ASISTENCIA VIAL QUÁLITAS Cláusulas de Ejemplo

ASISTENCIA VIAL QUÁLITAS. La Compañía conviene con el Asegurado mediante la contratación de la cobertura, en prestar los Servicios de Asistencia en Viaje al Conductor y al Vehículo Asegurado amparado bajo la póliza, con motivo de un Accidente Automovilístico, Vial o de Tránsito o avería y de acuerdo a lo establecido en cada uno de los beneficios otorgados.
ASISTENCIA VIAL QUÁLITAS. En caso de que el Asegurado/Beneficiario no reciba el servicio por parte del prestador sugerido por la Compañía derivado de alguna de las causas indicadas en el numeral 8.3.2 de la cobertura 8. Asistencia Vial Quálitas, la Compañía rembolsará al Beneficiario, previa presentación de comprobantes respectivos, el equivalente en pesos a 10 Unidades de Medida y Actualización vigentes al momento de ocurrir el siniestro, por evento. En caso de que el traslado del Vehículo Asegurado se efectúe con un prestador de servicio distinto al sugerido por la Compañía y con quien no tenga convenio de pago directo, ésta reembolsará al Asegurado/Beneficiario por dicho traslado con base en el tabulador de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes vigente al momento de que se efectúe el arrastre. Este reembolso se realizará por evento y previa presentación de los comprobantes respectivos que acrediten el gasto efectuado por el Asegurado/Beneficiario.
ASISTENCIA VIAL QUÁLITAS. La Compañía conviene con el Asegurado mediante la contratación de la cobertura en prestar los Servicios de Asistencia en Viaje y Asistencia en Kilómetro “Cero”, al Conductor y al Automóvil/Pick-up de uso personal amparado bajo la póliza, con motivo de un accidente automovilístico o avería, de acuerdo a lo estipulado en cada uno de los beneficios otorgados. Los servicios de Asistencia en Kilómetro Cero serán proporcionados sólo en la República Mexicana, estos servicios operan cuando se encuentre el Beneficiario transitando en el Automóvil/Pick-up uso personal, descrito en la póliza, dentro de un radio de 80 Kilómetros tomando como referencia el centro de la Ciudad de residencia. La cobertura queda sujeta a los siguientes Servicios de Asistencia. En caso de falta de gasolina o diesel, neumático ponchado o acumulador descargado, que impidan la circulación autónoma del Automóvil/Pick-up de uso personal, la Compañía pagará el servicio, sugiriendo el prestador del servicio más adecuado con el que tenga acuerdo de pago directo, considerando el tipo de eventualidad presentada. Estos Servicios serán cubiertos por la Compañía sin límite de eventos durante el año, con excepción del beneficio de suministro de gasolina o diesel que se limita a dos eventos por año. Para solucionar tales eventualidades, la Compañía considerará hasta el límite máximo de $200.00 pesos, por evento y Automóvil/Pick-up uso personal, de tal forma que el Automóvil/Pick-up uso personal pueda movilizarse por sus propios medios. La Compañía cubrirá el costo de 5 litros de gasolina o diesel como máximo, el excedente de dicha cantidad será pagado por el Beneficiario directamente a quien preste el servicio, de acuerdo a las tarifas vigentes de éste, en el momento en que el prestador del servicio así se lo solicite al Beneficiario. Asimismo, en caso de tratarse de neumático ponchado, queda cubierto el cambio del mismo. En caso de que el neumático requiera de algún tipo de reparación, el costo de esta será cubierto por el Beneficiario, otorgando el servicio xx xxxx en caso de que el vehículo no pueda circular por sus propios medios, de acuerdo a lo establecido en el numeral 2. Envío y Pago xx Xxxx de esta cobertura. Para el caso de Acumulador descargado, se cubre el paso de corriente. En caso de que las características del vehículo no permitan que el acumulador sea cargado, se realizará el traslado del vehículo de acuerdo a lo establecido en el numeral 2. Envío y Pago xx Xxxx de esta cobertura. En todo...