Definición de Dispositivo Electrónico

Dispositivo Electrónico. Equipo electrónico portátil propiedad del CONCESIONARIO a través del cual el SUSCRIPTOR y el CONCESIONARIO podrán celebrar el presente contrato.
Dispositivo Electrónico. Dispositivo móvil que permite el uso de aplicaciones, procesamiento de datos y el acceso a la red mundial de Internet ya sea por medio de la red de telefonía celular o de los servicios de conexión de corto alcance denominados Wi Fi tales como teléfonos móviles y/o tabletas electrónicas.
Dispositivo Electrónico significa en su conjunto las TERMINALES y/o el medio físico o equipo y software de operación requeridos para la aceptación de TARJETAS, proporcionados por EVO al AFILIADO o adquiridos por éste, que permiten al AFILIADO solicitar la autorización del emisor para realizar cada TRANSACCIÓN a través de EVO y a éste último verificar el total de las TRANSACCIONES autorizadas para efectos de liquidación mediante depósito en la CUENTA DESIGNADA del AFILIADO.

Examples of Dispositivo Electrónico in a sentence

  • El Remitente está de acuerdo en aceptar como prueba suficiente de la realización del Servicio, la firma de los consignatarios o de personas que se localicen en el domicilio de éstos al momento de la entrega, mediante el Dispositivo Electrónico para la Adquisición de Información de Entrega (DIAD) de UPS o por medio de cualquier otro sistema electrónico, autógrafo o impreso que UPS pueda usar en un Futuro.

  • El Remitente está de acuerdo en aceptar como prueba suficiente de la realización del Servicio, la firma de los consignatarios o de personas que se localicen en el domicilio de éstos al momento de la entrega, mediante el Dispositivo Electrónico para la Adquisición de Información de Entrega (DIAD) de UPS o por medio de cualquier otro sistema electrónico o manual que UPS pueda usar en un Futuro.

  • Alternativamente, y para los casos en que no se produzca una indemniza- ción en metálico a favor del Asegurado, sino la entrega de un Dispositivo Electrónico de Sustitución o del dispositivo electrónico objeto del seguro una vez reparado (a elección de la aseguradora), el Tomador autoriza a que la Aseguradora le pase al cobro el importe de la Franquicia en la siguiente factura del servicio de línea telefónica móvil contratada con Movistar o mediante cualquier otro medio admitido en Derecho.

  • A.- Daños Accidentales, el límite de indemnización o suma asegurada: Es el límite anual de indemnización para la cobertura contratada (a elección de la Aseguradora), que será: - el valor del Dispositivo Electrónico de Sustitución entregado, o - abono de la factura de reparación, o - el valor de la reparación del dispositivo electrónico por la Aseguradora, con el límite máximo del valor del Dispositivo Electrónico Asegurado en el momento del Siniestro.

  • En caso de que la misma sea negada Usted no deberá procesar el cargo y no deberá ingresar al Dispositivo Electrónico números que no sean proporcionados por Nosotros.

  • Si Usted procesa Cargos realizados con la presentación de la Tarjeta de forma electrónica, Usted deberá transmitir toda la información contenida en la banda magnética o chip de la Tarjeta con la solicitud de Autorización mediante el deslizamiento o inserción de la Tarjeta a través de su Dispositivo Electrónico de Autorizaciones.

  • Usted se abstendrá de transferir o cambiar cualquier Dispositivo Electrónico de la ubicación física en la que se encuentra instalado (incluyendo a cualquier otro domicilio que Usted posea).

  • En caso que el Establecimiento opte por la compra de un Dispositivo Electrónico Móvil, no serán aplicables a dicho equipamiento lo dispuesto en los números 9.2.1, 9.2.2., 9.2.3., 9.2.4., 9.2.5, 9.2.6 de esta Cláusula.

  • El “Programa Sin Firma” protege a sus sucursales QS de que se les realice un Contra Cargo basado solamente en la falta de obtención de firma del Tarjetahabiente en la Nota Cargo en el lugar de la venta, siempre y cuando su sucursal QS transmita de forma completa e inalterada la información de la banda magnética o información codificada de la Tarjeta junto con la solicitud de Autorización mediante el deslizamiento de la Tarjeta a través de su Dispositivo Electrónico de Autorizaciones.

  • En este sentido, la Aseguradora entiende que el Dispositivo Electrónico Asegurado no contiene ningún dato de carácter personal ni datos, por lo que no se hace responsable de la pérdida de información, datos, imágenes, contacto, aplicaciones, software, o cualquier otro contenido en el Dispositivo Electrónico Asegurado.


More Definitions of Dispositivo Electrónico

Dispositivo Electrónico. Es el medio que, en su caso, “LA COMISIÓN” proporciona a “EL USUARIO”, en el cual queda registrada la energía eléctrica que consumirá “EL USUARIO”.
Dispositivo Electrónico significa en su conjunto el medio físico o equipo y software de operación requeridos para la aceptación de Tarjetas, proporcionados por el
Dispositivo Electrónico significa en su conjunto el medio físico o equipo y software de operación requeridos para la aceptación de Tarjetas, proporcionados por el Adquirente al Afiliado o adquiridos por éste, que permiten al Afiliado a solicitar la autorización del Emisor para realizar cada Transacción a través del Adquirente y a este último verificar el total de las Transacciones autorizadas para efectos de liquidación mediante depósito en la Cuenta Designada del Afiliado.
Dispositivo Electrónico significa en su conjunto el medio físico o equipo y software de operación y de captura de transacciones (mPOS, pinpad, cajas, dispositivo o generador QR, u otros) requeridos para la aceptación de Xxxxxxxx, proporcionados por el Adquirente al Establecimiento o adquiridos por éste, que permiten al Establecimiento solicitar la autorización del Emisor para realizar cada Transacción a través del Adquirente y a este último verificar el total de las Transacciones autorizadas para efectos de la liquidación o pago mediante depósito en la Cuenta Designada del Establecimiento.
Dispositivo Electrónico es el medio, que en su caso, el Suministrador proporciona al Usuario en el cual queda registrada la energía eléctrica que consumirá en caso de Prepago o que consumió en caso de Facturación Punto de Venta;

Related to Dispositivo Electrónico

  • Fecha de Liquidación Es la fecha en que los Tenedores abonarán el precio de los Valores Fiduciarios, y será dentro de las setenta y dos (72) horas hábiles de cerrado el Período de Colocación, la cual será informada en el Aviso de Colocación de los Valores Fiduciarios a ser publicado en los sistemas de información xxx xxxxxxx autorizado en el que se negocien los Valores Fiduciarios y en la Autopista de Información Financiera de la CNV. Fecha de Emisión: La Fecha de Emisión será dentro de las setenta y dos (72) horas hábiles de cerrado el Período de Colocación, la cual será informada en el Aviso de Colocación. Fecha de vencimiento del Fideicomiso y de los Valores Fiduciarios: La duración del Fideicomiso se extenderá hasta la fecha de pago total de los Servicios de los Valores Fiduciarios conforme a los términos y condiciones de los Valores Fiduciarios, previa liquidación de los activos y pasivos remanentes del Fideicomiso, si los hubiera, según lo establecido en el Contrato. En ningún caso excederá el plazo establecido en el Artículo 1668 del Código Civil y Comercial. Sin perjuicio de las fechas de pago de Servicios que surgen del cuadro de pago de Servicios, el vencimiento final de los VDF y de los CP se producirá a los ciento veinte (120) días de la última Fecha de Pago de Servicios de los Certificados de Participación que figura en dicho cuadro. El vencimiento de los Valores Fiduciarios no podrá ser mayor a treinta años, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.668 del Código Civil y Comercial de la Nación. Fecha de cierre de ejercicio: Será el 31 de diciembre de cada año. Ámbito de negociación: Los Valores Fiduciarios cuentan con oferta pública en la República Argentina y podrá solicitarse la autorización de listado en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA”) y la autorización de negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A. (“MAE”) y/o en cualquier otro mercado autorizado de la República Argentina. Destino de los fondos provenientes de la colocación: El producido de la colocación, una vez deducidos los importes correspondientes al Fondo de Liquidez y al Fondo de Gastos, corresponderá al Fiduciante como pago de precio por transferencia fiduciaria de los Créditos que integran el presente Fideicomiso y serán destinados al otorgamiento de nuevos Créditos.

  • Primer Orden de Elegibilidad Es la posición que ocupa el Proponente que una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el presente Pliego de Condiciones.

  • FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC28F66F64BC9CD7643BE

  • Tomador del Seguro La persona física o jurídica que, juntamente con el Asegurador, suscribe este contrato, y al que corresponden las obligaciones que del mismo derivan, salvo aquellas que, por su naturaleza, deben ser cumplidas por el Asegurado.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • BMV Significa la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V.

  • Caso Fortuito Acontecimiento que no ha podido preverse, o que previsto no ha podido evitarse, por ser extraño a la voluntad de las personas. Circular: Aclaración que el Comité de Compras y Contrataciones emite de oficio o para dar respuesta a las consultas planteadas por los Oferentes/Proponentes con relación al contenido xxx Xxxxxx de Condiciones, formularios, otra Circular o anexos, y que se hace de conocimiento de todos los Oferentes/Proponentes.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Objeto Adquisición de juegos de sabanas, cobijas y Kits de aseo para el desarrollo del convenio 4600030785 de 2011 cuyo objeto es “Prestación de Servicios para apoyar la atención de la población carcelaria y la reconstrucción del tejido social en las cárceles de la ciudad y fuera de ellas, como prevención de la reincidencia”, suscrito con la Secretaria de Gobierno del Municipio de Medellín, de conformidad con las especificaciones técnicas. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Los proponentes deberán anexar en el sobre N.1 el siguiente formato, con el fin de verificar las condiciones técnicas de lo ofrecido: Grupo 1: Cobijas y juegos de sabanas. Las obligaciones establecidas en los estudios previos y el contrato hacen parte integral xxx Xxxxxx de Condiciones. NOMBRE DEL PROPONENTE FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O CC. o NIT. PERSONA NATURAL (Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta). Nota: Los proponentes deberán cotizar la totalidad de los ítems, so pena de incurrir en rechazo de la propuesta. ESPECIFICACIONES TECNICAS CANT. VALOR UNITARIO SIN IVA % DE IVA VALOR DEL IVA VALOR UNITARIO IVA INCLUIDO VALOR TOTAL ANTES DE IVA KIT DE ASEO (2 rollos de papel higiénico TRIPLE HOJA BLANCO * 20 MTS CADA ROLLO, 1 crema dental de 75 centímetros cúbicos, 1 jabón de baño de 125 grs, 2 sobres de desodorante de 16 grs, 1 cepillo de dientes suave de mango flexible para adultos, 1 maquina de afeitar desechable, 1 cojín de shampoo de 20 grs.) 7.000 Las obligaciones establecidas en los estudios previos y el contrato hacen parte integral xxx Xxxxxx de Condiciones. NOMBRE DEL PROPONENTE CC. o NIT. FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL (Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta). SENORES INSTITUTO TECNOLÓGICO METROPOLITANO MEDELLIN SELECCIÓN ABREVIADA – SUBASTA INVERSA DE 2012 NOMBRE DEL PROPONENTE CC. o NIT FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA NATURAL (Es obligatoria la presentación de este formato con la propuesta).

  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.

  • Objetivos OBJETIVO GENERAL

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Empresa significa cualquier entidad constituida u organizada conforme a la legislación aplicable, tenga o no fines de lucro y sea de propiedad privada o gubernamental, incluidas cualesquier sociedad, fideicomiso, participación, empresa de propietario único, coinversión (joint venture) u otra asociación;

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 4,500.00 (Cuatro mil quinientos y 00/100 Soles).

  • Oferta Técnica Especificaciones de carácter técnico-legal de los servicios a ser adquiridos.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Seguro X Marque si NO SE APLICA

  • CEC significa las Condiciones Especiales del Contrato.

  • Objeto del contrato Fecha de formalización:…………… Duración fijada:………………… Duración estimada (incluida posible prórroga):…………….. Unidad destinataria del servicio: Persona de la empresa contratada con la que se debe poner en contacto el Servicio de Prevención de la Universidad, Fundación o Centro Público para proceder al intercambio de la documentación que genere este proceso: Nombre… Teléfono… Correo electrónico… OBSERVACIONES: En............................, a........ de................ 20..... El Adjudicatario La empresa ……………………., con domicilio en………………….., CIF……………., adjudicataria del contrato……………………………….., una vez formalizado el contrato, ha sido designada como encargada del tratamiento de datos, siendo la Subdirección General de XXXXXXXXXX, responsable del tratamiento, en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, de protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos. La empresa encargada del tratamiento actuará con arreglo a las condiciones establecidas en el apartado 33 del CR y en la cláusula 10.11 del PCAP. Los servidores, en donde se almacenan los datos personales, así como la prestación de los servicios asociados a los mismos estarán ubicados en: (Se indicará el lugar en donde se almacenarán los datos y se prestará el servicio asociado al tratamiento de los datos) La empresa encargada del tratamiento tiene la obligación de comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información relativa a la ubicación de los servidores. Si la empresa encargada del tratamiento tiene previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos: (Se indicará a continuación el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subadjudicatarios a los que se vaya a encomendar su realización) La empresa ENGARGADA DEL TRATAMIENTO garantiza que implantará las medidas de seguridad necesarias para garantizar tratar los datos de conformidad con lo establecido en la normativa de aplicación (RGPD, LOPD-GDD y su desarrollo normativo) y tratarlos conforme a las instrucciones que reciba del RESPONSABLEDELTRATAMIENTO. Así este otorgará las instrucciones documentadas que garanticen la protección de datos personales al ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, a título enunciativo, políticas e instrucciones de seguridad, procedimientos, normas internas, medidas técnicas o medidas organizativas. La empresa ENCARGADA DEL TRATAMIENTO, se compromete a no utilizar los datos para una finalidad distinta del objeto del contrato, ni comunicarlos, ni cederlos, ni si quiera para su conservación, a otras personas físicas o jurídicas distintas del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, salvo que cuenten con la autorización expresa de este. Los efectos de la presente declaración se refieren a la duración total del contrato al que se refiere el este anexo, incluidas, las posibles prórrogas, de forma que una vez finalice el contrato, el adjudicatario ENCARGADO DEL TRATAMIENTO devolverá al RESPONSABLE, o entregar a otro encargado que designe el RESPONSABLE, los datos personales en su poder. Esta devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el ENCARGADO siempre que los equipos no queden en poder del RESPONSABLE. Por todo ello, y en virtud de la representación que ostento, me comprometo en nombre de la empresa…………………………….., al cumplimiento de las condiciones previstas en el PCAP en relación con el tratamiento de datos personales. En............................, a........ de................ 20.....

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Documentos del Contrato significa los documentos enumerados en el Convenio de Contrato, incluyendo cualquier enmienda.

  • Prácticas Coercitivas Es dañar o perjudicar, o amenazar con dañar o perjudicar directa o indirectamente a cualquier parte, o a sus propiedades para influenciar inapropiadamente la actuación de una parte.

  • Sistema unidad de medida. Consulta y retiro de pliegos: sin cargo, desde el 16/9/2020 hasta 22/9/2020. Los interesados deberán descargar los pliegos y registrarse para participar de la licitación accediendo al sitio web: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, sección “CONTRATACIONES”.- Fecha límite para la recepción de ofertas: hasta el 9/10/2020 a las 11.30, en Xx. Xxxxx Xxxxx 1302, planta baja - Mesa General de Entradas, Salidas y Archivos de SOFSE-, CABA.- Acto de apertura de ofertas: el 9/10/2020 a las 12.00, en Xx. Xxxxx Xxxxx 1302, 1º piso – Sala Mitre - CABA.- Para mayor información ingresar a xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx Consultas y aclaraciones a los pliegos: deberán dirigirse a xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, conforme a lo establecido en los pliegos y/o documentación que rija al llamado o convocatoria correspondiente.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO N° 10