Definición de Período de Espera

Período de Espera. Corresponde al período mínimo de tiempo que debe transcurrir entre la fecha de ocurrencia del siniestro y el primer pago, es decir, el tiempo que el asegurado deberá estar en estado de desempleo o de incapacidad total temporal, según corresponda, para acceder al primer pago.
Período de Espera. Tiempo ininterrumpido que debe transcurrir a partir de la fecha de Alta del Asegurado en la Póliza de Seguro para que el Asegurado quede cubierto con todos los Beneficios Cubiertos bajo la Póliza de Seguro.
Período de Espera. Tiempo continuo e ininterrumpido que debe transcurrir a partir de la fecha de contratación de esta póliza para cada Asegurado, a fin de que ciertas Enfermedades se encuentren cubiertas por esta póliza.

Examples of Período de Espera in a sentence

  • La Compañía Aseguradora, comprobada la internación, pondrá a disposición del Contratante el importe de las cuotas cubiertas devengadas en el período que comienza el día de inicio del Período de Espera, hasta alcanzar la Cantidad Máxima de Cuotas Cubiertas.

  • A fin de determinar esta incapacidad, se requerirá que haya sido continua durante un Período de Espera de seis meses a partir de la fecha en que se determinó la Invalidez Total y Permanente.

  • La Compañía indemnizará al Asegurado por cualquier Gasto Adicional incurrido durante el Período de Indemnización y después del Período de Espera a causa de una Pérdida cubierta por la presente Póliza, siempre y cuando dichos Gastos Adicionales superen los gastos operativos normales de la Empresa del Grupo y sean necesarios para la restauración del curso normal de las operaciones comerciales de dicha Empresa del Grupo.

  • Para la cobertura de Diagnóstico de Cáncer Terminal o Poliomielitis a que refiere la presente cláusula se establece un Período de Espera de sesenta (60) días calendario.

  • Con relación a todos y cada uno de los Eventos Asegurados, el Asegurador no será responsable ni (a) por la pérdida sufrida en el Período de Espera o (b) por la cantidad de cualquier Deducible monetario, cualquiera que sea siempre más alto.


More Definitions of Período de Espera

Período de Espera. Es el período de tiempo a partir del momento en que el Asegurado entra en una situación de Desempleo Involuntario y durante el cual el Asegurado debe continuar pagando al Tomador las cuotas mensuales de su Tarjeta de Crédito. Durante este período, la Aseguradora no estará obligada a realizar pago alguno al Tomador. Una vez transcurrido el Período de Espera y que se cumplan las condiciones establecidas en esta Póliza, la Compañía procederá a realizar los pagos que correspondan a la Tarjeta de Crédito del Asegurado. gg. Plan Contratado: Alternativa seleccionada por el Tomador para todos los Asegurados, que aparece en las Condiciones Particulares de la Póliza, donde indica claramente la Suma Asegurada en caso de fallecimiento o de Incapacidad total temporal del Asegurado, el valor de cada Pago Mensual, el número de Pagos Mensuales que realizará la Compañía a la Tarjeta de Crédito, y la Prima a pagar.
Período de Espera. Al período durante el cual la Aseguradora no cubre ciertos beneficios de la póliza.
Período de Espera. Es el período de dos (2) meses que inicia a partir del momento en que el Asegurado entra en una situación de Desempleo Involuntario y durante el cual la Aseguradora no está obligada a indemnizar de conformidad por la Cobertura de Desempleo Involuntario. Durante este período el Asegurado deberá continuar pagándole al Tomador las Cuotas Mensuales de Amortización.
Período de Espera. Es el lapso de tiempo que debe transcurrir entre la ocurrencia de un Evento y otro, para tener derecho a la indemnización respectiva, teniendo como limite el número máximo de Eventos indicados en la carátula de la Póliza. El Periodo de Espera aplicable será el establecido en la carátula de la Póliza.
Período de Espera. Es el tiempo durante el cual esta Póliza no ampara al Asegurado para una Cobertura o Servicio determinado.
Período de Espera. Plazo cuya duración se especifica en las condiciones particulares, comienza a partir de que la Aseguradora recibe la notificación de posible siniestro por parte del Asegurado. Mediante esta notificación el Asegurado faculta a la Aseguradora a intervenir. • PLAZO MÁXIMO DE FACTURACIÓN DEL BIEN O SERVICIO: Período máximo de emisión de la factura a partir de la fecha de entrega del bien o servicio. • PLAZO MÁXIMO DE CRÉDITO Y PRÓRROGA AUTOMÁTICA: Plazo máximo que el Asegurado podrá otorgar a cualquier Deudor, en cuyo caso, deberá tomar en consideración que este período incluye el plazo máximo de crédito más un plazo adicional “prórroga automática”, en el cual el Asegurado se encargará de realizar una gestión interna de cobro. Este plazo comienza a partir de la fecha de facturación de los bienes vendidos o de la prestación del servicio realizada. • PLAZO MÁXIMO PARA NOTIFICACIÓN DE POSIBLE SINIESTRO: Período máximo para la comunicación del posible siniestro a la Aseguradora. Este plazo comienza a partir de la fecha de facturación de los bienes vendidos o de la prestación del servicio realizada. En caso de impago del Deudor, el posible siniestro se configura dentro de este período como máximo, por lo que deberá ser notificado a la Aseguradora. Una vez recibida la notificación de posible siniestro por parte de la Aseguradora, inicia el período de espera.
Período de Espera. Tiempo que debe de transcurrir a partir del inicio de vigencia del contrato, para que surta efecto la cobertura.