Definición de Encargado del Tratamiento

Encargado del Tratamiento significa, en general, una persona física o jurídica, una autoridad pública, una agencia u otro organismo que trate datos personales por cuenta del responsable del tratamiento.
Encargado del Tratamiento hace referencia a la entidad que realiza el Tratamiento de Datos Personales por cuenta del Responsable del Tratamiento.
Encargado del Tratamiento se refiere a una persona física o jurídica, autoridad pública, agencia u otro organismo que trata Datos personales en nombre del Responsable del tratamiento. En virtud de la Sección II de este APD, los encargados del tratamiento que pueden ser contratados por Criteo o el Cliente son Encargados del tratamiento y en virtud de la Sección III de este APD, Criteo actúa como Encargado del tratamiento.

Examples of Encargado del Tratamiento in a sentence

  • Ello conlleva que el adjudicatario actúe en calidad de Encargado del Tratamiento y, por tanto, tiene el deber de cumplir con la normativa vigente en cada momento, tratando y protegiendo debidamente los Datos Personales.

  • Ello conlleva que el adjudicatario actúe en calidad de Encargado del Tratamiento (Encargado del Tratamiento) y, por tanto, tiene el deber de cumplir con la normativa vigente en cada momento, tratando y protegiendo debidamente los Datos Personales.

  • El subcontratista o el cesionario del presente contrato, en su caso, estará sujeto asimismo a las obligaciones impuestas para el adjudicatario en el Acuerdo de Encargado del Tratamiento.

  • De este modo y por disponerlo así el RGPD, el contratista, en su condición de Encargado del Tratamiento, se obliga a suscribir con la entidad contratante el correspondiente contrato con el contenido y alcance que determina el artículo 28 del RGPD.

  • WKE y sus Proveedores de servicios Cloud de WKE tendrán la simple consideración de Encargado del Tratamiento de los datos por cuenta del Responsable del tratamiento y a los solos efectos del procesado, almacenamiento de los datos y las labores de mantenimiento y soporte en caso de que el Cliente lo tenga contratado, dependiendo además en su caso, de la modalidad ON PREMISE o CLOUD.

  • El Cliente actúa como punto de contacto único y su única responsabilidad es obtener las autorizaciones, consentimientos y permisos relevantes para el tratamiento de los Datos Personales, según lo especificado en este DPA, incluida, si se aplica, la autorización por parte de los Responsables del Tratamiento para utilizar SAP como Encargado del Tratamiento.

  • En el caso de que la presente contratación implique el acceso del adjudicatario a datos de carácter personal de cuyo tratamiento sea responsable la entidad contratante, según se señala en el apartado V del cuadro-resumen, aquél actuará en calidad de Encargado del Tratamiento.

  • De conformidad con el DPA, SAP ejerce de Encargado del Tratamiento y el Cliente y aquellas entidades a las que se les permite el uso del Servicio Cloud ejercen de Responsables del Tratamiento.

  • Encargado del Tratamiento o Subencargado del Tratamiento que no está establecido en un País Adecuado.

  • La duración del presente contrato está condicionada a la duración del contrato de prestación de servicios entre el responsable del Fichero y el Encargado del Tratamiento, que sirve de causa para la celebración del mismo.


More Definitions of Encargado del Tratamiento

Encargado del Tratamiento significa la Parte que Trata los Datos Personales en nombre del Responsable del Tratamiento. Violación de la Seguridad tiene el significado atribuido a dicho término en Cláusula 7.3.
Encargado del Tratamiento se refiere a toda persona física o jurídica, entidad pública, agencia u otro organismo que Trate Datos Personales por cuenta del Responsable del Tratamiento;
Encargado del Tratamiento significa en general la persona física o jurídica, autoridad pública, agencia u otro organismo que trata datos en nombre del Responsable. Para los fines de este DPA, el Encargado del Tratamiento es NOMINALIA.
Encargado del Tratamiento o “Encargado”: la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio u otro organismo que trate datos personales por cuenta del Responsable del tratamiento.
Encargado del Tratamiento. Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el tratamiento de datos personales por cuenta del responsable del tratamiento. Así las cosas, observamos que el ABD es un encargado del tratamiento por cuenta de los PRST, quienes a su vez serían los responsables del tratamiento de datos personales de sus usuarios, en atención a que son quienes deciden sobre la base de datos y/o el tratamiento de tales datos personales. Siendo el ABD un encargado en el tratamiento de datos personales, el mismo debe realizarse de acuerdo con las obligaciones que los responsables y encargados del tratamiento tienen en virtud de la ley colombiana (LEY ESTATUTARIA 1581 DE 2012). En suma, toda la información que el ABD tenga, recolecte, reciba y obtenga de los PRST y/o de los clientes de los PRST o de terceros, de la que sean titulares los clientes de los PRST, sus empleados y en general terceros, y que de los PRST tengan en calidad de operador/fuente de tal información en los términos de la Ley 1266 de 2008, y/o responsable del tratamiento de la información en los términos de la Ley 1581 de 2012, deberá́ ser tratada por el ABD, en calidad de encargado del tratamiento, de conformidad con el alcance del artículo 25 del Decreto 1377 del 27 xx xxxxx de 2013. Así, una vez cumplida la prestación contractual entre los PRST y el ABD de la BDA, los datos de carácter personal deberán ser devueltos a los PRST, al igual que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.

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  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Anexos son el Anexo Técnico y los demás documentos relacionados en la Cláusula de las Condiciones Particulares titulada “Anexos”, los cuales forman parte integral del Contrato.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • Desistimiento Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de formalizar la contratación, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW. 8543.70.15 Amplificadores de bajo ruido, reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de recepción de microondas vía satélite. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1. 8543.70.16 Amplificadores de microondas. Unicamente: Amplificadores de microondas de estado sólido y conjuntos/módulos que contengan amplificadores de microondas de estado sólido; amplificadores de potencia de microondas que contengan tubos incluidos en el subartículo 3.A.1.b.1. , en los términos comprendidos en el artículo 3.A.1.

  • Vehículo Asegurado Es la unidad automotriz descrita en la carátula de esta póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante entrega originalmente para cada modelo y tipo específico que presenta al mercado. Cualquier otra parte, accesorio, rótulo, conversión, adaptación o modificación a la estructura, instalada a petición del comprador o propietario o por las agencias, distribuidoras, auto instalados o por terceros, no se considerará equipo entregado por el fabricante, por tanto, requerirá de cobertura especial y ser especificada en la carátula de esta póliza. Solo podrán ser objeto de este contrato, vehículos residentes. Se considera como camión de carga al vehículo automóvil grande y potente, que está constituido por una cabina en la que va el conductor y una gran caja o depósito y que está destinado al transporte de carga pesada. Se considera un camión de pasajeros al vehículo con capacidad para gran número de viajeros, destinados al transporte de personas.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Cuenta hace referencia a cualquier cuenta de depósito o crédito en el Banco e incluye las cuentas a la vista, a plazo fijo, de ahorros o similares, distintas de las cuentas que constan en un Certificado de Depósito. Si bien se excluyen de la definición de "cuenta", los Certificados de Depósito, ya sean evidenciados por un certificado o asiento en los libros contables, están sujetos a los términos y condiciones de este Contrato.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Fuente Ley Nº 18.620, Artículo Primero, Artículo 76.

  • Anexo Es el conjunto de formatos y documentos que se adjuntan al presente Pliego de Condiciones y que hacen parte integral del mismo.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Respuesta La clasificación se hace para cada una de las tipologías”. “Si una empresa solo se presenta con 1 Tipología en 1 Lote, ¿estaría descartada a la hora de poder licitar un Acuerdo Basado que requiera de varias tipologías/lotes? Respuesta: Efectivamente”. “Según se señala en el pliego, el licitador tiene que identificar 1 Jefe de Proyecto y 1 Consultor para cada una de las tipologías. ¿Tiene que cubrir así mismo la totalidad de los perfiles que aparecen en la cláusula 5.2 para cada una de las tipologías? Respuesta: No”. “¿Es posible que un mismo perfil (Consultor, Programador Analista, Jefe de Proyecto, etc.), figure en varios Equipos de Trabajo / Tipologías dentro de un mismo Lote, o en los 2 Lotes? No queda claro en el Pliego si por “Técnico” se refiere a un perfil en general (cualquiera), o a un perfil de tipo Técnico, como puede ser un programador. Respuesta: En la fase de licitación del Acuerdo Marco, por 'Técnico' se refiere a los perfiles de Jefe de Proyecto y Consultor, que no podrá estar asignados a más de una Tipología ofertada”. “Siguiendo como ejemplo en esta Tipología, ¿Bastaría proponer 1 Equipo de Trabajo formado por 1 Jefe de Proyecto y 1 Consultor Especializado, o es necesario proponer tantos perfiles especializados como figuran en cada Tipología? Respuesta: En la fase de licitación del Acuerdo Xxxxx, es suficiente con proponer un Jefe de Proyecto y un Consultor por cada una de las Tipologías ofertadas”. “De acuerdo con esta cláusula, Jefe de Proyecto y Consultor son los perfiles a aportar en este momento para ambos lotes y todas las tipologías para homologar en el Acuerdo Marco, ¿correcto? Respuesta: Correcto”. “En el caso de indicar un 0% en una de las tipologías, queda descartada la participación en dicha tipología? O simplemente queda descartada la obtención de los puntos asociados (máxima puntuación de 50) en la clasificación para dicha tipología? Respuesta: Si el licitador asigna un 0% a una Tipología, está indicando que no tiene especialización en ella y, por lo tanto, descarta su participación en la licitación de los Contratos Basado”. “Asociado al punto anterior, si un contrato basado incluye varias tipologías. ¿se requiere que la empresa que licite a dicho contrato basado esté homologada en todas las tipologías incluidas en dicho contrato basado? Respuesta: Sí”. conjunto perfiles, que cubrirán las tipologías de actuaciones y tecnologías alcance del Contrato Basado correspondiente”.

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.