Clase de contrato: Servicio Cláusulas de Ejemplo

Clase de contrato: Servicio. 5. Número de expediente: 26/2.013.
Clase de contrato: Servicio. 5. Número de expediente: 19/2017-SEGEX 2810D

Related to Clase de contrato: Servicio

  • CALIDAD DEL SERVICIO EL PROVEEDOR cumplirá los estándares de calidad emitidos y verificados por los organismos regulatorios y de control de las telecomunicaciones en el Ecuador, no obstante detalla que prestará sus servicios al cliente con los niveles de calidad especificados en el Anexo 1 (Técnico “Acuerdo de Prestación de Servicio Contratado”) que debidamente firmado por las partes forma parte íntegramente de este contrato. Así como declara que el SERVICIO DE INTERNET DEDICADO tendrá: Disponibilidad 99,6% mensual calculada sobre la base de 720 horas al mes. Para el cálculo de no disponibilidad del servicio no se considerará el tiempo durante el cual no se lo haya podido prestar debido a circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor o completamente ajenas al proveedor. Para trabajos en caso de mantenimiento, en la medida de lo posible, deberán ser planificados en períodos de 4 horas después de la media noche, debiéndose notificar previamente el tiempo de no disponibilidad por mantenimiento y siguiendo lo previsto en la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor. El Departamento Técnico del PERMISIONARIO recibirá requerimientos del Cliente, las 24 horas del día, a través de los números telf: 052670-001y cel: 0999394680 o los que se haga conocer en el futuro a los abonados; o mediante e-mail: xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx se lo registrará en el sistema haciendo la apertura de un registro y lo dirigirá al personal indicado. El Departamento Técnico de EL PROVEEDOR realizará el seguimiento de los requerimientos y el cumplimiento de la corrección del problema, en un plazo máximo de 24 horas contadas desde que se notifique el problema. Las características técnicas y de calidad de servicio constan en el Anexo 1 denominado “Acuerdo de prestación de Servicios Contratado” que debidamente firmado por las partes es integrante del presente contrato y cumple con lo exigido en la Resolución 216- 09-CONATEL-2009.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO La duración del servicio será de seis (06) meses, contabilizados a partir del día siguiente de suscrito el contrato, el cual podrá ser prorrogado de acuerdo a la necesidad del servicio y evaluación de desempeño del consultor.

  • CALIDAD DE LOS SERVICIOS De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” queda obligado ante “BANSEFI” a responder de la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, en los términos señalados en el presente contrato y en la legislación aplicable. De conformidad con lo establecido por el artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no se tendrán por recibidos los servicios, si no existe la aceptación de conformidad de los servicios prestados, por parte del personal autorizado de “BANSEFI”.

  • OBJETO DEL SERVICIO El servicio objeto de contratación es la planificación, contratación y gestión de espacios publicitarios y feriales para la difusión de campañas, acciones y contenidos de la marca turística Islas Canarias. La contratación se divide, en función de la adjudicación por lotes, en los siguientes servicios: El servicio objeto de contrato correspondiente al Lote 1 es el servicio de planificación, contratación y gestión de espacios publicitarios para la difusión de campañas, acciones y contenidos b2c en medios off-line y on-line, excepto en redes sociales. Dicho objeto de divide en: Comprende el objeto del contrato la planificación y contratación de espacios publicitarios para la difusión de campañas y acciones en medios off-line y on-line (excepto en redes sociales, buscadores especializados). Para cada campaña y acción y, a partir de la información proporcionada por PROMOTUR, el contratista presentará un plan de medios específico con información detallada de los canales, medios, soportes y/o modelos de contratación incluidos, además de su presupuesto y calendario de ejecución, que deberá ser aceptado expresamente por PROMOTUR, que podrá ordenar la inclusión de cualquier modificación que considere o solicitar al contratista la re- elaboración, parcial o total, del mismo. La planificación podrá incluir, a solicitud de PROMOTUR y/o a iniciativa del contratista, cualquier tipo de medio: televisión, radio, prensa on y off-line, otros soportes on-line, exterior, soportes especiales, derechos de patrocinio, etc., incluyendo la especificación de soportes. En función de los objetivos determinados por PROMOTUR para cada campaña, o acción publicitaria, el contratista propondrá, en cada caso, los modelos de contratación y retribución más eficaces. PROMOTUR podrá solicitar cuantas correcciones entienda pertinentes hasta que los planes de medios se adapten a los requerimientos de PROMOTUR. En el caso de que PROMOTUR asumiese la negociación de manera directa con un soporte o titular de derechos de patrocinio y obtuviese una oferta más ventajosa que la ofertada por la agencia adjudicataria, se aplicará la oferta obtenida por PROMOTUR. PROMOTUR no estará obligado a ejecutar todos los planes de medios elaborados por la agencia adjudicataria, ni siquiera aquellos que esta haya generado a petición de PROMOTUR. Comprende el objeto del contrato la ejecución de los servicios necesarios para la idónea realización de las distintas campañas y acciones programadas, excepto la realización de las piezas, contenidos, creatividades y artes finales que las conformen en cada caso. Para ello, el contratista remitirá información detallada para su elaboración ajustada a los formatos requeridos y atenderá cuántas solicitudes aclaratorias se estimen convenientes. Asimismo, el contratista será responsable del control de calidad técnico, no creativo, de las piezas, contenidos, creatividades y artes finales al fin de garantizar una idónea ejecución de la campaña o acción publicitaria. Será obligación del contratista la revisión y conformación de la parametrización de la url de destino de las piezas que vayan a emplearse en medios digitales cuando ello sea de interés. Excepcionalmente, PROMOTUR podrá solicitar al contratista la realización de las piezas que formen parte de la campaña o acción, especialmente cuando se trate de campañas o acciones propuestas por este. Se incluyen en este servicio todas las prestaciones necesarias para la ejecución integral de cada campaña o acción en concreto, incluyendo todas las prestaciones accesorias que se deriven de misma. Comprende el objeto del contrato la realización de proyectos específicos de marketing y comunicación que, no hallándose comprendidos en los servicios anteriores, resulten de interés para PROMOTUR, incluidos todos los servicios accesorios y necesarios y cualquier servicio de agencia anexo. Comprende el objeto del contrato el asesoramiento experto para la mejora de la estrategia de planificación de medios b2c de PROMOTUR. También incluye la coordinación de todos los servicios comprendidos en el objeto del contrato, conforme a la cláusula 15 y todos aquellos servicios accesorios y necesarios y cualquier servicio de agencia anexo. El contratista estará obligado a aportar un asesoramiento experto y continuado, en su ámbito de actividad, a los responsables de PROMOTUR orientado a la optimización de la promoción turística de las Islas Canarias. El servicio objeto de contrato correspondiente al Lote 2 es el Servicio de planificación, contratación y gestión de espacios publicitarios para la difusión de campañas, acciones y contenidos en redes sociales y medios especiales on line como on-line travel agencies, buscadores especializados o análogos. Dicho objeto de divide en: Comprende el objeto de contrato la planificación, contratación y gestión de espacios publicitarios para la difusión de campañas, acciones y contenidos en redes sociales y medios especiales on line como on-line travel agencies, buscadores especializados o análogos. Para cada campaña y acción y a partir de la información proporcionada por PROMOTUR, el contratista presentará un plan específico con información detallada de los soportes y/o modelos de contratación incluidos, además de su presupuesto y calendario de ejecución, que deberá ser aceptado expresamente por PROMOTUR, quién podrá ordenar la inclusión de cualquier modificación que considere o solicitar al contratista la re-elaboración, parcial o total, del mismo. La planificación podrá incluir, a solicitud de PROMOTUR y/o a iniciativa del contratista, cualquier tipo de red social, buscador u online travel agency. En función de los objetivos determinados por PROMOTUR para cada campaña o acción publicitaria, el contratista propondrá, en cada caso, los modelos de planificación, contratación y retribución más eficaces. PROMOTUR podrá solicitar cuantas correcciones entienda pertinentes hasta que los planes se adapten a los requerimientos de PROMOTUR. En el caso de que PROMOTUR asumiese la negociación de manera directa con una red social, buscador u online travel agency y obtuviese una oferta más ventajosa que la ofertada por la agencia adjudicataria, se aplicará la oferta obtenida por PROMOTUR. PROMOTUR no estará obligado a ejecutar todos los planes elaborados por la agencia adjudicataria, ni siquiera en aquellos que este haya generado a petición de PROMOTUR. Comprende el objeto de contrato la ejecución de los servicios necesarios para la idónea realización de las distintas campañas y acciones programadas, excepto la realización de las piezas, contenidos, creatividades y artes finales que conformen la campaña, promoción o acción publicitaria en cada caso. El contratista remitirá información detallada para su elaboración ajustada a los formatos requeridos y atenderá cuántas solicitudes aclaratorias se estimen convenientes. Asimismo, el contratista será responsable del control de calidad técnico, no creativo, de las piezas, contenidos, creatividades y artes finales al fin de garantizar una idónea ejecución de la campaña o acción publicitaria. Será obligación del contratista la revisión y conformación de la parametrización de la url de destino de las piezas que vayan a emplearse en medios digitales cuando ello sea de interés. Excepcionalmente, PROMOTUR podrá solicitar al contratista la realización de las piezas que formen parte de la campaña o acción, especialmente cuando se trate de campañas o acciones propuestas por este. Se incluyen en este servicio todas las prestaciones necesarias para la ejecución integral de cada campaña o acción en concreto, incluyendo todas las prestaciones accesorias que se deriven de misma. Comprende el objeto del contrato la realización de proyectos específicos de marketing y comunicación que, no hallándose comprendidos en los servicios anteriores, resulten de interés para PROMOTUR, incluidos todos los servicios accesorios y necesarios y cualquier servicio de agencia anexo. Comprende el objeto del contrato el asesoramiento experto para la mejora de la estrategia de social media paid de PROMOTUR. También incluye la coordinación de todos los servicios comprendidos en el objeto del contrato, conforme a la cláusula 15 y todos aquellos servicios accesorios y necesarios y cualquier servicio de agencia anexo. El contratista estará obligado a aportar un asesoramiento experto y continuado, en su ámbito de actividad, a los responsables de PROMOTUR orientado a la optimización de la promoción turística de las Islas Canarias.

  • Contrato de obra o servicio determinado Es aquel que se celebra entre la empresa y trabajador a fin de atender las necesidades de cobertura de un servicio de limpieza concertado por la empresa con terceros. Su duración vendrá determinada por la vigencia del contrato de arrendamiento de servicios que constituye su objeto, renovándose automáticamente, a través de la subrogación prevista en el presente convenio, respecto a cuantas empresas se sucedan en el servicio de limpieza contratado. Su duración máxima será de cuatro años. Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de fijos de la empresa, según la modalidad contractual prevista en el artículo 20.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b).

  • Continuidad del SERVICIO Sin perjuicio de las condiciones que en su caso establezca EL PROVEEDOR, MOVISTAR será responsable de la prestación del servicio soporte, atención al cliente y de la gestión de incidencias.

  • CONFORMIDAD DEL SERVICIO La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD]. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan.

  • CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable.