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe contratar a que se refiere el artículo 44.1 146.4 del TRLCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar esta (Anexo I). 4. Documentación acreditativa de la solvencia técnica y profesional en relación directa con la materia objeto del contrato, que se acreditará por los siguientes medios: 5. Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera 6. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. 7. Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia expresa, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles. 8. El licitador asumirá el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales contemplados en su oferta así como la disponibilidad inmediata de los mismos para la ejecución del contrato. La adscripción de dichos medios se considera obligación esencial a los efectos previstos en el artículo 223 f) del TRLCSP. 9. Declaración responsable del licitador indicando la persona o personas que, en caso de resultar la empresa adjudicataria del contrato, tendrán capacidad para presentar y retirar la garantía (Anexo III). 10. Parte del contrato que se tenga previsto subcontratar, señalando su importe y el nombre o perfil empresarial de los posibles subcontratistas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 227.2 a) del TRLCSP. En caso de que no se tenga prevista subcontratación alguna, dicha circunstancia deberá igualmente hacerse constar de forma expresa. Será motivo de exclusión del procedimiento la inclusión en este documento de cualquier tipo de información o valor que permita conocer o averiguar el importe total de la oferta económica del licitador.

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Sources: Contract for Leasing and Maintenance of Printers and Multifunction Equipment

Contenido de las proposiciones. La documentación constará Las proposiciones constarán de tres dos (32) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cerrados e identificados cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto en su exterior con las siguientes indicaciones: - Sobre: (se indicará en cada sobre la letra correspondiente (A o B) y su denominación: - Licitación: “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN CONVOCADO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE SEIS LOTES DE MATERIAL Y HERRAMIENTAS CON DESTINO AL SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS DE LA DIPUTACIÓN ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇”. - Razón social y NIF de la licitación; empresa y nombre, apellidos y NIF del firmante de la denominación del concurso; proposición. - Datos de contacto: Domicilio, teléfono, correo electrónico, fax… - Fecha y Firma En el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES interior de cada sobre se hará constar la dirección completaen hoja independiente su respectivo contenido, enunciado numéricamente. Las empresas licitadoras deberán señalar en todo caso un domicilio a efectos de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser complementada indicando un número de teléfono, número de teléfono y fax y una dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o traducida de forma oficial al mismo en caso de que lo esté en otro idioma. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En cada uno de los sobres presentados los licitadores podrán incluir una declaración en la que se indiquen qué documentos administrativos y técnicos y datos contenidos en dicho sobre son, a su interior parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales y el motivo que justificaría tal consideración. Esta circunstancia deberá además reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal. Las empresas licitadoras podrán indicar que consideran confidenciales los documentos y datos presentados únicamente cuando su difusión a terceros pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos, perjudicar la ▇▇▇▇ competencia entre las empresas del sector o bien estén comprendidas en las prohibiciones establecidas en la Ley de Protección de datos de Carácter Personal. La consideración del carácter confidencial corresponderá en todo caso al órgano de contratación, sin perjuicio de que de no aportarse la referida declaración y su indicación expresa en el correspondiente documento, se hará constarconsiderará que ningún documento o dato aportado posee dicho carácter. La inclusión dentro de los sobres A y/o B de la oferta económica o de cualquier otro documento o dato que permita deducir o conocer su importe o que deba incluirse en el sobre C, dará lugar a la automática exclusión del procedimiento de adjudicación del licitador incurso en dicha circunstancia. En todo caso el órgano de contratación, en hoja independienteorden a garantizar el buen fin del procedimiento, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerospodrá recabar, en cualquier momento anterior a la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros adopción de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente propuesta de acuerdo con adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. Toda la legislación del Estado donde estén establecidos, documentación deberá presentarse mediante originales o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicacióncopias debidamente compulsadas. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Contrato De Suministro

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 12.1.- Las proposiciones constarán de tres DOS (32) sobresSOBRES, numerados, cerrados, lacrados cerrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado firmados por el licitador o persona que lo represente. Asimismo , debiendo figurar en el anverso de cada uno de ellos: - El título de la convocatoria pública y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de expediente: “SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE LUMINARIAS CON TECNOLOGÍA LED PARA LA RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PUBLICO EXTERIOR” (EXPEDIENTE 62/2016).” - El nombre o razón social del licitador y del representante legal, así como la firma de este último, y CIF. En caso de persona física, figurará el nombre y firma del licitador y DNI. En ambos casos figurará igualmente dirección, teléfono, número de fax y dirección correo electrónico a efectos de correo electróniconotificaciones. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar- Igualmente, en hoja independienteel anverso de cada sobre figurarán los siguientes títulos: Los documentos que consten en los sobres deberán presentarse originales, mediante fotocopias compulsadas o mediante copias que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente. Todos los documentos que formen parte de la proposición estarán redactados en castellano o, en su caso, se acompañará al documento traducción jurada. Pliego de Clausulas Administrativas Particulares Suministro E Instalación De Luminarias Con Tecnología LED Para La Renovación De Las Instalaciones De Alumbrado Público Exterior del Municipio de Lezuza. Nº Exp. 62/2016 10 FECHA Y HORA LOCAL 27/09/2016 9:10:23 FECHA Y HORA UTC 27/09/2016 7:10:23 Sello de tiempo: Ayuntamiento de Lezuza (Albacete), P0204300H ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ (▇▇▇▇▇▇▇▇) Al principio de cada sobre se incluirá un índice con la información contenida en los mismos. Toda la documentación incluida en ambos sobres, además de su contenidoen papel, se entregará en formato digital (CD o DVD), siguiendo el mismo índice y organización que la documentación en papel. 12.2.- El sobre nº 1 DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA contendrá el formulario normalizado que figura en el ANEXO 2 del Reglamento de ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión de 5 de enero de 2016, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea del día 6 del mismo mes, ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇/▇▇▇▇/▇▇▇/▇▇▇▇▇▇- 00034.pdf siguiendo las instrucciones para la utilización del mismo que se establecen en el ANEXO 1 de dicho Reglamento y la recomendación de la Junta Consultiva de Contratación sobre la utilización del Documento Europeo Único de Contratación previsto en la nueva Directiva de contratación pública, recomendación publicada en el BOE núm. Se presentarán documentos originales85 de fecha 8 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2016. La inclusión en este sobre de la proposición económica o de cualquier otro documento relativo a los criterios de adjudicación que deben contenerse en el sobre nº 2, copias compulsadas o legalizadas ante notarioserá motivo de rechazo de la proposición. CONTENIDOEl adjudicatario deberá aportar, cuando sea requerido para ello, la siguiente documentación: A. Documento a) Capacidad de obrar. 1. Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura de constitución o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosmodificación, en la forma exigida su caso, inscrita en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial, así como el Código de Identificación Fiscal (CIF), todo ello en original o copia que correspondatenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, según o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. Estos documentos deberán recoger el tipo exacto régimen jurídico del licitador en el momento de persona jurídica la presentación de que se tratela proposición. A.22. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional Cuando se trate de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, la capacidad de obrar se acreditará por mediante su inscripción en el un registro procedente de acuerdo con profesional o comercial, cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado donde estén establecidosrespectivo, o mediante a la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos las certificaciones que se establezcan reglamentariamenteindican el anexo I del RGLCAP, para los contratos de acuerdo suministro. Tendrán capacidad para contratar con el sector público las disposiciones comunitarias empresas no españolas de aplicaciónEstados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder realizar la prestación de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. A.43. Los demás empresarios extranjeros Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. Igualmente deberán acreditar su capacidad de obrar con acompañar informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el o del Ministerio de Industria, Energía y Turismo sobre la condición de Estado correspondiente o signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Oficina Consular Organización Mundial del Comercio, siempre que se trate de contratos sujetos a regulación armonizada o, en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, ademáscaso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 44.1 55.1 del TRLCSP.

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Sources: Contrato De Suministro

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, 14.1.- Los licitadores deberán presentar sus proposiciones en la forma exigida indicada en el artículo 72 del TRLCSPla cláusula 13. La documentación general, la proposición económica y, en su caso, la proposición técnica, se presentarán en los términos que se establecen a continuación. A.114.1.1.- Documentación general (Sobre n°1). a) La acreditación de la personalidad del empresario. La capacidad Cuando se trate de obrar un empresario individual deberá presentarse su Documento Nacional de los empresarios que fueren personas jurídicas Identidad, NIF, o, en su caso, pasaporte. Si se acreditará mediante trata de una persona jurídica española, deberá presentar el CIF de la empresa y la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por Europea, deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en la normativa vigente en materia de contratación. Además deberán acreditar que se encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el registro procedente de acuerdo objeto del contrato con arreglo a la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamenteencuentren establecidas, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4cuando dicho Estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con mediante informe de expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, y deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como la designación de un representante o apoderado único. En el caso de unión temporal de empresarios, se deberá presentar un compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. Este documento debe ir firmado por los representantes de cada una de las empresas integrantes de la unión. b) La acreditación de la representación, cuando se actúe mediante representante. Cuando el licitador actúe mediante representante, se deberá aportar el DNI del representante y el documento que acredite de forma fehaciente la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar y contratar, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil o en el Registro público correspondiente. Este documento debe estar bastanteado por el Servicio Jurídico del órgano de contratación, por el servicio jurídico de cualquier otro órgano de contratación de la Administración Pública del Govern de les ▇▇▇▇▇ Balears o por la Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las ▇▇▇▇▇ Balears. La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma de las ▇▇▇▇▇ Balears le eximirá de aportar la documentación relativa a la personalidad y representación que tenga acreditada en el Registro. Este certificado debe ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que los datos reflejados en el mismo no han experimentado variación. Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicatario, en el documento en que se formalice el contrato, sin perjuicio de que el órgano de contratación pueda, si lo estima conveniente, efectuar una consulta a dicho Registro. En el caso de unión temporal de empresarios, debe designarse un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. c) La acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de conformidad con lo establecido en la cláusula 5 de este Pliego y la letra F del Cuadro 1 de características del contrato. En el caso de unión temporal de empresas, cada una de ellas debe acreditar individualmente los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. d) Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 49 de la LCSP. Esta declaración incluirá la manifestación expresa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Administración de la Comunidad Autónoma de las ▇▇▇▇▇ Balears y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones normativas vigentes, sin perjuicio de que acompañaránla justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, ademásantes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. Esta declaración responsable, u otro documento, incluirá la manifestación expresa de que la empresa no se halla incursa en ninguno de los supuestos a los que se refiere la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de Incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la CAIB. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. e) La acreditación de la garantía provisional, en su caso. Cuando se exija garantía provisional, debe presentarse el resguardo acreditativo de la constitución de dicha garantía, si se constituye en metálico o títulos valores. Si se constituye en forma de aval o por contrato de seguro de caución, se presentará el propio aval o el contrato de seguro, con la diligencia de verificación previa de la representación, efectuada por la Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las ▇▇▇▇▇ Balears. En el caso de licitación por lotes, el informe resguardo de la garantía provisional debe ir acompañado de una relación detallada de los lotes a los que se licita. f) Los documentos a que hace referencia la cláusula 5.2 de este Pliego en los casos en que se hayan exigido en la letra F.3 del Cuadro 1 de características del contrato para la concreción de determinadas condiciones de solvencia. g) La declaración sobre la intención de celebrar subcontratos a que se refiere el artículo 44.1 210.2.a) cuando así se haya exigido en la letra Q del TRLCSPCuadro 1 de características del contrato. h) La acreditación de las circunstancias a que hace referencia la cláusula 15.5 de este Pliego y, en su caso, la letra L del Cuadro 1 de características del contrato, cuando la empresa pretenda acogerse al sistema de solución de empates previsto en la cláusula 15.5 de este Pliego. i) Las empresas extranjeras deben presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.

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Sources: Contrato De Gestión De Servicio Público Mediante Concesión

Contenido de las proposiciones. La documentación constará (arts. 72, 145 y 146 TRLCSP y art. 80 RG) 13.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, TRES sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 13.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del SERVICIO DE ASESORAMIENTO TÉCNICO ARQUITECTÓNICO". Su contenido será el siguiente: 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 13.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente de acuerdo con la legislación Anexo I del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4Reglamento General del TRLCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. (art. 55 TRLCSP) 13.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar y de la escritura de constitución, y de modificación en su caso, de la entidad licitadora y del Documento Nacional de Identidad del representante. 13.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 13.2.2.- Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.2 del presente Pliego 13.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (arts. 73 y 146.1.c) TRLCSP) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 13.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 13.2.5.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Estado correspondiente o Registro de Contratistas de la Oficina Consular Comunidad Autónoma del País ▇▇▇▇▇ la Comunidad Autónoma del País ▇▇▇▇▇ o del Territorio Histórico de Bizkaia, le eximirá de aportar la documentación que se detalla le eximirá de aportar la documentación que se detalla: 13.2.6.- A los efectos de acreditar la relación laboral con personas con discapacidad en cuyo ámbito territorial radique los términos establecidos en la cláusula 10.3 del presente pliego, las empresas deberán aportar, en el domicilio momento de la licitación, la siguiente documentación: a) Declaración responsable del número de trabajadores fijos discapacitados y porcentaje que éstos representan sobre el total de la plantilla. b) Documento TC2 (relación nominal de trabajadores) correspondientes a todo el personal de la empresa. c) Relación de los trabajadores fijos discapacitados acompañada de la resolución o certificación acreditativa del grado y vigencia de la discapacidad. d) Contrato de trabajo de los trabajadores fijos discapacitados. e) Si la empresa emplea a cincuenta o más trabajadores y se encuentra en alguno de los supuestos de excepcionalidad previstos en la Ley 13/1982, al que acompañaránde 7 ▇▇ ▇▇▇▇▇, de Integración Social de los Minusválidos, deberá aportar, además, declaración del Servicio Público de Empleo competente de que la empresa se encuentra en alguno de los citados supuestos de excepcionalidad. Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias, excepto el informe documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que habrá de aportarse en original. Así mismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano o en euskera. 13.3.- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: Proposición relativa a los criterios de adjudicación números 2, 3 y 4 NO evaluables mediante cifras o porcentajes para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del SERVICIO DE ASESORAMIENTO TÉCNICO ARQUITECTÓNICO"(art. 134.2 LCSP) 13.3.1.- Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con los criterios de adjudicación números 2, 3 y 4 a que se refiere la cláusula 10.4.1 del presente pliego, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos los aspectos técnicos de la misma debidamente cumplimentado, firmado y sellado, con los justificantes que avalen el artículo 44.1 del TRLCSP.SOBRE NÚMERO 3

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Sources: Contract for Urban Planning Advisory Services

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 13.1. Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, dos sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurre y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitados o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice deberá tener los requisitos que se señalan a continuación: 13.2. Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: “ Documentación General para la licitación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, de su contenidola contratación del Servicio de Intervención social desde la gestión de instalaciones juveniles, el contenido será el siguiente: 13.2.1. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 13.2.1.1. Deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscrita en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que correspondafuera preceptivo. 13.2.1.2. Cuando el licitador actúe mediante representante, según éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por el tipo Servicio Jurídico del Ayuntamiento. La aportación de persona jurídica la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste. 13.2.2. Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional justificación acreditativa de Identidad o el quetal requisito deba presentarse, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros antes de la Unión Europea adjudicación, por el empresario a cuyo favor se acreditará por su inscripción en el registro procedente vaya a efectuar ésta. 13.2.3. A los efectos de acuerdo acreditar la relación laboral con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, personas con discapacidad en los términos establecidos del presente pliego, las empresas deberán aportar, en el momento de la licitación, la siguiente documentación: a) Declaración responsable del número de trabajadores discapacitados y porcentaje que se establezcan reglamentariamenteéstos representan sobre el total de la plantilla. .- Memoria con el historial de la empresa donde conste la prestación del servicio de intervención familiar, relación vitae del personal técnico que supervisará los servicios. 13.3. Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: Proposición Técnica y Económica para la licitación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, de acuerdo con las disposiciones comunitarias la contratación del servicio de aplicación. A.4Intervención social desde la gestión de instalaciones juveniles. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad .- Proyecto. .- Oferta económica .- Mejoras aportadas. .- Solvencia técnica y profesional en la gestión de obrar con informe programas. .- Solvencia profesional del equipo de trabajo. El contenido de la Misión Diplomática Permanente oferta económica será redactado según el modelo anexo al presente pliego, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de España contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. En la proposición económica, que no deberá superar el presupuesto de licitación establecido en la cláusula 6 del presente pliego, deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto Valor Añadido. 14. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL Concluido el plazo de presentación de proposiciones, el órgano de contratación procederá a la calificación de la documentación general contenida en los sobres número uno presentados por los licitadores, y si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax, telegrama o correo electrónica al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el Estado correspondiente o de expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane. Ahora bien, si la Oficina Consular documentación presentada no contuviese defectos, en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de mismo acto se procederá a la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 apertura del TRLCSPsobre Dos.

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Sources: Service Agreement

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de Los licitadores presentarán tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados sobres cerrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado firmados por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo , debiendo figurar en el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, exterior de cada uno de ellos el número de teléfonoreferencia y la denominación del contrato al que licitan, número el nombre y apellidos del licitador o razón social de fax la empresa y dirección de correo electrónicosu correspondiente NIF o CIF. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, constar una relación numérica de los documentos que contienen. Todo ello conforme se indica a continuación: * Título: “Documentación administrativa para tomar parte en hoja independiente, un índice el procedimiento abierto convocado para la contratación de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO:las Obras “CONSTRUCCION PISTA ▇▇ ▇▇▇▇▇ Y DE REFORMA DE LAS PISTAS DE TENIS EN EL COMPLEJO DE LA MEJOSTILLA”. A. Documento o documentos a.- Los que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerospersonalidad jurídica del empresario y, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSPsu caso, su representación: a.1.- Capacidad de obrar. A.1. a.1.1.- La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. a.1.2.- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el un registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Construction Contract

Contenido de las proposiciones. La documentación constará (arts 72, 145 y 146 TRLCSP, y art 80 RG). 12.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 12.2.- Sobre número 1: deberá tener el siguiente título “SOBRE Nº1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del suministro de combustible para los vehículos municipales”. Su contenido será el siguiente. 12.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación, en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público Oficial que corresponda, según el tipo fuera preceptivo. Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los empresarios fines, objeto u ámbito de actividad que a tenor de sus estatutos o PCAP Combustibles.- 6 reglas fundacionales le sean propios, cuestión que deberá quedar acreditada en la documentación aportada. Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Asi mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. El representante de un empresario personal física, o la personal física representante de una persona jurídica, deberá aportar fotocopia de su DNI y documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por el Servicio Jurídico del Ayuntamiento de Barbastro. No obstante lo anterior y como ya se ha indicado en el Estado correspondiente o punto 4.4. anterior, los documentos acreditativos de la Oficina Consular representación podrán ser calificados, en cuyo ámbito territorial radique el domicilio seno de la empresaMesa de Contratación, por el servicio jurídico presente en la misma, consignándose expresamente en el acta la manifestación del Letrado respecto a si la documentación aportada es bastante para que el representante ejerza facultades de licitar en relación con el expediente concreto. Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 12.2.2.- Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la ssoollvveenncciiaa eeccoonnóómmiiccaa,, ffiinnaanncciieerraa yy ttééccnniiccaa, de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.2 del presente pliego. Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica. 12.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de nnoo eessttaarr iinnccuurrssoo eenn llaass pprroohhiibbiicciioonneess ppaarraa ccoonnttrraattaarr ccoonn llaa AAddmmiinniissttrraacciióónn conforme al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 60 del TRLCSP., comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes (arts. 73 y 146.1.c) TRLCSP). Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. PCAP Combustibles.- 7

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Sources: Contract for the Supply of Fuel

Contenido de las proposiciones. La documentación constará Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados Cláusulas Administrativas Particulares y precintados. En tendrán carácter secreto hasta el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto momento de la licitación; . Toda la denominación documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIFReal Decreto 1098/2001, debiendo estar firmado de 12 de octubre). Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador o persona y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completadenominación del sobre y la leyenda «Proposición para licitar a la contratación de la prestación del servicio de “Asistencia Técnica en montajes y mantenimiento del equipamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇, número sonido y proyección de teléfonocine y video en las actividades organizadas por la Concejalía de Cultura en el Teatro ▇▇▇▇▇▇, número de fax Auditorio ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERALespacios públicos para el cine ▇▇ ▇▇▇▇▇▇”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarLa denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Proposición Económica. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en hoja independientevigor, un índice a excepción de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o aquellos documentos que acrediten la constitución de la garantía provisional, que deberán ser en todo caso originales. Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos: SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. (Artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.) Los documentos a incorporar en este sobre son los siguientes, ordenados tal y como se indica a continuación: a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario y su capacidad de obrar obrar. - Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o administrativamente, del Documento Nacional de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosIdentidad o, en la forma exigida en su caso, el artículo 72 del TRLCSP. A.1documento que haga sus veces. La capacidad - Cuando se trate de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará jurídicas: mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional - Cuando se trate de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará Europea: por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. aplicación - Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar extranjeros: con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. * Se acompañará copia del C.I.F. de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSPen caso de ser sociedad mercantil.

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Sources: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Contenido de las proposiciones. La documentación constará (arts. 61, 129 y 130 LCSP y art. 80 RG) 13.1.- Las proposiciones constarán de tres TRES (3) sobres, numerados, sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 13.2.- SOBRE NUMERO 1.- : Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: DOCUMENTACIÓN GENERAL PARA EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PLURALIDAD DE CRITERIOS DEL SERVICIOS DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS DIRIGIDAS A ADULTOS Y MAYORES ORGANIZADAS POR EL INSTITUTO CEUTÍ DE DEPORTES .". Su contenido será el siguiente: 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 13.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente de España en respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado correspondiente o de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. 13.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la Oficina Consular existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por el Secretario de la Junta Rectora. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste. (art. 35.f) LRJAP-PAC) 13.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en cuyo ámbito territorial radique el domicilio unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 13.2.2.- Requisitos de solvencia.- Los documentos que justifiquen los requisitos de su solvencia económico financiera, técnica o profesional por los siguientes medios previstos en los art. 16 y 19 del TRLCAP, y en concreto: a) Informe de instituciones financieras acreditativo de la solvencia económica y financiera o en su defecto seguro de indemnización por riesgos profesionales. b) Para las personas jurídicas, presentación de las cuentas anuales o extracto de las mismas. c) Declaración relativa a la cifra de negocios global y relación de los principales servicios realizados en los últimos tres años, incluyendo importe, fechas y beneficiarios públicos o privados. d) Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. e) Titulaciones académicas y/o profesionales de los empresarios y del personal de la dirección de la empresa 13.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 49 de la LCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (arts. 62 y 130.1.c) LCSP) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 13.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que acompañarán, además, pudiera corresponder al licitante. 13.2.5.- La presentación por el informe a licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Contratistas de la Ciudad Autónoma de Ceuta le eximirá de aportar la documentación que se refiere detalla: Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia, excepto el artículo 44.1 del TRLCSPdocumento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que habrá de aportarse en original. Así mismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano. 13.3.- SOBRE NUMERO 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA PARA EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PLURALIDAD DE CRITERIOS DEL SERVICIO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS DIRIGIDAS A ADULTOS Y MAYORES ORGANIZADAS POR EL INSTITUTO CEUTÍ DE DEPORTES. CRITERIO DE SELECCION 2 y 3.

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Sources: Contract for Services

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 13.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. 13.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarSERVICIO DE APOYO TÉCNICO CUALIFICADO AL GABINETE DE PRENSA DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMIA, en hoja independienteINDUSTRIA, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO:COMERCIO Y CONOCIMIENTO EN MATERIA DE A. Documento 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 13.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. 13.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por el Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste. 13.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 13.2.2.- Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.2 del presente Pliego. 13.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 13.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 13.2.5.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Estado correspondiente o Registro de Contratistas de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio Comunidad Autónoma de Canarias le eximirá de aportar la empresa, al que acompañarán, además, el informe a documentación que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.detalla:

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Sources: Service Agreement

Contenido de las proposiciones. La documentación constará (arts. 61, 129 y 130 LCSP y art. 80 RG) 13.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, TRES sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 13.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento negociado, de la contratación del SERVICIO DE MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN, Y EXPLOTACIÓN DE LA ETAP ▇▇ ▇▇▇▇▇▇-OROZKO Y LA ETAP ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, DE LOS DOS EQUIPOS DE CETOLAR ▇▇ ▇▇▇▇▇ Y URIGOITI, ASÍ COMO DEL CONTROL DE TODOS LOS DEPÓSITOS DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DEL MUNICIPIO Y DEL CONTROL DE LA CALIDAD DE LAS AGUAS DE ACUERDO CON LA UNIDAD DE CONTROL Y VIGILANCIA QUE 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 13.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escrituras de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. (art. 44 LCSP) 13.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar y del Documento Nacional de Identidad del representante. (art. 35.f) LRJAP-PAC)) 13.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 13.2.2.- Certificado de la clasificación requerida en la cláusula 5 del presente pliego, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa o en su caso, por el Organismo comunitario correspondiente (art. 73 LCSP). Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo no obstante justificar posteriormente haber obtenido la clasificación exigida en el Estado correspondiente o plazo de subsanación de defectos u omisiones en la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe documentación a que se refiere la cláusula 15 del presente pliego. El certificado de clasificación deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que los datos de clasificación no han tenido variación. (art. 130.3 LCSP) No obstante lo establecido en el apartado anterior, para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, será suficiente que acrediten, en su caso, ante el órgano de contratación correspondiente su solvencia económica, financiera y técnica, conforme a los requisitos establecidos en la cláusula 4.2. del presente pliego. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar que todas las empresas que integran la unión han obtenido clasificación como empresa contratista de servicio. En tal caso, se acumularán las clasificaciones individuales de los miembros de la U.T.E., a efectos de poder acreditar la clasificación global exigida en el presente pliego. Si concurren uniones de empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros deberán acreditar su clasificación y los últimos, en defecto de ésta, su solvencia económica, financiera y técnica. 13.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 44.1 49 de la LCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del TRLCSPcumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (arts. 62 y 130.1.c) LCSP) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 13.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 13.2.5.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma del País ▇▇▇▇▇ o del Territorio Histórico de Bizkaia, le eximirá de aportar la documentación que se detalla: 13.2.6.- A los efectos de acreditar la relación laboral con personas con discapacidad en los términos establecidos en la cláusula 10.3 del presente pliego, las empresas deberán aportar, en el momento de la licitación, la siguiente documentación: a) Declaración responsable del número de trabajadores fijos discapacitados y porcentaje que éstos representan sobre el total de la plantilla. b) Documento TC2 (relación nominal de trabajadores) correspondientes a todo el personal de la empresa. c) Relación de los trabajadores fijos discapacitados acompañada de la resolución o certificación acreditativa del grado y vigencia de la discapacidad. d) Contrato de trabajo de los trabajadores fijos discapacitados. e) Si la empresa emplea a cincuenta o más trabajadores y se encuentra en alguno de los supuestos de excepcionalidad previstos en la Ley 13/1982, de 7 ▇▇ ▇▇▇▇▇, de Integración Social de los Minusválidos, deberá aportar, además, declaración del Servicio Público de Empleo competente de que la empresa se encuentra en alguno de los citados supuestos de excepcionalidad. Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias, excepto el documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que habrá de aportarse en original. Así mismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano o en euskera. 13.3.- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: Proposición relativa a los criterios de adjudicación números 2, 3, 4 y 5 NO evaluables mediante cifras o porcentajes para la licitación, mediante procedimiento negociado, de la contratación del SERVICIO DE MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN, Y EXPLOTACIÓN DE LA ETAP ▇▇ ▇▇▇▇▇▇-OROZKO Y LA ETAP ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, DE LOS DOS EQUIPOS DE CETOLAR ▇▇ ▇▇▇▇▇ Y URIGOITI, ASÍ COMO DEL CONTROL DE TODOS LOS DEPÓSITOS DE LA RED DE ABASTECIMIENTO DEL MUNICIPIO Y DEL CONTROL DE LA CALIDAD DE LAS AGUAS DE ACUERDO CON LA UNIDAD DE CONTROL Y VIGILANCIA QUE CORRESPONDE AL AYUNTAMIENTO DE OROZKO "(art. 134.2 LCSP) 13.3.1.- Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con los criterios de adjudicación números 2, 3, 4 y 5 a que se refiere la cláusula 10.4.1 del presente pliego, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos los aspectos técnicos de la misma. SOBRE NÚMERO 3

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Sources: Service Agreement

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 11.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, dos sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. 11.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: “DOCUMENTACIÓN GENERALSOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del suministro de energía eléctrica al Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y sus organismos dependientes”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOSu contenido será el siguiente: A. Documento 11.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 11.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público Oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. Igualmente, dichas empresas deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Estado correspondiente o Registro Mercantil (art. 44.2 LCSP). 11.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio existencia de la empresarepresentación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por el Servicio Jurídico del Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste. (art. 35.f) LRJAP-PAC). 11.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 11.2.2.- Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica. La solvencia técnica debe acreditarse mediante la documentación siguiente: a) Documento oficial acreditativo de la inscripción de la empresa en el Registro Administrativo del Ministerio de Economía, de Agentes Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Eléctrico. La solvencia económica debe acreditarse mediante la documentación siguiente: Se acompañará informe de instituciones financieras así como una declaración relativa al volumen global de negocios de la empresa durante los últimos tres años, de acuerdo con lo previsto en el artículo 64.1. a) y c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. 11.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 49 de la LCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes (arts 62 y 130.1.c) LCSP). Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 11.2.4.- Para empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que acompañaránpudiera corresponder al licitante. 11.2.5.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ le eximirá de aportar la documentación que se detalla: - Personalidad y representación a que se refiere la cláusula 11.2.1 de este pliego, ademássiempre y cuando la representación sea la misma que conste en el certificado aportado. No obstante, la Mesa de contratación podrá requerir la aportación de dicha documentación si fuera necesaria para acreditar que el informe objeto social de la empresa es adecuado al objeto del contrato. - Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica. - Declaración responsable a que se refiere la cláusula 11.2.3, salvo que en lo que se refiere a la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, respecto de las que habrá que aportar, en todo caso, declaración responsable, formulada ante autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público. El certificado del Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación (art. 130.3 LCSP) 11.2.6.- Resguardo acreditativo de la garantía provisional, si la misma se constituyó en metálico o títulos valores. Si se constituye en forma de aval o por contrato de seguro de caución, se presentará el propio aval o el contrato de seguro bastanteados por la Abogacía General del Estado. Si se ha constituido la garantía global a que se refiere el artículo 44.1 86 de la LCSP, habrá de aportarse certificación emitida por la Tesorería del TRLCSPAyuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, relativa a que dicha garantía se encuentra vigente y es suficiente. Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia, excepto el documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que habrá de aportarse en original, así mismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano. 11.3.- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: “SOBRE Nº 2: Proposición económica para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del suministro de energía eléctrica al Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y sus organismos dependientes”. 11.3.1.- Los licitadores incluirán en este sobre su oferta económica, que deberá estar redactada según el modelo anexo al presente pliego, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido. (art. 129.5 LCSP) 11.3.1.1.- El contenido de la oferta económica será redactado según el modelo anexo al presente pliego, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido. (art. 129.5 LCSP). Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los párrafos anteriores, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate. Para ser tenida en cuenta, dicha documentación deberá estar suscrita en su totalidad por el licitador, o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran firmada por el licitador, en la que declare, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados. La Administración se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven. 11.3.2.- Los licitadores habrán de presentar sus proposiciones económicas referidas a cada uno de los lotes objeto del contrato. 11.3.3.- Cada licitador deberá presentar una sola proposición, sin que se puedan presentar variantes o alternativas (art. 129.3 LCSP), si bien podrá ofertar por la totalidad de los seis lotes objeto del contrato o bien por alguno/s de ellos. 11.3.4.- El empresario que haya licitado en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar proposiciones individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas (art. 129.3 LCSP).

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Sources: Suministro De Energía Eléctrica

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 12.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice deberá tener los requisitos que se señalan a continuación: FV 12.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de su contenidola contratación del servicio de SUMINISTRO DE PRENDAS Y ELEMENTOS DE UNIFORMIDAD PARA LA POLICÍA LOCAL DEL EXCMO. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notarioAYUNTAMIENTO DE SAN ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ DE LA LAGUNA". CONTENIDOSu contenido será el siguiente: A. Documento 12.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 12.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, o de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la respectiva representación diplomática española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga, o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. 12.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por el Servicio Jurídico del Ayuntamiento. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste, así como, en su caso, la de la escritura de constitución de la entidad licitadora. 12.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 12.2.2.- Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.2 del presente pliego. Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar individualmente los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica. 12.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 49 de la LCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 12.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que acompañaránde modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, ademáscon renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 12.2.5.- La presentación por el informe licitador del certificado de estar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Comunidad Autónoma de Canarias le eximirá, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, de aportar la documentación que se detalla: − Personalidad y representación a que se refiere la cláusula 13.2.1 de este pliego, siempre y cuando la representación sea la misma que conste en el artículo 44.1 certificado aportado. − Certificado de clasificación, siempre y cuando en el certificado conste la clasificación referida al objeto del TRLCSPcontrato, o, en su caso, documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica. − Declaración responsable a que se refiere la cláusula 13.2.3, salvo en lo que se refiere a la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, respecto de las que habrá que aportar, en todo caso, declaración responsable, formulada ante autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público. El certificado que se aporte deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación. Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia, excepto el documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que habrá de aportarse en original. Así mismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano. 12.3.- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: Proposición relativa a los criterios de adjudicación NO evaluables mediante cifras o porcentajes para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del SUMINISTRO DE PRENDAS Y ELEMENTOS DE UNIFORMIDAD PARA LA POLICÍA LOCAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SAN ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ DE LA LAGUNA". 12.3.1.- Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con el criterio de adjudicación número 2 a que se refiere la cláusula 9.2 del presente pliego, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos los aspectos técnicos de la misma. En relación con dicho criterio de adjudicación, se deberá aportar lo siguiente: - Memoria descriptiva de los productos ofertados especificando los tejidos, composición y particularidades de confección, acabado y diseño, cuidado y conservación, ergonomía y movilidad de los tejidos, preservación de la protección de las prendas ante cualquier tipo de intervención, confortabilidad y similares. Todo ello para valorar las características técnicas objeto de mejora, debiendo reseñarse expresamente y de forma diferenciada las relativas a materiales, confección y acabados. FV − Una caja o medio similar, debidamente cerrada e identificada con la referencia de la empresa licitadora y licitación a la que opte, conteniendo una muestra de todos los artículos objeto del contrato, que con independencia de las mejores calidades o características técnicas que puedan ofertarse, deberán respetar las condiciones señaladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas. La no presentación de muestras o la presentación de artículos que no se ajusten a lo previsto en el Pliego de Prescripciones Técnicas, determinarán la no valoración de la oferta y eventualmente la exclusión del licitador. Las muestras se entregarán junto con las proposiciones y unida sólidamente a las muestras debe figurar una etiqueta en la que se indique claramente el nombre o razón social de la empresa licitadora y la denominación del artículo. La Administración podrá llevar a cabo los ensayos y pruebas que crea necesarios para comprobar la calidad de las prendas y su adecuación al suministro que se pretende. Estas pruebas podrán ser de tipo destructivo, no habiendo por ello lugar a la devolución de ninguna de las muestras entregadas. Las muestras presentadas junto con la oferta que sea seleccionada como adjudicataria ni serán devueltas ni se considerarán en modo alguno, como entrega parcial del contrato adjudicado. Para ser tenida en cuenta, dicha documentación deberá estar suscrita en su totalidad por el licitador, o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran firmada por el licitador, en la que declare, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados. La Administración se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.

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Sources: Suministro De Prendas Y Elementos De Uniformidad

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 13.1.- Las proposiciones constarán de tres DOS (32) sobres, numerados, sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 13.2.- SOBRE NUMERO 1.- : Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: DOCUMENTACIÓN GENERAL PARA EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON UN UNICO CRITERIO DEL SERVICIO DE FISIOTERAPIA DE LAS ACTIVIDADES ORGANIZADAS POR EL INSTITUTO CEUTÍ 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en personalidad del empresario y la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritosrepresentación, en su caso, del firmante de la proposición, en la forma siguiente: 1.- HOJA RESUMEN DE DATOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN en la que conste nombre, NIF, dirección completa del licitador a estos efectos, incluyendo número de teléfono, fax y persona de contacto, con indicación de una dirección de correo electrónico. 2.- DECLARACIÓN RESPONSABLE conforme al modelo del ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ suscrita por el licitador o su representante reconociendo que cumple los requisitos de capacidad, representación y solvencia exigidos y comprometiéndose, en en caso de que la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, a aportar los documentos que se señalan en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se tratepresente pliego. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Contract for Physiotherapy Services

Contenido de las proposiciones. La documentación constará Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados Cláusulas Administrativas Particulares y precintados. En tendrán carácter secreto hasta el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto momento de la licitación; . Toda la denominación documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIFReal Decreto 1098/2001, debiendo estar firmado de 12 de octubre). Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador o persona y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completadenominación del sobre. La denominación de los sobres es la siguiente: Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, número de teléfonoconforme a la legislación en vigor. Los documentos a incorporar en este sobre son los siguientes, número de fax ordenados tal y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior como se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOindica a continuación: A. Documento o documentos a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del empresario y su capacidad de obrar obrar. - Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o administrativamente, del Documento Nacional de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosIdentidad o, en la forma exigida en su caso, el artículo 72 del TRLCSP. A.1documento que haga sus veces. La capacidad - Cuando se trate de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará jurídicas: mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional - Cuando se trate de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará Europea: por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. - Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar extranjeros: con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. * Se acompañará copia del C.I.F. de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSPen caso de ser sociedad mercantil.

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Sources: Arrendamiento

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 13.1. Las proposiciones constarán de tres TRES (3) sobresSOBRES CERRADOS, numeradosen los que se indicará, cerradosen su exterior, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; su respectivo contenido (esto es, el título del contrato objeto sobre como seguidamente se expone) y los siguientes datos del licitador, teniendo en cuenta que los datos que figuren en los sobres serán los que, en su caso, se tomarán en cuenta a los efectos de las comunicaciones y notificaciones oportunas, así como de la licitación; devolución de la denominación del concurso; documentación pertinente, salvo que en el mismo se haga constar expresamente otro lugar distinto para las mismas: - nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; licitador - dirección completa a efecto de notificaciones - número de teléfono - número de fax - dirección de correo electrónico 13.2. SOBRE NÚMERO 1: Deberá tener el NIF o CIFsiguiente título: “SOBRE 1: Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos previos para la licitación, debiendo estar firmado mediante procedimiento abierto, del contrato de ejecución de las obras comprendidas en el Proyecto de Renovación del Sistema de Control e Integración de Maquinaria Escénica de la Sala Sinfónica y Motorización Integral del Sistema de Tramoya de la Sala Sinfónica del Auditorio de Tenerife”. Dicho sobre deberá contener: - DECLARACIÓN RESPONSABLE, conforme el modelo recogido en el documento Anexo I, suscrita por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida que manifieste cumplir con las condiciones establecidas legalmente para contratar con el sector público, sin perjuicio de su posterior acreditación en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad caso de obrar resultar propuesto como adjudicatario, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 15 de los empresarios presentes pliegos. - En el supuesto que fueren personas jurídicas se acreditará mediante varias empresas acudan a la escritura o documento de constituciónlicitación constituyendo una UNIÓN TEMPORAL, deberán indicar, además, los estatutos o el acto fundacional, en nombres y circunstancias de los que consten la constituyan y la participación de cada uno, así como, que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las normas por obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo. - DECLARACIÓN RESPONSABLE con relación de las empresas que se regula su actividad, debidamente inscritosforman parte del grupo empresarial, en su caso, en a la que pertenezca el Registro público licitador, expresando la circunstancia que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria justifica la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificadovinculación al grupo, en los términos de lo dispuesto en el artículo 42 del Código de comercio, y relacionando todas las sociedades del grupo empresarial si las hubiere. 13.3. SOBRE NÚMERO 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: Proposición relativa al criterio de adjudicación número 1, no evaluable mediante la aplicación de fórmulas, para la licitación, mediante procedimiento abierto, del contrato de ejecución de las obras comprendidas en el Proyecto de Renovación del Sistema de Control e Integración de Maquinaria Escénica de la Sala Sinfónica y Motorización Integral del Sistema de Tramoya de la Sala Sinfónica del Auditorio de Tenerife”. Dicho sobre deberá contener, debidamente firmada por el licitador o persona que lo represente: - la MEMORIA TÉCNICA, atendiendo a los extremos expresados que se establezcan reglamentariamentevaloran en la misma, y expuestos en la cláusula 11 de los presentes pliegos. La Memoria deberá elaborarse de una forma clara e inequívoca, de acuerdo y con las disposiciones comunitarias de aplicaciónrespecto a los distintos extremos que configuran dicho criterio. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Contract for Works

Contenido de las proposiciones. 11.2.1. Bases para su redacción y presentación 11.2.1.1 La documentación constará presentación de proposiciones supone por parte del licitador la acep- tación incondicional de las cláusulas de esta Bases, así como que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar. 11.2.1.2 Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados cerrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado firmados por el licitador o por persona que lo la represente. 11.2.1.3 LA FUNDACIÓN podrá pedir justificación documental o aclaraciones de todos los datos aportados por el licitador antes de la adjudicación, condicionando ésta a que dicha justificación o aclaraciones sean suficientes a su juicio. 11.2.1.4 Si durante la tramitación del expediente y antes de la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una entidad licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la entidad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que acredite ante el órgano de contratación reunir las condiciones de capa- cidad y ausencia de prohibiciones de contratar y la solvencia exigida en este ▇▇▇▇▇▇ para poder participar en el procedimiento de adjudicación. 11.2.1.5 Todos los documentos que se presenten, de no ser originales, deberán tener carácter de auténticos conforme a la legislación vigente. 11.2.1.6 Todos los documentos en idioma extranjero que se presenten deberán ir acompañados de su correspondiente traducción oficial al castellano. Asimismo Deberá expresarse en todo caso:  La licitación a la que se concurre.  Licitador o representante, nombre de la persona, apellidos y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completafirma.  Razón social.  Teléfono, número de teléfono, número de fax y una dirección de correo electrónicoelectrónico en que efectuar las notificaciones. TÍTULO En el interior de cada sobre un índice o sumario del contenido, enunciado numéricamen- te. Se entregarán tres sobres, denominados respectivamente: - SOBRE A: Documentación General. - SOBRE B: Documentación de los criterios que dependen de un juicio de valor. - SOBRE C: Documentación de los criterios económico y evaluables por aplicación de fórmulas. 11.2.1.6.1 Sobre A: Documentación GENERAL.- SOBRE A DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en a) Si el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de empresario fuere persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del física: Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente, junto con el resto de datos identifica- tivos y de contacto (teléfono, fax y una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones), así como el Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe que corresponda con el objeto del contrato. A.3b) Si la empresa fuera persona jurídica, los siguientes: 1. La capacidad Declaración de obrar la composición accionarial así como los datos relativos a la sede social, teléfono, fax, dirección electrónica, etc., que deberá acompañarse de la relación de los empresarios no españoles que sean nacionales distintos socios en función de Estados miembros las distintas clases de la Unión Europea se acreditará por acciones, de existir. 2. Escritura pública de constitución y/o modificación, en su caso, con diligencia acreditativa de su inscripción en el registro procedente Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil aplicable; si no fuera exigible, escritura o documento de acuerdo constitución, modificación, estatuto o acto fundacio- nal en el que constarán las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. 3. En el supuesto de que se comparezca o firmen las proposiciones en nombre de otra persona jurídica: Poder bastante al efecto, así como D.N.I., o documento que reglamentariamente le sustituya, del apoderado. Si el representante lo es de persona jurídica, el poder deberá estar debidamente inscrito en el Registro Mer- cantil, salvo en el supuesto previsto en el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil 4. Copia compulsada de la Tarjeta del Número o Código de Identificación Fis- cal. c) Los que acrediten justificación de requisitos de solvencia económica. d) Los que acrediten solvencia técnica. e) Declaración responsable de relación de empresas vinculadas con el oferente, de conformidad con el Anexo II del presente ▇▇▇▇▇▇. f) Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado de no estar incurso en prohibición de contratar, conforme al artículo 60 del TRLCSP, y que incluirá la manifestación de hallarse al co- rriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social im- puestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse antes de la adjudicación por la empresa a cuyo favor se vaya a efectuar ésta, de conformidad con el Anexo III del presente pliego. g) Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, en caso de resultar adjudicataria, del cumpli- miento con la legislación obligación de tener empleados durante la vigencia del Estado donde estén establecidoscontrato, al me- nos un dos por ciento (2%) de trabajadores/as con minusvalía si la plantilla de la em- presa alcanza un número de 50 o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamentemás trabajadores/as, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 ▇▇ ▇▇▇▇▇, de Integración Social de Minusválidos o, en su caso, la obligación de adoptar las disposiciones comunitarias medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el Real Decreto 27/2000, de aplicación14 de enero, todo ello conforme al modelo de declaración que se adjunta como Anexo IV. A.4h) Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de conformidad con el Anexo V, de elaborar y aplicar un plan de igualdad, tal y como se establece en el artículo 45 ▇▇ ▇▇▇ Orgánica 3/2007, de 22 ▇▇ ▇▇▇▇▇, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de conformi- dad con el Anexo V del presente pliego siempre que se halle en alguna de las circuns- tancias siguientes: - Disponer de más de 250 trabajadores/as. Los demás - Cuando así lo establezca el convenio colectivo que le sea aplicable. - Cuando la autoridad laboral lo hubiere acordado como medida que sustituye la sanción en un procedimiento sancionador. La presentación del distintivo empresarial en materia de igualdad eximirá a la licitado- ra de la aportación de dicha declaración. En el caso de estar exenta de las obligaciones —tanto en materia social como en igualdad entre hombres y mujeres— por no encontrarse en ninguna de las circunstan- cias señaladas en los apartados h) y g) anteriores deberá, en su lugar, presentar decla- ración responsable que acredite dicha exención. i) La relación de la composición de accionistas o socios que integran el capital so- cial, en caso de sociedades de capital. j) Cuando dos o más empresas presenten ofertas conjuntas de licitación constitu- yendo una unión temporal, cada una acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar los nombres y circunstancias de los empresarios extranjeros que la suscriban, la participa- ción de cada uno de ellos y designará a la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la representación de todas ellas ante el poder adjudicador. En el supuesto de resultar adjudicatarios del contrato, deberán acreditar su capacidad de obrar con informe ante el poder adjudicador la constitución de la Misión Diplomática Permanente de España misma en el Estado correspondiente escritura pública. Asimismo deberán nom- brar un representante o apoderado único de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio Unión con poderes bastantes para ejerci- tar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extin- ción del mismo, sin perjuicio de la empresaexistencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. k) En una hoja independiente se hará constar la relación de documentos que con- tiene el sobre, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el enunciados numéricamente (artículo 44.1 80.1 del TRLCSPRGLCAP).

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Sources: Contrato De Servicios

Contenido de las proposiciones. Los documentos incluidos en los sobres podrán aportarse en original o mediante copias que tengan el carácter de auténticas o autenticadas conforme a la legislación vigente. Toda la documentación de las proposiciones presentadas deberá venir en castellano. La documentación constará de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos redactada en otra lengua deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto acompañarse de la licitación; correspondiente traducción oficial al castellano. Toda la denominación del concurso; documentación correspondiente a la proposición deberá presentarse en tres sobres cerrados y lacrados de forma, que se garantice el nombre secreto de su contenido, y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado firmados por el licitador o la persona que lo represente, señalados con las letras A, B y C. En cada uno de los sobres figurará externamente el nombre del licitador y, en su caso, del representante, domicilio social, teléfono, correo electrónico, fax a efectos de comunicaciones, así como el número del expediente y la denominación del contrato al que licitan. Asimismo y bajo En el epígrafe NOTIFICACIONES interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido. La denominación de los sobres es la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónicosiguiente: ● SOBRE A: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. TÍTULO● SOBRE B: ASPECTOS PONDERABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR. ● SOBRE C: ASPECTOS CUANTIFICABLES AUTOMÁTICAMENTE. Los tres sobres deberán contener la siguiente leyenda: “DOCUMENTACIÓN GENERALPARA TOMAR PARTE DE LA ADJUDICACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD PARA EL “SERVICIO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE ANIMALES ABANDONADOS Y PERDIDOS EN LA VÍA PÚBLICA DEL MUNICIPIO ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice . SOBRE A: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA. a) Documentación acreditativa de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOla personalidad y capacidad del licitador: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.11. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público Público que corresponda, corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación Habrán de presentar, asimismo, copia compulsada, notarial o administrativamente, del Documento Código de Identificación Fiscal (CIF) y del documento Nacional de Identidad del representante. 2. Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o el queadministrativamente, del documento Nacional de Identidad o, en su caso, le sustituya reglamentariamenteel documento que haga sus veces. A.33. Cuando sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato una determinada habilitación empresarial, se acompañará copia compulsada del certificado que acredite las condiciones de aptitud profesional. 4. En las uniones temporales de empresarios, tanto de personas físicas como jurídicas, cada uno de los componentes acreditará su capacidad, personalidad,representación y solvencia en los términos previstos en el artículo 59 del TRLCSP, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de los que la suscriben, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, así como que asumen el compromiso de constituirse y designar la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante la Administración. 5. En cuanto a las empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea, tendrán capacidad para contratar aquéllas que, con arreglo a la legislación del Estado en que están establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea las mismas se acreditará por su inscripción en el registro Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con lo establecido en el anexo I del Reglamento general de la Ley de Contratos de las disposiciones comunitarias de aplicaciónAdministraciones Públicas. A.46. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad justificar mediante informe, en la forma recogida en el artículo 55 del TRLCSP, que el Estado de obrar con informe procedencia de la Misión Diplomática Permanente empresa extranjera admite a su vez la participación de España empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.

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Sources: Contract for the Collection and Transport of Abandoned and Lost Animals

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 13.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado números de teléfono y dirección de correo electrónico (esta última fundamental, porque todos los trámites posteriores van a ser notificados únicamente por el este medio), así como con la firma del licitador o persona que lo le represente. Asimismo y bajo Dichos sobres deberán ir acompañados de una instancia, redactada según el epígrafe NOTIFICACIONES modelo anexo al presente pliego, tanto si se hará constar presentan personalmente, por mensajería o por correo ordinario. La inclusión en el sobre nº1 o en el sobre nº 2 de cualquier documento, referencia o dato que permita conocer información relativa a los criterios a los que se hace referencia en el sobre nº 3, determinará la dirección completainadmisión o exclusión de la proposición. El contenido de cada sobre, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 13.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: "DOCUMENTACIÓN GENERAL PARA LA LICITACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA “ACTUACIONES PARA MEJORAR LA EFICIENCIA ENERGETICA DE LA DESALADORA DE AGUA DE MAR DENOMINADA LA OLIVA IV PARA UNA PRODUCCION ACTUAL DE 2000 M3/DÍA”, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITACIÓN URGENTE.” Deberá constar del siguiente contenido: 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 13.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente de acuerdo con la legislación Anexo I del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4RGLCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. 13.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por el Servicio Jurídico del Ayuntamiento de La Oliva. 13.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una Unión Temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados, que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 13.2.2.- Certificado de la clasificación requerida en la cláusula quinta del presente pliego, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, o en su caso, por el Organismo comunitario correspondiente. Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo no obstante justificar, a posteriori, haber obtenido la clasificación exigida en el Estado correspondiente o plazo de subsanación de defectos u omisiones en la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe documentación a que se refiere la cláusula 15 del presente pliego. El certificado de clasificación deberá ir acompañado en todo caso de una Declaración Responsable en la que el licitador manifieste que los datos de clasificación no han tenido variación. No obstante lo establecido en el apartado anterior, para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, será suficiente que acrediten, en su caso, ante el órgano de contratación correspondiente su solvencia económica, financiera y técnica, conforme a los requisitos establecidos en la cláusula 4.2 del presente pliego. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar que todas las empresas que la integran han obtenido clasificación como empresa contratista de servicio. En tal caso, se acumularán las clasificaciones individuales de los miembros de la UTE., a efectos de poder acreditar la clasificación global exigida en el presente pliego. Si concurren uniones de empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros deberán acreditar su clasificación y los últimos, en defecto de ésta, su solvencia económica, financiera y técnica. 13.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 44.1 60 del TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito que deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. Dentro de las obligaciones tributarias a las que está obligada el licitador se incluye: - Haber presentado, si estuvieran obligados a ello, las declaraciones periódicas del Impuesto sobre el Valor Añadido o del Impuesto General Indirecto Canario, en cada caso, así como la declaración resumen mensual. - No existir con el Estado deudas de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en periodo voluntario. Se entiende a efectos de expedición de certificación que se alude en el último párrafo de este punto, que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiere acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de las correspondientes liquidaciones. - No tener deuda tributaria con el Ilmo. Ayuntamiento de La Oliva. - Estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, en relación con las actividades que vengan realizando a la fecha de presentación de las proposiciones, que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen o, en su caso, último recibo justificativo de su abono; complementado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 13.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 13.2.5.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias le eximirá de aportar la documentación que se detalla: - Personalidad y representación al que se refiere la cláusula 13.2.1. del presente pliego, (salvo el 13.2.1.3), siempre y cuando la representación sea la misma que conste en el certificado aportado. No obstante, la Mesa de Contratación podrá requerir la aportación de dicha documentación si fuera necesaria para acreditar que el objeto social de la empresa es adecuado al objeto del contrato. - Certificado de clasificación, siempre y cuando en el certificado del Registro de Contratista conste la clasificación referida al objeto del contrato. - Declaración responsable a que se refiere la cláusula 13.2.3, excepto en lo relativo a hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, respecto de las que habrá que aportar, en todo caso, declaración responsable, formulada ante autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público. 13.2.6.- Compromiso de la empresa de ejercer de modo real, efectivo y periódico el poder de dirección inherente a todo empresario en relación con sus trabajadores, asumiendo la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, sustituciones, obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, y la imposición de las sanciones disciplinarias que fueran procedentes. Igualmente, en dicho compromiso la empresa contratista hará manifestación expresa de responsabilizarse, como empleadora, del cumplimiento de todas sus obligaciones con la Seguridad Social respecto a los trabajadores con los que se va a ejecutar las prestaciones que constituyen el objeto del presente contrato, en particular del abono de las cotizaciones y del pago de prestaciones, y cuantos otros derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. 13.2.7.- Conforme a lo establecido en los artículos 147 y 148 del TRLCSP, cada licitador no podrá presentar más de una solicitud., no presentarse bajo la forma de Unión Temporal de Empresas si ya lo ha hecho individualmente. La concurrencia de estas circunstancias dará lugar a la inadmisión de las propuestas que haya subscrito. 13.3.- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: PROPOSICIÓN RELATIVA AL CRITERIO DE ADJUDICACIÓN 3 y 4 NO EVALUABLE MEDIANTE FORMULAS ARITMÉTICAS PARA LA LICITACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA “ACTUACIONES PARA MEJORAR LA EFICIENCIA ENERGETICA DE LA DESALADORA DE AGUA DE MAR DENOMINADA LA OLIVA IV PARA UNA PRODUCCION ACTUAL DE 2000 M3/DÍA”, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITE DE URGENCIA. 13.3.1.- Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con los criterios de adjudicación 3 y 4 a los que refiere las cláusulas 10.3.1 del presente pliego, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos, en su caso, los aspectos técnicos de la misma. En relación a la documentación a aportar a efectos de acreditar este criterio de adjudicación, nos remitimos a la cláusula 10.3 del presente pliego. Para ser tenida en cuenta dicha documentación deberá estar suscrita en su totalidad por el licitador, o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran firmada por el licitador, en la que declare, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados. ▇▇▇▇▇▇ se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición al licitador o adjudicatario de determinada documentación e informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven. 13.4.- Sobre número 3: Deberá tener el siguiente título: “SOBRE Nº 3: PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y OFERTA RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EVALUABLES MEDIANTE CIFRAS O PORCENTAJES PARA LA LICITACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA “ACTUACIONES PARA MEJORAR LA EFICIENCIA ENERGETICA DE LA DESALADORA DE AGUA DE MAR DENOMINADA LA OLIVA IV PARA UNA PRODUCCION ACTUAL DE 2000 M3/DÍA”, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITE DE URGENCIA. 13.4.1.- Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con los criterios de adjudicación número 1 (Oferta económica), número 2 (Oferta de consumo energético específico garantizado) a que se refiere la cláusula 10.3.2 del presente pliego, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos, en su caso, los aspectos técnicos de la misma. En la proposición económica, que no deberá superar el presupuesto de licitación máximo establecido en la cláusula 6 del presente pliego, deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.). El I.G.I.C. aplicable, en este caso, es el 0% en aplicación del artículo 52.a) de la Ley 4/2012, de 25 ▇▇ ▇▇▇▇▇, de Medidas Administrativas y Fiscales. 13.4.2.- Los licitadores habrán de presentar sus proposiciones referidas a la totalidad de los servicios objeto del contrato. 13.4.3.- Cada licitador podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto del contrato, sin que se puedan presentar variantes o alternativas. 13.4.4.- El empresario que haya licitado en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar proposiciones individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas. Toda la documentación a presentar por los licitadores deberá ser original o, en su defecto, compulsada por la Secretaría del Ayuntamiento de La Oliva, o copia autenticada por notario público. Los licitadores deberán presentar toda su documentación en castellano. La inclusión en el Sobre nº 1 o en el Sobre nº 2 de cualquier documento, referencia, dato o circunstancias que permita conocer información referente a los criterios a los que se hace referencia en el Sobre nº 3, determinará la inadmisión o exclusión de la proposición. La documentación relativa a la cláusula ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Prescripciones Técnicas relativa a proyecto, planos, plan de obra y presupuestos deberán ser entregados conjuntamente con los sobres nº 1, nº 2 y nº 3. La no entrega por parte del licitador de estos documentos determinará la in admisión o exclusión de la proposición.

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Sources: Contrato De Obras

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 9.1.- Las proposiciones constaran de tres (3) sobres, numerados, dos sobres cerrados, lacrados y precintadosen cuyos anversos figurara la siguiente inscripción, firmada por el licitador: “PROPOSICIÓN PARA OPTAR AL CONCURSO PARA EL ARRENDAMIENTO DE UN LOCAL DESTINADO A LA OFICINA DE RECAUDACIÓN DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL ▇▇ ▇▇▇▇ EN SAHAGÚN”. En el exterior de cada uno de ellos los sobres deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; hacerse constar el nombre completo del licitador, números de teléfono y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior Cada sobre será numerado e identificado en la forma prevista en el apartado siguiente, y en cada uno de ellos se hará constar, constar en hoja independiente, un índice de independiente su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOenunciado numéricamente. 9.2.- Sobre nº 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA PARA OPTAR AL CONCURSO: A. Documento 9.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del ofertante y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: Documento Nacional del Identidad y Número de Identificación Fiscal, cuando se trate de personas físicas, o escritura de constitución y de modificación en su caso, inscrita en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le se aplicable. La Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará realizará mediante la escritura o documento de constitución, los de modificación, estatutos o el acto fundacional, en los el que consten constaren las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público Oficial. Las personas jurídicas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de los documentos que correspondaacrediten su inscripción en los Registros o los documentos que acrediten su capacidad de obrar, según el tipo mediante su inscripción en los Registros o presentación de persona jurídica de los certificados que se trate. A.2indican en el Anexo I.1 del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP) . Para los empresarios españoles individuales será obligatoria Las restante personas jurídicas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación expedida por la presentación del Documento Nacional de Identidad representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o el queanálogo o, en su casodefecto, le sustituya reglamentariamenteque actúan con habitualidad en el trafico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la respectiva representación diplomática española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. Igualmente, dichas empresas deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil. A.39.2.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, este deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para contratar, bastanteado por la Secretaría General de la Excma. La capacidad Diputación ▇▇ ▇▇▇▇ o bien por el Jefe del Servicio de obrar Contratación y Patrimonio de los empresarios la Diputación Provincial ▇▇ ▇▇▇▇, por delegación de aquélla. 9.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador de no españoles que sean nacionales estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración señaladas en el articulo señaladas en el articulo art. 60 del TRLCSP, de Contratos del Sector Publico, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Esta declaración podrá formularse con arreglo al modelo contenido en el Anexo I. 9.2.4.-Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción y esta posibilidad esta prevista en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidosrespectivo, o mediante la presentación de podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicaciónautoridad judicial. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Lease Agreement

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de 8.1. Los licitadores presentarán tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En sobres indicando en el exterior texto de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y en el asunto el número de referencia del empresario expediente y el objeto del contrato indicado en el APARTADO “A” de la Carátula del presente ▇▇▇▇▇▇. 8.2. Los tres sobres se enviarán a la siguiente dirección: ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇. ▇▇▇▇▇▇▇, 36-1ª Planta 48011 BILBAO, dentro del plazo indicado en el APARTADO “E” de la Carátula del presente Pliego, y/o empresa licitadora; en su caso, en el NIF anuncio de licitación. En la descripción del “Asunto” del sobre se indicará, en cada uno de ellos, lo siguiente: o CIFSobre (A): “Nº expediente licitación: Documentación Administrativa”. o Sobre (B): “Nº expediente licitación: Criterios evaluables mediante un juicio de valor”. o Sobre (C): “Nº expediente licitación: Criterios evaluables mediante fórmula matemática”. 8.3. El Sobre (A) contendrá los documentos que se detallan en el apartado 8.5, debiendo estar firmado el Sobre (B) la documentación indicada en el apartado 8.6 y el Sobre (C) la documentación enumerada en el apartado 8.7 del presente ▇▇▇▇▇▇. 8.4. La entrega de las proposiciones impone a los concursantes la obligación de aceptar la licitación si se les adjudica. Una vez presentada una proposición, no podrá ser retirada, salvo por razones justificadas, así apreciadas por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSPEVE. A.18.5. Sobre (A): Documentación Administrativa. a. D.N.I., o documento fehaciente que haga sus veces, de quien presente la proposición, y los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro acompañarán también poder bastante a tal efecto. b. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los el que consten constarán las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público que correspondaoficial. c. Poder con facultades suficientes para contratar, según de conformidad con lo estipulado en el tipo apartado anterior, en cuanto a la forma de acreditación de la capacidad de obrar. d. Declaración responsable, suscrita por persona jurídica con facultades, de no estar incurso el empresario en causa de prohibición, incapacidad o incompatibilidad de las previstas en el artículo 49.1 de la LCSP. A tal fin, se aportará debidamente cumplimentado y firmado el ▇▇▇▇▇ ▇▇ de este ▇▇▇▇▇▇. En dicha declaración se hará constar expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, sin perjuicio de que se tratela justificación acreditativa de tal requisito deba exigirse antes de la formalización del contrato con el empresario que haya sido seleccionado. A.2e. El ANEXO VI debidamente cumplimentado. Para - Si así se hubiera establecido en el APARTADO “G” de la Carátula, deberá aportarse aval constituido en concepto de garantía provisional y por el importe indicado en ese apartado. La garantía provisional se cancelará y devolverá a los empresarios españoles individuales será obligatoria licitadores no seleccionados una vez que el empresario seleccionado formalice el contrato. - Por lo que se refiere a la presentación solvencia económica, financiera y técnica o profesional del Documento Nacional licitador, se deberá aportar la siguiente documentación: o Solvencia económica y financiera. 1. Informe de Identidad o el quelas Instituciones Financieras, o, en su caso, le sustituya reglamentariamentejustificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. A.32. La capacidad Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de obrar acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. 3. Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido a la última anualidad disponible. o Solvencia técnica o profesional. 1. Relación de los empresarios principales servicios de mediación prestados a empresas del sector energético con especial incidencia en Energías Renovables y empresas del sector público, en los últimos tres (3) años, que incluya tipos de aseguramiento, referencias de sectores/empresas aseguradas y volúmenes ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ gestionadas en dichos sectores. 2. Una descripción del equipo de trabajo que presenta para la elaboración del presente proyecto, demostrando su capacitación y experiencia en este campo. Si por razones justificadas no españoles se pudiera facilitar las referencias solicitadas, podrá acreditar su solvencia económica y financiera por cualquier otra documentación considerada como suficiente por el EVE. - Integración de la solvencia con medios externos Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar este contrato, el contratista podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que sean nacionales tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispondrá efectivamente de esos medios. A fin de demostrar que efectivamente el contratista dispondrá de esos medios durante la ejecución del contrato y que las partes que deban ser ejecutadas por los subcontratistas no exceden en cómputo total del 50 por ciento del precio del contrato, deberá aportarse un compromiso de subcontratación que deberá ajustarse a las siguientes condiciones: a) Podrá presentarse inicialmente en documento privado. No obstante, si la empresa resultara adjudicataria provisional deberá documentarse en escritura pública. b) Deberá indicarse la parte del contrato que tenga previsto subcontratar y el porcentaje que supone respecto del precio del contrato. c) Deberá expresar que, para el caso de que la empresa resultara adjudicataria del contrato, se ponen a disposición de la subcontratista todos los medios necesarios para ejecutar la parte del contrato correspondiente. d) La futura subcontratista deberá quedar identificada por el nombre o, al menos, a través de su perfil empresarial. Si la adjudicataria pretendiera después subcontratar con otras empresas distintas a las así identificadas, se aplicará lo establecido en el artículo 210.2, letras a) y c) de la LCSP. - Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Comunidad Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con y las demás empresas extranjeras, acreditarán la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del siguiente modo: 1. Capacidad: 2. Solvencia económica y financiera, técnica o profesional: 8.6. Sobre (B): Documentación relativa a criterios no cuantificables por formula. a) Diseño de un Plan de Seguros, pormenorizando el análisis y evaluación de cada uno de los bloques de riesgos, sistemas y técnicas aseguradoras de cobertura y condicionados, franquicias, criterios de selección de compañías que soporten el riesgo, asesoramiento en preparación de pliegos de condiciones técnicas, valoración de pólizas y compañías y adjudicación de contratos de seguro etc. b) Plan de Asistencia con informe detalle de su alcance e indicación de medios técnicos y humanos que se ponen al servicio del Tomador, Asegurados y Beneficiarios. c) Otras mejoras de prestación del servicio que no hallándose incluidas en el Pliego de Condiciones, se encuentren relacionados con el objeto del contrato y lo mejoren sustancialmente. - En cualquier caso, deberá presentarse toda aquella documentación mencionada en el Pliego de Prescripciones Técnicas y que sea necesaria para la ponderación de los criterios de adjudicación recogidos en el APARTADO “O” de la Misión Diplomática Permanente Carátula de España en este Pliego. - En el Estado correspondiente o Sobre (B) no deberá constar mención alguna respecto a las condiciones económicas ofertadas por el licitador. El incumplimiento de esta premisa conllevará automáticamente la eliminación de la Oficina Consular oferta. - La omisión de cualquiera de los documentos citados o la no observancia estricta del cumplimiento de lo previsto en cuyo ámbito territorial radique el domicilio los apartados anteriores, podría ser motivo para la no admisión de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSPoferta. 8.7. Sobre (C): Criterios evaluables mediante fórmula matemática.

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Sources: Contract for Insurance Mediation Services

Contenido de las proposiciones. La documentación constará (arts. 72, 145 y 146 TRLCSP y art. 80 RG) 12.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, dos sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. 12.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación de Suministro de Mobiliario para las dependencias del Servicio ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ en la Comunidad Autónoma de Canarias". TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOSu contenido será el siguiente: A. Documento 12.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 12.2.1.1.- Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente de España en respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado correspondiente o de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. 12.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio existencia de la empresarepresentación y del ámbito de sus facultades para licitar, al bastanteado por el Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste . (art. 35.f) LRJAP-PAC) 12.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que acompañaránla suscriban, ademásla participación de cada uno de ellos, así como el informe compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 12.2.2.- Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.2 del presente Pliego Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica a que se refiere el la citada cláusula 4.2, acumulándose las características acreditadas por cada una de ellas a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal. 12.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 44.1 60 del TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (arts. 73 y 146.1.c) TRLCSP) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 12.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 12.2.5.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias le eximirá de aportar la documentación que se detalla:

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Sources: Contract for the Supply of Furniture

Contenido de las proposiciones. La 14.1. El sobre A contendrá la documentación constará siguiente: a) Documento Nacional de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto Identidad de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que suscriba la oferta. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra persona, natural o jurídica, deberán presentar, además, escritura de poder. b) NIF/CIF del empresario, según sea persona física o jurídica. c) Cuando se trate de empresas que fueren personas jurídicas, la capacidad para contratar se acreditará mediante la escritura de constitución o modificación de la Sociedad, debidamente inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito fuese exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar fuere, la dirección completa, número acreditación de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará realizará mediante la escritura o documento de constitución, los de modificación, estatutos o el acto acta fundacional, en los el que consten constaren las normas por las que se regula regulan su actividad, debidamente inscritosinscritos en su caso en el correspondiente Registro Oficial. d) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumerados en el Apartado 10.2 del presente ▇▇▇▇▇▇ y en la que también se exprese la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito se exija antes de la adjudicación, a los que vayan a resultar adjudicatarios del contrato a cuyo efecto se les concederá un plazo máximo de cinco días hábiles. (Anexo II). e) Documento acreditativo de haber constituido la garantía provisional exigida para tomar parte en la licitación, cuando la misma sea exigible en el Cuadro II Apartado 5 de características del contrato. f) Acreditación de la solvencia económica y financiera, por uno o varios de los medios relacionados en el apartado 10.3 del presente pliego. g) Acreditación de la solvencia técnica, por uno o varios de los medios relacionados en el apartado 10.4 del presente pliego. h) En el caso de que varios empresarios constituyan una Unión de Empresas para acudir a la licitación, cada una de las empresas que compongan dicha unión deberá acreditar su capacidad y solvencia para contratar del mismo modo que lo indicado para las empresas individuales. Para que sea eficaz la agrupación de empresarios frente a Calvià 2000, S.A., bastará que en el escrito de proposición se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que las suscriben, la participación de cada uno de ellos y que se designe la persona o entidad que durante la vigencia del contrato haya de ostentar la plena representación de todos ellos ante Calvià 2000, debiendo estar firmado este documento por los representantes de cada una de las empresas componentes de la UTE. i) Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. j) Datos o identificación del licitante (Anexo IV) k) Documento de aceptación de las condiciones ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ 14.2. El sobre B contendrá, debidamente firmada, por quien tenga poder suficiente la oferta económica expresada claramente en letras y en números. La proposición se ajustará al modelo que se adjunta como “▇▇▇▇▇ ▇▇▇” de este Pliego. Las proposiciones que no se ajusten a dicho modelo podrán no ser tenidas en cuenta por el Mesa de Contratación. Cuando dicho Anexo debe ser complementado por otros modelos, éstos les serán facilitados a los licitadores junto con el presente ▇▇▇▇▇▇. Igualmente los licitadores podrán acompañar al citado Anexo de cuantas aclaraciones sobre su oferta deseen realizar. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que Calvià 2000, S.A. estime fundamental para considerar la oferta. En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que se consigne en letra. Las ofertas que excedan del presupuesto total máximo formulado por Calvià 2000, S.A., serán rechazadas. La oferta económica tiene carácter global, por lo que en la misma se entienden incluidos todos los factores de valoración de gastos e impuestos (a excepción del IVA), arbitrios o tasas exigibles que se devenguen por razón del contrato. 14.3. El sobre C contendrá los documentos que acreditan el cumplimiento de los criterios de adjudicación indicados en el Registro público que correspondaCuadro III apartado 27, según el tipo de persona jurídica de criterios, que se trateaplicarán para la adjudicación de este contrato. A.214.4. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria Los licitadores no podrán suscribir ninguna propuesta en UTE con otros si lo han hecho individualmente, ni figurar en más de una, so pena de inadmisión de todas las propuestas suscritas por el licitador. 14.5. La infracción de la presentación del Documento Nacional norma contenida en el apartado anterior dará lugar a la no admisión de Identidad o todas las propuestas suscritas por el quelicitador. 14.6. En caso de existencia de lotes, en su casola proposición se indicará si se licita por uno, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción varios o todos, conforme a lo señalado en el registro procedente Cuadro II, Apartado 1.2. de acuerdo con la legislación características del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamentecontrato, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicacióneste Pliego. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Contrato De Suministro

Contenido de las proposiciones. 11.2.1. Bases para su redacción y presentación 11.2.1.1 La documentación constará presentación de proposiciones supone por parte del licitador la acep- tación incondicional de las cláusulas de esta Bases, así como que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar. 11.2.1.2 Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados cerrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado firmados por el licitador o por persona que lo la represente. 11.2.1.3 EL CAAM podrá pedir justificación documental o aclaraciones de todos los datos aportados por el licitador antes de la adjudicación, condicionando ésta a que dicha justificación o aclaraciones sean suficientes a su juicio. 11.2.1.4 Si durante la tramitación del expediente y antes de la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una entidad licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la entidad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que acredite ante el órgano de contratación reunir las condiciones de capa- cidad y ausencia de prohibiciones de contratar y la solvencia exigida en este ▇▇▇▇▇▇ para poder participar en el procedimiento de adjudicación. 11.2.1.5 Todos los documentos que se presenten, de no ser originales, deberán tener carácter de auténticos conforme a la legislación vigente. 11.2.1.6 Todos los documentos en idioma extranjero que se presenten deberán ir acompañados de su correspondiente traducción oficial al castellano. Asimismo Deberá expresarse en todo caso: • La licitación a la que se concurre. • Licitador o representante, nombre de la persona, apellidos y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completafirma. • Razón social. • Teléfono, número de teléfono, número de fax y una dirección de correo electrónicoelectrónico en que efectuar las notificaciones. TÍTULO• En el interior de cada sobre un índice o sumario del contenido, enunciado numéricamen- te. Se entregarán tres sobres, denominados respectivamente: - SOBRE A: Documentación General. - SOBRE B: Documentación de los criterios que dependen de un juicio de valor. - SOBRE C: Documentación de los criterios económico y evaluables por aplicación de fórmulas. 11.2.1.6.1 Sobre A: Documentación GENERAL- SOBRE A DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar 1.- Los documentos a presentar para personas físicas y jurídicas españolas serán los que siguen, todo ello en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOcarpeta foliada con el correspondiente índice: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en a) Si el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de empresario fuere persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del física: Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente, junto con el resto de datos identifica- tivos y de contacto (teléfono, fax y una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones), así como el Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe que corresponda con el objeto del contrato. A.3b) Si la empresa fuera persona jurídica, los siguientes: 1. Declaración de la composición accionarial así como los datos relativos a la sede social, teléfono, fax, dirección electrónica, etc., que deberá acompañarse de la relación de los distintos socios en función de las distintas clases de acciones, de existir. 2. Escritura pública de constitución y/o modificación, en su caso, con diligencia acreditativa de su inscripción en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil aplicable; si no fuera exigible, escritura o documento de constitución, modificación, estatuto o acto fundacio- nal en el que constarán las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. 3. En el supuesto de que se comparezca o firmen las proposiciones en nombre de otra persona jurídica: Poder bastante al efecto, así como D.N.I., o documento que reglamentariamente le sustituya, del apoderado. Si el representante lo es de persona jurídica, el poder deberá estar debidamente inscrito en el Registro Mer- cantil, salvo en el supuesto previsto en el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil 4. Copia compulsada de la Tarjeta del Número o Código de Identificación Fis- cal. c) Los que acrediten justificación de requisitos de solvencia económica. d) Los que acrediten solvencia técnica. e) Declaración responsable en materia de personal según el Anexo I y declaración responsable de relación de empresas vinculadas con el oferente, de conformidad con el Anexo II del presente ▇▇▇▇▇▇. f) Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado de no estar incurso en prohibición de contratar, conforme al artículo 60 del TRLCSP, y que incluirá la manifestación de hallarse al co- rriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social im- puestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse antes de la adjudicación por la empresa a cuyo favor se vaya a efectuar ésta, de conformidad con el Anexo III del presente pliego. g) Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, en caso de resultar adjudicataria, del cumpli- miento con la obligación de tener empleados durante la vigencia del contrato, al me- nos un dos por ciento (2%) de trabajadores/as con minusvalía si la plantilla de la em- presa alcanza un número de 50 o más trabajadores/as, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 ▇▇ ▇▇▇▇▇, de Integración Social de Minusválidos o, en su caso, la obligación de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el Real Decreto 27/2000, de 14 de enero, todo ello conforme al modelo de declaración que se adjunta como Anexo IV. h) Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de conformidad con el Anexo V, de elaborar y aplicar un plan de igualdad, tal y como se establece en el artículo 45 ▇▇ ▇▇▇ Orgánica 3/2007, de 22 ▇▇ ▇▇▇▇▇, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de conformi- dad con el Anexo V del presente pliego siempre que se halle en alguna de las circuns- tancias siguientes: - Disponer de más de 250 trabajadores/as. - Cuando así lo establezca el convenio colectivo que le sea aplicable. - Cuando la autoridad laboral lo hubiere acordado como medida que sustituye la sanción en un procedimiento sancionador. La presentación del distintivo empresarial en materia de igualdad eximirá a la licitado- ra de la aportación de dicha declaración. En el caso de estar exenta de las obligaciones —tanto en materia social como en igualdad entre hombres y mujeres— por no encontrarse en ninguna de las circunstan- cias señaladas en los apartados h) y g) anteriores deberá, en su lugar, presentar decla- ración responsable que acredite dicha exención. i) La relación de la composición de accionistas o socios que integran el capital so- cial, en caso de sociedades de capital. j) Cuando dos o más empresas presenten ofertas conjuntas de licitación constitu- yendo una unión temporal, cada una acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participa- ción de cada uno de ellos y designará a la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la representación de todas ellas ante el poder adjudicador. En el supuesto de resultar adjudicatarios del contrato, deberán acreditar ante el poder adjudicador la constitución de la misma en escritura pública. Asimismo deberán nom- brar un representante o apoderado único de la Unión con poderes bastantes para ejerci- tar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extin- ción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. k) Declaración jurada de cumplir con el compromiso de subrogarse en el vínculo laboral del personal a que se refiere el Anexo VII. l) En una hoja independiente se hará constar la relación de documentos que con- tiene el sobre, enunciados numéricamente (artículo 80.1 del RGLCAP). 2.- Las empresas no españolas de Estados Miembros de la Unión Europea, además de los requi- sitos señalados en el apartado 1º de la presente cláusula, en aquello que les afecte, deberán apor- tar los siguientes documentos: a) La capacidad de obrar de los empresarios las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará por su mediante la inscripción en el registro procedente los Registros o presentación de acuerdo los certificados correspondientes. b) Declaración solemne de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para las incidencias que de modo directo o indirecto pu- dieran surgir del contrato. c) Certificado expedido por la autoridad competente del Estado miembro afectado, traducido oficialmente al Castellano con la oportuna apostilla de La Haya, por la que se acredite que la empresa cumplimenta sus obligaciones relativas al pago de sus im- puestos y a las cuotas de la Seguridad Social, según las disposiciones de su país. d) Acreditarán, igualmente, su solvencia económica, financiera y técnica conforme a los términos previstos en este Pliego; así como la inscripción, en su caso, en un Regis- tro profesional o comercial en las condiciones previstas por la legislación del Estado donde estén están establecidos, o . 3.- Las empresas extranjeras de países no miembros de la Unión Europea acreditarán también: a) Su capacidad mediante certificación expedida por la presentación de una declaración jurada o un certificadorespectiva representación di- plomática española, en los términos la que se establezcan reglamentariamentehaga constar que figuran inscritas en el Registro Lo- cal profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicaciónactividades a las que se extiende el objeto del con- trato. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con b) Además deberá acompañarse informe de la Misión Diplomática Permanente representación diplomática española so- bre la condición de España Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio o, en caso contrario, el informe de reciprocidad; esto es que en el Estado correspondiente o de procedencia de la Oficina Consular empresa extranjera se admite, a su vez, la participación de empresas españolas en cuyo ámbito territorial radique la contratación con el domicilio poder adjudicador, en forma sustancialmente análoga. c) Deberán contar con sucursal abierta en España con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que están inscritas en el Registro Mercantil. d) Declaración solemne de someterse a la Jurisdicción de los juzgados y tribunales es- pañoles de cualquier orden para las incidencias que de modo directo o indirecto pudie- ran surgir del contrato. 4.- Los citados documentos deberán presentarse en original o mediante copia de los mismos que tengan el carácter de auténticas conforme a la legislación vigente. Transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación del contrato sin que se haya procedido a la recogida de la empresadocumentación presentada por los no adjudicatarios, al la institución podrá acordar su destrucción. 11.2.1.6.2 Sobre B: Documentación de los criterios que acompañarándependen de un juicio de va- lor.- 11.2.1.6.3 Sobre C: Documentación de los criterios económicos y evaluables por apli- cación de fórmulas.- a) Se presentará escrita a máquina y no se aceptarán aquellas que tengan omisio- nes, ademáserrores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que la institución estime fundamental para considerar la oferta. b) Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá sus- cribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros, si lo ha hecho indi- vidualmente o figurar en más de una Unión Temporal. La contravención de este principio producirá la desestimación de todas las propuestas por él suscritas. c) A todos los efectos, se entenderá que la proposición económica ofertada com- prende todos los gastos directos e indirectos que el informe contratista deba realizar para la normal ejecución del contrato, y cualesquiera otros que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes. d) En el caso de que se presente una proposición económica por una unión tempo- ral de empresas, deberá estar firmada por las personas que representen a cada una de las empresas componentes de la citada unión, rechazándose la oferta en caso contrario. e) Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere el artículo 44.1 este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigi- dos en estas Bases, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del TRLCSPcriterio de que se trate, a no ser que se trate de un supuesto de exclusión asimismo según las determinaciones de este Pliego. f) Se rechazarán aquellas proposiciones económicas que propongan una retribu- ción alzada anual superior a 146.646,00 euros.

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Sources: Contrato De Explotación De Servicio De Limpieza

Contenido de las proposiciones. La documentación constará Se presentarán en sobre cerrado donde figurará la inscripción "PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACION CONVOCADA POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, TRAMITACION ORDINARIA, DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO ▇▇ ▇▇▇▇ DE CONTROL DE TRAFICO Y SEGURIDAD, CENTRALIZACION Y MANTENIMIENTO DE LA RED SEMAFORICA, CONTROL DE ACCESOS A ZONA PEATONAL Y SISTEMA DE AYUDA A LA EXPLOTACION DEL TRANSPORTE URBANO COLECTIVO DE VIAJEROS”. Dentro de este sobre mayor se contendrán tres (3) sobressobres A, numeradosB y C, cerrados, lacrados cerrados con la misma inscripción referida en el apartado anterior y precintadosun subtítulo. En el exterior interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido enunciado numéricamente. El sobre A se subtitulará "DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA" y contendrá:  Declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. Según acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de 24 de febrero de 2014, en relación a lo establecido en el art. 146.4 del TRLCSP, (añadido este punto por el art. 44.dos de la Ley 44/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización) la aportación inicial de la documentación establecida en el apartado 1 del art. 146 del TRLCSP, se podrá sustituir por una declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. En tal caso, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos. En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.  Domicilio: todos los licitadores deberán señalar un domicilio, una dirección de correo electrónico un número de teléfono y fax, para la práctica de notificaciones. El sobre B, se subtitulará "CRITERIOS NO CUANTIFICABLES AUTOMATICAMENTE", en el que incluirán aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios que dependen de un juicio de valor, apartado (Criterios cuya cuantificación dependan de un juicio de valor), establecidos en la cláusula décimaquinta del presente pliego. El sobre C se subtitulará "PROPOSICION Y CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMATICA", en el cual se incluirá la oferta económica, con el siguiente modelo: D......................................................., con domicilio en , Municipio...................., C.P.................... y D.N.I. nº.............. .........., en nombre propio (o en representación de.............................., como acredito por , enterado ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas y demás documentos obrantes en el expediente que rige en la licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real, para la contratación, mediante procedimiento abierto, tramitación ordinaria de la prestación del servicio de MANTENIMIENTO ▇▇ ▇▇▇▇ DE CONTROL DE TRAFICO Y SEGURIDAD, CENTRALIZACION Y MANTENIMIENTO DE LA RED SEMAFORICA, CONTROL DE ACCESOS A ZONA PEATONAL Y SISTEMA DE AYUDA A LA EXPLOTACION DEL TRANSPORTE URBANO COLECTIVO DE VIAJEROS, cuyo contenido conoce y acepta íntegramente, se obliga a cumplir dicho contrato, de conformidad con todas y cada una de las condiciones establecidas en el presente Pliego de Cláusulas, por: A.- Por un precio mensual de * …………………..Euros, mas el *……………% de I.V.A., que asciende a la cantidad de Euros, lo que hace un total de Euros mensual. (en Letra). (*resultante de dividir el precio de licitación anual entre 12 mensualidades, siendo el precio mensual base de 9.976,34 Euros, mas 2.095,03 Euros correspondiente al I.V.A., ascendiendo a un total de 12.071,37 Euros). B.- Por un porcentaje de ……..% de baja (con 2 decimales), aplicables a todos y cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida precios incluidos en el artículo 72 Anexo III ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de prescripciones técnicas. ▇▇▇▇▇, fecha y firma del TRLCSPproponente. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Mantenimiento De Servicios Públicos

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 13.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, dos sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurre, y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. 13.2.- SOBRE Nº 1: Deberá tener el siguiente título: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del servicio de mantenimiento DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarCENTRO INTERNACIONAL DE FERIAS Y CONGRESOS DE TENERIFE, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO:gestionado A. Documento 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 13.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales, y, cuando se trate de personas jurídicas, Código de Identificación Fiscal. Si se trata de personas jurídicas, además, deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscrita en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga, o en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo de Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. 13.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar. 13.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y las circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 13.2.2.- Certificado de la clasificación requerida en la cláusula 5 del presente pliego, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa o en su caso, por el Organismo comunitario correspondiente. Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo no obstante justificar posteriormente haber obtenido la clasificación exigida en el Estado correspondiente o plazo de subsanación de defectos u omisiones en la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe documentación a que se refiere la cláusula 14 del presente pliego. 13.2.3.- Los licitadores incluirán en este sobre la relación detallada de los medios personales que se comprometen a adscribir a la ejecución del contrato, que habrá de incluir, como mínimo, la exigida en las prescripciones técnicas anexas (9.b), debiendo detallarse toda la información necesaria que permita evaluar la solvencia técnica de las personas que van a prestar sus servicios, aportando el historial profesional de todo el personal asignado al mantenimiento del edificio, así como justificación documental de su relación contractual. Detallarán también, las subcontratas o profesionales ajenos que intervengan en el mantenimiento ofertado, desglosando detalladamente las parcelas de mantenimiento encomendadas a cada uno. 13.2.4.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 44.1 49 de la LCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del TRLCSPcumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 13.2.5.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.

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Sources: Service Agreement

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de tres (3) sobres, numerados, 10.1.- Las proposiciones constarán en DOS sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO, de disponer de ellos, así como la firma del licitador o persona que represente a efectos de notificaciones y comunicaciones, debiendo figurar, además, la siguiente nomenclatura: 10.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: “DOCUMENTACIÓN GENERALSOBRE Nº 1: Documentación General para la Licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación de servicios auxiliares del Museo ▇▇▇▇▇ de la Ciencia y la Tecnología de Las Palmas de Gran Canaria”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOSu contenido es el siguiente: A. Documento 10.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 10.2.2.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escrituras de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividadsu 10.2.3.- Cuando el licitador actúe mediante representante, debidamente inscritoséste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, en su caso, en bastanteado por el Registro público que corresponda, según el tipo Servicio Jurídico del Gobierno de persona jurídica Canarias. La aportación de que se tratela mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar 10.2.4.- Si varios de los empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresa en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 10.2.5.- Testimonio judicial, certificación judicial administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no españoles que sean nacionales estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP, comprendiendo expresamente las circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción y esta posibilidad esté prevista en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidosrespectivo, o mediante la presentación de podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicaciónautoridad judicial. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Contract for Auxiliary Services

Contenido de las proposiciones. La documentación constará Las proposiciones se presentarán en un sobre único, identificado en el exterior con el título “Asistencia técnica renovación sistema votaciones, audio y vídeo”, con la denominación, firma y sello de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintadosla empresa licitadora. En el exterior interior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto dicho sobre se incluirán tres sobres cerrados, señalados con los números 1, 2, y 3 y su respectivo título, así como la denominación, firma y sello de la licitación; empresa licitadora. En ningún caso podrá aportarse, finalizado el plazo de presentación de proposiciones, documentación complementaria o aclaratoria que no haya sido solicitada expresamente por la denominación unidad gestora del concurso; el contrato. 1) Sobre nº 1: Documentación general. a) Denominación de la empresa o proponente, NIF, nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o de la persona que firme la proposición y el carácter con que lo represente. Asimismo hace y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completadirección, número de teléfono, número persona de fax contacto y dirección correo electrónico para la realización de correo electróniconotificaciones a través de medios telemáticos. b) Declaración responsable del licitador, conforme al modelo del Anexo I que se adjunta al presente pliego, indicando que cumple las condiciones exigidas para contratar y no se encuentra incurso en causa de exclusión del procedimiento de licitación, que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y del cumplimiento de las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes, y cumple con el convenio laboral del sector. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl licitador en cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten deberá acreditar la capacidad de obrar posesión y validez de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, documentos exigidos en la forma exigida en el artículo 72 cláusula 12 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su casopresente pliego, en el Registro público que corresponda, según el tipo plazo máximo de persona jurídica siete días naturales desde la notificación de que se tratela adjudicación. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros c) Acreditación de la Unión Europea se acreditará solvencia económica y financiera: informe de solvencia emitido por su inscripción una entidad financiera en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en que tras analizar los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio principales datos de la empresa, al se concluya que acompañaránla misma puede asumir los riesgos derivados de la ejecución de este contrato (original o autenticado administrativa o notarialmente). d) Acreditación de la solvencia técnica: declaración responsable del licitador de haber llevado a cabo trabajos de asesoría técnica para proyectos de similares características, ademásdetallando cliente, breve descripción del proyecto y año de realización. El Parlamento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ se reserva el informe derecho a requerir del licitador cuantas certificaciones estime necesarias para verificar la autenticidad de dichas referencias. e) Declaración responsable de ser una entidad independiente y no tener participación, vínculos, ni intereses comerciales con fabricantes o suministradores de tecnología audiovisual. f) Si la proposición es suscrita por licitadores que participen conjuntamente, se incorporará un documento privado en el que se refiere manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el artículo 44.1 porcentaje de participación que corresponde a cada uno y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del TRLCSPcontrato hasta la extinción del mismo. El escrito habrá de estar firmado tanto por las diversas empresas concurrentes como por el citado apoderado. En el caso de existir licitadores que participen conjuntamente, la documentación que se exige en los apartados a, b, c, d y e, deberá ser presentada por todos y cada uno de los licitadores que participen. 2) Sobre nº 2: Propuesta técnica. 3) Sobre nº 3: Proposición económica.

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Sources: Asistencia Técnica

Contenido de las proposiciones. 11.2.1. Bases para su redacción y presentación 11.2.1.1 La documentación constará presentación de proposiciones supone por parte del licitador la acep- tación incondicional de las cláusulas de esta Bases, así como que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar. 11.2.1.2 Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados cerrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado firmados por el licitador o por persona que lo la represente. 11.2.1.3 LA FUNDACIÓN podrá pedir justificación documental o aclaraciones de todos los datos aportados por el licitador antes de la adjudicación, condicionando ésta a que dicha justificación o aclaraciones sean suficientes a su juicio. 11.2.1.4 Si durante la tramitación del expediente y antes de la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una entidad licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la entidad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que acredite ante el órgano de contratación reunir las condiciones de capa- cidad y ausencia de prohibiciones de contratar y la solvencia exigida en este ▇▇▇▇▇▇ para poder participar en el procedimiento de adjudicación. 11.2.1.5 Todos los documentos que se presenten, de no ser originales, deberán tener carácter de auténticos conforme a la legislación vigente. 11.2.1.6 Todos los documentos en idioma extranjero que se presenten deberán ir acompañados de su correspondiente traducción oficial al castellano. Asimismo Deberá expresarse en todo caso:  La licitación a la que se concurre.  Licitador o representante, nombre de la persona, apellidos y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completafirma.  Razón social.  Teléfono, número de teléfono, número de fax y una dirección de correo electrónicoelectrónico en que efectuar las notificaciones. TÍTULO En el interior de cada sobre un índice o sumario del contenido, enunciado numéricamen- te. Se entregarán tres sobres, denominados respectivamente: - SOBRE A: Documentación General. - SOBRE B: Documentación de los criterios que dependen de un juicio de valor. - SOBRE C: Documentación de los criterios económico y evaluables por aplicación de fórmulas. 11.2.1.6.1 Sobre A: Documentación GENERAL.- SOBRE A DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar 1.- Los documentos a presentar para personas físicas y jurídicas españolas serán los que siguen, todo ello en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOcarpeta foliada con el correspondiente índice: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en a) Si el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de empresario fuere persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del física: Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente, junto con el resto de datos identifica- tivos y de contacto (teléfono, fax y una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones), así como el Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe que corresponda con el objeto del contrato. A.3b) Si la empresa fuera persona jurídica, los siguientes: 1. La capacidad Declaración de obrar la composición accionarial así como los datos relativos a la sede social, teléfono, fax, dirección electrónica, etc., que deberá acompañarse de la relación de los empresarios no españoles que sean nacionales distintos socios en función de Estados miembros las distintas clases de la Unión Europea se acreditará por acciones, de existir. 2. Escritura pública de constitución y/o modificación, en su caso, con diligencia acreditativa de su inscripción en el registro procedente Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil aplicable; si no fuera exigible, escritura o documento de acuerdo constitución, modificación, estatuto o acto fundacio- nal en el que constarán las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. 3. En el supuesto de que se comparezca o firmen las proposiciones en nombre de otra persona jurídica: Poder bastante al efecto, así como D.N.I., o documento que reglamentariamente le sustituya, del apoderado. Si el representante lo es de persona jurídica, el poder deberá estar debidamente inscrito en el Registro Mer- cantil, salvo en el supuesto previsto en el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil 4. Copia compulsada de la Tarjeta del Número o Código de Identificación Fis- cal. c) Los que acrediten justificación de requisitos de solvencia económica. d) Los que acrediten solvencia técnica. e) Declaración responsable de relación de empresas vinculadas con el oferente, de conformidad con el Anexo II del presente ▇▇▇▇▇▇. f) Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado de no estar incurso en prohibición de contratar, conforme al artículo 60 del TRLCSP, y que incluirá la manifestación de hallarse al co- rriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social im- puestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse antes de la adjudicación por la empresa a cuyo favor se vaya a efectuar ésta, de conformidad con el Anexo III del presente pliego. g) Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, en caso de resultar adjudicataria, del cumpli- miento con la legislación obligación de tener empleados durante la vigencia del Estado donde estén establecidoscontrato, al me- nos un dos por ciento (2%) de trabajadores/as con minusvalía si la plantilla de la em- presa alcanza un número de 50 o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamentemás trabajadores/as, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 ▇▇ ▇▇▇▇▇, de Integración Social de Minusválidos o, en su caso, la obligación de adoptar las disposiciones comunitarias medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el Real Decreto 27/2000, de aplicación14 de enero, todo ello conforme al modelo de declaración que se adjunta como Anexo IV. A.4h) Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de conformidad con el Anexo V, de elaborar y aplicar un plan de igualdad, tal y como se establece en el artículo 45 ▇▇ ▇▇▇ Orgánica 3/2007, de 22 ▇▇ ▇▇▇▇▇, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de conformi- dad con el Anexo V del presente pliego siempre que se halle en alguna de las circuns- tancias siguientes: - Disponer de más de 250 trabajadores/as. Los demás - Cuando así lo establezca el convenio colectivo que le sea aplicable. - Cuando la autoridad laboral lo hubiere acordado como medida que sustituye la sanción en un procedimiento sancionador. La presentación del distintivo empresarial en materia de igualdad eximirá a la licitado- ra de la aportación de dicha declaración. En el caso de estar exenta de las obligaciones —tanto en materia social como en igualdad entre hombres y mujeres— por no encontrarse en ninguna de las circunstan- cias señaladas en los apartados h) y g) anteriores deberá, en su lugar, presentar decla- ración responsable que acredite dicha exención. i) La relación de l a composición de accionistas o socios que integran el capital social, en caso ▇▇ ▇▇▇▇▇- dades de capital. j) Cuando dos o más empresas presenten ofertas conjuntas de licitación constitu- yendo una unión temporal, cada una acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar los nombres y circunstancias de los empresarios extranjeros que la suscriban, la participa- ción de cada uno de ellos y designará a la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la representación de todas ellas ante el poder adjudicador. En el supuesto de resultar adjudicatarios del contrato, deberán acreditar su capacidad de obrar con informe ante el poder adjudicador la constitución de la Misión Diplomática Permanente misma en escritura pública. Asimismo deberán nom- ▇▇▇▇ un representante o apoderado único de España la Unión con poderes bastantes para ejerci- tar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extin- ción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. k) Declaración jurada de cumplir con el compromiso de subrogarse en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe vínculo laboral del personal a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSPAnexo VII.

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Sources: Contrato De Servicio De Limpieza

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, 14.1.- Los licitadores deberán presentar sus proposiciones en la forma exigida indicada en la cláusula 13. La documentación general, la proposición económica y, en su caso, la proposición técnica, se presentarán en los términos que se establecen a continuación. 14.1.1.- Documentación general (Sobre n°1). a)La acreditación de la personalidad del empresario. Cuando se trate de un empresario individual deberá presentarse su Documento Nacional de Identidad, NIF, o, en su caso, pasaporte. Si se trata de una persona jurídica española, deberá presentar el NIF/CIF de la empresa y la escritura de constitución, y/o modificación, en su caso, debidamente adaptada a la ley e inscrita en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil cuando este requisito fuere exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante Si no lo fuere, deberá presentar la escritura o el documento de constitución, los de modificación, estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2correspondiente registro público. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por Europea, deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en la normativa de desarrollo de la LCSP. Además deberán acreditar que se encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el registro procedente de acuerdo objeto del contrato con arreglo a la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamenteencuentren establecidas, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4cuando dicho estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con mediante informe de expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, y deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como la designación de un representante o apoderado único. b)La acreditación de la representación, cuando se actúe mediante representante. Cuando el licitador actúe mediante representante, se deberá aportar el DNI del representante y el documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar y contratar, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil. En el caso de unión temporal de empresarios, debe designarse un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. c)Acreditación solvencia La acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de conformidad con lo establecido en la cláusula 5 de este Pliego y la letra F del Cuadro de características del contrato. Las empresas que liciten en unión temporal deben acreditar individualmente los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 5.5 de este Pliego. d)Declaraciones relativas a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador ajustada al modelo que acompañaránfigura como anexo II al presente Pliego, ademáso mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 49 de la LCSP. Esta declaración incluirá la manifestación expresa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el informe empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. Asimismo, podrán incluir la autorización expresa a la Administración contratante, para que, de resultar propuesto adjudicatario, acceda a la citada información a través de las bases de datos de otras Administraciones Públicas con las que se hayan establecido convenios. e)La acreditación de la garantía provisional, en su caso. Cuando se exija garantía provisional, debe presentarse el resguardo acreditativo de dicha garantía, si se constituye en metálico o títulos valores. Si se constituye en forma de aval o por contrato de seguro de caución, se presentará el propio aval o el contrato de seguro. Si se ha constituido la garantía global a que se refiere el artículo 44.1 86 de la LCSP, habrá de aportarse certificación relativa a que dicha garantía se encuentra vigente y efectiva. En el caso de licitación por lotes, el resguardo de la garantía provisional debe ir acompañado de una relación detallada de los lotes a los que se licita. f)Los documentos a que hace referencia la cláusula 5.2 de este Pliego en los casos en que se hayan exigido en la letra F.2 del TRLCSPCuadro de características del contrato para la concreción de determinadas condiciones de solvencia. g)La declaración sobre la intención de celebrar subcontratos a que se refiere el artículo 210.2.a) cuando así se haya exigido en la letra Q del Cuadro de características del contrato. h)La acreditación de las circunstancias a que hace referencia la cláusula 15.5 de este Pliego y, en su caso, la letra L del Cuadro de características del contrato, cuando la empresa pretenda acogerse al sistema de solución de empates previsto en la cláusula 15.5 de este Pliego. i)Las empresas extranjeras deben presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. j)Impuesto sobre actividades económicas. Se deberá aportar Original del alta en el IAE y el último recibo de pago en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente. Junto con el alta y el último recibo se deberá aportar una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En el supuesto de encontrarse en alguna de la exenciones establecidas en el art. 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberá acreditarse mediante resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia estatal de Administración Tributaria, o declaración responsable de tener una cifra de negocios inferior a 1.000.000 € respecto de los sujetos pasivos enunciados en la letra c) del art. 82.1 de la citada Ley, con excepción de las personas físicas. Se exceptúan de estos requisitos los sujetos pasivos a que se refiere el art. 82.1 apartados a), d), g) y h) de la citada Ley. k)Acreditación de la finalidad de la empresa y de su organización. En el caso de personas jurídicas, los licitadores deberán presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. l)Cualquier otro documento exigido en este Pliego. 14.1.2.- Proposición económica (Sobre n° 2). El licitador debe presentar su oferta económica según el modelo del Anexo I de este Pliego. La oferta debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello, y no debe contener errores, omisiones u obstáculos para una interpretación correcta de la misma. El importe debe expresarse claramente en números y letras. Se indicará el importe IVA excluido y, a continuación, como partida independiente, el importe del IVA que deba ser repercutido. También debe indicarse el tipo impositivo de IVA aplicable a la prestación y el importe total de la oferta. En el supuesto en que, de conformidad con la cláusula 26.5 de este Pliego y el artículo 270 de la LCSP, se permita que el abono de una parte del precio total de los bienes a suministrar se realice en especie, la proposición económica deberá consignar el importe que del precio total del suministro corresponda a los bienes entregados por la Administración. Se entiende que la oferta económica incluye todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato. 14.1.3.- Proposición técnica (Sobre n°3 y/o Sobre n°4). El licitador debe presentar la documentación relativa a los criterios de adjudicación que se indica en la letra C del Cuadro de criterios de adjudicación del contrato. Esta documentación se incluirá, según cada caso, en el sobre n°3 y/o en el sobre n°4, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 13 y en la letra C del Cuadro de criterios de adjudicación del contrato. Si el licitador no aporta la documentación relativa a alguno de estos criterios de adjudicación, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate. 14.2.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma de las ▇▇▇▇▇ Balears u otras Comunidades, le eximirá de aportar la documentación relativa a la personalidad y representación, siempre y cuando la representación sea la misma que conste en el certificado aportado, y, en su caso, la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica, salvo la documentación específica que deba ser aportada en todo caso. 14.3.- En el caso de unión temporal de empresarios, se deberá presentar un compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. Este documento debe ir firmado por los representantes de cada una de las empresas integrantes de la unión. 14.4.- Cuando un licitador considere que algún documento incluido en su proposición técnica debe ser considerado como confidencial de conformidad con el artículo 124.1 de la LCSP, deberá designar expresamente los documentos que reúnan dicho carácter. Esta circunstancia deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento. 14.5.- Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia, excepto el documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que habrá de aportarse en original. Los documentos deben presentarse en lengua ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.

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Sources: Contrato De Suministro

Contenido de las proposiciones. La documentación constará (arts. 72, 145 y 146 TRLCSP y art. 80 RG) 13.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, [tres] sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. 13.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación de la realización del servicio de creatividad y producción y plan contratación de la prestación de servicios de creatividad y producción y plan de medios (planificación y compra de soportes de publicidad) para la campaña institucional sobre el fondo de desarrollo de Canrias". TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOSu contenido será el siguiente: A. Documento 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 13.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. 13.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por el Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste. (art. 35.f) LRJAP-PAC) (art. 35.f) LRJAP-PAC) 13.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 13.2.2.- Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.2 del presente Pliego. 13.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (arts. 73 y 146.1.c) TRLCSP) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 13.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 13.2.5.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Estado correspondiente o Registro de Contratistas de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio Comunidad Autónoma de Canarias le eximirá de aportar la empresa, al que acompañarán, además, el informe a documentación que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.detalla:

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Sources: Contract for Services

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 13.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 13.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del SERVICIO INSULAR DE ATENCIÓN INTEGRAL E INTERVENCIÓN ESPECIALIZADA EN VIOLENCIA DE GÉNERO". Su contenido será el siguiente: 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 13.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente de España en respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado correspondiente o de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. 13.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio existencia de la empresarepresentación y del ámbito de sus facultades para licitar, al bastanteado por la Secretaría Delegada de este Organismo Autónomo. 13.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que acompañaránla suscriban, ademásla participación de cada uno de ellos, así como el informe compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 13.2.2.- Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.2 del presente Pliego Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica a que se refiere la citada cláusula 4.2, acumulándose las características acreditadas por cada una de ellas a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal. 13.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 49 de la LCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones que a continuación se indican: A.- Declaración de que el licitador se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias estatales. B.- Declaración de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de Canarias. C.- Declaración de que el licitador no tiene deudas de naturaleza tributaria con el Cabildo Insular de Tenerife. D.- Declaración de hallarse al corriente en el pago del Impuesto sobre Actividades Económicas. E.- Declaración de que el licitador se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social. A título orientativo se acompaña modelo como Anexo II y III, asimismo incluye modelo de autorización para que este Organismo pueda recabar directamente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de la Seguridad Social, los certificados acreditativos de estar al corriente en las respectivas obligaciones. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 13.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 13.2.5.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias le eximirá de aportar la documentación que se detalla: - Personalidad y representación a que se refiere la cláusula 13.2.1 de este pliego, siempre y cuando la representación sea la misma que conste en el certificado aportado. No obstante, la Mesa de contratación podrá requerir la aportación de dicha documentación si fuera necesaria para acreditar que el objeto social de la empresa es adecuado al objeto del contrato. - Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica. - Declaración responsable a que se refiere la cláusula 13.2.3, salvo en lo que se refiere a la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, respecto de las que habrá que aportar, en todo caso, declaración responsable, formulada ante autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público. El certificado del Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación. 13.2.6.- A los efectos de acreditar la relación laboral con personas con discapacidad en los términos establecidos en la cláusula 10.3 del presente pliego, las empresas deberán aportar, en el momento de la licitación, la siguiente documentación: a) Declaración responsable del número de trabajadores fijos discapacitados y porcentaje que éstos representan sobre el total de la plantilla. b) Documento TC2 (relación nominal de trabajadores) correspondientes a todo el personal de la empresa. c) Relación de los trabajadores fijos discapacitados acompañada de la resolución o certificación acreditativa del grado y vigencia de la discapacidad. d) Contrato de trabajo de los trabajadores fijos discapacitados. e) Si la empresa emplea a cincuenta o más trabajadores y se encuentra en alguno de los supuestos de excepcionalidad previstos en la Ley 13/1982, de 7 ▇▇ ▇▇▇▇▇, de Integración Social de los Minusválidos, deberá aportar, además, declaración del Servicio Público de Empleo competente de que la empresa se encuentra en alguno de los citados supuestos de excepcionalidad. 13.2.7.- A los efectos de acreditar el porcentaje de mujeres en el Órgano representativo directivo en los términos establecidos en la cláusula 10.3, la empresa deberá aportar en el momento de la licitación certificación sobre la composición de dicho órgano, acompañada de los correspondientes documentos o acuerdos sociales que recojan la designación de sus miembros. Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia, excepto el documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que habrá de aportarse en original. Asimismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano. La documentación general incluida en este sobre quedará a disposición de los interesados, una vez adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto (artículo 44.1 87.4 del TRLCSPRGLCAP) 13.3.- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: Proposición relativa a los criterios de adjudicación números 2 y 5 cuya cuantificación depende de un juicio de valor para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del SERVICIO INSULAR DE ATENCIÓN INTEGRAL E INTERVENCIÓN ESPECIALIZADA EN VIOLENCIA DE GÉNERO" 13.3.1.- Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con los criterios de adjudicación números 2 y 5 a que se refiere la cláusula 10.4.1 del presente pliego, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos los aspectos técnicos de la misma. Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los párrafos anteriores, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate. Para ser tenida en cuenta, dicha documentación deberá estar suscrita en su totalidad por el licitador, o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran firmada por el licitador, en la que declare, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados. La Administración se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.

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Sources: Contract for Services

Contenido de las proposiciones. La a) Un índice de documentos redactados en castellano, debidamente numerado, correlativo y firmado, que se unirá la documentación constará de tres (3) sobresque a continuación se refiere, numeradosen original o bien por fotocopia, cerradosque en este caso deberá legitimada notarialmente o compulsada, lacrados y precintadospudiéndose llevar a cabo por la Sr. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto Secretario de la licitación; Excma. Diputación Provincial ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, y en caso de remitirse traducida lo será en forma oficial. Cód. Validación: 66CY4DKHT6WMNNEJRT2PSWDEZ | Verificación: ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇/ Documento firmado electrónicamente desde la denominación plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 27 b) Hoja resumen de los datos del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIFposible arrendatario, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la a efectos de notificación, con indicación de su dirección completa, número de teléfono, número de fax y fax, dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarelectrónico y persona de contacto. c) Documentación que acredite la personalidad y capacidad de obrar del posible arrendatario y, en hoja independientesu caso, un índice la representación con que actúa el firmante de la proposición, de acuerdo con lo siguiente: -Si el posible arrendatario es persona física, su contenidodocumento nacional de identidad y del número de identificación fiscal, o documento que si se trata de no españoles se considere el adecuado por la legislación vigente. d) Las condiciones para participar en el presente arrendamiento serán, en cuanto a personas físicas, ser agricultor, lo cual deberá acreditarse con el justificante de estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) relativo a la agricultura. Se presentarán documentos originalesEn el caso de personas jurídicas, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividadactividad en los que conste que su objeto es la agricultura (y en su caso, modificaciones de la escritura o documento constitutivo) debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o Aportarán asimismo el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3CIF. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. e) La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del TRLCSP podrá realizarse: Cód. Validación: 66CY4DKHT6WMNNEJRT2PSWDEZ | Verificación: ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 27 1.) Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, al que acompañaránsegún los casos, ademásy cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSPpodrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.

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Sources: Lease Agreement

Contenido de las proposiciones. La documentación constará Las proposiciones constarán de tres (los sobres o archivos electrónicos indicados en el presente pliego, con el contenido que se indica a continuación. Según los criterios establecidos en el Anexo IV de aplicación para cada contrato las proposiciones constarán de los sobres o archivos electrónicos siguientes: - Si son de aplicación “Criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas”: 1. SOBRE O ARCHIVO ELECRÓNICO Nº 1 "DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS” 2. SOBRE O ARCHIVO ELECTRÓNICO Nº 2 “CRITERIOS CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO DE VALOR ” 3) sobres, numerados, cerrados, lacrados . SOBRE O ARCHIVO ELECTRÓNICO Nº 3 “CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA” - Si solo son de aplicación “Criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas”: 1. SOBRE O ARCHIVO ELECRÓNICO Nº 1 "DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS” 2. SOBRE O ARCHIVO ELECTRÓNICO Nº 2 “CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA” Todos los documentos y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos sobres o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado archivos electrónicos deberán ir firmados por el licitador o persona que lo representeostente su válida representación. Asimismo Los licitadores deberán firmar mediante firma electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar que garantice la dirección completaidentidad e integridad del documento, número de teléfono, número de fax la oferta y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán todos los documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten asociados a la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacionalmisma, en los que consten las normas por las que sea necesaria la firma del apoderado. Los sobres o archivos electrónicos se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo dividen de persona jurídica de que se tratela siguiente forma: A) SOBRE O ARCHIVO ELECRÓNICO "DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS”. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria 1.- Documento europeo único de contratación (DEUC), aprobado a través del Reglamento (UE) nº 2016/7, de 5 de enero (▇▇▇▇▇://▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇), que deberá estar firmado y con la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamentecorrespondiente identificación. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación 2.- Declaración responsable conforme al modelo del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.Anexo V relativo a:

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Sources: Pliego De Cláusulas Administrativas Para Contratos De Servicios Informáticos

Contenido de las proposiciones. La documentación constará (arts. 72, 145 y 146 TRLCSP y art. 80 RG) 13.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, dos sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. 13.2.- Sobre número 1: “DOCUMENTACIÓN GENERALDeberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación de Servicio de Limpieza correspondientes a los edificios e instalaciones del ICIA”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOSu contenido será el siguiente: A. Documento 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 13.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. 13.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por el Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste. (art. 35.f) LRJAP-PAC) (art. 35.f) LRJAP-PAC) 13.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 13.2.2.- Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.2 del presente Pliego. 13.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (arts. 73 y 146.1.c) TRLCSP) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 13.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 13.2.5.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Estado correspondiente o Registro de Contratistas de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio Comunidad Autónoma de Canarias le eximirá de aportar la empresa, al que acompañarán, además, el informe a documentación que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.detalla:

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Sources: Contrato De Servicio De Limpieza

Contenido de las proposiciones. La documentación constará presentación de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y precintadosla declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. En Las proposiciones respetarán el exterior modelo que establezca este Pliego de Cláusulas Administrativas y tendrán carácter secreto hasta el momento de la licitación. Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente ni figurar en más de una Unión Temporal de Empresas. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas. Los licitadores deberán presentar dos sobres cerrados y firmados por el mismo o persona que represente haciendo constar en cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito su respectivo contenido y el número nombre del sobre; licitador. La denominación de los sobres es la siguiente: - Sobre "A": Documentación Administrativa. - Sobre "B": Propuesta Económica y Documentación para su valoración cuantificable de forma automática En Sobre deberán incluirse, necesariamente, los siguientes documentos: Datos de persona de contacto, correo electrónico y teléfono. 1. Documento Nacional de Identidad del licitador si este fuera persona física. Si fuera jurídica se presentará el título del contrato objeto Documento Nacional de Identidad de quien la represente. 2. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, deberán presentar Poder bastanteado al efecto por el Sr. Secretario de la licitación; la denominación del concurso; el nombre Corporación o funcionario que le sustituya y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o Código de Identificación fiscal (CIF). 3. De tratarse de personas jurídicas españolas, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo deberá presentarse escritura de constitución y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarmodificación, en hoja independientesu caso, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida inscrita en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la Legislación Mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas Si no lo fuere, se acreditará mediante la presentará escritura o documento de constitución, los de modificación, estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten constaten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2Oficial. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.34. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Catering Service Contract

Contenido de las proposiciones. La documentación constará Las proposiciones respetarán el modelo que establezca este Pliego de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados Cláusulas Administrativas Particulares y precintados. En tendrá carácter secreto hasta el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto momento de la licitación; . Toda la denominación documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIFReal Decreto 1098/2001, debiendo estar firmado de 12 de octubre). Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador o persona y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completadenominación del sobre y la leyenda - Documentación Administrativa. Sobre «A»: - Sobre «B»: Proposición Económica. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, número conforme a la Legislación en vigor. Dentro de teléfonocada sobre, número se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de fax los mismos: Los documentos a incorporar en este sobre son los siguientes, ordenados tal y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior como se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOindica a continuación: A. Documento o documentos a) Documentos que acrediten la capacidad personalidad jurídica del empresario y su - Los licitadores - Cuando se trate de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará jurídicas: mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria - Las empresas licitadoras deberán estar inscritas en el Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Comsumidores Directos en Mercado (Ley 54/1997, de 27 de noviembre, modificada por la presentación Ley 17/2007, de 4 de julio). Esta habilitación se debe acreditar presentando el certificado de inscripción correspondiente y se deberá mantener la citada inscripción durante la vigencia del Documento Nacional contrato, debiendo presentar copia al inicio. - Cuando se trate de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará Europea: por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. - Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar extranjeros: con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. * Se acompañará copia del C.I.F. de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSPen caso de ser sociedad mercantil.

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Sources: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 13.1.- Las proposiciones constarán de tres DOS (32) sobres, numerados, sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 13.2.- SOBRE NUMERO 1.- : Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: DOCUMENTACIÓN GENERAL PARA EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON UN UNICO CRITERIO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR PARA LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS REALIZADAS EN LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO CEUTI DE DEPORTES". Su contenido será el siguiente: 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 13.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. 13.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por el Secretario de la Junta Rectora. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste. (art. 35.f) LRJAP-PAC) 13.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 13.2.2.- Requisitos de solvencia.- Los documentos que justifiquen los requisitos de su solvencia económico financiera, técnica o profesional por cualquiera de los medios previstos en los art. 16 y 19 del TRLCAP, y en concreto: a) Informe de instituciones financieras acreditativo de la solvencia económica y financiera o en su defecto seguro de indemnización por riesgos profesionales. b) Para las personas jurídicas, presentación de las cuentas anuales o extracto de las mismas. c) Declaración relativa a la cifra de negocios global y relación de los principales servicios realizados en los últimos tres años, incluyendo importe, fechas y beneficiarios públicos o privados. d) Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. e) Titulaciones académicas y/o profesionales de los empresarios y del personal de la dirección de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato conforme a la base primera ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Prescripciones Técnicas Particulares. 13.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 13.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 13.2.5.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Estado correspondiente o Registro de Contratistas de la Oficina Consular Ciudad Autónoma de Ceuta le eximirá de aportar la documentación que se detalla: Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en cuyo ámbito territorial radique la materia, excepto el domicilio documento acreditativo de la empresagarantía provisional, al en su caso, que acompañaránhabrá de aportarse en original. Así mismo, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSPlos licitadores presentarán su documentación en castellano.

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Sources: Contract for School Transport Services

Contenido de las proposiciones. La documentación constará Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, o dos sobres cerrados, lacrados y precintados. En según se indique en el apartado 12º del Anexo I, identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el así como con la firma del licitador o persona que lo le represente, dirección, teléfono, fax y/o correo electrónico. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES Asimismo, se hará constar el número del expediente de contratación. Si la dirección completalicitación es por lotes deberá indicarse en cada sobre el lote o lotes a los que se licita. En el supuesto que liciten varias empresas en unión temporal de empresas los sobres serán firmados por todas ellas. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULOordenado numéricamente. 1.- SOBRE N°1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE N° 1: DOCUMENTACIÓN ADMINITRATIVA PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR: “DOCUMENTACIÓN GENERALdenominación completa del contrato al que se licita. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En , su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOcontenido será el siguiente: A. Documento a) Capacidad de obrar: 1.- D.N.I. o documentos documento que acrediten lo sustituya de la capacidad persona firmante de obrar la proposición. En caso de los licitadores, ya sean nacionales o ciudadanas/os extranjeros, permiso de residencia y de trabajo. 2.- Si fueran personas jurídicas, escritura de constitución o modificación en la forma exigida su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la Si no lo fuere, escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público correspondiente registro oficial que correspondafuera preceptivo; así como el Código de Identificación Fiscal. 3.- Las empresas no españolas de Estados Miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo presentarán el documento, según traducido fehacientemente al castellano, acreditativo de hallarse inscritas en los registros o las certificaciones que se indican en el tipo Anexo I del Reglamento General de persona jurídica la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en función de los diferentes contratos. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate. A.2, deberán acreditar que cumplen este requisito (art. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad 58 TRLCSP). Las personas físicas o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales jurídicas de Estados miembros de no pertenecientes a la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidosdeberán justificar mediante informe, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamenteigualmente traducido fehacientemente al castellano, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente Española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de España procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el Estado correspondiente o artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio Organización Mundial de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del Comercio (art. 55 TRLCSP).

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Sources: Contract for Supply

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados Los licitadores presentarán dos sobres cerrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado firmados por el licitador él mismo o persona que lo represente, en los que se indicarán además de la razón social y denominación de la entidad concursante, el título de la licitación y contendrán: el primero (A) la documentación exigida para tomar parte en el mismo, el segundo (B) la correspondiente a los criterios de adjudicación cuantificables por fórmula. Asimismo Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autenticadas, conforme a la legislación en vigor. II.6.1.- SOBRE “A” que encierra la documentación del licitador y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES que se hará constar titulará "Proposición para tomar parte en la dirección completa, número contratación por procedimiento negociado de teléfono, número la ejecución de fax las obras de saneamiento del barrio Goikobasabebidea y dirección de correo electrónico. TÍTULO: se subtitulará DOCUMENTACIÓN GENERALDocumentación administrativa”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos: A. Documento o documentos que acrediten a.- Documentación acreditativa de la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. y personalidad jurídica.- La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el registro mercantil, cuando este requisito fuere exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los el que consten constaren las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial. b.- Documentación acreditativa de la representación.- Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder debidamente bastanteado por la Asesoría Jurídica Municipal, salvo que se presente certificado acreditativo de su inscripción en el Registro público Oficial de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Euskadi (original, copia autenticada o cotejada por la oficina municipal de contratación), donde conste la representación, junto con una declaración jurada de su validez y vigencia. c.- Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, que correspondaademás comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, según el tipo de persona jurídica sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se tratevaya a efectuar ésta. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en los 60 y 61 del Real Decreto Legislativo 3/2011 (anexo 2). A.2d.- Acreditación de estar dado de alta en el IAE, en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, así como, haber satisfecho el último recibo de este impuesto. e.- Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional.- i.- La solvencia económica y financiera se acreditará por uno o varios de los medios establecidos en el art. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación 75 del Documento Nacional Real Decreto Legislativo 3/2011 a) Declaraciones apropiadas de Identidad o el queentidades financieras o, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros justificante de la Unión Europea se acreditará existencia de un seguro de indemnización por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicaciónriesgos profesionales. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Contract for the Execution of Works

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 12.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior El contenido de cada sobre, deberá tener los requisitos que se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOseñalan a continuación: A. Documento 12.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: DOCU- MENTACIÓN GENERAL PARA LA LICITACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO . Su contenido será el siguiente: 12.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 12.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. 12.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por el Secretario Delegado del Organismo. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste. (art. 35.f) LRJAP-PAC) 12.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 12.2.2.- Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.2 del presente Pliego. 12.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 de la TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 12.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier 12.2.5.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Estado correspondiente Registro de Contratistas del Estado, o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio Comunidad Autónoma de Canarias le eximirá de aportar la empresa, al que acompañarán, además, el informe a documentación que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.detalla:

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Sources: Suministro De Combustibles

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de tres (3) sobres, numerados, Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado firmados por el licitador o persona licitador, en los que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax denominación del sobre y dirección de correo electrónicola leyenda «Proposición para licitar a la contratación del SERVICIO DE PRESTACIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS DIRIGIDAS A LOS PARTICIPANTES EN EL PROGRAMA DE CUALIFICACIÓN PROFESIONAL PARA PERSONAS DESEMPLEADAS DE LARGA DURACIÓN MAYORES DE 30 AÑOS (CDLD)». TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar La denominación de los licitadoressobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa y Documentación cuya Ponderación Depende de un Juicio de Valor. — Sobre «B»: Proposición Económica y Documentación Cuantificable de Forma Automática. Cód. Validación: A9K6PL7TW6RXG9RF7QNSC6XE6 | Verificación: ▇▇▇▇://▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 26 Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, ya sean nacionales o extranjerosconforme a la Legislación en vigor. Dentro de cada sobre, en se incluirán los siguientes documentos, así como una relación numerada de los mismos: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Y DOCUMENTACIÓN PONDERABLE A TRAVÉS DE JUICIOS DE VALOR a) Declaración Responsable del licitador indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la forma exigida Administración. La declaración responsable se presentará conforme al modelo incluido en el artículo 72 Anexo del TRLCSPpresente pliego. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Contratación

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 12.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobresTRES SOBRES CERRADOS, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. 12.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Docu- mentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, del acuerdo marco relativo al LOTE/S…..del suministro de UNIFORMES PARA EL PERSONAL DEL INSTITUTO INSULAR DE ATENCIÓN SOCIAL Y El licitador podrá aportar formalizado el Documento Europeo Único de contratación, consistente en una declaración actualizada del interesado, que confirme que el licitador en cuestión cumple las condiciones necesarias para contratar. Dicho documento (aprobado según Reglamento de Ejecución UE 2016/7 de la Comisión, de 5 de enero de 2016), se puede obtener en el siguiente enlace: ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇ nto%202016-7%20modelo%20documento%20%C3%BAnico%20europeo.pdf 12.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 12.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas, deberán presentar escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en le correspondiente Registro oficial que fuera preceptivo. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la LCAP. Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga, o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. 12.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por la Secretaría Delegada de este Organismo Autónomo. Este poder deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro público que correspondaMercantil. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste, según el tipo así como la de persona jurídica la escritura de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional constitución, y de Identidad o el que, modificación en su caso, le sustituya reglamentariamentede la entidad licitadora. A.3. La capacidad 12.2.1.3.- Si varias entidades acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada una de obrar ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios no españoles las entidades que sean nacionales la suscriban, la participación de Estados miembros cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la Unión Europea unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se acreditará por su inscripción en el registro procedente deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación existencia de una declaración jurada o un certificado, en los términos poderes mancomunados que se establezcan reglamentariamente, puedan otorgar las entidades para cobros y pagos de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4cuantía significativa. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España que estén interesados en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe formar las Uniones a las que se refiere el artículo 44.1 párrafo anterior podrán darse de alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del TRLCSPEstado, que especificará esta circunstancia.

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Sources: Acuerdo Marco

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 14.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. 14.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales en las especialidades de Seguridad en el Trabajo y Vigilancia de la Salud de los empleados públicos del Cabildo Insular de Lanzarote". TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOSu contenido será el siguiente: A. Documento 14.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 14.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. 14.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por el Cabildo Insular de Lanzarote. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste. 14.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 14.2.2.- Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica y financiera, así como la solvencia técnica y profesional, bien a través de la acreditación de una clasificación adecuada al objeto del contrato, bien a través de los medios de justificación que se reseñan a continuación: - Solvencia económica y financiera: habrá de acreditarse por alguno de los medios siguientes: a.- Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. b.- Las cuentas anuales presentadas en el Estado Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. c.- Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la Oficina Consular medida en cuyo ámbito territorial radique que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. - Solvencia técnica y profesional: La solvencia técnica o profesional de los licitadores deberá justificarse por alguno de los medios siguientes, debiendo aportar, en todo caso, el domicilio documento enunciado en la letra c: a.- Titulaciones académicas y profesionales de los empresarios y del personal de dirección de la empresaempresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato, incluyéndose los nombres y números de colegiación del personal sanitario que participe como médico de empresa y ATS/DUE. b.- Relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, indicándose su importe, fecha y beneficiarios públicos o privados de los mismos. c.- Documento expedido por la autoridad laboral, que acredite a la empresa como Servicio de Prevención Ajeno con capacidad para prestar el servicio. Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica. 14.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 49 de la LCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 14.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que acompañaránpudiera corresponder al licitante. 14.2.5.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias le eximirá de aportar la documentación que se detalla: Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia. Así mismo, ademáslos licitadores presentarán su documentación en castellano. 14.3.- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: Proposición relativa a los criterios de adjudicación A (proyecto de prevención técnica y vigilancia de la salud), B (instalaciones existentes y personal especializado), C (plan de formación personal), D (asesoramiento y apoyo técnico) y F (otras mejoras) NO evaluables mediante cifras o porcentajes para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales en las especialidades de Seguridad en el informe Trabajo y Vigilancia de la Salud de los empleados públicos del Cabildo Insular de Lanzarote". 14.3.1.- Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con los criterios de adjudicación A (proyecto de prevención técnica y vigilancia de la salud), B (instalaciones existentes y personal especializado), C (plan de formación personal), D (asesoramiento y apoyo técnico) y F (otras mejoras) a que se refiere el artículo 44.1 la cláusula 10.4.1 del TRLCSPpresente pliego, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos los aspectos técnicos de la misma, adaptado al anexo II (sobre 2).

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Sources: Service Agreement

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 13.1.- Las proposiciones constarán de tres DOS (32) sobres, numerados, sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 13.2.- SOBRE NUMERO 1.- : Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: DOCUMENTACIÓN GENERAL PARA EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON UN UNICO CRITERIO DEL SERVICIO DE CONTROL DE ACCESOS E INFORMACIÓN AL PÚBLICO EN EL COMPLEJO DEPORTIVO ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇-▇▇▇▇, COMPLEJO DEPORTIVO ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Y CENTRO ECUESTRE DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA Su contenido será el siguiente: 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en personalidad del empresario y la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritosrepresentación, en su caso, del firmante de la proposición, en la forma siguiente: 1.- HOJA RESUMEN DE DATOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN en la que conste nombre, NIF, dirección completa del licitador a estos efectos, incluyendo número de teléfono, fax y persona de contacto, con indicación de una dirección de correo electrónico. 2.- DECLARACIÓN RESPONSABLE conforme al modelo del ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ suscrita por el licitador o su representante reconociendo que cumple los requisitos de capacidad, representación y solvencia exigidos y comprometiéndose, en en caso de que la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, a aportar los documentos que se señalan en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se tratepresente pliego. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Contract for Access Control and Public Information Services

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 13.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. 13.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: DOCU- MENTACIÓN GENERAL PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN URGENTE, DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS AUTOMÁTICOS DE CONTROL DE TRÁFICO (SEMÁFOROS Y PILONAS), PMV (PANELES DE MENSAJE VARIABLE), CÁMARAS DE T.V, POSTES S.O.S Y MANTENIMIENTO Y EXPLOTACIÓN DE LAS SALAS DE CONTROL DE TRÁFICO Y DE PILONAS DEL MUNICIPIO DE SANTA ▇▇▇▇ DE TENERIFE, ASÍ COMO LA INSTALACIÓN, AMPLIACIÓN Y MODIFICACIÓN DE LAS INSTALACIONES DE CONTROL DE TRÁFICO. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOSu contenido será el siguiente: A. Documento 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 13.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente de España en respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado correspondiente o de su procedencia admite a su vez la Oficina Consular participación de empresas españolas en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresacontratación con la Administración, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSPen forma substancialmente análoga.

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Sources: Contratación De Servicios

Contenido de las proposiciones. La documentación constará Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados sobres cerrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado firmados por el licitador o persona que lo le represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES , en cada uno de los cuales se hará constar su contenido respectivo y el nombre y C.I.F del licitador. Sobre Nº 1: TITULO: Documentación administrativa para la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notariocalificación previa. CONTENIDO: A. Documento 1.- Documentos comunes para todos los licitadores: a) Los que comparezcan o documentos firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán poder bastanteado al efecto por la Abogacía de la Generalitat Valenciana. b) Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas, en su caso. c) Documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadoressolvencia económica, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacionalfinanciera y técnica, en los términos y por los medios que consten se especifican en la cláusula 6ª de este Pliego. d) Testimonio judicial, certificación administrativa, o cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de su plena capacidad de obrar, de no hallarse incursa en ninguna de las normas circunstancias que enumera el artículo 60 del TRLCSP y de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones legales vigentes. e) Autorización al Servicio de Contratación y Asuntos Generales, de la Conselleria de Infraestructuras,Territorio y Medio Ambiente, para solicitar ante los organismos competentes, el hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes, o la presentación de dicha documentación. f) Declaración sobre el grupo empresarial al que pertenezcan las empresas con indicación de las empresas que lo componen (artículo 86.3 del R.G.L.C.A.P.). En dicha declaración deberá hacerse mención expresa de si alguna de las empresas del mismo grupo empresarial concurren o no a la presente licitación. g) En su caso, documentación acreditativa en materia de igualdad, discapacitados y cooperativas para el supuesto de empate previsto en la cláusula 5ª. h) Dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones, en su caso. 2.- Documentos para los empresarios españoles. 3.- Documentos específicos para los empresarios extranjeros de Estados Miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. a) Acreditación de su inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se regula su actividadindican en el anexo I.1 del R.D. 1098/2001. b) Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, debidamente inscritospara todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, en el Registro público al fuero jurisdiccional extranjero que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se tratepudiera corresponder al licitador. A.2. Para 4.- Documentos específicos para los restantes empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamenteextranjeros. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de a) Informe expedido por la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidosrespectiva misión diplomática permanente española, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular de España en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al en la que acompañaránse haga constar que figuran inscritas en el correspondiente Registro local profesional, ademáscomercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el informe tráfico local en el ámbito de las actividades a que se extiende el objeto del contrato a que se refiere el artículo 44.1 presente Pliego. b) Informe de la misión diplomática permanente española o de la Secretaría general de Comercio Exterior del TRLCSPMº de Economía sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio o en caso contrario, de reciprocidad, en el que se acredite que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. c) Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con expresa renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle.

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Sources: Cláusulas Administrativas Particulares Para Contratos De Obras

Contenido de las proposiciones. La documentación constará (arts. 61, 129 y 130 LCSP y art. 80 RG). 12.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, El contenido de cada sobre que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 12.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: “SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del suministro de una barredora con destino al servicio de limpieza viaria”. Su contenido será el siguiente: 12.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 12.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público Oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. 12.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por el Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste. (art. 35.f) LRJAP-PAC) 12.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 12.2.2.- Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.2 del presente Pliego. Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica. 12.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 49 de la LCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes (arts 62 y 130.1.c) LCSP). Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 12.2.4.- Para empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 12.2.5.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Estado correspondiente o Registro de Contratistas de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio Comunidad Autónoma ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ le eximirá de aportar la empresa, al documentación que acompañarán, además, el informe se detalla: - Personalidad y representación a que se refiere la cláusula 12.2.1 de este pliego, siempre y cuando la representación sea la misma que conste en el artículo 44.1 certificado aportado. No obstante, la Mesa de contratación podrá requerir la aportación de dicha documentación si fuera necesaria para acreditar que el objeto social de la empresa es adecuado al objeto del TRLCSP.contrato. - Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica. - Declaración responsable a que se refiere la cláusula 12.2.3, salvo que en lo que se refiere a la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, respecto de las que habrá que aportar, en todo caso, declaración responsable, formulada ante autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público. El certificado del Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación (art. 130.3 LCSP)

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Sources: Contract for Supply of Goods

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 8.1. Los licitadores presentaran tres mensajes de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En correo electrónico indicando en el exterior texto de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número NOMBRE Y APELLIDOS DEL LICITADOR O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA y en el asunto el Número referencia del sobre; expediente y EL OBJETO DEL CONTRATO indicado en el título APARTADO “A” DE LA CARÁTULA del contrato objeto presente ▇▇▇▇▇▇. 8.2. Los tres mensajes se enviarán a la siguiente dirección: E:Mail: ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇, dentro del plazo indicado en el APARTADO “E” DE LA CARÁTULA del presente Pliego, y/o en caso, en el anuncio de licitación. En la descripción del “Asunto” del correo electrónico se indicará, en cada uno de ellos, lo siguiente: - Correo “A”: “Nº expediente licitación: Documentación general” - Correo “B”: “Nº expediente licitación: Proposición económica” - Correo “C”: “Nº expediente licitación: Propuesta técnica” La recepción de mensajes está limitada a 8 Mb, por tanto, en el caso de necesitar presentar mensajes de volumen superior se debe de fraccionar la información en tantos mensajes como se necesite. 8.3. El Correo “A” contendrá los documentos a que se detallan en el apartado 8.5, el Correo “B” la proposición económica y el Correo “C” los aspectos técnicos de la licitación; proposición. 8.4. La entrega de las proposiciones impone a los concursantes la denominación obligación de aceptar la licitación si se les adjudica. Una vez presentada una proposición, no podrá ser retirada, salvo por razones justificadas, así apreciadas por BISCAYTIK. 8.5. Correo “A”: Documentación General. Capacidad y solvencia de los empresarios. 8.5.1 Esta documentación se presentará preferiblemente en formato electrónico, no obstante, si el empresario no dispone de ella en formato electrónico puede presentarse en el Registro de Entradas de BISCAYTIK en sobre cerrado indicando el Nº de expediente y la descripción del concurso; objeto indicado en el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIFAPARTADO “A” DE LA CARÁTULA de este Pliego, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar con la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: indicación DOCUMENTACIÓN GENERALDocumentación general. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento a) D.N.I., o documentos documento fehaciente que acrediten haga sus veces, de quién presente la capacidad proposición y los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSPotro acompañarán también poder bastante a tal efecto. A.1. b) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los el que consten constarán las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público Oficial. c) Poder con facultades suficientes para contratar, de conformidad con lo estipulado en el apartado anterior, en cuanto a la forma de acreditación de la capacidad de obrar. d) Declaración responsable suscrita por persona con facultades de no estar incurso el empresario en causa de prohibición, incapacidad o incompatibilidad de las previstas en el artículo 60 de la TRLCSP. A tal fin, se aportará debidamente cumplimentado y firmado el ANEXO 2 de este ▇▇▇▇▇▇. En dicha declaración se hará constar expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, sin perjuicio de que correspondala justificación acreditativa de tal requisito deba exigirse antes de la formalización del contrato con el empresario que haya sido seleccionado. e) Por lo que se refiere a la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del licitador, se deberá aportar la documentación necesaria para acreditarla o el certificado de clasificación como empresa de servicios expedido por el Gobierno ▇▇▇▇▇ o la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado, según lo previsto en el tipo APARTADO “N” DE LA CARÁTULA de persona jurídica de que se trate. A.2este Pliego. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Comunidad Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con y las demás empresas extranjeras, acreditarán la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del siguiente modo: ▪ Las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, mediante inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del RGLCAP. ▪ Las demás empresas extranjeras, - Informe de la respectiva Misión Diplomática. Permanente u Oficina Consular de España, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro Local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habituabilidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. - Además deberá acompañarse informe de la Misión Diplomática Permanente de en España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado signatario del acuerdo sobre Contratación Públicas de la Organización Mundial del Comercio. - Acreditación de que la empresa tenga abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil. - Conforme a lo establecido en los apartados de la cláusula 8.5.2. En todo caso, las empresas extranjeras no comunitarias, si es exigible para las empresas españolas, deberán acreditar estar clasificadas según se dispone en el APARTADO “N” DE LA CARÁTULA de este Pliego. f) Si así se hubiera establecido en el APARTADO “G” DE LA CARÁTULA, deberá aportarse aval constituido en concepto de garantía provisional y por el importe indicado en ese apartado. La garantía provisional se cancelará y devolverá a los licitadores no seleccionados una vez que el empresario seleccionado formalice el contrato. g) Cuando varias empresas acudan a la licitación constituyendo una agrupación temporal y salvo que en la carátula se disponga otra cosa o se haya exigido clasificación (en cuyo ámbito territorial radique caso se estará al régimen de acumulación del TRLCSP), cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar y solvencia conforme establecen las cláusulas anteriores. Además, en estos casos, se indicarán: (a) Los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban. (b) La participación de cada uno de ellos en la unión. (c) La persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la propiedad, quedando obligada solidariamente frente a la Entidad Contratante. Sólo en el domicilio caso de que la licitación sea adjudicada a la agrupación temporal de empresas deberán éstas acreditar la constitución en escritura pública de la empresamisma ante la Entidad Contratante. La duración de las Uniones Temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción. h) En el caso de tener un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100 del total de la plantilla, y con el fin de acogerse a lo dispuesto en la Disposición Adicional cuarta de la TRLCSP y Orden de 17 de diciembre de 2001 del Ministerio de Sanidad y Consumo, se podrá acreditar dicha existencia mediante certificación expedida al efecto o documentación pertinente. 8.5.2 Aquellos licitadores que acompañaránse encuentren inscritos en el Registro de Contratistas, ademásregulado por el Decreto ▇▇▇▇▇ Nº 59/94, de 21 ▇▇ ▇▇▇▇▇, sobre establecimiento y regulación del Registro de Contratistas del Territorio Histórico de Bizkaia, en el Registro de Contratistas del Gobierno ▇▇▇▇▇ o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, podrá acreditar las circunstancias señaladas en los apartados (a) a (c) mediante una certificación del registro o mediante un certificado comunitario de clasificación, acompañando una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación. 8.5.3 Cuando el valor estimado del contrato fijado en el APARTADO “C” DE LA CARÁTULA de este Pliego sea inferior a 1.000.000 de euros para los contratos de obras y de 90.000 para los contratos de suministros y servicios, los licitadores podrán sustituir la aportación de la documentación general señalada en los apartados (a) a (e) por una declaración responsable con sujeción al ANEXO 2.1 de este Pliego en la que se indique que cumple las condiciones establecidas en el presente pliego para contratar con la Entidad Contratante. En tal caso, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante BISCAYTIK, previamente a la adjudicación del contrato la posesión y validez de los documentos requeridos en los apartados (a) a (e). 8.6. Correo “B”: Proposición Económica. 8.6.1 Se presentará la documentación exigida en el APARTADO “P” DE LA CARÁTULA. La proposición económica se presentará escrita de forma mecanizada y firmada, no aceptándose aquéllas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer con claridad el contenido de la oferta. En caso de existir una discrepancia entre la cuantía señalada en número y en letra, prevalecerá esta última. 8.6.2 De acuerdo con el artículo 145 de la TRLCP, cada licitador no podrá presentar más de una proposición, pero ésta podrá contener cuantas soluciones variantes se considere oportuno, siempre que así se haya previsto en el APARTADO “M” DE LA CARÁTULA de este Pliego., conllevando la necesaria presentación por el licitador de las ofertas económicas relativas a las variantes que proponga. 8.7. Correo “C”: Proposición Técnica 8.7.1 Se presentará la documentación exigida en el APARTADO “O” DE LA CARÁTULA. En cualquier caso, deberán presentar toda aquella documentación que sea necesaria para la ponderación de los criterios de adjudicación recogidos en el APARTADO “Q” DE LA CARÁTULA de este Pliego La documentación se presentará en documento word, excel, pdf o formato similar. 8.7.2 La proposición técnica se pasará a los Servicios Técnicos del Departamento promotor del encargo, para que de forma previa a la apertura del Correo B se valoren las proposiciones presentadas. En el informe a de los Servicios Técnicos se valorarán conjuntamente las proposiciones de los licitadores y se tendrán en cuenta los criterios de valoración fijados y la ponderación que se refiere el artículo 44.1 les haya atribuido.. 8.8. La omisión de cualquiera de los documentos citados o la no observancia estricta del TRLCSPcumplimiento de lo previsto en los apartados anteriores, podría ser motivo para la no admisión de la oferta.

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Sources: Contract for Technical and Legal Advisory Services

Contenido de las proposiciones. La documentación constará CONTENIDO DEL SOBRE A (DOCUMENTACIÓN GENERAL) 9.1 Empresas no inscritas en el Registro Electrónico de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto empresas Licitadoras de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número Generalitat de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO:Cataluña (RELI). A. Documento o documentos que acrediten la capacidad a) Capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, las empresas y personalidad jurídica El Documento Nacional de Identidad del licitador en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1caso de que sea empresario individual. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren las empresas españolas, personas jurídicas se acreditará acredita mediante la escritura de constitución o modificación inscrita en el Registro Mercantil, cuando sea exigible conforme a la legislación mercantil. Cuando no lo sea, se acredita mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto acta fundacional, en los que consten las normas por las que se regula regulan su actividad, debidamente inscritos, en su casosi es necesario, en el Registro público correspondiente registro oficial. También hay que corresponda, según aportar el tipo NIF de persona jurídica de que se trate. A.2la empresa. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los Los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción o de Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo tienen que aportar la documentación que acredite que constan inscritas en los registros profesionales o comerciales adecuados o las certificaciones indicadas al apartado 1 del anexo Y del RGLCAP. Los empresarios extranjeros no comprendidos en el registro procedente de acuerdo con apartado anterior tienen que aportar un informe emitido por la legislación del Estado donde estén establecidos, misión diplomática permanente o mediante por la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente oficina consular de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el del lugar del domicilio de la empresa, al en el cual conste, previa acreditación por la empresa, que acompañaránfiguran inscritos en el registro local profesional, ademáscomercial o análogo, o, en su defecto, que actúan habitualmente en el tráfico local dentro del ámbito de las actividades que alcanza el objeto del contrato. También tienen que aportar un informe de la misión diplomática permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior que acredite que el Estado del cual son nacionales ha firmado el Acuerdo sobre contratación pública de la Organización Mundial del Comercio (OMC), siempre que se trate de contratos de cuantía igual o superior a la prevista en el artículo 125.1 de la LCSP o, en caso contrario, informe de reciprocidad. En el supuesto que varias empresas presenten una oferta conjunta de licitación, para integrar una unión temporal de empresas, cada una tiene que acreditar su personalidad y capacidad. Además, hay que indicar en un documento privado el nombre de las empresas que la forman, el informe a porcentaje de participación de cada una de ellas en la entidad, y la persona o ente designado para que, durante la vigencia del contrato, ejerza la plena representación de todas ante la Administración. Asimismo, tiene que constar el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, en caso de resultar adjudicatarios. El documento en que se refiere formalice este compromiso tiene que estar firmado por el representante de cada una de las empresas que integran la unión. b) Acreditación de la representación y personalidad jurídica de los firmantes de las ofertas. Cuando se comparezca o se firmen proposiciones en nombre de otro, hay que presentar un poder suficiente para hacerlo y una fotocopia del documento nacional de identidad o del pasaporte legitimada notarialmente, o compulsada por el secretario del Ayuntamiento. En cuanto a la forma del poder, tiene que reunir los siguientes requisitos: - Ha de ser escritura pública. - Ha de ser copia auténtica. - Ha de estar inscrito en el Registro Mercantil, o en el registro oficial correspondiente. No se admitirán testimonios de copias de escrituras de apoderamiento. c) Solvencia económica, financiera y técnica o profesional. De acuerdo con las previsiones de la cláusula octava de este Pliego. d) Declaración responsable conforme la empresa no está incluida en ninguna de las prohibiciones de contratar con la Administración determinadas en el artículo 44.1 49 LCSP y, especialmente, de encontrarse al corriente del TRLCSPcumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de acuerdo con el modelo que se adjunta como Anexo 2. En el supuesto que la empresa no esté obligada a estar dada de alta en algún tributo, tributar o bien al cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social, de conformidad con la legislación vigente aplicable, esta circunstancia se hará constar mediante declaración responsable, especificando el supuesto legal de exención que concurre. e) Sumisión a los juzgados y tribunales españoles. Las empresas extranjeras tienen que aportar una declaración de sumisión a los juzgados y tribunales españoles para todas las incidencias que puedan surgir del contrato, con renuncia expresa a su propio ▇▇▇▇▇.

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Contenido de las proposiciones. La documentación constará (arts. 61, 129 y 130 LCSP y art. 80 RG). 12.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, El contenido de cada sobre que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 12.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: “SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento negociado con publicidad, de la contratación del suministro mediante arrendamiento financiero (Leasing) de una máquina barredora con destino al Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇”. Su contenido será el siguiente: 12.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 12.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público Oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. 12.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste. (art. 35.f) LRJAP-PAC) 12.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 12.2.2.- Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.2 del presente Pliego. Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica. 12.2.3.- Declaración responsable del licitador de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 49 de la LCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes (arts 62 y 130.1.c) LCSP). 12.2.4.- Para empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 12.2.5.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Estado correspondiente o Registro de Contratistas de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio Comunidad Autónoma de Galicia le eximirá de aportar la empresa, al documentación que acompañarán, además, el informe se detalla: - Personalidad y representación a que se refiere la cláusula 12.2.1 de este pliego, siempre y cuando la representación sea la misma que conste en el artículo 44.1 certificado aportado. No obstante, la Mesa de contratación podrá requerir la aportación de dicha documentación si fuera necesaria para acreditar que el objeto social de la empresa es adecuado al objeto del TRLCSPcontrato. - Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica. - Declaración responsable a que se refiere la cláusula 12.2.3, salvo que en lo que se refiere a la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, respecto de las que habrá que aportar, en todo caso, declaración responsable. El certificado del Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Galicia deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación (art. 130.3 LCSP) Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia, excepto el documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que habrá de aportarse en original, así mismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano ▇ ▇▇▇▇▇▇▇. 12.3.- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: “SOBRE Nº2: Proposición relativa a los criterios de adjudicación números (2 Y 3) NO evaluables mediante cifras o porcentajes para la licitación, mediante procedimiento negociado con publicidad, de la contratación del suministro mediante arrendamiento financiero (Leasing) de una máquina barredora con destino al Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇”. (art. 134.2 LCSP) 12.3.1.- Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con los criterios de adjudicación a que se refiere la cláusula 9.2 del presente pliego, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos los aspectos técnicos de la misma. 12.3.1.1.- El contenido de la oferta económica será redactado según el modelo anexo al presente pliego, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas y, que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del impuesto sobre el valor añadido que deba ser repercutido. (art. 129.5 LCSP). 12.3.1.2.- En relación con los restantes criterios de adjudicación, se deberá aportar lo siguiente, Documentación relativa a: - Mejoras técnicas y equipamiento maquina barredora. - Prestaciones de mantenimiento. - Plazo de garantía técnica y mecánica. Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los párrafos anteriores, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate. Para ser tenida en cuenta, dicha documentación deberá estar suscrita en su totalidad por el licitador, o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran firmada por el licitador, en la que declare, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados. La Administración se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.

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Sources: Contrato Administrativo De Suministro

Contenido de las proposiciones. La documentación constará (arts. 72, 145 y 146 TRLCSP y art. 12.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, dos sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, El contenido de cada sobre que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 12.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: “SOBRE Nº 1:Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del servicio de limpieza del edificio sede de la Comarca de la Comunidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇”. Su contenido será el siguiente: 12.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 12.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público Oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente de España en respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado correspondiente o de su procedencia admite a su vez la Oficina Consular participación de empresas españolas en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresacontratación con la Administración, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSPen forma substancialmente análoga.

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Sources: Contract for Cleaning Services

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 11.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) dos sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente, indicando medio preferente de comunicación a efectos de las notificaciones. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice deberá tener los requisitos que se señalan a continuación: 11.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO:la contratación del “SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA EL PARQUE MOVIL DEL AYUNTAMIENTO DE LA OLIVA” A. Documento 11.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 11.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscrita en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo fuera preceptivo. Se acompañará copia autenticada del CIF de persona jurídica de que se trate. A.2la empresa. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente de España en respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado correspondiente o de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga, o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique Organización Mundial del Comercio. 11.2.1.2.- Cuando el domicilio licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la empresaexistencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, al bastanteado por la Secretaria de la Corporación. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste, así como la de la escritura de constitución, y de modificación en su caso, de la entidad licitadora. (art. 35.f) LRJAP-PAC). Se acompañará copia autenticada del NIF del representante. 11.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que acompañaránla suscriban, ademásla participación de cada uno de ellos, así como el informe compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 11.2.2.- Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 7.2 del presente Pliego. Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica a que se refiere la citada cláusula, acumulándose las características acreditadas por cada una de ellas a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal. 11.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público (conforme al modelo anexo II que figura en este pliego), de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, con esta Corporación Local y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (arts. 73 y 146.1.c) TRLCSP). La presente declaración tendrá una vigencia de seis meses. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 11.2.4.- Declaración responsable relativa al cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (incluida en modelo anexo II). 11.2.5.- Declaración responsable del licitador otorgada ante autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público (conforme al modelo anexo III que figura en este pliego) de pertenencia o no a un Grupo de empresas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.1 86 del TRLCSPRGLCAP deberá indicarse si la empresa pertenece o no a un grupo empresarial, a tal efecto se cumplimentará el apartado a) o b) según proceda de dicho anexo III. 11.2.6.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Contratistas del Estado o de la Comunidad Autónoma de Canarias le eximirá de aportar la documentación que se detalla: 11.2.7.- Relación detallada de los medios personales y materiales que se comprometen a adscribir a la ejecución del contrato, de acuerdo con lo estipulado en la cláusula 7.2.2 11.2.8.- En su caso, y a los efectos de acreditar la relación laboral con personas con discapacidad en los términos establecidos en la cláusula 8.4 del presente pliego, las empresas deberán aportar, en el momento de la licitación, la siguiente documentación: a) Declaración responsable del número de trabajadores fijos discapacitados y porcentaje que éstos representan sobre el total de la plantilla. b) Documento TC2 (relación nominal de trabajadores) correspondientes a todo el personal de la empresa. c) Relación de los trabajadores fijos discapacitados acompañada de la resolución o certificación acreditativa del grado y vigencia de la discapacidad. d) Contrato de trabajo de los trabajadores fijos discapacitados. e) Si la empresa emplea a cincuenta o más trabajadores y se encuentra en alguno de los supuestos de excepcionalidad previstos en la Ley 13/1982, de 7 ▇▇ ▇▇▇▇▇, de Integración Social de los Minusválidos, deberá aportar, además, declaración del Servicio Público de Empleo competente de que la empresa se encuentra en alguno de los citados supuestos de excepcionalidad.

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Sources: Suministro De Combustible

Contenido de las proposiciones. La documentación constará Las proposiciones que se presenten constarán, en principio, de tres (3) sobres, numerados, cerrados, sobres cerrados - pudiendo presentarse lacrados y precintados. precintados -, que irán firmados por el licitador o persona que le represente y en cada uno de los cuales se hará constar: (i) La denominación del concurso y su respectivo contenido; (ii) El nombre del licitador y persona que le represente; (iii) La dirección a efectos de notificaciones, junto con una dirección de correo electrónico para el mismo fin; y (iv) Los números de teléfono y fax. i. Sobre (A): Documentación administrativa: (i) Capacidad para concursar: (Para licitadores que no hayan presentado la clasificación del contratista). (a) Si el licitador fuera persona jurídica, se acompañará su escritura de constitución, con sus modificaciones si las hubiere, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuese exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. (b) Si se trata de empresario individual, aportará fotocopia del documento que acredite la identidad del representante del licitador (DNI para españoles, pasaporte o cualquier otro documento oficial acreditativo de su personalidad para extranjeros). (ii) Poderes: (Para licitadores que no hayan presentado la clasificación del contratista) Se acompañará fotocopia del documento que acredite la identidad del representante del licitador (DNI para españoles, pasaporte o cualquier otro documento oficial acreditativo de su personalidad para extranjeros) y, además, poder bastante en derecho a su favor, inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil, que le habilite para concurrir a la suscripción de contratos en nombre del representado. (iii) Declaraciones acreditativas de la no existencia de impedimento para concursar: Declaración responsable a la que se refiere el artículo 146.1 c) del TRLCSP, de no estar incurso el licitador en ninguna de las causas de prohibición para contratar con las Administraciones Públicas recogidas en el artículo 60.1 de esta misma Ley, conforme al modelo que se adjunta como Anexo V. La declaración responsable a que se refiere el párrafo anterior comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse el licitador al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito, conforme al artículo 146.1 c) de la LCSP deba presentarse antes de la adjudicación por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. (iv) Garantía provisional: En el exterior caso de que esta garantía se exija por disponerlo así el punto 12 de la carátula, se acompañará igualmente documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. (v) Solvencia técnica y económica financiera Los licitadores deberán acreditar su solvencia técnica y económica financiera en la forma en que se indique en el punto 15 de la carátula. (vi) Uniones temporales de empresas: Cuando varias empresas acudan a la licitación constituyendo una agrupación temporal y salvo que en la carátula se disponga otra cosa o se haya exigido clasificación (en cuyo caso se estará al régimen de acumulación de la LCSP), cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su capacidad de obrar y solvencia conforme establecen las cláusulas anteriores. Además, en estos casos, se remitirá un documento, suscrito por cada uno de los representantes de los miembros de la futura unión temporal de empresas, en el que se indique: (a) Los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban. (b) La participación de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título en la unión. (c) La persona o entidad que durante la vigencia del contrato objeto ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la propiedad, quedando obligada solidariamente frente a la Entidad Contratante. (vii) Jurisdicción de empresas extranjeras: Los empresarios extranjeros presentarán una declaración de someterse exclusivamente a la jurisdicción de los Juzgados, Tribunales y Corte de Arbitraje ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ para todas las incidencias que, de manera directa o indirecta, puedan derivarse del contrato y con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que corresponda al licitador. NOTA: Los licitadores que hayan presentado convenientemente la Clasificación de Contratistas (como consecuencia de su inscripción en Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas en el Grupo, Subgrupo y Epígrafe requeridos), están exentos de presentar la documentación relacionada en los epígrafes i (Capacidad para concursar), ii (Poderes) y v (Solvencia técnica y económica financiera), en tanto que dicha clasificación por si misma ya acredita la existencia y vigor de la licitación; documentación referida. ii. Sobre (B): Documentación relativa a criterios no cuantificables por fórmula: El Sobre (B) deberá llevar la denominación del concurso; mención siguiente: En el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; sobre (B) Deberá acompañarse la documentación detallada en el NIF o CIFpunto 16 de la carátula. En ningún caso se deberá incluir en este sobre la oferta económica ni cualquier otra documentación cuantificable por fórmula. iii. Sobre (C): Documentación relativa a criterios cuantificables por fórmula: El Sobre (C) deberá llevar la mención siguiente: El Sobre (C) contendrá los siguientes documentos: (i) La proposición económica, debiendo estar firmado firmada por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo , conforme al modelo que figura como ▇▇▇▇▇ ▇▇ al presente ▇▇▇▇▇▇, tal como se indica en el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar punto 17 de la dirección completa, número carátula. (ii) Cualquier otro documento relacionado en el mismo punto de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar carátula para la valoración de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSPcriterios cuantificables por fórmula. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Contrato De Obras

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 20.1.-Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados DOS SOBRES cerrados denominados A y precintados. En el exterior de B en cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES los cuales se hará constar EN EL EXTERIOR, la licitación a la que concurre, el nombre del licitador, dirección completasocial, número de teléfono, número de fax y dirección correo electrónico y las siguientes denominaciones: • Sobre A: Documentos Generales. Documentación Administrativa. • Sobre B. Oferta de correo electrónicocriterios evaluables de forma automática ( objetivos) 8 Sobre A: Documentos generales. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDODocumentación Administrativa: A. A) Tratándose de EMPRESARIO INDIVIDUAL : 1.- Documento o documentos que acrediten Nacional de Identidad. 2.- Justificante de inscripción en el Censo de Empresarios Profesionales y Retenedores de Hacienda. 3.- Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la capacidad Seguridad Social. 4.- Acreditación de obrar no estar incurso en ninguna de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 72 60 del TRLCSP.TRLCSP mediante una declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para contratar y que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, según modelo anexo. * Tratándose de EMPRESARIO PERSONA JURIDICA , deberá aportarse: A.1. La capacidad 1.- Escritura de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la constitución y modificación, en su caso, o escritura o documento de constitución, los de modificación de estatutos o el acto acta fundacional, en los el que consten las normas la norma por las que se regula su actividad, debidamente inscritosinscrita en el Registro Mercantil o en el correspondiente Registro Oficial. El objeto social debe incluir el objeto de este contrato. 2.- CIF DE LA EMPRESA. 3.- Estatutos sociales de la persona jurídica. 4.- Poder, debidamente bastanteado, para representar a la sociedad o entidad en cuyo nombre concurra, y fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la persona que presenta la proposición como apoderado. Dicho poder deberá de estar formalmente inscrito, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trateMercantil. Además DNI del apoderado. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional 5.- Justificante de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente Censo de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación Empresarios Profesionales y Retenedores de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicaciónHacienda. A.4. Los demás empresarios extranjeros 6.- Cuando varias empresas acudan a una licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresarios, cada uno de los que la forman deberán de acreditar su capacidad de obrar con informe obrar. 7.- Acreditación de la Misión Diplomática Permanente no estar incurso en ninguna de España las prohibiciones de contratar enumeradas en el Estado correspondiente o artículo 60 del TRLCSP mediante una declaración responsable de la Oficina Consular no estar incurso en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a prohibiciones para contratar y que se refiere encuentra al corriente en el artículo 44.1 del TRLCSPcumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, según modelo anexo.

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Sources: Contrato De Servicio De Prevención Ajeno

Contenido de las proposiciones. Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de la licitación pública. Se sujetarán al modelo que se establezca en el pliego de cláusulas administrativas particulares. Su presentación presume la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas sin salvedad alguna. La documentación constará de tres (3) sobres, numerados, para las licitaciones se presentará en sobres cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto identificados, en su exterior, con indicación de la licitación; licitación a la denominación que concurran y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; de la empresa. En el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES interior de cada sobre se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de independiente su contenido, enunciado numéricamente. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar Uno de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de sobres contendrá los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe documentos a que se refiere el artículo 44.1 130 de la Ley y el otro la proposición, ajustada al modelo que figure en el pliego de cláusulas administrativas particulares, conteniendo, todos los elementos que la integran, incluidos los aspectos técnicos de la misma. En cada uno de los sobres se indicará el título del TRLCSPmismo, la contratación a que concurre, el nombre de la empresa licitadora, la dirección del ofertante, el nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter en que lo hace. Las empresas extranjeras presentarán sus documentos oficialmente traducidos al castellano. Todos los documentos deberán ser presentados en original o copia debidamente compulsada. Las proposiciones se presentarán en un sobre cerrado en el que figurará la inscripción:"PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO, FORMA DE CONCURSO DE PROYECTOS, TRAMITACIÓN ORDINARIA, PARA LA CONTRACIÓN QUE TIENE POR OBJETO LA REDACCIÓN DEL PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE LA PISCINA CLIMATIZADA Dentro de este sobre mayor se contendrán otros dos sobres con la siguiente denominación: SOBRE A: Documentación acreditativa de la personalidad y características del licitador y garantía depositada. SOBRE A), denominado de documentos generales, expresará la inscripción DOCUMENTACIÓN GENERAL PARA TOMAR PARTE EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO, FORMA DE CONCURSO DE PROYECTOS, TRAMITACIÓN ORDINARIA, PARA LA CONTRACIÓN QUE TIENE POR OBJETO LA REDACCIÓN DEL PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE LA PISCINA CLAMATIZADA DE ESTA LOCALIDAD y contendrá la siguiente documentación en original o fotocopia compulsada. a) Documento o documentos que acredite la personalidad del empresario y la representación, en su caso del firmante de la proposición.

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Sources: Contract for Services

Contenido de las proposiciones. La documentación constará Las proposiciones que se presenten constarán, en principio, de tres (3) sobres, numerados, cerrados, sobres cerrados - pudiendo presentarse lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIFprecintados -, debiendo estar firmado que irán firmados por el licitador o persona que lo represente. Asimismo le represente y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES en cada uno de los cuales se hará constar la constar: (i) La denominación del concurso y su respectivo contenido; (ii) El nombre del licitador y persona que le represente; (iii) La dirección completaa efectos de notificaciones, número de teléfono, número de fax y junto con una dirección de correo electrónicoelectrónico para el mismo fin; y (iv) Los números de teléfono y fax. 1.14.1. TÍTULOSobre (A): Documentación administrativa: Sobre A: “DOCUMENTACIÓN GENERALDocumentación administrativa. Licitador: […]”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarSe incluirá la siguiente documentación, en hoja independienteoriginal o mediante copia auténtica de acuerdo con la legislación vigente, un índice o fotocopia del original o de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOla copia auténtica legitimada por Notario: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores(i) Capacidad para concursar: (a) Si el licitador fuera persona jurídica, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la acompañará su escritura o documento de constitución, los estatutos con sus modificaciones si las hubiere, inscritas en el (b) Si se trata de empresario individual, aportará fotocopia del documento que acredite la identidad del representante del licitador (DNI para españoles, pasaporte o el acto fundacionalcualquier otro documento oficial acreditativo de su personalidad para extranjeros). (ii) Poderes: Se acompañará fotocopia del documento que acredite la identidad del representante del licitador (DNI para españoles, pasaporte o cualquier otro documento oficial acreditativo de su personalidad para extranjeros) y, además, poder bastante en los que consten las normas por las que se regula derecho a su actividadfavor, debidamente inscritosinscrito, en su caso, en el Registro público Mercantil, que correspondale habilite para concurrir a la suscripción de contratos en nombre del representado. (iii) Declaraciones acreditativas de la no existencia de impedimento para concursar: Declaración responsable a la que se refiere el artículo 146.1 c) del TRLCSP, según de no estar incurso el tipo licitador en ninguna de persona jurídica las causas de prohibición para contratar con las Administraciones Públicas recogidas en el artículo 60 de esta misma Ley, conforme al modelo que se adjunta como Anexo V. La declaración responsable a que se refiere el párrafo anterior comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse el licitador al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito, conforme al artículo 146.1 c) del TRLCSP deba presentarse antes de la adjudicación por el empresario a cuyo favor se tratevaya a efectuar ésta. A.2. Para (iv) Garantía provisional: En el caso de que esta garantía se exija por disponerlo así el punto 12 de la carátula, se acompañará igualmente documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional. (v) Solvencia técnica y económica financiera (vi) Uniones temporales de empresas: Cuando varias empresas acudan a la licitación constituyendo una agrupación temporal y salvo que en la carátula se disponga otra cosa o se haya exigido clasificación (en cuyo caso se estará al régimen de acumulación del TRLCSP), cada uno de los empresarios españoles individuales será obligatoria que la presentación componen deberá acreditar su capacidad de obrar y solvencia conforme establecen las cláusulas anteriores. Además, en estos casos, se indicarán: (a) Los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban. (b) La participación de cada uno de ellos en la unión. (c) La persona o entidad que durante la vigencia del Documento Nacional contrato ha de Identidad ostentar la plena representación de todos ellos frente a la propiedad, quedando obligada solidariamente frente a la Entidad Contratante. (vii) Jurisdicción de empresas extranjeras: Los empresarios extranjeros presentarán una declaración de someterse exclusivamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ para todas las incidencias que, de manera directa o el queindirecta, puedan derivarse del contrato y con renuncia, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3al fuero jurisdiccional extranjero que corresponda al licitador. La capacidad Aquellas empresas que estén inscritas en el Registro Oficial de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación Comunidad Autónoma del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente País ▇▇▇▇▇ o de la Oficina Consular Diputación ▇▇▇▇▇ de Bizkaia, podrá acreditar las circunstancias señaladas en cuyo ámbito territorial radique los apartados (i) e (ii) mediante una certificación del registro o mediante un certificado comunitario de clasificación, acompañando una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el domicilio certificado no han experimentado variación. Cuando el valor estimado del contrato fijado en el punto 7 de la empresacarátula sea inferior a 1.000.000 euros para los contratos de obras y de 90.000 euros para los contratos de suministros y servicios, los licitadores podrán sustituir la aportación de la documentación general señalada en los apartados (i), (ii), (iii), (v), y (vii), por una declaración responsable con sujeción al Anexo VII de este Pliego en la que acompañarán, ademásse indique que cumple las condiciones establecidas en el presente pliego para contratar con la Entidad contratante. En tal caso, el informe licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante la Entidad contratante, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos requeridos en los apartados (i), (ii), (iii), (v), y (vii). En todo caso, el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que se refiere los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos será el artículo 44.1 de finalización del TRLCSPplazo de presentación de las proposiciones.

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Sources: Contract for Execution of Works

Contenido de las proposiciones. La documentación constará (arts. 72, 145 y 146 TRLCSP y art. 80 RG) 13.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. 13.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, del contrato de obras para la terminación de las obras de rehabilitación del inmueble municipal denominado Casa ▇▇▇▇▇▇, popularmente conocido como Casa ▇▇▇▇▇▇▇, sito en la Calle San ▇▇▇▇▇▇▇, nº12 de esta Capital". TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOSu contenido será el siguiente: A. Documento 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del/la empresario/a y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 13.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escrituras de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás empresarios restantes empresarios/as extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. (art. 55 TRLCSP) Igualmente, dichas empresas deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSPRegistro Mercantil. (art.

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Sources: Contract for Works

Contenido de las proposiciones. La documentación constará (arts. 72, 145 y 146 TRLCSP y art. 80 RG) 13.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social de la empresa 13.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIFservicio de mantenimiento y adecuación de las instalaciones de aire acondicionado, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo representeclimatización, y ventilación en dependencias del Excmo. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número Ayuntamiento de teléfono, número Santa ▇▇▇▇ de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERALTenerife”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOSu contenido será el siguiente: A. Documento 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 13.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. 13.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por el Servicio Jurídico del Ayuntamiento de Santa ▇▇▇▇ de Tenerife, acompañado de declaración responsable de vigencia de los datos del mismo conforme al modelo anexo. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste así como la de la escritura de constitución, y de modificación en su caso, de la entidad licitadora. 13.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, conforme al modelo anexo, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 13.2.2.- Certificado de la clasificación requerida en la cláusula 5 del presente pliego, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa o en su caso, por el Organismo comunitario correspondiente (art. 95 TRLCSP). Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo no obstante justificar posteriormente haber obtenido la clasificación exigida en el Estado correspondiente o plazo de subsanación de defectos u omisiones en la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe documentación a que se refiere la cláusula 15 del presente pliego. El certificado de clasificación deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que los datos de clasificación no han tenido variación. (art. No obstante lo establecido en el apartado anterior, para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, será suficiente que acrediten, en su caso, ante el órgano de contratación correspondiente su solvencia económica, financiera y técnica, conforme a los requisitos establecidos en la cláusula 4.2 del presente pliego. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar que todas las empresas que integran la unión han obtenido clasificación como empresa contratista de servicio. En tal caso, se acumularán las clasificaciones individuales de los miembros de la U.T.E., a efectos de poder acreditar la clasificación global exigida en el presente pliego. Si concurren uniones de empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros deberán acreditar su clasificación y los últimos, en defecto de ésta, su solvencia económica, financiera y técnica. 13.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 44.1 60 del TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, conforme al modelo anexo (arts. 73 y 146.1.c) TRLCSP). Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 13.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 13.2.5.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias le eximirá de aportar la documentación que se detalla: 13.2.6.- A los efectos de acreditar la relación laboral con personas con discapacidad en los términos establecidos en la cláusula 10.3 del presente pliego, las empresas deberán aportar, en el momento de la licitación, la siguiente documentación: a) Declaración responsable del número de trabajadores fijos discapacitados y porcentaje que éstos representan sobre el total de la plantilla, conforme al modelo anexo. b) Documento TC2 (relación nominal de trabajadores) correspondientes a todo el personal de la empresa. c) Relación de los trabajadores fijos discapacitados acompañada de la resolución o certificación acreditativa del grado y vigencia de la discapacidad. d) Contrato de trabajo de los trabajadores fijos discapacitados. e) Si la empresa emplea a cincuenta o más trabajadores y se encuentra en alguno de los supuestos de excepcionalidad previstos en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, deberá aportar, además, declaración del Servicio Público de Empleo competente de que la empresa se encuentra en alguno de los citados supuestos de excepcionalidad. 13.2.7.- Compromiso de la empresa de ejercer de modo real, efectivo y periódico el poder de dirección inherente a todo empresario en relación con sus trabajadores, asumiendo la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, sustituciones, obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, y la imposición de las sanciones disciplinarias que fueran procedentes. Igualmente, en dicho compromiso la empresa contratista hará manifestación expresa de responsabilizarse, como empleadora, del cumplimiento de todas sus obligaciones con la Seguridad Social respecto a las trabajadores con los que va a ejecutar las prestaciones que constituyen el objeto del contrato, en particular del abono de las cotizaciones y del pago de prestaciones, y cuantos otros derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. 13.2.8.- Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos, que deberán acreditar documentalmente: a) Cumplir lo estipulado en el CAPÍTULO VIII del RITE 2007, y modificaciones posteriores, en cuanto a requisitos de acreditación y habilitación de empresa instaladora y mantenedora de instalaciones térmicas de edificios. b) Tener implantado un sistema de gestión de calidad según UNE-EN ISO 9001:2008, relativo a los servicios objeto del contrato, y certificado mediante entidad acreditada. c) Acreditar la titulación de los técnicos frigoristas, con carnet profesional, de acuerdo a lo exigido en los artículos 41 y 42 del RITE 2007. 13.3.- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: Proposición relativa a los criterios de adjudicación NO evaluables mediante cifras o porcentajes para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del servicio de mantenimiento y adecuación de las instalaciones de aire acondicionado, climatización, y ventilación en dependencias del Excmo. Ayuntamiento de Santa ▇▇▇▇ de Tenerife Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con los criterios de adjudicación a que se refiere la cláusula 10.4.1 del presente pliego, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos los aspectos técnicos de la misma. En relación con dichos criterios de adjudicación, se deberá aportar lo siguiente, en el orden descrito: a) Relación de medios personales propuestos para la realización de los trabajos objeto del contrato, indicando tipo de jornada (completa o parcial), categoría laboral, especialización y funciones encomendadas. Únicamente se indicará el personal disponible en la sede propuesta por el licitador. Se tendrá en cuenta que todo el personal propuesto, podrá ser requerido para la prestación del servicio, si fuera necesario. b) Organización y gestión de las tareas a realizar. Los licitadores deberán presentar un plan de trabajo en el que se reflejen al menos los siguientes aspectos:  Planificación anual de los trabajos.  Previsión de personal, medios materiales y su organización para la realización de los trabajos encargados.  Horarios de prestación del servicio.  Tiempos de actuación y reparación ante ▇▇▇▇▇▇▇.  Ficha de mantenimiento que describa los trabajos a realizar por instalación.  Garantía ofertada a los materiales instalados.  Sistema informatizado propuesto para realizar la planificación y gestión del servicio.

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Sources: Service Agreement

Contenido de las proposiciones. La documentación constará Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra, el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 13.1. SOBRE A: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE A: Documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos para la licitación de la contratación del SERVICIO DE EXPLOTACIÓN COMERCIAL DE LA MARCA “UNIVERSIDAD ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇-LA MANCHA” (UCLM) DE SU IMAGEN CORPORATIVA Y SÍMBOLOS A TRAVÉS DE LA VENTA DE PRODUCTOS PROMOCIONALES Y DE MERCHANDISING EN LOCALES DE VENTA DIRECTA AL PÚBLICO Y EN PLATAFORMAS DIGITALES “TIENDA VIRTUAL”. REF: SP13815002352” Su contenido será el siguiente: 13.1.1. DECLARACION RESPONSABLE del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración Pública y con todas las condiciones establecidas en los pliegos que rigen esta contratación (se adjunta modelo como Anexo I). 13.1.2. Declaración responsable en la que se manifieste que ni el dueño ni los directivos, ni ningún miembro de la plantilla de la Empresa (fijo o documentos eventual), son funcionarios o personal contratado en activo dependientes de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇-La Mancha. 13.1.3. Declaración responsable por la que acrediten el representante legal de la capacidad empresa licitadora se compromete a no celebrar contratos laborales inferiores a 20 horas semanales para las prestaciones objeto del contrato, salvo casos debidamente justificados que autorizará el órgano de obrar contratación. 13.1.4. En el supuesto de que la empresa licitadora no tuviera adjudicado con anterioridad el servicio, acompañará declaración responsable mediante la que se comprometa a subrogarse en los contratos de los licitadorestrabajadores que vinieran prestando el servicio y que reúnan los requisitos legales y de antigüedad exigidos por la normativa laboral vigente. Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇-La Mancha. Rectorado | ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ya sean nacionales ▇▇ | ▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇. ▇▇▇▇▇. | Telf.: ▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇ | Fax.: ▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇ | ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇.▇▇ PÁGINA 15 / 55 ID. DOCUMENTO aKiPX1rvW6lYzXRe6dB0ww$$ FIRMADO POR FECHA FIRMA ID. FIRMA 10191597K ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ 21/10/2015 16:44:54 MjUwNzc3 En el caso de que el licitador tuviera adjudicado el servicio, deberá acompañar declaración mediante la que se compromete a mantener a los trabajadores que lo estuviesen prestando, con mención a su antigüedad y categoría. 13.1.5. Declaración de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo y de prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes. 13.1.6. Las empresas de cincuenta o extranjeros, más trabajadores a los efectos de acreditar que cumplen con lo dispuesto en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad Ley 13/1982, de obrar 7 ▇▇ ▇▇▇▇▇, de integración social de los empresarios minusválidos deberán aportar:  Certificado en que fueren personas jurídicas se acreditará mediante conste tanto el número global de trabajadores de plantilla como el número particular de trabajadores con discapacidad en la escritura o documento de constituciónmisma, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritoso, en su caso, de haberse optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas,  Copia de la declaración de excepcionalidad.  Declaración del licitador con las concretas medidas a tal efecto aplicadas. 13.1.7. En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones. Quedarán excluidas aquellas empresas que incluyan en el Registro público Sobre A de “Documentación Administrativa” documentación que correspondadeba estar incluida en los Sobres B o C, según por vulnerar el tipo carácter secreto que han de persona jurídica tener las proposiciones (art. 145.2 del TRLCSP). 13.2. Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia. Así mismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano. 13.3. SOBRE B: Deberá tener el siguiente título: “SOBRE B: Proposición técnica (PLAN DE EXPLOTACIÓN COMERCIAL) para la licitación de la contratación del SERVICIO DE EXPLOTACIÓN COMERCIAL DE LA MARCA “UNIVERSIDAD ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇-LA MANCHA” (UCLM) DE SU IMAGEN CORPORATIVA Y SÍMBOLOS A TRAVÉS DE LA VENTA DE PRODUCTOS PROMOCIONALES Y DE MERCHANDISING EN LOCALES DE VENTA DIRECTA AL PÚBLICO Y EN PLATAFORMAS DIGITALES “TIENDA VIRTUAL”. REF: SP13815002352” Su contenido será el siguiente: Contendrá la documentación e información a que se refiere el presente pliego y el de prescripciones técnicas, cuya valoración depende de un juicio de valor. Las empresas concursantes incluirán en este sobre los siguientes documentos: Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇-La Mancha. Rectorado | ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇ | ▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇. ▇▇▇▇▇. | Telf.: ▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇ | Fax.: ▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇ | ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇.▇▇ PÁGINA 16 / 55 ID. DOCUMENTO aKiPX1rvW6lYzXRe6dB0ww$$ FIRMADO POR FECHA FIRMA ID. FIRMA 10191597K ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ 21/10/2015 16:44:54 MjUwNzc3 Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇-La Mancha. El documento deberá permitir valorar al menos los siguientes aspectos del proyecto:  Arquitectura, estética y diseño de la plataforma web  Pautas de accesibilidad al contenido de la web  Garantías del mantenimiento y actualización permanente de la página  Garantías de privacidad del cliente  Plazo necesario para la puesta en marcha de la tienda Universitaria (on-line y física).  Objetivos a conseguir  Medidas específicas para la promoción de productos y estrategias de comunicación y difusión  Plan de calidad y política de mejora  Plazos de entrega de productos a los clientes.  Política de devolución de productos  Política de descuentos, con referencia expresa de los que se ofrecerán a los distintos estamentos, centros o miembros de la comunidad universitaria de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇-La Mancha.  Cualquier otro aspecto operativo que se considere de interés para su valoración  Tipo de producto  Características técnicas  PVP (impuestos y gastos de envío incluidos) Como mínimo deberá contemplar las siguientes variables:  Horario de funcionamiento. Universidad de Castilla-La Mancha. Rectorado | ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇ | ▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇. ▇▇▇▇▇. | Telf.: ▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇ | Fax.: ▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇ | ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇.▇▇ PÁGINA 17 / 55 ID. DOCUMENTO aKiPX1rvW6lYzXRe6dB0ww$$ FIRMADO POR FECHA FIRMA ID. FIRMA 10191597K ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ 21/10/2015 16:44:54 MjUwNzc3  Medios personales.  Ubicaciones posibles  Intensidad de uso del patrimonio universitario previsto  Si el local lo aporta el proponente o la Administración universitaria.  Cuantía adicional a satisfacer, por cada una de las referidas sucursales, al canon anual exigido en la cláusula 6.3 anterior. 13.3.1. Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios de adjudicación señalados en el presente pliego, mediante la inclusión de la documentación indicada en el contenido del sobre B, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los párrafos anteriores, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate. En caso de que la omisión o defecto lo fuera sobre alguno de los aspectos sustanciales de la oferta, el empresario será excluido del proceso licitatorio. A.213.3.2. Para La omisión de cualquiera de los empresarios españoles individuales será obligatoria la documentos citados o su presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, sin ajustarse a los modelos establecidos en este Pliego (en su caso), le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad será motivo para desestimar la correspondiente oferta en la medida que la mesa de obrar de los empresarios contratación no españoles que sean nacionales de Estados miembros de pueda efectuar la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe calificación documental a que se refiere el artículo 44.1 22 del TRLCSPReal Decreto 817/2009, de 8 ▇▇ ▇▇▇▇, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. 13.3.3. Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con los criterios de adjudicación a que se refiere la cláusula 10.3.1.B del presente pliego, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos los aspectos técnicos de la misma.

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Sources: Contrato De Concesión

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 14.1.- Las proposiciones constarán de tres dos (Sobre 1 y 3) sobresen caso de que se determine un único criterio de adjudicación), numeradoso tres sobres (Sobre 1, 2 y 3) en caso de varios criterios de adjudicación), cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 14.2.- “SOBRE NÚMERO 1”: Será rotulado con la siguiente inscripción: "SOBRE 1: LICITACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE: “...----- indicar el suministro descrito en el apartado “B” (OBJETO DEL CONTRATO) del Cuadro- Resumen de este pliego----. “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”. Su contenido será el siguiente: 14.2.1) El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 14.2.1.1.) Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscrita en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se tratefuera preceptivo. A.2. Para 14.2.1.2.) Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar. 14.2.1.3.) Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 14.2.2) Certificado de solvencia económica y financiera y profesional o técnica conforme a lo establecido en la cláusula 5ª del presente Pliego. 14.2.3) Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, 14.2.4) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones. 14.2.5) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles individuales será obligatoria la presentación de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del Documento Nacional de Identidad o el quecontrato, con renuncia, en su caso, le sustituya reglamentariamenteal fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por 14.2.6) Las empresas podrán solicitar su inscripción en el registro procedente Registro de acuerdo Licitadores de conformidad a lo establecido en el Anexo IV del presente Pliego. a) Declaración responsable, conforme al modelo de declaración de capacidad que se adjunta como ▇▇▇▇▇ ▇▇. b) Declaración, conforme a los modelos de declaración que se adjuntan como ANEXO V de vigencia de documentos, donde se hace constar que los documentos obrantes en el Registro son válidos para licitar al presente contrato y que no han sufrido alteraciones, en su caso, que puedan alterar la capacidad de contratar, o ANEXO VI de modificación de documentos, por la que se relacionan las modificaciones que hayan podido producirse junto con su acreditación documental. c) En el caso de exigirse, resguardo acreditativo de la garantía provisional. d) En el caso de exigirse, acreditación de solvencia económico, financiera y técnica o profesional. e) En el caso de exigirse, Memoria. f) En el caso de exigirse, las variantes o alternativas. 14.3.- “SOBRE NÚMERO 2”: Será rotulado con la legislación siguiente inscripción: " SOBRE 2: LICITACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO: DE: “...----- indicar el suministro descrito en el apartado “B” (OBJETO DEL CONTRATO) del Estado donde estén establecidosCuadro- Resumen de este pliego----, “DOCUMENTACIÓN CUYA EVALUACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO DE VALOR”. 14.3.1.- Los licitadores incluirán en este sobre aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor. 14.4.- “SOBRE NÚMERO 3”: Será rotulado con la siguiente inscripción: " SOBRE 3: LICITACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE: “...----- indicar el suministro descrito en el apartado “B” (OBJETO DEL CONTRATO) del Cuadro- Resumen de este pliego, “DOCUMENTACIÓN CUYA EVALUACIÓN SEA AUTOMÁTICA POR APLICACIÓN DE FÓRMULAS” 14.4.1) Los licitadores incluirán en este sobre su oferta económica, que deberá estar redactada según el modelo anexo al presente pliego, sin errores o mediante tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la presentación proposición sea rechazada. 14.4.2) El empresario que haya licitado en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar proposición individualmente, ni figurar en más de una declaración jurada o un certificado, unión temporal participante en los términos que se establezcan reglamentariamente, la licitación. El incumplimiento de acuerdo con esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las disposiciones comunitarias de aplicaciónofertas por él suscritas. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Contrato De Suministro

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el exterior interior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES sobre se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, contenido enunciado numéricamente en hoja independiente. 9.3.1. Sobre 1: “Documentación Administrativa” a) Si el licitador es una persona física, un índice el Documento Nacional de su contenido. Se presentarán documentos originalesIdentidad o documento que haga sus veces. b) Si el licitador es una persona jurídica, copias compulsadas la escritura de constitución o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosmodificación, en la forma exigida su caso, inscrita en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea de aplicación. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trateOficial. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios c) Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán presentar certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se indican en el Anexo I.2 del RGLCAP. La capacidad de obrar de las restantes empresas extranjeras se acreditará mediante informe expedido por su inscripción la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el registro procedente Registro local profesional, comercial o análogo ó, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de acuerdo las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga, o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la P.A. 1/09 “Suministro de gases medicinales” 5 Organización Mundial del Comercio. d) Cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, deberá presentar apoderamiento bastante para representar a la persona o entidad en cuyo nombre se concurra ante la Administración, inscrito en el Registro Mercantil. e) Declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado de no estar incurso en las prohibiciones de contratar con la Administración conforme al artículo 49 LCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes (anexo 2). Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado donde estén establecidosrespectivo, o mediante la presentación de podrá sustituirse por una declaración jurada o un certificadoresponsable otorgada ante una autoridad judicial. f) La acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica se realizará a través de todos los medios que a continuación de se relacionan: • Solvencia económica y financiera: - Declaración acreditativa de que el volumen de negocios, en el ámbito de de los servicios de similar naturaleza a los que son objeto de licitación, en los términos tres últimos ejercicios fiscales ha sido igual o superior al doble de la anualidad media del presupuesto máximo de licitación. La anualidad media del contrato deberá ser calculada por la empresa según la siguiente fórmula: Anualidad media = (Presupuesto máximo de licitación / plazo de ejecución del contrato en meses) x 12 - Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. • Solvencia técnica: - Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos, acompañada de los correspondientes certificados en la forma descrita en el art. 66.1.a) LCSP. - Certificaciones establecidas por los Institutos o servicios oficiales u homologados encargados del control de calidad y que acrediten la conformidad de los bienes a las especificaciones y normas europeas. - Fichas descriptivas de los gases que son objeto del suministro. P.A. 1/09 “Suministro de gases medicinales” 6 - Descripción de las instalaciones técnicas, medios y capacidad productiva. g) La habilitación empresarial consistente en la autorización de la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios como laboratorio de gases medicinales e, igualmente, habrán de disponer de la correspondiente autorización de comercialización de las especialidades farmacéuticas cuyo suministro se establezcan reglamentariamentecontrata. h) Resguardo original acreditativo de la constitución de una garantía provisional en favor del órgano de contratación por importe equivalente al 3% del presupuesto de licitación, que podrá constituirse en alguna de las modalidades previstas en el art. 84 LCSP, cumpliendo en todos los casos los requisitos establecidos en los artículos 55 a 58 RGLCAP, y de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicaciónlos modelos establecidos en los Anexos III, IV, V y VI del referido texto reglamentario. A.4. i) Los demás empresarios extranjeros deberán formularán una declaración sometiéndose a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. j) En el caso de uniones de empresarios constituidas temporalmente al efecto, se incluirá un escrito indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben la unión, la participación de cada uno de ellos, la ▇▇▇▇▇▇▇▇ del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en el caso de resultar adjudicatarios y el nombramiento o designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción. El citado documento deberá de estar firmado por los componentes o los representantes de cada una de las empresas de la unión temporal. Cada uno de los empresarios que componen la unión deberá acreditar su capacidad de obrar con informe los documentos que se detallan en los números anteriores. k) Asimismo, a los efectos previstos en la cláusula 10.2.3 del presente pliego, las empresas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2%, deberán acreditar tal extremo mediante declaración responsable del licitador donde consten, el número de trabajadores fijos discapacitados y porcentaje que éstos representan sobre el total de la Misión Diplomática Permanente plantilla referidos al día de España en el Estado correspondiente o presentación de proposiciones. En caso de producirse la aplicación efectiva de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique preferencia a que se refiere la indicada cláusula, la Mesa de Contratación podrá requerir de los licitadores que aporten los documentos TC2 correspondientes a todo P.A. 1/09 “Suministro de gases medicinales” 7 el domicilio personal de la empresa, al que acompañaránrelación de trabajadores fijos acompañada de la resolución o certificación acreditativa del grado y vigencia de la discapacidad, además, y los contratos de trabajo de los mismos. 9.3.2. Sobre 2: Propuesta técnica a) Proyecto técnico de prestación del suministro en el informe a que se refiere definirán los siguientes aspectos: - Infraestructura, instalaciones, capacidad de almacenamiento en la ciudad de Melilla y medios que se destinarán a la ejecución del suministro. - Organización de la logística y stock de seguridad. - Sistema de televigilancia o control telemétrico de las instalaciones del Hospital Comarcal. - Plan de mantenimiento preventivo, correctivo y técnico-legal. - Organización del asesoramiento y la asistencia técnica. b) Plan de formación del personal centro en el artículo 44.1 que se definirán los programas de actuación especificándose los siguientes extremos: - Cursos - Contenidos - Metodología - Fechas previstas - Duración - Centro o lugar previsto de desarrollo - Destinatarios de los cursos - Profesorado - Documentación de cada curso c) Plan básico de calidad que expresará los objetivos de calidad que se pretenden alcanzar y los mecanismos disponibles y actividades organizadas para que la prestación del TRLCSPsuministro satisfaga los requisitos de calidad. 9.3.3. Sobre 3: Oferta económica MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO 9.2.1 irá identificando con la leyenda “Sobre 1: Oferta Económica”, contendrá exclusivamente la documentación la documentación que permita aplicar los criterios de adjudicación, establecidos en la cláusula 10ª evaluables mediante fórmula matemática, con arreglo a las siguientes condiciones: • Estará firmada por el licitador o su representante y se ajustará al modelo que figura en el anexo 1 del presente pliego. En caso de que los precios se expresarán en números y en letras y hubiera discrepancias entre ambas expresiones, prevalecerá el importe consignado en letra. • El licitador, al formular su propuesta económica, incluirá en el precio ofertado toda clase de gastos necesarios para la ejecución del contrato y, en concreto, sin que esta relación tenga carácter limitativo, los siguientes: a) Las obras que precise la central de gases y la instalación de los depósitos criogénicos. b) El transporte y trasvase de los bienes suministrados. c) El coste del mantenimiento preventivo y correctivo descrito en el pliego de prescripciones técnicas. d) El asesoramiento, la asistencia técnica y la formación del personal de los centros del INGESA. • Cada empresario presentará una proposición en relación con el objeto del contrato. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una unión temporal de empresarios. La infracción de estas prohibiciones dará lugar a la desestimación de todas las propuestas por él presentadas.

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Sources: Contract for Supply of Medical Gases

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 12.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, dos sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 12.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Docu- mentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del SUMINISTRO MEDIANTE ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN DE COMPRA, DE VEHÍCULOS DESTINADOS AL SERVICIO DEL ÁREA DE SEGURIDAD CIUDADANA". Su contenido será el siguiente: 12.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 12.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, o de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con mediante informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la respectiva representación diplomática española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. 12.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por el Servicio Jurídico del Ayuntamiento. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste, así como, en su caso, la de la escritura de constitución de la entidad licitadora 12.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 12.2.2.- Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.2 del presente Pliego. Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar individualmente los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica. 12.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 49 de la LCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 12.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que acompañaránde modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, ademáscon renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 12.2.5.- La presentación por el informe licitador del certificado de estar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Comunidad Autónoma de Canarias le eximirá, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, de aportar la documentación que se detalla: - Personalidad y representación a que se refiere la cláusula 12.2.1 de este pliego, siempre y cuando la representación sea la misma que conste en el artículo 44.1 certificado aportado. - Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica, a que se refiere la cláusula 4 de este pliego. - Declaración responsable a que se refiere la cláusula 12.2.3, salvo en lo que se refiere a las circunstancia de hallarse al corriente del TRLCSPcumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, respecto de las que habrá que aportar, en todo caso, declaración responsable formulada ante autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público. El certificado que se aporte deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación. Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia, excepto el documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que habrá de aportarse en original. Así mismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano. 12.3.- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: Proposición económica y oferta relativa a los criterios de adjudicación evaluables mediante cifras o porcentajes para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del SUMINISTRO MEDIANTE ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN DE COMPRA, DE VEHÍCULOS DESTINADOS AL SERVICIO DEL ÁREA DE SEGURIDAD CIUDADANA". 12.3.1.- Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con los criterios de adjudicación a que se refiere la cláusula 9.2 del presente pliego, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos los aspectos técnicos de la misma. 12.3.1.1.- El contenido de la oferta económica será redactado según el modelo anexo al presente pliego, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. En la proposición, que no deberá superar los precios máximos unitarios ni el presupuesto de licitación establecido en la cláusula 5 del presente pliego, deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser repercutido. 12.3.1.2.- En relación con los restantes criterios de adjudicación, se deberá aportar lo siguiente: - Mejoras características técnicas de los vehículos que oferte, debiendo aportar los catálogos oficiales de los vehículos, en su caso, así como las mejores condiciones del precio del km excedido y del km no realizado, ofertadas. - Junto con la proposición económica los licitadores incorporarán su propuesta de oferta respecto del valor residual de cada vehículo de manera individualizada, de conformidad con lo previsto en la prescripción 6ª ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Prescripciones Técnicas. - Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los párrafos anteriores, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate. Para ser tenida en cuenta, dicha documentación deberá estar suscrita en su totalidad por el licitador, o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran firmada por el licitador, en la que declare, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados. La Administración se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven. 12.3.2.- Los licitadores habrán de presentar sus proposiciones referidas a la totalidad del objeto del contrato. 12.3.3.- Cada licitador podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto del contrato, sin que se puedan presentar variantes o alternativas. 12.3.4.- El empresario que haya licitado en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar proposiciones individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.

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Sources: Suministro Mediante Arrendamiento Con Opción De Compra De Vehículos

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 12.1.- El sobre número 1: “Documentación Administrativa”, contendrá los documentos que se indican a continuación. 12.1.1.- Conforme a lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 146 del TRLCSP, el licitador deberá acreditar mediante una declaración responsable, según modelo del Anexo I del presente pliego, que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración exigidas en la cláusula 15.1 de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintadoseste mismo ▇▇▇▇▇▇. En tal caso, el exterior licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de cada uno adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de ellos deberá figurar necesariamente inscrito contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos. En todo caso, el número órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del sobre; el título procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato objeto que se especifican en este Pliego. A estos efectos, y sin perjuicio de la licitación; fase procedimental en que se realice la denominación aportación de la documentación, el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la administración será el de finalización del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número plazo de teléfono, número presentación de fax y proposiciones. 12.1.2.- Una dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO electrónico en que efectuar las notificaciones, para lo cual se cumplimentará el Anexo II del presente pliego. 12.1.3.- En su interior se hará constarcaso de que la empresa prefiera ser notificada de forma telemática, en hoja independienterespecto a todo lo relativo a este expediente de contratación, un índice deberá solicitarlo de su contenido. Se manera expresa, aportando debidamente cumplimentado el Anexo III de este pliego. 12.1.4.- Particularmente, las empresas extranjeras presentarán sus documentos originalestraducidos de forma oficial al castellano, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten así como una declaración de someterse a la capacidad de obrar jurisdicción de los licitadoresjuzgados y tribunales españoles de cualquier orden, ya sean nacionales para todas las incidencias que de modo directo o extranjerosindirecto pudieran surgir del contrato, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritoscon renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles (Anexo I). 12.2.- El sobre número 2, relativo a la «Proposición relativa a los criterios evaluables mediante fórmulas», contendrá la proposición económica. Las proposiciones se presentarán redactadas conforme al modelo fijado en el Registro público Anexo IV firmada en todas sus páginas si las hubiere, no aceptándose aquellas que correspondacontengan omisiones, según errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. En las ofertas deberá indicarse como partida independiente el tipo IVA que deba ser repercutido. Se estará a lo dispuesto en el segundo párrafo de persona jurídica la cláusula 11 del presente pliego respecto al rechazo por parte del órgano de contratación de alguna proposición. En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letra, prevalecerá esta última. La introducción de la oferta económica o de cualquier otro documento que se tratepermita deducir o conocer su importe dentro del sobre nº 1 dará lugar a la automática exclusión del procedimiento de adjudicación del licitador que incurra en dicha circunstancia. A.212.3.- Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengas carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia. Para No obstante, cuando la empresa 12.4.- No serán admitidas las proposiciones en las que no conste que el proponente acepta expresamente cuantas condiciones se contienen en los empresarios españoles individuales será obligatoria Pliegos, ni aquéllas en las que los documentos consignados en la presentación cláusula 12.1.1 de este pliego se hayan obtenido o constituido con posterioridad a la finalización del Documento Nacional plazo de Identidad o el queadmisión de ofertas, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles ni las que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de presentadas una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicaciónvez acabado dicho plazo. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Gas Supply Agreement

Contenido de las proposiciones. La documentación constará Las proposiciones al conllevar los criterios objetivos para la adjudicación del contrato, de tres (3) sobresacuerdo con el apartado W. se presentarán en un según los sobres indicados en dicho apartado, numerados, cerrados, lacrados quedando completamente cerrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado firmados por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo , haciendo constar de modo visible en el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar exterior en cada uno de los sobres, lo siguiente: - Persona física o jurídica que presenta la dirección completaproposición, - Dirección postal, número de teléfono, número de fax teléfono y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarelectrónico a efectos de notificaciones del presentante, en hoja independiente, un índice - El órgano de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las contratación al que se regula dirigen, - El procedimiento de licitación, con el nombre y el número de expediente. En concreto, se consignará de forma visible y sin que sea preciso abrirlo para su actividad, debidamente inscritos, lectura el siguiente cuadro: Número de expediente de la licitación: Nombre de la licitación: Número de lote al que se presenta (en su caso) _ Nombre del Órgano de Contratación: ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇, S.A. Nombre del licitador: CIF del licitador: Dirección del licitador: Teléfono del licitador: Correo electrónico del licitador: Toda la documentación incluida, deberá ser aportada tanto en papel, como en formato digital, aun cuando a lo largo ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ no se especifique formato. Las ofertas que no cumplan este requisito podrán ser desechadas. En caso de discrepancia entre ambos, primará lo indicado en papel. No se admitirá documentación manuscrita. La firma podrá ser manual, siendo admisible también la firma digital realizada mediante certificado electrónico expedido por una Autoridad de Certificación reconocida. La falta de la presentación de cualquiera de los documentos exigidos para la licitación será, por sí sola, causa de exclusión de la misma, salvo que el Órgano de Contratación lo considere subsanable, en cuyo caso se realizará lo establecido en el Registro público apartado 3.2.4. relativo a la subsanación de documentos. Se podrán pedir aclaraciones o justificaciones documentales de los datos aportados por el licitador en cualquier fase del procedimiento de contratación. No se aceptarán aquellas ofertas que correspondatengan omisiones, según el tipo de persona jurídica de errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que se trate. A.2estime fundamental para la oferta. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano y las traducciones deberán hacerse en forma oficial. En relación con el documento de declaración responsable, contenido en el Anexo I, la presentación del Documento Nacional mismo por el licitador servirá como prueba preliminar del cumplimiento de Identidad o los requisitos previos especificados en el presente pliego para participar en este procedimiento de licitación. El citado documento consiste en una declaración responsable sobre la idoneidad de las empresas para participar en el presente procedimiento de contratación pública, y ha sido realizado sobre la base del artículo 59 Directiva 2014/14, (Anexo 1.5) y el Reglamento de Ejecución de la Comisión (UE) 2016/7 de 5 de enero de 2016 que establece el formulario normalizado (DEUC) y las instrucciones para su cumplimentación. El órgano de contratación podrá en cualquier momento requerir a los licitadores para la presentación de los correspondientes justificantes documentales, en acreditación de lo declarado en el proceso de licitación. La presentación del este documento por el licitador conlleva el compromiso de que, en caso de que la propuesta de adjudicación del contrato recaiga a su casofavor, le sustituya reglamentariamentese aportarán los documentos justificativos a los que sustituye de conformidad con lo previsto en la cláusula 3.3.2. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Contract for Works

Contenido de las proposiciones. La documentación constará Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numeradoscerrados e identificados cada uno de ellos en su exterior con las siguientes indicaciones: - S obre: (se indicará en cada sobre la letra correspondiente y su denominación: (“Sobre A: Documentación General” o “Sobre B: Documentación cuya evaluación depende de un juicio de valor” o “Sobre C: Documentación de evaluación automática por aplicación de fórmulas”) - L icitación: “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN CONVOCADA POR LA DIPUTACIÓN ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA DEL SERVICIO DE ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DEL CAMPAMENTO DEPORTIVO MARITIMO 2016”. - ▇ ▇▇▇▇ social y NIF de la empresa y n ombre, cerradosapellidos y NIF del firmante de la proposición. - D atos de contacto: ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, lacrados teléfono, correo electrónico, fax… - F echa y precintadosFirma En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su respectivo contenido, enunciado numéricamente. Las empresas licitadoras deberán señalar en todo caso un domicilio a efectos de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser complementada indicando un número de teléfono y fax y una dirección de correo electrónico. Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano o traducida de forma oficial al mismo en caso de que lo esté en otro idioma. En cada uno de los sobres presentados los licitadores podrán incluir una declaración en la que se indiquen qué documentos administrativos y técnicos y datos contenidos en dicho sobre son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales y el exterior motivo que justificaría tal consideración. Esta circunstancia deberá además reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal. Las empresas licitadoras podrán indicar que consideran confidenciales los documentos y datos presentados únicamente cuando su difusión a terceros pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos, perjudicar la ▇▇▇▇ competencia entre las empresas del sector o bien estén comprendidas en las prohibiciones establecidas en la Ley de Protección de datos de Carácter Personal. La consideración del carácter confidencial corresponderá en todo caso al órgano de contratación, sin perjuicio de que de no aportarse la referida declaración y su indicación expresa en el correspondiente documento, se considerará que ningún documento o dato aportado posee dicho carácter. La inclusión dentro de los sobres A y/o B de la oferta económica o de cualquier otro documento o dato que permita deducir o conocer su importe o que deba incluirse en el sobre C, dará lugar a la automática exclusión del procedimiento de adjudicación del licitador incurso en dicha circunstancia. En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. - SOBRE A.- "DECLARACION RESPONSABLE ". Se incluirá en este sobre una declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, y con las establecidas en los pliegos; que no está incurso en prohibición de contratar y que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con esta administración, formulada conforme al modelo señalado como Anexo I de este pliego. Si los licitadores concurren en Unión Temporal de Empresas, deberán aportar además el compromiso de constitución formal de la unión temporal indicando los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito y que asumen el número del sobre; el título del contrato objeto compromiso de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIFconstituirse formalmente en unión temporal, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo representecaso de resultar adjudicatarios. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su casoIgualmente, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica caso de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria participen en la presentación licitación empresas del Documento Nacional de Identidad o el que, mismo grupo deberá aportarse declaración responsable relativa al grupo empresarial al que pertenecen en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con relacionen las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, Sociedades pertenecientes al mismo grupo y que acompañarán, además, el informe comprenda los extremos a que se refiere el artículo 44.1 86.3 del TRLCSPRGLCAP. El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos que acrediten a fecha de finalización del plazo de presentación de las proposiciones, la aptitud, capacidad y la solvencia exigidas. - Sobre B.- “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA”: Este sobre contendrá únicamente la documentación que permita valorar la oferta de acuerdo con los criterios de adjudicación no cuantificables automáticamente, indicados en la cláusula 16 aptdo. 2 y tendrá carácter contractual. Para su valoración se presentará una MEMORIA/DOSSIER que incluya la documentación técnica relativa a los criterios de adjudicación no cuantificables automáticamente a que se refiere el apartado b) de la cláusula “ADJUDICACIÓN” ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Prescripciones Técnicas y cláusula 16.2 de éste Pliego de Cláusulas Administrativas. Este sobre contendrá, en definitiva, todos los documentos que estime oportunos el licitador, en los que se describirán detalladamente todas aquellas circunstancias que permitan hacer una evaluación correcta de la oferta teniendo en cuenta únicamente los criterios no cuantificables de forma automática.

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Sources: Contrato De Servicios

Contenido de las proposiciones. La documentación constará (arts. 129 y 130 LCSP y art. 80 RG) 13.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, dos sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 13.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del servicio consistente en el CATERING PARA EL CENTRO DE DÍA TERAPÉUTICO PARA ENFERMOS DE ALZHEIMER, OTRAS DEMENCIAS Y FAMILIARES (CEAF). Su contenido será el siguiente: 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 13.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. Igualmente, dichas empresas deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Estado correspondiente o Registro Mercantil. (art. 44.2 LCSP) 13.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio existencia de la empresarepresentación y del ámbito de sus facultades para licitar. 13.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 13.2.2.- Acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, conforme a los requisitos establecidos en la cláusula 4.2. del presente pliego. 13.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 49 de la LCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (arts. 62 y 130.1.c) LCSP) Acreditar estar al corriente con las obligaciones tributarias con el Consorcio de Tributos de la isla de Tenerife únicamente en lo relativo a las obligaciones con esta entidad local así como con el Ilustre Ayuntamiento de Santa ▇▇▇▇▇▇, siendo suficiente la presentación de una declaración jurada expresando dichos extremos. Será obligada la acreditación documental de dichos extremos por el licitador propuesto como adjudicatario en idéntico plazo para la acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias referidas anteriormente se realizará presentando certificación administrativa expedida por el órgano competente. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 13.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que acompañarán, además, pudiera corresponder al licitante. 13.2.5.- La presentación por el informe licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias le eximirá de aportar la documentación que se detalla: - Personalidad y representación a que se refiere la cláusula 13.2.1 de este pliego, siempre y cuando la representación sea la misma que conste en el artículo 44.1 certificado aportado. No obstante, la Mesa de contratación podrá requerir la aportación de dicha documentación si fuera necesaria para acreditar que el objeto social de la empresa es adecuado al objeto del TRLCSPcontrato. - Declaración responsable a que se refiere la cláusula 13.2.3, salvo en lo que se refiere a la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, respecto de las que habrá que aportar, en todo caso, declaración responsable, formulada ante autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público. El certificado del Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación. (art. 130.3 LCSP) Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia. Así mismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano. 13.3.- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: Proposición para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del servicio consistente en el CATERING PARA EL CENTRO DE DÍA TERAPÉUTICO PARA ENFERMOS DE ALZHEIMER, OTRAS DEMENCIAS Y FAMILIARES (CEAF) (arts. 129 y 130 LCSP). 13.3.1.- Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con los criterios de adjudicación a que se refiere la cláusula 10.2 del presente pliego, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos los aspectos técnicos de la misma. 13.3.1.1.- El contenido de la oferta económica será redactado según el modelo anexo al presente pliego, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. 13.3.1.2.- En relación con los restantes criterios de adjudicación, se deberá aportar lo siguiente: Justificación de las otras mejoras propuestas por los licitadores. Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los párrafos anteriores, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate. Para ser tenida en cuenta, dicha documentación deberá estar suscrita en su totalidad por el licitador, o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran firmada por el licitador, en la que declare, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados. La Administración se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven. 13.3.2.- Los licitadores habrán de presentar sus proposiciones referidas a la totalidad de objeto del contrato. 13.3.3.- Cada licitador podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto del contrato, sin que se puedan presentar variantes o alternativas. (art. 129.3 LCSP) 13.3.4.- El empresario que haya licitado en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar proposiciones individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas. (art. 129.3 LCSP)

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Sources: Catering Service Agreement

Contenido de las proposiciones. La documentación constará presentación de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de éste Pliego y precintadosla declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Cooperativa. En el exterior Las proposiciones constarán de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre DOS SOBRES cerrados y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado firmados por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES , en cada uno de los cuales se hará constar la dirección completa, número su respectivo contenido y el nombre del licitador. Documentación general para SUBASTA OBRAS CONSTRUCCION DE 64 VIVIENDAS A PRECIO TASADO EN LA C/ Nº DE En el sobre “A” figurarán los siguientes documentos o fotocopia legitimada de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOlos mismos: A. a) Escritura de Constitución o modificación en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil. Para las empresas individuales, será obligatorio la presentación del DNI. b) DNI o fotocopia legitimada del firmante de la proposición. c) Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán poder bastante al efecto. Si la empresa fuera persona jurídica este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. d) Cédula o copia autentificada de la misma del NIF. e) Documento o documentos justificativo de haber constituido la fianza. f) Acreditar que acrediten la capacidad empresa está al corriente de obrar sus Obligaciones Tributarias y de la Seguridad Social, para lo que deberán presentar los siguientes documentos: 1. Estar dado de alta en el IAE. 2. Haber presentado las declaraciones sobre el IRPF, del impuesto sobre sociedades, de los licitadorespagos a cuenta de ambos, ya sean nacionales o extranjeros, así como del IVA. 3. Haber presentado la relación anual de ingresos y pagos a que se refiere el Real Decreto 1913/1978 de 8 de Julio. 4. Estar inscrita en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritosSeguridad Social o, en su caso, si se tratase de un empresario individual, afiliado en el Registro público alta al régimen de la Seguridad Social que corresponda, según el tipo corresponda por razón de persona jurídica de que se tratela actividad. A.25. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el queHaber afiliado, en su caso, le sustituya reglamentariamentey haber dado de alta a los trabajadores que tenga a su servicio y estar al corriente en el pago de las cuotas o de otras deudas con la Seguridad Social. A.3g) Justificante de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. La capacidad Los licitadores podrán acreditar las circunstancias mencionadas en este apartado mediante declaración expresa responsable. El adjudicatario deberá presentar al Organo de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros Contratación antes de la Unión Europea se acreditará por su inscripción firma del Contrato, los documentos que acrediten el cumplimiento de las circunstancias mencionadas en el registro procedente apartado g), siendo los correspondientes a los números 2, 3, 4 y 5 del mismo las últimas declaraciones y documentos de acuerdo con ingreso, cuyo plazo reglamentario de presentación hubiese vencido durante los doce meses inmediatamente anteriores a la legislación del Estado donde estén establecidosfecha de adjudicación provisional. Sólo podrá presentarse una proposición económica. Dicha proposición se formulará conforme al modelo oficial que a continuación figura como anexo nº 1 y en ella se entenderá comprendido el IVA. ANEXO Nº 1 D ……………………………………………………………………………………….…., mayor de edad, Con DNI nº ………………………….., actuando en su nombre propio y derecho, o mediante la presentación en representación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente D. ………………………………………………… o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresaSociedad o Empresa ………………………………………………………………………………….………., al que acompañaránpor su calidad de: (Representante, ademásapoderado, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSPetc.)

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Sources: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de tres (3) sobresLas proposiciones para ▇▇▇▇▇ parte en la licitación se presentarán en dos [sobres cerrados/archivos electrónicos], numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado firmados por el licitador o persona licitador, en los que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completadenominación del [sobre/archivo electrónico] y la leyenda «Proposición para licitar a la contratación de las obras de Adaptación de local para "Casa da Mocidade" La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Proposición Económica . Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, número conforme a la Legislación en vigor. Dentro de teléfonocada sobre, número se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de fax los mismos: SOBRE «A» Cod. Validación: 3G3TFDPSQA3GW24GTMYYNG3NT | Corrección: ▇▇▇▇://▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇/ Documento asinado electronicamente desde a plataforma xestiona esPublico | Páxina 6 a 23 DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA a) Declaración Responsable del licitador indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. La declaración responsable se presentará conforme al modelo incluido en el Anexo del presente ▇▇▇▇▇▇. En caso de que los requisitos de solvencia económica y dirección financiera o técnica y profesional exigidos varíen de correo electrónicoun lote a otro, se aportará una declaración responsable por cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia. TÍTULOEn caso de que la adscripción de medios exigida se cumpla con medios externos al licitador, ▇▇▇▇▇▇ presentarse una declaración responsable por el licitador y por cada uno de los medios adscritos a la ejecución del contrato. Si varias empresas concurren constituyendo una unión temporal, cada una de las que la componen Concello de ▇▇▇▇▇▇▇▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ Telf. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Fax ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Cif: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”P-3200900-C ▇▇▇▇▇▇ acreditar su personalidad, capacidad y solvencia, presentando todas y cada una presentar la correspondiente declaración responsable. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarSOBRE «B» PROPOSICIÓN ECONÓMICA . Se presentará conforme al siguiente modelo: « , con domicilio a efectos de notificaciones en , , n.º , con NIF n.º , en hoja independienterepresentación de la Entidad , un índice con NIF n.º , enterado del expediente para la contratación de su contenido. Se presentarán documentos originalesla obra de por procedimiento abierto, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida anunciado en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad Perfil de obrar contratante, hago constar que conozco el ▇▇▇▇▇▇ que sirve de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constituciónbase al contrato y lo acepto íntegramente, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros tomando parte de la Unión Europea se acreditará licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por su inscripción en el registro procedente importe de acuerdo con la legislación euros y euros correspondientes al Impuesto sobre el Valor Añadido. En , a de de 20 . Firma del Estado donde estén establecidoscandidato, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicaciónFdo. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP: .».

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Sources: Contrato De Obras

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de tres (3) sobres1. Los licitadores presentarán dos sobres “A”, numerados“B” y “C”, necesariamente cerrados, y que podrán estar lacrados y o precintados. En el , e identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre siguiente forma: “LICITACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS, DEL CONTRATO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE LA RENOVACIÓN DEL ALUMBRADO EXTERIOR MUNICIPAL ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ –FASE II-” indicando además: - Nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIFlicitador. - Números de teléfono, debiendo estar firmado por el fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos. - Firma del licitador o persona que lo represente. 2. Asimismo y bajo En el epígrafe NOTIFICACIONES interior de cada sobre se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de independiente su contenido, enunciado numéricamente. 3. Se presentarán El SOBRE “A” contendrá la DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA PERSONALIDAD Y CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATISTA, y en el mismo se incluirán los siguientes documentos originales, fotocopias debidamente compulsadas por funcionario del Ayuntamiento autorizado al efecto o copias compulsadas o legalizadas ante notariosimples. 3.1. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten Los acreditativos de la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerospersonalidad jurídica del licitador y la representación, en su caso, del firmante de la forma exigida proposición, del siguiente modo: - Si se trata de un empresario individual, D.N.I., y, en el artículo 72 del TRLCSP. A.1caso de que actúe por medio de apoderado, D.N.I. de éste, y escritura pública de apoderamiento. La capacidad - En el caso de obrar que el licitador sea una persona jurídica, se presentará: - Escritura pública de los empresarios constitución o modificación de la sociedad, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que fueren personas jurídicas le sea aplicable. Si no lo fuere, se acreditará mediante la escritura o presentará documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público Oficial que corresponda, según el tipo fuera preceptivo. Cuando se trate de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea Europea, deberán presentar certificado o declaración jurada acreditativa de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente de acuerdo con la legislación Anexo I del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4RG. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con mediante informe de expedido por la respectiva Misión Diplomática Permanente de España española, en la que se haga constar: que figuran inscritos en el Registro Local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyan el objeto del contrato; y que el Estado correspondiente de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. Igualmente habrán de acreditar tales empresarios que tienen abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que están inscritas en el Registro Mercantil. Las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio Organización Mundial del Comercio podrán prescindir de la empresapresentación del informe sobre reciprocidad. - Escritura pública de apoderamiento, a favor de la persona que en nombre de la sociedad firme la proposición En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una Unión Temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarias del contrato, y la designación de representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 3.2. Documentos acreditativos de la solvencia económica y financiera, y técnica de licitador. La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por el medio siguientes: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Los participantes en la licitación deberán haber alcanzado una cifra de negocios en cada uno de los dos últimos ejercicios cerrados que acompañaránsea al menos igual o superior al presupuesto estimado máximo de gasto del contrato El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, ademássi el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el informe registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil (Nota: Por volumen anual de negocios debe entenderse el importe neto de la cifra de negocios que figura en la cuenta de pérdidas y ganancias de los modelos reglamentarios de las cuentas anuales establecidas en la legislación mercantil) La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por uno o varios de los siguientes medios, a que elección del órgano de contratación: a) Relación de los principales suministros efectuados durante los cinco últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se refiere acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el artículo 44.1 órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del TRLCSPsector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.

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Sources: Contract for Supply and Installation of Municipal Lighting

Contenido de las proposiciones. La 15.1. - El sobre nº. 1 contendrá la documentación constará siguiente: a) Cuando el licitador sea una persona jurídica, de tres nacionalidad española, escritura de constitución (3y/o modificación, en su caso) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; , debidamente adaptada a la ley e inscrita en el NIF o CIFRegistro Mercantil cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación mercantil. Cuando no lo sea, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número acreditación de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará realizará mediante la escritura o el documento de constitución, los de modificación, estatutos o el acto fundacional, en los que consten se hagan constar las normas por las que cuales se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público correspondiente registro oficial. Para las personas físicas o jurídicas, no españolas, pertenecientes a la UE, se seguirá lo que correspondadisponen los artículos 15.2 de la LCAP y 9 del RGLCAP. Para las no comunitarias, se aplicará el mismo artículo de la LCAP y el 10 del citado Reglamento b) La acreditativa de que dispone de una organización con elementos personales y materiales que pertenecen de manera permanente a la empresa. c) DNI de la persona que tenga poder suficiente para obligarse en nombre de la empresa en relación con este contrato, mediante su firma. d) NIF/CIF del empresario, según el tipo de sea persona jurídica de que se tratefísica o jurídica. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria e) Cuando no firme la presentación del Documento Nacional proposición económica el titular registral de Identidad o el quela empresa, se incluirá también copia bastanteada de la escritura de apoderamiento debidamente inscrita, en su caso, le sustituya reglamentariamenteen el Registro Mercantil a favor de la persona que tenga poder suficiente para contratar con el órgano de contratación correspondiente en este contrato. A.3f) Alta y último recibo del IAE, cuando la empresa lleve a cabo actividades sujetas a este impuesto, aunque la empresa no tenga el domicilio social en las ▇▇▇▇▇ Balears. g) Declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, Notario público u organismo profesional cualificado, de no estar incursa la empresa en prohibición de contratar, conforme al artículo 20 de la LCAP, y en la que también se exprese la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias para con el Estado, con la Administración de la CAIB y con la Seguridad Social, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito se exija antes de la adjudicación, a los que vayan a resultar adjudicatarios del contrato, a cuyo efecto se les concederá un plazo máximo de cinco días hábiles. En la declaración responsable o en otro documento, también se hará constar que la empresa no se halla incursa en ninguno de los supuestos a los que se refiere la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la CAIB. h) Acreditación de la garantía provisional. La capacidad constitución de obrar de garantía se ajustará a los empresarios no españoles modelos que sean nacionales de Estados miembros se indican en los anexos V y VI del RGLCAP. i) La que acredite la clasificación de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidosempresa, (Cuadro 1, letra J) o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificadojustifique, en su caso, los términos que se establezcan reglamentariamenterequisitos de su solvencia económica y financiera, de acuerdo con las disposiciones comunitarias el artículo 16 de aplicación. A.4la LCAP(Cuadro 1, letra K) y la solvencia técnica de acuerdo con el artículo 19 de la misma Cuadro 1, letra L, de características del contrato). Los demás Cuando la empresa pretenda acogerse al sistema de solución de empates previsto en el primer párrafo de la cláusula 18.5. de este Pliego, deberá aportarse la que acredite el porcentaje de trabajadores minusválidos en plantilla. Estos requisitos no se podrán entender cumplidos con la presentación de la documentación que se exige para el sobre 2 (proposición económica), o el sobre 3 (proposición técnica-documentos que acreditan el cumplimiento de los criterios de adjudicación). En caso de empresas que constituyan una UTE, en la que concurran empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros deberán acreditar su capacidad clasificación, y los últimos, en ausencia de obrar con informe ésta, su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Las UTE podrán acumular las características de cada uno de los que las integran y será requisito básico para ello que todas las empresas que concurran hayan obtenido previamente clasificación como empresa de servicios. j) Cualquiera otra que sea necesaria para acreditar lo que se establece en la LCAP. 15.1.1. - Cuando el licitador esté inscrito en el Registro de Contratistas de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o CAIB, la aportación de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe certificación a que se refiere el artículo 44.1 30.2, del TRLCSPDecreto 20/1997, de 7 de febrero, acompañada de una declaración responsable por la cual se acredite la validez y vigencia de los datos del Registro mencionado, le eximirá de presentar la documentación que ya se encuentre en el Registro. El órgano de contratación, en tal caso, deberá admitir la referida certificación. No obstante, podrá solicitar del Registro copia de cualesquiera de los documentos depositados por quien resulte adjudicatario. 15.1.2. - En el caso de UTE, deberán presentar un compromiso de constitución de la misma. Cada uno de los empresarios que la componen, deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando en documento privado el nombre y las circunstancias de los empresarios que la suscriben, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, haya de ejercer la plena representación de todos ellos ante el órgano de contratación. Este documento deberá ser firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la UTE. 15.1.3. - Si se trata de empresas extranjeras, deberán presentar ante el órgano de contratación una declaración de sumisión a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que, de forma directa o indirecta, puedan derivarse del contrato, con renuncia expresa, en su caso, de su propio fuero jurisdiccional. 15.2. - El sobre nº. 2 contendrá, debidamente firmada por quien tenga poder suficiente y sin errores, omisiones u obstáculos para una interpretación correcta, la oferta económica expresada claramente en letras y en números. La proposición se ajustará al modelo que se adjunta como anexo de este Pliego. 15.3. - El sobre nº. 3 contendrá los documentos que acrediten el cumplimiento de los criterios de adjudicación indicados en el Cuadro 2, de criterios, que se aplicarán para la adjudicación de este contrato. 15.4. - Los licitadores no podrán suscribir ninguna propuesta en UTE con otros si lo han hecho individualmente, ni figurar en más de una UTE. 15.5. - La infracción de la norma contenida en el apartado anterior dará lugar a la no admisión de todas las propuestas suscritas por el licitador.

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Sources: Contrato Del Servicio De Gestión De Residuos

Contenido de las proposiciones. La documentación constará Las proposiciones se presentarán en un único sobre cerrado, identificado en el exterior con el título “Mantenimiento elevadores Parlamento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇” y con la denominación, firma y sello de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintadosla empresa licitadora. En el exterior interior de dicho sobre se incluirán dos sobres cerrados, señalados con los números 1 y 2, y su respectivo título, así como la denominación, firma y sello de la empresa licitadora. En ningún caso podrá aportarse, finalizado el plazo de presentación de proposiciones, documentación complementaria o aclaratoria que no haya sido solicitada expresamente por la unidad gestora. 1) Sobre nº 1: Documentación general. a) Denominación de la empresa o proponente, NIF, nombre y apellidos de la persona que firme la proposición y el carácter con que lo hace y dirección, teléfono, persona de contacto y correo electrónico para la realización de notificaciones a través de medios telemáticos. b) Declaración responsable del licitador, conforme al modelo del Anexo I que se adjunta al presente pliego, indicando que cumple las condiciones exigidas para contratar y no se encuentra incurso en causa de exclusión del procedimiento de licitación, que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y del cumplimiento de las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo y de prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes, y cumple con el convenio laboral del sector. El licitador en cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar la posesión y validez de los documentos exigidos en la cláusula 11 del presente pliego, en el plazo máximo de siete días naturales desde la notificación de la adjudicación. c) Declaración responsable de tener contratada una póliza de Responsabilidad Civil señalando su importe, que deberá ser superior a 300.000,00 euros por siniestro, con daños personales y/o materiales. d) Si la proposición es suscrita por licitadores que participen conjuntamente, se incorporará un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación que corresponde a cada uno y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo. El escrito habrá de estar firmado tanto por las diversas empresas concurrentes como por el citado apoderado. En el caso de existir licitadores que participen conjuntamente, la documentación que se exige en los apartados a y b deberá ser presentada por todos y cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona los licitadores que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSPparticipen. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate2) Sobre nº 2: Proposición económica. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Mantenimiento De Elevadores

Contenido de las proposiciones. La documentación constará (arts. 129 y 130 LCSP y art. 80 RG) 12.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, dos sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 12.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Docu- mentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación de la gestión del servicio público de EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DEL COMPLEJO DE LA PISCINA MUNICIPAL DE SANTA ▇▇▇▇▇▇”. Su contenido será el siguiente: 12.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 12.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. Igualmente, dichas empresas deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Estado correspondiente o Registro Mercantil. (art. 44.2 LCSP) 12.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio existencia de la empresarepresentación y del ámbito de sus facultades para licitar. 12.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 12.2.2.- Acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, conforme a los requisitos establecidos en la cláusula 8 del presente pliego. 12.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 49 de la LCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (arts. 62 y 130.1.c) LCSP) Acreditar estar al corriente con las obligaciones tributarias con el Consorcio de Tributos de la isla de Tenerife así como con el Ilustre Ayuntamiento de Santa ▇▇▇▇▇▇, siendo suficiente la presentación de una declaración jurada expresando dichos extremos. Será obligada la acreditación documental de dichos extremos por el adjudicatario provisional en idéntico plazo para la acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias referidas anteriormente se realizará presentando certificación administrativa expedida por el órgano competente. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 12.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que acompañarán, además, pudiera corresponder al licitante. 12.2.5.- La presentación por el informe licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias le eximirá de aportar la documentación que se detalla: - Personalidad y representación a que se refiere la cláusula 12.2.1 de este pliego, siempre y cuando la representación sea la misma que conste en el artículo 44.1 certificado aportado. No obstante, la Mesa de contratación podrá requerir la aportación de dicha documentación si fuera necesaria para acreditar que el objeto social de la empresa es adecuado al objeto del TRLCSPcontrato. - Declaración responsable a que se refiere la cláusula 12.2.3, salvo en lo que se refiere a la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, respecto de las que habrá que aportar, en todo caso, declaración responsable, formulada ante autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público. El certificado del Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación. (art. 130.3 LCSP) Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia. Así mismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano. 12.3.- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: Proposición para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la gestión del servicio público de EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO INTEGRAL DEL COMPLEJO DE LA PISCINA MUNICIPAL DE SANTA ▇▇▇▇▇▇” (arts. 129 y 130 LCSP). 12.3.1.- Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con los criterios de adjudicación a que se refiere la cláusula 9.2 del presente pliego, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos los aspectos técnicos de la misma, así como el Plan de Gestión que se hace referencia en el pliego de prescripciones técnicas. 12.3.1.1.- El contenido de la oferta económica será redactado según el modelo anexo al presente pliego, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. 12.3.1.2.- En relación con los restantes criterios de adjudicación, se deberá aportar lo siguiente: Documentación justificativa de las otras mejoras propuestas por los licitadores. Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los párrafos anteriores, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate. Para ser tenida en cuenta, dicha documentación deberá estar suscrita en su totalidad por el licitador, o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran firmada por el licitador, en la que declare, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados. La Administración se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven. 12.3.2.- Los licitadores habrán de presentar sus proposiciones referidas a la totalidad de objeto del contrato. 12.3.3.- Cada licitador podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto del contrato, sin que se puedan presentar variantes o alternativas. (art. 129.3 LCSP) 12.3.4.- El empresario que haya licitado en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar proposiciones individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas. (art. 129.3 LCSP) 12.3.5.- Los licitadores deberán incluir en su proposición una relación detallada de los medios personales y materiales que se comprometen a adscribir a la ejecución del contrato.

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Sources: Contract for Public Service Management

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, 14.1.- Los licitadores deberán presentar sus proposiciones en la forma exigida indicada en la cláusula 13. La documentación general, la proposición económica y, en su caso, la proposición técnica, se presentarán en los términos que se establecen a continuación. 14.1.1.- Documentación general (Sobre n°1). a)La acreditación de la personalidad del empresario. Cuando se trate de un empresario individual deberá presentarse su Documento Nacional de Identidad, NIF, o, en su caso, pasaporte. Si se trata de una persona jurídica española, deberá presentar el NIF/CIF de la empresa y la escritura de constitución, y/o modificación, en su caso, debidamente adaptada a la ley e inscrita en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil cuando este requisito fuere exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante Si no lo fuere, deberá presentar la escritura o el documento de constitución, los de modificación, estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2correspondiente registro público. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por Europea, deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en la normativa de desarrollo de la LCSP. Además deberán acreditar que se encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el registro procedente de acuerdo objeto del contrato con arreglo a la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamenteencuentren establecidas, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4cuando dicho estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con mediante informe de expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, y deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como la designación de un representante o apoderado único. b)La acreditación de la representación, cuando se actúe mediante representante. Cuando el licitador actúe mediante representante, se deberá aportar el DNI del representante y el documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar y contratar, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil. Este documento debe estar bastanteado por el Servicio Jurídico del órgano de contratación, de cualquier otro órgano de contratación de la Administración del Govern de les ▇▇▇▇▇ Balears o de la Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las ▇▇▇▇▇ Balears. En el caso de unión temporal de empresarios, debe designarse un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. c)La acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de conformidad con lo establecido en la cláusula 5 de este Pliego y la letra F del Cuadro de características del contrato. Las empresas que liciten en unión temporal deben acreditar individualmente los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. d)Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 49 de la LCSP. Esta declaración incluirá la manifestación expresa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Administración de la Comunidad Autónoma de las ▇▇▇▇▇ Balears y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que acompañaránla justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, ademásantes de la adjudicación definitiva, por el informe empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. Esta declaración responsable, u otro documento, incluirá la manifestación expresa de que la empresa no se halla incursa en ninguno de los supuestos a los que se refiere la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de Incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la CAIB. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. (Modelo de declaración responsable en el Perfil del contratante). e)La acreditación de la garantía provisional, en su caso. Cuando se exija garantía provisional, debe presentarse el resguardo acreditativo de dicha garantía, si se constituye en metálico o títulos valores. Si se constituye en forma de aval o por contrato de seguro de caución, se presentará el propio aval o el contrato de seguro, con la diligencia de verificación previa de la representación, efectuada por la Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las ▇▇▇▇▇ Balears. Si se ha constituido la garantía global a que se refiere el artículo 44.1 86 de la LCSP, habrá de aportarse certificación emitida por la Tesorería General de la Comunidad Autónoma relativa a que dicha garantía se encuentra vigente y efectiva. En el caso de licitación por lotes, el resguardo de la garantía provisional debe ir acompañado de una relación detallada de los lotes a los que se licita. (Modelo de aval en el Perfil del TRLCSPcontratante). f)Los documentos a que hace referencia la cláusula 5.2 de este Pliego en los casos en que se hayan exigido en la letra F.3 del Cuadro de características del contrato para la concreción de determinadas condiciones de solvencia.

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Sources: Contrato De Arrendamiento Con Opción De Compra Y Prestación De Servicios

Contenido de las proposiciones. La documentación constará (arts. 61, 129 y 130 LCSP y art. 80 RG) 13.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, dos sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarConsejo Consultivo de Canarias El contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado numéricamente en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 13.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Docu- mentación General para el concurso del servicio integral de limpieza de las dependencias del Consejo Consultivo de Canarias”. Su contenido será el siguiente: 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 13.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, o de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación expedida por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Consejo Consultivo de Canarias Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente de España en respectiva representación diplomática española relativo a que el Estado correspondiente o de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. Cuando el presupuesto de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique contratación sea de cuantía igual o superior a 5.358.153 euros y el domicilio Estado de procedencia sea signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la empresa, al que acompañarán, ademásOrganización Mundial del Comercio, el informe de reciprocidad antes mencionado será sustituido por informe de la citada representación diplomática relativo a tal condición. Igualmente, dichas empresas deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil. 13.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por el Letrado Mayor del Consejo Consultivo de Canarias. 13.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 13.2.2.- Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.2 del presente Pliego. Consejo Consultivo de Canarias Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar individualmente los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica. 13.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 20 del TRLCAP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 13.2.4.- Resguardo acreditativo, en su caso, de la garantía provisional, si la misma se constituyó en metálico o títulos valores. Si se constituye en forma de aval o por contrato de seguro de caución, se presentará el propio aval o el contrato de seguro bastanteados por el Letrado Mayor del Consejo Consultivo de Canarias. Si se ha constituido la garantía global a que se refiere el artículo 44.1 86 de la LCSP, habrá de aportarse certificación emitida por el órgano competente, relativa a que dicha garantía se encuentra vigente y efectiva. 13.2.5.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del TRLCSPcontrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 13.2.6.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias le eximirá de aportar la documentación que se detalla: Consejo Consultivo de Canarias - Personalidad y representación a que se refiere la cláusula 13.2.1. de este pliego, siempre y cuando la representación sea la misma que conste en el certificado aportado. - documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica. - Declaración responsable a que se refiere la cláusula 13.2.3, salvo en lo que se refiere a la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, respecto de las que habrá que aportar, en todo caso, declaración responsable, formulada ante autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público. 13.3.- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: Proposición para el concurso, procedimiento abierto, tramitación ordinaria, para la contratación del servicio integral de limpieza de la sede del Consejo Consultivo de Canarias". El contenido de las ofertas económicas será redactado según el modelo anexo al presente pliego, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. Los licitadores incluirán, así mismo, en este sobre la documentación relacionada con los criterios de adjudicación no económicos a que se refiere la cláusula 10.2 del presente pliego, en especial: Propuesta en la que se haga constar cualquier medida que contribuya a la mejora de las prescripciones técnicas de la presente contratación, por ejemplo: 1. Otros sistemas complementarios de limpieza diferentes a los actuales. 2. Factores que ayuden a la mejor coordinación y comunicación entre la empresa adjudicataria y el personal que presta sus funciones en el edificio. 3. Se valorará especialmente el nº de trabajadores que decida la CRITERIO 2:

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Sources: Service Agreement

Contenido de las proposiciones. La documentación constará En cada sobre se incluirán los siguientes documentos: El licitador ha de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de presentar la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOsiguiente documentación: A. Documento o documentos A) Documentación que acrediten acredite la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 personalidad del TRLCSP.licitador: A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren A.1.- Las personas jurídicas se acreditará físicas acreditarán su personalidad mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación fotocopia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte. Si el quefirmante de la solicitud actúa en calidad de representante del licitador, en su casohabrá de aportar fotocopia del D.N.I. o pasaporte, le sustituya reglamentariamenteasí como el documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para concurrir a la licitación. A.3. La capacidad A.2.- Las personas jurídicas, españolas o de obrar estados pertenecientes a la Unión Europea, han de presentar fotocopia del N.I.F./C.I.F. de la empresa y las escrituras de constitución, y/o modificación, debidamente inscritas en el Registro Mercantil y, además, las personas físicas que los representen, el documento público que acredite el poder que les ha sido conferido y la declaración de la vigencia del mismo según el modelo del Anexo IV. A.3.- Si varias empresas acuden a la licitación constituyendo una agrupación temporal, cada uno de los empresarios no españoles que sean nacionales la componen deberá acreditar su personalidad y capacidad para contratar. Igualmente, se deberá presentar un compromiso de Estados constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del concurso. Este documento debe ir firmado por los representantes de cada una de las empresas integrantes de la unión. Los miembros de la Unión Europea unión deben indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la componen, la participación de cada uno de ellos, y deben designar un representante o apoderado único. A.4.- Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Comunidad Económica Europea, habrán de acreditar su plena capacidad para contratar y obligarse conforme a la legislación de su Estado. Además deberán acreditar que se acreditará por su inscripción en encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el registro procedente objeto de acuerdo la concesión con arreglo a la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamenteencuentren establecidas, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4cuando dicho Estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con mediante informe de expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. Las empresas extranjeras presentarán sus documentos constitutivos traducidos de forma oficial al que acompañaráncastellano o al catalán, ademásasí como un despacho expedido por la Embajada de España en el país respectivo donde se certifique que, conforme a su legislación, tiene capacidad para contratar y obligarse. Los documentos citados en este apartado pueden presentarse originales o mediante copia de los mismos que, en su momento, el informe a RCNPP podrá exigir que se refiere sean confrontadas con los originales. B) Declaración responsable de la capacidad para contratar por no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 44.1 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del TRLCSPSector Público. Se adjunta modelo de declaración responsable como ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ al presente pliego. Esta declaración incluirá la manifestación expresa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Administración de la Comunidad Autónoma de las ▇▇▇▇▇ Balears y con las demás administraciones públicas, así como con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. C) Declaración de un domicilio en Baleares habilitado para recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con el presente concurso. PROPOSICIÓN ECONÓMICA (CONTENIDO DEL SOBRE Nº 2)

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Sources: Pliego De Bases Del Concurso

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de tres (3) sobresLas proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en un único archivo electrónico, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona licitador, en el que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número denominación del archivo electrónico y la leyenda «Proposición para licitar a la contratación de teléfono, número la obra " PROYECTO DE COLECTOR DE SANEAMIENTO DE LA URBANIZACIÓN EL PORTEZUELO (T.M. DE TEGUESTE). ADAPTACIÓN ENERO 2018". La denominación de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOlos archivos es la siguiente: A. Documento o a) Documentación administrativa: Se incluirán los siguientes documentos según la cláusula octava: 1. Los que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSPempresario. A.12. La capacidad de obrar de los empresarios Los que fueren personas jurídicas se acreditará mediante prueben que el empresario no está incurso en prohibiciones para contratar. 3. Los que acrediten la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los solvencia económica y financiera. 4. Los que consten las normas por las acrediten la solvencia técnica. 5. Los licitadores que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, estuvieran inscritos en el Registro público que corresponda, según el tipo Oficial de persona jurídica Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y aporten la correspondiente certificación están eximidos de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional acreditar las condiciones de Identidad o el que, aptitud en cuanto a su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La personalidad y capacidad de obrar obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de los empresarios no españoles las prohibiciones de contratar que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción deban constar en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicaciónmismo. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Construction Contract

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 12.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) dos sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente, indicando medio preferente de comunicación a efectos de las notificaciones. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 12.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, de la contratación del “SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA EL PARQUE MÓVIL DEL AYUNTAMIENTO DE LA OLIVA, MODALIDAD DIESEL” 12.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 12.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscrita en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo fuera preceptivo. Se acompañará copia autenticada del CIF de persona jurídica de que se trate. A.2la empresa. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente de España en respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado correspondiente o de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga, o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique Organización Mundial del Comercio. 12.2.1.2.- Cuando el domicilio licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la empresaexistencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, al bastanteado por la Secretaria de la Corporación. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste, así como la de la escritura de constitución, y de modificación en su caso, de la entidad licitadora. (art. 35.f) LRJAP-PAC). Se acompañará copia autenticada del NIF del representante. 12.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que acompañaránla suscriban, ademásla participación de cada uno de ellos, así como el informe compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 12.2.2.- Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.2 del presente Pliego. Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica a que se refiere el la citada cláusula 4.2, de forma individual. 12.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público (conforme al modelo anexo III), de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 44.1 60 del TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, con esta Corporación Local y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (arts. 73 y 146.1.c) TRLCSP). La presente declaración tendrá una vigencia de seis meses. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 12.2.4.- Declaración responsable relativa al cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

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Sources: Suministro De Combustible

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, Los licitadores deberán presentar sus proposiciones en la forma exigida indicada en la cláusula 21.4.1.- Documentación general (Sobre n°1). α)La acreditación de la personalidad del empresario. Cuando se trate de un empresario individual deberá presentarse su Documento Nacional de Identidad, NIF, o, en su caso, pasaporte. Si se trata de una persona jurídica española, deberá presentar el NIF/CIF de la empresa y la escritura de constitución, y/o modificación, en su caso, debidamente adaptada a la ley e inscrita en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil cuando este requisito fuere exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante Si no lo fuere, deberá presentar la escritura o el documento de constitución, los de modificación, estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2correspondiente registro público. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por Europea, deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en la normativa de desarrollo del TRLCSP. Además deberán acreditar que se encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el registro procedente de acuerdo objeto del contrato con arreglo a la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamenteencuentren establecidas, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4cuando dicho estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con mediante informe de expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, y deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como la designación de un representante o apoderado único. β)La acreditación de la representación, cuando se actúe mediante representante. Cuando el licitador actúe mediante representante, se deberá aportar el DNI del representante y el documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar y contratar, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil. En el caso de unión temporal de empresarios, debe designarse un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. χ)Acreditación solvencia. La acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de conformidad con lo establecido en el apartado 11 del Anexo I al presente pliego. Para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, será suficiente que acompañaránacrediten, ademásen su caso, su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, conforme a los requisitos establecidos en el informe presente Pliego y el apartado 11 del Anexo I al presente pliego. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar que todas las empresas que integran la unión han obtenido clasificación como empresa contratista de servicios. En tal caso, se acumularán las clasificaciones individuales de los miembros de la unión temporal de empresas, a efectos de poder acreditar la clasificación global exigida en el presente ▇▇▇▇▇▇. Si concurren uniones de empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros deberán acreditar su clasificación y los últimos, en defecto de ésta, su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Cuando no se exija clasificación, los licitadores deben aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional que se indica en el apartado 11del Anexo I. En este caso, las empresas que liciten en unión temporal deben acreditar individualmente los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Los licitadores podrán acreditar su solvencia basándose en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios. δ)Declaraciones relativas a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador ajustada al modelo que figura como anexo III al presente ▇▇▇▇▇▇, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP. Esta declaración incluirá la manifestación expresa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como de no tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago en el Ayuntamiento de Calvià. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. Asimismo, podrán incluir la autorización expresa a la Administración contratante, para que, de resultar propuesto adjudicatario, acceda a la citada información a través de las bases de datos de otras Administraciones Públicas con las que se hayan establecido convenios. ε)La acreditación de la garantía provisional, en su caso. Cuando se exija garantía provisional, debe presentarse el resguardo acreditativo de dicha garantía, si se constituye en metálico o títulos valores. Si se constituye en forma de aval o por contrato de seguro de caución, se presentará el propio aval o el contrato de seguro. Si se ha constituido la garantía global a que se refiere el artículo 44.1 98 del TRLCSP, habrá de aportarse certificación relativa a que dicha garantía se encuentra vigente y efectiva. En el caso de licitación por lotes, el resguardo de la garantía provisional debe ir acompañado de una relación detallada de los lotes a los que se licita. φ)Los documentos a que hace referencia el apartado 11 del Anexo I del Cuadro de características del contrato, en los casos en que se haya exigido, para la concreción de determinadas condiciones de solvencia. γ)La declaración sobre la intención de celebrar subcontratos a que se refiere el artículo 227.2.a) del TRLCSP cuando así se haya exigido en el presente pliego. η)La acreditación de las circunstancias a que hace referencia el párrafo segundo de la cláusula 10 de este Pliego, cuando la empresa pretenda acogerse al sistema de solución de empates previsto en la misma.

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Sources: Gestión De Servicio Público

Contenido de las proposiciones. La documentación constará (arts. 61, 129 y 130 LCSP y art. 80 RG) 13.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, dos sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 13.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del SERVICIO DE LIMPIEZA DE COLEGIOS PÚBLICOS Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE SANTA ▇▇▇▇▇▇▇.” 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 13.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar Documento Nacional de Identidad del representante de la persona jurídica, escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que correspondafuera preceptivo. Asimismo, según el tipo deberán presentar la Tarjeta de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el queIdentificación Fiscal, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3el caso de las personas jurídicas. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Asimismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga, o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. (art. 44 LCSP). 13.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por la Secretaría General del Ayuntamiento de la Villa de Santa ▇▇▇▇▇▇▇ ▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, así como fotocopia del DNI. 13.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 13.2.2.- Certificado de la clasificación requerida en la cláusula 5 del presente pliego, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa o en su caso, por el Organismo comunitario correspondiente (art. 73 LCSP). Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo no obstante justificar posteriormente haber obtenido la clasificación exigida en el Estado correspondiente o plazo de subsanación de ▇/ ▇▇▇▇▇, ▇▇ - ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ – Las Palmas – Tlfnos.:928 64 00 72 – ▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇ – Fax:▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇ – C.I.F.:P 3502200 C – Nº Reg.:01350213 defectos u omisiones en la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe documentación a que se refiere la cláusula 15 del presente pliego. El certificado de clasificación deberá ir acompañado, en todo caso, de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que los datos de clasificación no han tenido variación. (art. 130.3 LCSP). No obstante lo establecido en el apartado anterior, para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, será suficiente que acrediten, en su caso, ante el órgano de contratación correspondiente su solvencia económica, financiera y técnica, conforme a los requisitos establecidos en la cláusula 4.3. del presente pliego. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar que todas las empresas que integran la unión han obtenido clasificación como empresa contratista de servicio. En tal caso, se acumularán las clasificaciones individuales de los miembros de la U.T.E., a efectos de poder acreditar la clasificación global exigida en el presente pliego. Si concurren uniones de empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros deberán acreditar su clasificación y los últimos, en defecto de ésta, su solvencia económica, financiera y técnica. La clasificación de las uniones temporales será la resultante de la acumulación de las clasificaciones de las empresas agrupadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.1 56.5 de la LCSP, así como en su Reglamento de desarrollo, y demás normas reguladoras de la clasificación de contratistas de servicios. En todo caso, para proceder a la acumulación, todas habrán de haber obtenido previamente la clasificación como contratista de servicios, sin perjuicio de lo previsto para empresas comunitarias conforme al artículo 48.4 de la LCSP. No obstante lo anterior, si en la licitación se exigiese uno o varios grupos de clasificación, deberán estar clasificadas individualmente al menos en uno de los grupos exigidos un número de empresas que representen más del TRLCSP50 por ciento de participación en la unión temporal de empresarios. 13.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 49 de la LCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (arts. 62 y 130.1.c) LCSP) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 13.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 13.2.5.- Copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil general que cubra los riesgos que pudieran producirse en la ejecución del contrato, por importe mínimo de 13.2.6.- Compromiso formal de subrogación del personal a que hacen referencia las cláusulas 1 y 24.5 del presente pliego. Dicho compromiso deberá presentarse con el siguiente tenor literal:

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Sources: Service Agreement

Contenido de las proposiciones. Las ofertas habrán de redactarse en castellano y deberán tener un plazo de validez de al menos seis meses. Se admite la posibilidad de que un mismo licitador pueda ofertar un mismo chasis con distintas carrocerías. La documentación proposición constará de tres (3) TRES sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el exterior de cada Cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de la licitación; la denominación del concurso; el nombre se presentará cerrado y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que válidamente lo represente, haciendo constar en el anverso el contenido del mismo, nombre del licitador y objeto del contrato. Asimismo De todos los documentos requeridos se presentarán originales, copias auténticas o fotocopias reglamentariamente compulsadas. En cada sobre se incluirá la documentación que a continuación se indica: SOBRE Nº 1.- DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA En el primero de los sobres y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES nombre de “DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA”, se hará constar incluirá la dirección completadocumentación exigida, número teniendo por objeto el acreditar la capacidad y solvencia económica financiera, técnica y profesional de teléfono, número de fax los concursantes. Dicha documentación será la que a continuación se detalla y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, deberá ser presentada en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas original o legalizadas ante notario. CONTENIDOmediante fotocopia adverada notarialmente o por otro procedimiento fehaciente: A. a) Documento Nacional de Identidad del representante que firme la oferta y deI CIF de la Sociedad de que se trate. En caso de empresas no españolas se acompañará documento equivalente. b) Copia de la escritura de constitución o documentos que acrediten la capacidad modificación, de obrar de los licitadoresser el caso, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida debidamente inscrita en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad Si no lo fuera, copia autenticada o compulsada de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los el que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, de ser el caso, en el correspondiente registro oficial. c) Poder notarial bastante o documento acreditativo suficiente para presentar la oferta, cuando ▇▇▇▇ representantes o apoderados los que firmen la oferta. La suficiencia será comprobada en el acto de apertura de los sobres de documentación administrativa y podrá ser declarado defecto subsanable. d) Justificante de que el ofertante se halla al corriente de pago de la Seguridad Social. e) Justificante de que el ofertante se halla al corriente de pago de sus obligaciones fiscales. f) Declaración responsable suscrita por quien firme la proposición en la que se haga constar, no encontrarse incurso en ninguno de los supuestos de prohibición de contratar señaladas en el artículo 54 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ni en ninguna otra incapacidad o incompatibilidad establecida por normativa vigente. g) Relación de las actividades principales más recientemente desarrolladas por la marca ofertante, tanto en España como en el extranjero, con indicación expresa de los medios y recursos técnicos y de personal disponibles actualmente, tanto en España como en el extranjero y, en su caso, de las posibles nuevas vinculaciones, especialmente con firmas fabricantes de chasis, carrocerías y/o servicios de mantenimiento de vehículos, en el Registro público que corresponda, según el tipo supuesto de persona jurídica de que se trateresultar adjudicatarios. A.2. Para h) Relación de número de vehículos y tiempo en servicio de los empresarios españoles individuales será obligatoria autobuses de la presentación marca y modelos ofertados a la licitación que funcionen en distintas explotaciones de transporte ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ y extranjeras, citando ésta detalladamente. i) Declaraciones apropiadas de entidades financieras que acrediten la solvencia económica del Documento Nacional de Identidad o el queofertante o, en su caso, le sustituya reglamentariamentejustificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. A.3j) Si la oferta fuera presentada por dos o más entidades que tuvieran intención de constituirse en “Unión Temporal de Empresas”, deberán acompañar escrito firmado por el representante de cada una de las empresas en el que se indique el compromiso de constituirse como tal en su momento, porcentaje de participación de cada una de ellas en la Unión y copia del proyecto de memoria al que se ajustará la futura Unión. La capacidad Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar individualmente los requisitos de obrar solvencia económica, financiera y técnica. k) Una copia íntegra del presente Pliego de Condiciones Administrativas, Económicas y Técnicas, firmada por persona con facultades suficientes, considerándose como tal aquél que firme la propuesta, entendiéndose que conoce en su integridad con carácter vinculante. l) Cualquier otro tipo de documentación que el ofertante considere oportuno y que pueda ser tenido en cuenta por CTSA. SOBRE Nº 2.- PROPUESTA ECONÓMICA MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA I).- Relación actualizada de precios netos, relacionándose los descuentos a CTSA sobre los PVP, de los empresarios componentes nuevos y reacondicionados. II).- Las fórmulas de revisión a aplicar a los precios de los recambios en los próximos años, las cuales no españoles que sean nacionales serán nunca superiores al incremento experimentado en el IPC nacional. III).- Si el suministro de Estados miembros recambios lo hará el ofertante por sí mismo o por medio de un distribuidor autorizado. En este caso deberá indicar cuál será aquel, siendo el adjudicatario solidariamente responsable con dicho distribuidor. Este sobre contendrá la siguiente documentación: a).- Hoja de Datos Técnicos de cada modelo de vehículo completo ofertado o de cada modelo de chasis y carrocería, y en especial los siguientes: A.- Documentación técnica del autobastidor (o vehículo completo autoportante en su caso). - Características del motor. - Descripción de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente cadena cinemática. - Sistema de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidosfrenado. - Sistemas electrónicos. - Marca, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe modelo y características definitorias de la Misión Diplomática Permanente caja automática de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSPvelocidades. - Consumos. - Emisiones contaminantes. - Etc.

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Sources: Licitación Para La Adquisición De Autobuses

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 12.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, TRES sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 12.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación por la TELEVISIÓN PÚBLICA DE CANARIAS S.A. DE LOS SERVICIOS DE CONTRIBUCIÓN PERMANENTE DE SEÑALES DE VIDEO Y AUDIO ENTRE LAS INSTALACIONES DE PRODUCTORAS EXTERNAS Y LOS CENTROS DE PRODUCCIÓN PRINCIPALES EN GRAN CANARIA Y TENERIFE”.Su contenido será el siguiente: 12.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 12.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. Televisión Pública de Canarias S.A., Registro Mercantil de S/C de Tenerife, Tomo 1.622, Folio 55, Sección General, Hoja nº TF-16862, Inscripción 1ª: CIF A:38491098 12.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar. 12.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 12.2.2.- Certificado de la clasificación requerida en la cláusula 5 del presente pliego, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa o en su caso, por el Organismo comunitario correspondiente. Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo no obstante justificar posteriormente haber obtenido la clasificación exigida en el Estado correspondiente o plazo de subsanación de defectos u omisiones en la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe documentación a que se refiere la cláusula 14 del presente pliego. 12.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con el sector público conforme al artículo 44.1 49.1 de la LCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del TRLCSPcumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 12.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 12.2.5.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias le eximirá de aportar la documentación que se detalla: 12.2.6.- Resguardo acreditativo de la garantía provisional, si la misma se constituyó en metálico. Si se constituye en forma de aval o por contrato de seguro de caución, se presentará el propio aval o el contrato de seguro. 12.2.7.- Documento acreditativo de inscripción en el Registro de operadores de redes y servicios de comunicaciones electrónicas de la Comisión ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de las Telecomunicaciones. 12.3.- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: Proposición relativa al criterio de adjudicación NO evaluable mediante cifras o porcentajes para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación por la TELEVISIÓN PÚBLICA DE CANARIAS S.A. DE LOS SERVICIOS DE CONTRIBUCIÓN PERMANENTE DE SEÑALES DE VIDEO Y AUDIO ENTRE LAS INSTALACIONES DE PRODUCTORAS EXTERNAS Y LOS CENTROS DE PRODUCCIÓN PRINCIPALES EN GRAN CANARIA Y TENERIFE” 12.3.1.- Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con el criterio de adjudicación números 1 a que se refiere la cláusula 9.3.1 del presente pliego, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos los aspectos técnicos de la misma: a) Descripción detallada de la solución y despliegue organizativo y técnico que realizará para la prestación del servicio objeto de este contrato. Calendario y Cronograma. b) Propuesta técnica y solución planteada incluyendo un desglose con fabricante y las hojas de las características técnica de cada equipo propuesto. c) Tipo de suministro de energía en los centros del adjudicatario que alberguen elementos de la red (SAI, Grupo electrógeno, baterías de continua, etc.) Si algún licitador no aporta la documentación relativa al criterio a que se refiere este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los párrafos anteriores, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del mismo. Televisión Pública de Canarias S.A., Registro Mercantil de S/C de Tenerife, Tomo 1.622, Folio 55, Sección General, Hoja nº TF-16862, Inscripción 1ª: CIF A:38491098 Para ser tenida en cuenta, dicha documentación deberá estar suscrita en su totalidad por el licitador, o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran firmada por el licitador, en la que declare, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados. La TVPC,S.A. se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.

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Sources: Contract for Services

Contenido de las proposiciones. La documentación constará (arts. 72, 145 y 146 TRLCSP y art. 80 RG) 13.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, dos sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. 13.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del “Servicio de conserjería destinado a las dependencias de los edificios del Parque Científico Tecnológico de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria ubicados en el Campus Universitario de Tafira denominados Polivalente I, II, III y IV". TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOSu contenido será el siguiente: A. Documento 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 13.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la FCPCT, en forma substancialmente análoga. 13.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, bastanteado por el Servicio Jurídico de la ULPGC. La aportación de la mera diligencia de bastanteo del documento de apoderamiento podrá suplir la aportación de éste. (art. 35.f) LRJAP-PAC) 13.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 13.2.2.- Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 4.2 del presente Pliego. 13.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (arts. 73 y 146.1.c) TRLCSP) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 13.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 13.2.5.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Estado correspondiente o Registro de Contratistas de la Oficina Consular Comunidad Autónoma de Canarias le eximirá de aportar la documentación que se detalla: 13.2.6.- A los efectos de acreditar la relación laboral con personas con discapacidad en cuyo ámbito territorial radique los términos establecidos en la cláusula 10.3 del presente pliego, las empresas deberán aportar, en el domicilio momento de la licitación, la siguiente documentación: a) Declaración responsable del número de trabajadores fijos discapacitados y porcentaje que éstos representan sobre el total de la plantilla. b) Documento TC2 (relación nominal de trabajadores) correspondientes a todo el personal de la empresa. c) Relación de los trabajadores fijos discapacitados acompañada de la resolución o certificación acreditativa del grado y vigencia de la discapacidad. d) Contrato de trabajo de los trabajadores fijos discapacitados. e) Si la empresa emplea a cincuenta o más trabajadores y se encuentra en alguno de los supuestos de excepcionalidad previstos en la Ley 13/1982, al que acompañaránde 7 ▇▇ ▇▇▇▇▇, de Integración Social de los Minusválidos, deberá aportar, además, el informe a declaración del Servicio Público de Empleo competente de que la empresa se refiere el artículo 44.1 del TRLCSPencuentra en alguno de los citados supuestos de excepcionalidad.

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Sources: Service Agreement

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados11.1. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto de sobre “A”, titulado “DOCUMENTACION GENERAL”, se incluirá la licitación; la denominación del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIFsiguiente documentación, debiendo estar firmado por el licitador presentarse los documentos originales o persona que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDONo obstante podrán presentarse también copias compulsadas: A. I) Una hoja independiente del resto de la documentación en la que se haga constar el contenido del sobre, enunciado numéricamente. Fecha de emisión de la firma:21/12/2017 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:RK5PuAVOni2YhORweRhD CN=▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:16 página/s. Página 7 de 16. 1°.­ Si la empresa fuese persona jurídica, la escritura de constitución o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosmodificación, en la forma exigida original o copia auténtica, debidamente inscrita en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante Registro Mercantil, o, si este requisito no fuera exigible conforme a la legislación mercantil, la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los el que consten constaren las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritosinscrito, en su caso, en el correspondiente Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2Oficial. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria obligatorio la presentación del Documento Nacional de Identidad o el queo, en su caso, le sustituya reglamentariamenteel documento que haga sus veces. A.3. La capacidad 2°.­ Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de obrar otro, o representen a una persona jurídica, deberán acompañar poder declarado bastante por el Secretario General o por la Asesoría Jurídica de la Corporación junto con una copia auténtica del Documento Nacional de Identidad del apoderado o apoderados. 3°.­ Declaración responsable de que el licitador no está comprendido en ninguna de las causas de prohibición para contratar del artículo 60 del TRLCSP, que podrá hacerse por cualquiera de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción medios señalados en el registro procedente artículo 73 del TRLCSP. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de acuerdo hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con Seguridad Social impuestas por las disposiciones comunitarias vigentes. Se incorpora modelo de aplicacióndeclaración como ANEXO I de este Pliego. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Contract for the Sale of a Vessel

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 13.1.- Las proposiciones constarán de tres TRES (3) sobresSOBRES CERRADOS, numerados, cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO, así como con la firma del licitador o persona que le represente. 13.2.- Sobre número 1: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REDACCIÓN DE LOS PROYECTOS BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO:EDIFICIO REPRESENTATIVO DEL PARQUE A. Documento 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en personalidad del empresario y la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.1. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritosrepresentación, en su caso, del firmante de la proposición, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.la forma siguiente: A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del 13.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad o el queIdentidad, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3cuando se trate de empresarios individuales. La capacidad Si se trata de obrar de los empresarios personas jurídicas deberán presentar escritura Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga, o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. Igualmente, dichas empresas deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Estado correspondiente o Registro Mercantil. 13.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio existencia de la empresarepresentación y del ámbito de sus facultades para licitar. 13.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 13.2.2.- Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia, económica, financiera y técnica de conformidad con lo establecido en la cláusula 4.2 del presente Pliego. 13.2.3.- Declaración responsable del licitador de no estar incurso en las prohibiciones para contratar conforme al artículo 60 del TRLCSP, comprendiendo 13.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que acompañaránpudiera corresponder al licitante. 13.2.5.- Relación detallada de los medios personales y materiales que se comprometen a adscribir a la ejecución del contrato, ademásde acuerdo con lo estipulado en la cláusula 4.3. Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia. Asimismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano. 13.3.- Sobre número 2: Deberá tener el informe siguiente título: "SOBRE Nº 2: Proposición relativa a los criterios de adjudicación C1,C2 y C3, NO evaluables mediante cifras o porcentajes para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REDACCIÓN DE LOS PROYECTOS BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DEL EDIFICIO REPRESENTATIVO DEL PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE TENERIFE." 13.3.1.- Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con los criterios C1,C2 y C3, a que se refiere la cláusula 10.2 del presente pliego, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos los aspectos técnicos de la misma, en los términos que en dicha cláusula se concretan. 13.3.2.- Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los párrafos anteriores, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate. 13.4.- Sobre número 3: Deberá tener el artículo 44.1 siguiente título: "SOBRE Nº 3: Proposición económica para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE REDACCIÓN DE LOS PROYECTOS BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DEL EDIFICIO REPRESENTATIVO DEL PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE TENERIFE." Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con la oferta económica. El contenido de la oferta económica será redactado según el modelo anexo al presente pliego, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. En la proposición económica, en la que el precio ofertado no deberá superar el presupuesto de licitación establecido en la cláusula 6 del TRLCSPpresente pliego, deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser repercutido. 13.5.- Cada licitador podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto del contrato, sin que se puedan presentar variantes o alternativas. 13.6.- El que haya licitado en unión temporal con otros no podrá, a su vez, presentar proposiciones individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.

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Sources: Contract for Architectural Services

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 12.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, TRES sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. 12.2.- Sobre número 1: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarDeberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Docu- mentación General para la licitación, en hoja independientemediante procedimiento abierto, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO:la contratación por la TELEVISIÓN PÚBLICA DE CANARIAS S.A. DE LOS SERVICIOS A. Documento 12.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 12.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que correspondafuera preceptivo. Televisión Pública de Canarias S.A., según el tipo Registro Mercantil de persona jurídica S/C de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el queTenerife, en su casoTomo 1.622, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Folio 55, Sección General, Hoja nº TF-16862, Inscripción 1ª: CIF A:38491098 Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. 12.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar. 12.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 12.2.2.- Certificado de la clasificación requerida en la cláusula 5 del presente pliego, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa o en su caso, por el Organismo comunitario correspondiente. Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo no obstante justificar posteriormente haber obtenido la clasificación exigida en el Estado correspondiente o plazo de subsanación de defectos u omisiones en la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe documentación a que se refiere la cláusula 15 del presente pliego. 12.2.3.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con el sector público conforme al artículo 44.1 49.1 de la LCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del TRLCSPcumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. 12.2.4.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 12.2.5.- La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias le eximirá de aportar la documentación que se detalla: 12.2.6.- Resguardo acreditativo de la garantía provisional, si la misma se constituyó en metálico. Si se constituye en forma de aval o por contrato de seguro de caución, se presentará el propio aval o el contrato de seguro. Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia, excepto el documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que habrá de aportarse en original. Así mismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano. 12.3.- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: Proposición relativa a los criterios de adjudicación NO evaluables mediante cifras o porcentajes para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación por la TELEVISIÓN PÚBLICA DE CANARIAS S.A. DE LOS SERVICIOS PROPIOS DE AGENCIA DE VIAJES” 12.3.1.- Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con los criterios de adjudicación a que se refiere la cláusula 9.3.1 del presente pliego, conteniendo todos los elementos que la integran, incluidos los aspectos técnicos de la misma: 1.1.- Ampliación del horario de prestación del servicio previsto en el presente pliego: se deberá aportar propuesta de ampliación del horario de prestación del servicio previsto en las prescripciones técnicas. 1.2.- Mejoras a las prescripciones técnicas mínimas establecidas en el pliego de prescripciones técnicas: se deberá aportar propuesta descriptiva de las mejoras ofertadas sobre las prestaciones técnicas mínimas, debiendo detallarse para cada una de las mejoras ofertadas su valoración económica. Si algún licitador no aporta la documentación relativa a los criterios a que se refiere este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los párrafos anteriores, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del mismo. Televisión Pública de Canarias S.A., Registro Mercantil de S/C de Tenerife, Tomo 1.622, Folio 55, Sección General, Hoja nº TF-16862, Inscripción 1ª: CIF A:38491098 Para ser tenida en cuenta, dicha documentación deberá estar suscrita en su totalidad por el licitador, o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran firmada por el licitador, en la que declare, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados. La TVPC,S.A. se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.

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Sources: Contract for Travel Agency Services

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 13.1.- Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, numerados, dos sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el licitador o persona que lo represente. Asimismo números de teléfono y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completade fax, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarEl contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOdeberá tener los requisitos que se señalan a continuación: A. Documento 13.2.- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: Documentación General para la licitación, mediante procedimiento abierto, de la contratación del servicio de “CUIDADO Y MANTENIMIENTO DE ANIMALES DE LABORATORIO DEL CENTRO DE EXPERIMENTACIÓN DE LA FACULTAD DE MEDICINA DEL CAMPUS DE ALBACETE”. Su contenido será el siguiente: 13.2.1.- El documento o documentos que acrediten la capacidad personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosla proposición, en la forma exigida siguiente: 13.2.1.1.- Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de personas físicas. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscrita en el artículo 72 del TRLCSP. A.1Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público oficial que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2fuera preceptivo. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios Las empresas no españoles que sean nacionales españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se acreditará por su inscripción indican en el registro procedente Anexo I del Reglamento General de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4LCAP. Los demás restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Así mismo, deberán aportar informe de la Misión Diplomática Permanente respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de España su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga. 13.2.1.2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar, que será bastanteado por el Servicio Jurídico de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇-La Mancha en el Estado correspondiente mismo acto de calificación de documentos a celebrar por la Mesa de Contratación, así como fotocopia legalizada del Documento Nacional de Identidad o equivalente. 13.2.1.3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la empresaexistencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. 13.2.2.- Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 5.11 del presente Pliego. Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica. 13.2.3.-Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al que acompañaránartículo 49 de la LCSP, ademáscomprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con el informe a que Estado como con la Comunidad Autónoma ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇-La Mancha, y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Cuando se refiere el artículo 44.1 trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del TRLCSPEstado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.

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Sources: Service Contract

Contenido de las proposiciones. La documentación constará 14.1- Las proposiciones constarán de tres dos (32) sobres, numerados, sobres cerrados, lacrados y precintados. En el identificados en su exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto con indicación de la licitación; licitación a la denominación del concurso; que se concurra y el nombre y apellidos o razón social del empresario o de la empresa licitadora; el NIF o CIF, debiendo estar firmado por el números de teléfono y de fax, así como con la firma del licitador o persona que lo le represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completa, número de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constar, en hoja independiente, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida en el artículo 72 del TRLCSP. A.114.2- Sobre número 1: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 1: DOCUMENTACION GENERAL PARA EL CONCURSO DE SUMINISTRO DE DIVERSO MATERIAL INFORMATICO PARA EL ORGANISMO AUTONOMO DE MUSEOS Y CENTROS DEL EXCMO CABILDO INSULAR DE TENERIFE ". La capacidad Su contenido será el siguiente: - Documento Nacional de obrar Identidad, caso de los empresarios que fueren personas jurídicas el licitador sea persona física que actúe por sí misma. - Poder bastanteado por el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, si se acreditará mediante obra en representación de otra persona o entidad. - Escritura de constitución de la escritura Sociedad o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritosmodificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro público que corresponda, según el tipo Mercantil y número de persona jurídica identificación fiscal. - Cuando se trate de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados estados miembros de la Unión Comunidad Europea se acreditará por deberán acreditar su inscripción en el un registro procedente de acuerdo con profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4respectivo. - Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de certificación expedida por la Misión Diplomática Permanente Embajada de España en el Estado correspondiente o correspondiente. - Declaración responsable, en la que el licitador manifieste no estar él ni la entidad a la que representa, incursa en causa de prohibición para contratar con la Administración, conforme a lo dispuesto en el art. 20 del TRLCAP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. - La presentación del certificado de inscripción en el Registro de Contratista de la Oficina Consular Comunidad Autónoma de Canarias, eximirá de aportar la documentación relativa a la personalidad y representación, a la solvencia económica financiera y técnica y declaración responsable, salvo la declaración de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y la Seguridad Social. - En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la compongan deberá acreditar su capacidad y solvencia conforme a lo establecido en cuyo ámbito territorial radique los puntos anteriores. - Para los empresarios extranjeros, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. - Resguardo acreditativo, en su caso, de la garantía provisional, si la misma se constituyó en metálico o títulos valores. Si se constituye en forma de aval o por contrato de seguro de caución, se presentará el domicilio propio aval o el contrato de seguro bastanteados por la Secretaría del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife. - Asimismo se exigirá al propuesto como adjudicatario la presentación del certificado de cumplimiento de requisitos en materia de prevención de riesgos laborales, firmado por el representante legal de la empresa, conforme al modelo que acompañaránse anexa al pliego. 14.3- Sobre número 2: Deberá tener el siguiente título: "SOBRE Nº 2: PROPOSICION ECONOMICA Y DOCUMENTACION TECNICA PARA EL CONCURSO DEL SUMINISTRO DE DIVERSO MATERIAL INFORMATICO PARA EL ORGANISMO AUTONOMO DE MUSEOS Y CENTROS DEL EXCMO CABILDO INSULAR DE TENERIFE ". a) El contenido de la proposición económica será redactado según el modelo que seguidamente se describe, ademássin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. En caso de contradicción del precio señalado en letra o número, prevalecerá el informe señalado en letra. “PROPOSICION ECONOMICA PARA LA CONTRATACION, MEDIANTE CONCURSO, PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SUMINISTRO DE DIVERSO MATERIAL INFORMATICO PARA EL ORGANISMO AUTONOMO DE MUSEOS Y CENTROS. D./Doña..........................................................D.N.I./NIF nº..........................., en nombre propio (o en representación de ) enterado ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones Técnicas que han de regir la contratación del suministro de diverso material informático para el Organismo Autónomo de Museos y Centros, declara expresamente aceptar el contenido íntegro del mismo, comprometiéndose a realizar el indicado suministro por el importe total (gastos e impuestos incluidos) de (en letra).............. (en número ) Euros. - Memoria, en la que queden expresados los términos de la oferta que formule el licitador, conforme a las piezas concretas que suministraría en caso de ser adjudicatario y, que responde a las características señaladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas. - Plazo máximo de garantía, que ofrezca el licitante para todos los productos que suministre. Dicha garantía será como mínimo de tres (3) años in situ, a contar desde la fecha de recepción del suministro, y con respuesta en cuatro horas. - Plazo de entrega del material a suministrar al Organismo Autónomo de Museos y Centros. Dicho plazo será en todo caso respetando como máximo el plazo de ejecución fijado en la cláusula 8.1 del presente pliego. - Mantenimiento: El licitador expresará en su oferta las condiciones en que realizaría el mantenimiento de los equipos que suministre, para la eventualidad de que el Organismo Autónomo de Museos y Centros decidiese suscribir el oportuno contrato de mantenimiento una vez transcurrido el periodo de tres años de garantía. Si fuera así, este contrato se sujetaría a condiciones económicas específicas, distintas de las que rigen el presente contrato de suministros, suscribiéndose en documento aparte. A este efecto la oferta ha de especificar lo siguiente: ▪ La empresa que realizaría el servicio de mantenimiento. ▪ El personal técnico con el que cuenta. ▪ El lugar donde se realizará la reparación. ▪ El coste mensual del mantenimiento de los equipos, incluyendo mano de obra, reparación y reposición de materiales. ▪ Plazo máximo de atención, a partir del aviso de avería. ▪ Además, se adjuntará un ejemplar del contrato tipo o las condiciones generales de dicho servicio de mantenimiento. Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigidos en los párrafos anteriores, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate. Dicha documentación -que deberá estar suscrita en su totalidad por el artículo 44.1 licitador o ir acompañada de una relación de los documentos que la integran, firmada por el licitador- irá acompañada por una declaración en la que el mismo manifestará, bajo su responsabilidad, ser ciertos los datos aportados, reservándose la Administración la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del TRLCSPcontrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven. El empresario que haya licitado en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar proposiciones individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él suscritas.

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Sources: Supply Agreement

Contenido de las proposiciones. La documentación constará proposición respetará el modelo que establezca este Pliego de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados Cláusulas Administrativas Particulares y precintados. En tendrá carácter secreto hasta el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto momento de la licitación; . Toda la denominación documentación deberá presentarse redactada en castellano o lengua cooficial. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial (artículo 23 del concurso; el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIFReal Decreto 1098/2001, debiendo estar firmado de 12 de octubre). Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en tres sobres cerrados, firmados por el licitador o persona y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que lo represente. Asimismo y bajo el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar la dirección completadenominación del sobre y la leyenda « Prevención de Riesgos Laborales y Vigilancia de la Salud en el Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇ ». La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Proposición Económica. — Sobre «C»: Documentación Técnica. Dentro de cada sobre, número se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de teléfonolos mismos: De conformidad con lo establecido en el art. 146.4 del TRLCSP, número los licitadores deberán presentar una declaración responsable, que deberá ajustarse al modelo contenido en el ANEXO I, indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, que sustituirá la documentación administrativa contemplada en las letras a), b), c), d), e), f), g), y h) -en el caso de fax la letra h) siempre y dirección cuando se refiera a que la empresa tiene menos de correo electrónico50 trabajadores, puesto que en caso contrario deberá aportar la documentación oportuna. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”No obstante, el licitador cuya proposición sea considerada y seleccionada como la económicamente más ventajosa para la Administración, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato y en el mismo plazo señalado en la cláusula decimoséptima, la posesión y validez de los documentos exigidos. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior Los documentos a los que sustituye la declaración responsable del ANEXO I son los contemplados en las letras a), b), c), d), e), f), g), y h), siempre y cuando se hará constarrefiera a que la empresa tiene menos de 50 trabajadores, puesto que en hoja independientecaso contrario deberá aportar la documentación oportuna, un índice de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDOson los siguientes: A. Documento o documentos a) Documentos que acrediten la capacidad personalidad jurídica del empresario y su - Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o administrativamente, del Documento Nacional de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjerosIdentidad o, en la forma exigida en su caso, el artículo 72 del TRLCSP. A.1documento que haga sus veces. La capacidad - Cuando se trate de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará jurídicas: mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional - Cuando se trate de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará Europea: por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. A.4. - Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar extranjeros: con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. * Se acompañará copia del C.I.F. de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSPen caso de ser sociedad mercantil.

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Sources: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

Contenido de las proposiciones. La documentación constará de tres (3) sobres, numerados, cerrados, lacrados y precintados1. En el exterior de cada uno de ellos deberá figurar necesariamente inscrito el número del sobre; el título del contrato objeto sobre A titulado "Documentación administrativa" "D./▇▇ _ , con DNI _ , en su propio nombre o como representante legal de la licitación; empresa , DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD: - 1º. El fiel cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la denominación del concurso; Administración, conforme exige el nombre y apellidos o razón social del empresario o empresa licitadora; el NIF o CIFReal Decreto Legislativo 3/2011, debiendo estar firmado de 14 de noviembre, por el licitador o persona que lo represente. Asimismo y bajo se aprueba el epígrafe NOTIFICACIONES se hará constar texto refundido de la dirección completa, número Ley de teléfono, número de fax y dirección de correo electrónico. TÍTULO: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”. DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO En su interior se hará constarContratos del Sector Público, en hoja independientelos términos y condiciones previstos en el mismo. - 2º. No estar incurso (y/o la empresa a la que se representa, un índice sus administradores o representantes) en ninguna de su contenido. Se presentarán documentos originales, copias compulsadas o legalizadas ante notario. CONTENIDO: A. Documento o documentos que acrediten la capacidad de obrar de los licitadores, ya sean nacionales o extranjeros, en la forma exigida las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 72 60 del TRLCSP. A.1Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en los términos y condiciones previstos en el mismo. La capacidad - 3º. Estar al corriente del cumplimiento de obrar las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como no tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Morales del Vino, autorizando a la Administración contratante para que, de resultar propuesto como adjudicatario, acceda a la citada información a través de las bases de datos de otras Administraciones Públicas con las que haya establecido convenios. - Asimismo, se compromete a acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los empresarios documentos exigidos en el apartado 1º del art. 146 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que fueren personas jurídicas se acreditará mediante aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. - Lugar, fecha y firma". Se incluirá la siguiente documentación, en el caso de persona física, fotocopia cotejada del DNI o documento que legalmente le sustituya. En el caso de persona jurídica, escritura de constitución o modificación de la persona jurídica, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible; si no lo fuere, escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los el que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trateOficial. A.2. Para los empresarios españoles individuales será obligatoria a) La que acredite la presentación personalidad del Documento Nacional licitador y la representación del firmante de Identidad o el quela proposición, en su caso, le sustituya reglamentariamente. A.3en la forma exigida en el art. La capacidad 54 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de obrar 14 de los empresarios no españoles noviembre, por el que sean nacionales de Estados miembros se aprueba el texto refundido de la Unión Europea se acreditará Ley de Contratos del Sector Público. El poder que acredite la posibilidad de firmar la proposición que presente deberá estar debidamente bastanteado por su inscripción en el registro procedente Secretario del Ayuntamiento. - b) Resguardo acreditativo de acuerdo con haber constituido la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicacióngarantía provisional. A.4. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañarán, además, el informe a que se refiere el artículo 44.1 del TRLCSP.

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Sources: Contract for Sale of Municipal Land