Common use of ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO Clause in Contracts

ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO. La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran 10 días hábiles contados desde el día siguiente al que se publique la adjudicación provisional en el perfil de contratante. Durante este plazo el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como constituir la garantía definitiva. Igualmente en este plazo, deberá presentar el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo y el proyecto de construcción de las mejoras aceptadas por el Ayuntamiento, así como cualquier aclaración o información complementaria referente al programa de trabajo presentado con la proposición. Asimismo en el referido plazo, el adjudicatario provisional del contrato deberá aportar oferta de empleo presentada ante la Oficina de empleo de la Comunidad Autónoma, donde quede reflejado el número de puestos a contratar, categoría profesional, periodo de contratación (duración) y, además, en la que deberá figurar como requisito, que los trabajadores se encuentren en situación legal de desempleo (artículo 208 Rdleg 1/1994, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social) con fecha anterior al 2 de diciembre de 2008, fecha de publicación de RDL 9/2008, de 28 de noviembre. Expirado el plazo de 10 días hábiles y dentro de los 5 días hábiles siguientes se elevará la adjudicación provisional a definitiva, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalados en los párrafos anteriores y constituido la garantía definitiva. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al adjudicatario provisional del mismo por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria de licitación, el órgano de contratación podrá efectuar nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquel, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de 10 días hábiles para cumplimentar lo señalado en el segundo párrafo de esta cláusula. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los licitadores. Si estos lo solicitan se les facilitará información en el plazo máximo de quince días a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos de rechazo de su oferta y de las características de la oferta del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor. La adjudicación definitiva se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación y en el Boletín Oficial de la Provincia.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir Mediante Procedimiento Abierto La Contratación De Las Obras Del Proyecto De Instalaciones Deportivas Municipales en La Unidad De Ejecución, Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir Mediante Procedimiento Abierto La Contratación De Las Obras Proyecto Básico Y De Ejecución Guardería Infantil De La Calle José María Mulet Ortiz De Castellón De La Plana, Incluidas en El Fondo Estatal De Inversion Local Creado Por El Real Decreto Ley 9/2008 De 28 De Noviembre, Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir Mediante Procedimiento Abierto La Contratación De Las Obras Del Proyecto De Instalación De Infraestructura Para Reutilización De Aguas Desde Estación Depuradora De Aguas Residuales De Castellón De La Plana Hasta Parque Pinar, Incluidas en El Fondo Estatal De Inversion Local Creado Por El Real Decreto Ley 9/2008 De 28 De Noviembre

ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO. La elevación a definitiva El contrato se entenderá definitivamente adjudicado el 16º día hábil siguiente al de la adjudicación provisional no podrá producirse antes publicación de que transcurran 10 días hábiles contados desde el día siguiente al que se publique la adjudicación provisional en el perfil Perfil de contratanteContratante. Durante este plazo el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa La Alcaldía Presidencia dictará un Decreto poniendo de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Socialmanifiesto dicha circunstancia, así como constituir la garantía definitivaresolución que será notificada a todos los licitadores. Igualmente en este plazo, deberá presentar el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo y el proyecto de construcción de las mejoras aceptadas por el Ayuntamiento, así como cualquier aclaración o información complementaria referente al programa de trabajo presentado con la proposición. Asimismo en el referido plazo, Si el adjudicatario provisional del contrato deberá aportar oferta no cumple las obligaciones inherentes a la adquisición de empleo presentada ante la Oficina este derecho con carácter definitivo, se publicará dicha circunstancia en el Perfil de empleo de la Comunidad Autónoma, donde quede reflejado el número de puestos a contratar, categoría profesional, periodo de contratación (duración) y, además, en la que deberá figurar como requisito, que los trabajadores se encuentren en situación legal de desempleo (artículo 208 Rdleg 1/1994, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social) con fecha anterior al 2 de diciembre de 2008, fecha de publicación de RDL 9/2008, de 28 de noviembreContratante. Expirado el plazo de 10 días hábiles y dentro de los 5 días hábiles siguientes se elevará la adjudicación provisional a definitiva, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalados en los párrafos anteriores y constituido la garantía definitiva. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al adjudicatario provisional del mismo por no cumplir éste las condiciones necesarias para elloEn este supuesto, antes de proceder a una nueva convocatoria de licitaciónconvocatoria, el órgano de contratación la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquel, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste ésta un plazo de 10 días hábiles para cumplimentar lo señalado en el segundo párrafo de esta cláusula. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los licitadores. Si estos lo solicitan se les facilitará información en el plazo máximo de quince días a partir de presentar la recepción de la petición en tal sentidodocumentación anteriormente relacionada, de los motivos forma previa a la realización de rechazo de su oferta y de las características de una nueva adjudicación provisional. El mismo procedimiento podrá seguir la oferta del adjudicatario que fueron determinantes Administración cuando la finalidad de la adjudicación a su favorsea la de continuar la ejecución de un contrato ya iniciado y que ha sido declarado resuelto. La El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación definitiva se publicará realizada por el Órgano de Contratación. Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato, los/las licitadores/as tendrán derecho a la devolución de todos los documentos originales contenidos en el perfil sobre “A” (Capacidad para contratar), una vez transcurrido el plazo para la interposición de contratante del órgano recursos sin que se hayan interpuesto. En ningún caso esta Administración devolverá el contenido de contratación los sobres “B” (Proposición Económica) y en el Boletín Oficial de la Provincia“C” (Especificaciones Técnicas).

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Samples: www.santurtzi.net, www.santurtzi.net

ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO. La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran 10 días hábiles contados desde el día siguiente al que se publique la adjudicación provisional en el perfil de contratante. Durante este plazo el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como constituir la garantía definitiva. Igualmente en este plazo, deberá presentar el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo y el proyecto de construcción de las mejoras aceptadas por el Ayuntamiento, así como cualquier aclaración o información complementaria referente al programa de trabajo presentado con la proposición. Asimismo en el referido plazo, el adjudicatario provisional del contrato deberá aportar oferta de empleo presentada ante la Oficina de empleo de la Comunidad Autónoma, donde quede reflejado el número de puestos a contratar, categoría profesional, periodo de contratación (duración) y, además, en la que deberá figurar como requisito, que los trabajadores se encuentren en situación legal de desempleo (artículo 208 Rdleg 1/1994, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social) con fecha anterior al 2 de diciembre de 2008, fecha de publicación de RDL 9/2008, de 28 de noviembre. Expirado el plazo de 10 días hábiles y dentro de los 5 10 días hábiles siguientes se elevará la adjudicación provisional a definitiva, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalados en los párrafos anteriores y constituido la garantía definitiva. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al adjudicatario provisional del mismo por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria de licitación, el órgano de contratación podrá efectuar nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquel, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de 10 días hábiles para cumplimentar lo señalado en el segundo párrafo de esta cláusula. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los licitadores. Si estos lo solicitan se les facilitará información en el plazo máximo de quince días a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos de rechazo de su oferta y de las características de la oferta del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor. La adjudicación definitiva se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación y en el Boletín Oficial de la Provincia.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir Mediante Procedimiento Abierto La Contratación De Las Obras Del Proyecto De Ejecución De La Remodelación Urbana Y Ampliación De La Carretera De Alcora, Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir Mediante Procedimiento Abierto La Contratación De Las Obras Del Proyecto De Trinquet en Complejo Deportivo Sindical De Castellón De La Plana, Incluidas en El Plan Especial De Apoyo a La Inversión Productiva en Municipios De La Comunitat Valenciana

ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO. La elevación a definitiva El contrato se entenderá definitivamente adjudicado el 16º día hábil siguiente al de la adjudicación provisional no podrá producirse antes publicación de que transcurran 10 días hábiles contados desde el día siguiente al que se publique la adjudicación provisional en el perfil Perfil de contratanteContratante. Durante este plazo el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa La Alcaldía Presidencia dictará un Decreto poniendo de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Socialmanifiesto dicha circunstancia, así como constituir la garantía definitivaresolución que será notificada a todos los licitadores. Igualmente en este plazo, deberá presentar el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo y el proyecto de construcción de las mejoras aceptadas por el Ayuntamiento, así como cualquier aclaración o información complementaria referente al programa de trabajo presentado con la proposición. Asimismo en el referido plazo, Si el adjudicatario provisional del contrato deberá aportar oferta no cumple las obligaciones inherentes a la adquisición de empleo presentada ante la Oficina este derecho con carácter definitivo, se publicará dicha circunstancia en el Perfil de empleo de la Comunidad Autónoma, donde quede reflejado el número de puestos a contratar, categoría profesional, periodo de contratación (duración) y, además, en la que deberá figurar como requisito, que los trabajadores se encuentren en situación legal de desempleo (artículo 208 Rdleg 1/1994, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social) con fecha anterior al 2 de diciembre de 2008, fecha de publicación de RDL 9/2008, de 28 de noviembreContratante. Expirado el plazo de 10 días hábiles y dentro de los 5 días hábiles siguientes se elevará la adjudicación provisional a definitiva, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalados en los párrafos anteriores y constituido la garantía definitiva. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al adjudicatario provisional del mismo por no cumplir éste las condiciones necesarias para elloEn este supuesto, antes de proceder a una nueva convocatoria de licitaciónconvocatoria, el órgano de contratación la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquel, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste ésta un plazo de 10 días hábiles para cumplimentar lo señalado en el segundo párrafo de esta cláusula. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los licitadores. Si estos lo solicitan se les facilitará información en el plazo máximo de quince días a partir de presentar la recepción de la petición en tal sentidodocumentación anteriormente relacionada, de los motivos forma previa a la realización de rechazo de su oferta y de las características de una nueva adjudicación provisional. El mismo procedimiento podrá seguir la oferta del adjudicatario que fueron determinantes Administración cuando la finalidad de la adjudicación a su favorsea la de continuar la ejecución de un contrato ya iniciado y que ha sido declarado resuelto. La Si se interpone por persona física o jurídica legitimada para ello el recurso especial en materia de contratación al que se refiere el apartado 15 de este Pliego, no se adjudicará definitivamente el contrato hasta la resolución de dicho recurso. El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación definitiva se publicará realizada por el Órgano de Contratación. Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato, los/las licitadores/as tendrán derecho a la devolución de todos los documentos originales contenidos en el perfil sobre “A” (Capacidad para contratar), una vez transcurrido el plazo para la interposición de contratante del órgano recursos sin que se hayan interpuesto. En ningún caso esta Administración devolverá el contenido de contratación los sobres “B” (Proposición Económica) y en el Boletín Oficial de la Provincia“C” (Especificaciones Técnicas).

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Samples: Pliego De Condiciones Tecnicas Para La Contratacion Del Servicio De Mantenimiento, Conservacion Y Reparacion Del Pavimento De Aceras, Plazas, www.santurtzi.net

ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO. La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran 10 15 días hábiles contados desde el día siguiente al que se publique la adjudicación provisional en el perfil Perfil de contratanteContratante. Durante este plazo el adjudicatario provisional, siempre que no la haya presentado en la licitación, deberá presentar la documentación justificativa de presentar: - Certificado en el que conste hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (Ministerio de Hacienda y Generalitat Valenciana) - Certificado en el que conste hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad SocialSocial - Certificado de la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Peñíscola, así como constituir acreditativo de que la garantía definitiva. Igualmente en este plazo, deberá presentar el Plan empresa no tiene deudas de Seguridad y Salud naturaleza tributaria con esta Administración - Documento acreditativo de alta en el trabajo y el proyecto de construcción de las mejoras aceptadas por el Ayuntamiento, así como cualquier aclaración o información complementaria referente al programa de trabajo presentado con la proposición. Asimismo Impuesto sobre Actividades Económicas en el referido plazoepígrafe correspondiente al objeto del contrato, el adjudicatario o del último recibo pagado, completado con una declaración responsable de no encontrarse dado de baja en la matrícula del impuesto mencionado. En caso de resultar adjudicataria provisional del contrato deberá aportar oferta una unión de empleo presentada ante la Oficina de empleo de la Comunidad Autónoma, donde quede reflejado el número de puestos a contratar, categoría profesional, periodo de contratación (duración) y, ademásempresarios, en el plazo de 15 días hábiles indicado deberá formalizar la que deberá figurar como requisito, que los trabajadores se encuentren constitución en situación legal de desempleo (artículo 208 Rdleg 1/1994, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social) con fecha anterior al 2 de diciembre de 2008, fecha de publicación de RDL 9/2008, de 28 de noviembreescritura pública. Expirado el plazo de 10 15 días hábiles y dentro de los 5 10 días hábiles siguientes se elevará la adjudicación provisional a definitiva, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalados señalada en los párrafos anteriores y constituido la garantía definitiva. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al licitador que hubiese resultado adjudicatario provisional del mismo por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria de licitación, el órgano de contratación podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquelaquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de 10 días hábiles para cumplimentar lo señalado aportar la documentación señalada en el segundo párrafo de esta cláusulaCláusula. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los licitadores. Si estos éstos lo solicitan se les facilitará información en el plazo máximo de quince 15 días a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos de rechazo de su oferta proposición y de las características de la oferta proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor. La adjudicación definitiva del contrato se publicará en el perfil Perfil de contratante Contratante del órgano de contratación y en el Boletín Oficial de la ProvinciaBOP.

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Samples: Contrato De Suministro De Señales Indicativas De Los Nombres Y Números De

ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO. La elevación a definitiva El contrato se entenderá definitivamente adjudicado el 16º día hábil siguiente al de la adjudicación provisional no podrá producirse antes publicación de que transcurran 10 días hábiles contados desde el día siguiente al que se publique la adjudicación provisional en el perfil Perfil de contratanteContratante. Durante este plazo el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa La Alcaldía Presidencia dictará un Decreto poniendo de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Socialmanifiesto dicha circunstancia, así como constituir la garantía definitivaresolución que será notificada a todos los licitadores. Igualmente en este plazo, deberá presentar el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo y el proyecto de construcción de las mejoras aceptadas por el Ayuntamiento, así como cualquier aclaración o información complementaria referente al programa de trabajo presentado con la proposición. Asimismo en el referido plazo, Si el adjudicatario provisional del contrato deberá aportar oferta no cumple las obligaciones inherentes a la adquisición de empleo presentada ante la Oficina este derecho con carácter definitivo, se publicará dicha circunstancia en el Perfil de empleo de la Comunidad Autónoma, donde quede reflejado el número de puestos a contratar, categoría profesional, periodo de contratación (duración) y, además, en la que deberá figurar como requisito, que los trabajadores se encuentren en situación legal de desempleo (artículo 208 Rdleg 1/1994, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social) con fecha anterior al 2 de diciembre de 2008, fecha de publicación de RDL 9/2008, de 28 de noviembreContratante. Expirado el plazo de 10 días hábiles y dentro de los 5 días hábiles siguientes se elevará la adjudicación provisional a definitiva, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalados en los párrafos anteriores y constituido la garantía definitiva. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al adjudicatario provisional del mismo por no cumplir éste las condiciones necesarias para elloEn este supuesto, antes de proceder a una nueva convocatoria de licitaciónconvocatoria, el órgano de contratación la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquel, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste ésta un plazo de 10 días hábiles para cumplimentar lo señalado en el segundo párrafo de esta cláusula. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los licitadores. Si estos lo solicitan se les facilitará información en el plazo máximo de quince días a partir de presentar la recepción de la petición en tal sentidodocumentación anteriormente relacionada, de los motivos forma previa a la realización de rechazo de su oferta y de las características de una nueva adjudicación provisional. El mismo procedimiento podrá seguir la oferta del adjudicatario que fueron determinantes Administración cuando la finalidad de la adjudicación a su favorsea la de continuar la ejecución de un contrato ya iniciado y que ha sido declarado resuelto. La El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación definitiva se publicará realizada por el Órgano de Contratación. Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato, los/las licitadores/as tendrán derecho a la devolución de todos los documentos originales contenidos en el perfil sobre “A” (Capacidad para contratar), una vez transcurrido el plazo para la interposición de contratante del órgano recursos sin que se hayan interpuesto. En ningún caso esta Administración devolverá el contenido de contratación los sobres “B” (documentación relativa a criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor) y en el Boletín Oficial “C” (documentación relativa a los criterios evaluables de la Provinciaforma automática).

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Samples: www.santurtzi.net

ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO. La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran 10 días hábiles contados desde el día siguiente al que se publique la adjudicación provisional en el perfil de contratantecontratante de la página web del Patronato Municipal de Turismo (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx). Durante este plazo el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como constituir la garantía definitiva. Igualmente en este plazo, deberá presentar el Plan caso de Seguridad y Salud en el trabajo y el proyecto de construcción de las mejoras aceptadas por el Ayuntamiento, así como cualquier aclaración o información complementaria referente no haber autorizado al programa de trabajo presentado con la proposición. Asimismo en el referido plazo, el adjudicatario provisional del contrato deberá aportar oferta de empleo presentada ante la Oficina de empleo de la Comunidad Autónoma, donde quede reflejado el número de puestos a contratar, categoría profesional, periodo de contratación (duración) y, además, en la que deberá figurar como requisito, que los trabajadores se encuentren en situación legal de desempleo (artículo 208 Rdleg 1/1994, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social) con fecha anterior al 2 de diciembre de 2008, fecha de publicación de RDL 9/2008, de 28 de noviembrePatronato su solicitud. Expirado el plazo de 10 días hábiles y dentro de los 5 cinco días hábiles siguientes se elevará la adjudicación provisional a definitiva, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalados señalada en los párrafos anteriores el párrafo anterior y constituido constituida la garantía definitiva. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al licitador que hubiese resultado adjudicatario provisional del mismo por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria de licitación, el órgano de contratación podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquelaquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de 10 días hábiles para cumplimentar lo señalado en el segundo párrafo de esta cláusula. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los licitadores. Si estos éstos lo solicitan se les facilitará información en el plazo máximo de quince días a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos de rechazo de su oferta proposición y de las características de la oferta proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor. La adjudicación definitiva se publicará en el perfil de contratante del órgano Patronato Municipal de contratación Turismo y en el Boletín Oficial de la Provincia.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regulan La Contratacion, Mediante Procedimiento Abierto Con Varios Criterios De Valoración Con Carácter Urgente

ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO. La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran 10 días hábiles contados desde el día siguiente al que se publique la adjudicación provisional en el perfil de contratante. Durante este plazo el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como constituir la garantía definitiva. Igualmente en este plazo, deberá presentar el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo y el proyecto de construcción de las mejoras aceptadas por el Ayuntamiento, así como cualquier aclaración o información complementaria referente al programa de trabajo presentado con la proposición. Asimismo en el referido plazo, el adjudicatario provisional del contrato deberá aportar oferta de empleo presentada ante la Oficina de empleo de la Comunidad Autónoma, donde quede reflejado el número de puestos a contratar, categoría profesional, periodo de contratación (duración) y, además, en la que deberá figurar como requisito, que los trabajadores se encuentren en situación legal de desempleo (artículo 208 Rdleg 1/1994, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social) con fecha anterior y estuvieren inscritos en los Servicios Públicos de Empleo correspondientes como demandantes de empleo al 2 menos 12 meses antes de diciembre la contratación. Dicha documentación deberá acompañarse de 2008la programación de la incorporación de los trabajadores a la obra que figura como anexo número IV al presente pliego, fecha firmada por el representante legal de publicación de RDL 9/2008la empresa, de 28 de noviembreen el que también se harán constar los trabajadores autónomos que se vayan a subcontratar. Expirado el plazo de 10 días hábiles y dentro de los 5 días hábiles siguientes se elevará la adjudicación provisional a definitiva, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalados en los párrafos anteriores y constituido la garantía definitiva. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al adjudicatario provisional del mismo por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria de licitación, el órgano de contratación podrá efectuar nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquel, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de 10 días hábiles para cumplimentar lo señalado en el segundo párrafo de esta cláusula. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los licitadores. Si estos lo solicitan se les facilitará información en el plazo máximo de quince días a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos de rechazo de su oferta y de las características de la oferta del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor. La adjudicación definitiva se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación y en el Boletín Oficial de la Provinciacontratación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir Mediante Procedimiento Abierto La Contratación De Las Obras Del Proyecto De Construcción De Instalaciones Deportivas Junto Al Planetario De Castellón De La Plana Incluidas en El Fondo Estatal

ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO. La elevación Transcurrido el plazo de quince (15) días hábiles, o diez (10) en los casos de tramitación urgente, desde el siguiente a definitiva la publicación de la adjudicación provisional no podrá producirse antes provisional, y una vez aportada por el adjudicatario la documentación relacionada en la cláusula anterior, el órgano de que transcurran 10 contratación, dentro de los diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente al que se publique siguientes, o cinco (5) en los casos de tramitación urgente, elevará a definitiva la adjudicación provisional en el perfil de contratante. Durante este plazo el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como constituir la garantía definitiva. Igualmente en este plazo, deberá presentar el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo y el proyecto de construcción de las mejoras aceptadas por el Ayuntamiento, así como cualquier aclaración o información complementaria referente al programa de trabajo presentado con la proposición. Asimismo en el referido plazo, el adjudicatario provisional del contrato deberá aportar oferta de empleo presentada ante la Oficina de empleo de la Comunidad Autónoma, donde quede reflejado el número de puestos a contratar, categoría profesional, periodo de contratación (duración) y, además, en la que deberá figurar como requisito, que los trabajadores se encuentren en situación legal de desempleo (artículo 208 Rdleg 1/1994, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social) con fecha anterior al 2 de diciembre de 2008, fecha de publicación de RDL 9/2008, de 28 de noviembre. Expirado el plazo de 10 días hábiles y dentro de los 5 días hábiles siguientes se elevará la adjudicación provisional a definitiva, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalados en los párrafos anteriores y constituido la garantía definitivarealizada. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al licitador que hubiese resultado adjudicatario provisional del mismo por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria de licitaciónconvocatoria, el órgano de contratación EMUCESA podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquelaquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo xx xxxx (10) días hábiles, o cinco (5) en los casos de 10 tramitación urgente, para aportar la documentación relacionada en la cláusula anterior. El adjudicatario del contrato queda obligado a suscribir, dentro del plazo xx xxxx (10) días hábiles para cumplimentar lo señalado hábiles, o cinco (5) en los casos de tramitación urgente, a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva, el correspondiente documento de contrato administrativo. No obstante, el contrato podrá formalizarse en escritura pública a instancia del adjudicatario, con gastos a su cargo, debiendo entregar a EMUCESA, dentro de los quince (15) días siguientes a la formalización de aquélla, la primera copia autorizada y dos copias simples del citado documento. El contratista vendrá obligado a firmar en el segundo párrafo acto de esta cláusula. La adjudicación definitiva formalización del contrato, en prueba de conformidad con los mismos, el Pliego de Cláusulas Administrativas y demás documentos que, conforme a la cláusula 1.1, tienen carácter contractual y otros que en todo caso deberá ser motivada, se notificará conforme a los licitadores. Si estos lo solicitan se les facilitará información en el plazo máximo de quince días a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos de rechazo de su oferta y de las características de la oferta del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor. La adjudicación definitiva se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación y en el Boletín Oficial de la Provincianormativa vigente tuvieran dicho carácter.

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ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO. La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran 10 15 días hábiles contados desde el día siguiente al a aquél en que se publique la adjudicación provisional en el perfil Perfil de contratanteContratante. Durante este plazo el adjudicatario provisional, siempre que no la haya presentado en la licitación, deberá presentar presentar: - Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar. La prueba podrá realizarse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 62 de la documentación justificativa de LCSP, estos son: testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado. - Certificado en el que conste hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y - Certificado en el que conste hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad SocialSocial - Certificado de la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Peñíscola, acreditativo de que la empresa no tiene deudas de naturaleza tributaria con esta Administración - Documento acreditativo de estar dada de alta la empresa en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, así como constituir del último recibo pagado, completado con una declaración responsable de no encontrarse dado de baja en la garantía definitivamatrícula del impuesto mencionado, o justificante de estar exento del mencionado impuesto. Igualmente en este plazoEn caso de resultar adjudicataria provisional una unión de empresarios, deberá presentar el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo y el proyecto plazo de construcción de las mejoras aceptadas por el Ayuntamiento, así como cualquier aclaración o información complementaria referente al programa de trabajo presentado con 15 días hábiles indicado deberá formalizar la proposición. Asimismo constitución en el referido plazo, el adjudicatario provisional del contrato deberá aportar oferta de empleo presentada ante la Oficina de empleo de la Comunidad Autónoma, donde quede reflejado el número de puestos a contratar, categoría profesional, periodo de contratación (duración) y, además, en la que deberá figurar como requisito, que los trabajadores se encuentren en situación legal de desempleo (artículo 208 Rdleg 1/1994, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social) con fecha anterior al 2 de diciembre de 2008, fecha de publicación de RDL 9/2008, de 28 de noviembreescritura pública. Expirado el plazo de 10 15 días hábiles y dentro de los 5 10 días hábiles siguientes se elevará la adjudicación provisional a definitiva, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalados señalada en los párrafos anteriores y constituido la garantía definitiva. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al licitador que hubiese resultado adjudicatario provisional del mismo por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria de licitación, el órgano de contratación podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquelaquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de 10 días hábiles para cumplimentar lo señalado aportar la documentación señalada en el segundo párrafo de esta cláusulaCláusula. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los licitadores. Si estos lo solicitan se les facilitará información en el plazo máximo de quince 15 días a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos de rechazo de su oferta proposición y de las características de la oferta proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor. La adjudicación definitiva del contrato se publicará en el perfil Perfil de contratante Contratante del órgano de contratación y en el Boletín Oficial de la Provinciacontratación.

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ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO. La elevación a definitiva El contrato se entenderá definitivamente adjudicado el 16º día hábil siguiente (11º día si se trata de una tramitación urgente) al de la adjudicación provisional no podrá producirse antes publicación de que transcurran 10 días hábiles contados desde el día siguiente al que se publique la adjudicación provisional en el perfil Perfil de contratanteContratante. Durante este plazo el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa El Presidente del IMD de hallarse al corriente en el cumplimiento Santurtzi dictará una Resolución poniendo de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Socialmanifiesto dicha circunstancia, así como constituir la garantía definitivaresolución que será notificada a todos los licitadores. Igualmente en este plazo, deberá presentar el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo y el proyecto de construcción de las mejoras aceptadas por el Ayuntamiento, así como cualquier aclaración o información complementaria referente al programa de trabajo presentado con la proposición. Asimismo en el referido plazo, Si el adjudicatario provisional del contrato deberá aportar oferta no cumple las obligaciones inherentes a la adquisición de empleo presentada ante la Oficina este derecho con carácter definitivo, se publicará dicha circunstancia en el Perfil de empleo de la Comunidad Autónoma, donde quede reflejado el número de puestos a contratar, categoría profesional, periodo de contratación (duración) y, además, en la que deberá figurar como requisito, que los trabajadores se encuentren en situación legal de desempleo (artículo 208 Rdleg 1/1994, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social) con fecha anterior al 2 de diciembre de 2008, fecha de publicación de RDL 9/2008, de 28 de noviembreContratante. Expirado el plazo de 10 días hábiles y dentro de los 5 días hábiles siguientes se elevará la adjudicación provisional a definitiva, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalados en los párrafos anteriores y constituido la garantía definitiva. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al adjudicatario provisional del mismo por no cumplir éste las condiciones necesarias para elloEn este supuesto, antes de proceder a una nueva convocatoria de licitaciónconvocatoria, el órgano de contratación la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquel, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste ésta un plazo de 10 días hábiles para cumplimentar lo señalado en el segundo párrafo de esta cláusula. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los licitadores. Si estos lo solicitan se les facilitará información en el plazo máximo de quince días a partir de presentar la recepción de la petición en tal sentidodocumentación anteriormente relacionada, de los motivos forma previa a la realización de rechazo de su oferta y de las características de una nueva adjudicación provisional. El mismo procedimiento podrá seguir la oferta del adjudicatario que fueron determinantes Administración cuando la finalidad de la adjudicación a su favorsea la de continuar la ejecución de un contrato ya iniciado y que ha sido declarado resuelto. La El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación definitiva se publicará realizada por el Órgano competente. Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato, los/las licitadores/as tendrán derecho a la devolución de todos los documentos originales contenidos en el perfil sobre “A” (Capacidad para contratar), una vez transcurrido el plazo para la interposición de contratante del órgano recursos sin que se hayan interpuesto. En ningún caso esta Administración devolverá el contenido de contratación los sobres “B” y en el Boletín Oficial de la Provincia“C”.

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ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO. La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran 10 15 días hábiles contados desde el día siguiente al a aquél en que se publique la adjudicación provisional en el perfil Perfil de contratanteContratante. Durante este plazo el adjudicatario provisional, siempre que no la haya presentado en la licitación, deberá presentar la documentación justificativa de presentar: - Certificado en el que conste hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y - Certificado en el que conste hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad SocialSocial - Certificado de la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Peñíscola, así como constituir acreditativo de que la garantía definitiva. Igualmente en este plazo, deberá presentar el Plan empresa no tiene deudas de Seguridad y Salud naturaleza tributaria con esta Administración - Documento acreditativo de alta en el trabajo y el proyecto de construcción de las mejoras aceptadas por el Ayuntamiento, así como cualquier aclaración o información complementaria referente al programa de trabajo presentado con la proposición. Asimismo Impuesto sobre Actividades Económicas en el referido plazoepígrafe correspondiente al objeto del contrato, el adjudicatario o del último recibo pagado, completado con una declaración responsable de no encontrarse dado de baja en la matrícula del impuesto mencionado, o justificante de estar exento del mencionado impuesto. En caso de resultar adjudicataria provisional del contrato deberá aportar oferta una unión de empleo presentada ante la Oficina de empleo de la Comunidad Autónoma, donde quede reflejado el número de puestos a contratar, categoría profesional, periodo de contratación (duración) y, ademásempresarios, en el plazo de 15 días hábiles indicado deberá formalizar la que deberá figurar como requisito, que los trabajadores se encuentren constitución en situación legal de desempleo (artículo 208 Rdleg 1/1994, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social) con fecha anterior al 2 de diciembre de 2008, fecha de publicación de RDL 9/2008, de 28 de noviembreescritura pública. Expirado el plazo de 10 15 días hábiles y dentro de los 5 10 días hábiles siguientes se elevará la adjudicación provisional a definitiva, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalados señalada en los párrafos anteriores y constituido la garantía definitiva, en su caso. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al licitador que hubiese resultado adjudicatario provisional del mismo por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria de licitación, el órgano de contratación podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquelaquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de 10 días hábiles para cumplimentar lo señalado aportar la documentación señalada en el segundo párrafo de esta cláusulaCláusula. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los licitadores. Si estos éstos lo solicitan se les facilitará información en el plazo máximo de quince 15 días a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos de rechazo de su oferta proposición y de las características de la oferta proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor. La adjudicación definitiva del contrato se publicará en el perfil Perfil de contratante Contratante del órgano de contratación y en el Boletín Oficial de la Provinciacontratación.

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ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO. La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran 10 días hábiles contados desde el día siguiente al que se publique la adjudicación provisional en el perfil de contratante. Durante este plazo el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como constituir la garantía definitiva. Igualmente en este plazo, deberá presentar el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo y el proyecto de construcción de las mejoras aceptadas por el Ayuntamiento, así como cualquier aclaración o información complementaria referente al programa de trabajo presentado con la proposición. Asimismo en el referido plazo, el adjudicatario provisional del contrato deberá aportar oferta de empleo presentada ante la Oficina de empleo de la Comunidad Autónoma, donde quede reflejado el número de puestos a contratar, categoría profesional, periodo de contratación (duración) y, además, en la que deberá figurar como requisito, que los trabajadores se encuentren en situación legal de desempleo (artículo 208 Rdleg 1/1994, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social) con fecha anterior al 2 de diciembre de 2008, fecha de publicación de RDL 9/2008, de 28 de noviembre. Expirado En el plazo de 10 días hábiles y dentro (5 en los expedientes declarados de los 5 días hábiles tramitación urgente) siguientes se elevará a aquél en que expire el plazo señalado en el punto 12 de este Pliego, la Alcaldía – Presidencia, dictará un Decreto elevando a definitiva la adjudicación provisional hasta entonces provisional, resolución que será notificada a definitiva, siempre que todos los licitadores. Si el adjudicatario haya presentado provisional no cumple las obligaciones inherentes a la documentación señalados adquisición de este derecho con carácter definitivo, se publicará dicha circunstancia en los párrafos anteriores y constituido la garantía definitivael Perfil de Contratante. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al adjudicatario provisional del mismo por no cumplir éste las condiciones necesarias para elloEn este supuesto, antes de proceder a una nueva convocatoria de licitaciónconvocatoria, el órgano de contratación la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquel, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste ésta un plazo de 10 días hábiles para cumplimentar lo señalado en el segundo párrafo de esta cláusulapresentar la documentación anteriormente relacionada. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los licitadores. Si estos lo solicitan se les facilitará información en el plazo máximo de quince días a partir de El mismo procedimiento podrá seguir la recepción de Administración cuando la petición en tal sentido, de los motivos de rechazo de su oferta y de las características de la oferta del adjudicatario que fueron determinantes finalidad de la adjudicación a su favorsea la de continuar la ejecución de un contrato ya iniciado y que ha sido declarado resuelto. La El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación definitiva se publicará realizada por el Órgano de Contratación. Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato, los/las licitadores/as tendrán derecho a la devolución de todos los documentos originales contenidos en el perfil sobre “A” (Capacidad para contratar), una vez transcurrido el plazo para la interposición de contratante del órgano recursos sin que se hayan interpuesto. En ningún caso esta Administración devolverá el contenido de contratación y en el Boletín Oficial de la Provincialos sobres “B”.

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ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO. La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran 10 días hábiles contados desde el día siguiente al que se publique la adjudicación provisional en el perfil de contratante. Durante este plazo el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como constituir la garantía definitiva. Igualmente en este plazo, deberá presentar el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo y el proyecto de construcción de las mejoras aceptadas por el Ayuntamiento, así como cualquier aclaración o información complementaria referente al programa de trabajo presentado con la proposición. Asimismo en el referido plazo, el adjudicatario provisional del contrato deberá aportar oferta de empleo presentada ante la Oficina de empleo de la Comunidad Autónoma, donde quede reflejado el número de puestos a contratar, categoría profesional, periodo de contratación (duración) y, además, en la que deberá figurar como requisito, que los trabajadores se encuentren en situación legal de desempleo (artículo 208 Rdleg 1/1994, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social) con fecha anterior al 2 de diciembre de 2008, fecha de publicación de RDL 9/2008, de 28 de noviembre. Expirado En el plazo de 10 días hábiles y dentro ( 5 en los expedientes declarados urgentes) siguientes a aquél en que expire el plazo señalado en el punto 12 de los 5 días hábiles siguientes se elevará este Pliego, la Alcaldía– Presidencia, dictará un Decreto elevando a definitiva la adjudicación provisional hasta entonces provisional, resolución que será notificada a definitiva, siempre que todos los licitadores. Si el adjudicatario haya presentado provisional no cumple las obligaciones inherentes a la documentación señalados adquisición de este derecho con carácter definitivo, se publicará dicha circunstancia en los párrafos anteriores y constituido la garantía definitivael Perfil de Contratante. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al adjudicatario provisional del mismo por no cumplir éste las condiciones necesarias para elloEn este supuesto, antes de proceder a una nueva convocatoria de licitaciónconvocatoria, el órgano de contratación la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquel, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste ésta un plazo de 10 días hábiles para cumplimentar lo señalado en el segundo párrafo de esta cláusulapresentar la documentación anteriormente relacionada. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los licitadores. Si estos lo solicitan se les facilitará información en el plazo máximo de quince días a partir de El mismo procedimiento podrá seguir la recepción de Administración cuando la petición en tal sentido, de los motivos de rechazo de su oferta y de las características de la oferta del adjudicatario que fueron determinantes finalidad de la adjudicación a su favorsea la de continuar la ejecución de un contrato ya iniciado y que ha sido declarado resuelto. La El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación definitiva se publicará realizada por el Órgano de Contratación. Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato, los/las licitadores/as tendrán derecho a la devolución de todos los documentos originales contenidos en el perfil sobre “A” (Capacidad para contratar), una vez transcurrido el plazo para la interposición de contratante del órgano recursos sin que se hayan interpuesto. En ningún caso esta Administración devolverá el contenido de contratación y en el Boletín Oficial de la Provincialos sobres “B”.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Servicios Que Tiene Por Objeto La Impartición De La Acción Formativa Denominada Técnico/a Administrativo/a Contable Con Sap, Por Procedimiento Negociado Sin Publicidad No Sujeto a Regulación Armonizada

ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO. La elevación a definitiva El contrato se entenderá definitivamente adjudicado el 16º día hábil siguiente al de la adjudicación provisional no podrá producirse antes publicación de que transcurran 10 días hábiles contados desde el día siguiente al que se publique la adjudicación provisional en el perfil Perfil de contratanteContratante. Durante este plazo el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa La Alcaldía dictará un Decreto poniendo de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Socialmanifiesto dicha circunstancia, así como constituir la garantía definitivaresolución que será notificada a todos los licitadores. Igualmente en este plazo, deberá presentar el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo y el proyecto de construcción de las mejoras aceptadas por el Ayuntamiento, así como cualquier aclaración o información complementaria referente al programa de trabajo presentado con la proposición. Asimismo en el referido plazo, Si el adjudicatario provisional del contrato deberá aportar oferta no cumple las obligaciones inherentes a la adquisición de empleo presentada ante la Oficina este derecho con carácter definitivo, se publicará dicha circunstancia en el Perfil de empleo de la Comunidad Autónoma, donde quede reflejado el número de puestos a contratar, categoría profesional, periodo de contratación (duración) y, además, en la que deberá figurar como requisito, que los trabajadores se encuentren en situación legal de desempleo (artículo 208 Rdleg 1/1994, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social) con fecha anterior al 2 de diciembre de 2008, fecha de publicación de RDL 9/2008, de 28 de noviembreContratante. Expirado el plazo de 10 días hábiles y dentro de los 5 días hábiles siguientes se elevará la adjudicación provisional a definitiva, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalados en los párrafos anteriores y constituido la garantía definitiva. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al adjudicatario provisional del mismo por no cumplir éste las condiciones necesarias para elloEn este supuesto, antes de proceder a una nueva convocatoria de licitaciónconvocatoria, el órgano de contratación la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquel, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste ésta un plazo de 10 días hábiles para cumplimentar lo señalado en el segundo párrafo de esta cláusula. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los licitadores. Si estos lo solicitan se les facilitará información en el plazo máximo de quince días a partir de presentar la recepción de la petición en tal sentidodocumentación anteriormente relacionada, de los motivos forma previa a la realización de rechazo de su oferta y de las características de una nueva adjudicación provisional. El mismo procedimiento podrá seguir la oferta del adjudicatario que fueron determinantes Administración cuando la finalidad de la adjudicación a su favorsea la de continuar la ejecución de un contrato ya iniciado y que ha sido declarado resuelto. La El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación definitiva se publicará realizada por el Órgano de Contratación. Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato, los/las licitadores/as tendrán derecho a la devolución de todos los documentos originales contenidos en el perfil sobre “A” (Capacidad para contratar), una vez transcurrido el plazo para la interposición de contratante del órgano recursos sin que se hayan interpuesto. En ningún caso esta Administración devolverá el contenido de contratación los sobres “B” (Proposición Económica) y en el Boletín Oficial de la Provincia“C” (Especificaciones Técnicas).

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ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO. EI contrato se entenderá definitivamente adjudicado eI 11º día hábiI siguiente aI de Ia pubIicación de Ia adjudicación provisionaI en eI PerfiI de Contratante.(aI ser urgente) La elevación Presidencia dictará una ResoIución poniendo de manifiesto dicha circunstancia, resoIución que será notificada a definitiva todos Ios Iicitadores. Si eI adjudicatario provisionaI no cumpIe Ias obIigaciones inherentes a Ia adquisición de la adjudicación provisional no podrá producirse antes este derecho con carácter definitivo, se pubIicará dicha circunstancia en eI PerfiI de que transcurran 10 días hábiles contados desde el día siguiente al que se publique la adjudicación provisional en el perfil de contratanteContratante. Durante En este plazo el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como constituir la garantía definitiva. Igualmente en este plazo, deberá presentar el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo y el proyecto de construcción de las mejoras aceptadas por el Ayuntamiento, así como cualquier aclaración o información complementaria referente al programa de trabajo presentado con la proposición. Asimismo en el referido plazo, el adjudicatario provisional del contrato deberá aportar oferta de empleo presentada ante la Oficina de empleo de la Comunidad Autónoma, donde quede reflejado el número de puestos a contratar, categoría profesional, periodo de contratación (duración) y, además, en la que deberá figurar como requisito, que los trabajadores se encuentren en situación legal de desempleo (artículo 208 Rdleg 1/1994, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social) con fecha anterior al 2 de diciembre de 2008, fecha de publicación de RDL 9/2008, de 28 de noviembre. Expirado el plazo de 10 días hábiles y dentro de los 5 días hábiles siguientes se elevará la adjudicación provisional a definitiva, siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalados en los párrafos anteriores y constituido la garantía definitiva. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al adjudicatario provisional del mismo por no cumplir éste las condiciones necesarias para ellosupuesto, antes de proceder a una nueva convocatoria de licitaciónconvocatoria, el órgano de contratación Ia Administración podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador provisionaI aI Iicitador o licitadores Iicitadores siguientes a aquelaqueI, por el eI orden en que hayan quedado clasificadas cIasificadas sus ofertas, siempre que ello eIIo fuese posible posibIe y que el eI nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste ésta un plazo pIazo de 10 días hábiles hábiIes para cumplimentar lo señalado presentar Ia documentación anteriormente reIacionada, de forma previa a Ia reaIización de una nueva adjudicación provisionaI. EI mismo procedimiento podrá seguir Ia Administración cuando Ia finaIidad de Ia adjudicación sea Ia de continuar Ia ejecución de un contrato ya iniciado y que ha sido decIarado resueIto. Si se interpone por persona física o jurídica Iegitimada para eIIo eI recurso especiaI en el segundo párrafo materia de esta cláusulacontratación aI que se refiere eI apartado 16 de este PIiego, no se adjudicará definitivamente eI contrato hasta Ia resoIución de dicho recurso. La EI contrato se perfeccionará mediante Ia adjudicación definitiva del reaIizada por eI Órgano de Contratación. Las proposiciones presentadas, tanto Ias decIaradas admitidas como Ias rechazadas sin abrir o Ias desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado eI contrato, Ios/Ias Iicitadores/as tendrán derecho a Ia devoIución de todos Ios documentos originaIes contenidos en eI sobre “A” (Capacidad para contratar), una vez transcurrido eI pIazo para Ia interposición de recursos sin que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los licitadores. Si estos lo solicitan se les facilitará información en el plazo máximo de quince días a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos de rechazo de su oferta y de las características de la oferta del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor. La adjudicación definitiva se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación y en el Boletín Oficial de la Provinciahayan interpuesto.

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