Conservación Vial Cláusulas de Ejemplo

Conservación Vial. Es el conjunto de actividades técnicas efectuadas a partir de Ia Toma de Posesión destinadas a preservar en forma continua y sostenida el buen estado de la infraestructura vial, de modo que se garantice un servicio óptimo al usuario, puede ser de naturaleza rutinaria o periódica. Comprende la Conservación Vial Periódica y Conservación Vial Rutinaria.
Conservación Vial. 1.14.27. Conservación Vial Periódica
Conservación Vial. Es el conjunto de actividades efectuadas a partir de la Toma de Posesión que se realizan para mantener en buen estado las condiciones físicas de los diferentes elementos que constituyen la vía y, de esta manera garantizar que el tránsito sea cómodo, seguro, fluido y económico. En la práctica lo que se busca es preservar el capital ya invertido en la construcción de la infraestructura vial, evitar su deterioro físico prematuro y, sobre todo, mantener la vía en condiciones operativas adecuadas a las necesidades y demandas de los usuarios. Se incluye actividades socio- ambientales, y de cuidado y vigilancia de la vía. El CONCESIONARIO, asume toda la responsabilidad de Conservación de la carretera con las condiciones de servicio establecidas mediante índices de Serviciabilidad, durante el plazo establecido. Además se encarga de labores operativas de la vía como son el control de pesos y dimensiones vehiculares, la seguridad vial, la atención a los usuarios y las emergencias viales. Comprende la Conservación Vial Periódica y Conservación Vial Rutinaria.

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  • REQUISITOS HABILITANTES Se considerarán como requisitos habilitantes los señalados en el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011 correspondientes a la capacidad jurídica, capacidad financiera y condiciones de experiencia del proponente, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.5.3., del Decreto 1082 de 2015 y el artículo 5 de la Ley 1882 de 2018 El Ministerio para el presente proceso de selección no acepta propuestas bajo la modalidad de promesa sociedad futura ni de promesa de conformación de consorcios o uniones temporales El Ministerio de Educación Nacional verificará con el Registro Único de Proponentes el cumplimiento de los requisitos habilitantes; además se verificará con los documentos que se solicitan para aquella información que no reposa en el RUP. Esta verificación se hará de acuerdo con los artículos 2.2.1.1.1.5.2. y 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015 y el manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en Procesos de Contratación expedido por Colombia Compra Eficiente. La capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, la capacidad financiera y de organización de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección, así: 1 CAPACIDAD JURÍDICA CUMPLE / NO CUMPLE 2 CAPACIDAD FINANCIERA CUMPLE / NO CUMPLE 3 CAPACIDAD TÉCNICA CUMPLE / NO CUMPLE De conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, solo en aquellos casos en que por las características del objeto a contratar se requiera la verificación de requisitos del Proponente adicionales a los contenidos en el RUP, la Entidad Estatal puede hacer tal verificación en forma directa.

  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

  • REHABILITACION Ocurrido un siniestro, cada indemnización pagada por la Compañía reduce en el mismo monto la cantidad asegurada o el límite de responsabilidad pactado por la Compañía. El monto o límite asegurado podrá ser rehabilitado mediante el pago de la prima extra que se convenga.

  • MANTENIMIENTO PREVENTIVO El licitante presentará adjunto a su propuesta técnica el proyecto del Programa de Mantenimiento Preventivo de los equipos para la prestación del servicio de pruebas de laboratorio clínico. El proveedor proporcionará durante la vigencia del contrato de prestación de servicios, el mantenimiento preventivo con mano de obra, refacciones, lubricantes y demás actividades que en su caso fuesen necesarios para el correcto funcionamiento de los equipos de laboratorio y de equipos de cómputo, así como de la aplicación instalada en los laboratorios incluidos. El proveedor en el momento de la instalación de los equipos, deberá entregar al Jefe de Laboratorio, el Programa de Mantenimiento Preventivo Calendarizado, mismo que deberá contar con el visto bueno del director y del jefe o Responsable del Laboratorio.  El mantenimiento preventivo se debe realizar de acuerdo a un calendario previamente establecido, considerando las recomendaciones del fabricante de los equipos. (Protocolo de mantenimiento preventivo recomendado por el fabricante de equipos).  Al finalizar el mantenimiento preventivo deberá elaborarse un reporte de servicio recabando el visto bueno del jefe o Responsable del laboratorio. Asimismo, deberá proporcionar el informe de calibración, validación (demostrar la trazabilidad a patrones Nacionales e Internacionales) o calificación del equipo o instrumentos de medición. En caso xx xxxxx de los equipos, el proveedor deberá reparar el equipo a más tardar dentro de las 48 horas posteriores a la recepción del folio asignado por el servicio de ingeniería-reporte, mismo que podrá notificarse al prestador del servicio, por cualquier medio electrónico, fax o escrito, siendo obligación del prestador del servicio asignar el folio correspondiente. Si dentro del plazo anteriormente señalado, el proveedor determina la necesidad de sustituir el equipo, lo deberá reponer dentro de los 9 (nueve) días hábiles posteriores a la notificación del reporte de los equipos, por otro equipo de la misma marca y modelo que se encuentre en perfectas condiciones y que proporcione los mismos parámetros. Una vez confirmado con número de reporte, esto vía correo electrónica, con la finalidad de no interrumpir el servicio de laboratorio, el proveedor designado deberá responsabilizarse de realizar los estudios de urgencia y rutina, durante el plazo de mantenimiento y/o reposición del equipo; siendo responsabilidad del proveedor el traslado de las muestras y la entrega de resultados y el costo deberá ser absorbido por el proveedor. El número de pruebas realizadas de esta manera, serán contabilizadas como pruebas efectivas. El tiempo de respuesta para los análisis subrogados extraordinarios, no deberá ser mayor a 24 horas para los estudios de rutina y de 30 min a un máximo de 1hr (dependiendo del análisis) para los estudios de urgencias, contando a partir de la entrega de la muestra por la unidad. La totalidad de los gastos que se generen por este concepto serán a cargo del proveedor, así mismo la recolección, traslado, proceso de muestras y entrega de resultados al laboratorio que solicitó los análisis. Las pruebas que se realicen en forma subrogada se contabilizarán como pruebas realizadas al costo establecido por el proveedor en la oferta económica Los licitantes participantes deberán incluir en su propuesta carta bajo protesta de decir verdad debidamente firmada que proporcionarán Software necesario para la emisión de resultados homogéneos, control de inventarios, control de citas, control de muestras, y el DESARROLLO DE Reporteador / Sistema Web Responsive; así como el hardware necesario, para la captura de información, impresión de resultados, interfasado con equipos de laboratorio suministrados; así como todos los suministros como papel, tóner, lector de código xx xxxxxx, impresora de etiquetas y etiquetas. Este Sistema de Informática deberá proporcionar el control de la productividad, la información de todos los datos que se obtengan en los procesos realizados, así como la obtención en línea de resultados e indicadores unificados. A la base de datos del Sistema Informático requerido por los Servicios de Salud se considera información confidencial por lo que el proveedor se obliga a no hacer uso indebido de la misma, en caso contrario será responsable de los daños y perjuicios ocasionados a los Servicios de Salud, sean de naturaleza civil, penal o administrativa.

  • Reconocimiento médico El personal de la Empresa vendrá obligado a someterse cuando la empresa lo solicite, a la iniciación de la prestación, a examen médico, entregándose una copia al interesado.

  • Habilitación empresarial En el caso de que el licitador deba acreditar su habilitación empresarial de conformidad con lo dispuesto en el apartado 13 del Anexo I al presente pliego, deberá aportar los documentos acreditativos de la misma.

  • Rehabilitación No obstante lo dispuesto en los puntos anteriores, el Asegurado podrá pagar la Prima de este Seguro dentro de los treinta días siguientes al último día del plazo xx xxxxxx señalado anteriormente en los puntos 1 y 2 de la presente Cláusula. En este caso, por el solo hecho del pago mencionado, los efectos de este Xxxxxx se rehabilitarán a partir de la hora y el día señalados en el comprobante de pago y la vigencia original se prorrogará automáticamente por un lapso igual al comprendido entre el último día del mencionado plazo xx xxxxxx y la hora y día en que surta efecto la rehabilitación. Sin embargo, si a más tardar al hacer el pago de que se trata, el Asegurado solicita por escrito que este Xxxxxx conserve su vigencia original, La Compañía ajustará y en su caso devolverá de inmediato, a prorrata, la Prima correspondiente al periodo durante el cual cesaron los efectos del mismo, conforme al Artículo 40 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, cuyos momentos inicial y terminal se indican al final del párrafo precedente. En el entendido que en caso de existir un siniestro entre la fecha de vencimiento del Contrato y el pago de la Prima no será cubierto por La Compañía. En caso de no consignarse la hora en el comprobante de pago, se entenderá rehabilitado el Seguro desde las cero horas de la fecha de pago. Sin perjuicio de sus efectos automáticos, la rehabilitación a que se refiere esta Cláusula deberá hacerla constar La Compañía para fines administrativos, en el recibo que se emita con motivo del pago correspondiente y en cualquier otro documento que se emita con posterioridad a dicho pago.

  • Tramitación y procedimiento a) Tramitación: Ordinaria.

  • Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación a) Tramitación: Ordinaria.

  • Reconocimiento 10.1 El Proveedor de servicios se compromete a otorgar el reconocimiento público, verbal y/o escrito al donante o donantes que aportan recursos a través de OIM, en todas las actividades públicas o privadas derivadas de la ejecución del presente Contrato, bien sea a través de publicaciones, como en los lugares físicos donde se implementará el Proyecto. Así mismo dicho reconocimiento se llevará a cabo en actividades tales como las inauguraciones, visitas de campo y entrevistas que se realicen a través de medios de comunicación.