Common use of CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA Clause in Contracts

CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA. Sin perjuicio de la responsabilidad personal y en garantía del cumplimiento de las obligaciones asumidas por este préstamo, el/los Prestatario/s constituye/n primera hipoteca a favor del NOVOBANCO S.A., SUCURSAL EN ESPAÑA que aquí representado la acepta sobre la finca que se describe en la cláusula décima siguiente de esta escritura, que responde del principal hasta un máximo , _ anualidades de intereses remuneratorios a razón del % anual, tipo que queda sujeto a las repercusiones previstas en la cláusula financiera 3ª bis de esta escritura, a partir del inicialmente pactado acabado de indicar y hasta un máximo del anual, _ anualidad/es de intereses moratorios a razón del _% anual, tipo que queda sujeto a las repercusiones previstas en la cláusula financiera 6ª de esta escritura, a partir del inicialmente pactado acabado de indicar y de la cantidad de como máximo que se pactan para costas y gastos. En todo caso, las costas exigibles al deudor ejecutado no podrán superar el 5% de la cantidad que se reclame en la Demanda ejecutiva. La hipoteca se extiende a cuanto determinan los artículos 109 y 110 de la Ley Hipotecaria y 215 de su Reglamento, y además en virtud de pacto expreso a los frutos y rentas vencidos y no satisfechos al tiempo de exigirse el cumplimiento de la obligación, a los objetos muebles colocados permanentemente en la finca hipotecada, bien para su adorno, comodidad o explotación, o bien para el servicio de alguna industria, y a todas las mejoras, incluso las que consistan en agrupación o agregación no natural de terrenos y nueva construcción de edificios y obras de todas las que existan o en adelante se realicen sobre todo o parte de la finca hipotecada, realizadas por el deudor hipotecante.

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Samples: www.novobanco.es

CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA. Sin OCTAVA: En garantía de todas las obligaciones provenientes de este contrato y, especialmente, para garantizar el reembolso de la suma mutuada, así como el pago de los intereses compensatorios y, en su caso, los moratorios, así como los tributos, si los hubiere, las primas de seguros, comisiones y gastos, incluyendo aquellos que se generen en la eventualidad de una ejecución judicial, así como todas las demás obligaciones directas o indirectas, en moneda nacional o extranjera, que EL PRESTATARIO actualmente tenga o pudiera tener en el futuro en favor de EL BANCO, sus posibles renovaciones y/o prórrogas, incluyendo de ser el caso, la novación de las mismas, sin reserva ni limitación alguna y por el tiempo que subsistan, incluidos capital, intereses compensatorios y moratorios, comisiones, gastos y tributos, y sin perjuicio de su responsabilidad personal, EL PRESTATARIO OTORGA PRIMERA Y PREFERENTE HIPOTECA hasta por la responsabilidad personal y en garantía suma de US$ ( con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de Norte América), sobre LOS BIENES a que se refiere la cláusula primera del cumplimiento de presente contrato. Queda claramente establecido que la hipoteca se hará extensiva a todas las obligaciones asumidas por este préstamo, el/los Prestatario/s constituye/n primera hipoteca a favor del NOVOBANCO S.A., SUCURSAL EN ESPAÑA que aquí representado la acepta sobre la finca que se describe en la cláusula décima siguiente de esta escritura, que responde del principal hasta un máximo , _ anualidades de intereses remuneratorios a razón del % anual, tipo que queda sujeto a las repercusiones previstas en la cláusula financiera 3ª bis de esta escritura, a partir del inicialmente pactado acabado de indicar y hasta un máximo del anual, _ anualidad/es de intereses moratorios a razón del _% anual, tipo que queda sujeto a las repercusiones previstas en la cláusula financiera 6ª de esta escritura, a partir del inicialmente pactado acabado de indicar y de la cantidad de como máximo que se pactan EL PRESTATARIO haya asumido o asuma para costas y gastos. En todo caso, las costas exigibles al deudor ejecutado no podrán superar el 5% de la cantidad que se reclame en la Demanda ejecutivacon EL BANCO. La hipoteca se extiende sujeta a cuanto determinan los artículos 109 lo dispuesto en el Código Civil y 110 demás normas legales y contractuales que le sean aplicables, así como las señaladas en el Título I, Capítulo VI de la Sección Segunda de la Ley Hipotecaria y 215 de su Reglamento, y además en virtud de pacto expreso a los frutos y rentas vencidos y no satisfechos al tiempo de exigirse el cumplimiento de la obligación, a los objetos muebles colocados permanentemente en la finca hipotecada, bien para su adorno, comodidad o explotación, o bien para el servicio de alguna industria, y a todas las mejoras, incluso las que consistan en agrupación o agregación no natural de terrenos y nueva construcción de edificios y obras de todas las que existan o en adelante se realicen sobre todo o parte de la finca hipotecada, realizadas por el deudor hipotecanteGeneral.

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CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA. Sin SÉTIMA: En garantía de todas las obligaciones provenientes de este contrato y, especialmente, para garantizar el reembolso de la suma mutuada, así como el pago de los intereses compensatorios y, en su caso, los moratorios, así como los tributos, si los hubiere, las primas de seguros, comisiones y gastos, incluyendo aquellos que se generen en la eventualidad de una ejecución judicial, así como todas las demás obligaciones directas o indirectas, en moneda nacional o extranjera, que EL PRESTATARIO actualmente tenga o pudiera tener en el futuro en favor de LA CAJA, sus posibles renovaciones y/o prórrogas, incluyendo de ser el caso, la novación de las mismas, sin reserva ni limitación alguna y por el tiempo que subsistan, incluidos capital, intereses compensatorios y moratorios, comisiones, gastos y tributos, y sin perjuicio de su responsabilidad personal, EL PRESTATARIO OTORGA PRIMERA Y PREFERENTE HIPOTECA hasta por la responsabilidad personal y suma de US$ ………………………..departamento de Lima, el cual se encuentra debidamente inscrito en garantía del cumplimiento la partida electrónica ……………… los Registros Públicos de Lima, en adelante EL INMUEBLE . Queda claramente establecido que la hipoteca se hará extensiva a todas las obligaciones asumidas por este préstamo, el/los Prestatario/s constituye/n primera hipoteca a favor del NOVOBANCO S.A., SUCURSAL EN ESPAÑA que aquí representado la acepta sobre la finca que se describe en la cláusula décima siguiente de esta escritura, que responde del principal hasta un máximo , _ anualidades de intereses remuneratorios a razón del % anual, tipo que queda sujeto a las repercusiones previstas en la cláusula financiera 3ª bis de esta escritura, a partir del inicialmente pactado acabado de indicar y hasta un máximo del anual, _ anualidad/es de intereses moratorios a razón del _% anual, tipo que queda sujeto a las repercusiones previstas en la cláusula financiera 6ª de esta escritura, a partir del inicialmente pactado acabado de indicar y de la cantidad de como máximo que se pactan EL PRESTATARIO haya asumido o asuma para costas y gastos. En todo caso, las costas exigibles al deudor ejecutado no podrán superar el 5% de la cantidad que se reclame en la Demanda ejecutivacon LA CAJA. La hipoteca se extiende sujeta a cuanto determinan los artículos 109 lo dispuesto en el Código Civil y 110 demás normas legales y contractuales que le sean aplicables, así como las señaladas en el Título I, Capítulo VI de la Sección Segunda de la Ley Hipotecaria y 215 de su Reglamento, y además en virtud de pacto expreso a los frutos y rentas vencidos y no satisfechos al tiempo de exigirse el cumplimiento de la obligación, a los objetos muebles colocados permanentemente en la finca hipotecada, bien para su adorno, comodidad o explotación, o bien para el servicio de alguna industria, y a todas las mejoras, incluso las que consistan en agrupación o agregación no natural de terrenos y nueva construcción de edificios y obras de todas las que existan o en adelante se realicen sobre todo o parte de la finca hipotecada, realizadas por el deudor hipotecante.General

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Samples: Contrato De Mutuo Y Constitución De Garantía Hipotecaria

CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA. Sin OCTAVA: En garantía de todas las obligaciones provenientes de este contrato y, especialmente, para garantizar el reembolso de la suma mutuada, así como el pago de los intereses compensatorios y, en su caso, los moratorios, así como los tributos, si los hubiere, las primas de seguros, comisiones y gastos, incluyendo aquellos que se generen en la eventualidad de una ejecución judicial, así como todas las demás obligaciones directas o indirectas, en moneda nacional o extranjera, que EL PRESTATARIO actualmente tenga o pudiera tener en el futuro en favor de EL BANCO, sus posibles renovaciones y/o prórrogas, incluyendo de ser el caso, la novación de las mismas, sin reserva ni limitación alguna y por el tiempo que subsistan, incluidos capital, intereses compensatorios y moratorios, comisiones, gastos y tributos, y sin perjuicio de su responsabilidad personal, EL PRESTATARIO OTORGA PRIMERA Y PREFERENTE HIPOTECA hasta por la responsabilidad personal suma de US$ ( con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de Norte América), sobre LOS BIENES a que se refiere la cláusula primera del presente contrato, cuya ubicación, áreas, linderos y medidas perimétricas son las constan en garantía las copias literales de dominio que se adjuntarán a los partes notariales al solicitar la inscripción de los actos objeto del cumplimiento de presente instrumento, y con cuyo contenido las partes expresan desde ya su plena conformidad. Queda claramente establecido que la hipoteca se hará extensiva a todas las obligaciones asumidas que EL PRESTATARIO haya asumido o asuma para con EL BANCO, de conformidad con lo establecido por este préstamo, el/los Prestatario/s constituye/n primera hipoteca a favor del NOVOBANCO S.A., SUCURSAL EN ESPAÑA que aquí representado la acepta sobre la finca que se describe en la cláusula décima siguiente de esta escritura, que responde del principal hasta un máximo , _ anualidades de intereses remuneratorios a razón del % anual, tipo que queda sujeto a las repercusiones previstas en la cláusula financiera 3ª bis de esta escritura, a partir del inicialmente pactado acabado de indicar y hasta un máximo del anual, _ anualidad/es de intereses moratorios a razón del _% anual, tipo que queda sujeto a las repercusiones previstas en la cláusula financiera 6ª de esta escritura, a partir del inicialmente pactado acabado de indicar y el Artículo 172 de la cantidad Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de como máximo que se pactan para costas Seguros y gastos. En todo caso, las costas exigibles al deudor ejecutado no podrán superar el 5% Orgánica de la cantidad que se reclame en la Demanda ejecutivaSuperintendencia de Banca y Seguros- Ley 26702. La hipoteca se extiende sujeta a cuanto determinan los artículos 109 lo dispuesto en el Código Civil y 110 demás normas legales y contractuales que le sean aplicables, así como las señaladas en el Título I, Capítulo VI de la Sección Segunda de la Ley Hipotecaria y 215 de su Reglamento, y además en virtud de pacto expreso a los frutos y rentas vencidos y no satisfechos al tiempo de exigirse el cumplimiento de la obligación, a los objetos muebles colocados permanentemente en la finca hipotecada, bien para su adorno, comodidad o explotación, o bien para el servicio de alguna industria, y a todas las mejoras, incluso las que consistan en agrupación o agregación no natural de terrenos y nueva construcción de edificios y obras de todas las que existan o en adelante se realicen sobre todo o parte de la finca hipotecada, realizadas por el deudor hipotecanteGeneral.

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Samples: assets.ctfassets.net

CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA. Sin OCTAVA: En garantía de todas las obligaciones provenientes de este contrato y, especialmente, para garantizar el reembolso de la suma mutuada, así como el pago de los intereses compensatorios y, en su caso, los moratorios, así como los tributos, si los hubiere, las primas de seguros, comisiones y gastos, incluyendo aquellos que se generen en la eventualidad de una ejecución judicial, así como todas las demás obligaciones directas o indirectas, en moneda nacional o extranjera, que EL PRESTATARIO actualmente tenga o pudiera tener en el futuro en favor de EL BANCO, sus posibles renovaciones y/o prórrogas, incluyendo de ser el caso, la novación de las mismas, sin reserva ni limitación alguna y por el tiempo que subsistan, incluidos capital, intereses compensatorios y moratorios, comisiones, gastos y tributos, y sin perjuicio de su responsabilidad personal, EL PRESTATARIO OTORGA PRIMERA Y PREFERENTE HIPOTECA hasta por la responsabilidad personal suma de US$ ( con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de America), sobre LOS BIENES a que se refiere la cláusula primera del presente contrato, cuya ubicación, áreas, linderos y medidas perimétricas son las constan en garantía las copias literales de dominio que se adjuntarán a los partes notariales al solicitar la inscripción de los actos objeto del cumplimiento de presente instrumento, y con cuyo contenido las partes expresan desde ya su plena conformidad. Queda claramente establecido que la hipoteca se hará extensiva a todas las obligaciones asumidas por este préstamo, el/los Prestatario/s constituye/n primera hipoteca a favor del NOVOBANCO S.A., SUCURSAL EN ESPAÑA que aquí representado la acepta sobre la finca que se describe en la cláusula décima siguiente de esta escritura, que responde del principal hasta un máximo , _ anualidades de intereses remuneratorios a razón del % anual, tipo que queda sujeto a las repercusiones previstas en la cláusula financiera 3ª bis de esta escritura, a partir del inicialmente pactado acabado de indicar y hasta un máximo del anual, _ anualidad/es de intereses moratorios a razón del _% anual, tipo que queda sujeto a las repercusiones previstas en la cláusula financiera 6ª de esta escritura, a partir del inicialmente pactado acabado de indicar y de la cantidad de como máximo que se pactan EL PRESTATARIO xxxx asumido o asuma para costas y gastos. En todo caso, las costas exigibles al deudor ejecutado no podrán superar el 5% de la cantidad que se reclame en la Demanda ejecutivacon EL BANCO. La hipoteca se extiende sujeta a cuanto determinan los artículos 109 lo dispuesto en el Código Civil y 110 demás normas legales y contractuales que le sean aplicables, así como las señaladas en el Título I, Capítulo VI de la Sección Segunda de la Ley Hipotecaria y 215 de su Reglamento, y además en virtud de pacto expreso a los frutos y rentas vencidos y no satisfechos al tiempo de exigirse el cumplimiento de la obligación, a los objetos muebles colocados permanentemente en la finca hipotecada, bien para su adorno, comodidad o explotación, o bien para el servicio de alguna industria, y a todas las mejoras, incluso las que consistan en agrupación o agregación no natural de terrenos y nueva construcción de edificios y obras de todas las que existan o en adelante se realicen sobre todo o parte de la finca hipotecada, realizadas por el deudor hipotecanteGeneral.

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CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA. Sin OCTAVA: En garantía de todas las obligaciones provenientes de este contrato y, especialmente, para garantizar el reembolso de la suma mutuada, así como el pago de los intereses compensatorios y, en su caso, los moratorios, así como los tributos, si los hubiere, las primas de seguros, comisiones y gastos, incluyendo aquellos que se generen en la eventualidad de una ejecución judicial, así como todas las demás obligaciones directas o indirectas, en moneda nacional o extranjera, que EL PRESTATARIO actualmente tenga o pudiera tener en el futuro en favor de EL BANCO, sus posibles renovaciones y/o prórrogas, incluyendo de ser el caso, la novación de las mismas, sin reserva ni limitación alguna y por el tiempo que subsistan, incluidos capital, intereses compensatorios y moratorios, comisiones, gastos y tributos, y sin perjuicio de su responsabilidad personal, EL PRESTATARIO OTORGA PRIMERA Y PREFERENTE HIPOTECA hasta por la responsabilidad personal suma de US$ ( con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de America), sobre LOS BIENES a que se refiere la cláusula primera del presente contrato, cuya ubicación, áreas, linderos y medidas perimétricas son las constan en garantía las copias literales de dominio que se adjuntarán a los partes notariales al solicitar la inscripción de los actos objeto del cumplimiento de presente instrumento, y con cuyo contenido las partes expresan desde ya su plena conformidad. Queda claramente establecido que la hipoteca se hará extensiva a todas las obligaciones asumidas por este préstamo, el/los Prestatario/s constituye/n primera hipoteca a favor del NOVOBANCO S.A., SUCURSAL EN ESPAÑA que aquí representado la acepta sobre la finca que se describe en la cláusula décima siguiente de esta escritura, que responde del principal hasta un máximo , _ anualidades de intereses remuneratorios a razón del % anual, tipo que queda sujeto a las repercusiones previstas en la cláusula financiera 3ª bis de esta escritura, a partir del inicialmente pactado acabado de indicar y hasta un máximo del anual, _ anualidad/es de intereses moratorios a razón del _% anual, tipo que queda sujeto a las repercusiones previstas en la cláusula financiera 6ª de esta escritura, a partir del inicialmente pactado acabado de indicar y de la cantidad de como máximo que se pactan EL PRESTATARIO haya asumido o asuma para costas y gastos. En todo caso, las costas exigibles al deudor ejecutado no podrán superar el 5% de la cantidad que se reclame en la Demanda ejecutivacon EL BANCO. La hipoteca se extiende sujeta a cuanto determinan los artículos 109 lo dispuesto en el Código Civil y 110 demás normas legales y contractuales que le sean aplicables, así como las señaladas en el Título I, Capítulo VI de la Sección Segunda de la Ley Hipotecaria y 215 de su Reglamento, y además en virtud de pacto expreso a los frutos y rentas vencidos y no satisfechos al tiempo de exigirse el cumplimiento de la obligación, a los objetos muebles colocados permanentemente en la finca hipotecada, bien para su adorno, comodidad o explotación, o bien para el servicio de alguna industria, y a todas las mejoras, incluso las que consistan en agrupación o agregación no natural de terrenos y nueva construcción de edificios y obras de todas las que existan o en adelante se realicen sobre todo o parte de la finca hipotecada, realizadas por el deudor hipotecanteGeneral.

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CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA. Sin OCTAVA: En garantía de todas las obligaciones provenientes de este contrato y, especialmente, para garantizar el reembolso de la suma mutuada, así como el pago de los intereses compensatorios y, en su caso, los moratorios, así como los tributos, si los hubiere, las primas de seguros, comisiones y gastos, incluyendo aquellos que se generen en la eventualidad de una ejecución judicial, así como todas las demás obligaciones directas o indirectas, en moneda nacional o extranjera, que EL PRESTATARIO actualmente tenga o pudiera tener en el futuro en favor de EL BANCO, sus posibles renovaciones y/o prórrogas, incluyendo de ser el caso, la novación de las mismas, sin reserva ni limitación alguna y por el tiempo que subsistan, incluidos capital, intereses compensatorios y moratorios, comisiones, gastos y tributos, y sin perjuicio de su responsabilidad personal, EL PRESTATARIO OTORGA PRIMERA Y PREFERENTE HIPOTECA hasta por la responsabilidad personal y en garantía suma de US$ ( con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de Norte América), sobre LOS BIENES a que se refiere la cláusula primera del cumplimiento de presente contrato. Queda claramente establecido que la hipoteca se hará extensiva a todas las obligaciones asumidas por este préstamo, el/los Prestatario/s constituye/n primera hipoteca a favor del NOVOBANCO S.A., SUCURSAL EN ESPAÑA que aquí representado la acepta sobre la finca que se describe en la cláusula décima siguiente de esta escritura, que responde del principal hasta un máximo , _ anualidades de intereses remuneratorios a razón del % anual, tipo que queda sujeto a las repercusiones previstas en la cláusula financiera 3ª bis de esta escritura, a partir del inicialmente pactado acabado de indicar y hasta un máximo del anual, _ anualidad/es de intereses moratorios a razón del _% anual, tipo que queda sujeto a las repercusiones previstas en la cláusula financiera 6ª de esta escritura, a partir del inicialmente pactado acabado de indicar y de la cantidad de como máximo que se pactan EL PRESTATARIO xxxx asumido o asuma para costas y gastos. En todo caso, las costas exigibles al deudor ejecutado no podrán superar el 5% de la cantidad que se reclame en la Demanda ejecutivacon EL BANCO. La hipoteca se extiende sujeta a cuanto determinan los artículos 109 lo dispuesto en el Código Civil y 110 demás normas legales y contractuales que le sean aplicables, así como las señaladas en el Título I, Capítulo VI de la Sección Segunda de la Ley Hipotecaria y 215 de su Reglamento, y además en virtud de pacto expreso a los frutos y rentas vencidos y no satisfechos al tiempo de exigirse el cumplimiento de la obligación, a los objetos muebles colocados permanentemente en la finca hipotecada, bien para su adorno, comodidad o explotación, o bien para el servicio de alguna industria, y a todas las mejoras, incluso las que consistan en agrupación o agregación no natural de terrenos y nueva construcción de edificios y obras de todas las que existan o en adelante se realicen sobre todo o parte de la finca hipotecada, realizadas por el deudor hipotecanteGeneral.

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