Definición de Identificador único

Identificador único una combinación de letras, números o signos especificados por el proveedor de servicios de pago al usuario de dichos servicios, que este último debe proporcionar a fin de identificar de forma inequívoca al otro usuario del servicio de pago, a su cuenta de pago en una operación de pago o a ambos. Dicho identificador único para las operaciones de pago dentro del Espacio Económico Europeo será el Código Cuenta CLIENTE (CCC) o el Identification Bank Account Number (IBAN). • “Instrumento de pago”: cualquier mecanismo o mecanismos personalizados, o conjunto de procedimientos acordados por el proveedor de servicios de pago y el usuario del servicio de pago, y utilizado por éste para iniciar una orden de pago. • “Medio de comunicación a distancia”: cualquier medio que, sin la presencia física simultánea del proveedor y del usuario de servicios de pago, pueda emplearse para la celebración de un contrato de servicios de pago. • “Operación de pago”: toda acción iniciada por el CLIENTE, actuando como ordenante o como beneficiario, consistente en situar, transferir o retirar fondos con independencia de cualesquiera obligaciones subyacentes que hayan dado lugar a la misma.
Identificador único. Es la combinación de letras, números o signos, asignados por el BANCO al TITULAR, con el objeto de que éste se identifique de forma inequívoca en una operación de pago. Para las transferencias y adeudos domiciliados la identificación es el IBAN (International Bank Account Number) y BIC (Bank International Code), y para los pagos con tarjeta, el PAN (Personal Account Number) que es el código que figura grabado en el anverso de la tarjeta.
Identificador único una combinación de letras, números o signos especificados por el proveedor de servicios de pago al usuario de dichos servicios, que este último debe proporcionar a fin de identificar de forma inequívoca al otro usuario del servicio de pago, a su cuenta de pago en una operación de pago o a ambos;

Examples of Identificador único in a sentence

  • A tales efectos, en el encabezamiento de este Contrato se informa al Titular del Identificador único (tipo y número) correspondiente a la cuenta abierta en el Banco a nombre del Titular al amparo del Contrato.

  • Identificador único para ejecutar una orden de pago: El identificador único será el número que figura impreso en el anverso de la tarjeta.

  • Caducidad, bajas, procesamiento administrativo, estadísticas, sangres cruzadas y reservadas para pacientes específicos, archivo de receptores, archivo de pacientes receptores, con los siguientes datos: Identificador único del donador a partir del nombre completo, fecha de nacimiento, nombre completo (separado en la base de datos; apellidos y nombre), fecha de nacimiento, sexo, grupo sanguíneo, archivo de donadores.

  • Identificador único para el establecimiento supervisado según la configuración del sistema central del Ministerio de Hacienda.

  • Identificador único de la terminal de la entidad que origina la transacción (según la configuración del sistema central del Ministerio de Hacienda), ubicada dentro del local establecido bajo el identificador único del local que pertenece a un establecimiento supervisado.

  • SELF BANK no tendrá ninguna obligación de verificar cualquier discrepancia entre el Identificador único suministrado y el nombre o dirección suministrados.

  • Permitir que las TRD tengan asociados los siguientes campos: • Versión de la TRD • Fecha de actualización de la TRD en el sistema • Identificador único de creación Garantizar que los documentos producidos y asociados a una TRD, mantendrán los criterios de la tabla de valoración documental como series documentales, tiempos de retención y de disposición final de la versión correspondiente.

  • Identificador único para el local físico desde el que se origina la transacción supervisado según la configuración del sistema central del Ministerio de Hacienda.


More Definitions of Identificador único

Identificador único. Es el identificador alfanumérico que permite distinguir de manera diferenciada a todos los productos derivados que no tengan una Serie que los distinga de acuerdo a lo establecido en las Condiciones Generales de Contratación a efecto de poder vencerlos anticipadamente. Liquidación al Vencimiento.- Al Activo Subyacente o las sumas de dinero a partir del precio de referencia por unidad de Activo Subyacente que deban solicitarse, recibirse y entregarse, según corresponda y que resulte del término del plazo del Contrato de Derivados. Liquidación Diaria.- A las sumas de dinero que deban solicitarse, recibirse y entregarse diariamente, según corresponda, y que resulten de la valuación diaria que realice la Cámara de Compensación respecto de las operaciones con Contratos de Derivados en las que actúe como contraparte, por las variaciones en el Precio de Cierre de cada Contrato Abierto con respecto al Precio de Cierre del Día Hábil inmediato anterior o, en su caso, con respecto al precio de concertación.
Identificador único una combinación de letras, números y símbolos que XXXXXXX, como proveedor de servicios de pago, proporciona al Consumidor de servicios de pago, y que se utiliza para la identificación del Consumidor de los servicios de pago que participan en la operación de pago y / o una cuenta del Consumidor utilizada en la operación de pago.

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  • Identificación Identificación Oficial Vigente con Fotografía (Credencial del IFE, Cartilla Militar, Pasaporte)

  • Seguro X Marque si NO SE APLICA

  • Vehículo Asegurado Es la unidad automotriz descrita en la carátula de esta póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante entrega originalmente para cada modelo y tipo específico que presenta al mercado. Cualquier otra parte, accesorio, rótulo, conversión, adaptación o modificación a la estructura, instalada a petición del comprador o propietario o por las agencias, distribuidoras, auto instalados o por terceros, no se considerará equipo entregado por el fabricante, por tanto, requerirá de cobertura especial y ser especificada en la carátula de esta póliza. Solo podrán ser objeto de este contrato, vehículos residentes. Se considera como camión de carga al vehículo automóvil grande y potente, que está constituido por una cabina en la que va el conductor y una gran caja o depósito y que está destinado al transporte de carga pesada. Se considera un camión de pasajeros al vehículo con capacidad para gran número de viajeros, destinados al transporte de personas.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Indicador El factor cuantitativo y/o cualitativo o variable que proporciona un medio sencillo y fiable para medir la consecución de los resultados de la acción.

  • Publicidad Con respeto a las normas de Protección de Datos, todo el procedimiento de arrendamiento será publicado por los medios más adecuados y que cuenten con la seguridad suficiente para obtener su máxima difusión dentro del ámbito profesional que se trate en cada caso.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW.

  • Autoridad Gubernamental significa cualquier gobierno, funcionario, departamento, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal o estatal, con jurisdicción sobre el presente Contrato o cualquier Documento del Financiamiento.

  • Reembolso reposición del dinero a quien lo había gastado.

  • Objetivos OBJETIVO GENERAL

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Impuestos significa todos y cada uno de los impuestos, ya sean federales, estatales, locales u otros impuestos relacionados con la Transacción o con el Importe de la Transacción, y los costos incurridos en relación con dichos impuestos, incluidos, sin limitación, los honorarios y gastos de abogados y contables especializados en impuestos.

  • Asegurado Persona física o jurídica que en sí misma o en sus bienes está expuesta al riesgo. Es titular del interés objeto del seguro y que, en defecto del tomador, asume los derechos y las obligaciones derivadas del contrato.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Estado Estado Dominicano.

  • Entrega significa la transferencia de los bienes del Proveedor al Contratante de acuerdo con los términos y condiciones dispuestos en el Contrato.----------------------

  • Datos Personales es cualquier información relativa a un Titular protegido por la Ley de Protección de Datos. En el contexto con este DPA, incluye únicamente los datos personales (i) introducidos por el Cliente o sus Usuarios Autorizados durante o a partir de su uso del Servicio Cloud, o (ii) suministrados a o accedidos por SAP o sus Subencargados para prestar soporte bajo el Contrato. Los Datos Personales son un subconjunto de Datos del Cliente (conforme a lo definido en el Contrato).

  • Objeto Adquisición de juegos de sabanas, cobijas y Kits de aseo para el desarrollo del convenio 4600030785 de 2011 cuyo objeto es “Prestación de Servicios para apoyar la atención de la población carcelaria y la reconstrucción del tejido social en las cárceles de la ciudad y fuera de ellas, como prevención de la reincidencia”, suscrito con la Secretaria de Gobierno del Municipio de Medellín, de conformidad con las especificaciones técnicas. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Los proponentes deberán anexar en el sobre N.1 el siguiente formato, con el fin de verificar las condiciones técnicas de lo ofrecido: Grupo 1: Cobijas y juegos de sabanas. Las obligaciones establecidas en los estudios previos y el contrato hacen parte integral xxx Xxxxxx de Condiciones. NOMBRE DEL PROPONENTE FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O CC. o NIT. PERSONA NATURAL (Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta). Nota: Los proponentes deberán cotizar la totalidad de los ítems, so pena de incurrir en rechazo de la propuesta. ESPECIFICACIONES TECNICAS CANT. VALOR UNITARIO SIN IVA % DE IVA VALOR DEL IVA VALOR UNITARIO IVA INCLUIDO VALOR TOTAL ANTES DE IVA KIT DE ASEO (2 rollos de papel higiénico TRIPLE HOJA BLANCO * 20 MTS CADA ROLLO, 1 crema dental de 75 centímetros cúbicos, 1 jabón de baño de 125 grs, 2 sobres de desodorante de 16 grs, 1 cepillo de dientes suave de mango flexible para adultos, 1 maquina de afeitar desechable, 1 cojín de shampoo de 20 grs.) 7.000 Las obligaciones establecidas en los estudios previos y el contrato hacen parte integral xxx Xxxxxx de Condiciones. NOMBRE DEL PROPONENTE CC. o NIT. FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL (Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta). SENORES INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO MEDELLIN SELECCIÓN ABREVIADA – SUBASTA INVERSA DE 2012 NOMBRE DEL PROPONENTE CC. o NIT FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL (Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta).

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos.

  • Contenido significa el contenido suministrado por Verizon o por quienes le otorgan licencias o por sus proveedores externos y a los cuales se puede tener acceso con el Servicio, entre ellos, sin limitaciones, imágenes, fotografías, animaciones, videos, audio, música y texto en cualquier formato.