COMPROMISOS El Colegio Mayor (denominación) contribuirá a los fines propios de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ asumiendo los siguientes compromisos: Ofrecer alojamiento a los miembros de la comunidad universitaria y otras personas residentes por curso completo y en estancias cortas –temporales-, en las condiciones que se establezcan en el reglamento interno y normativa de admisión del Colegio Mayor (denominación). Favorecer, mediante acuerdos con la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, el uso conjunto de instalaciones para actividades puntuales, acomodándose a los Estatutos y normativa del Colegio Mayor (denominación), al calendario y al uso propio de los colegiales. Organizar actividades de naturaleza lúdica, cultural, asistencial, de proyección social, propiciando, en su caso, el reconocimiento de créditos conforme a la normativa reguladora. A tal fin, el Colegio Mayor (denominación) pondrá en conocimiento del Vicerrectorado con competencias estas actividades, para poder obtener su apoyo y difusión en la comunidad universitaria de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. Promover relaciones con sus antiguos colegiales a través de fórmulas asociativas. Promover relaciones con organizaciones sociales y con instituciones académicas, culturales o científicas. Garantizar, en el ámbito de sus competencias, la integración en su comunidad de residentes de las personas con discapacidad y de la igualdad y no discriminación de todos sus miembros. En todo lo referente al cumplimiento del convenio y de las obligaciones derivadas del mismo, la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y el Colegio Mayor (denominación) se someterán al control de la Comisión Mixta de Seguimiento y Coordinación, tal como viene recogido en la Cláusula Séptima de este Convenio. La Dirección del Colegio Mayor (denominación) deberá suministrar a los integrantes de dicha comisión cuanta información al respecto sea solicitada para el cumplimiento de sus cometidos.
COMPROMISOS DE LAS PARTES Los compromisos del Servicio Murciano de Salud se concretan en los siguientes puntos: 1.- Realizar una aportación por importe de 21.481,83 euros, para desarrollar el plan de trabajo del Convenio, y que se hará efectiva a la firma del presente convenio, mediante ingreso en la c/c n.° 0049.6660.70.2416026835 que la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ tiene en el Banco Santander Central Hispano, Sucursal C/ Trapería, n.° 7 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. 2.- Permitir y facilitar el desarrollo del Proyecto en los Servicios de Oftalmología del Hospital General Universitario “▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇” ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ y en el Hospital Comarcal “▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇” de Yecla, en los horarios establecidos de mutuo acuerdo por ambas partes. La aportación de la UMU se concreta en lo siguiente: 1. - Recursos Humanos: a) Dos diplomados o graduados en Óptica y Optometría, adscritos como becarios de colaboración al citado Proyecto a propuesta del Departamento de Oftalmología, Optometría, Otorrinolaringología y Anatomía Patológica. b) Cinco profesores oftalmólogos adscritos al Departamento de Oftalmología, Optometría, Otorrinolaringología y Anatomía Patológica, vinculados al Hospital General Universitario “▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇” y con docencia en el Grado en Óptica y Optometría. c) Una profesora optometrista adscrita al Departamento de Oftalmología, Optometría, Otorrinolaringología y Anatomía Patológica, vinculada al Hospital General Universitario “▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇” y con docencia en el Grado en Óptica y Optometría (en la materia Optometría y Contactología), que actuará como responsable del Proyecto. 2. - Compromisos de formación sanitaria: a) Formar a los dos becarios que colaboren en el Proyecto en todas las tareas que un óptico-optometrista debe desarrollar en una consulta hospitalaria de Oftalmología, para que puedan trabajar de manera autónoma pero siempre bajo la supervisión de un oftalmólogo. Estas tareas de formación se llevarán a cabo en el Hospital General Universitario “▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇”, y serán supervisadas por la responsable del Proyecto. b) Supervisar y coordinar las tareas asistenciales de los optometristas en los Servicios de Oftalmología del Hospital “▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇” ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ y del Hospital “▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇” de Yecla, durante todo el tiempo que dure el Proyecto. c) Facilitar la labor de los becarios adscritos al Proyecto, para que puedan realizar el proyecto de formación y desarrollar con diligencia y responsabilidad todas las tareas que les sean encomendadas, y que se han recogido en la Memoria del Proyecto. d) Fomentar la participación activa de los profesores oftalmólogos adscritos al Departamento de Oftalmología, Optometría, Otorrinolaringología y Anatomía Patológica de la UMU y con vinculación al Hospital General Universitario “▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇”, en la formación de los diplomados participantes en el Proyecto. e) Recoger los datos que se obtengan durante la ejecución del Proyecto relativos a la asistencia visual primaria y la labor desarrollada por los optometristas en las Consultas de Oftalmología. Estudiar y analizar dichos datos y, con los resultados del análisis, elaborar un informe que será entregado al finalizar el proyecto al SMS.
CLÁUSULA COMPROMISORIA Cualquier diferencia, conflicto o incumplimiento que surja entre las partes con ocasión de la suscripción, ejecución, terminación o liquidación del presente contrato, que no haya podido resolverse mediante los mecanismos de solución de controversias extrajudiciales a que se hizo referencia en la cláusula anterior, será sometido a la decisión de un Tribunal de Arbitramento, que se sujetará a las normas vigentes sobre la materia y se regirá especialmente, por las siguientes reglas: a) El Tribunal estará integrado por tres árbitros nombrados así: cada una de las partes nombrará un (1) árbitro, el árbitro restante será nombrado de común acuerdo entre las partes y si esto no es posible se delega su nombramiento al Director del Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades – Sede Bogotá, para que lo designe conforme al reglamento del Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades – Sede Bogotá. b) Los árbitros deberán ser abogados colombianos, inscritos en las listas de árbitros del Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades – Sede Bogotá. c) La organización interna del Tribunal se sujetará a las reglas previstas para el efecto por el Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades – Sede Bogotá, en lo no regulado en la presente cláusula. d) El Tribunal funcionará en la ciudad de Bogotá, en el Centro de Conciliación y Arbitraje Empresarial de la Superintendencia de Sociedades. e) El Tribunal decidirá en derecho y su fallo tendrá efectos de cosa juzgada material de última instancia y, en consecuencia, será final y obligatorio para las partes.
CLAUSULA COMPROMISORIA Las partes acuerdan que la determinación del monto de la indemnización por perjuicios directos y daño emergente que superen el monto pactado en la cláusula duodécima del presente COMPROMISO, originada ene. Incumplimiento del mismo por parte de la PARTE RECEPTORA, así como toda controversia originada en su ejecución e interpretación, podrá someterse a una cualquiera de las formas de solución directa de conflictos dentro de los treinta (30) días siguientes a la comunicación que una de las partes presente a la otra por considerar que existen hechos que permiten la aplicación de la presente cláusula. En caso en que las partes no lleguen a un COMPROMISO dentro del término señalado, podrán someter sus diferencias a un Tribunal de Arbitramento que se regirá por las siguientes reglas: a) El Tribunal se sujetará al reglamento del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá; b) El Tribunal estará integrado por un (1) árbitro designado por la Cámara de Comercio de Bogotá; c) El Tribunal decidirá en derecho; d) En caso en que la controversia sea de carácter técnico, la Cámara de Comercio designará un perito especializado en el tema; e) El término para que el Tribunal se pronuncie de fondo será de tres (3) meses a partir de su constitución; y f) Los costos que se originen en la constitución y funcionamiento del Tribunal serán sufragados por partes iguales por quienes suscriben este COMPROMISO.
COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de (licitadora)……………………………………………, con NIF………………………; en relación con el expediente nº …………………… Que en relación con los medios a adscribir a la ejecución del contrato: