Definición de waha

waha precio en dólares por MMBtu, del gas natural reportado como Waha en Gas Daily (publicado por Platts) bajo el encabezado Southwest (columna Mid). TransCdJ: costo variable del transporte ▇▇ ▇▇▇▇ a Ciudad Juárez establecido en 0.021 dólares por MMBtu en la tarifa de EPNG y que será actualizada de acuerdo a los incrementos en la tarifa correspondiente a la zona de Texas FT-1 usage rate y a la tarifa para el ACA publicado anualmente por la FERC. TC_p7: promedio móvil de los últimos 7 días del tipo de cambio publicado en el Diario Oficial de la Federación. fuel: porcentaje del gas combustible establecido por la Comisión Reguladora de Energía para el SISTRANGAS y la compresora ▇▇▇▇▇▇ ▇ ▇▇▇▇. cvt: costo variable del transporte de Ciudad Juárez a la región de destino del gas natural.  Para el precio de referencia de la región de origen Ciudad Juárez-Noroeste: 𝑃𝑅𝑒𝑓_𝐶𝑑𝐽 = [((𝐴𝑗𝑢𝑠𝐶𝑜𝑚𝑝 · 𝑤𝑎ℎ𝑎) + 𝑇𝑟𝑎𝑛𝑠𝐶𝑑𝐽) · 𝑇𝐶_𝑝7 · (1 + 𝑓𝑢𝑒𝑙)] + 𝑐𝑣𝑡 Donde: AjusComp: ajuste por el gas combustible utilizado en las compresoras para el transporte ▇▇ ▇▇▇▇ a Ciudad Juárez establecido en 1.03639. El gas combustible debe actualizarse conforme a lo publicado por EPNG Modelo de Contrato Legado para el Suministro Básico para Centrales Externas Legadas (Servicios Conexos) Anexo 4. Modelo de Carta de Crédito para la Garantía de Cumplimiento en la sección Fuel Charges (Mainline Fuel y Willcox Lateral Incremental Fuel) y por Sierrita Gas Pipeline en la sección Fuel and L&U Rates(Fuel Percentage).
waha precio en dólares por MMBtu, del gas natural reportado como Waha en Gas Daily (publicado por Platts) bajo el encabezado Southwest (columna Mid). TransCdJ: costo variable del transporte ▇▇ ▇▇▇▇ a Ciudad Juárez establecido en 0.0342 dólares por MMBtu en la tarifa de EPNG (Arizona FT-1 usage rate y Willcox FT-1 lateral line facility charge), Sierrita Gas Pipeline y a la tarifa para el ACA publicado anualmente por la FERC. TC_p7: promedio móvil de los últimos 7 días del tipo de cambio publicado en el Diario Oficial de la Federación. fuel: porcentaje del gas combustible establecido por la Comisión Reguladora de Energía para el Sistema Naco-Hermosillo publicado por la CRE. cvt: costo variable del transporte de Ciudad Juárez a la región de destino del gas natural. Diésel Para el cálculo del diésel se aplicará la siguiente fórmula a todas las centrales PIE: 𝑃𝑅𝑒𝑓_𝐷𝑖𝑠 = (𝐵𝑆𝑢𝑝𝐷𝑂𝐹 – 𝐼𝑉𝐴) ∙ 𝐹𝑎𝑐𝑡𝐿_𝑀𝑀𝐵𝑡𝑢

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  • Huelga Suspensión en el trabajo realizada voluntariamente y de común acuerdo por personas empleadas en un mismo oficio, para obligar al patrono a que acepte determinadas condiciones, normalmente de carácter económico o social. Los participantes en este acto se denominan huelguistas. Sinónimo de Disturbio Obrero.

  • Lesión Para estos efectos se considerará como tal la consecuencia de toda dolencia corporal sufrida como resultado de un Accidente que afecte al organismo del Asegurado, que presente o no síntomas asociados a esa Lesión y requiera tratamiento médico. Para efectos de esta póliza, todas las Lesiones que existan simultáneamente debidas al mismo Accidente serán consideradas como parte del mismo Evento.

  • Carátula significa el documento que contiene las principales características de la operación que el Cliente celebrará al amparo del presente Contrato.

  • Colusión un acuerdo secreto entre dos o más partes realizado con la intención de defraudar o causar daño a una persona o entidad o de obtener un fin ilícito. Si se presenta que se ha cometido un acto de fraude o corrupción vinculado con un proyecto financiado por el FCAS éste podrá: Decidir no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato o de un contrato adjudicado para la adquisición de bienes y/o servicios financiado por el FCAS; suspender en cualquier etapa los desembolsos de la cooperación para el proyecto; cancelar y/o acelerar la devolución de una parte de la donación relacionada inequívocamente con el contrato vinculado; El FCAS establece las siguientes condiciones básicas: El Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención y demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto exigirán tanto a su plantilla como los organismos ejecutores, contratistas y a todas las firmas, entidades o personas por participar o participando en proyecto financiados con los fondos, que no ofrezcan a terceros o acepten de terceros para ellos mismos o para otros, ningún regalo, remuneración, compensación o beneficio de ningún tipo, ya que podría ser interpretado como un acto/práctica de corrupción. El Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención y demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto deberán mantener al FCAS, a través de la OTC de la AECID en Ecuador, informada sobre cualquier incidente o sospecha que pueda surgir en el transcurso de las operaciones con respecto al uso inadecuado de los fondos. El FCAS o la persona que dicha oficina designe se reserva el derecho de efectuar auditorías, incluidas las auditorías documentales e in situ, sobre la utilización de los fondos por parte del Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención y demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto, así como todos los ejecutores, contratistas y subcontratistas que hayan recibido fondos españoles. Además, deberán autorizar explícitamente a las autoridades españolas para realizar controles e inspecciones in situ. Adicionalmente todos los involucrados en el proceso licitatorio, mencionados antes, deberán observar lo dispuesto en la legislación ecuatoriana sobre seguimiento, control y normas de fraude y corrupción en Contratos, para lo cual deberán proporcionar la información necesaria para el adecuado ejercicio de estas actividades y otorgar todas las facilidades para el desarrollo de las mismas. Las sanciones que de eventuales prácticas corruptivas o fraudulentas se deriven, se aplicarán de acuerdo a la legislación ecuatoriana y por las entidades competentes correspondientes. Cualquier evento de esta naturaleza debe ser informado al FCAS, a través de la OTC de la AECID en Ecuador, por el Beneficiario del Proyecto, el Beneficiario de la Subvención o por los demás organismos involucrados en la ejecución del proyecto.

  • Franquicia aquella suma de dinero, expresada en términos fijos o porcentuales, que en el momento de los desembolsos correspondientes a una Reclamación, corresponde al Asegurado, de conformidad con lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales del presente seguro, y cuya cuantía se determina en las Condiciones Particulares del mismo.