Definición de Titulado Grado Medio

Titulado Grado Medio. Es quién posee un título de grado medio, reconocido por el Ministerio de Educación y Ciencia o asimilado por disposición legal y desempeña funciones propias de su profesión o reconocidas por su función en la categoría directa de responsabilidad en la empresa.
Titulado Grado Medio. 6,0747 1,0586 0,2658 0,6847 * 14.518,3800
Titulado Grado Medio. Es aquel que poseyendo un título facultativo de grado medio, ha sido contratado en virtud del mismo, para cumplir las tareas a las que su titularidad le faculta de manera normal y regular Titulado Grado Medio 0.xx año: Es aquel que, estando en posesión de la titulación precisa para serlo, se incorpora a "Diario xx Xxxxxxx" para la realización de prácticas remuneradas.

Examples of Titulado Grado Medio in a sentence

  • Titulados Titulado Grado Superior 1.431,72 € 22.417,89 € Titulado Grado Medio 1.365,45 € 21.423,92 € Grupo II.

  • Ordenanza (Portero) 1.072,83 33,86 16.600,35 9,72 Guarda (Vigilante) 1.072,83 33,86 16.600,35 9,72 Cobrador de facturas 1.097,38 33,86 16.968,60 9,96 Oficial de 1ª de Oficios 42,95 33,86 20.050,15 11,79 Oficial de 2ª de Oficios 42,95 33,86 20.050,15 11,79 Mozo Especializado de Taller 38,91 33,86 18.211,95 10,69 Personal de Limpieza (por hora) 7,21 Oficial de 3ª 38,91 33,86 18.211,95 10,69 Titulado Grado Superior (Ingeniero y Licenciado) 1.513,80 34,71 23.227,65 13,62 Titulado Grado Medio (Ing.

  • Titulados Titulado Grado Superior 1.464,81 € 22.936,02 € Titulado Grado Medio 1.397,01 € 21.919,07 € Grupo II.

  • Jefe de personal Jefe de compres Jefe de división Jefe de ventas Jefe de Admón Jefe División (Grupo 4 Xxxxx 0) Jefe Personal, compras, ventas, administración (Grupo 4 Xxxxx 0) Titulado Grado Medio (grupo 5 nivel 2) Grup 3 Técnicos/adminis trativos Tècnico superior Administrativo superior Administrativo /cajero Recepcionista Secretario/a Auxiliar caja/Adm.

  • Titulado Grado Superior (Ingeniero y Licencia 1.462,26 € 33,52 € 22.436,70 € 13,16 € Titulado Grado Medio (Ing.

  • Técnico Titulado Grado Superior Nivel I Titulado Grado Medio Nivel II Grupo II.

  • XXXXX 0 Jefe de Sección, Titulado Grado Medio, Jefe de Tráfico y Estación Principal, Jefe de Inspección, Contramaestre, Jefe de Taller y Técnico de Sistemas Informáticos, Jefe de Mantenimiento, Delegado de Zona, Jefe xx Xxxx SAE.

  • Titulados Titulado Grado Superior 1.441,74 € 22.574,82 € Titulado Grado Medio 1.375,01 € 21.573,89 € Grupo II.

  • Ordenanza (Portero) 1.062,21 € 33,52 € 16.435,95 € 9,62 € Guarda (Vigilante) 1.062,21 € 33,52 € 16.435,95 € 9,62 € Cobrador de facturas 1.086,51 € 33,52 € 16.800,45 € 9,86 € Oficial de 1ª de Oficios 42,52 € 33,52 € 19.849,40 € 11,67 € Oficial de 2ª de Oficios 42,52 € 33,52 € 19.849,40 € 11,67 € Mozo de Especializado de Taller 38,52 € 33,52 € 18.029,40 € 10,58 € Personal Limpieza (por hora) 7,14 € Titulado Grado Superior (Ingeniero y Licencia 1.476,88 € 33,86 € 22.661,10 € 13,29 € Titulado Grado Medio (Ing.


More Definitions of Titulado Grado Medio

Titulado Grado Medio. 890,18 890,18 2,74 1,38 4,62 3,85 Titulado Grado Laboral 795,37 795,37 2,74 1,38 4,62 3,85 Jefe Administrativo 1.ª 873,66 873,66 2,74 1,38 4,62 3,85 Jueves, 13 de septiembre de 2018 CATEGORÍAS Salario Base Mes Extras,: Verano, Navidad Beneficios Plus Transporte Interurbano J.P.* J.C. * Plus Convenio Lunes a Viernes Plus Convenio Lunes x Xxxxxxx Jefe Administrativo 2.ª 856,27 856,27 2,74 1,38 4,62 3,85 Cajero 834,82 834,82 2,74 1,38 4,62 3,85 Oficial 1.ª Admón. 815,47 815,47 2,74 1,38 4,62 3,85 Oficial 2.ª Admón. 776,61 776,61 2,74 1,38 4,62 3,85 Auxiliar Admón. 755,43 755,43 2,74 1,38 4,62 3,85 Telefonista 755,43 755,43 2,74 1,38 4,62 3,85 Cobrador 755,43 755,43 2,74 1,38 4,62 3,85 Encargado General 854,28 854,28 2,74 1,38 4,62 3,85 Encargado de Zona 815,47 815,47 2,74 1,38 4,62 3,85 Encargado de Sector 795,96 795,96 2,74 1,38 4,62 3,85 Encargado de Edificio 776,61 776,61 2,74 1,38 4,62 3,85
Titulado Grado Medio. 899,08 899,08 2,77 1,39 4,67 3,89
Titulado Grado Medio. Aquel que con título facul- tativo reconocido oficialmente como de grado medio, des- empeña las funciones propias de su titulación.

Related to Titulado Grado Medio

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • Indicador El factor cuantitativo y/o cualitativo o variable que proporciona un medio sencillo y fiable para medir la consecución de los resultados de la acción.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW. 8543.70.15 Amplificadores de bajo ruido, reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de recepción de microondas vía satélite. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1. 8543.70.16 Amplificadores de microondas. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Autoridad Gubernamental significa cualquier gobierno, funcionario, departamento, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal o estatal, con jurisdicción sobre el presente Contrato o cualquier Documento del Financiamiento.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Empresa significa cualquier entidad constituida u organizada conforme a la legislación aplicable, tenga o no fines de lucro y sea de propiedad privada o gubernamental, incluidas cualesquier sociedad, fideicomiso, participación, empresa de propietario único, coinversión (joint venture) u otra asociación;

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Operador Persona física o jurídica, pública o privada, que explota redes de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización para la prestación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público en general.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Anexo Es el conjunto de formatos y documentos que se adjuntan al presente Pliego de Condiciones y que hacen parte integral del mismo.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Anexos son el Anexo Técnico y los demás documentos relacionados en la Cláusula de las Condiciones Particulares titulada “Anexos”, los cuales forman parte integral del Contrato.

  • Certificado MIIGMTCCBBmgAwIBAgIUMDAwMDEwMDAwMDA1MDI3NjY3OTgwDQYJKoZIhvcNAQELBQAwggGEMSAwHgYDVQQDDBdBVVRPUklEQUQgQ0VSVElGSUNBRE9SQTEuMCwGA1UECgwlU0VSVklDSU8gREUgQURNSU5JU1RS

  • Acuerdo Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011).

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.